Adquisición de equipamiento para la dotación de dispositivos y programas tecnológicos para la prestación de los servicios sociales a las personas usuarias en el Centro de Servicios Sociales de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid
Objeto y condiciones del contrato
JUnta de Gobierno de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid convoca la licitación «Adquisición de equipamiento para la dotación de dispositivos y programas tecnológicos para la prestación de los servicios sociales a las personas usuarias en el Centro de Servicios Sociales de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid», un contrato de suministros con un valor estimado de 44.225,00 EUR (sin impuestos) con lugar de ejecución en Madrid. Clasificación CPV: Equipo y material informático.; Teléfonos móviles.; Paquetes de software y sistemas de información.. El plazo de presentación de ofertas finaliza el 23 de noviembre de 2026 a las 14:00. Estado actual del expediente: En Plazo.
Plazo de presentación
Las proposiciones, junto con la documentación preceptiva se presentarán, hasta las 14:00 horas del último día de presentación de proposiciones, dentro del plazo de quince días naturales contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Perfil de contratante, exclusivamente de forma electrónica a través de la Herramienta de Preparación y Presentación de ofertas que la Plataforma de Contratación del Sector Público pone a disposición de candidatos y entidades licitadoras para tal fin
Requisitos de los licitadores
Capacidad de obrar
Solvencia económica y financiera
La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por los medios siguientes: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 66.337,50 euros. La acreditación documental se efectuará mediante la aportación de las cuentas anules aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario, por las depositadas en el Registro Oficial en el que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditaran su volumen anual de negocios mediante sus Libros de Inventarios y Cuentas Anuales legalizados por el Registro Mercantil. En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Publico, se acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en el reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario. Conforme al artículo 86.1, párrafo tercero, de la LCSP, cuando por una razón valida, el operador económico no esté en condiciones de presentar la referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 66.337,50 euros, con un plazo mínimo de vigencia de la duración del contrato.
Solvencia técnica o profesional
3.2. La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse por los medios siguientes: a) Mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario público de los mismos. b) Realización de al menos 3 servicios para Administraciones Públicas en el transcurso de los últimos 3 años que guarden relación con el objeto del contrato que se licita. La acreditación documental se efectuará mediante la aportación de Certificados expedidos o visados por el órgano competente.
Subcontratación
El adjudicatario del contrato sólo podrá concertar con terceros la realización de prestaciones accesorias del contrato, conforme a lo dispuesto en el artículo 215 LCSP.
Criterios de adjudicación
| Criterio | Tipo | Peso |
|---|---|---|
| Oferta Económica | Objetivo / Automático | 90% |
| Ampliación del plazo de garantía | Objetivo / Automático | 10% |
Extracto del pliego
PCAP.pdf
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR EL CONTRATO DE SUMINISTRO PARA LA ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO PARA LA DOTACIÓN DE DISPOSITIVOS Y PROGRAMAS TECNOLÓGICOS PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES A LAS PERSONAS USUARIAS EN EL CENTRO DE SERVICIOS SOCIALES DE LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID CLÁUSULA 1.- RÉGIMEN JURÍDICO El contrato que se regula por el presente pliego tiene carácter administrativo. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en el mismo y en el Pliego de Prescripciones Técnicas particulares. Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, (en adelante LCSP); por el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (RD 817/2009); por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (en adelante RGLCAP) en todo lo que no se oponga al anterior; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de…
Presupuesto
Valor estimado (sin impuestos)
Total (con impuestos)
Códigos CPV
Clasificación de productos y servicios
Documentación
14 documentos
Organismo Contratante
Plazo de Presentación
Procedimiento
Fechas
Licitaciones Relacionadas
Basadas en organismo contratante, CPV y tipo de contrato