Contrato de suministro e instalacion, en regimen de arrendamiento sin opcion a compra (renting), la puesta en funcionamiento y el mantenimiento integral de equipamiento e infraestructuras destinadas a la implantación y gestión de espacios cardioprotegidos y de soporte vital básico para las dependencias donde la Agencia para el Empleo de Madrid presta actividad.

Actualizada: 08/09/2026 13:28
En Plazo
Suministros

Objeto y condiciones del contrato

Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid convoca la licitación «Contrato de suministro e instalacion, en regimen de arrendamiento sin opcion a compra (renting), la puesta en funcionamiento y el mantenimiento integral de equipamiento e infraestructuras destinadas a la implantación y gestión de espacios cardioprotegidos y de soporte vital básico para las dependencias donde la Agencia para el Empleo de Madrid presta actividad», un contrato de suministros con un valor estimado de 67.843,20 EUR (sin impuestos) con lugar de ejecución en Madrid. Clasificación CPV: Red integrada.; Desfibrilador.. El plazo de presentación de ofertas finalizó el 25 de septiembre de 2026 a las 23:59. Estado actual del expediente: En Plazo.

Requisitos de los licitadores

  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Capacidad de obrar
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Declaración sobre personas con discapacidad
  • No prohibición para contratar

Solvencia económica y financiera

- Artículo 87.1.a) LCSP: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia: El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos ejercicios concluidos (2023, 2024 y 2025), deberá ser al menos de 13.568,64 euros, IVA excluido. Acreditación documental: Mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad.

Solvencia técnica o profesional

  • PARA EMPRESAS QUE NO SEAN DE NUEVA CREACIÓN: Artículo 89.1.f) LCSP: Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas técnicas. Requisitos mínimos de solvencia: La exigencia de esa certificación garantiza que la empresa sigue las normas o estándares para asegurar la calidad, seguridad y eficiencia del producto. Acreditación documental: la conformidad de los productos suministrados se acreditará por parte de la empresa licitadora a través de certificados emitidos por la ENAC o entidad similar, que acrediten la disposición de al menos uno de los siguientes certificados, sin que su exigencia sea acumulativa: ISO 9001, ISO 13485:2016, o ISO 14001:2015, en el alcance de 'Calibración, verificación, mantenimiento y reparación de equipos médicos, técnicos y de investigación'; o bien de la norma ISO 45001 de Sistemas de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. A efectos de acreditar la solvencia técnica requerida, bastará con que la empresa licitadora disponga y aporte una sola de las citadas certificaciones.
  • PARA EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN: Artículo 89.1.h) LCSP: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 89.1.h) de la LCSP, en el supuesto de que el licitador ostente la condición de empresa de nueva creación (entendiendo por tal aquella que cuente con una antigüedad inferior a cinco (5) años computados desde la fecha de su inscripción en el registro correspondiente o inicio de actividad), quedará exenta del cumplimiento del requisito de experiencia previa, regulado en el apartado anterior conforme lo regulado con el artículo 1.a) del citado artículo 89 de la LCSP. Las empresas de nueva creación acreditarán su solvencia técnica conforme a lo previsto en el artículo 89.1.b) de LCSP, 'Las empresas licitadoras deberán adscribir y acreditar la disposición del personal técnico y las unidades técnicas necesarias para la correcta ejecución del contrato, suficientes para garantizar la correcta ejecución de las prestaciones objeto del contrato, especialmente las relativas a la calibración, verificación, mantenimiento, reparación y control de calidad de los equipos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: la solvencia se acreditará mediante: 1.Relación nominal del personal: Listado del personal técnico asignado a la ejecución del contrato, especificando su nombre, apellidos, titulación académica oficial (p. ej., Grado en Ingeniería Biomédica, Técnico Superior en Electromedicina, o titulaciones equivalentes) y su rol específico dentro del servicio (coordinador, técnicos de campo, responsables de control de calidad). 2.Currículum Vitae firmado: CV detallado de los técnicos asignados que acredite su experiencia profesional en el mantenimiento preventivo, correctivo y calibración de equipos médicos, técnicos o de investigación similares a los del objeto contractual. 3.Certificados de formación/capacitación específica: Copia de las certificaciones o títulos de formación técnica emitidos por los fabricantes de los equipos o por entidades formativas acreditadas, que capaciten expresamente a dichos técnicos para la manipulación, calibración y control de calidad de los dispositivos médicos o de laboratorio. 4.Unidades técnicas y de control de calidad: Memoria descriptiva de las unidades técnicas y del equipamiento disponible para realizar los controles de calidad requeridos, calibraciones estándar y validaciones técnicas de los productos y servicios suministrados.
  • PARA EMPRESAS QUE NO SEAN DE NUEVA CREACIÓN: Artículo 89.1.a) LCSP: Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia: Mediante una relación firmada por el representante legal de la empresa de los principales trabajos efectuados en el curso de los tres últimos (2024, 2025 y 2026) años del mismo tipo o naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato (atendiendo a los 3 primeros dígitos de cualquiera de las CPVs del contrato), indicando fechas, importes y beneficiarios y exigiéndose expresamente que el valor anual acumulado de los contratos realizados durante el año de mayor ejecución del periodo citado sea igual o superior a 9.498,05 euros, IVA excluido. La mensualidad concreta del 2026 en la que concluya la fecha fin de presentación de ofertas marcará el plazo para determinar las anteriores anualidades de 2024, 2025 y 2026, que se contarán de fecha a fecha. Acreditación documental: Se acreditará mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad. Los suministros realizados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de los suministros.

Condiciones de ejecución

Consideraciones de tipo social: Se establece que la empresa adjudicataria designe una persona de contacto, vinculada a la empresa, para la supervisión y control de la aplicación de las condiciones de seguridad y salud laboral exigibles, así como para la detección de las posibles incidencias que surjan en este ámbito, de conformidad con lo establecido en el apartado 24 del Anexo I del PCAP.

Prórrogas

No proceden prórrogas

Criterios de adjudicación

Criterio Tipo Peso
Oferta económica
Las empresas licitadoras deberán formular su oferta económica indicando un precio único, expresado en euros, con exclusión expresa del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). La atribución de los puntos se efectuará conforme a las siguientes reglas: -Máxima puntuación: Se adjudicará la puntuación íntegra (35 puntos) a aquella proposición que contenga el precio más bajo, siempre que resulte admitida por no incurrir en valores anormales o desproporcionados. -Puntuación proporcional: Al resto de las entidades licitadoras admitidas se les asignará la puntuación de forma inversamente proporcional, mediante la aplicación de la siguiente fórmula matemática: PUNTUACIÓN = 35 x (Presupuesto Licitación - Precio Ofertado) / Presupuesto Licitación - Precio más bajo admitido). Este criterio será tenido en cuenta a la hora de apreciar si una oferta puede estar inicialmente incursa en valores anormales o desproporcionados: Se considerarán anormalmente bajas, desproporcionadas o temerarias, las ofertas que incurran en los siguientes supuestos: - Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto de licitación en más de 25 unidades porcentuales. - Cuando concurran dos o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas.
Objetivo / Automático 35%
Suministro de Kits de Respuesta Rápida ante Emergencias Médicas (Kits RCP)
Se valorará la inclusión de un Kit de Respuesta Rápida en soporte vital (Kit RCP) adosado a cada vitrina o bolsa de transporte de cada DESA. El kit mínimo valorable deberá contener de forma obligatoria: tijeras de cortar ropa de alta resistencia (tipo trauma), maquinilla de rasurar desechable, mascarilla de protección para RCP con válvula unidireccional, toallitas secantes y dos pares de guantes de nitrilo. Se asignarán 30 puntos a la oferta que incorpore de serie este equipamiento en el 100% de los puntos de instalación. Se valorará con cero (0) puntos, aquellas que no incorpore a la oferta este equipamiento en el 100% de los puntos de instalación.
Objetivo / Automático 30%
Mejora en número de dispositivos de equipamiento complementario de soporte vital
La dotación de dispositivos auxiliares de primeros auxilios orientados a la resolución de emergencias respiratorias por obstrucción mecánica de las vías aéreas (sistemas de desobstrucción o anti atragantamiento), con el fin de garantizar una respuesta de auxilio inmediato y multidisciplinar ante situaciones de compromiso vital. Será valorado y puntuado el suministro de uno (1) a tres (3) dispositivos médicos anti atragantamiento/ Dispositivo anti asfixia de emergencia para eliminar objetos bloqueados, que deberán cumplir las características técnicas indicadas en el apartado 2.5 del PPT, para mejorar el número de equipamientos en los centros de trabajo con mayor concentración de trabajadores de la Agencia para el Empleo de Madrid, que son los siguientes: -OFICINAS CENTRALES. -CENTRO DE FORMACIÓN OCUPACIONAL LOS CÁRMENES. -AGENCIA CENTRAL DE INTERMEDIACIÓN ÁNCORA. Si no entrega dispositivos adicionales: 0 puntos. Si entrega un dispositivo adicional: 5 puntos. Si entrega dos dispositivos adicionales: 10 puntos. Si entrega tres dispositivos adicionales: 15 puntos.
Objetivo / Automático 15%
Mejora en tiempo de respuesta
El apartado 2.3 del PPT establece: `Sustitución en el plazo máximo de 24 horas en caso de avería y tras uso. Debiendo dejar un desfibrilador de sustitución en funcionamiento, con las mismas características o superiores al que se retira, en caso de no poder dejar en funcionamiento el original´. Se valorarán aquellas ofertas que reduzcan el plazo máximo de sustitución anteriormente indicado de la siguiente forma: Si el plazo máximo de sustitución es igual o inferior a 6 horas: 20 puntos. Si el plazo máximo de sustitución es igual o inferior a 12 horas: 10 puntos. Si el plazo máximo de sustitución es superior a 12 horas: 0 puntos.
Objetivo / Automático 20%

Presupuesto

67.843,20 EUR

Valor estimado (sin impuestos)

67.843,20 EUR

Valor global estimado

82.090,27 EUR

Total (con impuestos)

Duración: 60 mes(es)

Códigos CPV

Clasificación de productos y servicios

Documentación

8 documentos

01 Acuerdo JG ampliacion num anualidades
Otros Documentos
Acuerdo de iniciación del expediente
Otros Documentos
Memoria justificativa
Otros Documentos
Informe sobre consulta preliminares (Informe consultas preliminares 300_2026_01777.pdf_firmado.pdf)
Otros Documentos
Estudio Económico (Estudio Económico contrato 300_2026_01777.pdf_firmado.pdf)
Otros Documentos
Documento de aprobación del expediente
Otros Documentos
28376105-PliegodeClusulasAdminist-001002PCA_OE.pdf
Pliego / Legal
28505567--PliegoPrescripcionesTcnicas300_2026_.pdf
Pliego Técnico
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Organismo Contratante

Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid
NIF: P7807907F
Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid
Madrid
Sector Público
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Plazo de Presentación

25/09/2026
23:59 h
Plazo cerrado

Procedimiento

Lugar de ejecución
Madrid (ES300)
Procedimiento
Abierto
Presentación
Electrónica
Urgencia
Ordinaria
Financiación
No hay financiación con fondos de la UE

Fechas

Última Modificación
08/09/2026 13:28

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Valor estimado