Pólizas de aviación para SENASA.
Objeto y condiciones del contrato
Consejo de Administración de Servicios y Estudios para la Navegación Aérea y la Seguridad Aeronáutica S.M.E. M.P. S.A. convoca la licitación «Pólizas de aviación para SENASA», un contrato de servicios con un valor estimado de 96.000,00 EUR (sin impuestos) con lugar de ejecución en Madrid. Clasificación CPV: Servicios de seguros.. El plazo de presentación de ofertas finaliza el 23 de noviembre de 2026 a las 23:59. Estado actual del expediente: En Plazo.
Solvencia económica y financiera
- Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido más abajo. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación esta circunstancia se acreditará mediante la presentación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
- Otros (conforme al art. 87 de LCSP): Los licitadores deberán acreditar que el corredor de seguros que aportan dispone de la suficiente solvencia económica y financiera. Según el art. 87.1.a) LCSP, la solvencia económica y financiera del corredor se exige por referencia al volumen anual de primas intermediadas referido al mejor ejercicio dentro de los últimos tres ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o inicio de las actividades del empresario, que deberá ser al menos de una vez y media el valor anual medio del contrato. El volumen anual mínimo de primas intermediadas deberá ser al menos de 144.000,00 euros.
Solvencia técnica o profesional
- Los licitadores deberán acreditar que el corredor de seguros que aportan dispone de la suficiente solvencia técnica o profesional. En relación con el artículo 90.1.a) LCSP, el licitador deberá aportar una relación de los principales servicios o trabajos realizados por el corredor de seguros de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. La solvencia técnica o profesional de corredor se deberá acreditar, por tanto, mediante la relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato. El importe mínimo de la solvencia técnica o profesional que debe acreditar el corredor de seguros deberá ser al menos de 67.200,00 euros. A los efectos determinar que un servicio es de naturaleza igual o similar al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los respectivos códigos CPV.
- Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato de los últimos tres años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. El volumen de promedio de primas de seguro suscritas en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza a las que constituyen el objeto del contrato deberá superar el 70 por ciento de la anualidad media del contrato. El importe mínimo de la solvencia técnica o profesional que debe acreditar el licitador deberá ser al menos de 67.200,00 euros. De los anteriores certificados se desprenderá la correcta ejecución de las pólizas contratadas. Si subsidiariamente se utiliza la declaración expresa del empresario, se acompañará de un certificado de buena ejecución de, al menos, un cliente en los tres últimos años.
Condiciones de ejecución
Consideraciones de tipo social: - La adjudicataria y el corredor de seguros asociado a la póliza se comprometen a favorecer la formación de los trabajadores encargados de la gestión de la póliza suscrita, conforme al Anexo 1.B del Cuadro de Características del PCAP. - Cumplimiento del compromiso de adscripción de medios. - Cumplimiento de las obligaciones de pago a subcontratistas
Subcontratación
De conformidad con el apartado 18 del Cuadro de Características del PCAP.
Criterios de adjudicación
| Criterio | Tipo | Peso |
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Precio.
La valoración económica se realizará sobre un máximo de 80 puntos (Pmax), que se asignarán a la oferta con precio más bajo (MO) que no haya sido rechazada.
La asignación de la puntuación se realizará proporcionalmente a la oferta económica de los licitadores, de acuerdo con la siguiente fórmula:
PEi= Pmax* (MO/Oi)
Donde:
PEi = Puntuación del criterio precio ofertado
Pmax = Puntuación máxima.
MO = Importe de la oferta con precio más bajo que no haya sido rechazada por ser anormalmente baja.
Oi = Importe de la oferta (i).
La proposición económica se presentará conforme al modelo de oferta que figuran como Anexo 4A al presente PCAP.
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Objetivo / Automático | 80% |
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Inclusión de una aeronave no tripulada (dron)
Inclusión de una aeronave no tripulada (dron) sin prima adicional, siempre que sea propiedad del Asegurado u operada por él y sea del mismo tipo y valor de las ya cubiertas por la póliza, cuyo valor asegurado no supere los 6.000, 00 euros y se utilice para los mismo usos que los ya cubiertos por la póliza.
- Se asignará un total de 5 puntos si se contempla el alta de una aeronave no tripulada (dron) sin prima adicional.
- Se asignarán 0 puntos a la compañía que no incluya esta cobertura.
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Objetivo / Automático | 5% |
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Inclusión de hasta 3 aeronaves no tripuladas (dron) para periodos menores a 15 días
Inclusión de incorporar y hasta 3 aeronaves no tripuladas para un breve período de tiempo (máximo 15 días), sin prima adicional y se utilicen para los mismos usos que los ya cubiertos por la póliza.: o Se asignará un total de 5 puntos si se contempla el alta o Se asignarán 0 puntos a la compañía que no incluya esta cobertura.
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Objetivo / Automático | 5% |
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Mejora de los deducibles
Inclusión de una mejora de los porcentajes de deducibles sobre los contemplados en el Anexo I.A del PPTP en el caso de la aeronave Beechraft King Air A-350.
- Se asignarán 5 puntos por cada 0,5% que el licitador disminuya del deducible en Anexo I.A del PPTP el deducible de 3,5%.
- Se asignará un total de 10 puntos si el deducible es del 2,5%.
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Objetivo / Automático | 10% |
Extracto del pliego
PCAP DSC-1250-26.pdf
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES CONTRATO DE SERVICIOS PROCEDIMIENTO ABIERTO, ABIERTO SIMPLIFICADO Y ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO El presente pliego tipo de cláusulas administrativas particulares, informado favorablemente por la Abogacía General del Estado, regirá los contratos de servicio adjudicados por procedimiento abierto, abierto simplificado y abierto simplificado abreviado, que celebre SENASA Página 1 de 77 1 RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y FORMA DE TRAMITACIÓN . 5 1.1 RÉGIMEN JURÍDICO ........................................................................................................................................ 5 1.2 PROCEDIMIENTOS DE ADJUDICACIÓN ........................................................................................................ 5 1.2.1 PROCEDIMIENTO ABIERTO ................................................................................................................... 6 1.2.2 PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO ......................................................................................... 6 1.2.3 PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO DEL ARTICULO 159.6 DE LA LSCP (EN ADELANTE…
Presupuesto
Valor estimado (sin impuestos)
Total (con impuestos)
Códigos CPV
Clasificación de productos y servicios
Organismo Contratante
Plazo de Presentación
Procedimiento
Fechas
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Basadas en organismo contratante, CPV y tipo de contrato