Obras de reforma de los antiguos talleres de PRODIS para almacenes y dependencias municipales financiadas con cargo al Plan de Cooperación General "Sevilla107" de la Excma. Diputación de Sevilla.

Actualizada: 28/09/2026 13:27
Evaluación
Obras

Objeto y condiciones del contrato

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Ecija convoca la licitación «Obras de reforma de los antiguos talleres de PRODIS para almacenes y dependencias municipales financiadas con cargo al Plan de Cooperación General "Sevilla107" de la Excma. Diputación de Sevilla», un contrato de obras con un valor estimado de 84.074,40 EUR (sin impuestos) con lugar de ejecución en Sevilla. Clasificación CPV: Montaje de estructuras metálicas.; Remozamiento de edificios degradados.; Trabajos de instalación eléctrica.. El plazo de presentación de ofertas finalizó el 6 de julio de 2026 a las 23:59. Estado actual del expediente: Evaluación.

Requisitos de los licitadores

  • Capacidad de obrar
  • No prohibición para contratar

Solvencia económica y financiera

Cifra anual de negocio. De conformidad con lo previsto en el PCAP -Cláusula 22.3.1- referida a la solvencia económica y financiera. De conformidad con lo establecido en el artículo 159.4.a) de la LCSP todos los licitadores deberán estar inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público por lo que la solvencia económica y financiera se acreditará con la siguiente clasificación GRUPO: C SUBGRUPO: 2 CATEGORIA DE CONTRATO: C No obstante, en aplicación del artículo 77.1.a) de la LCSP «Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros la clasificación del empresario en el grupo o subgrupo que en función del objeto del contrato corresponda, y que será recogido en los pliegos del contrato, acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar. En tales casos, el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación como contratista de obras en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente al contrato o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y detallados en los pliegos del contrato. /.../ En este sentido, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 87.1.a) de la LCSP, que establece como uno de los medios para acreditar la solvencia económica y financiera el siguiente «Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. El volumen de negocios mínimo anual exigido no excederá de una vez y media el valor estimado del contrato, excepto en casos debidamente justificados como los relacionados con los riesgos especiales vinculados a la naturaleza de las obras, los servicios o los suministros. El órgano de contratación indicará las principales razones de la imposición de dicho requisito en los pliegos de la contratación o en el informe específico a que se refiere el artículo 336» /.../

Solvencia técnica o profesional

Trabajos realizados. De conformidad con lo previsto en el PCAP -Cláusula 22.3.2- referida a solvencia técnica o profesional. El artículo 88.1.a) que establece que en los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por uno o varios de los medios siguientes, a elección del órgano de contratación: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. /.../ A los efectos de clasificación de los contratistas de obras y de asignación de categorías de clasificación, el titular del Ministerio de Hacienda y Función Pública podrá fijar mediante Orden, a propuesta de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, una relación de subgrupos de clasificación para los que el citado periodo de diez años será de aplicación. Para la clasificación en los subgrupos no incluidos en dicha relación solo se tendrá en cuenta la obra ejecutada dentro de los cinco años anteriores al de inicio del procedimiento de clasificación o de revisión de clasificación, así como la ejecutada durante dicho año. /.../ A estos efectos, las obras ejecutadas por una sociedad extranjera filial del contratista de obras tendrán la misma consideración que las directamente ejecutadas por el propio contratista, siempre que este último ostente directa o indirectamente el control de aquella en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. Cuando se trate de obras ejecutadas por una sociedad extranjera participada por el contratista sin que se cumpla dicha condición, solo se reconocerá como experiencia atribuible al contratista la obra ejecutada por la sociedad participada en la proporción de la participación de aquel en el capital social de esta. Por lo que respecta al umbral de solvencia ésta quedará acreditada con la siguiente clasificación empresarial GRUPO: C SUBGRUPO: 2 CATEGORIA DE CONTRATO: C O en su defecto el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución –dentro del citado periodo de 5 años- será igual o superior al 70% del Valor Estimado del Contrato.

Condiciones de ejecución

Consideraciones de tipo medioambiental: De conformidad con lo previsto en el PCAP -Cláusula 11- se establecen condiciones especiales de ejecución del contrato ambientales, condiciones especiales de ejecución del contrato sociales y laborales y condiciones especiales de ejecución del contrato técnicas.

Subcontratación

De conformidad con lo previsto en la Cláusula 17 del PCAP.

Prórrogas

De conformidad con lo previsto en el PCAP - Cláusula 32- no se contempla la posibilidad de prórroga.

Criterios de adjudicación

Criterio Tipo Peso
Precio (hasta 70 puntos.
Precio (hasta 70 puntos). Se valorará la oferta económica más ventajosa, otorgándose la máxima puntuación a la oferta de menor importe, y puntuándose el resto de forma proporcional conforme a la fórmula prevista en el PCAP -Cláusula 10.1-.
Objetivo / Automático 70%
Mejora nº2 (hasta 10 puntos).
Mejora nº2 (hasta 10 puntos). Conforme al PCAP -Cláusula 10.2.2.- La presente mejora consiste en la apertura de un nuevo hueco de ventana en fachada exterior, conforme a la ubicación definida en la documentación gráfica del proyecto, sin afección a elementos estructurales portantes. La actuación incluye los trabajos necesarios de albañilería para la formación del hueco, ejecución de cargadero o refuerzo constructivo si fuese preciso, y correcta terminación de los paramentos interiores y exteriores. La apertura del nuevo hueco de ventana se justifica por los siguientes motivos: -Mejora significativa de la ventilación natural de los espacios interiores. -Incremento de la iluminación natural, reduciendo la dependencia de iluminación artificial. -Mejora de las condiciones de salubridad interior, favoreciendo la renovación de aire. -Adecuación de los espacios a un uso combinado de almacén y dependencias administrativas. La actuación no afecta a la estructura portante del edificio y se limita exclusivamente a cerramientos de fachada, manteniendo la coherencia constructiva y formal del inmueble.
Objetivo / Automático 10%
Mejora nº3 (hasta 10 puntos).
Mejora nº3 (hasta 10 puntos). Conforme a lo previsto en el PCAP -Cláusula 10.2.3-. Esta mejora consiste en la sustitución de las ventanas existentes, definidas en planos, actualmente resueltas mediante carpinterías de aluminio sin rotura de puente térmico y vidrio simple, por nuevas carpinterías de PVC color blanco, con acristalamiento tipo 6+4+6, de mayores prestaciones térmicas. La sustitución se limita exclusivamente a las ventanas definidas en la documentación gráfica, sin ampliación del número de huecos ni modificación de la composición de fachada. La mejora se justifica por los siguientes aspectos: -Reducción de pérdidas térmicas a través de la envolvente. -Mejora del comportamiento energético del edificio, alineada con los criterios del DB-HE, aunque no resulte estrictamente exigible. -Incremento del confort térmico interior, tanto en periodo invernal como estival. -Mejora del aislamiento acústico. -Reducción de costes de mantenimiento frente a carpinterías metálicas antiguas. La utilización de carpinterías de PVC blanco permite mantener una imagen homogénea y neutra, compatible con la estética actual del edificio.
Objetivo / Automático 10%
Mejora nº1 (hasta 10 puntos).
Mejora nº1 (hasta 10 puntos). Conforme a PCAP -Cláusula 10.2.1-. La presente mejora consiste en la implantación de un sistema básico integrado de videovigilancia y alarma antiintrusión, destinado al control de accesos exteriores y a la protección de las zonas de archivo del edificio, con fines disuasorios y de apoyo a la seguridad. El sistema se proyecta como un conjunto sencillo, fiable y de fácil mantenimiento, adecuado a un edificio de uso municipal, sin incorporar tratamientos avanzados de datos ni servicios externos, y sin generar costes recurrentes de explotación. Sistema de videovigilancia El sistema de videovigilancia estará compuesto, como mínimo, por cinco (5) cámaras de videovigilancia IP, con resolución mínima Full HD (1080p), visión nocturna mediante infrarrojos y lente fija, distribuidas de la siguiente manera: 1 cámara en la puerta de acceso de planta baja. 1 cámara en la puerta de acceso de planta alta. 1 cámara en la zona de archivo de planta baja. 2 cámaras en la zona de archivo de planta alta, con objeto de garantizar una adecuada cobertura visual del espacio. Las cámaras se conectarán a un grabador digital de videovigilancia (NVR) con disco duro dedicado, ubicado en dependencia interior no accesible al público, con grabación continua o por detección de movimiento y borrado automático conforme a la normativa vigente. El sistema no contempla: Grabación de audio. Acceso remoto a las cámaras. Reconocimiento facial ni tratamiento automatizado de datos. Se dispondrá la señalización informativa obligatoria de zona videovigilada en los accesos al edificio. Sistema de alarma antiintrusión Como complemento al sistema de videovigilancia, se instalará un sistema básico de alarma antiintrusión, basado exclusivamente en detección perimetral, compuesto por los siguientes elementos: Central de alarma, ubicada en el interior del edificio, próxima al grabador de videovigilancia. Contactos magnéticos de apertura en las puertas de acceso del edificio. Teclado de control situado junto al acceso principal, que permitirá la activación y desactivación del sistema por parte del personal autorizado mediante código numérico. Sirena interior de alarma, destinada a la disuasión y alerta acústica en caso de intrusión. El sistema de alarma: No incorpora detectores volumétricos interiores. No dispone de sirena exterior. No se conecta a central receptora de alarmas ni a servicios externos.
Objetivo / Automático 10%

Presupuesto

84.074,40 EUR

Valor estimado (sin impuestos)

101.730,02 EUR

Total (con impuestos)

Duración: 4 mes(es)

Documentación

7 documentos

Acta del órgano de asistencia
Otros Documentos
Acta del órgano de asistencia
Otros Documentos
Acta del órgano de asistencia
Otros Documentos
Acuerdo de iniciación del expediente
Otros Documentos
ARCHIVO MEDICIONES OTRO FORMATO
Otros Documentos
PCAP 27-05-2026 EXP 1187-2026.pdf
Pliego / Legal
PROYECTO DE REFORMA ANTIGUOS TALLERES DE PRODIS PARA ALMACENES Y DEPENDENCIAS MUNICIPALES.pdf
Pliego Técnico
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Organismo Contratante

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Ecija
NIF: P4103900I
Écija
Ayuntamientos
Sector Público
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Plazo de Presentación

06/07/2026
23:59 h
Plazo cerrado

Procedimiento

Lugar de ejecución
Sevilla (ES618)
Procedimiento
Código 9
Presentación
Electrónica
Urgencia
Ordinaria
Financiación
No hay financiación con fondos de la UE

Fechas

Última Modificación
28/09/2026 13:27

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Basadas en organismo contratante, CPV y tipo de contrato