Concesión de servicios para la gestión y explotación del Centro Deportivo Municipal "FÚCAR". Asimismo, como uso asociado y complementario al Centro deportivo, estará incluida en la concesión de servicios la Cafetería existente en el mismo, con su correspondiente terraza anexa.
Objeto y condiciones del contrato
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid convoca la licitación «Concesión de servicios para la gestión y explotación del Centro Deportivo Municipal "FÚCAR". Asimismo, como uso asociado y complementario al Centro deportivo, estará incluida en la concesión de servicios la Cafetería existente en el mismo, con su correspondiente terraza anexa», un contrato de concesión de servicios con lugar de ejecución en Madrid. Clasificación CPV: Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos.; Servicios deportivos.; Servicios relacionados con los deportes.. El plazo de presentación de ofertas finalizó el 8 de octubre de 2026 a las 13:00. Estado actual del expediente: Evaluación.
Plazo de presentación
Se entiende que es la 2ª fecha para presentar ofertas por aquellos que han superado el proceso.
Requisitos de los licitadores
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Capacidad de obrar
- Declaración sobre personas con discapacidad
Solvencia económica y financiera
El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el del volumen anual de negocios del licitador que, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, deberá ser al menos de 1.647.694,45 euros, calculado como el 80% del valor anual medio estimado del contrato. Se acreditará mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la empresa, en la que conste el volumen anual de negocios del licitador, referido al mejor ejercicio de los tres últimos ejercicios concluidos, indicando la cuantía. Se considera que el umbral económico establecido (1.647.694,45 euros) permite garantizar una aptitud suficiente por parte de los potenciales licitadores interesados y un acceso no restrictivo de la licitación.
Solvencia técnica o profesional
El cumplimiento del criterio de solvencia se acreditará mediante una relación, firmada por el responsable legal de la empresa, de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres últimos años, incluyendo el año de licitación, a contar desde la fecha de fin de presentación de ofertas en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Se presentará una relación en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. La acreditación se realizará mediante la presentación de uno o varios certificados por importe global igual o superior al 70% del valor anual medio estimado del contrato, esto es, 1.441.732,64 euros. Los certificados serán expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación, debiendo presentarse la documentación original o copia simple original o debidamente compulsada, así como de la relación original y firmada de los principales servicios o trabajos que incluya importe, fechas y destinatarios, en la que se reflejen los totales por año y se identifique el año de mayor ejecución. Los certificados deben corresponder a trabajos ya finalizados. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución será igual o superior a la cantidad de 1.441.732,64 euros. euros.
Condiciones de ejecución
Consideraciones de tipo social: Es condición especial de ejecución tener a disposición la documentación completa y verificable sobre los trabajadores y trabajadoras empleados, a presentarla al órgano de contratación cuanto éste lo requiera y a advertir a las personas trabajadoras sobre la posibilidad de una inspección por parte de dicho órgano
Subcontratación
Sólo prestaciones accesorias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 296 de la LCSP. Prestaciones como la limpieza, seguridad, vigilancia, vending y, en su caso la explotación de la Cafetería y su terraza anexa.
Prórrogas
Prórroga: no procede.
Criterios de adjudicación
| Criterio | Tipo | Peso |
|---|---|---|
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A.7. Criterios Gestión Deportiva. Oferta actividades deportivas específicas Programa de Ejercicio Físico y Salud.
Por la oferta de actividades deportivas específicas pertenecientes al
Programa de Ejercicio Físico y Salud: 10 puntos.
Se considerarán las ofertas que presenten grupos específicos del Programa
mencionado, como pueden ser las clases de prevención de caídas, grupos para
prevenir el sobrepeso, etc., indicado en el Anexo II al Pliego de Prescripciones
Técnicas, valorándose en función de los siguientes criterios:
Se otorgarán:
- Oferta de 5 grupos específicos: 5 Puntos.
- Oferta de 10 grupos específicos: 10 Puntos.
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Objetivo / Automático | 10% |
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A.3. Criterios Gestión Deportiva. Oferta actividades deportivas dirigidas para categoría mayores de 65 años.
Por la oferta de actividades deportivas dirigidas para categoría mayores de 65 años: Hasta 10 puntos.
Se considerarán las ofertas que presenten grupos adicionales de modalidad cerrada
e inscripción mensual de esta categoría de edad, en función de lo establecido en el
punto 1 del Anexo II al Pliego de Prescripciones Técnicas, valorándose de acuerdo con
las siguientes indicaciones
Se otorgarán:
- Por ampliación del número de grupos de categoría mayores de 65 años en 10 grupos
semanales adicionales (además de las dos horas diarias o 10 semanales mínimas,
establecidas por Decreto): 5 Puntos.
- Por ampliación del número de grupos de categoría mayores de 65 años en 15 grupos
semanales adicionales (además de las dos horas diarias o 10 semanales mínimas,
establecidas por Decreto): 7,5 Puntos.
- Por ampliación del número de grupos de categoría mayores de 65 años en 20 grupos
semanales adicionales (además de las dos horas diarias o 10 semanales mínimas,
establecidas por Decreto): 10 Puntos.
En ningún caso se valorará con mayor puntuación en este apartado aquellas ofertas
que presenten un número de grupos adicionales superiores a 20.
Las empresas licitadoras, a efectos de la valoración de este punto, deberán suministrar
la información según el modelo recogido en el Anexo III del Pliego de Cláusulas
Administrativas Particulares.
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Objetivo / Automático | 10% |
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C. Criterios sociales.
Propuesta de integración para las personas con diversidad funcional que sean
destinatarias o usuarias directas de los servicios, se otorgará 1,00 punto por cada
acción propuesta (consistente en actuaciones dirigidas a fomentar la participación de
personas con diversidad funcional en las actividades del centro deportivo, con una
duración mínima de una hora), hasta un máximo de 5 acciones.
Estas actuaciones deberán ajustarse a las determinaciones previstas en el PPT y se
configuran como mejoras tasadas y homogéneas, permitiendo su valoración mediante
criterios objetivos y automáticos.
La oferta que no incluya propuesta de ninguna acción obtendrá 0 puntos.
Se verificará el cumplimiento de esta mejora a través del informe de su realización
firmado por la persona responsable de su ejecución, indicando el contenido, duración
de la actividad y número de personas participantes.
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Objetivo / Automático | 5% |
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A.6. Criterios Gestión Deportiva. Oferta actividades deportivas para personas con diversidad funcional.
Por la oferta de actividades deportivas para personas con diversidad
funcional: Hasta 10 puntos
Se considerarán las ofertas que presenten grupos adicionales a lo exigido en el punto
1 del Anexo II al Pliego de Prescripciones Técnicas, valorándose en función de los
siguientes criterios:
Se otorgarán:
- Por ampliación del número de grupos, 2 grupos adicionales: 5 Puntos.
- Por ampliación del número de grupos, 4 o más grupos adicionales: 10 Puntos.
En ningún caso se valorará con mayor puntuación en este apartado aquellas ofertas
que presenten un número de grupos adicionales superior a cuatro.
Las empresas licitadoras, a efectos de la valoración de este punto, deberán suministrar
la información según el modelo recogido en el Anexo III del Pliego de Cláusulas
Administrativas Particulares.
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Objetivo / Automático | 10% |
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B. Precio.
La puntuación de cada empresa licitadora se obtendrá mediante la siguiente fórmula: Of X 25 /OF
(Siendo Of el canon anual que oferta la proposición que se está valorando y OF el canon
anual de la mejor oferta -es decir el canon más alto-)
La oferta más elevada obtendrá 25 puntos, la oferta que no incluya mejora sobre el
canon licitación, obtendrá 0 puntos.
Las ofertas inferiores a 327.000 euros (canon de licitación) serán automáticamente
excluidas de la licitación.
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Objetivo / Automático | 25% |
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A.1. Criterios Gestión Deportiva. Ampliación horario apertura.
Por la ampliación del horario de apertura del Centro Deportivo Municipal establecido en la cláusula 5.2 del Pliego de Prescripciones Técnicas: Hasta 10 puntos.
Se otorgarán:
- Por ampliación del horario de lunes a viernes en 1 hora 5 Puntos.
- Por ampliación del horario de lunes a domingo en 1 hora 10 Puntos.
No se valorará en ningún caso un número de horas totales semanales superior a 7.
Las empresas licitadoras, a efectos de la valoración de este punto, deberán suministrar
la información según el modelo recogido en el Anexo III del Pliego de Cláusulas
Administrativas Particulares.
Dicho horario podrá ser ampliado, teniendo en cuenta que los límites de apertura y
cierre de la instalación deportiva no podrán exceder de las 7:00 y 24:00 horas,
respectivamente. Será la empresa licitadora, en su oferta, la que deberá determinar, de
forma concreta, los horarios de apertura y cierre respetando siempre los límites
establecidos para estas actividades por la Orden 42/2017, de 10 de enero, de la
Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se establece
el régimen relativo a los horarios de los locales de espectáculos públicos y actividades
recreativas, así como de otros establecimientos abiertos al público, o normativa que la
sustituya.
El número máximo posible de ampliación del horario semanal del centro deportivo
objeto de la concesión será de 7 horas a la semana, al tener que cumplir con lo señalado
en el apartado 7.2 del PPT. Todo horario ofertado adicionalmente que supere estos
límites no será valorado.
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Objetivo / Automático | 10% |
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A.2. Criterios Gestión Deportiva. Oferta actividades deportivas dirigidas para categoría infantil.
Por la oferta de actividades deportivas dirigidas para categoría infantil: Hasta 10 puntos.
Se considerarán las ofertas que presenten grupos adicionales de modalidad cerrada
e inscripción mensual de esta categoría de edad, en función de lo establecido en el
punto 1 del Anexo II al Pliego de Prescripciones Técnicas, valorándose de acuerdo con
las siguientes indicaciones:
Se otorgarán:
- Por ampliación del número de grupos de categoría infantil en 10 grupos semanales
adicionales (además de las dos horas diarias o 10 semanales mínimas, establecidas por
Decreto): 5 Puntos.
- Por ampliación del número de grupos de categoría infantil en 15 grupos semanales
adicionales (además de las dos horas diarias o 10 semanales mínimas, establecidas por
Decreto): 7,5 Puntos.
- Por ampliación del número de grupos de categoría infantil en 20 grupos semanales
adicionales (además de las dos horas diarias o 10 semanales mínimas, establecidas por
Decreto): 10 Puntos.
En ningún caso se valorará con mayor puntuación de la establecida en este apartado
aquellas ofertas que presenten un número de grupos adicionales superiores a 20.
Las empresas licitadoras, a efectos de la valoración de este punto, deberán suministrar
la información según el modelo recogido en el Anexo III correspondiente del Pliego de
Cláusulas Administrativas Particulares.
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Objetivo / Automático | 10% |
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A.4. Criterios Gestión Deportiva. Ampliación horarios para entrenamientos en piscina climatizada y pabellón polideportivo a entidades deportivas.
Por la ampliación de horarios para entrenamientos en la piscina
climatizada y en el pabellón polideportivo a entidades deportivas mediante tarjeta
de temporada: Hasta 10 puntos.
Se considerarán las ofertas que presenten un horario adicional en relación a los mínimos
indicados en el punto 3 del Anexo II al Pliego de Prescripciones Técnicas, valorándose
de acuerdo con las siguientes indicaciones
Se otorgarán:
- Por ampliación del número de horas adicionales en piscina y pabellón, en 10 grupos
semanales adicionales (además de las dos horas diarias o 10 semanales mínimas): 5
Puntos.
- Por ampliación del número de horas adicionales en piscina y pabellón, en 15 grupos
semanales adicionales (además de las dos horas diarias o 10 semanales mínimas): 7,5
Puntos.
- Por ampliación del número de horas adicionales en piscina y pabellón, en 20 grupos
semanales adicionales (además de las dos horas diarias o 10 semanales mínimas): 10
Puntos.
En ningún caso se valorará con mayor puntuación en este apartado aquellas ofertas
que presenten un número de grupos adicionales superiores a 20.
Solo se valorarán las horas adicionales de entrenamiento a entidades deportivas en
horario comprendido entre las 17:00 horas y la hora de cierre, de lunes a viernes, en la
piscina climatizada de 25 metros o en el pabellón polideportivo.
Las empresas licitadoras, a efectos de la valoración de este punto, deberán suministrar
la información según el modelo recogido en el Anexo III del Pliego de Cláusulas
Administrativas Particulares.
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Objetivo / Automático | 10% |
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A.5. Criterios Gestión Deportiva. Ampliación horarios a centros docentes para impartir clases de natación y otras y clases educación física en el pabellón polideportivo.
Por la ampliación de horarios a centros docentes para impartir clases de
natación y/otras actividades acuáticas y clases de educación física en el pabellón
polideportivo: Hasta 10 puntos
Se considerarán las ofertas que presenten mayor número de horas adicionales, hasta
un máximo de 70 horas semanales, en relación con lo exigido en el punto 4 al Anexo II
del Pliego de Prescripciones Técnicas, valorándose en función de los siguientes
criterios:
Se otorgarán:
- Por ampliación del horario en 30 horas adicionales: 5 Puntos.
- Por ampliación del horario en 50 horas adicionales: 7,5 puntos.
- Por ampliación del horario en 70 horas adicionales: 10 Puntos.
No se valorará en ningún caso un número de horas totales semanales adicionales a las
mínimas superior a 70 horas, 35 por unidad deportiva (Pabellón Polideportivo y Piscina
Climatizada).
Solo se valorarán las horas adicionales de cesión a centros docentes para impartir
clases de natación y otras actividades acuáticas, así como para las clases de educación
física en el pabellón, en horario comprendido entre las 9:00 y las 17:00, de lunes a
viernes, en la piscina climatizada de 25 metros y en el pabellón deportivo.
Las empresas licitadoras, a efectos de la valoración de este punto, deberán suministrar
la información según el modelo recogido en el Anexo III del Pliego de Cláusulas
Administrativas Particulares.
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Objetivo / Automático | 10% |
Presupuesto
Valor global estimado
Códigos CPV
Clasificación de productos y servicios
Documentación
12 documentos
Organismo Contratante
Plazo de Presentación
Procedimiento
Fechas
Licitaciones Relacionadas
Basadas en organismo contratante, CPV y tipo de contrato