Pliego prescripciones tecnicas - PPT v001.pdf

Pliego Técnico Ver licitación
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<!-- image --> <!-- image --> ## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CONSEJERÍA/ORGANISMO CONTRATANTE: Dirección Provincial de Educación de Segovia CÓDIGO EXPEDIENTE: A2026/006186 TIPO CONTRATO: Servicios TÍTULO EXPEDIENTE: Transporte escolar ruta 4043770 CEO Virgen de la Peña (Sepúlveda) curso 2026-2027 OBJETO DEL CONTRATO: Transporte escolar ruta 4043770 CEO Virgen de la Peña (Sepúlveda) curso 2026-2027 TIPO DE TRAMITACIÓN: Ordinaria ## PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN: Procedimiento abierto simplificado art. 159.6 LCSP TRAMITACIÓN ECONÓMICA: Normal CENTRO DIRECTIVO: Dirección Provincial de Educación de Segovia UNIDAD PROMOTORA: Sección de Alumnos y Servicios Complementarios JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD: En cumplimiento de los principios de necesidad, idoneidad y eficiencia establecidos en el artículo 28 de la LCSP la naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse mediante la celebración del presente contrato, se encuadran dentro del ámbito de las funciones y competencias atribuidas a este Centro Directivo determinándose con precisión la idoneidad del objeto y contenido del contrato en el Pliego de Prescripciones Técnicas. | DETALLE PRESUPUESTARIO | DETALLE PRESUPUESTARIO | DETALLE PRESUPUESTARIO | DETALLE PRESUPUESTARIO | DETALLE PRESUPUESTARIO | DETALLE PRESUPUESTARIO | |--------------------------|---------------------------|--------------------------|--------------------------|--------------------------|--------------------------| | Anualidad | Aplicación presupuestaria | Centro Gestor | Presupuesto sin IVA | IVA | Presupuesto total | | 2026 | G/322A04/22300/6 | 07026001 | 8.928,00 € | 892,80 € | 9.820,80 € | | 2027 | G/322A04/22300/6 | 07026001 | 13.392,00 € | 1.339,20 € | 14.731,20 € | | TOTAL | TOTAL | TOTAL | TOTAL | TOTAL | 24.552,00 € | ## PLAZOS DEL CONTRATO DURACIÓN DEL CONTRATO: Desde el primer día lectivo del curso escolar 2026-2027, o desde el día de la formalización del contrato, si este fuera posterior, hasta el 31 de agosto de 2027. PRÓRROGAS CONVENCIONALES: Sí DURACIÓN DE LA PRÓRROGA: Desde el primer día lectivo del curso escolar 2027-2028, o desde el día de la formalización del contrato, si este fuera posterior, hasta el 31 de agosto de 2028. PLAZOS PARCIALES: No ## REVISIÓN DE PRECIOS REVISIÓN DE PRECIOS: No <!-- image --> <!-- image --> ## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS POR LAS QUE SE HA DE REGIR EL CONTRATO DE SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR EN LA PROVINCIA DE SEGOVIA ## 1.- Objeto y Ámbito Territorial de la prestación. El objeto del contrato es la prestación del Servicio de Transporte Escolar en los términos definidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas. En materia de transporte escolar la prestación del servicio se ajustará a lo dispuesto en el Real Decreto 443/2001, de 27 de abril, sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores (BOE de 2 de mayo), y demás modificaciones y normas de desarrollo, si las hubiere, así como en la Orden EDU/926/2004, de 9 Junio, por el que se regula el servicio de transporte escolar en los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y al resto de normativa que le sea aplicable. El ámbito territorial de cobertura del servicio objeto del contrato se limita a la ruta con las paradas que se adjuntan como ficha anexa al presente pliego siendo el precio de licitación de la ruta el que sigue: | RUTA | EXP/DIA | DÍAS CONTRATO | TIPO DE VEHÍCULO | IMP. EXPED (SIN IVA) | B.I. CONTRATO | TOTAL CONTRATO (10% IVA incluido) | |--------|-----------|-----------------|--------------------|------------------------|-----------------|-------------------------------------| | 2 | 180 | T | 62,00€ | 22.320,00€ | 24.552,00€ | 4043770 | ## 2. Parque móvil. ## 2.1. Vehículos . Las empresas deberán disponer del vehículo con la capacidad suficiente de plazas para transportar al número de alumnos que se especifica en la ficha de Ruta anexa al presente pliego. El vehículo se entenderá disponible a efectos de la formalización del contrato en los términos previstos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Los vehículos deberán mantenerse en todo momento en perfectas condiciones de uso y limpieza tanto en su exterior como en su interior, equipamiento y material. A los efectos de este contrato los vehículos se clasifican en A (de 31 a 60 o más plazas) y B (de 10 a 30 plazas), sin perjuicio de que de acuerdo con la ficha anexa a la que se refiere el apartado 1 del presente pliego, se pueda exigir un vehículo con cualquiera de estas clasificaciones al objeto de cubrir necesidades escolares cambiantes que el contratista asumirá una vez puesto en su conocimiento de forma fehaciente y con antelación por el órgano de contratación y sin que ello implique un incremento o disminución económica. <!-- image --> <!-- image --> Se admitirán vehículos de más de 60 plazas siempre que reúnan los requisitos establecidos con carácter general en la normativa vigente en materia de Seguridad Vial y en particular en el Real Decreto 443/2001, de 27 de abril, sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores. En aquellos supuestos en que, por razones de vialidad, una determinada ruta solo se pueda hacer por vehículo tipo 'B', no se admitirán vehículos que excedan de treinta plazas. ## 2.1.1 Sustitución Permanente. La sustitución permanente de los vehículos de transporte escolar ofertados deberá ser autorizada, previa justificación de las causas que la han ocasionado, por el órgano de contratación antes de que esta se produzca. Con la solicitud de autorización se acompañará fotocopia de la Tarjeta de Transporte, permiso de circulación y el resto de documentación exigida por el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el presente Pliego para el vehículo ofertado y que resultó adjudicatario. El vehículo sustituto deberá reunir las mismas o mejores características que el vehículo sustituido y ser el mismo tipo de vehículo A ó B que el vehículo adscrito a la ruta de transporte escolar. Especialmente se constatará en la ficha técnica del vehículo sustituto que la configuración de las plazas homologadas reúne los mismos requisitos que el vehículo sustituido, en cuanto a número y características, especialmente en cuanto a plazas habilitadas para el transporte en silla de ruedas conforme a la normativa aplicable. De igual forma el vehículo sustituto deberá disponer de los sistemas de retención infantil que fueron ofertados por el adjudicatario del contrato y por lo tanto existentes en el vehículo sustituido. En caso de prórroga del contrato en vigor, si el vehículo que presta el servicio de transporte, rebasará la antigüedad de 16 años, contados desde su primera matriculación, al inicio del curso escolar, deberá ser sustituido por otro vehículo de menor antigüedad conforme establece el Real Decreto 443/2001, de 27 de abril. Durante la tramitación de la prórroga deberá aportarse al órgano de contratación la información y documentación requerida en los pliegos que rigen esta contratación para la sustitución permanente del vehículo. El vehículo sustituto podrá ser inspeccionado por los técnicos que el órgano de contratación determine en cualquier momento previo a la autorización, debiendo la empresa desplazar éstos al lugar y momento en que se le indique. ## 2.1.2 Sustituciones Temporales. Las sustituciones temporales deberán comunicarse en el plazo máximo de 24 horas al órgano de contratación desde que se produjeron y siempre que no sea posible la comunicación previa en el mismo plazo, acreditando de forma fehaciente la circunstancia que motivó la sustitución. La duración de dicha sustitución será la imprescindible en función de la causa justificativa que generó la sustitución. La empresa deberá aportar copia íntegra del seguro de vehículos a motor, garantizar el número de plazas autorizadas necesarias para realizar el transporte y el resto de los requisitos exigidos para el vehículo titular. El vehículo sustituto deberá reunir las mismas o mejores características que el vehículo sustituido. <!-- image --> <!-- image --> Si el transportista no cuenta con flota suficiente para prestar el servicio en sustitución del vehículo ofertado, podrá recurrir a prestarlo temporalmente, con otro vehículo de su titularidad o de otra empresa del sector. ## 2.1.3 Vehículos suplentes. La empresa propuesta como adjudicataria podrá presentar tras la formalización del contrato y en el plazo máximo de 1 mes desde su formalización, conforme al Anexo II de este pliego, un listado de hasta dos vehículos suplentes que reúnan las siguientes características: la capacidad mínima necesaria exigida en los pliegos, una antigüedad igual o menor a la del vehículo titular adjudicado y cualquier otra característica ofertada por el adjudicatario, es decir deberá reunir las mismas o mejores características que el vehículo sustituido. Junto al anexo II se acompañará fotocopia de la Tarjeta de Transporte, permiso de circulación y el resto de documentación exigida por el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el presente Pliego para el vehículo ofertado y que resultó adjudicatario. Solo se incorporarán al contrato los vehículos propuestos como suplentes respecto de los que se haya confirmado que cumplen los requisitos establecidos en esta cláusula. Estos vehículos podrán utilizarse sin necesidad de efectuar la comunicación a la que se refiere la cláusula 2.1.2 sobre las sustituciones temporales. ## 3.- Características de la ruta de transporte escolar. 3.1La determinación del recorrido y horario de la ruta de transporte escolar descrita en la ficha de ruta Anexa al presente Pliego se ajusta a lo dispuesto en el art. 11 del Real Decreto 443/2001, de 27 de abril, sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores (BOE de 2 de mayo), a cuyo tenor el tiempo máximo que aquéllos permanezcan en el vehículo no alcance una hora por cada sentido del viaje . De forma excepcional esta limitación no se tendrá en cuenta en las rutas de fin de semana. En ningún caso, el tiempo medio de espera de los alumnos en el Centro para subir al autocar, así como el tiempo que tengan que esperar desde la bajada del autocar hasta el inicio de las clases, podrá ser superior a 10 minutos. 3.2.A los efectos de lo previsto en el art. 10 del Real Decreto 443/2001, de 27 de abril, (BOE del 2 de mayo), antes citado, cuando no resulte posible que la parada de origen o destino esté ubicada en el interior del recinto escolar, la fijación de la misma se realizará de tal modo que las condiciones de seguridad, en cuanto al acceso desde dicha parada al Centro, resulten lo más idóneas posible. En lo que respecta a las paradas intermedias de la ruta de transporte escolar se fijarán, dentro de lo posible, en los lugares de la vía pública más próximos al domicilio que, en su caso, hubiera señalizado al efecto la autoridad de transporte competente. En todo caso se extremarán, por parte del transportista, las medidas tendentes para que las maniobras precisas para el estacionamiento del vehículo en dichas paradas no impliquen ningún riesgo para los usuarios del vehículo. 3.3.En cuanto a posibles variaciones en el recorrido y en el horario de la ruta de transporte escolar descritos en la ficha de Ruta anexa al presente Pliego, se estará a lo dispuesto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. <!-- image --> <!-- image --> - 3.4.El contratista deberá comunicar por su cuenta al alumnado, a través de los medios de los que disponga, las alteraciones del servicio que por cualquier razón se produzcan. ## 4.- Requisitos de seguridad e higiene en la ejecución del contrato de transporte. 4.1.Los vehículos que realicen transporte escolar de la Consejería de Educación deberán encontrarse identificados mientras realicen el servicio de que se trate, mediante distintivo que se reproduce en el anexo del Real Decreto 443/2001, de 27 de abril, (BOE de 2 de mayo), por la que se regulan los distintivos de los vehículos que realizan transporte escolar. El distintivo regulado en este apartado deberá colocarse dentro del vehículo, en la parte frontal y en la parte posterior del mismo de forma que resulte visible desde el exterior. Los distintivos previstos en el referido Real Decreto habrán de conservarse en todo momento en condiciones de perfecta visibilidad que permita la inmediata identificación de la clase y características del transporte a que están referidos. Será responsable de la colocación y conservación de estos distintivos el transportista. 4.2.En la realización del transporte objeto del contrato, el transportista habrá de mantener el vehículo en las máximas condiciones de higiene y limpieza, y respetar las prohibiciones las contenidas en la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo, así como mantener el correcto funcionamiento de todos los elementos del interior del vehículo, en especial, los que se encuentran en contacto con los alumnos, tales como ventanillas, asientos, calefacción, entre otros Igualmente, habrá de mantenerse en todo momento la mayor consideración en el trato con los alumnos, comunicándose al Director del Centro las incidencias que se produzcan durante el trayecto y se consideren relevantes. El contratista deberá utilizar productos respetuosos con el medio ambiente, biodegradables, limitando el uso de desinfectantes cloratos y no utilizando compuestos de sustancias nocivas como formaldehiodos, paradiciofenoles y cloratos benzoles. Solo se podrán utilizar otros productos cuando en el mercado no exista un producto ecológico equivalente. Los productos de limpieza que se utilicen tendrán que cumplir con las normas comunitarias y las etiquetas de los envases tendrán que conservar la información relacionada con el riesgo del producto. - 4.3.Durante la prestación del transporte objeto del contrato, no podrá, en ningún caso, transportarse mayor número de viajeros a los permitidos por las plazas del vehículo en relación con lo previsto en el artículo 4 apartado 3 del Real Decreto 443/2001, de 27 de abril, (BOE de 2 de mayo). - 4.4.En relación al transporte objeto del contrato, el transportista, habrá de cumplir la totalidad de los requisitos de seguridad establecidos en el Real Decreto 443/2001, de 27 de abril, (BOE de 2 de mayo) y sus modificaciones si las hubiere, sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores. Así como, en su caso, los demás que pudieran hallarse a tal efecto genérica o específicamente previstos o que pudieran aprobarse durante la vigencia del contrato en otras normas estatales, autonómicas y locales. <!-- image --> <!-- image --> 4.5.El adjudicatario será responsable ante la jurisdicción de lo social de los accidentes que pudieran sobrevenir a su personal por el desempeño de sus funciones, y con tal carácter comparecerá ante la mutua de accidentes de trabajo. En este sentido, el adjudicatario dotará a su personal de todos los medios de seguridad necesarios, tales como: llevar dentro del vehículo un equipo homologado de extinción de incendios, adecuado y en condiciones de uso para el caso de incendio del vehículo, equipos de protección individual (guantes, mascarillas, tapones de protección…) para tareas de mantenimiento u otras, formación e información a los trabajadores sobre emisión de humo de los carburantes, líquido de la batería, aceite del motor, líquido refrigerante, combustibles, entre otros e introducir nuevos adelantos tecnológicos y sistemas de localización en el vehículo (GPS), sustituir el espejo retrovisor manual por uno electrónico dado que ayuda a reducir los accidentes, así como otros que fueran precisos para la correcta ejecución del contrato. Además de estar obligado a cumplir con cuantas disposiciones le sean aplicables en cuanto a higiene y seguridad en el trabajo. En caso de que el personal aportado por el adjudicatario no procediera con la debida corrección o fuera evidentemente poco cuidadoso en el desempeño de su cometido, el órgano de contratación podrá exigir al adjudicatario la sustitución del trabajador objeto de conflicto. ## 5.- Control del servicio. Sin perjuicio de la obligación de la empresa adjudicataria de garantizar la correcta prestación del servicio por parte de sus trabajadores, esta Administración se reserva la facultad de supervisión del mismo, si bien cualquier observación se dirigirá a la dirección de la empresa, sin que esta Dirección Provincial tenga ninguna autoridad ni vínculo laboral con el personal que preste el servicio de transporte escolar. ## 6.- Medios personales. Todo el personal necesario para la realización de las tareas objeto de este contrato, serán de cuenta del adjudicatario. De conformidad con el artículo 130 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y según la información facilitada por la empresa que actualmente presta la ruta objeto de este contrato, el adjudicatario deberá subrogar al personal adscrito al servicio, cuyos datos figuran en el Anexo III. Cuando la empresa haya comunicado expresamente la ausencia de personal subrogable, no se incorpora el Anexo III al presente Pliego, entendiéndose dicha ausencia como confirmación de que no existe personal afectado por subrogación. La prestación del servicio se realizará de lunes a viernes, supeditado al calendario aprobado para cada curso escolar. La Empresa saliente deberá proporcionar a la entrante, la documentación precisa para la correcta continuidad del servicio: nóminas, contratos, datos de los trabajadores, etc. Este personal, dependerá exclusivamente del adjudicatario, teniendo éste, todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de patrono y debiendo cumplir con la normativa vigente en materia laboral, de Seguridad Social y de Higiene y Seguridad en el trabajo. <!-- image --> <!-- image --> La Administración podrá requerir al adjudicatario la presentación de los documentos de cotización de los trabajadores contratados, debiendo éste comunicar las variaciones que se produzcan en dicho personal. Será facultad de la Empresa adjudicataria la organización y supervisión del trabajo, así como cuidar la corrección y diligencia en el comportamiento de su personal, sin perjuicio de las instrucciones que pueda recibir del Equipo Directivo del centro en cuanto a las necesidades del mismo en cada momento. La empresa que dejé de prestar el servicio estará obligada a entregar a la empresa entrante copia de los contratos de trabajo, copia de las 4 últimas nóminas y las RNT (Relaciones Nominales de Trabajadores) de los 4 últimos meses de los trabajadores afectados. La falta de entrega de la referida documentación a la empresa entrante en ningún caso afectará a la subrogación, que es automática, ni a los derechos de los trabajadores y dejará a salvo las acciones que pudieran corresponder a la empresa perjudicada. La presente cláusula obliga tanto a las empresas entrantes y salientes como a los trabajadores afectados, cualquiera que sea el ámbito territorial de la nueva empresa concesionaria o contratada. <!-- image --> <!-- image --> ## ANEXO: DEBER DE INFORMACIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 129 DE LA LCSP Los licitadores podrán obtener información sobre las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, en: - Ministerio de Trabajo y Economía Social. Dirección General de Trabajo https://administracion.gob.es/pagFront/espanaAdmon/directorioOrganigrama/fichaUnida dOrganica.htm?codigoUnidad=E05040302 C/ Pío Baroja nº 6. 28009 Madrid Telf.: 913 631 801/2 - -Consejería de Industria, Comercio y Empleo. Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales C/ Francesco Scrimieri, 3 2ª planta. 47014 Valladolid. Telf.: 983 412 074 - Servicio Público de Empleo de Castilla y León (ECyL). C/ Jacinto Benavente, 2. 47195 Arroyo de la Encomienda. Valladolid. Telf.: 983 410 190 http://www.empleo.jcyl.es/ Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones generales relativas a fiscalidad en: - Agencia Estatal de la Administración Tributaria. https://sede.agenciatributaria.gob.es/ Telf.: 901 335 533 / 915 548 770 Servicio automático: 901 121 224 / 915 357 326 - Consejería de Economía y Hacienda. Dirección General de Tributos y Financiación Autonómica C/ José Cantalapiedra, 2. 47014 Valladolid. Telf.: 983 414 000 https://tributos.jcyl.es/ Podrán asimismo obtener información general sobre las disposiciones vigentes en materia de igualdad de género en: - Ministerio de Igualdad. Instituto de las Mujeres https://www.inmujeres.gob.es/ C/ Pechuán, 1. 28002 Madrid. Teléfono: 914 528 500 <!-- image --> <!-- image --> - Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades. Gerencia de Servicios Sociales. Dirección General de la Mujer. C/Paulina Harriet nº27 47006 Valladolid. Telf.: 983 412 288 Podrán asimismo obtener información general sobre las disposiciones vigentes en materia de medio ambiente en: - Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico. DG Calidad y Evaluación Ambiental. Plaza San Juan de la Cruz, 10. 08071 Madrid Teléfono 91 597 57 94 - -Consejería de Medioambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio DG de Infraestructuras y Sostenibilidad Ambiental C/ Rigoberto Cortejoso, 14, 7ª planta. Valladolid. Teléfono 983419969. <!-- image --> <!-- image --> ## ANEXO II: CONTRATO DE SERVICIOS DE TRANSPORTE ESCOLAR. RELACIÓN DE VEHÍCULOS SUPLENTES D./D.ª \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, mayor de edad, con domicilio en \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, localidad de \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, con Documento Nacional de Identidad \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, actuando en su propio nombre y derecho, o en representación de D./D.ª \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, o en representación de la entidad cuya razón social o denominación es \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_, en su calidad de \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ de la misma. ## EXPONE: Que enterado de las condiciones y requisitos, que acepta, y que se exigen para la adjudicación del contrato de servicios de transporte escolar Procedimiento Abierto Simplificado, con pluralidad de criterios de adjudicación, que a continuación se especifica, a cuya realización se compromete en su totalidad, con estricta sujeción al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y al Pliego de Prescripciones Técnicas que lo define, presenta la siguiente ## RELACIÓN DE VEHÍCULOS SUPLENTES: Los adjudicatarios podrán presentar un listado de dos vehículos suplentes que reúnan las siguientes características la capacidad mínima necesaria exigida en los pliegos, una antigüedad igual o menor a la del vehículo titular adjudicado y cualquier otra característica ofertada por el adjudicatario. Junto a este anexo se acompañará fotocopia de la Tarjeta de Transporte, permiso de circulación y el resto de documentación exigida por el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el presente Pliego para el vehículo ofertado y que resultó adjudicatario | Nº | Capacidad (nº plazas) | Matrícula | Fecha primera Matriculación | Dotado de cinturones de seguridad u otros sistemas de retención homologados para todos los usuarios | Impacto ambiental | |------|-------------------------|-------------|-------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------------------------------------| | 1 | | | | ☐ SÍ ☐ NO | ☐ SÍ ☐ NO Indicar clase etiqueta: Cero - ECO - B - C | | 2 | | | | ☐ SÍ ☐ NO | ☐ SÍ ☐ NO Indicar clase etiqueta: Cero - ECO - B - C | - COMPROMISO/DISPOSICIÓN DE SISTEMAS DE RETENCIÓN INFANTIL* (SI / NO) * Indicar lo que proceda <!-- image --> <!-- image --> Lugar Fecha Firma y Sello. <!-- image --> <!-- image --> ## DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓN EN SEGOVIA Curso 2026/2027 | CENTRO FIN | Código 40003770 | Otros Centros NO | | Nombre Centro Fin de Ruta VIRGEN DE LA PEÑA | | | | CEO Tipo Centro | Localidad Fin de Ruta SEPÚLVEDA | | | | | |-----------------------------------------------------------------|-------------------|--------------------|-----------------------------|-----------------------------------------------|-----------------------------|-----------|-------------|--------------------|-----------------------------------|---------------|-------|---------------|----| | RUTA Ruta | 18 Kms | Expediciones | € Precio por Expedición sin | IVA | Precio / Km € | 15 Tiempo | DIARIA Tipo | NO con acompañante | Tipo Vehículo T | Capacidad | 8 | mín. Vehículo | | | CONTRATO | Tipo de Contrato | | | | | | | Fecha | inicio | Fecha fin | | | | | | | | | | | | | | contrato | | | contrato | | | | | | Nombre Dirección Teléfono | | | | | | | | | | | | HORARIO CENTRO FIN | | | | | TARDE HORARIO DE TRANSPORTE | | | | | | | | | | | Septiembre | | Entrada Salida MAÑANA | | Salida Entrada | | CENTRO FIN | | | Entrada | | Salida | | | | | General | 09:00 | 14:00 | | | | | General | 08:55 | | 15:30 | | | | | Junio | 09:00 | 13:00 | | | | | Junio Septiembre | 08:55 | | 15:30 | | | OBSERVACIONES Nuevo contrato 26-27. Sólo alumnos de secundaria. | | | | | | | | | | | | | | | INCIDENCIAS | | | | | | | | | | | | | | | VEHÍCULO | Tipo Vehículo | | | | | Matricula | Capacidad | Fecha I.T.V. | Fecha | Matriculación | Fecha | Seguro | | | | | | | | E.I.2 | | | | BAC | EE | FPB | | | | Nº LOCALIDADES | | | | | | | PRI | | 1 | | 1 | | | | 2 3 2 2 2 3 4 5 0 | | | | | | | | | | | | | | | VIRGEN DE LA PEÑA | DE LA RUTA | PARADA | | | 1 | 1 | 3 | 1 6 | 4 | 0 | 2 | Total | | | FRESNO DE 1 | LA FUENTE | | | | | | | | | | | | | | | | | | TOTALES................... | | | | 3 | 1 | | | 6 | | | | | | | | | | | | 2 | | | | | | | | | | | | | | | 1 | | | | | | | | | | | | | | | | | | | 6 | Ficha de la Ruta: 4043770