20260112 Otros PPTP MIX ALARMAS CHIMENEAS.pdf
Pliego Técnico
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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO MIXTO DE SUMINISTRO, INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y CONTROL DE ALARMAS EN LAS DEPENDENCIAS PARA
EL AYUNTAMIENTO DE CHIMENEAS
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## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
## ÍNDICE
| 1. | OBJETO DEL CONTRATO........................................................3 |
|------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------|
| 2. ÁMBITO DEL | CONTRATO.......................................................3 |
| 2.1. ÁMBITO | FUNCIONAL.........................................................................3 |
| 2.2. ÁMBITO | TEMPORAL...........................................................................4 |
| 2.3. ÁMBITO | GEOGRÁFICO.......................................................................4 |
| 3. NORMATIVA Y LEGISLACIÓN | APLICABLE.................................4 |
| 4. CARACTERÍSTICAS DEL | CONTRATO........................................5 |
| 4.1. ALCANCE DE LOS SERVICIOS............................................................5 | |
| 4.2. ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO CENTRAL RECEPTORA DE ALARMAS | Y |
| 4.2.1. RECEPCIÓN DE ALARMAS..............................................................6 | |
| 4.3. PLAN O PROGRAMA DE MANTENIMIENTO.........................................7 | |
| 4.3.1. MANTENIMIENTO PREVENTIVO......................................................7 | |
| 4.3.2. MANTENIMIENTO CORRECTIVO.....................................................8 | |
| 4.4. ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO........................9 | |
| 4.4.1. OPERATIVA DEL MANTENIMIENTO PREVENTIVO..........................10 | |
| 4.4.2. OPERATIVA DEL MANTENIMIENTO CORRECTIVO..........................10 | |
| 5. MEDIOS HUMANOS.............................................................10 | |
| 6. MEDIOS | MATERIALES.........................................................11 |
| 7. OBLIGACIONES DE LA EMPRESA | ADJUDICATARIA..................12 |
| 8. REPRESENTANTES DEL | CONTRATO......................................13 |
| 9. PREVENCIÓN DE RIESGOS | LABORALES................................14 |
| 10. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN | DE DATOS.....................14 |
| ANEXO.......................................................................................16 | |
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## 1. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares (en adelante PPTP) tiene como finalidad definir las características del contra mixto de suministro, instalación, mantenimiento y control de alarmas en varias dependencias del municipio de Chimeneas, bajo el encargo del Ayuntamiento de Chimeneas (en adelante, el Ayuntamiento).
Por ello, en el presente contrato se establecerán las condiciones de la prestación de todos estos servicios, que deberán adecuarse a las condiciones que figuran en el contrato, en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares (PPTP) y en el Pliego de Cláusulas T écnicas Administrativas Particulares (PCAP).
Dado que, el Ayuntamiento, no dispone de los recursos materiales y humanos necesarios para la correcta ejecución de estas prestaciones, en base a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, se establece la contratación de servicios mediante la exigencia de satisfacer las necesidades del Ayuntamiento, que al fin y al cabo, es el objetivo fundamental.
## 2. ÁMBITO DEL CONTRATO
## 2.1. ÁMBITO FUNCIONAL
El contrato que se describe en el presente pliego tendrá como objeto, suministrar e implantar sistemas de seguridad mediante alarmas en una serie de dependencias, las cuales deberán llevar su correspondiente mantenimiento y estarán directamente conectadas a una Central Receptora de Alarmas (en adelante, CRA), con el fin de proporcionar un servicio permanente en caso de robos o de intrusión, por lo que la adjudicataria deberá ejecutar los procedimientos necesarios para desarrollar la prestación que se describirá en los apartados posteriores, con sujeción de los resultados prestacionales que han de lograrse conforme a lo estipulado en el presente documento.
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## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
## 2.2. ÁMBITO TEMPORAL
La duración del contrato será de UN (1) AÑO , a contar desde la formalización del mismo, con posibilidad de prorrogarse, anualmente, hasta TRES (3) AÑOS más, siendo la duración total del contrato de un máximo de CUATRO (4) AÑOS.
## 2.3. ÁMBITO GEOGRÁFICO
La ejecución del contrato se desarrollará en el municipio de Chimeneas, Granada.
Las dependencias en las que se instalarán las alarmas son las siguientes:
- Polideportivo de Chimeneas.
- Nave Municipal de Chimeneas.
- Nave Municipal de Castillo de Tajarja.
- Colegio Nuestra Señora del Rosario.
- Ayuntamiento de Chimeneas.
- Almacén de Herramientas de Chimeneas.
La ubicación exacta en la que deberán instalarse las alarmas será facilitada por el Ayuntamiento de Chimeneas.
## 3. NORMATIVA Y LEGISLACIÓN APLICABLE
Mientras no se produzcan modificaciones legislativas que afecten a las condiciones o prescripciones del presente contrato, los servicios descritos en este pliego se ajustarán a lo dispuesto en las normas especificadas en el PCAP, en el presente PPTP, así como en toda aquella normativa vigente de aplicación al objeto del presente contrato y lo que se dicte en el futuro, la cual se incorporará de manera automática, siendo responsabilidad de la adjudicataria su observancia y adaptación técnica a la misma en su caso, sin que quepa reclamar nada por estos conceptos al Ayuntamiento.
A continuación, se hace referencia, a modo enunciativo y no limitativo, a la legislación de carácter general y básico aplicable:
- Orden INT/316/2011, de 1 de febrero, sobre funcionamiento de los sistemas de alarma en el ámbito de la seguridad privada.
- Real Decreto 2364/1994. de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada.
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## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
- Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por lo que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE, de 25 de febrero de 2014.
En el caso de que, durante el plazo de vigencia del contrato, apareciera nueva legislación o se modificara la vigente, de tal forma que afectase a las operaciones de mantenimiento o control de las alarmas, se realizará la correspondiente actualización del contrato para recoger estas modificaciones.
## 4. CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
## 4.1. ALCANCE DE LOS SERVICIOS
El servicio de CRA, conexión y mantenimientos de los sistemas de alarmas será discutido entre el Ayuntamiento y la adjudicataria para encontrar el lugar más adecuado en el que se desarrolle dicho servicio.
## 4.2. ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO CENTRAL RECEPTORA DE ALARMAS Y CONEXIÓN.
El servicio cuya contratación se propone radica en la conexión a una CRA de los sistemas de alarma anti-intrusión que se instalarán en el lugar donde acuerden ambas partes del contrato tal y como se estableció anteriormente. El adjudicatario deberá prestar un servicio de atención permanente ante un robo o de cualquier otra índole, las 24 horas del día los 365 días al año.
Se realizarán las tareas de conexión y desconexión, así como las llamadas a la Policía Local o autoridad competente en la materia, para asegurar una seguridad efectiva de los centros conforme a los requerimientos que se indicará en los próximos apartados. No obstante, se prestarán también las labores de instrucción en el manejo de los sistemas de los centros al personal.
A la central receptora se conectarán mediante línea telefónica GPRS las centrales anti -intrusión de las diferentes dependencias, donde serán controladas por personal adecuadamente cualificado y formado. Dichas líneas telefónicas estarán a nombre del adjudicatario corriendo con todos los
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## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
gastos necesarios de envío de datos y/o voz necesarios para el correcto funcionamiento del sistema.
Desde la CRA será posible llevar a cabo la comprobación del estado (operatividad, conexión o desconexión) del sistema de alarma de cada centro, así como su activación/desactivación, a requerimiento de las personas que se determinen por la Policía de Chimeneas o por el personal del Ayuntamiento autorizado para ello.
## 4.2.1. RECEPCIÓN DE ALARMAS
Cuando se produzca una alarma por intrusión, un sabotaje, un corte o inhibición de la línea GPRS, un corte de alimentación o un fallo por batería, se efectuará el aviso a la CRA.
La central llamará a la Policía Local de Chimeneas o a la autoridad competente, dándoles el aviso correspondiente:
- o Alarma por intrusión por salto generado por un detector.
- o Sabotaje.
- o Corte de la línea telefónica fija.
- o Corte o inhibición de la línea GPRS.
- o Corte de alimentación o un fallo de batería.
En caso de ser un fallo o corte por avería el personal de la central receptora de alarmas dará el correspondiente parte de trabajo al personal que lleve el mantenimiento para que, en menos de 24 horas, realice la reparación correspondiente y/o vuelta al servicio del sistema.
Realizada la comprobación por parte de la policía, si la alarma resultara ser falsa, realizará las acciones necesarias para volver a conectar la misma. En caso contrario, de detectarse la existencia de intrusión, la policía seguirá su protocolo reglamentario.
Si existiera algún desperfecto que afectara al edificio, la policía dará aviso al personal del Ayuntamiento responsable del seguimiento y control del contrato. Como medida de seguridad, así como para posibles comprobaciones posteriores, la empresa adjudicataria llevará un registro de todos los saltos de alarma que se produzcan.
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## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
## 4.3. PLAN O PROGRAMA DE MANTENIMIENTO
Las prestaciones de los servicios a realizar por la empresa contratada se realizarán de acuerdo con las especificaciones de los reglamentos, directrices, normas o recomendaciones tanto de carácter general, comunitario, nacional o autonómico.
## 4.3.1. MANTENIMIENTO PREVENTIVO
El mantenimiento preventivo tiene como objetivo anticiparse a las averías o irregularidades en el funcionamiento, realizando los ajustes, reparaciones o sustituciones de aquellas piezas que puedan mermar la garantía del funcionamiento u ocasionar desperfectos dentro de lo que razonablemente pueda preverse.
Para cada instalación, se llevará a cabo una revisión periódica programada, de carácter trimestral, por personal técnico cualificado y previo aviso al responsable de la dependencia. Se comprobará el estado de conservación y funcionamiento de cada elemento en particular y su operatividad en su conjunto, con el objetivo de mantener permanentemente su estado operativo.
El plan de mantenimiento, como mínimo, cumplirá las especificaciones y normas vigentes en cada momento.
En el servicio de mantenimiento preventivo se consideran incluidos todos los gastos que se deriven del mismo, incluyendo, entre otros, la mano de obra necesaria para realizar los trabajos, gastos de desplazamiento, materiales fungibles, baterías, útiles de limpieza y consumibles, y todos los materiales que sea necesario sustituir para el correcto funcionamiento de la instalación.
El contratista deberá poner en conocimiento del Ayuntamiento los elementos de la instalación que hayan de sustituirse, por apreciar que no se encuentran en las condiciones adecuadas y, por lo tanto no se ofrecen las debidas garantías de buen funcionamiento al no cumplirse con las normativas vigentes que le son aplicables.
## 4.3.2. MANTENIMIENTO CORRECTIVO
El mantenimiento correctivo, es aquel que repara o arregla los defectos observados en los equipamientos o instalaciones, localizando de esta
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## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
manera averías para repararlos. El mantenimiento correctivo incluye la vigilancia en caso de posibles fallos del sistema o alguno de sus componentes. La principal premisa del presente mantenimiento es mantener dichos sistemas en perfecto estado operativo y de conservación.
La respuesta a posibles incidencias por averías u otros, establece unos plazos máximos determinados para la reparación de estas, así como la puesta en marcha del servicio de forma inmediata en caso de que sea necesario repararlo. Las condiciones son las siguientes:
- Tiempo para el restablecimiento del servicio : se deberá restablecer el servicio en el plazo máximo de 3 horas, reparando de forma inmediata los equipos, sistemas o instalaciones que sea posible, por parte del servicio técnico las 24 horas del día y los 365 días del año.
- Reparación de la avería : una vez restablecido el servicio, el plazo para la reparación completa de la avería se alargará en un plazo máximo de 48 horas. En cualquier caso, los equipos, sistemas o instalaciones deberán quedar reparados en su totalidad en el plazo de 48 horas desde el aviso.
En caso de persistir la avería en un plazo de 48 horas, la empresa estará obligada a elaborar un plan de emergencia para su aprobación por el Ayuntamiento, que supla el servicio durante el tiempo que sea necesario, de forma que el mismo quede garantizado.
En el servicio de mantenimiento correctivo se consideran incluidos todos los gastos que se deriven del mismo, incluyendo, entre otros, la mano de obra necesaria para realizar los trabajos, gastos de desplazamiento, materiales fungibles y consumibles, y todos los materiales que sea necesario sustituir para el correcto funcionamiento de la instalación. Por lo que será un mantenimiento con garantía total, es decir, sin repercutir ningún coste adicional al contrato.
Antes de realizar la reparación se informará al responsable del Ayuntamiento de la valoración de los trabajos, para que éste autorice su realización mediante un pedido de trabajo.
Se excluyen asimismo las sustituciones de aquellas partes de la instalación que vengan impuestas por un cambio tecnológico, o por modificación de la normativa que se aplique a cada caso concreto.
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## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
En esta cuestión habrá que justificar que dicha normativa es de obligado cumplimiento para las instalaciones existentes y aprobadas con una normativa anterior.
## 4.4. ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO
El servicio de mantenimiento preventivo y correctivo se efectuará dentro del horario normal de trabajo, sin perjuicio de la atención de averías.
La empresa adjudicataria tendrá acceso a los locales y recintos en que se hallen instalados los sistemas de alarma, sin perjuicio de la autorización correspondiente. Cualquier actuación que tenga lugar se realizará previo aviso de la intervención al responsable del edificio y previa notificación al Ayuntamiento o al responsable del contrato.
La empresa adjudicataria deberá disponer del servicio técnico adecuado, de atención de cualquier avería, que garantice las intervenciones, de forma permanente, incluidos los sábados, domingos y festivos para lo cual organizará un servicio de atención 24 horas, mediante un teléfono fijo o móvil (se prohíbe expresamente cualquier número de tarificación especial de pago como 902 o 80x, etc.), que acuda al edificio en que se produzca la avería en un plazo no superior a ocho (8) horas, fuera del horario de mantenimiento.
En dicho teléfono atenderán las llamadas de la persona responsable del contrato indicada por el Ayuntamiento al inicio de este. El Ayuntamiento además de realizar la llamada a través de la persona indicada enviará un email en el que indicará confirmación del aviso realizado en la llamada.
## 4.4.1. OPERATIVA DEL MANTENIMIENTO PREVENTIVO
Los mantenimientos preventivos serán efectuados, dentro de lo posible con la misma periodicidad, comunicando al responsable del edificio o del Ayuntamiento, la fecha concreta, con una semana de antelación.
En las revisiones presenciales de cada edificio, el técnico acreditado de la empresa de seguridad que las realice rellenará un parte de trabajo en el que se identificará mediante su nombre y apellidos, número de DNI o NIE y firma, en presencia del responsable de cada edificio. A la finalización del trabajo, el parte deberá ser sellado por el personal encargado de dicho edificio.
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Estos partes de trabajo sellados se presentarán en el Ayuntamiento o serán remitidos por correo electrónico al facilitado por el mismo, en un periodo inferior a 2 semanas desde la fecha de la realización de estos.
## 4.4.2. OPERATIVA DEL MANTENIMIENTO CORRECTIVO
La operativa del mantenimiento correctivo bien sea por avería o por cualquier incidencia, será la siguiente:
- Todas las incidencias quedarán recogidas en el correspondiente parte de trabajo. En dicho parte se hará una descripción de la incidencia, y se anotará la fecha, el nombre, apellidos, número de DNI y firma, del técnico que atiende a la incidencia y el tiempo de resolución, así como el tipo y la cantidad del material empleado y deberá quedar sellado por el personal encargado del edificio.
- Estos partes de trabajo sellados serán remitidos por correo electrónico, en un periodo inferior a 24 horas de la fecha de actuación.
## 5. MEDIOS HUMANOS
La empresa adjudicataria deberá disponer de unos medios técnicos y una organización adaptada a la naturaleza del trabajo contratado, para lo cual habrá de contar como mínimo con los medios personales en plantilla y otros medios propios que se señalan a continuación.
- Un/a revisor/a de sistemas: se encargará de la instalación y el mantenimiento de las alarmas, además de ser la persona encargada en caso de que surja cualquier duda o problemas con las mismas, siendo el experto en la materia. Deberá contar con una experiencia mínima de 3 años en la instalación de alarmas y necesitará la Formación Profesional en T écnico Superior en Instalaciones de Seguridad de Edificios o Instalador Oficial de Alarmas y Circuitos cerrados, o de similares características, como mínimo.
- Un/a operador/a de seguridad: será la persona encargada de llevar el control de las alarmas desde la central de recepción de alarmas, además de comunicarse con las autoridades pertinentes y llevar todo lo relativo a las conexiones y desconexiones de las alarmas. Necesitará un mínimo de 2 años de experiencia en puestos
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similares al de estas funciones y una formación mediante el curso de Operador de Central de Alarmas u Operador de CRA, como mínimo, siendo posible haberse formado en algo de similares características.
En cualquier caso, la empresa adjudicataria no podrá alegar como causa de retraso o imperfección de la ejecución de los trabajos la insuficiencia de la plantilla mínima a la que este Pliego obliga. Los operarios que realicen las operaciones que en el presente Pliego se especifican serán sustituidos en periodo vacacional en caso de absentismo laboral y bajas por enfermedad para que el servicio no se vea afectado en ningún momento.
El personal técnico dispondrá de la titulación académica exigida y los operarios cualificados estarán en posesión de los carnés profesionales que se exigen para cada instalación específica. T anto los documentos de cualificación empresarial como los carnés profesionales exigidos deberán estar autorizados, registrados y en vigor.
El personal durante su jornada laboral y tiempo de trabajo estará uniformado de tal modo que, se conozca la identidad de este y el nombre de la empresa contratista mediante grabado en el uniforme de trabajo.
## 6. MEDIOS MATERIALES
La adjudicataria estará obligada a contar con todos los elementos informáticos, softwares informáticos y herramientas tecnológicas imprescindibles para satisfacer las exigencias del presente Pliego, así como en lo que respecta a herramientas, equipos y aparatos de medida que deben manejar el personal, en especial, aquellas relativas a la instalación y el mantenimiento de las alarmas y las líneas telefónicas GRPS.
Asimismo, deberá suministrar en régimen de alquiler siete (7) alarmas distintas distribuidas en las dependencias anteriormente mencionadas, así como las líneas telefónicas GPRS que se conecten a la central receptora de alarmas. Cada uno de ellos, deberá contar con todos los medios de seguridad que sean necesarios para su correcta protección.
Todos los aparatos de medida estarán en perfecto estado de uso y, por lo tanto, deberán comprobarse periódicamente a través de diferentes calibraciones.
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El lugar donde se lleve a cabo la central receptora de alarmas estará dotado de teléfono fijo o móvil (en ningún caso 902 o números de tarificación especial), fax, email y equipos informáticos, para labor administrativa, así como para el almacenamiento de información, o bien para control de revisiones de mantenimiento y programas de actuación.
Todos los medios materiales no supondrán un coste adicional al servicio, ya que están incluidos en el presupuesto base de la licitación.
## 7. OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA
La empresa adjudicataria deberá atender exclusivamente los avisos realizados por los responsables municipales designados a tal efecto (responsable de cada dependencia), así como los realizados por la Policía Local comunicándoselo posteriormente al responsable municipal del contrato.
El adjudicatario vendrá obligado a suscribir una póliza de seguros que cubra su responsabilidad civil por todos los accidentes, daños o perjuicios que puedan ocurrir ocasionados directa o indirectamente por las instalaciones o por trabajos que se realicen como consecuencia de la prestación del servicio.
De cara a la coordinación de los trabajos de desarrollo del servicio, se designará, por parte del adjudicatario, un interlocutor como Responsable ante el Ayuntamiento, el cual actuará como Encargado y supervisará el desarrollo y coordinación de los trabajos. Dicho coordinador dispondrá de teléfono móvil y email directo, disponibles para atender al responsable municipal del servicio.
El adjudicatario se encargará de colocar en lugar visible, en cada dependencia, y de mantener en perfecto estado, suficientes carteles disuasorios que adviertan de la conexión de cada centro a la Central Receptora de Alarmas. Esta instalación será a coste del adjudicatario.
Una vez finalizado el contrato objeto del presente pliego, se establece un periodo de transición de un mes, durante el cual el Adjudicatario estará a disposición de los Servicios T écnicos del Ayuntamiento y del nuevo Adjudicatario, si fuera necesario, para resolver las dudas que puedan surgir en la prestación del servicio. La empresa Adjudicataria facilitará el traspaso de competencias.
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Con carácter general, la empresa adjudicataria guardará el debido sigilo sobre todas las actividades de organización del servicio, documentos que se les puedan facilitar para el cumplimiento de su función, información sobre usuarios o sobre cualquier instalación, centro o departamento y cualquier otra a la que pudiera tener acceso que pueda comprometer la seguridad o privacidad del Ayuntamiento, de cualquiera de los profesionales a su servicio o de los usuarios o visitantes ocasionales a sus centros. Este deber de sigilo se mantendrá a la finalización del contrato.
## 8. REPRESENTANTES DEL CONTRATO
La empresa de seguridad designará a una persona con habilidades y destrezas suficientes para comunicarse en todo momento con el Ayuntamiento, dando su acreditación y los datos correspondientes al formalizar el contrato.
Las comunicaciones que haya de realizar el adjudicatario al Ayuntamiento por causa de la ejecución del contrato se efectuarán entre el representante de aquel y el responsable del contrato por parte del personal del Ayuntamiento o el Técnico Municipal designado, salvo aquellas cuestiones que deban formalizarse directamente ante el Órgano de Contratación. Las comunicaciones deberán realizarse ordinariamente por vía telefónica, presencial o por correo electrónico.
El cambio de representante deberá ser comunicado a la otra parte, por escrito y con quince (15) días de antelación.
Por su parte, el Ayuntamiento designará a un responsable del contrato, el cual supervisará la correcta ejecución del contrato, y tomará las decisiones oportunas para asegurar la correcta realización de la prestación pactada en el presente pliego.
El responsable del contrato podrá ser una persona física o jurídica, vinculada a la entidad contratante o ajena a él.
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## 9. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
En todas las operaciones que se realicen en cumplimiento del presente contrato, la empresa adjudicataria velará de forma escrupulosa por el cumplimiento de la legislación vigente en materia laboral y de prevención de riesgos laborales, en especial lo relativo a los principios de la acción preventiva (artículo 15 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales), formación de trabajadores (artículo 19) y equipos de trabajo y medios de protección (artículo 17) y demás normativa específica en la materia.
## 10. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS
La empresa adjudicataria estará obligada a guardar la máxima confidencialidad con los datos a los que pueda tener acceso, de manera que, tanto durante la vigencia del presente Contrato, como a su finalización, deberá actuar con estricto cumplimiento de las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, así como en toda su normativa de desarrollo.
Únicamente tratará dichos datos conforme a las instrucciones que reciba del Ayuntamiento debiendo adoptar las medidas de índole técnica y organizativa necesarias que garanticen la seguridad de los referidos datos y que eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Asimismo, queda expresamente prohibida la reproducción, distribución, comunicación, transformación, puesta a disposición o cualquier tipo de manipulación de la información confidencial del Ayuntamiento, contenida tanto en soportes físicos como en soportes digitales, a ninguna tercera persona física o jurídica, de forma gratuita u onerosa, ni siquiera para su conservación.
La empresa adjudicataria estará obligada a no aplicar o utilizar la información confidencial del Ayuntamiento para fines distintos a los especificados en el Contrato de referencia, así como a no utilizar dicha información al servicio de fines o intereses ajenos al presente Contrato.
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## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
La adjudicataria únicamente permitirá el acceso a la información confidencial al personal a su servicio que tenga necesidad de conocerla para el desarrollo de las actividades y servicios contratados, haciéndose responsable del cumplimiento de las obligaciones de confidencialidad por parte de dicho personal.
En caso de que la adjudicataria destine los datos a otra finalidad, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del Contrato, será de aplicación el régimen sancionador previendo las normativas reflejadas con anterioridad, así como en su normativa de desarrollo.
En Chimeneas, a fecha de firma electrónica.
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## ANEXO LISTADO DE ALARMAS
C dÚÁValidaci n:Á4PGGE77NDHWY7QCDM47PPZ7FXÁ Verificaci n:Áhttps://chimeneasÚsedelectronicaÚes/Á DocumentoÁfirmadoÁelectr nicamenteÁdesdeÁlaÁplataformaÁesPublicoÁGestionaÁ|ÁPÆginaÁ16ÁdeÁ17Á
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| Nº DEPENDENCIA | DEPENDENCIA | POBLACIÓN | DOMICILIO | RÉGIMEN | NÚMERO DE ALARMAS | MANTENIMIENTO |
|------------------|------------------------------------|-------------|------------------------------|-----------|---------------------|-----------------|
| 1 | POLIDEPORTIVO | CHIMENEAS | SIN INFORMACIÓN | ALQUILER | 1 | TRIMESTRAL |
| 2 | NAVE MUNICIPAL | CHIMENEAS | SIN INFORMACIÓN | ALQUILER | 1 | TRIMESTRAL |
| 3 | NAVE MUNICIPAL CASTILLO TAJARJA | CHIMENEAS | SIN INFORMACIÓN | ALQUILER | 1 | TRIMESTRAL |
| 4 | COLEGIO NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO | CHIMENEAS | CALLE RÍO SECO, S/N | ALQUILER | 2 | TRIMESTRAL |
| 5 | AYUNTAMIENTO | CHIMENEAS | PLAZA JOSE SALVATIERRA, Nº 1 | ALQUILER | 1 | TRIMESTRAL |
| 6 | ALMACÉN DE HERRAMIENTAS | CHIMENEAS | SIN INFORMACIÓN | ALQUILER | 1 | TRIMESTRAL |
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