PCAP PASA 14_26 F.pdf

Pliego / Legal Ver licitación
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<!-- image --> SERVICIO P BLICO DE EMPLEO ESTATAL SUBDIRECCI N GENERAL DE GESTI N FINANCIERA PASA 14/26 PLIEGO DE CL`USULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACI N DEL SUMINISTRO Y SUSTITUCI N DEL QUEMADOR DE LA CALDERA QUE DA SERVICIO AL SISTEMA DE CALEFACCI N DEL EDIFICIO A DE LOS SSCC DEL SEPE, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO Y CON TRAMITACI N ORDINARIA DEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO. <!-- image --> <!-- image --> ˝NDICE | CUADRO RESUMEN | 3-5 | |----------------------------------------------------------|---------| | I. Objeto del contrato | 6 | | II. RØgimen jur dico del contrato | 6 | | III. rgano de contrataci n | 6 | | IV. Presupuesto del contrato | 7 | | V. Financiaci n del contrato | 7 | | VI. Plazo de ejecuci ndel contrato | 7 | | VII. Procedimientode selecci ny adjudicaci ndel contrato | 7-10 | | VIII. Formalizaci ny publicidad del contrato | 10 | | IX. Ejecuci ndel contrato | 10-12 | | X. Cumplimientodel contrato | 13 | | XI. Abonos al contratista | 13 | | XII. Modificaci ndel contrato | 13 | | XIII. Revisi n de precios | 13 | | XIV. Cesi n del contrato y subcontrataci n | 14 | | XV. Resoluci ndel contrato | 14 | | XVI. Informe de la abogac a del estado | 15 | | ClÆusula adicional œnica. - Valor estimadodel contrato | 15 | | ANEXOS | 16 y ss | Trabajamos para ti <!-- image --> <!-- image --> Expediente n': PASA 14/26. Aplicaci n Presupuestaria: 251M 630. CUADRO RESUMEN DEL PLIEGO DE CL`USULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACI N DE SUMINISTROS POR PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO. - 1.- Objeto del suministro: SUMINISTRO Y SUSTITUCI N DEL QUEMADOR DE LA CALDERA QUE DA SERVICIO AL SISTEMA DE CALEFACCI N DEL EDIFICIO A DE LOS SSCC DEL SEPE. Al suministro le corresponde la codificaci n de la Nomenclatura Vocabulario Comœn de los Contratos CPV: 42160000 ' Instalaciones de calderas ' . - 2.- Necesidad e idoneidad del contrato a celebrar (art culo 28 LCSP): Breve resumen de memoria justificativa: El contrato que se rige por el presente PCAP tiene por objeto: El objeto del presente contrato es el suministro y sustituci n del quemador de la caldera WOLF MK-2 900 que da servicio al sistema de calefacci n del edificio A de los Servicios Centrales del SEPE. El Servicio Pœblico de Empleo Estatal no dispone de medios personales y materiales para atender la necesidad objeto del contrato, por lo que se precisa la contrataci n externa de una empresa que realice el mencionado suministro. El contrato va dirigido a satisfacer las necesidades de (centro directivo o unidad): Servicio Pœblico de Empleo Estatal. - 3.- Desglose, en su caso, por lotes . Debido a la naturaleza del suministro y de las prestaciones que comprende, descritas en el pliego de prescripciones tØcnicas, as como la escasa cuant a del expediente, se considera conveniente no dividir el contrato en lotes y abordar el servicio de manera conjunta para un mejor seguimiento de las tareas descritas y una prestaci n uniforme de los mismos, dada ademÆs la escasa cuant a del contrato. - 4.- Responsable del contrato: persona titular de la Subdirecci n General de recursos y organizaci n. - 5.- Presupuesto base de licitaci n y valor estimado. Presupuesto base de licitaci n IVA incluido: 30.000 € (El cÆlculo para su determinaci n se recoge en la clÆusula adicional œnica de este PCAP). Presupuesto base de licitaci n sin IVA: 24.793,39 €. Valor estimado del contrato (Calculado según cláusula adicional única de este PCAP): 24.793,39 €. - 6.- Sistema de determinaci n del precio: A tanto alzado. Tramitaci n de gasto: Ordinaria. ## 7.- Financiaci n por anualidades: | Ejercicio | Aplicaci n presupuestaria | Importe | |-------------|-----------------------------|-----------| | 2026 | 251M 630 | 30.000,00 | Financiaci n Comunitaria: No. - 8.- Plazo de ejecuci n del contrato: La instalaci n del nuevo quemador deberÆ programarse para el mes de septiembre de 2026. Posibilidad de Pr rroga: No . Plazos de entrega de suministros : En el mes de septiembre de 2026. Lugar de entrega del suministro : En la Calle Condesa de Venadito n'9, de Madrid, sede de los Servicios Centrales del Servicio Pœblico de Empleo Estatal, en horario de en horario de 9:00h a 14:30h de lunes a viernes. ## 9.- Presentaci n de proposiciones: Plazo de presentaci n de proposiciones: El indicado en el Perfil del Contratante del Organismo y en la Plataforma de Contrataci n del Sector Pœblico. La presentaci n de ofertas serÆ exclusivamente electr nica, haciendo uso exclusivamente de la Herramienta que a tal efecto pone a disposici n la Plataforma de Contrataci n del Sector Pœblico . SerÆn excluidas las ofertas que se presenten en papel en cualquier registro pœblico. [www.sepe.es](http://www.sepe.es/) Trabajamos para ti <!-- image --> <!-- image --> SERVICIO P BLICO DE EMPLEO ESTATAL - 10.- Criterios para la adjudicaci n del contrato y ponderaci n de los mismos. Criterios para la adjudicaci n del contrato y ponderaci n de los mismos. | Criterios | Puntuaci n | Puntuaci n | |--------------------------------------------------------------|--------------|--------------| | Criterios evaluables mediante f rmula | 100 | | | 1. Propuesta econ mica. | | 90 | | 2. Clasificaci n ambiental de la flota adscrita al contrato. | | 10 | Criterios evaluables mediante f rmulas y f rmulas correspondientes : 100 puntos. - Precio: (Hasta 90 puntos) La oferta mÆs econ mica recibirÆ 90 puntos. Las restantes empresas obtendrÆn la puntuaci n que resulte de forma proporcional. Puntuaci n a asignar al resto empresas licitadoras = (OV * X)/O. ## Donde: OV: Oferta licitadora presentada mÆs ventajosa (de menor importe). - X: Puntos asignados al criterio (en este caso, 90 puntos). - O: Oferta realizada por cada una de las empresas licitadoras (distintas de la empresa que presenta la oferta mÆs ventajosa). - -Clasificaci n ambiental de la flota adscrita al contrato: (Hasta 10 puntos) Se valorarÆ la clasificaci n ambiental de los veh culos que el licitador adscriba a la ejecuci n del contrato, conforme al sistema de distintivo ambiental de la DGT, que se solicitarÆ al propuesto como adjudicatario : - 11.- El nœmero de sobres que es necesario presentar como proposici n y la denominaci n del mismo, de acuerdo con lo que figura en la ClÆusula VIII.3 de este Pliego, es: Etiqueta 0 emisiones: 10 puntos. Etiqueta ECO: 7 puntos. Etiqueta C: 4 puntos. Etiqueta B: 0 puntos. SOBRE NICO: El sobre único se denominará 'Documentación General y Oferta económica y resto de criterios evaluables automáticamente'. ContendrÆ tanto la declaraci n responsable del Anexo II como tambiØn la oferta econ mica y resto de criterios evaluables automÆticamente del Anexo I de este pliego. - ** Las proposiciones se presentarÆn EXCLUSIVAMENTE de forma ELECTR NICA a travØs de la Herramienta de Preparaci n y Presentaci n de ofertas de la Plataforma de Contrataci n del Sector Pœblico . SerÆn excluidas las ofertas que se presenten en papel en cualquier registro pœblico. - Es obligatorio estar inscrito en el ROLECE. - 12.- ParÆmetros objetivos para la apreciaci n de que la proposici n no pueda cumplirse como consecuencia de la inclusi n de valores anormales o desproporcionados : Cabe la apreciaci n de temeridad en los tØrminos previstos en la clÆusula VII. 7 del PCAP. - 13.- Obligaciones espec ficas. Condiciones especiales de ejecuci n del contrato, en su caso. (Consideraciones de tipo medioambiental o de tipo social, as como de igualdad). Segœn los art culos 202.1 y 202.2 de la LCSP, se establecen como consideraciones de tipo social que la empresa cuente con un plan dirigido a eliminar las desigualdades entre el hombre y la mujer en el mercado laboral, favoreciendo la aplicaci n de medidas que fomenten la igualdad entre hombres y mujeres en el trabajo, por otro lado, tambiØn se establece como condici n esencial, que en el caso de contrataci n de personal durante la vigencia del contrato, se promoverÆ la contrataci n de empleados de larga duraci n. AdemÆs, en aquellos contratos cuya ejecuci n implique la cesi n de datos al contratista, se establece como condici n especial de ejecuci n el sometimiento a la normativa nacional y de la Uni n Europea en materia de protecci n de datos. SerÆn condiciones esenciales de ejecuci n del contrato las establecidas en el art culo 215.2 de la LCSP para proceder a la subcontrataci n, as como la falta de acreditaci n de la aptitud del subcontratista. Lo serÆn tambiØn el pago a subcontratistas y suministradores en los tØrminos del art. 216 LCSP, as como la obligaci n de dar respuesta al Organismo sobre las actuaciones de comprobaci n de pagos a subcontratistas y suministradores previstas en el art. 217 de la LCSP. - 14.- Penalidades administrativas especiales, en su caso . AdemÆs de las generales previstas en el art culo 192 y ss. de la LCSP, el incumplimiento de las condiciones especiales de ejecuci n de la clÆusula anterior darÆ lugar a la imposici n de penalidades. El incumplimiento de las condiciones establecidas en el art culo 215.2 a) y b) de la LCSP, para proceder a la subcontrataci n, as como la falta de acreditaci n de la aptitud del subcontratista, darÆ lugar a la imposici n de una penalidad del 25 % del importe del subcontrato. En concreto, se aplicarÆn las penalidades indicadas cuando se cumplimente la declaraci n responsable del art.159. 4.c) indicando que no va a existir la subcontrataci n de parte del objeto del contrato y en un momento posterior, se detecta que se ha producido la subcontrataci n de parte del objeto del contrato. Asimismo, se aplicarÆn las penalidades indicadas cuando se cumplimente la declaraci n responsable del art.159. 4.c) indicando que va a existir subcontrataci n de parte del objeto del contrato, seæalando a su vez los subcontratistas y la parte del objeto del contrato que van a realizar, y posteriormente esos datos se modifiquen por el contratista sin que se comunique en tiempo y forma (art culo 215.2.b) de la LCSP o clÆusula XV.2 de este Pliego) al rgano de contrataci n. TambiØn se aplicarÆn las penalidades indicadas cuando se modifique la informaci n contenida en el Anexo IV en aplicaci n del art culo 215.2.b) de la LCSP sin cumplir las especificaciones de la clÆusula XV.2 de este pliego. El incumplimiento de las obligaciones previstas en el art culo 216 de la LCSP respecto del pago a subcontratistas y suministradores supondrÆ la imposici n de penalidades al contratista tanto por la falta de respuesta al SEPE sobre la justificaci n del cumplimiento de los plazos de pago al subcontratista como la propia demora en el pago al subcontratista, equivalentes a las reguladas en el 193.3 de la LCSP. - 15.- Plazo de garant a, en su caso. Se establece un plazo de garant a de un mes a contar desde la fecha de recepci n del contrato. [www.sepe.es](http://www.sepe.es/) Trabajamos para ti <!-- image --> <!-- image --> ## 16.- Pago del precio. La factura se presentarÆ una vez finalizado el servicio, siendo necesaria la conformidad de la Consejer a TØcnica de Recursos Materiales para proceder a su abono. Este Organismo transferirÆ su importe en los plazos mÆs breves posibles a la cuenta y entidad elegida por el adjudicatario. Junto con la œltima factura se deberÆ remitir una certificaci n del importe finalmente subcontratado y el nombre de la/s empresa/s subcontratista/s. En el supuesto de que no haya habido subcontrataci n, el adjudicatario deberÆ remitir una certificaci n negativa (Anexo V). No obstante, en ningœn caso se harÆn pagos de facturas cuyo importe sea inferior a 1.000,00 euros sin IVA. Por tanto, en caso de que los importes de los servicios prestados o suministros realizados no excedan de dicho importe, se acumularÆn a la factura posterior hasta superar la mencionada cantidad. Entrega de bienes como parte del pago, en su caso: No. ## 17.- Subcontrataci n: - Obligaci n de indicar en la oferta la parte que se va a subcontratar : S , espec ficamente, la empresa deberÆ indicar en la oferta econ mica el porcentaje de subcontrataci n. - Tareas cr ticas que no pueden subcontratarse: No. - -Penalidades a imponer, en su caso : las previstas en el apartado tercero del art culo 215 de la LCSP. [www.sepe.es](http://www.sepe.es/) Trabajamos para ti <!-- image --> <!-- image --> ## I. OBJETO DEL CONTRATO - I.1 El contrato que se rige por el presente pliego de clÆusulas administrativas particulares tiene por objeto la prestaci n del servicio o suministro, que se detalla en el apartado primero (1) del Cuadro-Resumen que forma parte inseparable del mismo, al que corresponde la codificaci n de la Nomenclatura de la Clasificaci n de Productos por Actividades (CPA) y, en su caso, la codificaci n relativa a la Nomenclatura Vocabulario Comœn de los Contratos (CPV) que se detallan en el apartado primero (1) del Cuadro-Resumen. - I.2 El objeto del presente contrato va dirigido a satisfacer las necesidades de los Centros Directivos y, en su caso, de las Unidades que se detallan en el apartado segundo (2) del Cuadro-Resumen. De acuerdo con la memoria justificativa que consta en el expediente, queda acreditada la necesidad del contrato que se propone, as como la insuficiencia de medios propios para atender a las mismas. - I.3 En el supuesto de que los servicios o suministros objeto del contrato se dividan en lotes, Østos se indicarÆn en el apartado tercero (3) del Cuadro-Resumen. ## II. R GIMEN JUR˝DICO DEL CONTRATO - II.1. El presente contrato, que tiene carÆcter administrativo y la naturaleza propia de un contrato de servicios, o suministro, se rige por el presente pliego de clÆusulas administrativas particulares, por el proyecto que sirve de base al contrato, por la ley 9/17, de 8 noviembre, de Contratos del Sector Pœblico, (en adelante LCSP), y en cuanto no se encuentre derogado, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Pœblicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, y por el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo. Supletoriamente, se aplicarÆn las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. En concreto, la adjudicaci n se realizarÆ mediante el procedimiento abierto simplificado, en su modalidad abreviada, a la que le serÆ de aplicaci n el art culo 159, apartado sexto, de la LCSP, en todo lo no previsto en dicho apartado, por la regulaci n general del procedimiento abierto simplificado y en lo no previsto por este œltimo, la del procedimiento abierto en general. - II.2 Los licitadores y el contratista aceptan de forma expresa su sumisi n a la legislaci n anteriormente citada, al pliego de prescripciones tØcnicas particulares y al presente pliego de clÆusulas administrativas particulares que, con su Cuadro Resumen, sus anexos y sus ClÆusulas Adicionales, tendrÆn carÆcter contractual y serÆn, por tanto, de obligado cumplimiento. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus tØrminos, de los documentos anexos que forman parte del mismo o de las instrucciones, normas o pliegos de toda ndole que puedan tener aplicaci n en la ejecuci n de lo pactado, no eximirÆ al contratista de la obligaci n de su cumplimiento. - II.3 El contrato, por raz n de su cuant a, no estÆ sujeto a regulaci n armonizada. - II.4. El rgano de contrataci n ostenta las prerrogativas previstas en los art culos 190 y 191 de la LCSP y los acuerdos que adopte en el ejercicio de las mismas pondrÆn fin a la v a administrativa y serÆn inmediatamente ejecutivos. En los procedimientos que se instruyan, para la adopci n de acuerdos relativos a la interpretaci n, modificaci n y resoluci n del contrato deberÆ darse audiencia al contratista y solicitar previo informe del Servicio Jur dico correspondiente, salvo en los casos previstos en los art culos 109 y 195. - II.5. El orden jurisdiccional contencioso-administrativo serÆ el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparaci n, adjudicaci n, efectos, cumplimiento y extinci n de este contrato. No cabe la interposici n de recurso especial en materia de contrataci n ante el Tribunal Administrativo Especial de Recursos Contractuales. ## III. RGANO DE CONTRATACI N - III.1 Actœa como rgano de Contrataci n el Subdirector General de Gesti n Financiera, en virtud de lo dispuesto por el art culo primero tres. 1 de la Resoluci n del 6 de octubre de 2008, (B.O.E. N' 247 de 13.10.08), el cual difundirÆ, a travØs de su perfil de contratante, cualesquiera datos e informaciones referentes a su actividad contractual que se mencionan en el art culo 63 de la LCSP. La forma de acceso pœblico al perfil de contratante propio del rgano de contrataci n serÆ: https://sede.sepe.gob.es. AdemÆs se podrÆ acceder por la plataforma de contrataci n del sector pœblico que permite consultar las licitaciones publicadas en los Perfiles del contratante alojados en la misma. - III.2 El rgano de contrataci n designarÆ un responsable del contrato al que corresponderÆ supervisar su ejecuci n y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias para el correcto desarrollo de la ejecuci n del contrato, expresÆndolo as en el apartado cuarto (4) del Cuadro-Resumen , de conformidad con lo previsto en el art culo 62 de la LCSP. IV.1 El presupuesto base de licitaci n del contrato y, en su caso, su desglose en precios unitarios es el detallado en el apartado quinto (5) del Cuadro-Resumen . [www.sepe.es](http://www.sepe.es/) Trabajamos para ti <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> En el supuesto de que el objeto del contrato se divida en lotes, se expresarÆ el presupuesto base de licitaci n que corresponda a cada lote. IV.2 Las ofertas de los licitadores deberÆn ser, en todo caso, iguales o inferiores al presupuesto base de licitaci n indicado en el apartado quinto (5) del CuadroResumen , no pudiendo ser, caso contrario, admitidas a la licitaci n. IV.3 El sistema de determinaci n del precio aplicable a este contrato, que se formula en los tØrminos establecidos en el art culo 102 de la LCSP, se detalla en el apartado sexto (6) del Cuadro-Resumen. Si el sistema de determinaci n del precio se realiza mediante unidades de ejecuci n, se podrÆ incrementar el nœmero de unidades hasta el porcentaje del 10 por ciento del precio del contrato, sin que sea preciso tramitar el correspondiente expediente de modificaci n, recogiØndose en la liquidaci n del contrato. IV.4 El valor estimado del contrato, calculado con arreglo a lo dispuesto en el art culo 101 de dicho texto legal y en la ClÆusula Adicional nica de este pliego, es el que aparece en el apartado quinto (5) del Cuadro-Resumen. ## V. FINANCIACI N DEL CONTRATO V.1 Existe crØdito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administraci n del cumplimiento del contrato hasta su conclusi n, el cual serÆ financiado en su totalidad por los crØditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado en las anualidades, programas y aplicaciones presupuestarias que se detallan en el apartado sØptimo (7) del Cuadro-Resumen. V.2 En los expedientes que se tramiten anticipadamente, la adjudicaci n y formalizaci n del contrato queda sometida a la condici n suspensiva de existencia de crØdito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio siguiente. Apartado sØptimo (7) del Cuadro-Resumen. ## VI. PLAZO DE EJECUCI N DEL CONTRATO VI.1 El plazo de ejecuci n del contrato serÆ el consignado en el apartado octavo (8) del Cuadro-Resumen de este pliego. VI.2 El contrato podrÆ prever una o varias pr rrogas, si as se establece en el apartado octavo (8) del Cuadro-Resumen , que se acordarÆn por el rgano de contrataci n y serÆn obligatorias para el contratista, en los tØrminos del art culo 29.2 de la LCSP, sin que quepa en ningœn caso el consentimiento tÆcito de las partes. ## VII. PROCEDIMIENTO DE SELECCI N Y ADJUDICACI N DEL CONTRATO ## VII.1 Requisitos de los licitadores VII.1.1 PodrÆn concurrir a la licitaci n de este contrato, por s o por medio de representantes debidamente autorizados, las personas naturales o jur dicas, espaæolas o extranjeras, que, de acuerdo con lo previsto en los art culos 65 a 68 de la LCSP, tengan plena capacidad de obrar, no estØn incursas en las causas de prohibici n de contratar establecidas en el art culo 71 de la LCSP en la fecha de conclusi n del plazo de presentaci n de proposiciones ni tampoco cuando se proceda a la adjudicaci n del contrato y acrediten su solvencia econ mica, financiera y tØcnica o profesional o, cuando as proceda, se encuentren debidamente clasificadas ante la Junta Consultiva de Contrataci n Administrativa del Estado. VII.1.2 Las personas jur dicas s lo podrÆn ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estØn comprendidas dentro de los fines, objeto o Æmbito de su actividad a tenor de lo que dispongan sus estatutos o reglas fundacionales. VII.1.3 Las personas f sicas o jur dicas de Estados no pertenecientes a la Uni n Europea deberÆn justificar su aptitud para contratar mediante la presentaci n del informe previsto en el art culo 68 de la LCSP y las empresas no espaæolas de Estados miembros de la Uni n Europea (o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Econ mico Europeo) deberÆn sujetarse a lo dispuesto en el art culo 67 de la LCSP. - VII.1.4 Las uniones temporales de empresarios deberÆn atenerse a lo establecido en el art culo 69 de la LCSP. ## VII.2 Presentaci n de la oferta en UN solo sobre. La oferta se presentarÆ en un œnico sobre, cerrado y firmado por el licitador o persona que lo represente, de acuerdo con los regulado en el art culo 159.6 de la LCSP, por tratarse de un contrato de un valor estimado igual o inferior a 60.000 euros, segœn el apartado quinto (5) del Cuadro-Resumen. El plazo de presentaci n de las ofertas no serÆ inferior a 10 d as, a contar desde el siguiente a la publicaci n del anuncio de licitaci n, en el perfil del contratante y la Plataforma de Contrataci n del Sector Pœblico. El Contenido del sobre œnico incluirÆ: apartado undØcimo (11) del Cuadro-Resumen. Todos los documentos deberÆn ir firmados mediante firma electr nica reconocida. - 1.- La declaraci n responsable del Anexo III del presente pliego que deberÆ estar firmada por quien presente la oferta. Dicha declaraci n hace referencia al cumplimiento de los requisitos exigidos en la ley LCSP. - 2.- En su caso, compromiso de constituci n de la uni n temporal de empresarios. (UTE). - 3.- La oferta econ mica firmada , conforme al modelo del Anexo I y, en su caso, la oferta relativa a otros criterios evaluables mediante f rmulas, si los hubiera, segœn Anexo II. - 4.- As mismo, se deberÆ incluir cualesquiera otros documentos que se indiquen expresamente en el pliego de prescripciones tØcnic as y que permitan verificar que la oferta cumple con las especificaciones tØcnicas requeridas, pero que no van a ser objeto de valoraci n. [www.sepe.es](http://www.sepe.es/) Trabajamos para ti <!-- image --> <!-- image --> Los servicios del rgano de contrataci n podrÆn en cualquier momento, solicitar la justificaci n documental del cumplimiento de las condiciones sobre las que los licitadores hubieran declarado responsablemente su cumplimiento, en el plazo de 3 d as hÆbiles desde su requerimiento. La presentaci n de proposiciones supone la aceptaci n incondicional de las condiciones de este pliego. ## VII.2.1 Forma de presentaci n de la oferta de los licitadores Las proposiciones se presentarÆn exclusivamente de forma electr nica a travØs de la Herramienta de Preparaci n y Presentaci n de ofertas de la Plataforma de Contrataci n de la plataforma de contrataci n del Sector Pœblico. SerÆn excluidas las ofertas que se presenten en papel en cualquier registro pœblico. El sobre deberÆ ser firmado utilizando la firma electr nica que les proporciona la propia plataforma. SerÆn presentados en soporte informÆtico tratable (ficheros Excel, Word o PDF/A), junto con la documentaci n correspondiente antes de las 24 horas del d a fijado como fecha l mite para la presentaci n de la oferta. Para garantizar la confidencialidad del contenido de los sobres hasta el momento de su apertura, la herramienta cifrarÆ dichos sobres o ficheros en el env o. Una vez realizada la presentaci n, la Herramienta proporcionarÆ a la entidad licitadora un justificante de env o, susceptible de almacenamiento e impresi n, con el sello del tiempo de la plataforma de contrataci n. Pueden ver instrucciones colgadas en la Plataforma de Contrataci n del Sector Pœblico denominada 'Guía de servicios de licitación electrónica: preparación y presentación de ofertas'. VII.2.2 Ningœn licitador podrÆ presentar mÆs de una proposici n, sin perjuicio de lo dispuesto en el art culo 139.3 de la LCSP. Tampoco podrÆ suscribir ninguna propuesta en agrupaci n temporal con otros si lo ha hecho individualmente, ni figurar en mÆs de una uni n temporal. ## VII.3 Apertura y examen de la documentaci n presentada. Concluido el plazo de presentaci n de las ofertas, se procederÆ sin necesidad de constituci n de Mesa de Contrataci n y sin acto pœblico de apertura, a la apertura de los sobres, a travØs de la Plataforma de Contrataci n del Sector Pœblico. La mencionada plataforma garantiza la preservaci n de las ofertas y por tanto que Østas no se han abierto antes de la finalizaci n del plazo de presentaci n previsto en la licitaci n, tal y como establece el art culo 159.6.d) y DA 16' y 17' de la LCSP. La valoraci n de las ofertas se efectuarÆ automÆticamente mediante los dispositivos informÆticos antes mencionados. El resultado de los actos de calificaci n, admisi n o exclusi n de las ofertas se publicarÆ en el perfil del contratante y la Plataforma de Contrataci n del Sector Pœblico y serÆ notificada a los licitadores. ## VII.4 Criterios de adjudicaci n. En este procedimiento los criterios de adjudicaci n del contrato serÆn en todo caso cuantificables mediante f rmulas en virtud del art culo 159.6 c). Las ofertas se valorarÆn de acuerdo a los criterios establecidos en apartado dØcimo (10) del Cuadro-Resumen. Salvo en aquellos casos en que se presuma que la oferta es anormalmente baja, en los tØrminos de la clÆusula VIII.6 del presente pliego, y previa fiscalizaci n del compromiso de gasto, se procederÆ a adjudicar el contrato en un plazo no superior a 5 d as, desde el env o de la correspondiente comunicaci n, y una vez adjudicado el mismo, a su formalizaci n. ## VII.5 Ofertas con valores anormales o desproporcionados. El carÆcter desproporcionado o anormal de las ofertas se apreciarÆ si as lo dispone el apartado dØcimo segundo (12) del Cuadro-Resumen, de acuerdo con los parÆmetros objetivos establecidos por referencia al conjunto de ofertas vÆlidas que se hayan presentado, que se encuentren en los siguientes supuestos: - a) Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitaci n en mÆs de 25 unidades porcentuales. - b) Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en mÆs de 20 unidades porcentuales a la otra oferta. - c) Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en mÆs de 10 unidades porcentuales a la media aritmØtica de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirÆ para el c mputo de dicha media la oferta de cuant a mÆs elevada cuando sea superior en mÆs de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerarÆ desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales. - d) Cuando concurran cuatro o mÆs licitadores, las que sean inferiores en mÆs de 10 unidades porcentuales a la media aritmØtica de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en mÆs de 10 unidades porcentuales, se procederÆ al cÆlculo de una nueva media s lo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el nœmero de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calcularÆ sobre las tres ofertas de menor cuant a. En los casos en que, de acuerdo a los parÆmetros establecidos en el presente pliego, el rgano de contrataci n presuma que una oferta u ofertas resultan inviables por haber sido formuladas en tØrminos que la hacen anormalmente baja, s lo podrÆ ser excluida previa tramitaci n del procedimiento previsto en el art culo 149 de la LCSP. Si el rgano de Contrataci n estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusi n de valores anormales o desproporcionados, la excluirÆ de la clasificaci n y acordarÆ la adjudicaci n a favor de la proposici n econ micamente mÆs ventajosa, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas conforme a lo seæalado en el art culo 150 y 151 de la LCSP. ## VII.6 Clasificaci n de las ofertas, adjudicaci n del contrato y notificaci n de la adjudicaci n - VII.6.1 Una vez valoradas automÆticamente las ofertas, el rgano de contrataci n clasificarÆ por orden decreciente las proposiciones presentadas y realizarÆ la correspondiente propuesta de adjudicaci n. Posteriormente, requerirÆ al licitador que haya presentado la oferta mÆs ventajosa, para que en el plazo de 7 d as hÆbiles a contar desde el env o de la comunicaci n electr nica, aporte la documentaci n que se relaciona a continuaci n: - 1.- Certificado de Inscripci n en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas clasificadas del Sector Pœblico, y si no estuviera Inscrito: - a) Si los licitadores fueran empresarios individuales, deberÆn acompaæar fotocopia debidamente legalizada del Documento Nacional de Identidad o del documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. [www.sepe.es](http://www.sepe.es/) Trabajamos para ti <!-- image --> <!-- image --> b) Si los licitadores fueran personas jur dicas espaæolas, deberÆn acompaæar la escritura de constituci n o modificaci n, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislaci n mercantil que les sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditaci n de la capacidad de obrar se realizarÆ mediante la escritura o documento de constituci n, de modificaci n, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro pœblico que corresponda, segœn el tipo de persona jur dica de que se trate, de acuerdo con lo previsto en el art culo 84.1 de la LCSP. - c) En todo caso, los empresarios individuales y las personas jur dicas espaæolas deberÆn presentar fotocopia debidamente legalizada de la tarjeta de identificaci n fiscal. - d) Cuando los licitadores sean empresarios no espaæoles que sean nacionales de estados miembros de la Uni n Europea, la capacidad de obrar se acreditarÆ por su inscripci n en el Registro procedente, de acuerdo con la legislaci n del Estado donde estÆn establecidos, o mediante la presentaci n de una declaraci n jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicaci n en los tØrminos exigidos en los art culos 67 y 84.2 de la LCSP. Asimismo, deberÆn acreditar que cuentan con la autorizaci n especial regulada en el art culo 58.2 de la LCSP o, en caso de no necesitarla para ejecutar el contrato, deberÆn presentar una declaraci n responsable en la que se haga constar dicha circunstancia. - e) La capacidad de obrar de los demÆs empresarios extranjeros se acreditarÆ en los tØrminos exigidos en el art culo 68 y 84.3 de la LCSP. A estos efectos, deberÆn aportar informe de la respectiva Misi n DiplomÆtica Permanente de Espaæa en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo Æmbito territorial radique el domicilio de la empresa en la que se haga constar que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o anÆlogo o, en su defecto, que actœan con habitualidad en el trÆfico local en el Æmbito de las actividades a las que se extiende el objeto de este contrato Asimismo, deberÆn acompaæar Informe de la Misi n DiplomÆtica Permanente espaæola que justifique que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite, a su vez, la participaci n de empresas espaæolas en la contrataci n con la Administraci n y con los entes, organismos o entidades del sector pœblico asimilables a los enumerados en el art culo 3 de la LCSP en forma sustancialmente anÆloga. En los contratos sujetos a regulaci n armonizada se prescindirÆ del informe de reciprocidad en relaci n con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contrataci n Pœblica de la Organizaci n Mundial de Comercio. - 2'.- Acreditaci n, en su caso, de la representaci n. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarÆn fotocopia de poder bastante al efecto y de su D.N.I. o del documento que, en su caso, haga sus veces (Art.140 de la LCSP). Si la empresa fuera persona jur dica, el poder deberÆ figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripci n en el Registro Mercantil, de acuerdo con lo dispuesto en el art culo 94.5 del Reglamento del Registro Mercantil. - 3'.- Compromiso de constituci n de Uni n Temporal de Empresas (en adelante, UTE), en su caso. Cuando dos o mÆs empresas acudan a una licitaci n agrupadas en UTE, cada uno de los empresarios que la componen deberÆ acreditar su personalidad y capacidad, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participaci n de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse formalmente en uni n temporal, caso de resultar adjudicatarios, y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representaci n de todos ellos frente a la Administraci n. El citado documento deberÆ estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la UTE. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo seæalado, se entenderÆ que el licitador ha retirado su oferta, procediØndose en ese caso a recabar la misma documentaci n al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. AdemÆs, se procederÆ a exigirle el importe del 3% del presupuesto base de licitaci n, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se harÆ efectivo en primer lugar contra la garant a provisional si se hubiera constituido. VII.6.2. La adjudicaci n deberÆ ser motivada y se notificarÆ a los candidatos y licitadores por medios electr nicos a travØs de la PLACE, debiendo ser publicada en el perfil del contratante en el plazo de 15 d as. Al licitador propuesto como adjudicatario se le solicitarÆ certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la seguridad social, as como la declaraci n responsable del ANEXO III de este pliego Modelo declaraci n responsable del adjudicatario sobre informaci n de los subcontratistas. ## VIII. FORMALIZACI N Y PUBLICIDAD DEL CONTRATO La formalizaci n del contrato se realizarÆ mediante la firma por el contratista de la resoluci n de adjudicaci n. En ningœn caso podrÆ iniciarse la ejecuci n del contrato sin su previa formalizaci n, que se producirÆ en el plazo mÆximo de 5 d as desde que el adjudicatario hubiera recibido el requerimiento. La formalizaci n del contrato serÆ objeto de publicaci n en el perfil del contratante y en la PLACE. ## IX. EJECUCI N DEL CONTRATO - IX.1 El contrato se ejecutarÆ con sujeci n a lo previsto en su clausulado, en este pliego y en el pliego de prescripciones tØcnicas y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretaci n diere al contratista el rgano de contrataci n. - IX.2 La ejecuci n del contrato se realizarÆ a riesgo y ventura del contratista, de acuerdo con los l mites y responsabilidades establecidos en el art culo 197 de la LCSP. El contratista serÆ responsable de la calidad tØcnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios o suministros realizados, as como de las [www.sepe.es](http://www.sepe.es/) Trabajamos para ti <!-- image --> <!-- image --> consecuencias que se deduzcan para la Administraci n o para terceros de las omisiones, errores, mØtodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecuci n del contrato. SerÆ obligaci n del contratista indemnizar todos los daæos y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecuci n del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el art culo 196 de la LCSP. En el caso de los suministros, el plazo y lugar de entrega serÆ el consignado en el apartado octavo (8) del Cuadro-Resumen. Para el caso de que el suministro deba entregarse sucesivamente, los plazos deberÆn realizarse segœn lo previsto en dicho apartado, y en el supuesto de que no exista calendario de plazos, el empresario entregarÆ el suministro en el plazo mÆximo establecido. En todo caso la Administraci n contratante se reserva el derecho de ordenar al contrista la modificaci n del calendario de plazos, sin derecho a indemnizaci n a favor del mismo. ## IX.3 Condiciones especiales de ejecuci n del contrato. El rgano de contrataci n podrÆ establecer condiciones especiales en relaci n con la ejecuci n del contrato que figurarÆn, en su caso, en el apartado dØcimo tercero (13) del Cuadro-Resumen y podrÆn referirse, entre otras, a cualquiera de las consideraciones de tipo medioambiental o social mencionadas en el art culo 202 de la LCSP. El incumplimiento por el contratista de estas condiciones especiales de ejecuci n del contrato podrÆ verificarse en cualquier momento por el rgano de contrataci n durante la ejecuci n del contrato y, en todo caso, se comprobarÆ al tiempo de la recepci n de la prestaci n. El incumplimiento por el contratista de las condiciones especiales de ejecuci n del contrato podrÆ motivar la imposici n de penalidades en los tØrminos previstos en este pliego, pudiendo atribuirse a las mismas el carÆcter de obligaciones esenciales a los efectos previstos en el art culo 211.f) de la LCSP. Cuando el incumplimiento de estas condiciones no se tipifique como causa de resoluci n del contrato, el mismo podrÆ ser considerado en el apartado dØcimo tercero (13) del Cuadro-Resumen , en los tØrminos reglamentariamente establecidos, como infracci n grave a los efectos previstos en el art culo 71.1.e) de la LCSP. En el supuesto de incumplimiento de las condiciones especiales de ejecuci n del contrato se aplicarÆn las penalidades previstas en el apartado dØcimo cuarto (14) del Cuadro-Resumen que deberÆn ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento y su cuant a no podrÆ ser superior al 10% del presupuesto del contrato. El importe de las penalidades se harÆ efectivo mediante la deducci n de las mismas de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista. En todo caso, la garant a definitiva responderÆ de la efectividad de aquØllas, de acuerdo con lo establecido en los art culos 110 y 192 y siguientes de la LCSP. ## IX.4 Reglas especiales respecto del personal laboral de la empresa contratista. IX.4.1 Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selecci n del personal que, reuniendo los requisitos de titulaci n y experiencia exigidos en los pliegos (en casos en que se establezcan requisitos espec ficos de titulaci n y experiencia), formarÆ parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecuci n del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de la ' Administraci n contratante' del cumplimiento de aquellos requisitos. La empresa contratista procurarÆ que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composici n sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio (cuando existan razones que justifiquen esta exigencia), informando en todo momento a la ' Administraci n contratante'. IX.4.2 La empresa contratista asume la obligaci n de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecuci n del contrato, el poder de direcci n inherente a todo empresario. En particular, asumirÆ la negociaci n y pago de los salarios, la concesi n de permisos, licencias y vacaciones, la sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevenci n de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, as como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relaci n contractual entre empleado y empleador en especial, la obligaci n de cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio colectivo sectorial de aplicaci n, en cumplimiento del art culo 201 de la LCSP. IX.4.3 La empresa contratista velarÆ especialmente para que los trabajadores adscritos a la ejecuci n del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeæadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del contrato. IX.4.4 La empresa contratista estarÆ obligada a ejecutar el contrato en sus propias dependencias o instalaciones salvo que, excepcionalmente, sea autorizada a prestar sus servicios en las dependencias de los entes, organismos y entidades que forman parte del sector pœblico. En este caso, el personal de la empresa contratista ocuparÆ espacios de trabajo diferenciados del que ocupan los empleados pœblicos. Corresponde tambiØn a la empresa contratista velar por el cumplimiento de esta obligaci n. En el pliego deberÆ hacerse constar motivadamente la necesidad de que, para la ejecuci n del contrato, los servicios se presten en las dependencias de los Departamentos, agencias, entes, organismos y entidades que forman parte del sector pœblico. X.4.5 La empresa contratista deberÆ designar al menos un coordinador tØcnico o responsable (segœn las caracter sticas del servicio externalizado pueden establecerse distintos sistemas de organizaci n en este punto), integrado en su propia plantilla, que, tendrÆ entre sus obligaciones las siguientes: - a) Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente a la ' Administraci n contratante', canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato, de un lado, y la ' Administraci n contratante, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecuci n del contrato. - b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecuci n del contrato, e impartir a dichos trabajadores las rdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en la relaci n con la prestaci n del servicio contratado. - c) Supervisar el correcto desempeæo por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, as como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo. - d) Organizar el rØgimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecuci n del contrato debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la empresa contratista con la ' Administraci n contratante', a efectos de no alte rar el buen funcionamiento del servicio. [www.sepe.es](http://www.sepe.es/) Trabajamos para ti <!-- image --> <!-- image --> - e) Informar a la ' Administraci n contratante' acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composici n del equipo de trabajo adscrito a la ejecuci n del contrato. ## IX.5 Facultades de direcci n e inspecci n de la Administraci n La ejecuci n del contrato se desarrollarÆ bajo la direcci n, inspecci n y control del rgano de contrataci n, el cual podrÆ dictar las instrucciones oportunas para el fiel cumplimiento de lo convenido. La direcci n e inspecci n de la ejecuci n de los servicios que se contratan, as como la comprobaci n de las caracter sticas y calidades de los mismos se realizarÆn, sin perjuicio de las recepciones oficiales que procedan, por las Unidades competentes del Servicio Pœblico de Empleo Estatal o, caso de haber sido designado, por el responsable del contrato quien podrÆ dirigir instrucciones al contratista, inspeccionar y ser informado, cuando lo solicite, acerca de los materiales empleados o del proceso de ejecuci n de los servicios, pudiendo, en los casos que estime pertinente, solicitar los asesoramientos tØcnicos de las personas o entidades mÆs id neas por su especializaci n. En el caso de que se estimasen incumplidas las prescripciones tØcnicas del contrato, se darÆn por escrito al contratista instrucciones precisas y detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados, haciendo constar en el escrito el plazo para subsanarlas y las observaciones que se estimen oportunas. Si existiese reclamaci n del contratista respecto de las observaciones formuladas por el representante del rgano de contrataci n, Øste la elevarÆ, junto con su informe, al rgano de contrataci n que resolverÆ sobre el particular. Si el contratista no reclamase por escrito respecto a las observaciones del representante del rgano de contrataci n se entenderÆ que se encuentra conforme con las mismas estando obligado a corregir los defectos observados. ## IX.6 Ejecuci n defectuosa y penalidades administrativas. - IX.6.1 En el caso de incumplimiento parcial, cumplimiento defectuoso de la prestaci n objeto del contrato, o incumplimiento de las los compromisos o condiciones especiales de ejecuci n del contrato del art culo 76.1 de la LCSP, a consecuencia de la disminuci n de prestaciones no recuperables o por la baja en el rendimiento convenido, procederÆ la reducci n correspondiente en el abono del precio del contrato con independencia de los efectos de la indemnizaci n, resoluci n, con o sin pØrdida de la garant a, o penalidad a que pudiera dar lugar la causa que lo originase, de conformidad con lo dispuesto en esta clÆusula. - IX.6.2 En el caso de cumplimiento defectuoso de las prestaciones objeto del contrato se aplicarÆn, con independencia de la obligaci n que legalmente incumbe al contratista en cuanto a la reparaci n o subsanaci n de tales defectos, las penalidades previstas en el apartado dØcimo cuarto (14) del Cuadro-Resumen que deberÆn ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento y su cuant a no podrÆ ser superior al 10% del presupuesto del contrato. IX.6.3 En caso de incumplimiento, por causa imputable al contratista, de la ejecuci n parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la Administraci n podrÆ optar, indistintamente, por la resoluci n del contrato o por la imposici n de las penalidades que, para tal supuesto, se fijan en el apartado dØcimo cuarto (14) del Cuadro-Resumen . IX.6.4 El importe de las penalidades se harÆ efectivo mediante la deducci n de las mismas de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista. En todo caso, la garant a definitiva responderÆ de la efectividad de aquØllas, de acuerdo con lo establecido en los art culos 110 y 192 de la LCSP. ## IX.7 Cumplimiento del plazo y penalidades administrativas - IX.7.1 El contratista estÆ obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realizaci n del mismo, as como de los plazos parciales que, en su caso, se hubiesen seæalado para su ejecuci n sucesiva. - X.7.2 El contratista incurrirÆ en mora en el caso de incumplimiento de los plazos previstos, sin que la constituci n en mora del contratista requiera la interpelaci n o la intimaci n previa por parte de la Administraci n. - IX.7.3 Si llegado el tØrmino de cualquiera de los plazos citados el contratista hubiera incurrido en mora por causas imputables al mismo, la Administraci n podrÆ optar por la resoluci n del contrato o por la imposici n de penalidades econ micas, conforme a lo previsto en el art culo 192 de la LCSP, debiendo conceder, caso de optar por la imposici n de penalidades, la ampliaci n del plazo del contrato que estime resulte necesaria para la terminaci n del mismo. - Si la Administraci n no optase por la resoluci n del contrato, las penalidades econ micas de aplicaci n, por cada d a de retraso, serÆn las establecidas en el citado art culo 193 de la LCSP, salvo que el rgano de contrataci n, en vista de las especiales caracter sticas del contrato, considere necesario para su correcta ejecuci n el establecimiento de unas penalidades diferentes, lo que se justificarÆ, en tal caso, en el apartado dØcimo cuarto (14) del Cuadro-Resumen de este pliego en el que se especificarÆn las penalidades que serÆn de aplicaci n. El importe de las penalidades por demora se harÆ efectivo mediante la deducci n de las mismas de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista. En todo caso, la garant a definitiva responderÆ de la efectividad de aquØllas, de acuerdo con lo establecido en los art culos 110 y 193 de la LCSP. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un mœltiplo del 5 por 100 (5%) del precio del contrato, el rgano de contrataci n estarÆ facultado para proceder a la resoluci n del contrato o para acordar la continuidad de su ejecuci n con imposici n de nuevas penalidades. IX.7.5 Si el retraso en la ejecuci n del contrato se produjese por motivos no imputables al contratista se estarÆ a lo dispuesto en el art culo 195 de la LCSP. IX.7.6 Las reducciones y penalidades a las que se ha hecho referencia en los apartados anteriores no excluyen la indemnizaci n a que la Administraci n pudiera tener derecho por los daæos y perjuicios ocasionados por el retraso imputable al contratista. ## IX.8 Obligaciones de las partes - IX.8.1 AdemÆs de los derechos y obligaciones generales derivados del rØgimen jur dico del presente contrato, as como de las condiciones especiales de ejecuci n que se recogen en el apartado dØcimo tercero (13) del Cuadro-Resumen, se atenderÆ especialmente a las siguientes obligaciones: - IX.8.1.1 El empresario queda obligado, con respecto al personal que emplee en la ejecuci n del contrato, al cumplimiento de las disposiciones vigentes y de las que puedan promulgarse durante la ejecuci n del mismo. Dicho personal dependerÆ exclusivamente del contratista, el cual tendrÆ todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador respecto [www.sepe.es](http://www.sepe.es/) Trabajamos para ti <!-- image --> del mismo, siendo la Administraci n del todo ajena a dichas relaciones laborales. A la extinci n del contrato no podrÆ producirse, en ningœn caso, la consolidaci n de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del mismo como personal de la Administraci n contratante, segœn dispone el art culo 308 de la LCSP. - IX.8.1.2 El contratista se obliga, bajo su exclusiva responsabilidad, al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia tributaria, relaciones laborales, Seguridad Social y cualesquiera otras de carÆcter general. - IX.8.2 Seguridad y confidencialidad - IX.8.2.1 El contratista queda obligado a tratar de forma confidencial y reservada la informaci n recibida, as como a tratar los datos conforme a las instrucciones y condiciones de seguridad que dicte el rgano de contrataci n. - IX.8.2.2 El contratista y todo el personal que intervenga en la prestaci n contractual quedan obligados por lo dispuesto en la Ley OrgÆnica 3/18, de 5 de diciembre, de Protecci n de Datos y garant a de los derechos digitales. Esta obligaci n seguirÆ vigente una vez que el contrato haya finalizado o haya sido resuelto. AdemÆs, quedan sometidos a las obligaciones recogidas en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protecci n de personas f sicas en lo que respecta a la protecci n de datos personales y a la libre circulaci n de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, ademÆs de la normativa nacional de desarrollo. - IX.8.2.3 En los contratos cuya ejecuci n requiera la cesi n de datos por parte del Servicio Pœblico de Empleo Estatal al contratista, esta cesi n siempre tendrÆ por finalidad exclusivamente el correcto cumplimiento del objeto del contrato definido en el apartado primero (1) del Cuadro-Resumen. En dichos contratos el contratista debe someterse, en todo caso, a la normativa nacional y de la Uni n Europea en materia de protecci n de datos, sin perjuicio de lo establecido en el œltimo pÆrrafo del apartado 1 del art culo 202 de la LCSP. ## X. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO ## X.1 Entrega del objeto del contrato El contrato se entenderÆ cumplido por el contratista cuando Øste haya realizado, de acuerdo con los tØrminos del mismo y a satisfacci n de la Administraci n, la totalidad de la prestaci n contratada o el suministro entregado. A tal efecto, el contratista deberÆ realizar y entregar, en su caso, los trabajos o bienes, relativos al objeto del contrato dentro del plazo estipulado en el mismo, efectuÆndose por los representantes del rgano de contrataci n, cuando proceda, un examen de la documentaci n presentada o de los trabajos realizados. ## X.2 Plazo de garant a Cuando la naturaleza de la prestaci n lo requiera o la legislaci n pertinente lo exija, se establecerÆ un plazo de garant a de aquØlla que serÆ el seæalado en el apartado dØcimo quinto (15) del Cuadro-Resumen , siendo de aplicaci n lo dispuesto en el art culo 305 de la LCSP. ## XI. ABONOS AL CONTRATISTA ## XI.1 Pago del precio El contratista tendrÆ derecho al abono de la prestaci n realizada con arreglo al precio convenido y en los tØrminos establecidos en la LCSP en este pliego y en el contrato. El pago del precio podrÆ hacerse de manera total o parcial, mediante abonos a cuenta, o, en el caso de contratos de tracto sucesivo, mediante pago en cada uno de los vencimientos o periodicidad que se hubiesen estipulado, en los tØrminos que figuran en el apartado dØcimo sexto (16) del Cuadro Resumen de este pliego, previa conformidad de las facturas por el rgano destinatario de la prestaci n, y en los tØrminos del art culo 198 de la LCSP. En los casos en que la determinaci n del precio se realice mediante unidades de ejecuci n, no tendrÆn la consideraci n de modificaciones, la variaci n que durante la correcta ejecuci n de la prestaci n se produzca exclusivamente en el nœmero de unidades realmente ejecutadas sobre las previstas en el contrato, las cuales podrÆn ser recogidas en la liquidaci n, siempre que no representen un incremento del gasto superior al 10 por ciento del precio del contrato. El pago del precio se efectuarÆ en el plazo establecido en el art culo 198.4 de la LCSP y con los efectos que en dicho art culo se determinan. De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2, de la disposici n trigØsima tercera del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Pœblico, y en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electr nica y creaci n del registro contable de facturas en el Sector Pœblico, en relaci n con las facturas, a continuaci n, se indican los mismos: CIF SEPE: Q2819009H Unidad Tramitadora: Subdirecci n General de Gesti n Financiera (`rea de Contrataci n) C digo DIR-3: EA0002941 rgano Gestor y Oficina Contable: Subdirecci n General de Gesti n Financiera C digo DIR-3: E03694405 [www.sepe.es](http://www.sepe.es/) Trabajamos para ti <!-- image --> <!-- image --> ## XII. MODIFICACI N DEL CONTRATO El contrato solo podrÆ ser modificado por razones de interØs pœblico en los casos y en la forma previstos en la LCSP. En estos casos, las modificaciones acordadas por el rgano de contrataci n serÆn obligatorias para el contratista, salvo que en los supuestos del art culo 206 del citado texto legal. Para las modificaciones no previstas en la documentaci n que rige la licitaci n, se estarÆ a lo dispuesto en el art culo 205 de la LCSP. ## XIII. REVISI N DE PRECIOS Dada la naturaleza del presente contrato, y teniendo en cuenta que el presupuesto de licitaci n se acomoda a las exigencias d el mercado por la totalidad del periodo inicial por el que se pacta, el precio del mismo no serÆ objeto de revisi n durante el plazo de vigenci a del contrato. ## XIV. CESI N DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACI N ## XIV.1 Cesi n del contrato Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrÆn ser cedidos por el contratista a un tercero en los tØrminos y condiciones establecidos en el art culo 214 de la LCSP, y siempre y cuando las cualidades tØcnicas o personales del cedente no hayan sido raz n determinante de la adjudicaci n del contrato, y de la cesi n no resulte una restricci n efectiva de la competencia en el mercado. Es requisito indispensable el cumplimiento de los l mites y los requisitos del apartado segundo del art culo 214 de la LCSP. ## XV.2 Subcontrataci n XV.2.1 El contratista podrÆ concertar con terceros la realizaci n parcial de la prestaci n, salvo que el apartado dØcimo sØptimo (17) del Cuadro-Resumen establezca tareas cr ticas que no puedan ser objeto de subcontrataci n en los tØrminos de la letra e) del apartado segundo del art culo 215 de la LCSP. Cuando as lo establezca apartado dØcimo sØptimo (17) del Cuadro-Resumen, los licitadores deberÆn indicar en la oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, seæalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia las condiciones de solvencia profesional o tØcnica, de los subcontratistas a los que vaya a encomendar su realizaci n. A tal efecto deberÆn indicar en la declaraci n responsable del Anexo III. Punto 10 la INFORMACI N RELATIVA A LOS SUBCONTRATISTAS. En caso afirmativo y en la medida que conozcan los subcontratistas previstos, enumerarlos con los datos de denominaci n social, CIF, as como el importe % a subcontratar. En su caso, se deberÆ seæalar el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o tØcnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realizaci n. En todo caso, el contratista deberÆ comunicar por escrito, tras la adjudicaci n del contrato y, a mÆs tardar, cuando inicie la ejecuci n de este, al rgano de contrataci n la modificaci n de la informaci n recogida en el DEUC respecto a la subcontrataci n, , seæalando la parte de la prestaci n que se pretende subcontratar y la identidad, datos de contacto y representante o representantes legales del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de este para ejecutarla por referencia a los elementos tØcnicos y humanos de que dispone y a su experiencia, y acreditando que el mismo no se encuentra incurso en prohibici n de contratar de acuerdo con el art culo 71. El contratista principal deberÆ notificar por escrito al rgano de contrataci n cualquier modificaci n que sufra esta informaci n durante la ejecuci n del contrato principal, y toda la informaci n necesaria sobre los nuevos subcontratistas. En el caso que el subcontratista tuviera la clasificaci n adecuada para realizar la parte del contrato objeto de la subcontrataci n, la comunicaci n de esta circunstancia serÆ suficiente para acreditar la aptitud del mismo. Los subcontratos que no se ajusten a lo indicado en la oferta, por celebrarse con empresarios distintos de los indicados nominativamente en la misma o por referirse a partes de la prestaci n diferentes a las seæaladas en ella, no podrÆn celebrarse hasta que transcurran veinte d as desde que se hubiese cursado la notificaci n y aportado las justificaciones a que se refiere la letra b) de este apartado, salvo que con anterioridad hubiesen sido autorizados expresamente, siempre que la Administraci n no hubiese notificado dentro de este plazo su oposici n a los mismos. Este rØgimen serÆ igualmente aplicable si los subcontratistas hubiesen sido identificados en la oferta mediante la descripci n de su perfil profesional. En los contratos cuya ejecuci n requiera la cesi n de datos los licitadores deberÆn indicar en su oferta si tienen previsto subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos, el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o tØcnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realizaci n. XV.2.2 Cuando el contratista incumpla las condiciones para la subcontrataci n establecidas en el art culo 215.2 de la LCSP serÆ de aplicaci n los previsto en al apartado tercero del mencionado art culo. XV.2.3 Los subcontratistas quedarÆn obligados solo ante el contratista principal que asumirÆ por tanto la responsabilidad de la ejecuci n del contrato frente a la Administraci n. XV.2.4 1 . El contratista estÆ obligado a abonar a los subcontratistas o suministradores el precio pactado en los plazos y condiciones que se indican en el art. 216 de la LCSP. El Servicio Pœblico de Empleo Estatal podrÆ comprobar el estricto cumplimiento de los pagos que los contratistas adjudicatarios de los contratos [www.sepe.es](http://www.sepe.es/) Trabajamos para ti <!-- image --> <!-- image --> [www.sepe.es](http://www.sepe.es/) Trabajamos para ti <!-- image --> <!-- image --> pœblicos, calificados como tales en el art culo 12, han de hacer a todos los subcontratistas o suministradores que participen en los mismos, de acuerdo a lo previsto en el art. 217 LCSP. En los contratos de obras y en los contratos de servicios cuyo valor estimado supere los 5 millones de euros y en los que el importe de la subcontrataci n sea igual o superior al 30 por ciento del precio del contrato el contratista deberÆ aportar con cada factura o certificaci n de obra un certificado que acredite el cumplimiento de la obligaci n recogida en el art culo 216 de la LCSP (pago en plazo a los subcontratistas) referida al mes anterior al de la respectiva factura (Anexo VI). ## XV. RESOLUCI N DEL CONTRATO XV.1 La resoluci n del contrato se regirÆ por lo establecido con carÆcter general en los art culos 211 y 212 de la LCSP y, espec ficamente, para el contrato de servicios en el art culo 313 de dicho texto legal. ## XVI. INFORME DE LA ABOGAC˝A DEL ESTADO Visto el informe n'522, de fecha 11 de Mayo de 2026, de la Abogac a del Estado en el Ministerio de Trabajo y Econom a Social sobre este Pliego, se aprueba el presente Pliego de ClÆusulas Administrativas Particulares que habrÆ de regir en la contrataci n, por el procedimiento abierto simplificado abreviado, y con tramitaci n ordinaria del expediente administrativo, para la contrataci n del suministro de referencia. EL SUBDIRECTOR GENERAL DE GESTI N FINANCIERA ## CL`USULAS ADICIONALES CL`USULA ADICIONAL NICA. - VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y C`LCULO DEL PRESUPUESTO BASE DE LICITACI N. Segœn lo dispuesto en el art culo 101 de la LCSP, debe establecerse el valor estimado del contrato, que figurarÆ con los importes correspondientes en el apartado quinto (5) del Cuadro-Resumen , determinado por los sumandos que se indican en el siguiente desglose: * 1.- Presupuesto base de licitaci n, sin incluir el I.V.A: 24.793,39 €. - 2.- Cualquier forma de opci n eventual. - 3.- Eventuales pr rrogas del contrato : no. - 4.- Incremento mÆximo de las modificaciones. - 5.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO = 1 + 2 + 3 + 4: 24.793,39 €. *C`LCULO DEL PRESUPUESTO BASE DE LICITACI N (PBL). * Se ha tenido en cuenta para el cÆlculo del mismo, estudios preliminares de mercado. [www.sepe.es](http://www.sepe.es/) Trabajamos para ti <!-- image --> <!-- image --> [www.sepe.es](http://www.sepe.es/) Trabajamos para ti <!-- image --> ## ANEXOS <!-- image --> ## ANEXO I ## MODELO DE OFERTA ECON MICA Y RESTO DE CRITERIOS EVALUABLES AUTOM`TICAMENTE. D..............................................................., con residencia en ……………………………………………., provincia de ………………………..………, calle ………………………..……….. n' …………….………., con D.N.I. nº .............................., enterado de las condiciones y requisitos para concurrir al procedimiento abierto simplificado abreviado……………………., para la contratación del servicio de ……………………………………………………………………………………………………………………………………………., se encuentra en situaci n de licitar al mismo al tener plena capacidad de obrar y no estar comprendido en ninguna de las circunstancias determinadas en el art culo 71 de la LCSP. A este efecto hace constar que conoce el Pliego de Prescripciones TØcnicas y al Pliego de ClÆusulas Administrativas Particulares que rige la convocatoria, que acepta incondicionalmente sus clÆusulas, que reœne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administraci n y se compromete, en nombre …........................ ......................................... (propio o de la empresa que representa) con NIF ……..…..…..…….., con domicilio en ……………………………..……, calle ………………………………………., nº ……………..…….. .., c digo postal ……………., teléfono ………………….…, fax nº…………………….., correo electr nico (a efectos de notificaciones) ………………………………………………………….., a tomar a su cargo el mencionado contrato, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por el siguiente precio: 1. PRECIO OFERTADO (HASTA 90 PUNTOS): Precio ofertado, sin IVA Precio ofertado, IVA incluido 2. CLASIFICACI N AMBIENTAL DE LA FLOTA ADSCRITA AL CONTRATO (HASTA 10 PUNTOS): Se valorarÆ la clasificaci n ambiental de los veh culos que el licitador adscriba a la ejecuci n del contrato, conforme al sistema de distintivos ambientales de la DGT: | ETIQUETA | S˝ | NO | |----------------------------------|------|------| | Etiqueta 0 emisiones (10 puntos) | | | | Etiqueta ECO (7 puntos) | | | | Etiqueta C (4 puntos) | | | | Etiqueta B (0 puntos) | | | *marque con una 'X'. (Lugar, fecha, firma y sello de la empresa) POCENTAJE DE SUBCONTRATACI N: % [www.sepe.es](http://www.sepe.es/) Trabajamos para ti <!-- image --> <!-- image --> ## SR. PRESIDENTE DE LA COMISI N DE CONTRATACI N DEL SERVICIO P BLICO DE EMPLEO ESTATAL ## ANEXO II ## MODELO DECLARACI N RESPONSABLE. PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO. ART˝CULO 159.4.c). D…………………………………………………….…………., con DNI nº………………...…………, en nombre de la sociedad ………………………………………………………………, con NIF nº………… .. …..………, actuando como………………….…………………………………….., en relación con el p resente expediente de contrataci n, DECLARO bajo mi responsabilidad: - 1'.-Que ostento la representaci n legal de la empresa que presenta la oferta. - 2'.-Que la empresa a la que represento estÆ legalmente constituida, dispone de capacidad de obrar y jur dica, solvencia y de la habilitaci n profesional necesaria para concertar la ejecuci n del contrato y que el objeto social de la misma comprende la actividad objeto del mismo, de acuerdo con lo recogido en sus estatutos sociales, los cuales se hallan correctamente inscritos en los Registros correspondientes. - 3'.-Que la empresa a la que represento no estÆ incursa en prohibici n de contratar por s misma ni por extensi n como consecuencia de la aplicaci n del art culo 71.3 de la Ley de Contratos del Sector Pœblico. - 4'.-Que la empresa a la que represento se compromete a cumplir las condiciones especiales de ejecuci n previstas en la ClÆusula 10.4. de los Pliegos de ClÆusulas Administrativas Particulares que rigen este contrato. - 5'.-Que la empresa a la que represento, en caso de ser extranjera, acepta someterse al fuero espaæol. - 6'.-Que la empresa a la que represento, en el caso de estar formada por una uni n de empresarios, se compromete a la constituci n de la uni n. - 7'.-La direcci n de correo electr nico por la empresa a la que represento para recibir todas las notificaciones y comunicaciones que deriven del presente expediente de contrataci n es la sigu iente: ……………………………………………………..…………………………. - 8'.- Que, en caso de recurrir a las capacidades de otras entidades, demostrarÆ disponer de los recursos necesarios mediante la presentaci n a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades, segœn el art culo 75.2 de la LCSP. - 9'.- En el procedimiento de referencia se pretende subcontratar parte de la prestaci n u objeto del contrato: S /No. - 10.- En caso afirmativo, la informaci n sobre los subcontratistas es la siguiente: - · - · Denominación o razón social: ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………….… - Datos de contacto: Correo electr nico y telØfono: - · ………………………………………………………………………………………………………………………………………………..……. - Justificaci n de su aptitud para la ejecuci n de la parte de la prestaci n subcontratada por referencia a los elementos tØcnicos y humanos de que dispone y a su experiencia: Pueden aportar certificado o cualquier medio de prueba que estimen conveniente………………………………………..…………… CIF: …………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………….…….. Nombre del representante de la misma: …………………………………………………………………………………………………………………………………………………………..……….. - Deben as mismo incluir declaraci n responsable del subcontratista acreditando que el mismo no se encuentra incurso en prohibici n de contratar de acuerdo con el art culo 71. Anexo I de este PCAP. Lo que declaro a los efectos de lo previsto en el art.159.4 de la Ley de Contratos del Sector Pœblico, a cuyo efecto me comprometo a presentar la justificaci n acreditativa de tales requisitos en caso de ser requerido por el rgano contratante y autorizo expresamente al rgano contratante, cuando ello fuera procedente, su verificaci n directa. (Lugar, fecha, firma electr nica) [www.sepe.es](http://www.sepe.es/) Trabajamos para ti <!-- image --> <!-- image --> C/ Condesa de Venadito, 9 ## ANEXO III ## MODELO DE DECLARACI N RESPONSABLE DEL ADJUDICATARIO SOBRE LA INFORMACI N RELATIVA A SUBCONTRATISTAS D. ………………………………..…………….…………………......., con DNI …………………..…., como representante de la empresa ……………………………………………………………………, en relaci n con el procedimiento de contrataci n n' .......................................... que tiene por objeto la prestaci n del servicio/suministro de ....................... ................................................................................................................................... ## DECLARA: Su compromiso de dar a conocer al rgano de contrataci n del SEPE los datos sobre los subcontratistas que tenga previsto contratar en este procedimiento contractual. En concreto y en virtud del art.215 de la ley 9/17, de contratos del sector pœblico: - 1.- DeberÆ comunicar por escrito, tras la adjudicaci n del contrato y, a mÆs tardar, cuando inicie la ejecuci n de este, al rgano de contrataci n la intenci n de celebrar los subcontratos, seæalando la parte de la prestaci n que se pretende subcontratar y la identidad, datos de contacto y representante o representantes legales del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de este para ejecutarla por referencia a los elementos tØcnicos y humanos de que dispone y a su experiencia, y acreditando que el mismo no se encuentra incurso en prohibici n de contratar de acuerdo con el art culo 71 . En este caso debe rellenar los datos del punto 7. - 2.- El contratista principal deberÆ notificar por escrito al rgano de contrataci n cualquier modificaci n que sufra esta informaci n durante la ejecuci n del contrato principal, y toda la informaci n necesaria sobre los nuevos subcontratistas., a la direcci n de correo electr nico: licitaciones@sepe.es. - 3.- Dado que los pliegos imponen a los licitadores el deber de indicar en el DEUC los datos de los subcontratistas, los subcontratos que no se ajusten a lo indicado en la oferta, por celebrarse con empresarios distintos de los indicados nominativamente en la misma o por referirse a partes de la prestaci n diferentes a las seæaladas en ella, no podrÆn celebrarse hasta que transcurran veinte d as desde que se hubiese cursado la notificaci n a la direcci n de correo electr nico: licitaciones@sepe.es licitaciones@sepe.es. y con los datos establecidos en el punto 7, siempre que la Administraci n no hubiese notificado dentro de este plazo su oposici n a los mismos. - 4.- Bajo la responsabilidad del contratista, los subcontratos podrÆn concluirse sin necesidad de dejar transcurrir el plazo de veinte d as si su celebraci n es necesaria para atender a una situaci n de emergencia o que exija la adopci n de medidas urgentes y as se justifica suficientemente. - 5.- Los subcontratistas quedarÆn obligados solo ante el contratista principal que asumirÆ, por tanto, la total responsabilidad de la ejecuci n del contrato frente a la Administraci n, con arreglo estricto a los pliegos de clÆusulas administrativas particulares o documento descriptivo, y a los tØrminos del contrato; incluido el cumplimiento de las obligaciones en materia medioambiental, social o laboral a que se refiere el art culo 201, as como de la obligaci n a que hace referencia el œltimo pÆrrafo del apartado 1 del art culo 202 referida al sometimiento a la normativa nacional y de la Uni n Europea en materia de protecci n de datos. - 6.- En el procedimiento de referencia se pretende subcontratar parte de la prestaci n u objeto del contrato: *SI/NO - 7.- En caso afirmativo, la informaci n sobre los subcontratistas es la siguiente: · Denominación o razón social: ……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… - Datos de contacto: c · CIF: ……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… <!-- image --> .. . orreo electrónico y teléfono: ………………………………………………………………………………………………………………………………………… … ……… . .. . …… …… . . - Nombre del representante de la misma: ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… …… . ……. .. - Justificación de su aptitud para la ejecución de la parte de la prestación subcontratada por referencia a los elementos téc nicos y humanos de que dispone y a su experiencia: Pueden aportar certificad o o cualquier medio de prueba que estimen conveniente…………………………………………………… …… ….. ….. - Deben así mismo incluir declaración responsable del subcontratista acreditando que el mismo no se encuentra incurso en proh ibici n de contratar de acuerdo con el art culo 71. Anexo I de este PCAP. (Lugar, fecha, firma electr nica) AL RGANO DE CONTRATACI N DEL SERVICIO P BLICO DE EMPLEO ESTATAL [www.sepe.es](http://www.sepe.es/) Trabajamos para ti <!-- image --> ## ANEXO IV ## MODELO DE DECLARACI N RESPONSABLE DEL CONTRATISTA SOBRE DATOS SUBCONTRATACI N A ADJUNTAR CON LA LTIMA FACTURA D. ……………………………………….…………………......., con DNI ………………..…., como representante de la empresa ……………………………, en relación con el procedimiento de contrataci n n' * que tiene por objeto la prestaci n del servicio/suministro de *: DECLARA: (*Elegir la opci n oportuna) - *Que la empresa no ha realizado ninguna subcontrataci n. - *Que importe finalmente subcontratado asciende a y el nombre de la/s empresa/s subcontratista/s es/son: (Lugar, fecha, firma electr nica) [www.sepe.es](http://www.sepe.es/) Trabajamos para ti <!-- image --> <!-- image --> C/ Condesa de Venadito, 9 [www.sepe.es](http://www.sepe.es/) Trabajamos para ti <!-- image --> <!-- image -->