Memoria justificativa

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<!-- image --> ## PA/2026/037/GCE ## MEMORIA JUSTIFICATIVA DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN PARA LA SUSTITUCIÓN DE DOS ENFRIADORAS AVERIADAS DEL SISTEMA CENTRALIZADO DE CLIMATIZACIÓN DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA. Por parte de esta Gerencia se promueve la tramitación del expediente cuyo objeto es la contratación del Suministro e instalación de dos enfriadoras del sistema centralizado de climatización del Hospital Universitario de Ceuta, a través de un contrato administrativo, de conformidad con el art. 25 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. ## NECESIDAD E IDONEIDAD DEL CONTRATO. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 28.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, que señala que 'las entidades del sector público no podrán celebrar otros contratos que aquellos que sean necesarios p ara el cumplimiento y realización de sus fines institucionales', se procede a definir la naturaleza y extensión de las necesidades que se pretenden cubrir con el contrato. Recientemente se han detectado averías de carácter significativo que han afectado directamente a la operatividad de las enfriadoras nº 3 y 4, pertenecientes al sistema centralizado de climatización. Como consecuencia de dichas incidencias, ambos equipos han quedado inundados y sus intercambiadores de calor han sufrido perforaciones, quedando fuera de servicio y comprometiendo la capacidad de generación de frío; lo que ha reducido la redundancia operativa de la instalación. Tras estudiar ambas averías y solicitar presupuestos para la reparación de los equipos, se ha constatado que el coste de estas actuaciones correctivas es solo ligeramente inferior al coste de sustitución de las enfriadoras por equipos nuevos. Esto pone de manifiesto que los equipos existentes han alcanzado el final de su vida útil operativa, algo habitual en este tipo de equipos tras largos periodos de funcionamiento, como ocurre en este caso, al encontrarse estos equipos operativos desde la puesta en marcha del HUCE. Adicionalmente, se ha observado que las enfriadoras afectadas presentan rendimientos energéticos inferiores a los estándares actuales del mercado, así como un notable desgaste mecánico en sus componentes críticos (compresores, intercambiadores, y sistemas auxiliares). Estas circunstancias no solo reducen la eficiencia energética del sistema, sino que también incrementan la probabilidad de aparición de nuevas averías, las cuales no estarían cubiertas por la garantía asociada a las reparaciones parciales de los equipos anteriormente mencionadas. Por todo ello, desde la Oficina Técnica se considera que los equipos presentan signos evidentes tanto de fin de vida útil como de obsolescencia tecnológica, especialmente si se comparan con las soluciones disponibles actualmente en el mercado. En consecuencia, se concluye que las reparaciones propuestas tendrían únicamente un carácter parcial y correctivo, sin garantizar a posteriori la plena de la fiabilidad del sistema ni evitar posibles incidencias futuras derivadas del envejecimiento general de los equipos. Se considera, por tanto, más conveniente en este caso, proceder a la sustitución de ambas enfriadoras por equipos nuevos, ya que estos elementos constituyen equipos críticos dentro del sistema de climatización del HUCE <!-- image --> DE CEUTA <!-- image --> <!-- image --> DE CEUTA Por parte de la Gerencia de Atención Sanitaria de Ceuta se promueve la tramitación de un expediente de contratación para cubrir la necesidad indicada, mediante la adquisición e instalación de dos enfriadoras del sistema centralizado de climatización del Hospital Universitario de Ceuta. Por todo ello, se justifica la necesidad e idoneidad del contrato proyectado conforme al art. 28 de la LCSP. ## 1.- Modalidad del contrato La modalidad contractual que se propone es la de un contrato administrativo de Suministro, en los términos señalados en el art. 16 de la LCSP, proponiéndose que la adjudicación se realice mediante Procedimiento Abierto. ## 2.- Duración del contrato El plazo de ejecución será de cinco meses, a partir de la fecha que se indique en el documento de formalización del contrato. ## 3.- División en lotes El suministro precisa una instalación y un compromiso de reparación durante su periodo de garantía, de modo que la integración en un único lote permite una mayor racionalización en la ejecución de la prestación, tanto durante el suministro como durante la vigencia de la garantía, optimizando los recursos del HUCE y mejorando la eficacia y eficiencia de los distintos servicios implicados. Asimismo, señalamos que esto no supone en absoluto la merma en la concurrencia, cumpliéndose con los requisitos de publicidad establecidos en la normativa de contratación, así como con los principios de igualdad y no discriminación ## 4.- Precio y valor estimado El presupuesto base máximo de licitación se estima en una cantidad de 737.000 € (incluido el 10 % de IPSI). La distribución del crédito por anualidades y aplicaciones presupuestarias será la siguiente: | EJERCICIO 2.026 | EJERCICIO 2.026 | EJERCICIO 2.026 | EJERCICIO 2.026 | EJERCICIO 2.026 | EJERCICIO 2.026 | EJERCICIO 2.026 | |-------------------|---------------------------------|-------------------|-------------------|-------------------|-------------------|-------------------| | CENTRO | DENOMINACIÓN | BASE IMP. | IPSI (10 %) | TOTAL | PROGRAMA | APLICACIÓN | | 5102 | Hospital Universitario de Ceuta | 670.000 | 67.000 | 737.000 | 2123 | 625 | De acuerdo con lo establecido en el artículo 101 de la Ley de Contratos del Sector Público, el valor estimado del contrato asciende a 670.000 €, calculado conforme se indica a continuación: | CONCEPTO | IMPORTE | |----------------------|-----------| | CONTRATO INICIAL | 670.000 | | EVENTUALES PRÓRROGAS | - | <!-- image --> <!-- image --> DE CEUTA | PAGO PRIMAS O ABONO LICITADORES | - | |-----------------------------------|---------| | MODIFICACIONES POSIBLES | - | | TOTAL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO | 670.000 | ## Revisión de precios .- Los precios de este contrato no serán objeto de revisión, de conformidad con lo dispuesto en el art. 103 de la LCSP ## 5.- Solvencia Solvencia económica y financiera: Medio de acreditación y condiciones mínimas, conforme lo indicado en el art. 87.1 de la LCSP. El medio para acreditar la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los 3 últimos disponibles en función de las fechas de constitución o inicio de actividades del empresario. Se requiere que el volumen anual de negocios del licitador referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos deberá ser al menos una vez y media la anualidad media del valor estimado del contrato. Solvencia técnica: Medio de acreditación y condiciones mínimas, conforme lo indicado en el art. 89.1 de la LCSP. El medio para acreditar la solvencia técnica será la relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. El importe que el empresario deberá acreditar será como mínimo el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, por importe igual o superior al 70 % de la anualidad media del valor estimado del contrato. Dada la importancia de este equipamiento, se propone incluir además los siguientes criterios de solvencia. - Se debe exigir una póliza de seguro de responsabilidad c ivil por importe mínimo de 600.000,00 € por siniestro. Deben exigirse los siguientes sistemas de gestión, expedidos por una entidad acreditada y encontrándose en vigor, debiendo adjuntar la documentación acreditativa pertinente: - -UNEEN ISO 9001 'Sistemas de gestión de la calidad. Requisitos', o sistema de gestión equivalente, aportando además la siguiente información: - a) Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas participantes en el contrato y dedicadas al control de calidad del servicio prestado. - b) Descripción de las medidas que emplea el adjudicatario para garantizar la calidad. - -UNEEN ISO 14001 'Sistemas de gestión ambiental. Requisitos con orientación para su uso', o sistema de gestión equivalente, aportando además la siguiente información: <!-- image --> <!-- image --> DE CEUTA - a) Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas participantes en el contrato y dedicadas a la gestión de residuos generados en la prestación de los servicios ofertados. - b) Indicación de las medidas de gestión medioambiental que el adjudicatario podrá aplicar al ejecutar el contrato. Deberá aportar el adjudicatario la siguiente documentación como requisitos para la actividad - -Certificado de inscripción de la empresa en el Registro Integrado Industrial, estando como mínimo habilitada como empresa instaladora de equipos a presión con categoría EIP-2. - -Certificado de inscripción de la empresa en el Registro Integrado Industrial como empresa instaladora del RITE. - -Certificado habilitación empresarial y profesional de comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan y por el que se establecen los requisitos técnicos para las instalaciones que desarrollen actividades que emitan gases fluorados. - -Justificación de que el responsable técnico asignado por el adjudicatario a los trabajos es un técnico titulado competente. ## 6.- Criterios de adjudicación Según establece el art. 145.1 de la LCSP, la adjudicación se realizará utilizando una pluralidad de criterios de adjudicación en base a la mejor relación calidad-precio ## Se proponen los siguientes criterios evaluables mediante fórmulas: Suministro e instalación de 2 Enfriadoras: ## Precio: hasta 75 puntos Se tienen en cuenta estos criterios de adjudicación con el fin de garantizar la ejecución oportuna del contrato mejorando con ellos la seguridad y mejor mantenimiento. ## Añadir un sistema de detección de fugas de refrigerante: hasta 15 puntos - 0 puntos, mejora no ofertada. - 15 puntos, mejora ofertada. - 0 puntos, mejora no ofertada. - 10 puntos, mejora ofertada. Por impermeabilización de la zona a instalar: hasta 10 puntos Fdo: Pablo Pacheco Soler Ingeniero de Mantenimiento del HUCE puntuación total hasta 100 puntos.