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Pliego / Legal Ver licitación
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<!-- image --> ## PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SUMINISTRO PARA LA RENOVACIÓN DEL SISTEMA DE CONFERENCIAS DE LA SALA ENRIQUE CASAS VILA DEL SENADO ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES ÍNDICE | I. | OBJETO Y RÉGIMEN JURIDICO................................................................. | 5 | |----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-----| | | CLÁUSULA 1.ª Objeto............................................................................................. | 5 | | | CLÁUSULA 2.ª Régimen jurídico............................................................................. | 5 | | | CLÁUSULA 3.ª Administración contratante.............................................................. | 6 | | II. | PERFIL DE CONTRATANTE Y LICITACIÓN ELECTRÓNICA.................... | 6 | | | CLÁUSULA 4.ª Perfil de contratante........................................................................ | 6 | | | CLÁUSULA 5.ª Licitación electrónica....................................................................... | 6 | | III. | TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN......................... | 7 | | | CLÁUSULA 6.ª Tramitación y procedimiento de adjudicación.................................. | 7 | | IV. | DURACIÓN ................................................................................................... | 7 | | | CLÁUSULA 7.ª Duración y plazo de ejecución. ....................................................... | 7 | | V. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, REVISIÓN DE PRECIOS VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO...................................................................... | V. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, REVISIÓN DE PRECIOS VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO...................................................................... | Y 7 | | | CLÁUSULA 8.ª Presupuesto base de licitación y revisión de precios. ..................... | 7 | | | CLÁUSULA 9.ª Valor estimado................................................................................ | 9 | | VI. | INFORMACIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL............................................ | 9 | | | CLÁUSULA 10.ª Información................................................................................... | 9 | | | CLÁUSULA 11.ª Seguimiento y control. .................................................................10 | | <!-- image --> | VII. | CAPACIDAD Y SOLVENCIA .................................................................... 10 | |--------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | | CLÁUSULA 12.ª Capacidad y solvencia. ................................................................10 | | VIII. | PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.......................................... 11 | | | CLÁUSULA 13.ª Características de las proposiciones y periodo de validez de las proposiciones. ........................................................................................................11 | | | CLÁUSULA 14.ª Procedimiento y plazo para la presentación de las proposiciones. ...............................................................................................................................12 | | | CLÁUSULA 15.ª Contenido de las proposiciones. ..................................................12 | | IX. | EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES ........................................................ 17 | | | CLÁUSULA 16.ª Mesa de contratación...................................................................17 | | | CLÁUSULA 17.ª Apertura y valoración de los sobres. ............................................17 | | | CLÁUSULA 18.ª Criterios de adjudicación y métodos de valoración.......................18 | | | CLÁUSULA 19.ª Propuesta de clasificación. ..........................................................20 | | X. | ADJUDICACIÓN ......................................................................................... 20 | | | CLÁUSULA 20.ª Clasificación de las proposiciones. ..............................................20 | | | CLÁUSULA 21.ª Presentación de documentos y verificación de requisitos previos. | | | ...............................................................................................................................20 | | | CLÁUSULA 22.ª Garantía.......................................................................................24 | | XI. | RENUNCIA Y DESISTIMIENTO.................................................................. 24 | | | CLÁUSULA 24.ª Renuncia y desistimiento. ............................................................24 | | XII. | FORMALIZACIÓN Y NATURALEZA DEL CONTRATO........................... 25 | | | CLÁUSULA 25.ª Formalización del contrato...........................................................25 | | | CLÁUSULA 26.ª Naturaleza y contenido del contrato.............................................25 | | XIII. | EJECUCIÓN DEL CONTRATO................................................................. 25 | | | CLÁUSULA 27.ª Ejecución del contrato..................................................................25 | <!-- image --> | CLÁUSULA 28.ª Medidas de | seguridad..................................................................27 | |----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | CLÁUSULA 29.ª Relaciones laborales....................................................................27 | | | CLÁUSULA 30.ª Cumplimiento de la normativa laboral y en materia de igualdad...27 | | | CLÁUSULA 31.ª Protección de datos y confidencialidad. .......................................27 | | | CLÁUSULA 32.ª Pago del precio............................................................................28 | | | CLÁUSULA 33.ª Subcontratación...........................................................................29 | | | CLÁUSULA 34.ª Cesión del contrato......................................................................29 | | | CLÁUSULA 35.ª Resolución del contrato................................................................29 | | | CLÁUSULA 36.ª Prerrogativas. ..............................................................................30 | | | XIV. RECURSOS Y JURISDICCIÓN | ............................................................. 30 | | CLÁUSULA 37.ª Recursos y jurisdicción. ...............................................................30 ANEXO I. INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA DECLARACIÓN RESPONSABLERELATIVAALCUMPLIMIENTODELOSREQUISITOSPREVIOS | | | ANEXO II. DECLARACIÓN RELATIVA AL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE CONTAR CON UN DOS POR CIENTO DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD O ADOPTAR LAS MEDIDAS ALTERNATIVAS CORRESPONDIENTES, DE CONTAR CON UN PLAN DE IGUALDAD Y DE PROMOVER CONDICIONES DE TRABAJO QUE EVITEN EL ACOSO SEXUAL Y EL ACOSO POR RAZÓN DE SEXO. ...................................................................... 32 | ANEXO II. DECLARACIÓN RELATIVA AL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE CONTAR CON UN DOS POR CIENTO DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD O ADOPTAR LAS MEDIDAS ALTERNATIVAS CORRESPONDIENTES, DE CONTAR CON UN PLAN DE IGUALDAD Y DE PROMOVER CONDICIONES DE TRABAJO QUE EVITEN EL ACOSO SEXUAL Y EL ACOSO POR RAZÓN DE SEXO. ...................................................................... 32 | | ANEXO III. DECLARACIÓN DE PERTENENCIA A UN GRUPO EMPRESAS ............................................................................................................. | DE 34 | | ANEXO IV. DECLARACIÓN RELATIVA A LA CONFIDENCIALIDAD DE LA OFERTA................................................................................................................... 35 | ANEXO IV. DECLARACIÓN RELATIVA A LA CONFIDENCIALIDAD DE LA OFERTA................................................................................................................... 35 | | ANEXO V. PROPOSICIÓN ECONÓMICA........................................................... 36 ANEXO VI. DECLARACIÓN SOBRE LOS TRABAJOS EFECTUADOS EN LOS TRES ÚLTIMOS AÑOS ........................................................................................... 37 | ANEXO V. PROPOSICIÓN ECONÓMICA........................................................... 36 ANEXO VI. DECLARACIÓN SOBRE LOS TRABAJOS EFECTUADOS EN LOS TRES ÚLTIMOS AÑOS ........................................................................................... 37 | | ANEXO VII. DECLARACIÓN RELATIVA A LOS MEDIOS TÉCNICOS, MATERIALES Y/O HUMANOS QUE SE ADSCRIBIRÁN A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO............................................................................................................. 39 | ANEXO VII. DECLARACIÓN RELATIVA A LOS MEDIOS TÉCNICOS, MATERIALES Y/O HUMANOS QUE SE ADSCRIBIRÁN A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO............................................................................................................. 39 | <!-- image --> ## ANEXO VIII. DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE CUMPLIMIENTO DE ## LAS CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN ............................................. 40 ## ANEXO IX. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. INFORMACIÓN DETALLADA ................................................................................. 41 4 <!-- image --> ## I. OBJETO Y RÉGIMEN JURIDICO ## CLÁUSULA 1.ª Objeto. El presente procedimiento tiene por objeto la adjudicación del contrato de suministro para la renovación del sistema de conferencias de la sala Enrique Casas Vila del Senado, de conformidad con lo previsto en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas. Además del suministro citado, se incluyen en el objeto del contrato los servicios de instalación, integración con el equipamiento existente, configuración y puesta en funcionamiento del sistema, así como formación a los técnicos audiovisuales que operarán con los equipos. La codificación correspondiente al vocabulario común de contratos públicos (CPV) es: 32321200-1 Equipo audiovisual; 32321300-2 Materiales audiovisuales; 50340000-0 Servicios de reparación y mantenimiento de equipos audiovisual y óptico. ## CLÁUSULA 2.ª Régimen jurídico. El presente procedimiento se regirá por la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud de la disposición adicional cuadragésima cuarta de dicha ley, sin perjuicio de las peculiaridades derivadas del carácter de órgano constitucional del Senado y de lo dispuesto en el artículo 72.3 de la Constitución, por el texto refundido de las Normas sobre procedimiento presupuestario, control, contabilidad y contratación del Senado, aprobado por la Mesa del Senado en su reunión del día 8 de febrero de 2022 y modificado por acuerdo del mismo órgano de 12 de noviembre de 2024, así como por este pliego de cláusulas administrativas particulares y por el pliego de prescripciones técnicas. Supletoriamente, serán de aplicación, en su caso, las restantes normas de Derecho Administrativo y, en su defecto, las de Derecho Privado, con expreso sometimiento a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos. El presente contrato está sujeto a regulación armonizada, de acuerdo con los artículos 19 y 21 de la Ley de Contratos del Sector Público. <!-- image --> ## CLÁUSULA 3.ª Administración contratante. Cuando corresponda la aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público, las menciones que la misma efectúa a las Administraciones Públicas contratantes se entenderán referidas al Senado. ## II. PERFIL DE CONTRATANTE Y LICITACIÓN ELECTRÓNICA CLÁUSULA 4.ª Perfil de contratante. El Senado difunde exclusivamente a través de Internet su perfil de contratante, como elemento que agrupa la información y documentos relativos a su actividad contractual, al objeto de asegurar la transparencia y el acceso público a los mismos. El perfil de contratante del Senado se encuentra alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público (www.contrataciondelestado.es) ## CLÁUSULA 5.ª Licitación electrónica. La presente licitación se tramitará electrónicamente, de manera que la presentación de las proposiciones, la aportación de documentos y las comunicaciones y notificaciones entre el Senado y los licitadores se efectuarán a través de los servicios y herramientas electrónicas, informáticas y/o telemáticas que, a estos efectos, proporciona a órganos de contratación y licitadores la Plataforma de Contratación del Sector Público. El licitador deberá registrarse en la Plataforma a través del siguiente enlace: https://contrataciondelestado.es/wps/portal/registrarse. Una vez registrado, el licitador tendrá acceso gratuito a la herramienta de preparación y presentación de ofertas y a todos los demás servicios personalizados que la Plataforma de Contratación del Sector Público ofrece a las empresas para facilitar su contratación con los organismos del Sector Público. Para poder recibir las notificaciones y comunicaciones que se deriven del procedimiento por correo electrónico, el licitador, una vez registrado en la Plataforma, deberá acceder a su perfil de usuario y suministrar su email a efectos de notificaciones en el campo establecido a tal efecto. <!-- image --> Los licitadores son responsables de la veracidad de los documentos que presenten. En virtud de lo establecido en el artículo 28.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, el Senado podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por el licitador, para lo que podrá requerir la exhibición del documento o de la información original. ## III. TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN CLÁUSULA 6.ª Tramitación y procedimiento de adjudicación. La adjudicación del contrato se llevará a cabo por procedimiento abierto y tramitación urgente, de conformidad con lo previsto en los artículos 131 y 119 de la Ley de Contratos del Sector Público. ## IV. DURACIÓN CLÁUSULA 7.ª Duración y plazo de ejecución. El contrato entrará en vigor el día de su firma. El suministro, los servicios de instalación y formación deberán comenzar dentro del mes siguiente a la firma y ejecutarse en un plazo máximo de doce semanas a contar desde su entrada en vigor. Los servicios de mantenimiento contemplados en la prescripción 8.ª del pliego de prescripciones técnicas tendrán una duración de tres años desde el día siguiente a la firma del acta de recepción conforme del suministro. ## V. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, REVISIÓN DE PRECIOS Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO CLÁUSULA 8.ª Presupuesto base de licitación y revisión de precios. El presupuesto base de licitación, determinado de conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la Ley de Contratos del Sector Público, para el periodo de vigencia del contrato y para la totalidad de las prestaciones incluidas en el pliego de prescripciones técnicas es de 250.000,00 euros, sin incluir IVA (302.500,00 euros, IVA incluido), con el siguiente desglose por conceptos y ejercicios presupuestarios: <!-- image --> - -Suministro y servicios de instalación (prescripciones 4.ª, 5.ª, 6.ª y 7.ª del pliego de prescripciones técnicas): 235.000,00 euros, sin incluir IVA (284.350,00 euros, IVA incluido). - -Mantenimiento evolutivo (prescripción 8.3 del pliego de prescripciones técnicas): hasta un máximo de 15.000,00 euros, sin incluir IVA (18.150,00 euros, IVA incluido) con el siguiente desglose por ejercicios presupuestarios: - o Año 2026 (del 1 de septiembre al 31 de diciembre): 1.666,68 euros, sin incluir IVA (2.016,68 euros, IVA incluido). - o Año 2027 (del 1 de enero al 31 de diciembre): 5.000,00 euros, sin incluir IVA (6.050,00 euros, IVA incluido). - o Año 2028 (del 1 de enero al 31 de diciembre): 5.000,00 euros, sin incluir IVA (6.050,00 euros, IVA incluido). - o Año 2029 (del 1 de enero al 31 de agosto): 3.333,32 euros, sin incluir IVA (4.033,32 euros, IVA incluido). Para el cálculo del presupuesto base de licitación se ha tomado como referencia, en cuanto al suministro y servicios de instalación, el precio de anteriores licitaciones con un incremento que lo aproxima a los precios de mercado estimado, no siendo necesario el desglose de costes directos e indirectos, ya que en el presupuesto se entienden incluidos todos los gastos que la empresa deba realizar para el normal cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son los generales, financieros, beneficios, seguros, transportes y desplazamientos, honorarios del personal técnico a su cargo, de comprobación y encargo, gastos de embalajes, envasados y manipulación, tasas, licencias, visados, y toda clase de impuestos, tanto municipales como provinciales, autonómicos y estatales. En cuanto al desglose anual del importe correspondiente a mantenimiento evolutivo, a razón de un importe máximo por hora de 135,00 euros, sin incluir IVA (163,35 euros, IVA incluido), se ha fijado en función de la estimación de la distribución temporal de las necesidades. Sin embargo, la realización de dichas jornadas se irá concretando durante la duración del contrato, en función de las necesidades del Senado. En todo caso, el importe total consignado constituye el gasto que, como máximo, podrá realizar el Senado a lo largo de la duración del contrato y es, por tanto, independiente del precio que efectivamente obtenga el contratista. Serán excluidas las ofertas que superen el importe correspondiente al suministro, así como el importe máximo por hora de mantenimiento evolutivo (indicada en el párrafo anterior). <!-- image --> En todo caso, se entenderá que la ejecución del contrato queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismo en los ejercicios económicos 2027, 2028 y 2029. No procederá la revisión de precios durante el periodo de vigencia del contrato de conformidad con el artículo 103 de la Ley de Contratos del Sector Público. CLÁUSULA 9.ª Valor estimado. El valor estimado del contrato, determinado de conformidad con lo previsto en el artículo 101 de la Ley de Contratos del Sector Público, asciende a 250.000,00 euros, sin incluir IVA. Para el cálculo del valor estimado del contrato se ha tomado como referencia el precio de anteriores licitaciones con un incremento que lo aproxima a los precios de mercado estimado tanto para el suministro como para las jornadas de mantenimiento evolutivo. ## VI. INFORMACIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL ## CLÁUSULA 10.ª Información. Los pliegos que rigen el presente procedimiento estarán disponibles en el perfil de contratante del Senado, alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público, donde se publica la información relativa a los contratos del Senado. Para acceder a dichos pliegos, así como a la restante documentación e información relativa al presente procedimiento que se publique en la Plataforma, se procederá de la siguiente manera: 1. Acceder a la Plataforma de Contratación del Sector Público (www.contrataciondelestado.es). 2. Seleccionar 'Perfil contratante'. 3. Introducir 'Mesa del Senado' en el campo 'Nombre O. Contratación' y pulsar el botón 'Buscar'. 4. Seleccionar 'Mesa del Senado'. 5. Pulsar el botón 'Licitaciones'. 6. Seleccionar el presente procedimiento en el listado de licitaciones. <!-- image --> Las empresas interesadas podrán plantear sus consultas o resolver dudas sobre el procedimiento a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público en el correspondiente apartado de 'Preguntas y respuestas'. Para cualquier otra cuestión, podrán contactar con el Servicio de Gestión de la Dirección de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones del Senado mediante correo electrónico remitido a la siguiente dirección: gestiontic@senado.es. Asimismo, las empresas licitadoras, antes de formular sus propuestas, podrán inspeccionar las instalaciones relacionadas con el contrato con el fin de comprobar el estado y demás características necesarias para cumplir con las exigencias que figuran en el pliego de prescripciones técnicas. La visita será única para todos los licitadores y tendrá lugar el 25 de marzo de 2026. No es necesaria la asistencia a la visita para concurrir a la licitación. Para solicitar la asistencia a dicha visita, los interesados deberán enviar un correo electrónico a gestiontic@senado.es indicando el nombre y DNI de los asistentes hasta el día anterior a la visita. La hora exacta se anunciará con posterioridad mediante note publicada en la Plataforma de Contratación del Sector Público. ## CLÁUSULA 11.ª Seguimiento y control. El seguimiento y control general del presente procedimiento y de la ejecución del contrato se realizará por la Dirección de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones de la Secretaría General del Senado. Dicho órgano habrá de considerarse como responsable del contrato a los efectos de lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley de Contratos del Sector Público. ## VII. CAPACIDAD Y SOLVENCIA ## CLÁUSULA 12.ª Capacidad y solvencia. Los licitadores deberán acreditar los siguientes extremos: - -Que poseen plena capacidad de obrar. - -Que las prestaciones del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, le sean propios. - -Que no está afectado por ninguna de las circunstancias prohibitivas para contratar, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público. <!-- image --> - -Que disponen de la adecuada solvencia económica y financiera y técnica o profesional. La acreditación del cumplimiento de los requisitos anteriores se realizará en el momento y forma previstos en las cláusulas 13.ª a 15.ª y 21.ª del presente pliego. ## VIII. PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES CLÁUSULA 13.ª Características de las proposiciones y periodo de validez de las proposiciones. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. Toda la documentación de las proposiciones presentadas deberá estar redactada en castellano. La documentación redactada en otra lengua deberá acompañarse de la correspondiente traducción oficial al castellano. La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicionada por el licitador de la totalidad del contenido de las cláusulas de este pliego, así como del pliego de prescripciones técnicas, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización para la consulta de los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea. Las proposiciones tendrán un periodo de validez de dos meses a contar desde la fecha de apertura del sobre que contenga la proposición económica, transcurridos los cuales los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición sin imposición de penalidad alguna. No serán aceptadas aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer con absoluta claridad la oferta. No se admitirán proposiciones cuyas características formales no se ajusten a las que se establecen en el presente pliego. Tampoco serán admitidas aquellas proposiciones que incluyan en el sobre A (Documentación administrativa) documentos que, conforme a lo establecido en este pliego, deban figurar en el sobre B (Documentación relativa a criterios de adjudicación cuya ponderación depende de un juicio de valor) o C (Documentación relativa a criterios de adjudicación evaluables mediante fórmulas). Asimismo, serán excluidas del procedimiento aquellas propuestas que incluyan en el sobre B documentación que, de acuerdo con lo previsto en este pliego y en el de prescripciones técnicas, corresponda incluir en el sobre C. <!-- image --> CLÁUSULA 14.ª Procedimiento y plazo para la presentación de las proposiciones. La preparación y presentación de las proposiciones se realizará exclusivamente de forma electrónica a través de la herramienta de preparación y presentación de ofertas que la Plataforma de Contratación del Sector Público pone a disposición de los licitadores para tal fin. Durante el proceso de presentación de la proposición, la propia herramienta de preparación y presentación de ofertas requerirá al licitador que firme electrónicamente todos los sobres que la conforman. En relación con el tamaño de los archivos que conforman las ofertas, deberán seguirse las indicaciones facilitadas en las correspondientes guías que dicha Plataforma pone a disposición de los licitadores. Para garantizar la confidencialidad del contenido de los sobres hasta el momento de su apertura, la herramienta cifrará dichos sobres en el envío. Una vez realizada la presentación, la herramienta proporcionará al licitador un justificante de envío, susceptible de almacenamiento e impresión, con el sello de tiempo de la Plataforma de Contratación del Sector Público. Terminado el plazo de presentación de proposiciones, la documentación quedará custodiada en los servidores de la Dirección General de Patrimonio del Estado. La Plataforma de Contratación del Sector Público pone a disposición de los licitadores el siguiente correo electrónico para consultas sobre el uso de la herramienta de preparación y presentación de ofertas: licitacionE@hacienda.gob.es. El plazo para la presentación de proposiciones finaliza el día 10 de abril de 2026 a las 14:00 horas. CLÁUSULA 15.ª Contenido de las proposiciones. La proposición para tomar parte en el procedimiento constará de tres sobres. En cada uno de los sobres se incluirá la documentación que a continuación se indica: <!-- image --> ## Sobre A Título: 'Documentación administrativa'. En este sobre deberá incluirse la siguiente documentación: - -Declaración responsable relativa al cumplimiento de los requisitos previos, que deberá estar firmada y con la correspondiente identificación, en la que figuren los datos del licitador y los de su representante y se ponga de manifiesto lo siguiente: - Que la sociedad está válidamente constituida y que conforme a su objeto social puede presentarse a la licitación, así como que el firmante de la declaración ostenta la debida representación para la presentación de la proposición y de la propia declaración responsable. - Que cuenta con la correspondiente clasificación, en su caso, o que cumple los requisitos de solvencia económica, financiera, técnica o profesional exigidos. - Que no está incurso en prohibición de contratar. Las instrucciones para cumplimentar esta declaración figuran como anexo I del presente pliego. En relación con este documento, el licitador deberá tener en cuenta lo siguiente: - En todos los supuestos en que varios empresarios concurran agrupados en una unión temporal, se aportará una declaración responsable por cada empresa participante en la que figurará la información requerida en estos casos. - En los casos en que el licitador recurra a la solvencia y/o medios de otras empresas de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Contratos del Sector Público, cada una de ellas también deberá presentar una declaración responsable en la que figure la información pertinente para estos casos. - -Declaración responsable relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes, de contar con un plan de igualdad y de promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso <!-- image --> por razón de sexo (anexo II). En todos los supuestos en que varios empresarios concurran agrupados en una unión temporal, aportarán una declaración responsable por cada empresa participante. - -Declaración relativa a la pertenencia a un grupo empresarial, a los efectos previstos en el artículo 149 de la Ley de Contratos del Sector Público y el artículo 86 del Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (anexo III). - Se entenderá que forman parte de un mismo grupo empresarial aquellas empresas que se hallen comprendidas en los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio o en alguno de los supuestos alternativos establecidos en dicho artículo. - Tal como figura en el citado anexo, deberá indicarse el nombre del grupo empresarial al que pertenece el licitador, así como de las restantes empresas de dicho grupo que concurren a la licitación. - En caso de no pertenecer a ningún grupo empresarial, dicha circunstancia deberá igualmente hacerse constar de forma expresa. - -Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán presentar un documento en el que se designe un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción de este, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. Asimismo, en este documento se deberán indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que constituyan la unión temporal y la participación de cada uno de ellos, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en el caso de resultar adjudicatarios del contrato. - -Las empresas extranjeras deberán aportar una declaración de sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia expresa, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles. Los licitadores deberán tener en cuenta que, tal y como dispone el artículo 140.4 de la Ley de Contratos del Sector Público, las circunstancias relativas a los requisitos que en el presente procedimiento se exigen deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de la formalización del contrato. <!-- image --> ## Sobre B Título: 'Documentación relativa a criterios de adjudicación cuya ponderación depende de un juicio de valor'. En este sobre deberá incluir una propuesta técnica con, al menos, la siguiente información: - -Características técnicas de los equipos requeridos (prescripción 4.ª y 5.ª del pliego de prescripciones técnicas): Deberá detallarse por el orden reflejado en el índice del pliego de prescripciones técnicas. La oferta deberá incluir la descripción técnica pormenorizada de todos los ítems solicitados, así como la documentación técnica de los fabricantes o un enlace a la página web de estos. En todo caso, para todos aquellos elementos que sean objeto de valoración en el pliego de prescripciones técnicas, deberá utilizarse obligatoriamente , el cuadro que figura como anexo de dicho pliego. - -Características de la instalación (prescripción 6.ª del pliego de prescripciones técnicas). - -Formación (prescripción 7.ª del pliego de prescripciones técnicas). - -Garantía, acuerdo de nivel de servicio y mantenimiento evolutivo (prescripción 8.ª del pliego de prescripciones técnicas). Como parte del compromiso de mantenimiento y continuidad tecnológica, los licitadores deberán aportar certificación del fabricante del sistema de conferencias propuesto indicando la fecha prevista de fin de vida (EoL/EoS) en concordancia con lo requerido en la prescripción 8.1 del pliego de prescripciones técnicas. Asimismo, deberán aportar certificado del fabricante en el que se garantice la disponibilidad de soporte técnico oficial y el suministro de repuestos y accesorios durante un periodo mínimo de 5 años a partir de la fecha de fin de vida, si esta estuviera establecida. - -Plan de proyecto y documentación (prescripción 9.ª del pliego de prescripciones técnicas). - -Parte del contrato que se tenga previsto subcontratar. En relación con este apartado, los licitadores deberán tener en cuenta lo siguiente: <!-- image --> ## Sobre C Título: 'Documentación relativa a criterios de adjudicación evaluables mediante fórmulas'. La proposición económica estará firmada por el licitador o su representante, se formulará en euros (en número y letra) y deberá indicar como partida independiente el importe del IVA que deba ser repercutido, todo ello según el modelo que figura como anexo V del presente pliego. Tal y como figura en dicho anexo, se deberá indicar tanto el importe del suministro y los servicios de instalación como el importe de la hora correspondiente a los servicios de mantenimiento evolutivo contemplado en la prescripción 8.3 del pliego de prescripciones técnicas. Para cumplimentar la oferta deberán tener en cuenta lo siguiente: - -Los precios ofertados incluirán cualquier tipo de tributo, carga o arbitrio fiscal de carácter europeo, estatal, autonómico o local, excepción hecha del impuesto sobre el valor añadido (IVA), cuyo importe, tal y como figura en el modelo, se indicará como mención independiente. - Deberá señalarse las prestaciones parciales que el licitador tiene intención de subcontratar, su importe y el nombre o perfil empresarial de los posibles subcontratistas. - En caso de que no se tenga prevista subcontratación alguna, dicha circunstancia deberá igualmente hacerse constar de forma expresa. - -Declaración relativa a la confidencialidad de la oferta (anexo IV). Mediante este documento el licitador hace constar si declara o no confidencial alguna arte o aspecto de su oferta a efectos de lo dispuesto en la cláusula 31.ª del presente pliego, y en caso de hacerlo, especificar qué partes o aspectos de esta quedan afectados por dicha confidencialidad. Tal y como dispone el artículo 133 de la Ley de Contratos del Sector Público y figura en dicho anexo, la confidencialidad no podrá, en ningún caso, extenderse a todo el contenido de la oferta ni a todo el contenido de los informes y documentación que, en su caso, se genere, directa o indirectamente, durante la tramitación del procedimiento de adjudicación. En el caso de no adjuntar dicho anexo, se considerará que el licitador no designa como confidencial ninguna parte ni aspecto de su propuesta técnica. Esta documentación tendrá carácter contractual. <!-- image --> - -Si en la proposición económica hubiera discrepancia entre el precio expresado en letra y en número, prevalecerá el importe reflejado en letra. - -Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada mediante resolución motivada, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. ## IX. EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES ## CLÁUSULA 16.ª Mesa de contratación. A efectos del procedimiento y para la valoración de las ofertas, así como para la elevación de la correspondiente propuesta a la Mesa del Senado, se constituye una Mesa de contratación integrada por: - -Presidenta: Secretaria General Adjunta para Asuntos Administrativos del Senado. - -Vocales: - o Interventor del Senado. - o Director de la Asesoría Jurídica del Senado. - o Director de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones del Senado. - -Secretaria (con voz pero sin voto): Jefa de Servicio del Departamento de Gestión Administrativa de la Dirección de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones del Senado. ## CLÁUSULA 17.ª Apertura y valoración de los sobres. Finalizado el plazo de presentación de ofertas, se procederá a abrir y examinar los sobres A para calificar los documentos presentados en tiempo y forma por los licitadores. Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada se comunicará a los interesados, concediendo un plazo máximo de tres días para que los licitadores los corrijan o subsanen. <!-- image --> Una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, se procederá a abrir los sobres B de los licitadores admitidos. Seguidamente, la Mesa de contratación procederá al examen y valoración del contenido de los sobres B, tras lo cual se realizará la apertura de los sobres C de los licitadores admitidos. Por último, la Mesa de contratación procederá al examen y valoración del contenido de los sobres C y sumará su resultado al obtenido del examen y valoración del contenido de los sobres B, a fin de calcular la puntuación total obtenida por cada una de las propuestas. Las valoraciones realizadas por la Mesa de contratación se llevarán a cabo, en todo caso, de acuerdo con los criterios de adjudicación y métodos de puntuación contemplados en la cláusula siguiente. La Mesa de contratación dejará constancia documental de todas sus actuaciones. CLÁUSULA 18.ª Criterios de adjudicación y métodos de valoración. Los criterios que han de servir de base para la adjudicación son los siguientes: - -Criterios de adjudicación cuya ponderación depende de un juicio de valor: hasta 30 puntos , con el siguiente desglose: - Características generales del sistema de conferencias (prescripción 4.1 del pliego de prescripciones técnicas) hasta 24 puntos con el siguiente desglose: -  Capacidad de integración del sistema de conferencias con sistemas de cámaras y de realización desatendida o simplificada de producción de vídeo (VAL.GEN.1): hasta 12 puntos. -  Robustez de la instalación propuesta ante fallos y la capacidad de garantizar la continuidad del servicio en situaciones de incidencia (VAL.GEN.2): hasta 12 puntos. - Software del sistema de conferencias (prescripción 4.9 del pliego de prescripciones técnicas) (VAL.SOF.1): hasta 5 puntos. - Formación (prescripción 7.ª del pliego de prescripciones técnicas): hasta 1 punto. <!-- image --> La puntuación de cada licitador en relación con los criterios de adjudicación cuya ponderación depende de un juicio de valor, será la resultante de sumar las puntuaciones obtenidas por la oferta que se valora en cada uno de los apartados susceptibles de valoración. - -Criterios de adjudicación evaluables mediante fórmulas: hasta 70 puntos . Para determinar la puntuación de cada licitador se tendrá en cuenta el precio ofertado en cada uno de los apartados objeto de valoración con arreglo a la siguiente fórmula: <!-- formula-not-decoded --> La puntuación que obtiene la oferta en el apartado objeto de valoración 'P(x)' se obtiene de multiplicar la oferta más baja de entre todas las presentadas 'Of(mín)' por la puntuación máxima que se puede obtener en cada uno de los apartados objeto de valoración 'Pmáx', todo ello dividido entre el importe de la oferta que se está valorando 'Of(x)'. Los apartados objeto de valoración y sus puntuaciones máximas son los siguientes: - -Importe correspondiente al suministro del sistema y su instalación: hasta 65 puntos . - -Importe por hora correspondiente a los servicios de mantenimiento evolutivo: hasta 5 puntos . La puntuación total de cada licitador en relación con los criterios de adjudicación evaluables mediante fórmulas será la resultante de sumar las puntuaciones obtenidas por la oferta que se valora en cada uno de los apartados susceptibles de valoración (importe correspondiente al suministro del sistema y su instalación y el importe por hora correspondiente a los servicios de mantenimiento evolutivo). Finalmente, la puntuación total de cada licitador se calculará sumando las puntuaciones obtenidas por la oferta que se valora en relación con cada uno de los dos tipos de criterios de adjudicación (mediante juicio de valor y mediante fórmulas). En el supuesto de que, tras la aplicación de los criterios anteriormente relacionados, exista un empate entre la puntuación obtenida por dos o más ofertas, dicho empate se resolverá en favor del licitador que acredite contar con un mayor porcentaje de mujeres en su plantilla. En ese caso, las empresas que sean requeridas para ello presentarán, en los tres días siguientes a aquel en que sean requeridas, la declaración responsable en la que indiquen el número total de trabajadores de la plantilla, el número de mujeres y el porcentaje que representan las mujeres sobre la cifra total. <!-- image --> El órgano de contratación podrá apreciar el carácter anormalmente bajo de las ofertas que se presenten, de acuerdo con lo establecido en el artículo 149 de la Ley de Contratos del Sector Público y con los criterios contenidos en los artículos 85 y 86 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. A estos efectos, cuando se identifique una oferta incursa en presunción de anormalidad, el plazo que se otorgará al licitador que la haya presentado para que la justifique y desglose razonada y detalladamente será de tres días hábiles, contados desde el siguiente a aquél en que se hubiera recibido el correspondiente requerimiento. ## CLÁUSULA 19.ª Propuesta de clasificación. De conformidad con los criterios establecidos en la cláusula anterior, la Mesa de contratación elevará la correspondiente propuesta de clasificación por orden decreciente a la Mesa del Senado. La Mesa de contratación podrá solicitar en cualquier momento de sus actuaciones los informes técnicos que considere necesarios y tengan relación con el objeto del contrato. Asimismo, podrá recabar de los licitadores aclaraciones sobre los certificados o documentos presentados, así como solicitarles que presenten alguna información o documentación complementaria. ## X. ADJUDICACIÓN CLÁUSULA 20.ª Clasificación de las proposiciones. Sobre la propuesta de la Mesa de contratación, la Mesa del Senado, o el órgano en quien delegue, procederá a la clasificación de las propuestas presentadas por orden decreciente y requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta la documentación a que se refiere la cláusula siguiente. La Mesa del Senado podrá solicitar, antes de formular la propuesta, los informes técnicos y jurídicos que considere necesarios siempre que tengan relación con el objeto del contrato. CLÁUSULA 21.ª Presentación de documentos y verificación de requisitos previos. Con carácter previo a la adjudicación del contrato, se requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que, en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a aquel en que se hubiera recibido el requerimiento, aporte la siguiente documentación: <!-- image --> 1. Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad del licitador, así como de que sus fines, objeto o actividades se corresponden con las prestaciones del contrato. Las personas físicas acreditarán su personalidad mediante el Documento Nacional de Identidad o su fotocopia compulsada. Las sociedades, mediante escritura de constitución social o modificación debidamente inscrita en el Registro Mercantil. El que acuda a la licitación en representación de otros deberá acompañar poder notarial bastante al efecto (inscrito en el Registro Mercantil cuando se trate de sociedades) y acreditar su personalidad mediante el Documento Nacional de Identidad. Los documentos citados serán originales o copias de los mismos que tengan el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente. 2. Justificantes de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. 3. Documentos acreditativos de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional. Los licitadores acreditarán su solvencia por los siguientes criterios, requisitos mínimos y medios de acreditación: - Solvencia económica y financiera El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador. El volumen anual de negocios de cualquiera de los tres últimos años concluidos deberá ser, al menos, una vez y media el valor estimado del contrato (375.000,00 euros, IVA no incluido). Para acreditar este requisito el licitador deberá presentar sus cuentas anuales relativas a cualquiera de los tres últimos años concluidos, aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro. En caso contrario, deberá presentar las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. - Solvencia técnica o profesional <!-- image --> El criterio para la acreditación de la solvencia técnica o profesional será el de la experiencia en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al del objeto del contrato. Se determinará que los trabajos realizados son del mismo tipo o naturaleza cuando los tres primeros dígitos de los códigos CPV correspondientes a su objeto coincidan con los tres primeros dígitos de los códigos CPV correspondientes al objeto del contrato (323 y 503). La facturación anual acumulada por la realización de estos trabajos en cualquiera de los tres últimos años concluidos deberá ser, al menos, igual al 70 % del valor estimado del contrato (175.00,00 euros, IVA no incluido). Para acreditar este requisito el licitador deberá presentar una declaración sobre los trabajos efectuados en el curso de los tres últimos años concluidos que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos (anexo VI). Los trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del licitador acompañada de los documentos obrantes en poder de este que acrediten la realización de la prestación. 4. Comprobante bancario acreditativo de haber reembolsado mediante transferencia bancaria el importe de los anuncios oficiales exigidos por el procedimiento de adjudicación. 5. Justificante de haber constituido la garantía contemplada en la cláusula siguiente. - Si la garantía se ha constituido mediante transferencia bancaria, se deberá presentar comprobante bancario acreditativo de dicha transferencia. - Si la garantía se ha constituido mediante aval o contrato de seguro de caución, se deberá presentar documento acreditativo expedido por la correspondiente entidad avalista o aseguradora. En relación con este documento, se tendrá en cuenta lo siguiente: 5. -De conformidad con lo previsto en los apartados 3 y 4 del artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se admitirá documento <!-- image --> original electrónico o copia electrónica auténtica de documento en formato papel, en cuyo caso, dicha copia deberá cumplir los requisitos contemplados en el artículo 27 de la mencionada Ley 39/2015. - -Igualmente, el Senado podrá admitir copia digital del aval o seguro de caución firmada electrónicamente por el licitador, en cuyo caso, el licitador se compromete a aportar el documento original en formato papel en el momento en que sea requerido por el Senado. 6. Declaración del licitador relativa a los medios técnicos, materiales y/o humanos que se adscribirán a la ejecución del contrato (anexo VII). La efectiva e inmediata adscripción de estos medios se considerará obligación esencial a los efectos previstos en el art. 211 de la Ley de Contratos del Sector Público. 7. Declaración responsable del licitador relativa al cumplimiento de las condiciones especiales de ejecución contempladas en la cláusula 27.ª del presente pliego (anexo VIII). 8. En caso de que el licitador haya recurrido a la solvencia o medios de otras empresas de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Contratos del Sector Público, se deberá presentar una declaración mediante la cual dichas entidades se comprometan a que el licitador dispondrá efectivamente de esa solvencia o medios durante toda la duración de la ejecución del contrato. Los documentos solicitados en los apartados 1 y 3 podrán sustituirse de acuerdo con el art. 96 de la Ley de Contratos del Sector Público por el certificado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, con el fin de acreditar la personalidad, capacidad de obrar, representación, habilitaciones exigibles, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, así como la ausencia de prohibiciones de contratar, en la forma prevista en dicho artículo. Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se comunicará al licitador, concediendo un plazo máximo de tres días para que los corrija o subsane. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta y se le exigirá el importe del tres por ciento del presupuesto base de licitación (IVA no incluido) en concepto de penalidad, procediéndose a recabar la misma documentación del licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. <!-- image --> Finalizado el plazo de presentación de la documentación y, en su caso, de subsanación, se formulará la correspondiente propuesta de adjudicación a la Mesa del Senado. CLÁUSULA 22.ª Garantía. En virtud de lo establecido en el artículo 107 de la Ley de Contratos del Sector Público, el licitador que haya presentado la mejor oferta estará obligado a constituir, a favor del Senado, una garantía por valor del cinco por ciento del importe de adjudicación (IVA no incluido). La garantía se constituirá en alguna de las formas previstas en el artículo 108 de la Ley de Contratos del Sector Público y responderá de los conceptos mencionados en el artículo 110 de dicha Ley. La constitución, reposición, reajuste, devolución y cancelación de la garantía se regirán por lo previsto en los artículos 109 y 111 de la Ley de Contratos del Sector Público. CLÁUSULA 23.ª Adjudicación. La Mesa del Senado, o el órgano en quien delegue, procederá a la adjudicación dentro del plazo de los tres días hábiles siguientes a la recepción de la documentación a que se refieren las cláusulas anteriores. La adjudicación se notificará a los licitadores y se publicará en el perfil de contratante. ## XI. RENUNCIA Y DESISTIMIENTO CLÁUSULA 24.ª Renuncia y desistimiento. Corresponde a la Mesa del Senado la renuncia a la celebración del contrato, por razones de interés público debidamente justificadas, o el desistimiento del procedimiento, basado en una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, en ambos casos antes de la formalización. Los licitadores serán compensados de los gastos en que hubiera incurrido siempre que éstos estuvieran debidamente justificados. <!-- image --> ## XII. FORMALIZACIÓN Y NATURALEZA DEL CONTRATO CLÁUSULA 25.ª Formalización del contrato. El Senado requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a tres días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurridos quince días hábiles desde la remisión de la notificación de la adjudicación sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato o cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión. La formalización del contrato se publicará en la forma establecida en el artículo 154 de la Ley de Contratos del Sector Público. CLÁUSULA 26.ª Naturaleza y contenido del contrato. El contrato tiene carácter administrativo y formarán parte de este el pliego de cláusulas administrativas particulares, el pliego de prescripciones técnicas y las propuestas técnica y económica del adjudicatario. ## XIII. EJECUCIÓN DEL CONTRATO CLÁUSULA 27.ª Ejecución del contrato. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, según lo dispuesto en el artículo 197 de la Ley de Contratos del Sector Público. La empresa adjudicataria, antes del comienzo de los trabajos, deberá realizar las actuaciones de coordinación de actividades empresariales que le sean requeridas por el Senado de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales, y en el RD 171/2004 que desarrolla dicho artículo. El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas de este, siempre de acuerdo con las instrucciones que, para su interpretación, diera el Senado al contratista. A tales efectos, la dirección técnica de la obra trabajará en coordinación con el responsable técnico de la Dirección de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones que se asigne al proyecto, con quien deberán acordarse los detalles de la ejecución de este. En atención al artículo 119.2.c) de la Ley de Contratos del Sector Público, el contrato deberá iniciar su ejecución dentro del mes siguiente a su entrada en vigor. Los trabajos de suministro, instalación y formación tendrán un plazo de ejecución de doce semanas desde dicha fecha de entrada en vigor, tal y como se especifica en la cláusula 7.ª. <!-- image --> El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para el Senado o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. Las relaciones con la empresa contratista se llevarán a cabo a través de un representante nombrado por la misma que será el único interlocutor para la ejecución del contrato. En el supuesto de incumplimiento o de cumplimiento defectuoso del objeto del contrato, el Senado podrá resolver el mismo o imponer las penalidades previstas en los artículos 192 y 193 de la Ley de Contratos del Sector Público. No obstante lo anterior, y de conformidad con el artículo 195.2 de la Ley de Contratos del Sector Público, si el retraso en la ejecución fuese producido por motivos no imputables al contratista y este ofreciera cumplir sus compromisos si se le amplían los plazos iniciales de ejecución, el órgano de contratación se lo concederá dándosele un plazo que será, por lo menos, igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro menor. El responsable del contrato emitirá un informe donde se determine si el retraso fue producido por motivos imputables al contratista. El Senado, mediante su Dirección de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones, determinará si las prestaciones realizadas por el contratista se ajustan a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento. En virtud de lo establecido en el artículo 202 de la Ley de Contratos del Sector Público, se establecen como condiciones especiales de ejecución del contrato el cumplimiento de las medidas de seguridad y salud laborales, así como el de los convenios sectoriales y territoriales aplicables, a cuyo efecto, tal y como se contempla en la cláusula 21.ª del presente pliego, el licitador que haya presentado la mejor oferta deberá firmar y aportar, con carácter previo a la adjudicación del contrato, la declaración responsable que se adjunta como anexo VIII, en la que la empresa garantiza el cumplimiento de esas condiciones especiales de ejecución y se compromete a su mantenimiento durante el periodo de ejecución del contrato. En caso de incumplimiento, se podrán imponer las penalidades previstas en el apartado 1 del artículo 192 de la Ley de Contratos del Sector Público. <!-- image --> ## CLÁUSULA 28.ª Medidas de seguridad. El contratista quedará sujeto a las medidas de seguridad que se aplican en la Cámara. ## CLÁUSULA 29.ª Relaciones laborales. El Senado será del todo ajeno a las relaciones de cualquier índole que existan entre el contratista y el personal con el que cuente aquél para la ejecución del contrato. Singularmente, el contrato no supondrá, en ningún caso, la existencia de relación laboral entre el Senado y el contratista, ni entre el Senado y el personal de aquél. CLÁUSULA 30.ª Cumplimiento de la normativa laboral y en materia de igualdad. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de salud laboral. Asimismo, deberá adoptar, durante la ejecución del contrato, todas aquellas medidas que resulten de aplicación y vayan encaminadas a promover la igualdad de mujeres y hombres, en particular las contempladas en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. ## CLÁUSULA 31.ª Protección de datos y confidencialidad. Los licitadores y el Senado se encuentran obligados al cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, General de Protección de Datos, así como en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y su normativa de desarrollo. Los licitadores quedan expresamente obligados a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudieran conocer con ocasión del procedimiento de contratación, especialmente los de carácter personal, que no podrán copiar o utilizar con fines distintos de los que figuran en este pliego, ni tampoco ceder a otros, ni siquiera a efectos de conservación. En particular, la empresa adjudicataria -que, a estos efectos, tendrá la consideración de encargado del tratamiento-, se compromete a tratar los datos de carácter personal obtenidos del Senado conforme a las instrucciones de éste, a no utilizarlos o aplicarlos con fin distinto al que figura en el contrato y a no comunicarlos, ni siquiera para su conservación, a otras personas; y a aplicar las medidas de seguridad adecuadas al nivel de riesgo evaluado para esta actividad de tratamiento. <!-- image --> Una vez finalizada la relación contractual, la empresa adjudicataria se compromete a devolver al Senado los datos de carácter personal tratados y a destruir todas las copias de estos que obrasen en su poder. Los datos que faciliten los licitadores serán incorporados a un fichero automatizado cuyo responsable es el Senado. Podrán ejercerse los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad de los datos y oposición, en la forma y de acuerdo con los procedimientos establecidos en la normativa vigente, mediante escrito dirigido a la Secretaría General del Senado. El Senado cuidará de que no se divulgue la información facilitada por las empresas, en particular la relativa a los secretos técnicos o comerciales de sus ofertas técnicas. ## CLÁUSULA 32.ª Pago del precio. El contratista tendrá derecho al abono del precio estipulado en el contrato, previa recepción de conformidad por parte del Senado, de acuerdo con el siguiente régimen: - -Suministro y servicios de instalación ( prescripciones 4.ª, 5.ª, 6.ª y 7.ª del pliego de prescripciones técnicas ): se abonará una vez realizado el suministro y realizadas las prestaciones comprendidas en los citados apartados, previa recepción de conformidad por parte del Senado. - -Servicios de mantenimiento evolutivo ( prescripción 8.3 del pliego de prescripciones técnicas ): solo las horas efectivamente realizadas, previa recepción de conformidad por parte del Senado. Se abonarán por periodos vencidos y con carácter mensual, bimestral, trimestral, semestral o anual, según se acuerde con la empresa contratista y así se refleje en el contrato. La facturación será electrónica y las facturas -que contendrán el detalle del suministro e instalación a que corresponde o, en su caso, las horas de servicio de mantenimiento evolutivo realizadas- deberán presentarse a través del punto general de entrada de facturas electrónicas que a tal efecto tenga establecido el Senado. En relación con el contenido de las facturas debe tenerse presente que la unidad encargada de tramitar la factura es, en el presente procedimiento, el Departamento de Gestión Administrativa de la Dirección de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones de la Secretaría General del Senado, el órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública es la Oficina de Fiscalización y Contabilidad del Senado y el órgano de contratación es la Mesa del Senado. <!-- image --> ## CLÁUSULA 33.ª Subcontratación. El contratista podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación, siempre y cuando se respeten los requisitos establecidos para la subcontratación en el artículo 215 de la Ley de Contratos del Sector Público. De acuerdo con lo previsto por el artículo 217 de la Ley de Contratos del Sector Público, el Senado podrá solicitar a los contratistas una relación detallada de aquellos subcontratistas o suministradores que participen en el contrato cuando se perfeccione su participación, junto con aquellas condiciones de subcontratación o suministro de cada uno de ellos que guarden una relación directa con el plazo de pago; así como justificante de cumplimiento de los pagos a aquéllos una vez terminada la prestación dentro de los plazos de pago legalmente establecidos. El incumplimiento de estas obligaciones, que se considerarán condiciones esenciales de ejecución, permitirá al Senado la imposición de penalidades; cuya cuantía será del cinco por ciento del precio de adjudicación del contrato hasta el límite del precio del subcontrato. El contratista podrá nombrar al subcontratista subencargado de protección de datos. En este caso, el subcontratista quedará sujeto a las mismas instrucciones, obligaciones y derechos en materia de protección de datos que el contratista. Si se produjese algún incumplimiento por parte del subcontratista, la responsabilidad recaerá sobre el contratista. ## CLÁUSULA 34.ª Cesión del contrato. El contratista podrá ceder los derechos y obligaciones dimanantes del contrato a un tercero siempre que se cumplan los requisitos contemplados en el apartado 2 del artículo 214 de la Ley de Contratos del Sector Público. El cesionario quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones que corresponderían al cedente. ## CLÁUSULA 35.ª Resolución del contrato. Serán causas de resolución del contrato las establecidas en los artículos 211 y 306 de la Ley de Contratos del Sector Público. ## Asimismo, podrán ser causa de resolución: - -La ejecución defectuosa del objeto del contrato. - -La falta de reposición, ampliación o reajuste de la garantía en el plazo establecido. <!-- image --> - -El retraso en la ejecución por causas imputables al contratista. - -El incumplimiento del deber de secreto y confidencialidad al que hace referencia la cláusula 31.ª del presente pliego. - -El incumplimiento del compromiso de adscribir efectiva e inmediatamente a la ejecución del contrato el conjunto de los medios técnicos, materiales y/o humanos recogidos en la oferta, así como, en todo caso, todos y cada uno de los contemplados en los pliegos que instruyen el procedimiento. ## CLÁUSULA 36.ª Prerrogativas. La Mesa del Senado ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Asimismo, ostenta la prerrogativa de modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público. Los acuerdos de la Mesa del Senado ponen fin a la vía administrativa y son inmediatamente ejecutivos. ## XIV. RECURSOS Y JURISDICCIÓN CLÁUSULA 37.ª Recursos y jurisdicción. Se podrá interponer potestativamente, al amparo de lo previsto en el artículo 44.1.a) de la Ley de Contratos del Sector Público, recurso especial en materia de contratación frente a los actos contemplados en el artículo 44.2 de la citada Ley, siendo el Tribunal de Recursos Contractuales de las Cortes Generales el órgano competente para resolverlo. Si el acto recurrido es el de la adjudicación, quedará en suspenso la tramitación del expediente de contratación. Frente a la resolución adoptada por el Tribunal de Recursos Contractuales sólo cabrá recurso contenciosoadministrativo. Contra los acuerdos de la Mesa del Senado adoptados en relación con el actuaciones distintas a las contempladas en el artículo 44.2 de la LCSP o con los efectos, cumplimiento y extinción del correspondiente contrato podrá interponerse recurso potestativo ante el mismo órgano en el plazo de un mes; o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, en los términos previstos en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. <!-- image --> ## ANEXO I. INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA AL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS Para poder cumplimentar la declaración responsable relativa al cumplimiento de los requisitos previos contemplada en la cláusula 15.ª del presente pliego ('Contenido de las proposiciones'), el licitador deberá seguir los siguientes pasos: - -Descargar en su equipo el fichero DEUC.xml correspondiente a la licitación. El enlace para realizar la descarga se encuentra disponible en el documento de pliegos de la licitación publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público, junto con los enlaces que permiten la descarga de dichos pliegos. - -Abrir el siguiente enlace: https://visor.registrodelicitadores.gob.es/espdweb/filter?lang=es. - -Seleccionar la opción 'Soy un operador económico'. - -Seleccionar la opción 'Importar un DEUC'. - -Cargar el fichero DEUC.xml que previamente se ha descargado al equipo. - -Seleccionar el país y clicar en 'Siguiente'. - -Cumplimentar los apartados correspondientes del DEUC (partes II, III, IV, V -en su caso- y VI). - -Generar en PDF y firmar el documento. Este documento, debidamente cumplimentado y firmado, se deberá presentar, junto con el resto de la documentación requerida para participar en la licitación, de acuerdo con lo establecido en la cláusula 14.ª del presente pliego ('Procedimiento y plazo para la presentación de las proposiciones'). Para resolver dudas relativas a la cumplimentación de los diversos apartados, los licitadores tienen a su disposición la 'Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa sobre la utilización del Documento Europeo Único de Contratación previsto en la nueva Directiva de contratación pública', publicada en el Boletín Oficial del Estado Núm. 85, del viernes 8 de abril de 2016, en el siguiente enlace: http://www.boe.es/boe/dias/2016/04/08/pdfs/BOE-A-2016-3392.pdf. <!-- image --> ANEXO II. DECLARACIÓN RELATIVA AL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE CONTAR CON UN DOS POR CIENTO DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD O ADOPTAR LAS MEDIDAS ALTERNATIVAS CORRESPONDIENTES, DE CONTAR CON UN PLAN DE IGUALDAD Y DE PROMOVER CONDICIONES DE TRABAJO QUE EVITEN EL ACOSO SEXUAL Y EL ACOSO POR RAZÓN DE SEXO. D./D.ª…………………………………………………………………………………… ……….., con DNI n.º ………………………….., en nombre propio/en representación de la empresa ………………………………………………………., con CIF n.º ………………….., y domicilio en ………….. calle ……………………………… ## DECLARA Que dicha empresa: - [ ] A) ☐ Emplea a menos de 50 trabajadores y cumple con la obligación de promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo contenida en el artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. - B) ☐ Emplea a 50 o más trabajadores y: - [ ] ☐ Cumple con la obligación prevista en el artículo 71.1.d) de la Ley de Contratos del Sector Público de que, entre ellos, al menos el 2% sean trabajadores con discapacidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. - [ ] ☐ En defecto de lo anterior, cumple con las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de trabajadores con discapacidad. - [ ] ☐ Cumple con la obligación prevista en el artículo 71.1.d) de la Ley de Contratos del Sector Público relativa a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. <!-- image --> - [ ] ☐ Cumple con la obligación de promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo contenida en el artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. En ………………………………, a …….. de ………………….. de 2026. Fdo. PROTECCIÓN DE DATOS. Información básica: - Responsable: Senado - Finalidad: gestión del contrato - Legitimación: ejecución del contrato y aplicación de medidas precontractuales, cumplimiento de obligaciones legales y ejercicio de poderes públicos (artículo 6.1, apartados b), c) y e) del RGPD). - Destinatarios: no se cederán datos de licitadores a terceros, salvo obligación legal - Derechos: los interesados tienen derecho de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento y oposición. La información detallada sobre protección de datos de carácter personal puede consultarse en el anexo IX. <!-- image --> ## ANEXO III. DECLARACIÓN DE PERTENENCIA A UN GRUPO DE EMPRESAS D./D.ª ……………………………………………………………………………..., con DNI n.º …………..., en nombre propio/en representación de la empresa ……………………., con NIF n.º …………., y domicilio en …………. calle ……………………..……. ## DECLARA Que dicha empresa: - [ ] A. ☐ No pertenece a ningún grupo de empresas. - [ ] B. ☐ Pertenece al grupo de empresas ………………………..., de acuerdo con lo establecido en el artículo 42.1 del Código de Comercio, y: - [ ] ☐ No concurren a la licitación otras empresas del grupo. - [ ] ☐ Concurren a la licitación las siguientes empresas del grupo: ……….. En ………………………………, a …….. de ………………….. de 2026. Fdo. PROTECCIÓN DE DATOS. Información básica: - Responsable: Senado - Finalidad: gestión del contrato - Legitimación: ejecución del contrato y aplicación de medidas precontractuales, cumplimiento de obligaciones legales y ejercicio de poderes públicos (artículo 6.1, apartados b), c) y e) del RGPD). - Destinatarios: no se cederán datos de licitadores a terceros, salvo obligación legal - Derechos: los interesados tienen derecho de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento y oposición. La información detallada sobre protección de datos de carácter personal puede consultarse en el anexo IX. <!-- image --> ## ANEXO IV. DECLARACIÓN RELATIVA A LA CONFIDENCIALIDAD DE LA OFERTA D./D.ª…………………………………………………………………………………………, con DNI n.º ………………………….., en nombre propio/en representación de la empresa …………………………………………….……………………………., con CIF n.º ………………….., y domicilio en ………….. calle ……………………………… ## DECLARA - Que dicha empresa toma conocimiento de que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley de Contratos del Sector Público, la confidencialidad de las ofertas presentadas en el seno de un procedimiento de licitación no podrá, en ningún caso, extenderse a todo el contenido de las mismas ni a todo el contenido de los informes y documentación que, en su caso, se genere, directa o indirectamente, durante la tramitación del procedimiento. - Que, teniendo en cuenta lo anterior, la empresa: - [ ] □ No designa como confidencial ninguna parte y/o aspecto de la oferta que ha presentado en el seno del procedimiento abierto para la adjudicación del contrato de suministro para la renovación del sistema de conferencias de la Sala Enrique Casas Vila del Senado. - [ ] □ Sí designa como confidenciales las siguientes partes y/o aspectos de la oferta que ha presentado en el seno del procedimiento abierto para la adjudicación del contrato de suministro para la renovación del sistema de conferencias de la Sala Enrique Casas Vila del Senado: - - - En ............................ , a ........ de ................................ de 2026. Fdo. PROTECCIÓN DE DATOS. Información básica: - Responsable: Senado - Finalidad: gestión del contrato - Legitimación: ejecución del contrato y aplicación de medidas precontractuales, cumplimiento de obligaciones legales y ejercicio de poderes públicos (artículo 6.1, apartados b), c) y e) del RGPD). - Destinatarios: no se cederán datos de licitadores a terceros, salvo obligación legal - Derechos: los interesados tienen derecho de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento y oposición. La información detallada sobre protección de datos de carácter personal puede consultarse en el anexo IX. <!-- image --> ## ANEXO V. PROPOSICIÓN ECONÓMICA D./D.ª…………………………………………………………………………………. con DNI n.º …………………………, como apoderado de ……………………………….., con CIF ……………………. y domicilio en ……………………………., calle ……… ……………………………………………….., n.º …….., código postal ………………, se compromete a ejecutar el CONTRATO DE SUMINISTRO PARA LA RENOVACIÓN DEL SISTEMA DE CONFERENCIAS DE LA SALA ENRIQUE CASAS VILA DEL SENADO, de conformidad con los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas, por los importes indicados a continuación (expresar las cantidades en letra y número): - 1) Importe del suministro y los servicios de instalación: ………………..……. euros, sin incluir IVA. - i. Importe del IVA aplicable: ........................................................ euros. - ii. Importe total con IVA: .............................................................. euros. - 2) Importe de la hora correspondiente a los servicios de mantenimiento evolutivo contemplado en la prescripción 8.3 del pliego de prescripciones técnicas: ……………….…………. * euros, sin incluir IVA. - i. Importe del IVA aplicable: ........................................................ euros. - ii. Importe total con IVA: .............................................................. euros. *Este importe no puede exceder de 135,00 euros, tal y como se establece en la cláusula 8.ª del presente pliego. A este efecto, hace constar que conoce el presupuesto total, así como los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas que sirven de base a la convocatoria, que acepta incondicionalmente sus cláusulas y que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. En ............................ , a ........ de ................................ de 2026. Fdo. PROTECCIÓN DE DATOS. Información básica: - Responsable: Senado - Finalidad: gestión del contrato - Legitimación: ejecución del contrato y aplicación de medidas precontractuales, cumplimiento de obligaciones legales y ejercicio de poderes públicos (artículo 6.1, apartados b), c) y e) del RGPD). - Destinatarios: no se cederán datos de licitadores a terceros, salvo obligación legal - Derechos: los interesados tienen derecho de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento y oposición. La información detallada sobre protección de datos de carácter personal puede consultarse en el anexo IX. <!-- image --> ## ANEXO VI. DECLARACIÓN SOBRE LOS TRABAJOS EFECTUADOS EN LOS TRES ÚLTIMOS AÑOS D./D.ª……………………………………………………………………………….….., con DNI n.º ………………………….., en nombre propio/en representación de la empresa …………………………………………………., con CIF n.º ………………….., y domicilio en …………………….. calle ………………………….……..…………………… ## DECLARA Que en los años que figuran a continuación, ha efectuado de conformidad los siguientes trabajos similares al del objeto de este procedimiento: ## AÑO 2025 ## AÑO 2024 | EMPRESA/ORGANISMO | FACTURACIÓN | |---------------------|---------------| | Empresa 1.ª: | euros | | Empresa 2.ª: | euros | | Empresa 3.ª: | euros | EMPRESA/ORGANISMO Empresa 1.ª: Empresa 2.ª: Empresa 3.ª: FACTURACIÓN euros euros euros <!-- image --> ## AÑO 2023 | EMPRESA/ORGANISMO | FACTURACIÓN | |---------------------|---------------| | Empresa 1.ª: | euros | | Empresa 2.ª: | euros | | Empresa 3.ª: | euros | EMPRESA/ORGANISMO FACTURACIÓN Empresa 1.ª: euros Empresa 2.ª: euros Empresa 3.ª: euros En .......................... , a ....... de ............................. de 2026. Fdo. PROTECCIÓN DE DATOS. Información básica: - Responsable: Senado - Finalidad: gestión del contrato - Legitimación: ejecución del contrato y aplicación de medidas precontractuales, cumplimiento de obligaciones legales y ejercicio de poderes públicos (artículo 6.1, apartados b), c) y e) del RGPD). - Destinatarios: no se cederán datos de licitadores a terceros, salvo obligación legal - Derechos: los interesados tienen derecho de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento y oposición. La información detallada sobre protección de datos de carácter personal puede consultarse en el anexo IX. <!-- image --> ## ANEXO VII. DECLARACIÓN RELATIVA A LOS MEDIOS TÉCNICOS, MATERIALES Y/O HUMANOS QUE SE ADSCRIBIRÁN A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO D./D.ª………………………………………………………………………………….., con DNI n.º ………………………….., en nombre propio/en representación de la empresa ………………………………………………….., con CIF n.º ………………….., y domicilio en ……………………….….. calle ……………………………………………… ## DECLARA 1. Que, en caso de resultar la empresa a la que represento legalmente adjudicataria del contrato de suministro para la renovación del sistema de conferencias de la Sala Enrique Casas Vila del Senado, se adscribirá efectiva e inmediatamente a la ejecución del contrato el conjunto de los medios técnicos, materiales y/o humanos recogidos en su oferta, así como, en todo caso, todos y cada uno de los contemplados en los pliegos que instruyen el procedimiento; respetándose siempre las cantidades, características y demás requisitos establecidos. 2. Que dicha empresa toma conocimiento de que la efectiva e inmediata adscripción de estos medios se considerará obligación esencial a los efectos previstos en relación con la resolución del contrato en el artículo 211 de la Ley de Contratos del Sector Público. En ………………… , a …………. de………….. de 2026. Fdo. PROTECCIÓN DE DATOS. Información básica: - Responsable: Senado - Finalidad: gestión del contrato - Legitimación: ejecución del contrato y aplicación de medidas precontractuales, cumplimiento de obligaciones legales y ejercicio de poderes públicos (artículo 6.1, apartados b), c) y e) del RGPD). - Destinatarios: no se cederán datos de licitadores a terceros, salvo obligación legal - Derechos: los interesados tienen derecho de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento y oposición. La información detallada sobre protección de datos de carácter personal puede consultarse en el anexo IX. <!-- image --> ## ANEXO VIII. DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN D/D.ª……………………………………………………………..…............................ ....., con DNI n.º …..........................., en nombre propio/en representación de la empresa ….......…………………………………………… con CIF n.º………..…… y domicilio en ……..……………, calle ………………………………………… ## DECLARA 1. Que la empresa garantiza la seguridad y la protección de la salud de los trabajadores en el lugar de trabajo, así como el cumplimiento de los convenios colectivos sectoriales y territoriales aplicables. 2. Que, en caso de resultar adjudicataria del contrato de suministro para la renovación del sistema de conferencias de la Sala Enrique Casas Vila del Senado, dicha empresa se compromete al mantenimiento de tales condiciones especiales de ejecución durante el periodo de vigencia del contrato, tomando conocimiento de que, en caso de incumplimiento, se podrán imponer las penalidades previstas en el apartado 1 del artículo 192 de la Ley de Contratos del Sector Público. En .......................... , a ....... de ............................. de 2026. Fdo. PROTECCIÓN DE DATOS. Información básica: - Responsable: Senado - Finalidad: gestión del contrato - Legitimación: ejecución del contrato y aplicación de medidas precontractuales, cumplimiento de obligaciones legales y ejercicio de poderes públicos (artículo 6.1, apartados b), c) y e) del RGPD). - Destinatarios: no se cederán datos de licitadores a terceros, salvo obligación legal - Derechos: los interesados tienen derecho de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento y oposición. La información detallada sobre protección de datos de carácter personal puede consultarse en el anexo IX. <!-- image --> ## ANEXO IX. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. INFORMACIÓN DETALLADA ## Responsable: - -Senado - -Dirección electrónica: http://www.senado.es - -Dirección postal : calle Bailén n.º 3. 28071 Madrid. - -Teléfono : 915 381 518; 915 381 852 - [-Correo electrónico: informacion@senado.es](mailto:informacion@senado.es) ## Delegado de protección de datos: - -Director de la Asesoría Jurídica - [-http://www.senado.es/web/relacionesciudadanos/atencionciudadano/protecci ondatos/index.html](http://www.senado.es/web/relacionesciudadanos/atencionciudadano/protecciondatos/index.html) - -Dirección postal: calle Bailén n.º 3. 28071 Madrid. - -Teléfono: 915 381 900 - -Correo electrónico: dpd@senado.es ## Finalidades: - -El Senado trata los datos personales para gestionar los procedimientos contractuales del Senado, en sus distintas fases de licitación, seguimiento y ejecución, así como para llevar a efecto otras actuaciones derivadas de los mismos, tales como constitución y ejecución de garantías, retenciones de crédito, autorizaciones de gasto y pagos. - -El tratamiento de los datos personales se limitará al mínimo imprescindible para llevar a cabo las finalidades descritas. - -Los datos personales no serán tratados de manera incompatible con dichas finalidades ni para la adopción de decisiones automatizadas, incluida la elaboración de perfiles. ## Legitimación: - -Ejecución del contrato y aplicación de medidas precontractuales, cumplimiento de obligaciones legales y ejercicio de poderes públicos (artículo 6.1, apartados b), c) y e) del RGPD). - -Normas sobre procedimiento presupuestario, control, contabilidad y contratación del Senado, cuyo texto refundido se aprobó por la Mesa del Senado, en su reunión del día 8 de febrero de 2022 y se modificó por acuerdo del mismo órgano de 12 de noviembre de 2024. - -Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. <!-- image --> - -Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. ## Interesados: - -Personas físicas o representantes legales de personas jurídicas que tengan una relación económica con la Cámara y, en particular, las que presenten oferta, resulten adjudicatarias de contratos o constituyan garantías. ## Categorías de datos personales: - -Nombre, apellidos y número de DNI/NIF. - -En su caso, datos de contacto y datos profesionales. ## Destinatarios: - -Se comunicarán al Congreso de los Diputados los datos de carácter personal relacionados con los procedimientos de contratación y contratos suscritos por las Cortes Generales gestionados por el Senado. - -No se realizarán transferencias internacionales de datos ni se elaborarán perfiles automatizados. - -La publicación de datos de carácter personal en páginas web y boletines oficiales se limitará al contenido exigido en la legislación contractual y de transparencia. ## Derechos: - -Obtener confirmación sobre si el Senado trata sus datos personales o no. - -Solicitar su rectificación si son inexactos, o su supresión si ya no son necesarios para los fines para los que fueron recogidos. - -Solicitar, en determinadas circunstancias, la limitación de su tratamiento, en cuyo caso únicamente se conservarán para el ejercicio o la defensa de reclamaciones. - -Oponerse al tratamiento, en determinadas circunstancias y por motivos relacionados con su situación particular. ## Conservación: - -Los datos de carácter personal relativos a los contratistas se conservarán por el Senado de forma permanente con fines de archivo, en los términos que dictamine la Comisión de Valoración de Documentos del Senado. Para el ejercicio de sus derechos, los interesados disponen de formularios en https://www.senado.es/web/relacionesciudadanos/atencionciudadano/protecciondat os/formulariorgpd/index.html. Si no estuviesen de acuerdo con la respuesta dada a su pretensión, podrán presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y obtener la tutela de sus derechos ante la jurisdicción contencioso-administrativa.