Servicio Canario de la Salud
HOSPITAL UNIVERSITARIO
NTRA. SRA. DE CANDELARIA
HUNSC/CTAD/mcdf
RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GERENCIA DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA, POR LA QUE SE
ACUERDA EL INICIO DEL EXPEDIENTE PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO, MEDIANTE ARRENDAMIENTO Y
MANTENIMIENTO INTEGRAL Y A TODO RIESGO INCLUIDO, CON FUNGIBLES ASOCIADOS, DE UN SISTEMA PARA LA
PREPARACIÓN DE NUTRICIONES PARENTERALES, CON OPCIÓN A COMPRA Y CON DESTINO EL SERVICIO DE FARMACIA DEL
HOSPITAL UNIVERSITARIO NUESTRA SEÑORA DE CANDELARIA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO ARMONIZADO Y
TRAMITACIÓN ORDINARIA.
Expte: SUM/2026/0000006865
Expte. Int.: 55/F/26/SU/GE/A/0065
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Ante la necesidad de contratar el suministro, mediante arrendamiento y mantenimiento integral y a
todo riesgo incluido, con fungibles asociados, de un sistema para la preparación de nutriciones parenterales, con opción de
compra y con destino el Servicio de Farmacia del Hospital Universitario Nuestra Señora De Candelaria, fue emitida memoria
justificativa, de fecha 05 de Mayo de 2026 por la Jefa de Servicio del Servicio de Farmacia Hospitalaria, acompañado de
Pliegos de Prescripciones Técnicas, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la LCSP y el artículo 73.2
del R.D. 1098/2001, de 12 de octubre.
Segundo.- El objeto del contrato consiste en el suministro, mediante arrendamiento y mantenimiento integral y a
todo riesgo incluido, con fungibles asociados, de un sistema para la preparación de nutriciones parenterales, con opción de
compra y con destino el Servicio de Farmacia del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria, con el fin de permitir
una mayor estandarización del proceso, reducir la variabilidad operativa y reforzar la seguridad en una prestación de
especial sensibilidad clínica.
El objeto del contrato no es susceptible de variantes.
Tercero.- De conformidad con lo previsto en el artículo 99.3 de la LCSP, se justifica la no división del contrato en lotes,
dado que el arrendamiento del sistema automatizado, suministro de fungibles asociados, instalación, integración informática,
mantenimiento integral a todo riesgo, soporte técnico y formación constituyen una unidad funcional inseparable.
La ejecución separada de dichas prestaciones por distintos adjudicatarios dificultaría la correcta coordinación técnica
del contrato, podría generar incompatibilidades entre el equipo, el software y los fungibles, y comprometería la trazabilidad, la
seguridad del proceso de elaboración de nutrientes parenterales y la continuidad asistencial del Servicio de Farmacia.
Asimismo, el mantenimiento integral del sistema exige que exista un único responsable contractual frente al centro,
tanto respecto del funcionamiento del equipo como de los consumibles necesarios para su operatividad, evitando zonas de
responsabilidad difusa ante incidencias, averías, errores de preparación o problemas de integración.
Por todo ello, la división en lotes no resulta adecuada desde el punto de vista técnico, funcional ni asistencial, al poder
comprometer la correcta ejecución del contrato y la seguridad de una prestación clínica especialmente sensible.
HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA
Crta. Rosario Nº 145
38010.- Santa Cruz de Tenerife
Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62
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Cuarto.- Visto el estudio económico de la contratación, el presupuesto de licitación, para un período de ejecución de
veinticuatro (24) meses, una vez entregados, instalados y puesto en funcionamiento de todos los equipos suministrados, es de
trescientos sesenta y seis mil quinientos ochenta y dos euros (366.582,00 €), IGIC 7% incluido, el cual asciende a veintitrés mil
novecientos ochenta y dos euros (23.982,00 €), gasto que deberá ser contraído con cargo a la partida presupuestaria
39.55.312C.203.02.00 del Plan Económico, conforme a lo siguiente:
CONCEPTO IMPORTE S/IGIC IGIC (7%) IMPORTE C/IGIG
Arrendamiento del sistema y suministro de fungibles 318.618,00 € 22.303,26 € 340.921,26 €
asociados
Mantenimiento integral a todo riesgo 23.982,00 € 1.678,74 € 25.660,74 €
TOTAL 342.600,00 € 23.982,00 € 366.582,00 €
El presupuesto base de licitación se ha distribuido por anualidades, de acuerdo con la duración prevista y la
planificación de ejecución del suministro, manteniendo la proporcionalidad económica entre las distintas anualidades y
garantizando la cobertura presupuestaria necesaria en cada ejercicio.
ANUALIDAD PBL S/IGIC IGIC (7%) PBL C/IGIC
2026 57.100,00 € 3.997,00 € 61.097,00 €
2027 171.300,00 € 11.991,00 € 183.291,00 €
2028 114.200,00 € 7.994,00 € 122.194,00 €
TOTAL 342.600,00 € 23.982,00 € 366.582,00 €
Quinto.- Visto la memoria justificativa propuesta se contempla la posibilidad de ejercer la opción de compra, al finalizar
el arrendamiento, por un importe de mil ochocientos veinticuatro euros con trece céntimos (1.824,13 €), IGIC 3% incluido,
cantidad que asciende a cincuenta y tres euros con trece céntimos (53,13 €).
OPCIÓN DE COMPRA
DESCRIPCIÓN UNIDADES IMPORTE IMPORTE IGIC (3%) IMPORTE
UNITARIO TOTAL TOTAL
S/IGIC S/IGIC C/IGIC
Sistema para la preparación de nutriciones 1 1.771,00 € 1.771,00 € 53,13 € 1.824,13 €
parenterales
TOTAL OPCIÓN DE COMPRA 1.771,00 € 53,13 € 1.824,13 €
Sexto.- Visto la memoria justificativa, y en cumplimiento del artículo 101 de la LCSP, el valor estimado del contrato se
ha determinado considerando la totalidad de las prestaciones que lo integran, sin incluir el Impuesto General Indirecto Canario
(IGIC), teniendo en cuenta la modificación prevista del veinte por ciento (20%), la posibilidad de prórroga, por un periodo que no
podrá exceder de veinticuatro (24) meses, y la opción de compra incluida en el contrato. En consecuencia, el valor estimado
asciende a setecientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos noventa y un euros (755.491,00 €).
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DESCRIPCIÓN PBL S/IGIC PRÓRROGA MODIFICACIÓN OPCIÓN
(24 meses) (24 meses) (20 %) COMPRA
Sistema automático para la
preparación de nutriciones 342.600,00 € 342.600,00 € 68.520,00 € 1.771 €
partenterales con
mantenimiento integrall y
fungibles asociados
TOTAL VEC 755.491,00 €
Séptimo.- El periodo de vigencia del contrato será de veinticuatro (24) meses, una vez entregados, instalados y puesta
en funcionamiento de todos los equipos suministrados.
Este plazo podrá ser objeto de prórroga, previa aprobación del órgano de contratación antes de la finalización del
periodo inicial, siendo dicha prórroga obligatoria para el contratista cuando así se acuerde y por un periodo máximo de
veinticuatro (24) meses.
Para la entrega, instalación y puesta en funcionamiento de todos los equipos suministrados se dispondrá de un plazo
máximo de noventa (90) días a constar desde la fecha que se estipule en el documento en el que se formalice el presente
contrato.
El equipamiento a ceder, deberá entregarse en el Servicio de Electromedicina y Patrimonio del Hospital Universitario
Nuestra Señora de Candelaria.
Octavo.- Atendiendo al artículo 145 de la LCSP, y dado que el objeto del contrato se encuentra detallado de forma
exhaustiva en el Pliego de Prescripciones Técnicas, es por lo que la adjudicación del contrato se realizará mediante una pluralidad
de criterios de adjudicación.
Noveno.- El Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria carece de recursos propios necesarios y suficientes
para adecuar las necesidades asistenciales y de gestión.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- La contratación a realizar se califica como contrato de suministro de carácter administrativo, de
conformidad con lo establecido en los artículos 16 y 25 de la Ley de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al
ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de
febrero de 2014 (en adelante LCSP), quedando sometida a dicha ley, así como al Reglamento General de la Ley de Contratos
de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, en tanto no contravenga la LCSP, o a las normas
reglamentarias que le sustituyan, y a las cláusulas contenidas en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
Segundo.- Considerando que, de conformidad con lo establecido en el art. 116.1 de la LCSP, la celebración de
contratos por parte de las Administraciones Públicas requerirá la previa tramitación del correspondiente expediente, que se
iniciará por el órgano de contratación motivando la necesidad del contrato en los términos previstos en el artículo 28 de
esta Ley y que deberá ser publicado en el perfil de contratante.
Tercero.- Visto el valor estimado y considerando los artículos 19.1 y 21 de la LCSP, se trata de un contrato de
suministro armonizado, conforme al art. 101 de la LCSP, cuyo valor estimado es igual o superior a doscientos dieciséis mil
euros (216.000,00 €).
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Cuarto.- Considerando el art. 116.2 LCSP en virtud del cual, el expediente debe referirse a la totalidad del objeto
del contrato.
Quinto.- Considerando el art. 116.3 LCSP, al expediente se incorporarán el pliego de cláusulas administrativas
particulares y de prescripciones técnicas que hayan de regir el contrato.
Sexto.- Considerando el art. 142 de la LCSP, y a la vista de la información remitida, no se admitirán variantes.
Séptimo.- Considerando que conforme a los artículos 116.4, 131.2 y 156 de la LCSP, la adjudicación se realizará
mediante procedimiento abierto, armonizado y de tramitación ordinaria, procediéndose a la selección del contratista y
adjudicación del contrato conforme al Libro II, Título I , Capítulo I, Sección 2ª, Subsección 1ª y Subsección 2ª.
Octavo.- Conforme a lo dispuesto en el art. 28.3 del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el
Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud, el órgano de contratación en el presente
expediente es la Directora Gerente del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria.
Vista la legislación aplicable constituida por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y
demás normativa de general y pertinente aplicación en materia de contratación administrativa, y en concreto el artículo 323
de la LCSP y demás normativa de general y pertinente aplicación en materia de contratación administrativa y en uso de las
facultades que me confiere el artículo 28.3 del decreto 32/1995 de 24 de Febrero, por el que se aprueba el Reglamento de
Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud
R E S U E L V O
Primero.- Iniciar el expediente de contratación administrativa mediante procedimiento abierto armonizado del
Suministro, mediante arrendamiento y mantenimiento integral y a todo riesgo incluido, con fungibles asociados, de un sistema
para la prestación de nutriciones parenterales, con opción de compra y con destino el Servicio de Farmacia del Hospital
Universitario Nuestra Señora de Candelaria, por un presupuesto de trescientos sesenta y seis mil quinientos ochenta y dos euros
(366.582,00 €), IGIC 7% incluido, el cual, asciende a veintitrés mil novecientos ochenta y dos euros (23.982,00 €), para un
periodo de ejecución de veinticuatro (24) meses, una vez entregados, instalados y puesta en funcionamiento de los equipos
suministrados y con cargo a la partida presupuestaria 39.55.312C.203.02.00 del Plan Económico, conforme a la siguiente
distribución de anualidades:
ANUALIDAD PBL S/IGIC IGIC (7%) PBL C/IGIC
2026 57.100,00 € 3.997,00 € 61.097,00 €
2027 171.300,00 € 11.991,00 € 183.291,00 €
2028 114.200,00 € 7.994,00 € 122.194,00 €
TOTAL 342.600,00 € 23.982,00 € 366.582,00 €
Segundo.- Acordar la tramitación ordinaria del presente expediente, de conformidad con lo dispuesto en el Libro II,
Título I , Capítulo I, Sección 2ª, Subsección 1ª y Subsección 2ª de la LCSP.
Tercero.- Dicho procedimiento se tramitará mediante procedimiento abierto armonizado, de conformidad con lo
dispuesto en los Artículos 131 y 156 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
En Santa Cruz de Tenerife,
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OSCAR DIEZ GIL - DIRECTOR GERENTE Fecha: 14/05/2026 - 08:19:31
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RESOLUCION - Nº: 427 / 2026 - Tomo: 1 - Libro: 564 - Fecha: 14/05/2026 13:21:51 Fecha: 14/05/2026 - 13:21:51
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