7PCAP0065.pdf

Pliego / Legal Ver licitación
Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA HUNSC/CTAD/mcdf PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO, MEDIANTE ARRENDAMIENTO Y MANTENIMIENTO INTEGRAL Y A TODO RIESGO INCLUIDO, CON FUNGIBLES ASOCIADOS, DE UN SISTEMA PARA LA PREPARACIÓN DE NUTRICIONES PARENTERALES, CON OPCIÓN DE COMPRA Y CON DESTINO EL SERVICIO DE FARMACIA DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO NUESTRA SEÑORA DE CANDELARIA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO ARMONIZADO Y TRAMITACIÓN ORDINARIA Expte: SUM/2026/0000006865 Expte. Int.: 55/F/26/SU/GE/A/0065 I DISPOSICIONES GENERALES 1.- OBJETO DEL CONTRATO (arts. 16, 28, 99 y 123, 124 y D.A. Cuarta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero, en adelante LCSP). 1.1.- El objeto del contrato será la realización del suministro, mediante arrendamiento y mantenimiento integral y a todo riesgo incluido, con fungibles asociados, de un sistema para la preparación de nutriciones parenterales, con opción de compra y con destino el Servicio de Farmacia del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria, con el fin de permitir una mayor estandariazación del proceso, reducir la variabilidad operativa y reforzar la seguridad en una prestación de especial sensibilidad clínica. La ejecución del objeto del contrato deberá adecuarse a las prescripciones técnicas anexas que tienen carácter contractual. Dicho objeto corresponde al código 33100000 - 1 (Equipamiento médico) de la nomenclatura Vocabulario Común de Contratos (CPV) de la Comisión Europea. 1.2.- No procede la división en lotes del objeto del contrato, ya que la naturaleza de dicho objeto hace necesaria, para su correcta ejecución, la coordinación de las diferentes prestaciones que lo integran, que podría verse imposibilitada por su división en lotes y ejecución por una pluralidad de contratistas diferentes. 1.3.- En el objeto del contrato se incluye el mantenimiento de los bienes suministrados. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA 2.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN (arts. 61, 63 y 190 LCSP) 2.1.- El órgano de contratación, que actúa en nombre de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, es el Director Gerente del Hospital Universitario Nuestra señora de la Candelaria, del Área de Salud de Tenerife, con arreglo a las facultades que le confiere el artículo 28.3 del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud. 2.2.- El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, declarar la responsabilidad imputable a la persona contratista a raíz de la ejecución del contrato, suspender dicha ejecución, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Igualmente, el órgano de contratación ostenta las facultades de inspección de las actividades desarrolladas por las personas contratistas durante la ejecución del contrato, de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 190 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP). 2.3.- De conformidad con lo establecido en el artículo 63 de la LCSP, el órgano de contratación dará la información relativa a la presente contratación en el Perfil del Contratante del Gobierno de Canarias, alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público (https://contrataciondelestado.es/wps/portal/plataforma) 3.- RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN 3.1.- La contratación a realizar se califica como contrato de suministro de carácter administrativo, de conformidad con lo establecido en los artículos 16 y 25 de la LCSP, quedando sometida a dicha ley, a las normas reglamentarias que la desarrollen, y a las cláusulas contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares y en el de prescripciones técnicas, y en concreto, al sometimiento a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos. Asimismo, serán de aplicación las demás disposiciones estatales que regulan la contratación del sector público, y las dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias, en el marco de sus respectivas competencias. 3.2.- Las cuestiones litigiosas que puedan suscitarse en relación a los actos que se dicten en la contratación a realizar podrán ser objeto de recurso de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-administrativa. Asimismo, serán susceptibles de recurso potestativo especial en materia de contratación los siguientes actos y decisiones relacionadas en el apartado 2 del artículo 44 de la LCSP: a) Los anuncios de licitación, los pliegos de cláusulas administrativas particulares, los pliegos de prescripciones técnicas, así como aquellos documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA b) los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que éstos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable de derechos o intereses legítimos. Se considerarán actos de trámite que determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento los actos de la Mesa de Contratación por los que se acuerde la exclusión de las personas licitadoras. c) El acuerdos de adjudicación. d) Las modificaciones basadas en el incumplimiento de lo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSP, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación. 3.3.- Los defectos de tramitación que afecten a actos distintos de los contemplados en el apartado anterior podrán ser puestos de manifiesto por las personas interesadas al órgano de contratación, a efectos de su corrección con arreglo a derecho, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por las personas interesadas al recurrir el acto de adjudicación. 3.4.- Contra las actuaciones mencionadas en el artículo 44.2 de la LCSP como susceptibles de ser impugnadas mediante recurso especial, no procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios. 3.5.- La resolución del recurso especial podrá ser objeto de impugnación en la jurisdicción contencioso-administrativa. 3.6.- No obstante lo anterior, los acuerdos que adopte el órgano de contratación en los procedimientos relativos a las prerrogativas establecidas en el artículo 190 de la LCSP, salvo las modificaciones mencionadas en el artículo 44 apartado 2 letra d) de la LCSP, pondrán fin a la vía administrativa, y serán inmediatamente ejecutivos, pudiendo ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los dictó, o ser impugnado mediante recurso contencioso- administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora de dicha Jurisdicción. 4.- APTITUD PARA CONTRATAR (arts. 65 y ss. LCSP ) Solo podrán ser adjudicatarios de este contrato las empresas que, de conformidad con lo dispuesto en los artículo 65 y siguientes de la LCSP, reúnan los requisitos de aptitud que se enumeran en los siguientes apartados, que deberán cumplirse en la fecha final de presentación de ofertas y en el momento de formalizar el contrato. 4.1.- Capacidad de obrar Podrán contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, acreditada con arreglo a lo establecido en la cláusula 19.2 del presente pliego. Las personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones que estén comprendidas dentro de los fines, objeto a ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, le sean propios. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Asimismo, podrán contratar las uniones de empresarios y/o empresarias que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria su formalización en escritura pública hasta que, en su caso, se les haya adjudicado el contrato. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo tendrán capacidad para contratar con el sector público siempre que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito. Las restantes empresas extranjeras podrán contratar si justifican, mediante informe emitido por la correspondiente Oficina Económica y Comercial de España en el exterior, que se acompañará a la documentación que se presente, acreditando que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite, a su vez, la participación de empresas españolas en la contratación de su sector público, en forma sustancialmente análoga, o en su caso, que dicho Estado es signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio. 4.2.- Prohibiciones de contratar No podrán contratar quienes se hallen incursos en alguna de las prohibiciones enumeradas en el artículo 71 de la LCSP. La ausencia de prohibiciones para contratar se acreditará en la forma establecida en la cláusula 19.2 del presente pliego. 4.3.- Solvencia Para licitar a la presente contratación se exigen unos requisitos mínimos de solvencia económica y técnica, que se acreditarán a través de los medios de justificación indicados en los apartados siguientes. 4.3.1. Solvencia económica y financiera a) Medios para acreditar la solvencia: artículo 87 LCSP Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, por importe igual o superior a doscientos ochenta y tres mil trescientos nueve euros con trece céntimos (283.309,13 €), tomando como referencia una vez y media el valor anual medio del contrato. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA En el caso de empresas cuyo periodo de actividad no abarque los tres últimos ejercicios, es necesario presentar la cifra de negocios del periodo de actividades de la empresa, que deberá ser superior en todo caso a la cuantía referida anteriormente, por año o fracción de año acreditado. b) Concreción de los requisitos Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referidas solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado. 4.3.2. Solvencia técnica o profesional: art. 89 LCSP a) Medios para acreditar la solvencia: artículo 89 LCSP Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, en el curso de como máximo los tres últimos años, en el que se incluye el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejercicio sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato, esto es, ciento treinta y dos mil doscientos diez euros con noventa y tres céntimos (132.210,93 €). Para determinar si un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los códigos CPV, a otros sistemas de clasificación de actividades o productos como el código normalizado de productos y servicios de las Naciones unidas (UNSPSC), a la Clasificación central de productos (CPC) o a la Clasificación de Actividades Económicas (CNAE). HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA b) Concreción de los requisitos La concreción de los requisitos para acreditar la solvencia técnica o profesional por alguno de los medios establecidos en el artículo 92 LCSP: Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea una entidad del Sector Público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. En su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la unidad competente. 4.3.3- Utilización de medios externos para acreditar la solvencia Para acreditar la solvencia exigida en esta contratación, las empresas licitadoras podrán recurrir a la solvencia y medios de otras empresas, no incursas en causa de prohibición de contratar, cualquiera que sea la naturaleza jurídica del vínculo que tengan con ellas, y siempre que puedan disponer efectivamente de tales medios durante toda la ejecución del contrato. 4.4.- Concreción de las condiciones de solvencia. Además de los requisitos de solvencia exigidos en el apartado anterior, las personas licitadoras habrán de especificar en su oferta los nombres y la cualificación profesional del personal que va a realizar los trabajos de instalación y/o colocación de los bienes o productos suministrados. 4.5.- Cuando se vaya a realizar un tratamiento por cuenta de un responsable del tratamiento, el encargado debe tener capacidad suficiente para aplicar medidas técnicas y organizativas apropiadas para cumplir la normativa de protección de datos por lo que el licitador debe estar en disposición de cumplir las medidas de seguridad que se impongan en el encargado del tratamiento. Para acreditarlo deberá aportar: En función de los datos: En sistemas de categoría media o alta: certificación de conformidad con el ENS. Y alguno o todos los medios siguientes: a) Designación, nombramiento o contrato de delegación de protección de datos (en los supuestos en que el licitador se encuentre en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 37.1 del RGPD o art. 34 LOPD). HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA b) Copia del Registro de Actividades de Tratamiento (RAT) en cuanto a aquellas actividades afectas por el contrato. c) Protocolos de ejercicios de derechos. d) Protocolos de actuaciones ante una violación de seguridad. 5. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (art. 100 LCSP) 5.1.- El presupuesto base de licitación, que incluye el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), asciende a trescientos sesenta y seis mil quinientos ochenta y dos euros (366.582,00 €), IGIC 7 % incluido, el cual asciende a veintitrés mil novecientos ochenta y dos euros (23.982,00 €). CONCEPTO IMPORTE S/IGIC IGIC (7%) IMPORTE C/IGIG Arrendamiento del sistema y suministro de fungibles 318.618,00 € 22.303,26 € 340.921,26 € asociados Mantenimiento integral a todo riesgo 23.982,00 € 1.678,74 € 25.660,74 € TOTAL 342.600,00 € 23.982,00 € 366.582,00 € Dado que el contrato tiene por objeto el arrendamiento de un sistema automático para la preparación de nutriciones parenterales, con mantenimiento integral y fungibles asociados incluidos, el Presupuesto Base de licitación se configura como un importe global para el periodo contractual, calculado a partir de la actividad asistencial estimada, con una media de 30 NP/día durante la vigencia del contrato y de todos los cortes necesarios para la correcta ejecución del contrato. A efectos de su justificación económica, dicho importe se desglosa internamente entre arrendamiento del sistema, suministro de fungibles y mantenimiento integral. La estimación de actividad se realiza atendiendo a la evolución histórica del consumo y a la previsión de incremento de la demanda asistencial del Servicio derivada del crecimiento de la actividad hospitalaria y de la progresiva ampliación de indicaciones clínicas. De este modo, el cálculo incluye la totalidad de los costes asociados a la correcta ejecución del contrato, distribuido según la siguiente estimación: • 93 % correspondiente al arrendamiento del equipo y al suministro de fungibles, necesarios para el funcionamiento y operatividad del equipo. • 7 % correspondiente al mantenimiento a todo riesgo del equipo. A efectos del cálculo de este presupuesto, se han tenido en cuenta los siguientes costes: De acuerdo con lo establecido en el artículo 100.2 de la LCSP, el Presupuesto Base de Licitación se ha determinado incluyendo todos los costes que previsiblemente incidirán en la ejecución del contrato, tanto directos como indirectos, así como el beneficio industrial del contratista. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA El porcentaje del 14 % en concepto de gastos generales de estructura se considera adecuado a la naturaleza y complejidad técnica del contrato, atendiendo a que la prestación incluye arrendamiento tecnológico, suministro continuado de fungibles, mantenimiento especializado, integración con sistemas de información hospitalarios, soporte técnico cualificado y cumplimiento de normativa sanitaria y de protección de datos, situándose así en un nivel intermedio de la horquilla orientativa prevista para contratos de esta naturaleza. - Costes directos: 274.080,00 € - Costes indirectos: 47.964,00 € - Otros gastos: 20.556,00 € PORCENTAJE IMPORTE COSTES DIRECTOS 80 274.080,00 € B1) Costes directos generales 70 239.820,00 € B2) Costes laborales directos 10 34.260,00 € COSTES INDIRECTOS 14 47.964,00 € C1) Gastos generales estructura 14 47.964,00 € BENEFICIO INDUSTRIAL 6 20.556,00 € Presupuesto Base de Licitación (A) (IGIC excluido) (A)= (B) + (C)+ (D) 342.600,00 € IMPORTE IGIC 7 % 23.982,00 € PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (IGIC Inc.) 366.582,00 € 5.2.- El presupuesto base de licitación se distribuye en las siguientes anualidades: ANUALIDAD PBL S/IGIC IGIC (7%) PBL C/IGIC 2026 57.100,00 € 3.997,00 € 61.097,00 € 2027 171.300,00 € 11.991,00 € 183.291,00 € 2028 114.200,00 € 7.994,00 € 122.194,00 € TOTAL 342.600,00 € 23.982,00 € 366.582,00 € 5.3.- El presupuesto base de licitación del mantenimiento, que incluye, el IGIC, es de veinticinco mil seis ciento sesenta euros con setenta y cuatro céntimos (25.660,74 €). La asistencia técnica y el mantenimiento integral a todo riesgo están incluidos en el presupuesto base de licitación. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA 5.4.- En las cantidades señaladas, así como en las fijadas en las proposiciones económicas presentadas y en el importe de la adjudicación, se encuentran incluidos la totalidad de los gastos que a la persona adjudicataria le pueda producir la realización del presente contrato de acuerdo con lo previsto en la cláusula 27 del presente pliego. Igualmente, se encuentran incluidos los gastos de entrega y transporte de los bienes del suministro hasta el lugar convenido y, en su caso, los gastos de instalación de los referidos bienes, no pudiendo superar estos últimos el 49% del precio máximo del contrato. 6.- EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO (art. 35.1 LCSP ) Existe el crédito presupuestario preciso para atender a las obligaciones económicas que se deriven de la contratación, con cargo a la partida presupuestaria 39.55.312C.203.02.00, por los siguientes importes: - Presupuesto neto de licitación: 342.600,00 € - En concepto de IGIC (7 %): 23.982,00 € - Total: 366.582,00 € 7.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO (art. 101 LCSP) 7.1.- El valor estimado del contrato, asciende a setecientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos noventa y un euros (755.491,00 €), sin IGIC. 7.2.- El método aplicado para calcularlo es el siguiente: DESCRIPCIÓN PBL S/IGIC PRÓRROGA MODIFICACIÓN OPCIÓN (24 meses) (24 meses) (20 %) COMPRA Sistema automático para la preparación de nutriciones 342.600,00 € 342.600,00 € 68.520,00 € 1.771,00 € partenterales con mantenimiento integrall y fungibles asociados TOTAL VEC 755.491,00 € De conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 de la LCSP, el valor estimado del contrato se ha determinado considerando la totalidad de las prestaciones que lo integran, sin incluir el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), e incorporando tanto la duración inicial como la posible prórroga, la modificación prevista y la opción de compra. El objeto contractual comprende el arrendamiento de un sistema automático para la preparación de nutriciones parenterales, con mantenimiento integral y a todo riesgo incluido y fungibles asociados, por un periodo inicial de veinticuatro (24) meses, con posibilidad de prórroga por un periodo adicional de veinticuatro (24) meses. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Asimismo, se ha previsto una modificación del 20% de conformidad con lo establecido en el artículo 204 de la LCSP, para atender eventualmente incrementos de la actividad asistencial, variaciones en el volumen de preparaciones de nutrientes parenterales o adaptaciones técnicas necesarias para garantizar la adecuada ejecución de la prestación contratada. Igualmente, el contrato incluye una opción de compra al término del arrendamiento, valorada en mil setecientos setenta y un euros (1.771,00 €), equivalente al valor residual previsto del equipamiento al finalizar la vigencia máxima contractual, calculado conforme a criterios de amortización técnica aplicables al equipamiento electromédico de esta naturaleza y atendiendo a su vida útil remanente estimada. La opción de compra se distribuye de la manera siguiente: OPCIÓN DE COMPRA DESCRIPCIÓN UNIDADES IMPORTE IMPORTE IGIC (3%) IMPORTE UNITARIO TOTAL S/IGIC TOTAL C/IGIC S/IGIC Sistema para la preparación de nutriciones 1 1.771,00 € 1.771,00 € 53,13 € 1.824,13 € parenterales TOTAL OPCIÓN DE COMPRA 1.771,00 € 53,13 € 1.824,13 € 8.- PRECIO DEL CONTRATO (art. 102, LCSP) 8.1.- El precio del contrato será el que resulte de su adjudicación, e incluirá, como partida independiente, el IGIC. El canon correspondiente al mantenimiento de los bienes arrendados se fijará separadamente del precio del arrendamiento. 8.2.- En el precio del contrato se entienden incluidas todas las tasas e impuestos, directos e indirectos y arbitrios municipales que graven la ejecución del contrato, que correrán de cuenta de la persona contratista, salvo el IGIC, que deberá ser soportado por la Administración. Se consideran también incluidos en el precio del contrato todos los gastos que resultaren necesarios para su ejecución, incluidos los posibles desplazamientos; especialmente, se encuentran incluidos los gastos de entrega y transporte de los bienes del suministro hasta el lugar convenido y, en su caso, los gastos de instalación de los referidos bienes, no pudiendo superar estos últimos el 49% del precio máximo del contrato. También son de cuenta de la persona contratista los gastos de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública. En su caso, los citados gastos de publicación se descontarán en el primer pago efectuado a favor de la persona contratista, salvo que el mismo acredite el ingreso del coste de aquellos en la Tesorería General de la Comunidad Autónoma de Canarias. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA 9.- REVISIÓN DEL PRECIO DEL CONTRATO Y OTRAS VARIACIONES DEL MISMO (arts. 102,6, 103 y ss, y 301.2 LCSP) 9.1.- Dada la naturaleza del suministro, y de conformidad con lo establecido en el artículo 103.2 de la LCSP, el precio del contrato no podrá ser objeto de revisión. 10 . PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO Y DE EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN (arts. 29 y 195 LCSP) 10.1.- Los bienes o productos objeto del suministro deberán entregarse en las dependencias del Servicio de Electromedicina y Patrimonio del Complejo Hospitalario Universitario Nuestra Señora de Candelaria, en el plazo máximo de noventa (90) días, a contar desde la fecha que se estipule en el documento en que se formalice. Dentro de dicho plazo de noventa (90) días, el adjudicatario deberá realizar todas las actuaciones necesarias para garantizar la entrega, instalación, configuración, calibración y verificación operativa de los equipos, así como la formación inicial al personal designado por el centro sanitario para su correcta utilización. DESCRIPCIÓN PLAZO  Suministro  Instalación  Puesta en Máximo de marcha 90 días  Formación  Arrendamiento 24 meses El periodo de vigencia del contrato será de veinticuatro (24) meses, una vez entregados, instalados, puesto en funcionamiento y realizada la formación correspondiente de todos los equipos suministrados. Dicho plazo podrá prorrogarse, siempre que sus características permanezcan inalterables, mediante acuerdo del órgano de contratación, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 29.2 de la LCSP, siendo dicha prórroga obligatoria para la contratista. Se establece una prórroga por un periodo que no podrá exceder, aislada o conjuntamente, de veinticuatro (24) meses. La prestación del servicio tendrá un plazo máximo de duración de cuarenta y ocho (48) meses, incluyendo las prórrogas que acuerde el órgano de contratación (29.4 LCSP). HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA 10.2.- De conformidad con lo establecido en el artículo 195.2 de la LCSP, cuando la persona contratista no pudiese cumplir el plazo de ejecución de la prestación por causas justificadas que le sean ajenas, el órgano de contratación podrá concederle una ampliación de dicho plazo que será, por lo menos, igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro menor. La persona responsable del contrato emitirá un informe donde se determine si el retraso fue producido por motivos imputables al contratista. 10.3.- El mantenimiento de los bienes suministrados tendrán un plazo de ejecución de veinticuatro (24) meses, a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de garantía de los referidos bienes. No obstante, dicho plazo se entiende sin perjuicio de que todos o algunos de los bienes suministrados dejen de estar adscrito al servicio de la Administración, en cuyo caso se extinguirá el contrato respecto del bien o bienes correspondientes. 10.4.- No obstante lo establecido en los apartados anteriores, cuando al vencimiento de un contrato no se hubiera formalizado el nuevo contrato que garantice la continuidad de la prestación a realizar por la persona contratista, como consecuencia de incidencias resultantes de acontecimientos imprevisibles para el órgano de contratación, producidas en el procedimiento de adjudicación, y existan razones de interés público para no interrumpir la prestación, se podrá prorrogar el contrato originario hasta que comience la ejecución del nuevo contrato, y, en todo caso, por un periodo máximo de nuevo de meses, sin modificar las restantes condiciones del contrato, siempre que el anuncio de licitación del nuevo contrato se haya publicado con una antelación mínima de tres meses respecto de la fecha de finalización del contrato originario. II ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 11.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN (arts. 131.2, 156 y 158 LCSP) 11.1.- El contrato se adjudicará por procedimiento abierto de adjudicación, de carácter ordinario, previsto en el artículo 156 de la LCSP. 11.2.- Antes de formalizar el contrato, el órgano de contratación podrá renunciar a la celebración del mismo, o desistir de la licitación convocada, de conformidad con lo establecido en el artículo 152 de la LCSP. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA 12.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (arts. 145, 146 y 147 LCSP) 12.1.- El contrato se adjudicará a la proposición que oferte la mejor relación calidad-precio en la ejecución del contrato, evaluada mediante la aplicación de los siguientes criterios de adjudicación: 12.1.1.- Criterios cualitativos: 70 PUNTOS ID CRITERIO DESCRIPCIÓN CRITERIO PUNTUACIÓN 1.2 Que el equipo permita añadir nuevos componentes a líneas sin uso, sin la necesidad de reiniciar el equipo o volver a 20 cargar todas las líneas 1.3 Menores dimensiones del equipo 10 1.4 Mayor tamaño de pantalla del equipo, con respecto al mínimo 10 especificado en el PPT (Anexo II, apartado 3.13) 1.5 Nivel de interoperabilidad previa acreditada del software ofertado con el HIS del entorno del HUNSC, en particular DragoAE o Selene, para la recepción de demográficos, prescripciones y/o lista de trabajo. Se valorará la existencia de integraciones operativas 20 previamente implantadas y acreditadas en otros centros sanitarios, por cuanto reducen la incertidumbre técnica, los plazos de despliegue y el riesgo de incidencias en la puesta en marcha. 1.6 Que disponga de líneas polivalentes, entendiendo por tales aquellas que permitan conectar en una misma línea de 10 transferencia macro o micronutrientes TOTAL 70 12.1.2.- Criterios económicos: 30 PUNTOS ID CRITERIO DESCRIPCIÓN CRITERIO PUNTUACIÓN 1.1 Menor precio 30 TOTAL 30 HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA 12.2.- La valoración de los criterios de adjudicación se hará con arreglo al siguiente procedimiento: 12.2.1.- Criterio económico: 30 puntos. La valoración del criterio 1.1 “menor precio” se realizará de acuerdo con el siguiente procedimiento: 1º.- Todas las ofertas serán clasificadas por orden de mejor a peor respecto de cada uno de las ofertas. 2º.- Se asignará a la mejor oferta económica el máximo de los puntos correspondiente a este criterio (30 puntos). 3º.- A las ofertas siguientes en el orden de prelación de cada criterio se les asignarán los puntos que proporcionalmente correspondan por su diferencia con la mejor oferta, de acuerdo con la siguiente fórmula logarítmica: P= pm * (1+log mo/O) Donde: “P” es la puntuación de la empresa que se valora. “pm” es la puntuación máxima del apartado (30 puntos). “mo” es la mejor oferta. “O” es el importe de la oferta a valorar. “Log” el logaritmo en base 10. Se emplea la fórmula logarítmica al considerarse el sistema de puntuación más adecuado para ponderar el criterio precio en este contrato, al permitir valorar de forma proporcional las bajas económicas sin sobredimensionar diferencias mínimas entre ofertas próximas ni incentivar reducciones desproporcionadas del precio que puedan comprometer la viabilidad técnica o económica de la prestación. Asimismo, dicha fórmula favorece una competencia equilibrada y una adjudicación basada en la mejor relación calidad-precio. La puntuación máxima asignada al menor precio de adquisición es de 30 puntos. Con la valoración de este criterio lo que se persigue es un ahorro del gasto público. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA 12.2.2.- Criterios cualitativos: 70 puntos. • Criterios 1.2 y 1.5 . La valoración de los criterios 1.2 y 1.5 se realizará respondiendo a un criterio de disponibilidad (Sí/No), dónde: - Sí implicará la totalidad de puntos del criterio: 20 puntos. - No implicará cero (0) puntos. Se utiliza la fórmula Sí/No al tratarse de una característica técnica objetiva cuya concurrencia solo admite valoración en términos de presencia o ausencia, sin graduaciones intermedias relevantes para su ponderación. La puntuación máxima asignada a los criterios 1.2 y 1.5 es de 20 puntos. Con la valoración de estos criterios se persigue lo siguiente: - Criterio 1.2: Se valora esta funcionalidad por su vinculación directa con la eficiencia, continuidad y seguridad del proceso de preparación de nutriciones parenterales. La posibilidad de incorporar componentes adicionales sin reiniciar el sistema ni recargar líneas, reduce tiempos de preparación, minimiza el desperdicio de fungibles y disminuye el riesgo de incidencias operativas o manipulaciones innecesarias durante la elaboración. - Criterio 1.5: Se valora la menor incertidumbre técnica en la implantación, la reducción de tiempos de puesta en marcha y la mayor garantía de interoperabilidad con la historia clínica electrónica del hospital. Con este criterio se valorará la existencia de integraciones operativas previamente implantadas y acreditadas en otros centros sanitarios, por cuanto reducen la incertidumbre técnica, los plazos de despliegue y el riesgo de incidencias en la puesta en marcha. • Criterio 1.3 “Menores dimensiones del equipo” . La valoración del criterio 1.3 “menores dimensiones del equipo” se realizará con arreglo al siguiente procedimiento: 1º.- Todas las ofertas serán clasificadas por orden de mejor a peor. 2º.- Se asignará a la mejor oferta la máxima puntuación (10 puntos). HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA 3º.- A las ofertas siguientes en el orden de prelación de cada criterio se les asignarán los puntos que proporcionalmente correspondan por su diferencia con la mejor oferta, de acuerdo con la siguiente fórmula de proporción inversa con la mejor oferta: P= (pm*mo)/O Dónde: “P” es la puntuación de la empresa que se valora. “pm” es la puntuación máxima (10 puntos). “mo” es la mejor oferta. “O” es el valor cuantitativo de la oferta que se valora. Se emplea la fórmula inversa al tratarse de un criterio en el que las menores dimensiones del equipo suponen una mayor utilidad funcional para la ejecución de la prestación, permitiendo una valoración proporcional de las ofertas y favoreciendo aquellas soluciones que optimicen el espacio disponible y la operatividad en el entorno de trabajo. La puntuación máxima asignada al criterio 1.3 es de 10 puntos. Con la valoración de este criterio lo que se persigue es valorar el menor tamaño del equipo por su incidencia directa en la operatividad dentro del entorno de trabajo del Servicio de Farmacia, especialmente en cabina o campana de flujo laminar, donde el espacio es limitado. Un equipo de menores dimensiones facilita la instalación, mejora la ergonomía del personal, optimiza el espacio útil de trabajo y contribuye a una manipulación más cómoda y segura durante la preparación. • Criterio 1.4 “Mayor tamaño de pantalla del equipo, con respecto al mínimo establecido en el PPT (Anexo II, apartado 3.13)”. El criterio 1.4 “mayor tamaño de pantalla del equipo, con respecto al mínimo establecido en el PPT (Anexo II, apartado 3.13)” se hará con arreglo al siguiente procedimiento: 1º.- Todas las ofertas serán clasificadas por orden de mejor a peor. 2º.- Se asignará a la mejor oferta la máxima puntuación (10 puntos). 3º.- A las ofertas siguientes en el orden de prelación de cada criterio se les asignarán los puntos que proporcionalmente correspondan por su diferencia con la mejor oferta, de acuerdo con la siguiente fórmula de proporción directa con la mejor oferta: HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA P= (pm*O)/mo Dónde: “P” es la puntuación de la empresa que se valora. “pm” es la puntuación máxima (10 puntos). “mo” es la mejor oferta. “O” es el valor cuantitativo de la oferta que se valora. Se emplea la fórmula directa al tratarse de un criterio en el que un mayor ofertado implica una mayor utilidad funcional para el ejercicio de la prestación, permitiendo una valoración proporcional de las ofertas en términos de usabilidad, visualización y seguridad operativa del sistema. La puntuación máxima asignada al criterio 1.4 es de 10 puntos. Con la valoración de este criterio lo que se persigue es valorar un mayor tamaño de pantalla por su repercusión en la usabilidad y seguridad de manejo del sistema. Una pantalla de mayor tamaño facilita la visualización simultánea de parámetros, mensajes, alarmas e información de preparación, mejora la interacción táctil por parte del usuario y contribuye a reducir errores de lectura, selección o validación durante el proceso. • Criterio 1.6 “Que disponga de líneas polivalentes, entendiendo por tales aquellas que permitan conectar en una misma línea de transferencia macronutrientes o micronutrientes”. La valoración del criterio 1.6 “Que disponga de líneas polivalentes, entendiendo por tales aquellas que permitan conectar en una misma línea de transferencia macro o micronutrientes” se realizará respondiendo a un criterio de disponibilidad (Sí/No), dónde: - Sí implicará la totalidad de puntos del criterio (10 puntos). - No implicará cero (0) puntos. Se emplea la fórmula Sí/No al tratarse de una característica técnica objetiva cuya concurrencia solo admite valoración en términos de presencia o ausencia, sin graduaciones intermedias relevantes para su ponderación. La disponibilidad de líneas polivalentes incrementa la flexibilidad funcional del sistema, optimiza el uso de las líneas de transferencia disponibles y mejora la eficiencia operativa en la preparación de distintas formulaciones de nutrición parenteral. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA La puntuación máxima asignada para el criterio 1.6 es de 10 puntos. Con la valoración de este criterio lo que se persigue es valorar la existencia de lineas polivalentes por la mayor flexibilidad funcional que aportan al sistema de preparación. Esta característica permite adaptar de forma más versátil la configuración de trabajo a diferentes composiciones de nutrición parenteral, optimiza el uso de las líneas disponibles, simplifica la operativa de preparación y favorece una mayor eficiencia en la gestión de distintas formulaciones. Obtenida la puntuación de todas las ofertas respecto a cada uno de los criterios, se sumará la puntuación total de cada una de ellas, resultando seleccionada la que obtenga mayor puntuación. 12.3.- Si, efectuada la valoración de las proposiciones, con arreglo a lo establecido en las cláusulas anteriores, se produjese algún empate en la puntuación final, el desempate se resolverá en favor de las proposiciones presentadas, de acuerdo al artículo 147.1, las cuales se especifican a continuación: 12.3.1.- Las proposiciones presentadas por aquellas empresas que, al vencimiento del plazo de presentación de ofertas, tengan en su plantilla un porcentaje de trabajadores con discapacidad superior al que les imponga la normativa. En este supuesto, si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al que les imponga la normativa, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. 12.3.2.- Las proposiciones de empresas de inserción reguladas en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, que cumplan con los requisitos establecidos en dicha normativa para tener esta consideración. 12.3.3.- Las proposiciones presentadas por las empresas que, al vencimiento del plazo de presentación de ofertas, incluyan medidas de carácter social y laboral que favorezcan la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. La documentación acreditativa de los criterios de desempate será aportada por los licitadores en el momento en que se produzca el empate, y no con carácter previo. Si aún así siguiera produciéndose un empate, en último término se resolverá por sorteo. 13. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES (arts. 136, 137, 138 y 139 LCSP) 13.1.- Las proposiciones y la documentación complementaria se presentarán, en el plazo señalado en el anuncio de licitación y en la forma indicada en los apartados siguientes. 13.2.- La presente licitación tiene, exclusivamente, carácter electrónico, por lo que las personas licitadoras deberán preparar y presentar sus ofertas, obligatoriamente, de forma telemática, a través de los servicios de licitación electrónica de la Plataforma de Contratación del Sector Público (https://contrataciondelestado.es/wps/portal/plataforma). No se admitirán las ofertas que no sean presentadas de esta manera. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Asimismo, todas las comunicaciones que se produzcan en este procedimiento de licitación se producirán a través de la mencionada Plataforma de Contratación del Sector Público. 13.3.- Las personas interesadas en la licitación podrán examinar los pliegos y documentación complementaria en la Plataforma de Contratación del Sector Público. Asimismo, podrán solicitar información adicional sobre los mismos hasta 6 días antes del cierre del plazo de licitación. Dicha solicitud se efectuará a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público (https://contrataciondelestado.es/wps/portal/plataforma). Las respuestas a las solicitudes de aclaración del contenido de los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas tendrán carácter vinculante, y se publicarán en el Perfil del Contratante. 13.4.- Cada persona licitadora podrá presentar sólo una proposición en relación con el objeto del contrato, sin que puedan presentar variantes o alternativas. 13.5.- La persona empresaria que haya licitado en unión temporal con otros empresarios y/o empresarias no podrá, a su vez, presentar proposiciones individualmente, ni figurar en más de una unión temporal participante en la licitación. 13.6.- El incumplimiento, por alguna persona licitadora, de las prohibiciones establecidas en los apartados anteriores dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas. 13.7.- La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional por la persona empresaria de la totalidad del contenido de las cláusulas y condiciones del presente pliego y del de prescripciones técnicas, sin salvedad alguna. Asimismo, presupone la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea. 13.8.- Si durante la tramitación del procedimiento de adjudicación, y antes de la formalización del contrato, se produce la extinción de la personalidad jurídica de la empresa licitadora por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, o de una rama de su actividad, le sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquiriente del patrimonio o rama de actividad, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite la solvencia exigida en la presente contratación. 14.- GARANTÍA PROVISIONAL (Arts. 106 y 108 LCSP) De acuerdo con lo establecido en el artículo 106.1 del LCSP, las personas licitadoras no constituirán garantía provisional. 15.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES (art. 140 LCSP) Las proposiciones constarán de los sobres que se señalan a continuación, firmados electrónicamente por la persona licitadora o persona que le o la presente, debiendo figurar en cada uno de ellos una hoja independientemente en la que se relacione su contenido. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA 15.1.- ARCHIVO ELECTRÓNICO SOBRE N.º 1. TÍTULO: Documentación general para la licitación del contrato de SUMINISTRO, MEDIANTE ARRENDAMIENTO Y MANTENIMIENTO INTEGRAL Y A TODO RIESGO INCLUIDO, CON FUNGIBLES ASOCIADOS, DE UN SISTEMA PARA LA PREPARACIÓN DE NUTRICIONES PARENTERALES, CON OPCIÓN DE COMPRA Y CON DESTINO EL SERVICIO DE FARMACIA DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO NUESTRA SEÑORA DE CANDELARIA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO ARMONIZADO Y TRAMITACIÓN ORDINARIA Expte: SUM/2026/0000006865 Expte. Int.: 55/F/26/SU/GE/A/0065 CONTENIDO: El archivo contendrá los siguientes documentos electrónicos: 15.1.1.- Hoja-resumen en la que figuren los datos de la persona licitadora: dirección completa, números de teléfono y fax y persona de contacto, así como una dirección de correo electrónico “habilitada”, en la que el órgano de contratación realizará las notificaciones derivadas de la presente contratación (Anexo III). 15.1.2.- Documento Europeo Único de Contratación (DEUC), debidamente cumplimentado y firmado por la persona licitadora o por quien ostente su representación, cuyo modelo puede obtenerse en la siguiente dirección: https://visor.registrodelicitadores.gob.es/espd-web/filter?lang=es Las instrucciones para cumplimentar el DEUC se encuentran en el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/7 de la Comisión, de 5 de Enero de 2016, por la que se establece el formulario normalizado del Documento Europeo Único de Contratación (DEUC), publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, de 6 de enero de 2016, y en la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa sobre utilización del DEUC, aprobada por Resolución de 6 de abril (BOE n.º 85, de 8 de abril de 2016), pudiendo ser consultado en la página web: https://www.boe.es/doue/2016/003/L00016-00034.pdf Cuando varios empresarios y/o empresarias concurran agrupados en una unión temporal, cada una de las empresas agrupadas en la unión deberá aportar un DEUC. Si la empresa licitadora fuera a recurrir a la solvencia y medios de otras empresas para la ejecución del contrato, estas últimas también deberán presentar un DEUC en el que figure la información pertinente para estos casos. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA 15.1.3.- Asimismo, en el supuesto de que concurran a la licitación empresas agrupadas en una unión temporal, deberán presentar escrito de compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas, en caso de resultar adjudicatarias del contrato, en el que se indicarán los nombres y circunstancias de los empresarios y/o empresarias que suscriban la unión, la participación individual, y la designación de una persona como representante o apodera única de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa (anexo VII). 15.1.4.- Las empresas licitadoras que vayan a utilizar los medios y solvencia de otras empresas deberán aportar el correspondiente escrito de compromiso suscrito por estas últimas. (Anexo IV). 15.1.5.- En su caso, declaración responsable, emitida por quien tenga poder de representación de la empresa licitadora, haciendo constar que dicha empresa tiene la condición de: • Tener en su plantilla mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad. • Ser empresas de inserción conforme a los requisitos en dicha normativa para tener esta condición. • Que incluyan medidas de carácter social y laboral que favorezcan la igualdad entre hombres y mujeres. Y, por lo tanto, le será de aplicación lo establecido en la cláusula 12.3 del presente pliego. (Anexo IV) 15.1.6.- Declaración expresa de que en la oferta presentada se han tenido en cuenta las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, y protección del medio ambiente (Anexo IV). 15.1.7.- Las empresas extranjeras deberán presentar, además, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles, de cualquier orden, para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto, puedan surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante (Anexo IV). 15.1.8.- Declaración responsable relativa al cumplimiento de las condiciones especiales de ejecución, conforme a lo indicado en la cláusula 25.4 del pliego de cláusulas administrativas particulares. (Anexo IV). 15.1.9.- Los licitadores deberán indicar, si tienen previsto subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos, el nombre o el perfil empresarial de los subcontratistas a los que vaya a encomendar su realización del tratamiento de datos, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica. Esta obligación tiene carácter esencial a los efectos de lo previsto en el artículo 211.1.f) LCSP (Anexo XII). 15.1.10.- Listado en que se relacionen los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de realizar los trabajos de instalación y/o colocación (Anexo XIII). 15.1.11.- Otros documentos: - Anexo V: Declaración responsable de confidencialidad de datos y documentos. - Anexo IX: Declaración responsable del contratista relativa a empresas con 50 o más trabajadores y la obligación de contar con plan de igualdad inscrito y registrado. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA - Anexo XI: Declaración responsable del contratista relativa a la ubicación de los servidores y lugar de prestación de los servicios asociados a los mismos. - Documentación relativa a la cláusula 4.5. 15.2.- ARCHIVO ELECTRÓNICO SOBRE N.º 2. TÍTULO: Proposición para la licitación del contrato de SUMINISTRO, MEDIANTE ARRENDAMIENTO Y MANTENIMIENTO INTEGRAL Y A TODO RIESGO INCLUIDO, CON FUNGIBLES ASOCIADOS, DE UN SISTEMA PARA LA PREPARACIÓN DE NUTRICIONES PARENTERALES, CON OPCIÓN DE COMPRA Y CON DESTINO EL SERVICIO DE FARMACIA DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO NUESTRA SEÑORA DE CANDELARIA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO ARMONIZADO Y TRAMITACIÓN ORDINARIA Expte: SUM/2026/0000006865 Expte. Int.: 55/F/26/SU/GE/A/0065 CONTENIDO: Las personas licitadoras incluirán en este sobre la documentación indicada en los siguientes apartados, relacionada con los criterios de adjudicación a que se refiere la cláusula 12 del presente pliego. 15.2.1.- Las personas licitadoras incluirán en este sobre su oferta económica (Anexo I), que deberá redactarse según modelo anexo I al presente pliego, sin errores o tachaduras que dificulten conocer claramente lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar las ofertas, y que, de producirse, provocarán que la proposición sea rechazada. En la proposición económica, que no deberá superar del presupuesto de licitación establecido en la cláusula 5 del presente pliego, deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) que deba ser repercutido. 15.2.2.- En relación con los restantes criterios de adjudicación, se deberá aportar la siguiente documentación: - Anexo VI: Proposición de criterios de valoración cuantificable de forma automática diferente al precio. Si alguna persona licitadora no aporta la documentación relativa a alguno de los criterios a que se refiere este apartado, o la misma no contiene todos los requisitos exigidos en los párrafos anteriores, la proposición de dicha persona licitadora no será valorada respecto del criterio de que se trate. Para ser tenida en cuenta, dicha documentación deberá estar suscrita en su totalidad por persona licitadora, o ir acompañada de una relación de los documentos que la integran firmada por la persona licitadora, en la que declare, bajo su responsabilidad, ser ciertos los datos aportados. La HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Administración se reserva la facultad de comprobar en cualquier momento su veracidad, bien antes de la adjudicación del contrato, o bien durante su vigencia, pudiendo realizar tal comprobación por sí misma, o mediante petición la persona licitadora o adjudicataria de documentación o informes complementarios. La falsedad o inexactitud de tales datos provocará la desestimación de la oferta o, en su caso, la resolución del contrato, con pérdida de la garantía constituida, así como la exigencia de las responsabilidades e indemnizaciones que de tal hecho se deriven. 15.2.3.- Otros documentos: - Oferta técnica: Los licitadores deberán presentar una documentación técnica en la que se acredite el cumplimiento de cada una de las características y requisitos expresados en el Pliego de Prescripciones Técnicas, incluidos en el Anexo II. Para cada una de las características exigidas, se deberá hacer referencia expresa a documentación oficial del fabricante, indicando el documento y/o páginas en las que se verifique su cumplimiento. La documentación aportada deberá corresponder a documentación oficial del fabricante de los equipos, sistemas, software y materiales fungibles ofertados, consistiendo en fichas técnicas, manuales de usuario, manuales técnicos, instrucciones de uso, certificado o cualquier otra documentación equivalente. Toda la documentación a la que se haga referencia deberá ser aportada junto con la oferta. - Ficha técnica del fabricante del material fungible objeto del contrato, donde consten todas las características técnicas mínimas solicitadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas. - Datasheet específico, oficial del fabricante del equipo/sistema que se oferta. - Manuales de usuario, oficiales del fabricante del equipo/sistema que se oferta. - Plan de formación: Conforme a lo establecido en la cláusula 7 del Pliego de Prescripciones Técnicas. Si alguna persona licitadora no aporta la documentación relativa a alguno de los criterios a que se refiere este apartado, o la misma no contiene todos los requisitos exigidos en los párrafos anteriores, la proposición de dicha persona licitadora no será valorada respecto del criterio de que se trate. Para ser tenida en cuenta, dicha documentación deberá estar suscrita en su totalidad por persona licitadora, o ir acompañada de una relación de los documentos que la integran firmada por la persona licitadora, en la que declare, bajo su responsabilidad, ser ciertos los datos aportados. La Administración se reserva la facultad de comprobar en cualquier momento su veracidad, bien antes de la adjudicación del contrato, o bien durante su vigencia, pudiendo realizar tal comprobación por sí misma, o mediante petición la persona licitadora o adjudicataria de documentación o informes complementarios. La falsedad o inexactitud de tales datos provocará la desestimación de la oferta o, en su caso, la resolución del contrato, con pérdida de la garantía constituida, así como la exigencia de las responsabilidades e indemnizaciones que de tal hecho se deriven. 15.4.- Toda la documentación de las personas licitadoras se presentará en castellano. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA 16.- MESA DE CONTRATACIÓN (arts. 159 y 326 LCSP) 16.1.- La Mesa de Contratación es el órgano competente para calificar la documentación presentada por las licitadoras en el sobre nº1, y, en su caso, acordar la exclusión de las licitadoras que no acrediten el cumplimiento de los requisitos previos; asimismo, le corresponde valorar las proposiciones de las licitadoras, proponer la calificación de una oferta como anormalmente baja, y elevar al órgano de contratación la propuesta de adjudicación que corresponda. 16.2.- La Mesa de contratación estará integrada por los siguientes componentes, nombrados por el órgano de contratación: - Una persona que asuma la presidencia que será designada por el órgano de contratación. - Dos vocales designados de entre el personal de la Administración contratante. - Una persona funcionaria de entre quienes tengan atribuida legal o reglamentariamente el asesoramiento jurídico del órgano de contratación o, a falta de éste, una persona al servicio del órgano de contratación que tenga atribuidas las funciones correspondientes a su asesoramiento jurídico. - Un interventor/a, o una persona funcionaria adscrito a la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Canarias habilitada por resolución de la persona titular de la Intervención General, para asistir a las Mesas de Contratación, o a falta de estos, una persona al servicio del órgano de contratación que tenga atribuidas las funciones relativas a su control económico- presupuestario. - Una persona que asuma las labores de Secretaría que será un funcionario/a -o, en su defecto, otro tipo de personal-, dependiente del órgano de contratación. La Mesa de Contratación podrá solicitar, previa autorización del órgano de contratación, el asesoramiento de técnicos o expertos independientes, con conocimientos acreditados en las materias relacionadas con el objeto del contrato. También podrá requerir informe a las organizaciones sociales de usuarios destinatarios de la prestación, a las organizaciones representativas del ámbito de actividad al que corresponda el objeto del contrato, a las organizaciones sindicales, a las organizaciones que defiendan la igualdad de género y a otras organizaciones para la verificación de las consideraciones sociales y ambientales. Las reuniones de la Mesa de contratación podrán celebrarse mediante videoconferencia, de acuerdo con la normativa vigente al respecto. En tal caso, deberá publicarse un anuncio en el Perfil del Contratante donde se haga constar tal circunstancia, y las fechas y lugares donde se celebrarán las reuniones mediante videoconferencia. De todo lo actuado en las reuniones de la Mesa de contratación se dejará constancia en las actas correspondientes, que se publicarán en el perfil del contratante, en las que se reflejarán el resultado del procedimiento, excluyéndose aquella información que no sea susceptible de publicación de acuerdo con la legislación vigente. Todo ello, sin perjuicio de su comunicación o notificación a los licitadores afectados, según proceda. Deberá ser publicado el informe del artículo 336 de la LCSP, o documento que contenga la información requerida en dicho artículo. Los actos de la mesa que decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA o intereses legítimos se podrán notificar a los licitadores afectados con indicación de los recursos que procedan contra dicha decisión. 17.- CLASIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL (art. 141.2 LCSP) Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la mesa de contratación procederá a la calificación de la documentación general contenida en los sobres número uno presentados por las persona licitadoras, y si observase defectos subsanables en la documentación presentada, lo notificará a la entidad licitadora correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo de tres días para que los subsane ante la propia Mesa de Contratación. Ahora bien, si la documentación de una persona licitadora contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitida a la licitación. Al margen de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior, la Mesa de Contratación, cuando considere que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración a que se refiere la cláusula 15.1.2, antes de adjudicar el contrato, podrá requerir a las personas licitadoras afectadas para que presenten todos o una parte de los correspondientes documentos justificativos. 18.- APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN (arts. 70.1, 150 y 157 LCSP) 18.1.- La Mesa de Contratación, una vez calificada la documentación general y realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, realizará la apertura de las proposiciones de las entidades licitadoras admitidas, en el lugar y hora señalados en el anuncio de licitación. 18.2.- Una vez efectuada la valoración de las proposiciones presentadas, la Mesa de Contratación, tras solicitar, en su caso, los informes que estime oportunos, elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación razonada que estime adecuada, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en la cláusula 12 del presente pliego, acompañada de las actas de sus reuniones y de la documentación generada en sus actuaciones y, en su caso, de los informes emitidos. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el órgano de contratación no dicte la resolución de adjudicación. 18.3.- Si una vez valoradas la ofertas admitidas se produjera igualdad entre dos o más personas licitadoras, se aplicará el criterio preferencial previsto en la cláusula 12.3 y, para ello, antes de formular la propuesta de adjudicación, se requerirá a las empresas que se hallan en situación de igualdad para qie en el plazo de CINCO (5) DÍAS HÁBILES, a constar desde el siguiente al requerimiento aporten la correspondiente documentación acreditativa. Si alguna persona licitadora de las requeridos no atendiese el requerimiento en el plazo indicado se entenderá que renuncie a la aplicación del referido criterio preferencial. 18.4.- El órgano de contratación podrá estimar, por sí o a propuesta de la Mesa de contratación, que las proposiciones presentadas son inviables por anormalmente bajas cuando en las mismas concurran las siguientes circunstancias: HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA 1.- Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales. 2.- Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta. 3.- Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía. 4.- Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren. En tales supuestos, se estará a lo dispuesto en el artículo 149 de la LCSP. En todo caso, serán rechazadas aquellas proposiciones anormalmente bajas por vulnerar la normativa sobre subcontratación o no cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral, nacional o internacional. 18.5.- No podrá declararse desierta la licitación siempre que exista alguna proposición que sea admisible con arreglo a las condiciones exigidas en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas. 19.- ADJUDICACIÓN (art. 150.2 y 158 LCSP) 19.1.- Una vez aceptada la propuesta de adjudicación formulada por la Mesa de Contratación, los servicios dependientes del órgano de contratación requerirán a la persona licitadora propuesta como adjudicataria para que, dentro del plazo de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, a constar desde el siguiente a aquel en que haya recibido el requerimiento, presente la documentación que se indica en los apartados siguientes. De no cumplir el requerimiento en el plazo señalado, o en el que se le señala para subsanar los defectos en dicha documentación, o, en su caso el de presentación de documentación complementaria, se entenderá que la licitadora ha retirado su oferta y se le impondrá una penalidad económica, por importe de 3% del presupuesto base de licitación en euros. Asimismo, se recabará la misma documentación a la licitadora siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. En caso de que el órgano de contratación lo considere necesario por la complejidad de la documentación presentada, podrá convocar de nuevo a la Mesa de Contratación para que proceda a su calificación. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA 19.2.- DOCUMENTACIÓN: 19.2.1.- Documentación acreditativa de la capacidad de obrar y de la representación 19.2.1.1.- Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura o documento de constitución, o de modificación, en su caso, estatutos o acta fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos. Las restantes entidades empresariales extranjeras deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o en la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Así mismo, deberán aportar informe emitido por la correspondiente Oficina Económica y Consular de España en el exterior relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga, o, en su caso, que dicho Estado es signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio. 19.2.1.2.- Cuando la entidad propuesta actúe mediante representante, deberá aportarse documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, bastanteado por el Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias. La aportación de la mera diligencia de bastanteo del documento de apoderamiento podrá suplir la aportación de éste. 19.2.2.- Documentación acreditativa de no concurrir causa de prohibición para contratar. Deberá aportarse testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración establecidas en el artículo 71 de la LCSP. 19.2.3.- Documentación acreditativa de la solvencia La entidad propuesta deberá aportar la documentación acreditativa de su solvencia económica, financiera y técnica de conformidad con lo señalado en la cláusula 4.3. del presente Pliego. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 95 de la LCSP, la Administración contratante podrá solicitar aclaraciones sobre la documentación presentada para acreditar la solvencia, o requerir la presentación de otros documentos complementarios. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Asimismo deberá presentar la documentación que acredite que la empresa propuesta como adjudicataria dispone efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato. 19.2.4.- Documentación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social con arreglo a lo establecido en la cláusula 20 del presente pliego. 19.2.5.- Documentación acreditativa de haber constituido la correspondiente garantía definitiva con arreglo a lo establecido en la cláusula 21 del presente pliego. 19.2.6.- La presentación del certificado de estar inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Canarias exime de aportar la documentación acreditativa de la capacidad de obrar y de la representación (siempre y cuando la representación sea la misma que conste en el certificado aportado), así como de la acreditativa de la solvencia y de no estar incurso en prohibición de contratar. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19.1.d) del Decreto 48/2009, por el que se establecen en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias medidas ante la crisis económica y de simplificación administrativa, la licitadora inscrita en el citado Registro podrá, a su elección, sustituir la aportación del correspondiente certificado por una declaración responsable en la que, manifestando estar inscrito en el Registro, y declarando que los datos obrantes en el mismo no han experimentado variación, autorice expresamente al Órgano de contratación para obtener del citado Registro los datos correspondientes. 19.2.7.- Si la propuesta de adjudicación recayera en una unión temporal de empresas, cada una de las entidades partícipes en la misma deberá presentar la documentación relacionada en los apartados anteriores, salvo la relativa a la garantía definitiva. Asimismo, en el supuesto de que, con arreglo a lo establecido en la cláusula 4.3 del presente pliego, la entidad propuesta como adjudicataria vaya a recurrir a las cantidades de otras empresas, también habrá de aportarse la documentación relacionada en los apartados anteriores, referida a éstas últimas, salvo la relativa a la garantía definitiva. 19.3.- La adjudicación del contrato deberá realizarse en el plazo máximo de quince (15) días naturales, a constar desde el día siguiente al de apertura de las proposiciones. Este plazo se ampliará en quince días hábiles si alguna de las proposiciones presentadas se encuentra incursa en presunción de anormalidad. Transcurrido el indicado plazo sin haberse dictado acuerdo sobre la adjudicación, las personas licitadoras podrán retirar sus ofertas y las garantías constituidas. 19.4.- La adjudicación deberá ser motivada y notificarse a todas las personas licitadoras, y, simultáneamente, publicarse en el perfil del contratante, en los términos establecidos en el artículo 151 de la LCSP. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA 19.5.- De conformidad con lo establecido en el artículo 53 de la LCSP, quedará en suspenso la adjudicación del contrato si contra la misma se interpusiese el recurso especial en materia de contratación, regulado en los artículos 44 y ss. de la LCSP. 20.- DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE ESTAR AL CORRIENTE EN OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL. 20.1.- La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias se realizará presentando la siguiente documentación: - Último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas o el documento de alta en el mismo, cuando ésta sea reciente y no haya surgido aún la obligación de pago. El alta deberá adjuntarse en todo caso cuando en el recibo aportado no conste el epígrafe de la actividad. Esta documentación deberá estar referida al epígrafe correspondiente al objeto del contrato que les faculte para su ejercicio en el ámbito territorial en que las ejercen, debiendo complementarse con una declaración responsable de la persona licitadora de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto. - Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración del Estado, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con este último. - Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con la misma. Si la entidad propuesta como adjudicataria no está obligada a presentar todas o alguna de las declaraciones o documentos correspondientes a sus obligaciones tributarias habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19.1.e) del Decreto 48/2009, por el que se establecen en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias medidas ante la crisis económica y de simplificación administrativa, la entidad podrá, a su elección, sustituir la aportación del certificado correspondiente a las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma por un documento en el que autorice expresamente al Órgano de contratación para obtener del órgano certificante dicho certificado. 20.2- La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social se realizará mediante certificación expedida por la autoridad administrativa competente. En el supuesto que haya de tenerse en cuenta alguna exención, se habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable. 20.3.- No obstante lo anterior, la persona licitadora propuesta como adjudicataria no estará obligada a aportar dichas certificaciones si autoriza expresamente a la Administración contratante para obtener de la Administración certificante la información que acredite que cumple las circunstancias indicadas. 20.4.- Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. Así mismo, habrán de presentar certificación, también expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA nacionalidad. Toda la documentación relacionada en este apartado habrá de referirse a los doce últimos meses. 21.- GARANTÍA DEFINITIVA (arts. 107, 108 y 109 de LCSP) 21.1.- La persona licitadora propuesta como adjudicataria deberá acreditar, dentro del plazo de diez (10) días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, la constitución de la garantía definitiva por importe del 5 por 100 del precio final ofertado, IGIC excluido, en el plazo señalado en el apartado 2 del artículo 150, la constitución de la garantía definitiva. Si su oferta hubiese estado incursa inicialmente en presunción de anormalidad, además de la garantía reseñada, deberá constituir una garantía complementaria por importe del 5 por 100 del precio final ofertado, IGIC excluido, que, a todos los efectos, tendrá la consideración de garantía definitiva. 21.2.- La garantía podrá constituirse en metálico, mediante aval, en valores de Duda Pública, o por contrato de seguro de caución, en la forma y condiciones establecidas reglamentariamente, debiendo depositarse su importe, o la documentación acreditativa correspondiente, en la Tesorería General de la Comunidad Autónoma de Canarias o en la Caja General de Depósitos. Los avales y los certificados de seguro de caución deberán estar bastanteados por el Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias. La información para el procedimiento del bastanteo se encuentra en la página web: https://www.gobiernodecanarias.org/hacienda/contratacion/Contratacion_Publica/ garantias La garantía definitiva podrá constituirse mediante la retención de parte del precio, en la forma y condiciones que se describen en el artículo 108.2 de la LCSP así como el artículo 61.5 del Reglamento General de la LCAP. La garantía que se constituya mediante retención del precio se llevará a cabo en el primer abono o, en su caso, en el pago del importe total del contrato conforme anexo VIII, en caso de optar por constituir la garantía definitiva mediante retención del precio. 21.3.- Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación su precio, se reajustará la garantía en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES, contados desde la fecha en que se notifique a la persona adjudicataria la aprobación de la modificación del contrato. 21.4.- En el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES, contados desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso, las penalidades o indemnizaciones, la persona adjudicataria deberá reponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA III FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 22.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO (arts.36 y 153 LCSP) 22.1.- Una vez transcurridos quince días hábiles desde la notificación de la adjudicación sin que se haya interpuesto recurso especial en materia de contratación a que se refiere el artículo 44 del LCSP, el órgano de contratación requerirá al adjudicatario para suscribir, dentro del plazo de cinco días hábiles desde el siguiente a la recepción del requerimiento, el documento administrativo de formalización del contrato, según modelo anexo II al presente pliego, al que se unirá, formando parte del contrato, la oferta de la persona adjudicataria y un ejemplar del pliego de cláusulas administrativas particulares y de las prescripciones técnicas, debidamente compulsados. Cuando la persona adjudicataria sea una unión temporal de empresarias, dentro del mismo plazo y con anterioridad a la firma del contrato, deberá aportar escritura pública de constitución como tal. (art. 153.3 LCSP). 22.2.- El documento en que se formalice el contrato, con el que éste se perfecciona, será en todo caso administrativo, siendo título válido para acceder a cualquier requisito público. No obstante, el contrato se formalizará en escritura pública cuando así lo solicite la persona contratista, siendo a su costa los gastos derivados de su otorgamiento. 22.3.- No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización. Si ésta no se llevara a cabo dentro del plazo indicado por causa imputable al adjudicatario, la Administración le exigirá el importe del 3% del presupuesto base de licitación, IGIC excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía definitiva, si se hubiera constituido, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 71.2.a) de la LCSP. Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar. 22.4.- Dentro del mismo plazo y con anterioridad a la firma del contrato, la empresa adjudicataria deberá obligatoriamente presentar una declaración en la que se ponga de manifiesto dónde van a estar ubicados a los servidores y desde dónde se van a prestar los servicios asociados a los mismos. Esta obligación tiene carácter esencial a los efectos de lo previsto en el artículo 211.1.f) LCSP. IV EJECUCIÓN DEL CONTRATO 23.- RESPONSABLE SUPERVISOR DE LOS SUMINISTROS OBJETO DEL CONTRATO (art. 62 LCSP) El órgano de contratación deberá designar una persona física o jurídica, vinculada al ente contratante o ajena a él, como responsable del contrato, quien supervisará la ejecución del mismo, comprobando que su realización se ajusta a lo establecido en el contrato, y cursará al contratista las órdenes e instrucciones del órgano de contratación. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA 24.- OBLIGACIONES DE LA PERSONA CONTRATISTA (arts. 133.2, 196, 201 y 202 y 211.1 LCSP) 24.1.- La persona contratista está obligada a cumplir fielmente lo establecido en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas, así como las instrucciones que, en su caso, le diere la persona responsable del contrato designada por el órgano de contratación. Asimismo, la persona contratista tiene la obligación de respetar la normativa vigente en materia de protección de datos. 24.2.- La persona contratista habrá de cumplir las obligaciones medioambientales, sociales y laborales establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado. 24.3.- Será obligación de la persona contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los límites señalados en las leyes. 24.4.- La persona contratista deberá guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 133.2 de la LCSP. 24.5.- La persona contratista está obligada a suministrar al órgano de contratación, previo requerimiento y en un plazo de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 4 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de Transparencia y Acceso a la información pública. La información deberá suministrarse por escrito acompañada de una declaración responsable de la persona adjudicataria en la que se declare, bajo su responsabilidad, que son ciertos los datos aportados. La presentación podrá realizarse igualmente mediante transmisión por medios electrónicos o telemáticos, siempre que tales medios estén respaldados por procedimientos que garanticen la autenticidad, confidencialidad de los documentos y el reconocimiento de su firma, de acuerdo con la normativa vigente al respecto. 24.6.- La persona contratista habrá de pagar a los subcontratistas o suministradores que intervienen en la ejecución del contrato, en las condiciones establecidas en el artículo 216 de la LCSP. 24.7.- Asimismo, tiene las siguientes obligaciones, que tienen el carácter de obligaciones contractuales esenciales: 24.7.1.- Cumplir todas las condiciones ofertadas en su proposición. 24.7.2.- Adscribir a la ejecución del contrato el mismo personal que figura en el listado presentado de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 4.4 del presente pliego. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA 24.7.3.- Si el contrato se le adjudicó en virtud del criterio preferencial previsto en la cláusula 12.3 del presente pliego, la contratista estará obligada a mantener las mismas circunstancias que motivaron la adjudicación, durante toda la vigencia del contrato. 24.7.4.- Cumplir con las condiciones especiales de ejecución del contrato, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 25.4 del presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. 24.7.5.- El adjudicatario queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato de carácter confidencial o reservado que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del contrato. 24.7.6.- La obligación del contratista de someterse a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos, así como las obligaciones establecidas en este pliego relativas a protección de datos y tratamiento de datos personales que se califican como esenciales a los efectos de lo previsto en la letra f) del apartado 1 del artículo 211, en concreto: a) La finalidad para la cual se cederán dichos datos. b) La obligación del futuro contratista de someterse en todo caso a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos, sin perjuicio de lo establecido en el último párrafo del apartado 1 del artículo 202. d) La obligación de comunicar cualquier cambio que se produzca, a lo largo de la vida del contrato, de la información facilitada en la declaración a que se refiere la letra c) anterior. e) La obligación de los licitadores de indicar en su oferta, si tienen previsto subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos, el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización. 24.- BIS PROTECCIÓN DE DATOS Y TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES Todas las obligaciones contenidas en esta cláusula tienen carácter esencial a los efectos de lo previsto en el artículo 211.1.f) LCSP. 1.- El contratista se compromete a mantener en reserva y secreto y no revelar de ninguna forma, a ninguna persona física o jurídica que no sea parte del contrato, los datos e informaciones facilitados por el Director del Servicio Canario de Salud, como responsable del tratamiento de datos, y que sean concernientes a la prestación del contrato. 2.- Respecto a los datos personales a los que acceso en virtud del contrato, el contratista queda sujeto al cumplimiento de las siguientes obligaciones: A) De conformidad con la Disposición Adicional Vigésima Quinta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA 2014, los contratos que impliquen el tratamiento de datos de carácter personal deberán respetar en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de datos de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales (RGPD), y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de Diciembre, de protección de datos y garantía de los derechos digitales. Dado que la contratación implica el tratamiento del contratista a datos de carácter personal de cuyo tratamiento es responsable la entidad contratante, aquél tendrá la consideración de encargo del tratamiento. B) Tratamiento de Datos de Carácter personal: Para el cumplimiento del objeto de este pliego, el adjudicatario deberá tratar los datos personales de los cuales el Director del Servicio Canario de la Salud, es Responsable del tratamiento como se especifica en el Anexo X a este pliego, denominado “Tratamiento de Datos Personales”. Ello conlleva que el adjudicatario actúe en calidad de encarga del tratamiento y, por tanto, tiene el deber de cumplir con la normativa vigente en cada momento, tratando y protegiendo debidamente los Datos Personales. Por tanto, sobre el Director del Servicio Canario de la Salud, recae la responsabilidad del Responsable del Tratamiento y sobre el adjudicatario la del encargado del Tratamiento. Si el adjudicatario destinase los datos a otra finalidad, los comunicará o los utilizará incumpliendo las estipulaciones del contrato y/o normativa vigente, será considerado también como Responsable del Tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente. El Anexo X “Tratamiento de Datos Personales” describe en detalle los Datos Personales a proteger, así como el tratamiento a realizar y las medidas a implementar por el adjudicatario. En caso de que como consecuencia de la ejecución del contrato resultara necesario en algún momento la modificación de lo estipulado en el Anexo X “Tratamiento de Datos Personales”, el adjudicatario lo requerirá razonadamente y señalará los cambios que solicita. En caso de que el Director del Servicio Canario de la Salud, estuviese de acuerdo con lo solicitado emitiría un Anexo VI “Tratamiento de Datos Personales” actualizado, de modo que el mismo siempre recoja fielmente el detalle del tratamiento. Deberá también el adjudicatario comunicar cambio que se produzca a lo largo de la vida del contrato, de la información facilitada en la declaración presentada antes de la formalización del contrato relativa a la ubicación de los servidores y desde donde se van a prestar los servicios asociados a los mismos, Esta obligación tiene carácter esenciales a los efectos de lo previsto en el artículo 211.1 f) LCSP. C) Estipulaciones como encargado de tratamiento. El contratista, de conformidad con el artículo 28 del RGPD deben asumir y garantizar el cumplimiento de las siguientes obligaciones y que se cumplimentan con lo detallado con el Anexo X “Tratamiento de Datos Personales”: HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA 1) Únicamente tratará los Datos Personales conforme a las instrucciones documentadas en el presente pliego o demás documentos contractuales aplicables a la ejecución del contrato y aquellas que reciba del responsable del tratamiento por escrito en cada momento. No obstante, el adjudicatario informará inmediatamente al responsable del tratamiento, cuando en su opinión, una instrucción sea contraria a la normativa de protección de datos personales aplicable en cada momento. 2) Utilizar y aplicar los datos personales única y exclusivamente para la realización del objeto del contrato. 3) Tratar Datos Personales de conformidad con los criterios de seguridad y el contenido previsto en el artículo 32 del RGPD, así como observar y adoptar las medidas técnicas y organizativas de seguridad necesarias o convenientes para asegurar la confidencialidad, secreto e integridad de los Datos Personales a los que tenga acceso. En particular, y sin carácter limitativo, se obliga a aplicar las medidas de protección del nivel de riesgo9 y seguridad detalladas en el Anexo X “Tratamiento de Datos Personales”. 4) No facilitar ningún dato personal a terceros y mantener la más absoluta confidencialidad. El contratista se compromete a no revelar, transferir, ceder o comunicar dichos datos o los ficheros creados con ellos, ya sea verbalmente o por escrito, por medios electrónicos, papel o mediante acceso informático, ni siquiera para su visualización, a ningún tercero. Esta obligación se extiende a toda persona que pudiera intervenir en cualquier fase de tratamiento por cuenta del adjudicatario, siendo deber del adjudicatario instruir a las personas que de él dependan, de este deber de secreto, y del mantenimiento de dicho deber aún después de la terminación de la prestación del servicio o de su desvinculación por lo que deberá garantizar la formación necesaria en materia de protección de Datos Personales de las prestaciones autorizadas a su tratamiento. 5) Entregar al responsable del contrato antes del inicio de los trabajos, una relación de todo el personal que tenga acceso a los datos de carácter personal con funciones y lugar donde van a desarrollar el trabajo. Si durante la ejecución del contrato fuera necesario incorporar a otras personas entregará una nueva relación en el plazo máximo de una semana desde que sucediera este hecho. Tanto la contratista como todo el personal que figure en estas relaciones deberá comprometerse por escrito a mantener el secreto profesional con respecto a los datos tratados y a cumplir con las medidas de seguridad correspondientes, de las que les deba informar convenientemente. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA 6) En caso de que el acuerdo con el RGPD sea necesario designar un delegado de protección de datos, o cuando la designación sea voluntaria, se comunicará al responsable del tratamiento así como la identidad y datos de contacto de la (s) persona (s) física (s) designada (s) por el adjudicatario como sus representante (s) a efectos de protección de Datos Personales (representantes del encargado de Tratamiento), responsable (s) del cumplimiento de la regulación del tratamiento de datos Personales, en las vertientes legales/formales y en la seguridad. 7) Un vez finalizada la prestación contractual objeto de este pliego, se compromete, según corresponda y se instruya en el anexo X “Tratamiento de Datos Personales” a devolver o destruir: - los datos personales a los que haya tenido acceso -los datos personales generados por el adjudicatario por causa del tratamiento -y los soportes y documentos en que cualquiera de estos datos consten , sin conservar copia alguna; salvo que se permita o requiera por ley o por norma de derecho comunitario su conservación , en cuyo caso no procederá la destrucción. El encargado del tratamiento podrá, no obstante, conservar los datos durante el tiempo que puedan derivarse responsabilidades de su relación con el Director del Servicio Canario de la Salud. En este último caso, los datos personales se conservarán bloqueados y por el tiempo mínimo, destruyéndose de forma segura y definitiva al final de dicho plazo. 8) Según corresponda y se indique en el anexo X de “Tratamiento de Datos Personales”, el tratamiento de los datos se llevará a cabo en los sistemas /dispositivos de tratamiento , manuales y automatizados y en las ubicaciones que en el citado anexo se especifican, equipamiento que podrá estar bajo el control del Director del Servicio Canario de la Salud o bajo el control directo o indirecto del adjudicatario u otros que hayan sido expresamente autorizados por escrito por el Director del Servicio Canario de la Salud, según se establezca en dicho anexo en su caso y únicamente por los usuarios o perfiles de usuarios asignados a la ejecución del objeto de este pliego. 9) Salvo que se indique otra cosa en el anexo X “Tratamiento de Datos Personales” en el cual no puede establecerse excepción alguna de que los tratamientos de datos personales de los sistemas de información y comunicaciones para la recogida, almacenamiento, procesamiento y gestión del censo electoral, los padrones municipales de habitantes y otros registros de población, datos fiscales relacionados con tributos propios o cedidos y datos de los usuarios del sistema nacional de salud deberán ubicarse y prestarse dentro del territorio de la Unión Europea, o se instruya expresamente por el Director del Servicio Canario de la Salud, que el adjudicatario se obliga a tratar los datos personales dentro del territorio de la Unión europea, no tratándolos fuera de este espacio ni directamente ni a través de cualesquiera subcontratistas autorizados conforme a lo establecido en este pliego o demás documentos contractuales , salvo que esté obligado a ello en virtud del derecho de la unión o del estado miembro que le resulte de aplicación. En el caso de que por causa de derecho nacional o de la Unión europea el adjudicatario se vea obligado a llevar alguna transferencia de datos, el adjudicatario informará por escrito al Director HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA del Servicio Canario de la Salud, de esa exigencia legal, con antelación suficiente a efectuar el tratamiento, y garantizará en cumplimiento de cualesquiera requisitos legales que sean aplicables al Director del Servicio Canario de la Salud, salvo que el derecho aplicable lo prohíba por razones importantes de interés público. 10) De conformidad con el artículo 33 RGPD, el contratista deberá comunicar a AEPD, de forma inmediata y a más tardar en el plazo de 72 horas, cualquier violación de la seguridad de los datos personales a su cargo de la que tenga conocimiento, con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia o cualquier fallo en su sistema de tratamiento y gestión de la información que haya tenido o pueda tener que ponga en peligro la seguridad de los Datos Personales, su integridad o su disponibilidad, así como cualquier posible vulneración de la confidencialidad como consecuencia de la puesta en conocimiento de terceros de los datos e informaciones obtenidos durante la ejecución del contrato. Comunicará con diligencia información detallada al respecto, incluso concretando qué interesados sufrieron una pérdida de confidencialidad. 11) Cuando una persona ejerza un derecho (de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, u otros reconocidos por la normativa aplicable (conjuntamente, los “Derechos”), ante el Encargado del Tratamiento, éste debe comunicarlo con la mayor prontitud. La comunicación debe hacerse de forma inmediata y en ningún caso más allá del día laborable siguiente al de la recepción del ejercicio de derecho, juntamente, en su caso, con la documentación y otras informaciones que puedan ser relevantes para resolver la solicitud que obre en su poder, e incluyendo la identificación fehaciente de quien ejerce el derecho. Asistirá al Director del Servicio Canario de la Salud, siempre que sea posible, para que éste pueda cumplir y dar respuesta a los ejercicios de Derechos. 12) Colaborar con el Director del Servicio Canario de la Salud en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de medidas de seguridad, comunicación y/o notificación de brechas (logradas e intentadas) de medidas de seguridad a las autoridades competentes o los interesados, y colaborar en la realización de evaluaciones de impacto relativas a la protección de datos personales y consultas previas al respecto a las autoridades competentes; teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la información de la que disponga. Asimismo, pondrá a disposición del Director del Servicio Canario de la Salud, toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de las obligaciones previstas en este Pliego y demás documentos y colaborará en la realización de auditorías e inspecciones llevadas a cabo , en su caso , por la AEPD. 13) En los casos en que la normativa lo exija, artículo 30.5 RGPD, el adjudicatario deberá llevar, por escrito, incluso en formato electrónico y de conformidad con lo previsto en el articulo 30.2 RGPD un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del Director del Servicio Canario de la Salud, que contenga las circunstancias señaladas en el precepto HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA citado. 14) Deberá disponer de evidencias que demuestren el cumplimiento de la normativa de protección de datos personales y del deber de responsabilidad activa, que habrá de poner a disposición del Director del Servicio Canario de la Salud, a su requerimiento. Así mismo, durante la vigencia del contrato pondrá a disposición del Director del Servicio Canario de la Salud, toda información, certificaciones y auditorías realizadas en cada momento. 15) El encargado del tratamiento, en el momento de la recogida de los datos, debe facilitar la información relativa a los tratamientos de datos que se van a realizar. La redacción y el formato en que se facilitará la información se debe consensuar con el responsable antes del inicio de la recogida de los datos. 16) Las obligaciones en materia de protección de datos establecidas en este pliego, así como el Anexo correspondiente relativo al Tratamiento de Datos Personales constituyen el contrato de encargo de tratamiento entre el Director del Servicio Canario de la Salud y el adjudicatario. Las obligaciones y prestaciones que se contienen no son retribuibles de forma distinta de lo previsto en el presente pliego y demás documentos contractuales y tendrán la misma duración que la prestación del contrato objeto de este pliego, prorrogándose en su caso por períodos iguales a éste. No obstante, a la finalización del contrato, el deber de secreto continuará vigente, sin límite de tiempo, para todas las personas involucradas en la ejecución del contrato. 17) Para el cumplimiento del objeto de este pliego el adjudicatario no precisa que acceda a ningún otro dato personal responsabilidad del Director del Servicio Canario de la Salud, que no sean los especificados en el anexo X “Tratamiento de datos personales” y por tanto no está autorizado en caso alguno al acceso o tratamiento de otro dato. Si se produjera una incidencia durante la ejecución del contrato que conllevara un acceso accidental o incidental a datos personales responsabilidad del Director del Servicio Canario de la Salud no contemplados en el anexo X “Tratamiento de datos personales”, el adjudicatario deberá ponerlo en conocimiento del Director del Servicio Canario de la Salud, en concreto de su delegado de protección de datos, con la mayor diligencia y a mas tardar en el plazo de 72 horas. D) Encargos de tratamiento asociados a subcontrataciones Cuando el contratista principal concierte con terceros la realización parcial de la prestación objeto del contrato y el subcontratista deba acceder a datos personales, el adjudicatario lo pondrá en conocimiento previo del Director del Servicio Canario de la Salud, identificando qué tratamiento de datos personales conlleva, para que el responsable del tratamiento) autorice la subcontratación. Es requisito imprescindible para la autorización: - Que el tratamiento de datos personales por parte del subcontratista se ajuste a la legalidad vigente, al pliego y a las instrucciones del responsable del tratamiento. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA - Que el adjudicatario y la empresa subcontratista formalicen un contrato u otro acto jurídico de encargo de tratamiento de datos en términos previstos en el presente pliego, el cual será puesto a disposición del responsable del tratamiento. El adjudicatario informará al responsable del tratamiento de cualquier cambio en relación a la incorporación o sustitución de otros subcontratistas, con el fin de otorgar el responsable del tratamiento la autorización correspondiente. El subcontratista, que también tendrá la condición de encargado del tratamiento, está obligado igualmente a cumplir las obligaciones establecidas en este documento para el encargado del tratamiento y las instrucciones que dicte el responsable del tratamiento. Corresponde al encargado del tratamiento inicial, regular la nueva relación de forma que el nuevo encargado del tratamiento (o subencargado) quede sujeto a las mismas condiciones (instrucciones, obligaciones, medidas de seguridad y resto de condiciones establecidas) y con los mismos requisitos formales que él, en lo referente al adecuado tratamiento de los datos personales y a la garantía de los derechos de las personas afectadas. En el caso de incumplimiento por parte del subencargado, el encargado del tratamiento inicial seguirá siendo plenamente responsable ante el responsable del tratamiento en lo referente al cumplimiento de las obligaciones. 25.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO 25.1.- El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, y en en el pliego de prescripciones técnicas. Los bienes objeto del suministro deberán ser entregados en las dependencias del Servicio de Electromedicina y Patrimonio del Complejo hospitalario Universitario Nuestra Señora de Candelaria y en el plazo señalado en la cláusula 10 del presente pliego, o en el que hubiere ofertado la persona contratista en su proposición si fuera menor. El mantenimiento de los bienes suministrados se realizará igualmente de acuerdo con las prescripciones técnicas anexas, rigiéndose sus efectos, cumplimiento y extinción por el presente pliego y por las normas del LCSP correspondientes a los contratos de servicios. (art. 122.2 LCSP) La persona contratista estará obligada a realizar todas las operaciones que resulten necesarias para la instalación, puesta en funcionamiento o puesta en marcha de los bienes a suministrar, de conformidad con lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas, considerándose su costo incluido en el precio del contrato. 25.2.- La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura de la persona contratista, respondiendo éste de la calidad de los bienes y de los vicios ocultos que pudieran apreciarse durante el plazo de garantía. (arts.197 y 300.4 LCSP). Quedan exceptuados de lo dispuesto en el párrafo anterior los defectos que se puedan apreciar que sean consecuencia directa e inmediata de una actuación u orden de la Administración. La persona contratista no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiese incurrido en mora al recibirlos. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA La persona contratista será responsable de obtener las cesiones, permisos y autorizaciones de los titulares de las patentes, modelos y marcas de fabricación que, en su caso, resulten necesarias, corriendo por su cuenta el abono de las indemnizaciones que pudieran corresponder por tales conceptos. Asimismo, serán responsables de toda reclamación relativa a la propiedad industrial y comercial, debiendo indemnizar, en su caso, a la Administración de todos los daños y perjuicios que para la misma pudieran derivarse con motivo de la interposición de reclamaciones. 25.3.- Cuando el acto de recepción de los bienes objeto del suministro sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. 25.4.- Asimismo, en la ejecución del contrato la contratista habrá de cumplir la/s condición/es siguiente/s : De conformidad con lo dispuesto en el artículo 202 de la LCSP, se establece una condición especial de ejecución de carácter medioambiental, directamente vinculada al objeto del contrato. Dada la naturaleza de la prestación, que comprende la entrega, instalación y posterior mantenimiento del equipamiento médico, esta condición tiene por finalidad garantizar una gestión ambientalmente responsable de los envases, embalajes y residuos generados durante la ejecución del contrato, en coherencia con los principios de sostenibilidad y economía circular recogidos ben la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados por una economía circular, y en el Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre , de envases y residuos de envases. El adjudicatario deberá cumplir, con las siguientes obligaciones durante la ejecución del contrato: a) Gestión ambiental de envases, embalajes y residuos. • Priorizar el uso de embalajes reutilizables o fabricados con materiales reciclados, minimizando el empleo de plásticos de un solo uso. • Garantizar la correcta gestión de los residuos de envases generados durante el suministro, de acuerdo con la normativa vigente. • Asumir la recogida y retirada de los embalajes utilizados en la entrega del equipamiento, asegurando su entrega a un gestor autorizado o a un sistema colectivo de responsabilidad ampliada del productor. • Mantener la trazabilidad documental que acredite la correcta gestión ambiental de los residuos. • Retirar los embalajes vacíos generados durante la entrega, instalación o sustitución del equipamiento, para su depósito en los contenedores correspondientes, o en su caso en el punto limpio o sistema de gestión de residuos autorizado que proceda, garantizando su correspondiente tratamiento y valorización. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA b) Seguridad y salud en la manipulación de residuos. • Asegurar que el personal que manipule residuos esté adecuadamente informado y formado sobre los riesgos inherentes a dicha manipulación. • Proveer y exigir el uso de guantes, ropa de trabajo y equipo de protección adecuados. • Implementar medidas preventivas encaminadas a evitar accidentes o lesiones durante el manejo, transporte o eliminación de residuos y material de embalaje, conforme a la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, y su normativa de desarrollo. Estas obligaciones se consideran vinculadas al objeto del contrato al derivarse directamente de las operaciones de suministro, instalación, mantenimiento y sustitución del equipamiento y fungibles asociados. c) Acreditación del cumplimiento. El cumplimiento de esta condición se acreditará mediante la presentación, durante la ejecución del contrato, de: • Certificado emitido por gestor autorizado, que acredite la entrega y tratamiento adecuado de los residuos de envases. • Declaración responsable del adjudicatario, acompañada de albaranes, justificantes o certificados de recogida que acrediten la correcta gestión ambiental de los embalajes. • Certificación, sistema o procedimiento de gestión ambiental del adjudicatario que contemple medidas de gestión de envases y residuos. El incumplimiento de las presentes condiciones especiales de ejecución tendrá la consideración de incumplimiento de obligación contractual esencial, a los efectos previstos en el artículo 211 de la LCSP. La efectiva contratación y adscripción de dicho personal a la ejecución del contrato se considera obligación contractual esencial. 25.6.- En la ejecución del presente contrato el contratista queda obligado a someterse a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos. Esta obligación tiene la consideración de condición especial en relación con la ejecución del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 202 LCSP, con el carácter de obligación contractual esencial, a los efectos establecidos en el artículo 211.1.f) LCSP. 26.- RECEPCIÓN DEL SUMINISTRO (art. 300 LCSP) 26.1.- Si el suministro se ha ejecutado correctamente, la Administración contratante hará constar de forma expresa su conformidad dentro del plazo de un (1) mes de haberse producido la entrega o realización del objeto del contrato. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA 26.2.- Si el suministro no se hallara en condiciones de ser recibido, se dejará constancia expresa de tal circunstancia y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados, o proceda a una nueva ejecución de conformidad con lo pactado. Si pese a ello, la prestación efectuada no se adecua a lo contratado, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, la Administración podrá rechazarla, quedando exenta de la obligación de pago, y teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho hasta entonces. 27.- GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DE LA PERSONA CONTRATISTA 27.1.- Son de cuenta de la persona contratista los gastos de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública. 27.2.- Tanto en las proposiciones presentadas por las licitadoras, como en los presupuestos de adjudicación se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graven la ejecución del contrato, que correrán por cuenta de la persona contratista, salvo el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) que deba ser soportado por la Administración, que se indicará como partida independiente, tanto en la proposición presentada por la persona contratista, como en el documento de formalización del contrato. Se consideran también incluidos en la proposición de la persona adjudicataria y en el precio del contrato todos los gastos que resultaren necesarios para la ejecución del contrato, incluidos los posibles desplazamientos. 28.- ABONOS AL CONTRATISTA (arts. 198 Y 301 LCSP) 28.1.- La persona contratista tendrá derecho al abono de los suministros efectivamente entregados y formalmente recibidos por la Administración. El pago del precio del contrato se realizará en la forma que a continuación se detalla, de acuerdo con los plazos previstos en la cláusula 10 del presente pliego: La facturación se realizará en pagos mensuales (a mes vencido) una vez entregados, instalados y puestos en funcionamiento todos los equipos. 28.2.- El pago se realizará contra factura, que se presentará en formato electrónico y habrá de reunir los requisitos exigidos en la normativa aplicable. La persona contratista deberá enviar dicha factura, dentro de los TREINTA (30) DÍAS siguientes a la fecha de entrega efectiva de los bienes suministrados, a través del Punto General de Entrada de Facturas electrónicas, regulado en la Orden 22 de diciembre de 2014, debiéndose acceder a dicho Punto, a través de la sede electrónica de la Consejería de Hacienda, identificándose mediante alguno de los sistemas de firma electrónica admitidos en la misma. Para la presentación de la factura electrónica, será necesario identificar la Oficina Contable, Órgano gestor y Unidad de Tramitación: UNIDAD TRAMITADORA OFICINA CONTABLE ÓRGANO GESTOR CIF A05006321 A05006321 A05006321 Q8555011I HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA La presentación de las facturas podrá hacerse por alguna de las formas de comunicación electrónica establecida en la legislación básica del Estado, debiendo respetar las limitaciones relativas al número, tamaño y formato de archivos electrónicos, establecidas con carácter general en la sede electrónica de la Consejería competente en materia de Hacienda. La presentación de facturas electrónicas exigirá que la persona contratista y en su caso, el endosatario de las mismas, esté dado de alta en la base de terceros acreedores de la Comunidad Autónoma de Canarias. Se excluyen de la obligación del uso de la factura electrónica y de su presentación a través del punto general de entrada, las facturas, cualquiera que sea la personalidad jurídica del proveedor, cuyo importe sea igual o inferior a 1.000 €, así como las emitidas por los proveedores a los servicios en el exterior de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y por las personas físicas. En estos supuestos, la persona contratista deberá presentar las facturas en el registro administrativo del órgano de contratación, sito en sito en el edificio de Traumatología en Carretera del Rosario 145, 38010 de Santa Cruz de Tenerife. El órgano de contratación deberá constar en la factura como destinatario de la misma, siendo el órgano competente para su contabilización. 28.3.- Si el suministro se ha recibido de conformidad y la factura se ha tramitado correctamente por la persona contratista, la Administración contratante deberá abonarla dentro de los TREINTA (30) DÍAS siguientes a la fecha del acto de recepción o conformidad. Si la persona contratista incumpliera el plazo fijado en este pliego para la presentación de la factura, o ésta se le devolviera por no reunir los requisitos exigidos, el plazo para efectuar el abono se contará desde la fecha de la correcta presentación de la factura. En caso de demora por la Administración en el pago del precio, ésta deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo, los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Si la demora en el pago fuese superior a cuatro meses, contados a partir del vencimiento del plazo a que se refiere el párrafo anterior, la persona contratista podrá proceder, en su caso, a la suspensión del cumplimiento del contrato, debiendo comunicar a la Administración con un mes de antelación, tal circunstancia, a efectos del reconocimiento de los derechos que puedan derivarse de dicha suspensión, en los términos establecidos en el LCSP. Si la demora de la Administración fuese superior a seis meses, contados a partir del vencimiento del plazo a que se refiere el párrafo primero de la presente cláusula, la persona contratista tendrá derecho, asimismo, a resolver el contrato y al resarcimiento de los perjuicios que como consecuencia de ello se le originen. El procedimiento para hacer efectivas las deudas de la Administración contratante será el establecido en el artículo 199 de la LCSP. 28.4.- La persona contratista podrá ceder a un tercero, por cualquiera de los medios legalmente establecidos, su derecho a cobrar el precio del contrato, pero para que dicha cesión surta efectos, y la Administración expida el mandamiento de pago a favor del cesionario, es preciso que se le notifique fehacientemente a ésta última el acuerdo de cesión. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA 29.- INCUMPLIMIENTOS DEL CONTRATO (art. 192 LCSP) 29.1.- Incumplimiento de plazos 29.1.1.- La persona contratista queda obligada al cumplimiento de los plazos establecidos en la cláusula 10 del presente pliego. 29.1.2.- Si llegado el final de dichos plazos, la persona contratista hubiere incurrido en demora, por causa a ella imputable, la Administración podrá optar indistintamente, por la resolución del contrato o con pérdida de la garantía constituida o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, IGIC excluido, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. Esta misma facultad tendrá la Administración respecto al incumplimiento por parte de la persona contratista de los plazos parciales o cuando la demora en el cumplimiento de aquéllos haga presumir razonablemente la imposiblidad del cumplimiento del plazo total. 29.1.3.- La constitución en mora de la persona contratista no requerirá intimación previa por parte de la Administración. 29.2.- Cumplimiento defectuoso o incumplimiento parcial de la ejecución del objeto del contrato 29.2.1.- En el caso de que la persona contratista realizara defectuosamente el objeto del contrato, o incumpliera los compromisos adquiridos en virtud del presente contrato, o, las condiciones especiales de ejecución establecidas en la cláusula 25.4 del presente pliego, el órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato con incautación de la garantía constituida, o bien imponer una penalización económica por importe del 10% del precio del contrato, IGIC excluido. 29.2.2.- Cuando el contratista, por causas a él imputables, hubiere incumplido parcialmente la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato, el órgano de contratación podrá optar, indistintamente, por su resolución, o por imponer una penalización económica por importe del 10% del precio del contrato, IGIC excluido. 29.3.- Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable supervisor de la ejecución del contrato, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de su importe en los abonos a realizar al contratista, o, cuando no pudieran deducirse de dichos pagos, se harán efectivas sobre la garantía constituida. 29.4.- Si las penalidades impuestas con arreglo a lo establecido en los apartados anteriores no cubriesen los daños ocasionados a la Administración contratante por los incumplimientos de la persona contratista, aquella le exigirá una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados. 29.5.- Incumplimiento de las obligaciones del tratamiento de datos personales. Cuando la contratista, por causas a ella imputables, hubiera incumplido total o parcialmente las obligaciones definidas en el contrato relativas a la protección de datos, el órgano de contratación podrá optar, indistintamente, por su resolución. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA V SUBCONTRATACIÓN, CESIÓN DEL CONTRATO Y SUCESIÓN EN LA PERSONA DEL CONTRATISTA 30.- SUBCONTRATACIÓN (art. 198, 215, 216, 217 y DA 32ª LCSP) 30.1.- La persona contratista podrá subcontratar con terceros, que no estén inhabilitados para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico, o incursos en algunas de las causas de prohibición para contratar con las Administraciones Públicas relacionadas en el artículo 71 de la LCSP. la ejecución parcial del contrato. La celebración de los subcontratos estará sometida al cumplimiento de los siguientes requisitos: a) Las licitadoras deberán indicar en la oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de las subcontratistas a las que se vaya a encomendar su realización. En todo caso, la persona contratista deberá comunicar por escrito, tras la adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de este, al órgano de contratación los datos de contacto y representante o representantes legales del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de este para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia, y acreditando que el mismo no se encuentra incurso en prohibición de contratar de acuerdo con el artículo 71 de la LCSP. b) La persona contratista principal deberá notificar por escrito al órgano de contratación cualquier modificación que sufra esta información durante la ejecución del contrato principal, y toda la información necesaria sobre los nuevos subcontratistas. c) Los subcontratos que no se ajusten a lo indicado en la oferta, por celebrarse con entidades empresariales distintas de los indicadas nominativamente en la misma o por referirse a partes de la prestación diferentes a las señaladas en ella, no podrán celebrarse hasta que transcurran veinte días desde que se hubiese cursado la notificación y aportado las justificaciones a que se refiere la letra a) de este apartado, salvo que con anterioridad hubiesen sido autorizados expresamente, siempre que la Administración no hubiese notificado dentro de este plazo su oposición a los mismos. Este régimen será igualmente aplicable si los subcontratistas hubiesen sido identificados en la oferta mediante la descripción de su perfil profesional. d) No pueden ser objeto de subcontratación las siguientes tareas críticas: - No hay tareas críticas que no se permitan subcontratar. 30.2.- De conformidad con lo establecido en el artículo 202.4 de la LCSP, la subcontratista estará obligada a cumplir las condiciones especiales de ejecución exigidas en la cláusula 25.4 del presente pliego. 30.3.- La persona contratista deberá pagar a los subcontratistas o suministradores en los términos establecidos en el artículo 216 de la LCSP. 30.4.- La Administración contratante comprobará que la persona contratista paga debidamente a los subcontratistas o suministradores que participan en el contrato. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Para ello cuando el ente público contratante lo solicite, la persona contratista adjudicatario le remitirá una relación detallada de los subcontratistas o suministradores que participen en el contrato cuando se perfeccione su participación, con indicación de las condiciones de subcontratación o suministro de cada uno de ellos que guarden relación directa con el plazo de pago. Asimismo, a solicitud del ente público contratante, la persona contratista adjudicatario deberá aportar justificante de cumplimiento de los pagos dentro de los plazos establecidos en el artículo 216 de la LCSP y en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, en lo que le sea de aplicación. Estas obligaciones se consideran condiciones esenciales en la ejecución del contrato, y su incumplimiento dará lugar a las consecuencias previstas por el ordenamiento jurídico. 31.- CESIÓN DEL CONTRATO La persona contratista podrá ceder a un tercero, en las condiciones que se establece en el articulo 214 de la LCSP, los derechos y obligaciones dimanantes del presente contrato. No se devolverá la garantía definitiva constituida por el cedente hasta que no se haya constituido la del cesionario. 32.- SUCESIÓN EN LA PERSONA DEL CONTRATISTA: En los casos de fusión, escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de actividad de las mismas, continuará el contrato vigente con la entidad resultante, que quedará subrogada en los derechos y obligaciones dimanantes del mismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 de la LCSP. Es obligación de la persona contratista comunicar a la Administración cualquier cambio que afecte a su personalidad jurídica, suspendiéndose el cómputo de los plazos legalmente previstos para el abono de las facturas correspondientes hasta que se verifique el cumplimiento de las condiciones de la subrogación. Si no pudiese producirse la subrogación por no reunir la entidad a la que se atribuya el contrato las condiciones de solvencia necesarias, se resolverá éste, considerándose a todos los efectos como un supuesto de resolución por culpa de la persona contratista. VI MODIFICACIÓN DE CONTRATO 33.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO (arts. 190, 203, 204 y 205 LCSP) El contrato sólo podrá modificarse por razones de interés público, con arreglo a lo establecido en los apartados siguientes y en los artículos 203 a 207 de la LCSP. Las modificaciones del contrato serán obligatorias para la persona contratista, con la salvedad a que se refiere el artículo 206.1 de la LCSP, y se formalizarán en documento administrativo. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA 33.1.- Modificaciones previstas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares De conformidad con el artículo 204 de la LCSP, el contrato se modificará cuando concurran las siguientes circunstancias: • Como consecuencia de un incremento de la actividad asistencial, derivado del aumento del número de NP realizadas. • La incorporación de nuevos equipos o actualizaciones técnicas requeridas para garantizar la continuidad y calidad asistencial. Esta modificación tiene el alcance siguiente: Las modificaciones que no se adopten tendrán como finalidad adaptar las prestaciones a las necesidades asistenciales sobrevenidas, permitiendo la actualización, sustitución por versiones equivalentes o adaptación técnica del sistema ya contratado, sin alterar las condiciones esenciales del contrato ni el equilibrio económico inicial. Asimismo, su importe no podrá exceder del 20 % del precio del contrato y se llevará a cabo con arreglo al siguiente procedimiento: • Propuesta del órgano de contratación. • Trámite de audiencia al contratista. • Solicitud de informe del Servicio Jurídico, en su caso. • Aprobación de la modificación por el órgano de contratación. • Notificación al adjudicatario. • Formalización mediante la correspondiente cláusula adicional al contrato. Naturaleza de la modificación: La modificación no alterará la naturaleza del contrato inicial, que seguirá teniendo por objeto el suministro mediante arrendamiento con mantenimiento integral y a todo riesgo incluido con fungibles asociados de un equipo para la preparación de nutriciones parenterales, en los mismos términos y condiciones establecidos en los pliegos reguladores. Asimismo, dicha modificación no podrá implicar la incorporación de condiciones sustanciales nuevas, ni la introducción de prestaciones diferentes de las originalmente contempladas. 33.2.- Modificaciones no previstas: prestaciones adicionales, circunstancias imprevisibles y modificaciones no sustanciales No obstante lo anterior, podrán llevarse a cabo modificaciones del contrato cuando concurra alguna de las circunstancias a que se refiere el apartado 2 del artículo 205 de la LCSP, siempre y cuando no alteren las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación del contrato, debiendo HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA limitarse a introducir las variaciones estrictamente indispensables para atender la causa objetiva que las haga necesarias. El órgano de contratación deberá aprobar, previamente a su ejecución, la modificación del contrato, siguiendo al efecto el procedimiento establecido en el artículo 191 de la LCSP, teniendo en cuenta, asimismo, lo dispuesto en el artículo 207.2 de dicha Ley. 34.- SUSPENSIÓN DEL CONTRATO (art. 208 LCSP ) Si la Administración acordare la suspensión del contrato o aquélla tuviere lugar por la aplicación de lo dispuesto en el artículo 198.5LCSP y la cláusula 28.3 del presente pliego, se levantará un acta, de oficio o a solicitud de la persona contratista, en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución de aquél. Acordada la suspensión, la Administración abonará al contratista, en su caso, los daños y perjuicios efectivamente sufridos por éste, los cuales se determinarán con arreglo a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 208 y en el artículo 307 de la LCSP. VII FINALIZACIÓN DEL CONTRATO 35.- RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO Además de por su cumplimiento, el contrato se extinguirá por su resolución, acordada por la concurrencia de alguna de las causas previstas en los artículos 211 y 306 de la LCSP. La resolución del contrato producirá los efectos previstos en los artículos 213 y 307 de la LCSP. También será causa de resolución del contrato: - El incumplimiento de las obligaciones relativas al tratamiento de datos personales. 36.- EJERCICIO DE LA OPCIÓN DE COMPRA En el supuesto de que la Administración entienda oportuno ejercitar la opción de compra al finalizar la fase de arrendamiento por el precio cierto fijado en el contrato, ésta se llevará a cabo, mediante Resolución del Órgano de Contratación tres (3) meses antes de finalización del plazo de ejecución, haciéndose el pago efectivo en el último mes del contrato. El adjudicatario quedará obligado a la suscripción del documento administrativo por el que se formalice el ejercicio de la opción y, consecuentemente, la adquisición del bien o los bienes en propiedad por la Administración. En caso de no ejercitarse la opcion de compra, el contratista retirará el equipamiento no antes de tres (3) meses desde la finalización del contrato, coordinado por el Servicio de Electromedicina y Patrimonio del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria y se procederá a la retirada del equipamiento. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Los gastos derivados de la retirada del equipamiento arrendado, en el supuesto de no ejerserce la opción de compra, serán por cuenta del adjudicatario. 37.- PLAZO DE GARANTÍA (art. 210.3 y 305 LCSP ) 36.1.- El objeto del contrato quedará sujeto a un plazo de garantía de un (1) mes, a contar desde la fecha de recepción o conformidad del suministro, plazo durante el cual la Administración podrá comprobar que el suministro realizado se ajusta a lo contratado y a lo estipulado en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas. Transcurrido el plazo de garantía sin que se hayan formulado reparos a los suministros ejecutados, quedará extinguida la responsabilidad de la persona contratista. 36.2.- Durante el periodo de garantía, la persona contratista estará obligada a subsanar, a su costa, todas las deficiencias que se puedan observar en los bienes suministrados, con independencia de las consecuencias que se pudieran derivar de las responsabilidades en que hubiere podido incurrir, de acuerdo a lo establecido en el presente pliego y en el artículo 213.5 LCSP. Si se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados, la Administración podrá exigir al contratista la reposición de los que resulten inadecuados, o la reparación de los mismos, si ésta fuese suficiente. Durante el plazo de garantía la persona contratista podrá conocer y manifestar lo que estime oportuno sobre la utilización de los bienes suministrados. 36.3.- Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista, y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no será bastante para lograr el fin podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta de la persona contratista, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. 38. DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA (art. 111 LCSP) Trascurrido el período de garantía, la garantía definitiva será devuelta al contratista si ha cumplido satisfactoriamente todas las obligaciones derivadas del contrato y no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre dicha garantía. También será devuelta la garantía cuando se resuelva el contrato, por causa no imputable al contratista. El acuerdo de devolución deberá adoptarse en el plazo máximo de DOS (2) MESES, a contar desde la finalización del plazo de garantía, y se notificará a la persona interesada. Transcurrido UN (1) AÑO, desde la fecha de terminación del contrato, sin que la recepción formal hubiese tenido lugar por causas no imputables al contratista, se procederá, sin más demora, a la devolución o cancelación de las garantías, una vez depuradas las responsabilidades de las que responde la garantía definitiva de conformidad con lo establecido en el artículo 110 de la LCSP. --------oOo-------- HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Diligencia: Para hacer constar que el presente pliego de cláusulas administrativas particulares ha sido redactado, de acuerdo con el modelo tipo aprobado por Decreto 47/2018, de 16 de abril (B.O.C. núm. 87 de mayo de 2018) , por el que se aprueban los Pliegos Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma y de los organismos públicos vinculados o dependientes de ella, para la contratación de obras, suministros y servicios por procedimiento abierto, abierto simplificado y abierto simplificado sumario y negociado con y sin publicidad. Adaptados a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA A N E X O I MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA Expte: SUM/2026/0000006865 Expte. Int.: 55/F/26/SU/GE/A/0065 Don/Dña………………………………………………………, Con DNI n.º………………………., mayor de edad, con domicilio en……………………………., enterado del pliego de cláusulas administrativas particulares y de las prescripciones técnicas que han de regir la contratación del Servicio de mantenimiento preventivo, correctivo y técnico legal de los centros de transformación de alta tensión del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria, Hospital del Sur y Centros Dependientes, y aceptando íntegramente el contenido de los mismos, en nombre ….......................... ............................................ (propio o de la/s persona/s o entidad/es que representa especificando en este último caso sus circunstancias), se compromete a ejecutar el contrato de referencia por los siguientes importes: CONCEPTO IMPORTE S/IGIC IGIC (7%) IMPORTE C/IGIG Arrendamiento del sistema y suministro de fungibles asociados Mantenimiento integral a todo riesgo TOTAL Los importes deberán expresarse en euros con un máximo de dos decimales. * Nota: Suprímase la opción que no proceda: 1.- Tipo ……. IGIC …… Euros 2.- Exención de repercutir IGIC por: a) Comerciante minorista b) Otra causa (especifíquese cual): …….. 3.- No tener establecimiento permanente en Canarias (Inversión Sujeto Pasivo) LUGAR, FECHA Y FIRMA DEL DECLARANTE HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA A N E X O I I MODELO DE CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SUMINISTROS Expte: SUM/2026/0000006865 Expte. Int.: 55/F/26/SU/GE/A/0065 En .................................................., a .... de ................................ de 20.... REUNIDOS DE UNA PARTE: D. ......................................................, en calidad de .................................. del Gobierno de Canarias según nombramiento efectuado por ........................................... con facultad para suscribir en nombre de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, los contratos relativos a asuntos de su .................................. (especificar unidad administrativa), de conformidad con el artículo ............. DE OTRA PARTE: D. ....................................................., mayor de edad, con D.N.I. nº ......................, expedido el día ........................., actuando en calidad de .................... de ..................................., con domicilio en ......................................................... Reconociéndose ambas partes respectivamente competencia y capacidad legal suficientes, convienen suscribir el presente contrato administrativo de ................................... cuyos antecedentes administrativos y cláusulas son: ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS Primero.- El pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas fue aprobado por resolución del ..........................., de fecha ..................................... Segundo.- La contracción del gasto fue efectuada por el Director Gerente, en fecha ........................., con cargo a la aplicación presupuestaria ............................ Tercero.- La adjudicación de este contrato se acordó por resolución del ....................................., de fecha ................................. CLÁUSULAS DEL CONTRATO Primera.- D. ............................................. [en la representación que ostenta] se compromete, con estricta sujeción al pliego de cláusulas administrativas particulares [y a las prescripciones técnicas anexas], y en las condiciones contenidas en su oferta que se anexa al presente contrato, a realizar .................................................... Segunda.- El precio de este contrato es de …………. euros, siendo el importe del IGIC a repercutir el de ………….. euros, y su abono se realizará ................................................................... Dicho precio no es revisable. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Tercera.- Los bienes a suministrar habrán de ser entregados en un plazo de ........................................ [Se establecen los plazos parciales siguientes: ……………….] El contrato tendrá un plazo de duración de [ … ], a contar desde [… ]. El plazo de garantía es de ....................................... a contar desde la fecha de recepción del suministro. Cuarta.- La persona contratista presta su conformidad al pliego de cláusulas administrativas particulares que rige el contrato, que se anexa como parte integrante del mismo [y a las prescripciones técnicas que igualmente se anexan], y ambas partes se someten, para cuanto no se encuentre expresamente previsto en el presente contrato, a la Ley de Contratos del Sector Público, al Reglamento General de la Ley de Contratos del las Administraciones Públicas, y a las demás disposiciones reglamentarias de desarrollo, a las dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en el marco de sus respectivas competencias, y supletoriamente, Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, ambas partes se someten a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos. Quinta.- Serán causas de resolución del contrato las previstas en la cláusula 35 del pliego de cláusulas administrativas particulares que lo rige. El incumplimiento de los plazos de ejecución de las prestaciones que constituyen el objeto del contrato, su incumplimiento parcial o su cumplimiento defectuoso, será penalizado de acuerdo con lo previsto en las cláusulas 24 y 25 del pliego de cláusulas administrativas particulares que rige el contrato. Sexta.- Para responder del cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, la persona adjudicataria ha constituido a favor de la Administración una garantía definitiva por importe de …………. euros, cuyo resguardo se une como anexo al presente contrato.] Séptima.- La persona contratista deberá guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo. Octava.- La persona contratista está obligada a mantener, durante toda la vigencia del contrato, la condición que motivó la adjudicación del contrato a su favor, en virtud del criterio preferencial a que se refiere la cláusula 12.3 del pliego de cláusulas administrativas particulares. ] Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de ésta, serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos, pudiendo ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los dictó, o ser impugnado mediante recurso contencioso- administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora de dicha Jurisdicción. Para la debida constancia de todo lo convenido se firma este contrato en el lugar y fecha al principio mencionado. EL LA PERSONA CONTRATISTA HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA ANEXO III HOJA RESUMEN DE DATOS Expte: SUM/2026/0000006865 Expte. Int.: 55/F/26/SU/GE/A/0065 Dª/D. …………………………………………..con Documento Nacional de Identidad n.º ……………………………… actuando en nombre de la empresa ………………………………………………, con CIF …………………………………., de la que actúa en calidad de ……………………………………… (persona administradora única, solidaria o mancomunada o persona apoderada solidaria o mancomunada) DECLARA BAJO SU PERSONAL RESPONSABILIDAD Que consiente que todas las notificaciones derivadas del precente procedimiento de contratación sean realizadas a través de la dirección de correo electrónico indicado a continuación, dejando constancia en el expediente de su emisión y recepción. • Nombre del licitador (persona físico o jurídico): • CIF de licitador (persona físico o jurídica): • Nombre, apellidos y DNI del apoderado/representante legal: • Nombre y apellidos de la persona de contacto: • Dirección (Nombre de la vía/calle, número, piso, escalera, Código Postal, Localidad, Comunidad Autónoma y País): • Teléfono de contacto: • Indicar si el licitador es una PYME: • Dirección de correo habilitada para las notificaciones derivadas de la presente contratación: Lugar, fecha y firma del licitador (Firma electrónica) HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA ANEXO IV MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE Expte: SUM/2026/0000006865 Expte. Int.: 55/F/26/SU/GE/A/0065 DON/DOÑA………………………………………………………, con [DEBERÁ INDICARSE, SEGÚN PROCEDA, EL NIF, NIE, NIF-IVA, NIF INTRACOMUNITARIO O DUNS], actuando [SI EL LA PERSONA LICITADORA ES UN ENTIDAD EMPRESARIAL /O EMPRESARIA INDIVIDUAL O PERSONA FÍSICA: en su propio nombre y representación ] [SI LA PERSONA LICITADORA ES PERSONA JURÍDICA: en nombre y representación de …................................…., con, en virtud de poder otorgado ante el Notario del Colegio de ….................., al número …........... de su protocolo]. Concurriendo a la licitación convocada por [referencia al órgano de contratación ], en [ reseñar el número y fecha de los anuncios en los distintos medios], para la contratación de [ … ] (Expte. …). DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que dicha empresa, sus administradores sus administradores y representantes legales, cumplen con las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, en concreto, con las especificadas en el apartado 1 del artículo 140 de la Ley de Contratos del Sector Público, comprometiéndome a poner a disposición del órgano de contratación, cuando así fuese requerido, la documentación justificativa de aquéllas, que es la que se indica a continuación:  Que la sociedad está válidamente constituida y que conforme a su objeto social puede presentarse a la licitación, así como que el firmante de la declaración ostenta la debida representación para la presentación de la proposición y de aquella.  Que cuenta con la correspondiente clasificación, en su caso, o que cumple los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional exigidos, en las condiciones que establece el pliego de conformidad con el formulario normalizado del documento europeo único de contratación.  Que no está incursa en prohibición de contratar por sí misma ni por extensión como consecuencia de la aplicación del artículo 71.3 de esta Ley.  Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. (SI) / (NO)* HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA  En el supuesto de que concurran a la licitación empresas agrupadas en una Unión Temporal, compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas, en caso de resultar adjudicatarias del contrato. (SI) / (NO)*  Que en la oferta presentada se han tenido en cuenta las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de protección de empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, y protección del medio ambiente.  Que se compromete a adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y/o materiales relacionados en la cláusula 4.4 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rigen el presente expediente.  En su caso, declara que dicha empresa (TIENE) / (NO TIENE), siéndole de aplicación lo establecido en la cláusula 12.3 del presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, las siguientes condiciones: ✗ La condición de tener en su plantilla un porcentaje de trabajadores con discapacidad superior al que les imponga la normativa. ✗ La condición de que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa reguladora del requisito de las empresas de inserción. ✗ La condición de que incluyan medidas de carácter social y laboral que favorezcan la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.  ¿Es el operador económico una microempresa, una pequeña o una mediana empresa? (SI) / (NO) *  Que se compromete a cumplir las condiciones especiales de ejecución relacionadas en la cláusula 25.4 del PCAP. * Táchese lo que no proceda. Lugar, fecha y firma del declarante. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA ANEXO V DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CONFIDENCIALIDAD DE DATOS Y DOCUMENTOS Expte: SUM/2026/0000006865 Expte. Int.: 55/F/26/SU/GE/A/0065 DON/DÑA………………………………………………………………, con N.I.F. n.º………………., con domicilio en ………………………………………………….., actuando (SI EL LICITADOR ES EMPRESARIO INDIVIDUAL O PERSONA FÍSICA) en su propio nombre y representación (SI EL LICITADOR ES PERSONA JURÍDICA), en nombre y representación de…………………………………, en virtud de poder otorgado ante el Notario D. …………………………………...del Colegio de …………, con número de protocolo…………………., poder que declaro no ha sido modificado o revocado con posterioridad. Concurriendo a la licitación convocada para la contratación del expediente n.º…………………….., enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de ………………………………………………………………………………………………….., al objeto de licitar a la misma, DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD, que a los efectos de lo previsto en el artículo 133 de la LCSP, los documentos y datos que se relacionan a continuación, presentados se consideran de carácter confidencial1: 1.- 2.- 3.- 4.- Explicar las razones jurídicas por las que se debe considerar confidencial dicha información LUGAR, FECHA Y FIRMA DEL LICITADORA HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA ANEXO VI MODELO DE PROPOSICIÓN DE CRITERIOS DE VALORACIÓN CUANTIFICABLE DE FORMA AUTOMÁTICA DIFERENTE AL PRECIO Expte: SUM/2026/0000006865 EXPTE. INT.: 55/F/26/SU/GE/A/0065 D./Dª. __________________________ CON RESIDENCIA EN __________________ (________) CALLE _______________________ Nº_____, DNI/NIE. Nº __________ ACTUANDO EN NOMBRE PROPIO (O EN REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA ____________________ CON NIF Nº ___________ Y DOMICILIO SOCIAL EN ____________ ), Y CORRESPONDIENDO AL ANUNCIO PUBLICADO EN EL PERFIL DE CONTRATANTE ALOJADO EN PLACSP Y EN EL DOUE (CUANDO CORRESPONDA O LO ESTIME CONVENIENTE EL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN) ___________________ DEL DÍA _________________ E INFORMADO DE LAS CONDICIONES DE CONTRATACIÓN ___________ (OBJETO DEL CONTRATO) CON Nº DE EXPEDIENTE _____, ME COMPROMETO AL CUMPLIMIENTO ÍNTEGRO E INCONDICIONADO DE LOS TÉRMINOS CONTENIDOS EN LOS SIGUIENTES CRITERIOS DE VALORACIÓN: ID CRITERIO DESCRIPCIÓN CRITERIO OFERTA 1.2 Que el equipo permita añadir nuevos componentes a líneas sin uso, sin la necesidad de reiniciar el equipo o volver a cargar todas las líneas 1.3 Menores dimensiones del equipo 1.4 Mayor tamaño de pantalla del equipo, con respecto al mínimo especificado en el PPT (Anexo II, apartado 3.13) 1.5 Nivel de interoperabilidad previa acreditada del software ofertado con el HIS del entorno del HUNSC, en particular DragoAE o Selene, para la recepción de demográficos, prescripciones y/o lista de trabajo. Se valorará la existencia de integraciones operativas previamente implantadas y acreditadas en otros centros sanitarios, por cuanto reducen la incertidumbre técnica, los plazos de despliegue y el riesgo de incidencias en la puesta en marcha 1.6 Que disponga de líneas polivalentes, entendiendo por tales aquellas que permitan conectar en una misma línea de transferencia macro o micronutrientes TOTAL HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Todo ello de acuerdo con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas particulares cuyo contenido conozco y acepto sin reservas. EN _______________, A __ DE __________ DE ___________ (EMITIDA DENTRO DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES) (FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA DEL DECLARANTE) HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA ANEXO VII COMPROMISO DE CONSTITUIRSE EN UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS Expte: SUM/2026/0000006865 EXPTE. INT.: 55/F/26/SU/GE/A/0065 D./Dª. ____________________, mayor de edad y con DNI/NIE nº __________, en nombre propio o en representación de la empresa ____________________, con domicilio social en ______________________, y NIF nº__________________ en calidad de___________________, bajo su personal responsabilidad. D./Dª. ____________________, mayor de edad y con DNI/NIE nº __________, en nombre propio o en representación de la empresa ____________________, con domicilio social en ______________________, y NIF nº__________________ en calidad de___________________, bajo su personal responsabilidad. Se comprometen a constituir una unión temporal de empresarias y/o empresarios, de conformidad con lo establecido en la LCSP, a efectos de participar en la licitación para la contratación del expediente …….. (indicar expediente). En el caso de resultar adjudicatarias se comprometen a formalizar en escritura pública la citada unión. La participación en la unión temporal, de cada miembro es la que sigue: ___________________ %. ___________________ %. Como persona representante de la citada unión se nombra a ______________________. EN _______________, A __DE__________ DE ___________ (EMITIDA DENTRO DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES) (FIRMA ELECTRÓNICA DE LOS REPRESENTANTES LEGALES DE LOS INTEGRANTES DE LA UTE) HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA ANEXO VIII AUTORIZACIÓN CONSTITUCIÓN GARANTÍA DEFINITIVA MEDIANTE RETENCIÓN DE PARTE DEL PRECIO Expte: SUM/2026/0000006865 EXPTE. INT.: 55/F/26/SU/GE/A/0065 D./Dña.___________________________________________________________, con NIF_______________________________________________________, en calidad de ____________________________ de la empresa _______________, con CIF ______________________________________________________ y domicilio social en __________________________________________ DICE: Que estando propuesto como adjudicatario del contrato del SUMINISTRO, MEDIANTE ARRENDAMIENTO Y MANTENIMIENTO INTEGRAL Y A TODO RIESGO INCLUIDO, CON FUNGIBLES ASOCIADOS, DE UN SISTEMA PARA LA PREPARACIÓN DE NUTRICIONES PARENTERALES, CON OPCIÓN DE COMPRA Y CON DESTINO EL SERVICIO DE FARMACIA DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO NUESTRA SEÑORA DE CANDELARIA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO ARMONIZADO Y TRAMITACIÓN ORDINARIA, autorizo al Servicio Canario de la Salud, Hospital Universitario Ntra. Sra. de Candelaria, para que retenga, de parte del precio del contrato la cantidad de ___________________________, en concepto de garantía definitiva, equivalente al 5 por 100 del importe de adjudicación, IGIC excluido, hasta que se disponga la cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público. En, ______________________ a ____ de _____________ de 2026. FIRMA Y SELLO APODERADO EMPRESA PROPUESTA ADJUDICATARIA. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA ANEXO IX DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A EMPRESAS CON 50 TRABAJADORES O MÁS TRABAJADORES Y LA OBLIGACIÓN DE CONTAR CON PLAN DE IGUALDAD INSCRITO Y REGISTRADO Expte: SUM/2026/0000006865 EXPTE. INT.: 55/F/26/SU/GE/A/0065 D/Dña……………………………….., con D.N.I. número……………………………………………...en nombre propio o en representación de la empresa…………………………………………………………………………………………....con domicilio en………………………………………………………………………………………, número……………………………………. C.P……………………………………...teléfono y C.I.F.I………………………………………………….. Concurriendo a la licitación convocada para la contratación del expediente n.º [……………………………………] DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que dicha empresa, en cumplimiento del artículo 71.1.d) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014: Dispone de un Plan de igualdad conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres, al contar en la empresa con un número de 50 o más trabajadores. No dispone de un Plan de igualdad al no alcanzar la empresa un número de 50 trabajadores. En………………..,a………...de…………….de 2026 FDO…………………………………………………….. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA ANEXO X “TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL” Expte: SUM/2026/0000006865 Expte. Int.: 55/F/26/SU/GE/A/0065 Descripción general del tratamiento de datos personales a realizar el: SUMINISTRO, MEDIANTE ARRENDAMIENTO Y MANTENIMIENTO INTEGRAL Y A TODO RIESGO INCLUIDO, CON FUNGIBLES ASOCIADOS, DE UN SISTEMA PARA LA PREPARACIÓN DE NUTRICIONES PARENTERALES, CON OPCIÓN DE COMPRA Y CON DESTINO EL SERVICIO DE FARMACIA DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO NUESTRA SEÑORA DE CANDELARIA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO ARMONIZADO Y TRAMITACIÓN ORDINARIA. El tratamiento consistirá en: (descripción detallada del servicio y del tratamiento que previamente debe estar registrado en el Registro de Actividades de Tratamiento de datos personales). Especificar de acuerdo con el artículo 28.3 RGPD naturaleza, finalidad, objeto del tratamiento. El personal adscrito por la organización adjudicataria para proporcionar los servicios establecidos en el Pliego que puede tratar datos personales: Los Datos Personales se tratarán únicamente por el personal adscrito y al único fin de efectuar el alcance contratado. En caso de que como consecuencia de la ejecución del contrato resultara necesario en algún momento la modificación de lo estipulado en este Anexo, el adjudicatario lo requerirá razonadamente y señalará los cambios que solicita. En caso de que el Director del Servicio Canario de la Salud estuviese de acuerdo con lo solicitado, por el Director del Servicio Canario de la Salud, se emitirá un nuevo Anexo actualizado, de modo que el mismo siempre recoja fielmente el detalle del tratamiento. Colectivos de interesados y datos tratados : Los colectivos de interesados y datos personales tratados a las que puede tener acceso el adjudicatario son: Tratamientos y Datos Personales del tratamiento a los que se principales colectivos puede acceder de interesados Tratamiento1: A modo de ejemplo: Explicitar D.N.I./N.I.F. NOMBRE Y APELLIDOS DIRECCION TELEFONO HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA FIRMA NACIONALIDAD, FECHA NACIMIENTO, CORREO ELECTRONICO CARACTERISTICAS PERSONALES ECONOMICOS, FINANCIEROS Y DE SEGUROS XXX Tratamiento 2: D.N.I./N.I.F. Explicitar NOMBRE Y APELLIDOS DIRECCION TELEFONO FIRMA NACIONALIDAD, FECHA NACIMIENTO, CORREO ELECTRONICO CARACTERISTICAS PERSONALES ECONOMICOS, FINANCIEROS Y DE SEGUROS XXX Elementos del tratamiento El tratamiento de datos personales comprenderá (márquese lo que proceda): - Recogida (captura de datos) - Registro (grabación) - Estructuración - Modificación - Conservación (almacenamiento) - Extracción (retrieval) - Consulta - Cesión - Interconexión (cruce) - Cotejo - Supresión - Destrucción de copias temporales - Conservación (en sus sistemas de información) - Otros - Duplicados - Copia (copias temporales) - Copia de seguridad - Recuperación Disposición de datos al terminar el servicio. HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Una vez finalice el encargo, es decir, el contratista o subcontratista deberá, optar por una o dos de estas opciones: a) Devolver al Director del Servicio Canario de la Salud, los datos de carácter personal, y si procede, los soportes donde consten, una vez cumplida la prestación. La devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el encargado. No obstante, el encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación. b) Devolver al encargado que designe por escrito el Director del Servicio Canario de la Salud, los datos de carácter personal y, si procede, los soportes donde consten, una vez cumplida la prestación. La devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el encargado. No obstante, el encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación. c) Destruir los datos, una vez cumplida la prestación. Una vez destruidos, el encargado debe certificar su destrucción por escrito y entregar el certificado al Director del Servicio Canario de la Salud. No obstante, el encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación. Medidas de seguridad Los datos deben protegerse empleando las medidas que un empresario ordenado debe tomar para evitar que dichos datos pierdan su razonable confidencialidad, integridad y disponibilidad. De acuerdo con la evaluación de riesgos realizada, se deben implantar, al menos, las medidas de seguridad siguientes: - (xxx) - (xxx) ( ejemplos, que deben ser adaptados en cada caso: - La seudonimización y el cifrado de datos personales. - La capacidad de garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento. - La capacidad de restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida en caso de incidente físico o técnico. - Un proceso de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento. - Las medidas contenidas en el Anexo II del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica, correspondientes al nivel de la Administración Electrónica, correspondientes al nivel de medidas de seguridad que resulte de la evaluación de riesgos realizada.) El adjudicatario no podrá no implementar o suprimir dichas medidas mediante el empleo de un análisis HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA de riesgo o evaluación de impacto salvo aprobación expresa del Director del Servicio Canario de la Salud. A estos efectos, el personal del adjudicatario debe seguir las medidas de seguridad establecidas por el Director del Servicio Canario de la Salud, no pudiendo efectuar tratamientos distintos de los definidos por el Director del Servicio Canario de la Salud Fecha y firma HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA ANEXO XI MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CONTRATISTA RELATIVA A LA UBICACIÓN DE LOS SERVIDORES Y LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS ASOCIADOS A LOS MISMOS D/Dª ……………………………………………………..……………, con DNI nº………………….………….. ☐ En nombre propio. ☐ En representación de la empresa………………………………………………………. en calidad de …………………………………………………………………………………… En aplicación de lo establecido en el artículo 122.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contra- tos del Sector Público (LCSP), declaro bajo mi responsabilidad dónde van a estar ubicados los servi- dores y desde dónde se van a prestar los servicios asociados a los mismos: UBICACIÓN DEL/LOS SERVIDORE/S Servidor 1 Subcontratación País: ________________________________ Nombre de la empresa: __________________________________ Localidad: ___________________________ Tipo de servidor: __________________________________ ☐ Comunicaciones ☐ Aplicaciones ☐ Propio ☐ Ajeno LUGAR/ES DESDE DONDE SE PRESTAN LOS SERVICIOS ASOCIADOS A LOS SERVIDORES Servidor 1 a) En caso de que los servicios asociados a los servidores (recogida, almacenamiento, procesa- miento y gestión de los datos) se presten por personal propio de la empresa, indique la localiza- HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA ción desde donde se presta el soporte o asistencia: País: ______________________________________ Localidad: _________________________________ b) En caso de que se contrate los servicios de alojamiento de los servidores a un tercero, indique: Nombre de la empresa proveedora: ____________________________________________ Tipo de servicio contratado: ☐ Housing ☐ Hosting dedicado ☐ Hosting compartido Marcar en caso de ser un servicio de Cloud Computing HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA ANEXO XII DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A LA SUBCONTRATACIÓN DE LOS SERVIDORES ASOCIADOS A LOS MISMOS Expte: SUM/2026/0000006865 Expte. Int.: 55/F/26/SU/GE/A/0065 D/Dª …………………………………………………………, con DNI nº………………….… ☐ En nombre propio. ☐ En representación de la empresa………………………………………………………. en calidad de ……………………………………………………………………… Al objeto de participar en la licitación del contrato denominado: “SUMINISTRO, MEDIANTE ARRENDAMIENTO Y MANTENIMIENTO INTEGRAL Y A TODO RIESGO INCLUIDO, CON FUNGIBLES ASOCIADOS, DE UN SISTEMA PARA LA PREPARACIÓN DE NUTRICIONES PARENTERALES, CON OPCIÓN DE COMPRA Y CON DESTINO EL SERVICIO DE FARMACIA DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO NUESTRA SEÑORA DE CANDELARIA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO ARMONIZADO Y TRAMITACIÓN ORDINARIA”, convocado por Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria , declara bajo su responsabilidad: que la empresa (indíquese lo que proceda): ☐ No está previsto la subcontratación con terceros de la ejecución el/los servidor/es o los servicios asociados al/los mismos (recogida, almacenamiento, procesamiento y gestión de los datos). ☐ Sí, está previsto la subcontratación con terceros de la ejecución el/los servidor/es o los servicios asociados al/los mismos (recogida, almacenamiento, procesamiento y gestión de los datos). Se indica a continuación el nombre o perfil empresarial de la/s empresa/s subcontratista/s, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización: ……………. ……………. ……………. Y para que conste a los efectos oportunos en la presente licitación pública, firma la correspondiente declaración responsable. En …………., a………..de……………de 202.... Fdo.:..............................................… HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39 Servicio Canario de la Salud HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA ANEXO XIII DECLARACIÓN RESPONSABLE DE COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES Expte: SUM/2026/0000006865 Expte. Int.: 55/F/26/SU/GE/A/0065 D/Dña……………………………….., con D.N.I. número……………………………………………...en nombre propio o en representación de la empresa…………………………………………………………………………………………....con domicilio en………………………………………………………………………………………, número……………………………………. C.P……………………………………...teléfono y C.I.F.I………………………………………………….. Concurriendo a la licitación convocada para la contratación del expediente n.º [………………………………….] DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que dicha empresa, en cumplimiento de la cláusula 4.4 del presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, dispone de los siguientes medios personales (Nombre y cualificación profesional del personal que va a realizar los trabajos de instalación y/o colocación de los bienes o productos suministrados): • Nombre y cualificación profesional: ……………………………………………………. ……………………………………………………. ……………………………………………………. ……………………………………………………. ……………………………………………………. ……………………………………………………. Estos medios personales formarán parte de la presente propuesta presentada y, por lo tanto, del contrato que se firme en caso de resultar adjudicatario y serán mantenidos durante todo el tiempo de realización del Suministro. Cualquier variación sobre los mismos será comunicada al órgano de Contratación. En……………………...….., a…………..de…………….. de 2026 Fdo………………………………………………………………………... HOSPITAL UNIVERSITARIO NTRA. SRA. DE CANDELARIA Crta. Rosario Nº 145 38010.- Santa Cruz de Tenerife Tfno: 922 60 20 00 FAX: 922 60 23 62 Este documento ha sido firmado electrónicamente por: ARTEMY PEREZ DIAZ - JEFE DE SERVICIO Fecha: 15/05/2026 - 14:57:48 En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: 0VJzQnlIBHdMnR_d_khY7k1pNjSk6wV4h El presente documento ha sido descargado el 20/05/2026 - 11:51:39