Memoria justificativa

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<!-- image --> CONP/2026/1511 Nª Expediente 2026000135 Área IV SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE UN TANQUE DE NITRÓGENO LÍQUIDO EN FASE GAS DESTINADO A LA UNIDAD DE INMUNOTERAPIA PARA CÉLULAS CAR-T UBICADA EN EL INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (ISPA) DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO CENTRAL DE ASTURIAS (HUCA) ## 1.1.- Objeto del contrato: El objeto del contrato es el suministro, instalación y puesta en marcha de un tanque de nitrógeno líquido en fase de gas destinado a la Unidad de Inmuoterapia para célula CAR-T ubicada en el Instituto de Investigación del Principado de Asturias (ISPA) del Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA), cuyas características se detallan en el PPT. ## 1.2.- Calificación del Contrato (Art. 18) : Mixto. Suministro: 90% Servicio: 10% ## 1.3.- Codificación nomenclatura CPV : ## 1.4.- División en lotes: No El objeto del contrato comprende una única prestación, no resultando posible su división. ## 1.5.- Necesidad e idoneidad del contrato (Art. 28): El modelo organizativo del Plan Nacional para las terapias celulares avanzadas y en concreto para el acceso a los medicamentos CAR-T se basa en dos estructuras: por una parte, existen centros acreditados , designados únicamente para la administración del medicamento CAR-T, y, por otra, centros de fabricación propia que permitirán el desarrollo de medicamentos CAR-T académicos y de otras terapias celulares basadas en células inmunes, que son seleccionados a nivel nacional y acreditados por la Agencia española del Medicamento y Productos Sanitarios, (AEMPS) como centros de referencia en la zona geográfica en la que estén situados. En este último sentido, al objeto de dar una respuesta a la necesidad de generar estas terapias complejas en nuestra Comunidad Autónoma, se promueve desde el entorno hospitalario del HUCA, la creación de la Unidad de Inmunoterapia que tiene como único objetivo la generación de medicamentos basados en terapias avanzadas, como los CAR-T, para uso exclusivo clínico, es decir, para su administración a pacientes tratados en el HUCA, principalmente de los Servicios de Hematología y Oncología Médica. Dicha generación será llevada a cabo bajo la supervisión y aprobación de la AEMPS y se gestionará por el propio Servicio de Farmacia del HUCA antes de ser administrados a los pacientes. Estos procedimientos, así como su seguimiento clínico posterior, sólo pueden ser desarrollados desde un centro hospitalario, bajo la monitorización y consideración del Sistema Nacional de Salud y el Ministerio de Sanidad, como se ha venido realizando en el resto de CCAA de nuestro país. Esta Unidad de Inmunoterapia ha sido localizada en las instalaciones del Instituto de Investigación Sanitaria del Principado de Asturias (ISPA), dentro del complejo hospitalario del HUCA, donde se encuentran ubicadas todas las salas blancas acreditadas relacionadas con las terapias avanzadas 1 ## MEMORIA JUSTIFICATIVA 33165000-4 Aparatos de criocirugía y crioterapia <!-- image --> ## GERENCIA ÁREA SANITARIA IV del HUCA, como, por ejemplo, la Unidad de Terapia Celular. Esto obedece a los requerimientos técnicos específicos de la misma y su idoneidad de cara a las acreditaciones necesarias por parte de la AEMPS por incluir salas en condiciones GMP (normas de correcta fabricación) y con clase ISO 5, controles ambientales y de calidad estrictos, y separadas pero con fácil acceso a las unidades clínicas de administración del medicamento. Por tanto, la adquisición de este Tanque de nitrógeno resulta imprescindible para almacenamiento a temperaturas inferiores a &gt;155º C, siendo este el motivo que justifica la adquisición. ## 1.6.- Elección del Procedimiento (Art. 116 y 156 LCSP): Se utilizará el Procedimiento Abierto y tramitación ordinaria. ## 2.- DATOS ECONÓMICOS - 2.1.- Concepto presupuestario : 97.01.400/412B/622000 ## 2.2.- Sistema de determinación del precio (Art. 102): A tanto alzado Para el cálculo del precio de licitación se ha tenido en cuenta el precio de mercado del producto a adquirir consultando y revisando licitaciones y adjudicaciones recientes de equipos de similares características y para idénticas funciones. ## 2.3.- Presupuesto de licitación (Art. 100): El presupuesto de licitación es el siguiente: | Lote | Denominación | Unidade s | Importe de licitación sin IVA | IVA (21%) | Importe IVA incluido | |--------|-----------------------------------------|-------------|---------------------------------|-------------|------------------------| | Único | TANQUE DE NITRÓGENO LÍQUIDO EN FASE GAS | 1 | 28.200,00 | 5.922,00 | 34.122,00 | | Total | | | 28.200,00 | 5.922,00 | 34.122,00 | ## -Desglose de costes: En el presente contrato no se tiene en cuenta de forma específica la repercusión del coste de los salarios de las personas empleadas para la ejecución, ni otros costes directos o indirectos, habida cuenta de que, pese a su consideración jurídica es de contrato de suministro, por lo que se va a regir por las normas del contrato de suministro, e incorpora según los criterios del empresario la valoración de dichos costes, sin que sea preciso que la Administración detalle la influencia de éstos en la configuración del precio. Es por ello que para la fijación del presupuesto base de licitación se han tenido en cuenta los precios de suministros similares, lo que da una idea muy ajustada del coste de los productos y de la idoneidad del presupuesto elaborado en relación con los precios vigentes en el mercado. ## -Desglose por anualidades: | Lote | Año | Importe con IVA | Epígrafe presupuestario | |--------|-------|-------------------|---------------------------| | 1 | 2026 | 34.122,00 | 97.01.400/412B/622000 | | Total | | 34.122,00 | | 2 <!-- image --> - -Tramitación anticipada: no - 2.4.- Duración del contrato: La duración del contrato será dos meses a partir del día siguiente a la formalización del contrato. - 2.5.- Prórrogas (Art.29.2): No procede. - 2.6.- Modificación del contrato (Art. 204): No procede. - 2.7.- Valor estimado (Art. 101): - El valor estimado es de 28.200,00 € calculado como, dado que el contrato no prevé modificación, ni prórroga coincide con el presupuesto base de licitación. ## 3.-ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO - 3.1.- Adscripción de medios personales y/o materiales (Art. 76.2): No - 3.2.- Habilitación empresarial o profesional: No - 3.3. Solvencia ## Solvencia económica y financiera: El volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, deberá ser igual o superior al presupuesto de licitación sin IVA. | Lote | Volumen anual | |--------|-----------------| | único | 28.200,00€ | Deberá acreditarse por los siguientes medios: - -Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Justificación: con este requisito de solvencia, quedaría garantizada la liquidez del adjudicatario durante la ejecución del contrato, así como la concurrencia ## Solvencia técnica o profesional: El importe anual de los suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el año de mayor ejecución en los tres últimos años, deberá ser igual o superior presupuesto de licitación sin IVA. | Lote | Volumen anual | |--------|-----------------| | único | 28.200,00€ | Deberá acreditarse por los siguientes medios: 3 ## GERENCIA ÁREA SANITARIA IV <!-- image --> ## GERENCIA ÁREA SANITARIA IV Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. A efectos de determinar la correspondencia entre los suministros acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, se atenderá a la coincidencia entre los tres primeros dígitos del código CPV. Justificación: con este requisito de solvencia, quedaría garantizada la liquidez del adjudicatario durante la ejecución del contrato, así como la concurrencia ## 3.4.- Criterios de adjudicación (Art. 145): De acuerdo con lo previsto en el artículo 145.3 f) de la LCSP, dado que el suministro se encuentra perfectamente definido y detallado en el Pliego de Prescripciones Técnicas, sin que haya posibilidad de variar plazos de entrega ni introducir modificaciones de ninguna clase en el contrato, se establece el precio como único criterio de adjudicación. Se adjudicará al menor precio unitario sin IVA. ## Precio: 100 puntos Precio de licitación-Oferta considerada Fórmula de valoración: 100 x ------------------------------------------------- Precio de licitación - A Siendo A= 90 % del precio de licitación, o la oferta más baja admitida a licitación, si su valor es inferior. Oferta = precio licitación: 0 puntos La elección de este criterio, se ajusta a lo establecido en el artículo 145.5 a) y b) de la Ley de Contratos del Sector Público: - -Está vinculado al objeto del contrato. - -Es cuantificable de forma automática, de manera que se respeta de una manera más efectiva los principios de igualdad, transparencia y proporcionalidad, al no establecer ningún criterio que dependa de un juicio de valor. ## 3.5.- Criterios de desempate: En los casos en que tras la aplicación de los criterios de adjudicación se produzca un empate entre dos o más ofertas, se aplicará lo dispuesto en el artículo 147.2 de la LCSP. ## 3.6.- Ofertas anormalmente bajas: Se considerarán ofertas anormalmente bajas, aquellas que no pueden ser cumplidas en base al siguiente parámetro: - Que el importe de licitación sin IVA resulte inferior en 20 unidades porcentuales a la media de las ofertas presentadas. En caso de que concurra una sola empresa se considerará 4 <!-- image --> ## GERENCIA ÁREA SANITARIA IV oferta anormalmente baja aquella cuyo importe sin IVA resulte inferior en 25 unidades porcentuales al importe de licitación sin IVA. ## 3.7.- Garantía : 5% del importe de adjudicación sin IVA 5% del importe de licitación sin IVA: 1.410,00 € ## 4.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO ## 4.1. Unidad de seguimiento y Responsable del contrato (Art. 62) ## Unidad de seguimiento del contrato: Unidad de Inmunoterapia del Hospital Universitario Central de Asturias ubicada en el Instituto de Investigación del Principado de Asturias ## 4.2. Responsable del contrato (Art. 62) ## Responsable del contrato: Jefe de Servicio de Inmunología del HUCA ## Funciones del responsable del contrato: - -Actuar como coordinador entre la empresa adjudicataria y la Gerencia del Área IV - -Supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación - -Proponer la imposición de penalidades - -Informar acerca de si el posible retraso producido en la ejecución del contrato es por motivos imputables al contratista - -El ejercicio de las facultades inherentes a la potestad de dirección del contrato, así como proponer al órgano de contratación el ejercicio de las prerrogativas que le correspondan por razones de interés público. - -Igualmente le corresponderá acreditar la conformidad de la prestación o, en su caso, dar la conformidad final al contrato. ## 4.3. Lugar de ejecución o entrega - -Lugar de de ejecución: Unidad de Inmunoterapia del Hospital universitario Central de Asturias con sede en el Instituto de Investigación del Principado de Asturias (ISPA) - -Lugar de entrega: Unidad de recepción del Almacén General del ASIV, en el HUCA, Avda. de Roma, s/n 33011, Oviedo, Asturias. - -El plazo máximo de entrega será de dos meses a partir del día siguiente a la formalización del contrato. - 4.4.- Obligaciones generales: Las recogidas en el artículo 300 de la LCSP ## 4.5.- Obligaciones específicas: Obligación de respetar la normativa vigente en materia de protección de datos (art. 122.2 LCSP). ## 4.6.- Condiciones especiales de ejecución: 5 <!-- image --> ## GERENCIA ÁREA SANITARIA IV En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 202 de la LCSP y en el Acuerdo de Consejo de Gobierno del 3 de mayo de 2018, se establece como condición especial de ejecución el cumplimiento, como mínimo, de las condiciones recogidas en los convenios colectivos de aplicación, tanto para el contratista principal como, en el caso de que los hubiera, para subcontratistas, sin perjuicio de que los empleados puedan beneficiarse de posibles mejoras. ## 4.7.- Obligaciones esenciales: Se establecen como obligaciones esenciales de ejecución del contrato: - Cualificación inicial del equipo de acuerdo con lo exigido en el Pliego de Prescripciones Técnicas - Cumplimiento de las condiciones especiales de ejecución ## 4.8. Penalidades (Art. 192 a 196): No se contempla el establecimiento de penalidades específicas. Serán las reseñadas en el apartado 23 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. ## 4.9. Cesión del Contrato (Art. 214): Si El contrato podrá ser cedido a un tercero siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato. ## 4.10. Subcontratación (Art. 215): SI. ## 4.11. Forma de pago (Art 198): Un solo pago y facturación, una vez recibidos, instalado y puesto en marcha y cualificado inicialmente el equipo y una vez firmada el acta de recepción. Fdo.: Antonio López Vazquez Jefe de Servicio de Inmunología Hospital Universitario Central de Asturias 6