Informe de insuficiencia de medios

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INFORME INSUFICIENCIA DE MEDIOS MATERIALES Y HUMANOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO MIXTO DE SUMINISTRO PARA ALQUILER Y GESTIÓN INTEGRAL DE CARPAS PARA LAS FIESTAS LOCALES 2027 EN PARACUELLOS DE JARAMA. Expediente: 7320/2026 Asunto: Insuficiencia de medios En base a lo dispuesto en el artículo 116.4.f) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante, LCSP), cuando se haga necesario celebrar un contrato de servicios, previamente se deberá justificar adecuadamente en el expediente la insuficiencia de medios. En virtud de lo anterior, emito el siguiente, INFORME PRIMERO. Insuficiencia de medios personales: Que en la plantilla de este ayuntamiento no figura ninguna plaza que pueda cubrir la presente necesidad. SEGUNDO. Insuficiencia de medios materiales: El Ayuntamiento no dispone tampoco de los medios materiales que permitan la prestación del presente servicio. TERCERO. Se deberá publicar el informe de insuficiencia de medios en el perfil de contratante mediante su incorporación al expediente de contratación correspondiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 63.3.a) de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Lo que se informa su conocimiento y efectos.