Memoria justificativa

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Ayuntamiento de Los Corrales de Buelna Expediente 2667/2026 MEMORIA JUSTIFICATIVA CONTRATO DE SUMINISTRO, EN RÉGIMEN DE ALQUILER, ASÍ COMO DE LOS SERVICIOS DE DISEÑO, INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y DESMONTAJE DE LA ILUMINACIÓN Y ORNAMENTACIÓN NAVIDEÑA EN ESPACIOS PÚBLICOS DEL AYUNTAMIENTO DE LOS CORRALES DE BUELNA. 1.- Definición del objeto del contrato. El objeto de este contrato es la contratación del suministro, en régimen de alquiler, así como de los servicios de diseño, instalación, mantenimiento y desmontaje de la iluminación y ornamentación navideña en espacios municipales, con motivo de las fiestas navideñas. El CPV se corresponde con: 31500000-1 Material de iluminación y lámparas eléctricas. 2.- División en lotes: NO. Justificación de la no división en lotes del contrato. Atendiendo a las características del contrato, en el que se valora la presentación de un proyecto único de diseño del alumbrado navideño para todo el término municipal, así como su instalación, su mantenimiento y desmontaje, no resulta factible su división en lotes, debiéndose estar a la uniformidad del diseño. 3.- Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato. Para llevar a cabo esta iniciativa se hace preciso disponer de unos medios materiales, técnicos y personales de especial cualificación y de experiencia profesional contrastada, para lo que se hace preciso proceder, tanto a la contratación del suministro de la instalación propiamente dicha como al de la contratación del servicio de montaje, desmontaje y mantenimiento. 4.- Solvencia técnica o profesional y económica y financiera. La solvencia exigida está vinculada al contrato y es proporcional al mismo para garantizar la posibilidad de que las ofertas sean evaluadas en condiciones de competencia efectiva: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Declaración sobre el volumen anual de negocios del licitador referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos. Criterios: Volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos el valor estimado del contrato: 43.735,00€ Se acreditará mediante: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. No obstante lo anterior, 55P29XQ77SGSN6YL3ZR2A6MN7 :nóicadilaV .dóC /se.acinortceledes.anleubedselarrocsol//:sptth :nóicacifireV 4 ed 1 anigáP | anoitseG ocilbuPse amrofatalp al edsed etnemacinórtcele odamrif otnemucoD

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