Acta 19/03/2026

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<!-- image --> ## ACTA DEL ÓRGANO DE ASISTENCIA DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN DE LA FUNDACIÓN DEL TEATRO REAL FSP ## Fecha y hora de celebración 19 de marzo de 2026 a las 10:00:00 ## Lugar de celebración Fundación del Teatro Real FSP ## Asistentes ## PRESIDENTE: - D. Enrique Collell Blanco, Secretario General de la Fundación del Teatro Real F.S.P. ## VOCALES: - Dña. Carmen Acedo Grande, Abogacía del Estado en el Ministerio de Cultura. - Dña. Susana Rubio de la Cruz, Servicios económicos de la Fundación del Teatro Real FSP. ## SECRETARIO: - D. Javier Díaz-Meco Aragonés, Adjunto Unidad de Contratación, Asuntos Jurídicos y Servicios Generales de la Fundación del Teatro Real F.S.P. Iniciada la sesión, el Sr. Presidente declara válidamente constituida la sesión del órgano asesor del órgano de contratación, formado por las personas que se reseñan anteriormente. Todos los asistentes declaran que no existe ningún potencial conflicto de interés relacionado con la licitación y en concreto, declaran que no se cumple ninguna de las circunstancias señaladas a continuación: - a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquél; ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado. - b) Tener un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y también con los asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con éstos para el asesoramiento, la representación o el mandato. - c) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas en la letra anterior. - d) Haber intervenido como perito o como testigo en el procedimiento de que se trate. - e) Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar. - f) Cualquier otra circunstancia establecida como causa de abstención por la LCSP o resto de normativa de aplicación. A continuación, se da paso al inicio de los actos previstos en el orden del día. ## Orden del día - 1.- Aprobación del acta del 12 de marzo de 2026. - 2.- Apertura y calificación administrativa: CL\_008/2026 - Servicios de higienización de conductos y climatizadores de la Fundación del Teatro Real FSP - 3.- Apertura criterios evaluables automáticamente: CL\_008/2026 - Servicios de higienización de conductos y climatizadores de la Fundación del Teatro Real FSP - 4.- Valoración criterios evaluables automáticamente: CL\_008/2026 - Servicios de higienización de conductos y climatizadores de la Fundación del Teatro Real FSP - 5.- Propuesta adjudicación: CL\_008/2026 - Servicios de higienización de conductos y climatizadores de la Fundación del Teatro Real <!-- image --> ## FSP - 6.- Mejor valorado - Requerimiento de documentación: CL\_008/2026 - Servicios de higienización de conductos y climatizadores de la Fundación del Teatro Real FSP - 7.- Apertura y calificación administrativa: CL\_009/2026 - Contrato mixto de provisión, en régimen de alquiler de infraestructuras y organización integral de la mismas para el evento Semana de la Ópera 2026 para la Fundación del Teatro Real FSP - 8.- Apertura criterios basados en juicios de valor: CL\_009/2026 - Contrato mixto de provisión, en régimen de alquiler de infraestructuras y organización integral de la mismas para el evento Semana de la Ópera 2026 para la Fundación del Teatro Real FSP - 9.- Valoración criterios basados en juicios de valor: CL\_006/2026 - Suministro en régimen de adquisición de la escenografía de la producción de "Le nozze di figaro" para la Fundación del Teatro Real FSP - 10.- Apertura criterios evaluables automáticamente: CL\_006/2026 - Suministro en régimen de adquisición de la escenografía de la producción de "Le nozze di figaro" para la Fundación del Teatro Real FSP - 11.- Valoración criterios evaluables automáticamente: CL\_006/2026 - Suministro en régimen de adquisición de la escenografía de la producción de "Le nozze di figaro" para la Fundación del Teatro Real FSP - 12.- Propuesta adjudicación: CL\_006/2026 - Suministro en régimen de adquisición de la escenografía de la producción de "Le nozze di figaro" para la Fundación del Teatro Real FSP - 13.- Mejor valorado - Requerimiento de documentación: CL\_006/2026 - Suministro en régimen de adquisición de la escenografía de la producción de "Le nozze di figaro" para la Fundación del Teatro Real FSP - 14.- Apertura criterios evaluables automáticamente: CL\_003/2026 - Servicio de diseño, instalación y producción audiovisual así como, suministro del equipamiento técnico de sala inmersiva para la Fundación del Teatro Real, F.S.P. - 15.- Valoración criterios evaluables automáticamente: CL\_003/2026 - Servicio de diseño, instalación y producción audiovisual así como, suministro del equipamiento técnico de sala inmersiva para la Fundación del Teatro Real, F.S.P. - 16.- Propuesta adjudicación: CL\_003/2026 - Servicio de diseño, instalación y producción audiovisual así como, suministro del equipamiento técnico de sala inmersiva para la Fundación del Teatro Real, F.S.P. - 17.- Mejor valorado - Requerimiento de documentación: CL\_003/2026 - Servicio de diseño, instalación y producción audiovisual así como, suministro del equipamiento técnico de sala inmersiva para la Fundación del Teatro Real, F.S.P. - 18.- Apertura y calificación administrativa: CL\_003/2026 - Servicio de diseño, instalación y producción audiovisual así como, suministro del equipamiento técnico de sala inmersiva para la Fundación del Teatro Real, F.S.P. ## Se Expone - 1.- Aprobación del acta del 12 de marzo de 2026. La mesa acuerda la aprobación del acta correspondiente a la sesión del 12 de marzo de 2026. ## 2.- Apertura y calificación administrativa: CL\_008/2026 - Servicios de higienización de conductos y climatizadores de la Fundación del Teatro Real FSP El órgano asesor, con carácter previo a la apertura del archivo electrónico nº2, relativo a los criterios evaluables mediante fórmulas procede a la valoración del informe técnico de 12 de marzo de 2026 relativo a la solvencia técnica establecida en el apartado 17 del cuadro resumen del PCAP, esto es: 'Doc. B1.- Artículos 90.1.b) y e) de la LCSP: Declaración responsable, cuyo modelo consiste en el DEUC en el que se indique la relación de los principales suministros y servicios realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los últimos tres años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Se establece que como mínimo los suministros y servicios de igual o similar naturaleza sean de al menos, el 80 % del importe del presupuesto base de licitación del contrato. Doc. B2.- Artículos 90.1.d) de la LCSP: Los licitadores deberán contar, con la habilitación profesional y empresarial que es exigible para la realización del servicio objeto del contrato. En concreto, los licitadores deberán acreditar la inscripción en el Registro Oficial de establecimientos y Servicios Biocidas, en el siguiente epígrafe: - Actividad a desarrollar: A terceros. - Tipo de biocidas: TP2. - Grado de toxicidad: Nocivo. Doc. B3.- Artículos 90.1.f) de la LCSP: Acreditar documentalmente la homologación y autorización por los Organismos competentes que la faculten para realizar todos los trabajos objeto del presente contrato, y en concreto, es necesario que presenten, registro de Código de identificación Medioambiental NIMA: <!-- image --> - Tipo de autorización P02 - Pequeño productor de residuos. (o superior) - Procesos-Residuos declarados: Limpieza. - Denominación del Residuo: LER 150110' En este sentido, el departamento de Sostenibilidad, Accesibilidad e Infraestructuras, emitió informe de 12 de marzo de 2026 en el que concluye que 'técnicamente, justifica y acredita lo requerido en pliegos'. Dado el tecnicismo propio de la información así como el informe de valoración, los miembros del órgano asesor se han limitado a aceptar las valoraciones efectuadas en el informe técnico por cuanto los miembros del órgano asesor, no pueden efectuar un análisis técnico complejo que pueda contradecir las conclusiones alcanzadas en el informe presentado o dictaminar que éste sea erróneo. En conclusión, el órgano asesor procede a admitir los dos licitadores que han presentado oferta a la presente licitación. ## 3.- Apertura criterios evaluables automáticamente: CL\_008/2026 - Servicios de higienización de conductos y climatizadores de la Fundación del Teatro Real FSP El órgano asesor procede a la apertura del archivo electrónico nº 3 que contiene los criterios evaluables automáticamente y en concreto, las proposiciones económicas de acuerdo a los criterios del PCAP de la siguiente manera, teniendo en cuenta que el PBL es de 16.000,00 € anuales: - Rentokil Initial España S.A: - o Importe anual: ONCE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO EUROS (11.995,00 €) - o IVA 21%: DOS MIL QUINIENTOS DIECIOCHO EUROS CON NOVENTA Y CINCO CÉNTIMOS (2.518,95€) - o Importe total con IVA: CATORCE MIL QUINIENTOS TRECE EUROS CON NOVENTA Y CINCO CÉNTIMOS (14.513,95€). - ONDOAN SERVICIOS, S.A.U., - o Importe anual: 14.385,00 € (CATORCE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO EUROS CON CERO CÉNTIMOS) - o IVA: 3.020,85 € (TRES MIL VEINTE EUROS CON OCHENTA Y CINCO CÉNTIMOS) - o Importe total con IVA: 17.405,85 € (DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS CINCO EUROS CON OCHENTA Y CINCO CÉNTIMOS) Por último, el órgano asesor verifica que las ofertas de criterios evaluables mediante fórmulas, en lo que se refiere a la oferta económica, no deben ser declaradas como desproporcionadas o anormalmente bajas, según lo dispuesto en el apartado 24 del cuadro-resumen del PCAP que se remite a lo estipulado en el artículo 85 del RGLCAP. ## 4.- Valoración criterios evaluables automáticamente: CL\_008/2026 - Servicios de higienización de conductos y climatizadores de la Fundación del Teatro Real FSP El órgano asesor procede a la valoración de los criterios evaluables automáticamente de acuerdo a los criterios del PCAP, esto es 'se distribuirán los puntos de forma proporcional, correspondiendo los 100 puntos a la oferta más económica. Las restantes ofertas presentadas por los licitadores, IVA excluido, se calificarán de conformidad a la siguiente fórmula: <!-- formula-not-decoded --> Siendo: Pi= puntuación de la oferta a valorar Pm= puntuación máxima que se puede obtener Ob= oferta más baja Ov = oferta a valorar' Siendo 100 puntos la puntuación máxima que podrá alcanzar el licitador que realice una mejor oferta económica, en este caso, la puntuación se registra de la siguiente manera: <!-- image --> - -RENTOKIL INITIAL ESPAÑA S.A: - o Importe anual: ONCE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO EUROS (11.995,00 €); IVA 21%: DOS MIL QUINIENTOS DIECIOCHO EUROS CON NOVENTA Y CINCO CÉNTIMOS (2.518,95€); Importe total con IVA: CATORCE MIL QUINIENTOS TRECE EUROS CON NOVENTA Y CINCO CÉNTIMOS (14.513,95€). - o Puntuación: 100 puntos - -ONDOAN SERVICIOS, S.A.U., - o Importe anual: 14.385,00 € (CATORCE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO EUROS CON CERO CÉNTIMOS); IVA: 3.020,85 € (TRES MIL VEINTE EUROS CON OCHENTA Y CINCO CÉNTIMOS); Importe total con IVA: 17.405,85 € (DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS CINCO EUROS CON OCHENTA Y CINCO CÉNTIMOS) - o Puntuación: 83,39 puntos ## 5.- Propuesta adjudicación: CL\_008/2026 - Servicios de higienización de conductos y climatizadores de la Fundación del Teatro Real FSP De acuerdo a la evaluación de las propuestas aportadas por los licitadores, el órgano asesor concluye la siguiente lista ordenada de manera decreciente de puntuación de acuerdo a las puntuaciones obtenidas por los licitadores en las diferentes fases: ## Orden nº 1- RENTOKIL INITIAL ESPAÑA S.A: - -Total criterios adjudicación mediante fórmulas: 100 - -Total puntuación: 100 Orden nº 2- ONDOAN SERVICIOS, S.A.U., - -Total criterios adjudicación mediante fórmulas: 100 - -Total puntuación: 100 - 6.- Mejor valorado - Requerimiento de documentación: CL\_008/2026 - Servicios de higienización de conductos y climatizadores de la Fundación del Teatro Real FSP La oferta propuesta por la empresa, RENTOKIL INITIAL ESPAÑA S.A tiene el carácter, de oferta más ventajosa por lo que, de conformidad con lo previsto en el artículo 150.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, se requiere a la referida empresa para que en el plazo de siete (7) días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que se ponga a su disposición este requerimiento a través de comunicación emitida por la Plataforma de Contratación del Sector Público, y en aras de resultar adjudicataria del contrato referido, presenta la documentación prevista en los pliegos y, en concreto, la siguiente: 1. Escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional de la empresa. 2. Escritura o documento oficial acreditativo del apoderamiento del representante legal de la empresa y copia del DNI, a fin de poder proceder a la suscripción del contrato. 3. Certificados acreditativos de que la empresa está al corriente de sus obligaciones relativas al pago de sus obligaciones tributarias y cotizaciones de la Seguridad Social (Certificados actualizados y en vigor). 4. Documentación acreditativa del alta de la empresa en el Impuesto de Actividades Económicas referida al ejercicio corriente, o último recibo emitido, completado con una Declaración Responsable suscrita por su representante legal, de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. 5. Documentación acreditativa de haber constituido, a disposición de la Fundación Teatro Real, la Garantía Definitiva (5% del precio de adjudicación, IVA excluido, esto es // 599,75 €//) , constituida mediante alguna de las formas señaladas en el artículo 108 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. (pueden consultar en la página https://www.tesoro.es/caja-general-de-depositos/constitucion-de-depositos-y-garantias) 6. Documentación acreditativa de la facturación anual de los tres últimos ejercicios , exigiéndose que el volumen de negocios mínimo anual en el año de mayor facturación de dichos tres últimos ejercicios disponibles, en función de la fecha de constitución o del inicio de las actividades del empresario y de la presentación de las ofertas, sea del 100 % del presupuesto base de licitación anual, esto es // 16.000,00 €//, IVA no incluido. En concreto, el volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. 7. Certificados de buena ejecución , acreditativos del cumplimiento de solvencia técnica de los principales suministros <!-- image --> realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los últimos tres años, en los que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. A falta de los certificados correspondientes, podrá presentarse una declaración responsable acompañada de los documentos obrantes en el poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. La relación debe estar firmada y sellada por el representante legal de la empresa. Se establece como mínimo haber realizado servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el 80% del importe del presupuesto base de licitación anual del contrato, ascendiendo dicho importe a // 12.800,00 €//. 8. Declaración de confidencialidad (Anexo VII del PCAP). 2. 9.- Anexo V del PCAP, relativo al cumplimiento de las condiciones esenciales de ejecución del contrato. 3. 10.- Justificante de estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, o cuando proceda de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 96 en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma, en la fecha final de presentación de ofertas siempre que no se vea limitada la concurrencia. 4. 11.- Asimismo, los apartado 6 y 7 se podrá sustituir por la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, - Grupo: M - SERVICIOS ESPECIALIZADOS - Subgrupo: 01 - Higienización, desinfección, desinsectación y desratización - Categoría: 1, Hasta 150.000,00 € 8. 7.- Apertura y calificación administrativa: CL\_009/2026 - Contrato mixto de provisión, en régimen de alquiler de infraestructuras y organización integral de la mismas para el evento Semana de la Ópera 2026 para la Fundación del Teatro Real FSP Se procede a la apertura de la documentación que debían incluir en el archivo electrónico nº1 de la única entidad que ha presentado oferta, esto es, NIF: B83086611 GLUB GLUB SOLUCIONES TÉCNICAS PARA EL ESPECTÁCULO S.L Fecha de presentación: 17 de marzo de 2026 a las 16:59:17. En concreto, en dicho archivo electrónico nº1, se debía aportar la siguiente documentación: - Doc. A1.Artículos 87.1.a) de la LCSP: Declaración responsable , cuyo modelo consiste en el documento europeo único de contratación (DEUC), en el que se indique que el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, exigiéndose que el volumen de negocios mínimo anual en el año de mayor facturación de dichos tres últimos ejercicios sea de, al menos, el mismo importe del presupuesto base de licitación del contrato. - Doc. B1.Artículos 89.1.a) de la LCSP: Declaración responsable, cuyo modelo consiste en el DEUC en el que se indique la relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los últimos tres años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Se establece que como mínimo los suministros de igual o similar naturaleza sean de al menos, el 70% del presupuesto base de licitación del contrato. Tras la revisión de la documentación aportada por el único licitador el órgano asesor concluye admitirlo dado que ha presentado correctamente toda la documentación exigida en el apartado 17 del Cuadro-resumen del PCAP: - 8.- Apertura criterios basados en juicios de valor: CL\_009/2026 - Contrato mixto de provisión, en régimen de alquiler de infraestructuras y organización integral de la mismas para el evento Semana de la Ópera 2026 para la Fundación del Teatro Real FSP Se procede a la apertura del archivo electrónico nº2 relativo a los criterios de adjudicación no evaluables mediante fórmulas según lo estipulado en el apartado 20.2 del Cuadro-Resumen del PCAP. La valoración total de los criterios de adjudicación no evaluables mediante fórmulas será de hasta 49 puntos , repartidos en los siguientes apartados, a fin de valorar la calidad técnica de la oferta presentada, | CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS (SOBRE 2) | CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS (SOBRE 2) | CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS (SOBRE 2) | |-----------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------| | CRITERIO | CONSIDERACIONES A VALORAR | PUNTUACIÓN | | Criterios generales: | | Hasta 49 puntos. | <!-- image --> | A. Metodología de organización del servicio. | Valorándose el grado de descripción y detalle de las actuaciones, la explicación de los procesos de trabajo en los que medie la subcontratación de prestaciones y el nivel de adecuación a las instrucciones técnicas previstas en el pliego de prescripciones técnicas. | Hasta 15 puntos. | |---------------------------------------------------------------------------------------------|----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------| | B. Sistema de coordinación en materia de prevención de riesgos laborales. | Atendiendo para su valoración a los elementos de control e inspección propuestos. | Hasta 10 puntos. | | C. Planificación de las actividades y cronograma de ejecución de los trabajos. | Para lo cual el licitador deberá presentar una propuesta de cronograma cuya valoración dependerá de su adaptación a los tiempos marcados en los pliegos que rigen el presente contrato. | Hasta 13 puntos. | | D. Materiales a utilizar en el desarrollo del evento. | Descripción de los elementos a suministrar y relación de calidades que permitan valorar la calidad de los elementos materiales utilizados. | Hasta 6 puntos. | | E. Descripción de la documentación y contenido para la autorización de actos en vía pública | Valorándose la claridad expositiva, precisión de contenido y adecuación a la normativa municipal, indicando la reglamentación a la que responde. | Hasta 5 puntos. | | Puntuación total máxima en los criterios no evaluables mediante fórmulas (Sobre 2) | Puntuación total máxima en los criterios no evaluables mediante fórmulas (Sobre 2) | Hasta 49 puntos. | Asimismo, se recuerda que la memoria técnica general que no alcance la puntuación mínima de 25 puntos en este criterio será rechazada y a partir de ese momento quedará excluida la proposición de que se trate de la licitación de este contrato. En cuanto a los requisitos formales de presentación, toda la documentación aportada por los licitadores es correcta por lo que es aportada al Departamento de Sostenibilidad, Accesibilidad e Infraestructuras para su correspondiente evaluación. ## 9.- Valoración criterios basados en juicios de valor: CL\_006/2026 - Suministro en régimen de adquisición de la escenografía de la producción de "Le nozze di figaro" para la Fundación del Teatro Real FSP El órgano asesor procede a valorar el informe de valoración de la Dirección Técnica de 18 de marzo de 2026 relativo a los criterios de adjudicación evaluables mediante juicios de valor, siendo la entidad Tecnoescena Srl la única que presentó oferta en la licitación, la puntuación es la siguiente: | CRITERIO | PUNTUACION | TECNOESCENASRL | |---------------------------------------------------------------------------------------------|-----------------|------------------| | A.-EvaluaciondelaMemoriaTecnica:44puntos | | | | Memoria especifica decada item | 8 puntos | 6 | | Estudioysolucionestecnicas | 8 puntos | 6 | | Embalaje y elementos que optimicen el almacenaje y el transporte. | 4 puntos | 4 | | Calendario de entrega de los elementos. | 4 puntos | 4 | | Muestra 1 | 6 puntos | 1,5 | | Muestra 2 | 7 puntos | 3,5 | | Muestra 3 | 7 puntos | 3,5 | | B.-EvaluaciondelaMemoriaOrganizativa:4puntos | | | | Consideracionesrelativas a la adaptacion de las instalaciones a la ejecucion del contrato | 2 puntos | 2 | | Consideraciones relativas a la adaptacion del personal técnico a la ejecucion del contrato. | 2 puntos | 2 | | C.-Evaluacion demedidas de sostenibilidad medioambiental:1 punto | | | | Medidasdesostenibilidadmedioambiental | 1 punto | 0,25 | | Puntuaciontotal | Hasta 49 puntos | 32,75 | <!-- image --> Dado el tecnicismo propio de la proposición presentada así como el informe de valoración, los miembros del órgano asesor se han limitado a aceptar las valoraciones efectuadas en el informe técnico por cuanto los miembros del órgano asesor, no pueden efectuar un análisis técnico complejo que pueda contradecir las conclusiones alcanzadas en el informe de valoración presentado o dictaminar que éste sea erróneo. - 10.- Apertura criterios evaluables automáticamente: CL\_006/2026 - Suministro en régimen de adquisición de la escenografía de la producción de "Le nozze di figaro" para la Fundación del Teatro Real FSP El órgano asesor procede a la apertura de la proposición económica de la única oferta presentada (NIF: IT09647191007 Tecnoscena SRL) de acuerdo a los criterios del PCAP de la siguiente manera: - Importe ofertado (IVA no incluido): 402.700,00 € - Importe ofertado (IVA incluido): 487.267,00 € Por último, el órgano asesor verifica que las ofertas de criterios evaluables mediante fórmulas, en lo que se refiere a la oferta económica, no deben ser declaradas como desproporcionadas o anormalmente bajas, según lo dispuesto en el apartado 24 del cuadro-resumen del PCAP que se remite a lo estipulado en el artículo 85 del RGLCAP. - 11.- Valoración criterios evaluables automáticamente: CL\_006/2026 - Suministro en régimen de adquisición de la escenografía de la producción de "Le nozze di figaro" para la Fundación del Teatro Real FSP El órgano asesor procede a la valoración de los criterios evaluables automáticamente de acuerdo a los criterios del PCAP, siendo el PBL de 425.000,00 € (IVA no incluido) y valorando en 51 la puntuación máxima que podrá alcanzar el licitador que realice una mejor oferta económica, en este caso, la totalidad de la puntuación se registra para el único licitador NIF: IT09647191007 Tecnoscena SRL -  Oferta económica: (IVA no incluido): 402.700,00 € Puntuación: 51' - 12.- Propuesta adjudicación: CL\_006/2026 - Suministro en régimen de adquisición de la escenografía de la producción de "Le nozze di figaro" para la Fundación del Teatro Real FSP De acuerdo a la evaluación de las propuestas aportadas por los licitadores, la mesa concluye la siguiente lista ordenada de manera decreciente de puntuación de acuerdo a las puntuaciones obtenidas por los licitadores en las diferentes fases: Orden: 1 NIF: IT09647191007 Tecnoscena SRL Propuesto para la adjudicación - Total criterios juicio de valor: 32,75 - Total criterios adjudicación mediante fórmulas: 51 - Total puntuación: 83,75 puntos - 13.- Mejor valorado - Requerimiento de documentación: CL\_006/2026 - Suministro en régimen de adquisición de la escenografía de la producción de "Le nozze di figaro" para la Fundación del Teatro Real FSP La oferta propuesta por la empresa, NIF: IT09647191007 Tecnoscena SRL tiene el carácter, de oferta más ventajosa por lo que, de conformidad con lo previsto en el artículo 150.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, se requiere a la referida empresa para que en el plazo de diez (10) días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que se ponga a su disposición este requerimiento a través de comunicación emitida por la Plataforma de Contratación del Sector Público, y en aras de resultar adjudicataria del contrato referido, presenta la documentación prevista en los pliegos y, en concreto, la siguiente: 1. Escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional de la empresa. 2. Escritura o documento oficial acreditativo del apoderamiento del representante legal de la empresa y copia del DNI, a fin de poder proceder a la suscripción del contrato. 3. Certificados acreditativos de que la empresa está al corriente de sus obligaciones relativas al pago de sus obligaciones tributarias y cotizaciones de la Seguridad Social (Certificados actualizados y en vigor). 4. Documentación acreditativa del alta de la empresa en el Impuesto de Actividades Económicas referida al ejercicio <!-- image --> corriente, o último recibo emitido, completado con una Declaración Responsable suscrita por su representante legal, de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. 5. Documentación acreditativa de haber constituido, a disposición de la Fundación Teatro Real, la Garantía Definitiva (5% del presupuesto base de licitación, IVA excluido, esto es // 21.250,00 €//) , constituida mediante alguna de las formas señaladas en el artículo 108 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. (pueden consultar en la página https://www.tesoro.es/caja-general-de-depositos/constitucion-de-depositos-y-garantias) 6. Documentación acreditativa de la facturación anual de los tres últimos ejercicios , exigiéndose que el volumen de negocios mínimo anual en el año de mayor facturación de dichos tres últimos ejercicios disponibles, en función de la fecha de constitución o del inicio de las actividades del empresario y de la presentación de las ofertas, sea el mismo importe del presupuesto base de licitación del contrato., esto es // 425.000,00 €//, IVA no incluido. En concreto, el volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. 7. Certificados de buena ejecución , acreditativos del cumplimiento de solvencia técnica de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los últimos tres años, en los que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. A falta de los certificados correspondientes, podrá presentarse una declaración responsable acompañada de los documentos obrantes en el poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. La relación debe estar firmada y sellada por el representante legal de la empresa. Se establece como mínimo haber realizado servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el 80% del presupuesto base de licitación anual, ascendiendo dicho importe a // 340.000,00 €//. 8. Declaración de confidencialidad (Anexo VII del PCAP). 9. Anexo VIII del PCAP, relativo al cumplimiento de las condiciones esenciales de ejecución del contrato. ## 14.- Apertura criterios evaluables automáticamente: CL\_003/2026 - Servicio de diseño, instalación y producción audiovisual así como, suministro del equipamiento técnico de sala inmersiva para la Fundación del Teatro Real, F.S.P . Con carácter previo a la apertura del archivo electrónico relativo a los juicios de valor, el órgano asesor procede a analizar el informe emitido por los departamentos proponentes del contrato de 12 de marzo de 2026, relativo a la aplicación del artículo 70 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP) - Participación previa y posible afectación a la competencia en el que se concluye que 'en el presente informe se justifica que durante todo el proceso de licitación se han garantizado los principios generales de proporcionalidad y no discriminación, por lo que no existe afectación a la competencia conforme al artículo 70 LCSP.' En este sentido, los miembros del órgano asesor se limitan a afirmar que se limitan a aceptar el informe en lo que los requisitos formales se refieren, si bien, en lo que es la cuestión de fondo, no pueden realizar afirmaciones que contradigan lo establecido en las conclusiones del informe. El órgano asesor procede a la apertura de las proposiciones económicas de acuerdo a los criterios del PCAP de la siguiente manera, siendo el PBL de 104.000,00 € (IVA no incluido): - a) Oferta económica , entendiendo por éste la cantidad que figura en el sobre nº 3, IVA excluido: hasta 48 puntos. La oferta económica se compone de los siguientes apartados (se debe respetar, a modo de límite máximo, los importes económicos indicados en el presupuesto base de licitación): - o Servicio artístico de prestación creativa y narrativa de la obra de autor. (9 puntos). (límite máximo: 19.000,00 €). Importe ofertado (IVA no incluido): 18.000,00 € - o Inversión Audiovisual para la postproducción de una pieza 4K a 60fps con calidad cinematográfica. (12 puntos). (límite máximo: 27.500,00 €). Oferta presentada por el licitador: 25.000,00 € - o Sonido con sistema 5.1 y el diseño de la banda sonora. (6 puntos) (límite máximo: 11.500,00 €) Oferta presentada por el licitador: 10.500,00 € - o Equipamiento de hardware de alta gama para uso 12h/7d (16 puntos) (límite máximo: 38.000,00 <!-- image --> €) Oferta presentada por el licitador: 34.000,00 € - o Servicio de instalación con montaje técnico, cableado de larga distancia (HDBaseT) y configuración del rack. (5 puntos) (límite máximo: 8.000,00 €) Oferta presentada por el licitador: 7.000,00 € - Importe base total: 94.500,00 € - IVA: 19.845,00 € - Importe total (IVA incluido): 114.345,00 € - b) Accesibilidad y sostenibilidad (Máx. 2 Puntos): - o 2 puntos: Incluye Audiodescripción (AD) Y Subtitulado adaptado (UNE 153010). Selección marcada por el licitador. - o 1 punto: Incluye únicamente una de las dos medidas anteriores. - o 0 puntos si no incluye ninguna. - c) Ampliación de garantías de equipos (Máx. 3 Puntos): Relación de equipos (proyectores, servidores, sistemas de audio) cuyas garantías certificadas por el fabricante superen el período mínimo legal u obligatorio establecido en las prescripciones técnicas. Se valorará positivamente el compromiso de sustitución o reparación extendida en el tiempo. - a. Ampliación de hasta 6 meses sobre el mínimos establecido en el PPT: 1 punto. - b. Ampliación de hasta 12 meses sobre el mínimos establecido en el PPT: 2 puntos. - c. Ampliación de hasta 18 meses sobre el mínimos establecido en el PPT: 3 puntos. Selección marcada por el licitador. - d. 0 puntos si no incluye ninguna. - d) Bolsa de Horas para Modificaciones Post-Estreno sin coste (Máx. 3 Puntos): - a. 3 puntos: Bolsa de 10 horas. Selección marcada por el licitador. - b. 1.5 puntos: Bolsa de 5 horas. - c. 0 puntos si no incluye ninguna. - e) Formación adicional (Máx. 3 Puntos): Indicación del número de horas de formación adicional para el personal de la institución (técnicos, guías o personal de mantenimiento). Estas horas se sumarán a las mínimas requeridas, enfocándose en la resolución de incidencias en directo, actualización de contenidos y gestión operativa de la sala inmersiva. Plan de Formación Inicial (Máx. 3 Puntos) - a. 3 puntos: Oferta de 20 horas. Selección marcada por el licitador. - b. 1.5 puntos: Oferta de 15 horas. - c. 0 puntos si no incluye ninguna. Por último, el órgano asesor verifica que las ofertas de criterios evaluables mediante fórmulas, en lo que se refiere a la oferta económica, no deben ser declaradas como desproporcionadas o anormalmente bajas, según lo dispuesto en el apartado 24 del cuadro-resumen del PCAP que se remite a lo estipulado en el artículo 85 del RGLCAP. 15.- Valoración criterios evaluables automáticamente: CL\_003/2026 - Servicio de diseño, instalación y producción audiovisual así como, suministro del equipamiento técnico de sala inmersiva para la Fundación del Teatro Real, F.S.P. El órgano asesor procede a la valoración de los criterios evaluables automáticamente de acuerdo a los criterios del PCAP, - a) Oferta económica , entendiendo por éste la cantidad que figura en el sobre nº 3, IVA excluido: hasta 48 puntos. A la entidad que realice un menor precio, en cada uno de los apartados, se le otorgará la puntuación máxima indicada en cada uno de los correspondientes apartados. Las restantes ofertas presentadas por los licitadores, IVA excluido, se valorarán de acuerdo con la siguiente fórmula: <!-- image --> ## Siendo: Pi= puntuación de la oferta a valorar Pm= puntuación máxima que se puede obtener Ov = oferta a valorar Ob= oferta más baja La oferta económica se compone de los siguientes apartados (se debe respetar, a modo de límite máximo, los importes económicos indicados en el presupuesto base de licitación): - o Servicio artístico de prestación creativa y narrativa de la obra de autor. (9 puntos). (límite máximo: 19.000,00 €). Oferta presentada por el licitador: - o Inversión Audiovisual para la postproducción de una pieza 4K a 60fps con calidad cinematográfica. (12 puntos). (límite máximo: 27.500,00 €). Oferta presentada por el licitador: - o Sonido con sistema 5.1 y el diseño de la banda sonora. (6 puntos) (límite máximo: 11.500,00 €) Oferta presentada por el licitador: - o Equipamiento de hardware de alta gama para uso 12h/7d (16 puntos) (límite máximo: 38.000,00 €) - o Servicio de instalación con montaje técnico, cableado de larga distancia (HDBaseT) y configuración del rack. (5 puntos) (límite máximo: 8.000,00 €) Justificación de la fórmula elegida: se asigna la puntuación de forma proporcional respecto de la oferta más ventajosa en el entendimiento de que la formación de precios en el mercado no altera el objetivo de obtener la mejor relación calidad-precio. En este sentido, se considera que es la fórmula más transparente. - b) Accesibilidad y sostenibilidad (Máx. 2 Puntos): 2. o 2 puntos: Incluye Audiodescripción (AD) Y Subtitulado adaptado (UNE 153010). 3. o 1 punto: Incluye únicamente una de las dos medidas anteriores. 4. o 0 puntos si no incluye ninguna. - c) Ampliación de garantías de equipos (Máx. 3 Puntos): Relación de equipos (proyectores, servidores, sistemas de audio) cuyas garantías certificadas por el fabricante superen el período mínimo legal u obligatorio establecido en las prescripciones técnicas. Se valorará positivamente el compromiso de sustitución o reparación extendida en el tiempo. - a. Ampliación de hasta 6 meses sobre el mínimos establecido en el PPT: 1 punto. - b. Ampliación de hasta 12 meses sobre el mínimos establecido en el PPT: 2 puntos. - c. Ampliación de hasta 18 meses sobre el mínimos establecido en el PPT: 3 puntos. - d. 0 puntos si no incluye ninguna. - d) Bolsa de Horas para Modificaciones Post-Estreno sin coste (Máx. 3 Puntos): - a. 3 puntos: Bolsa de 10 horas. - b. 1.5 puntos: Bolsa de 5 horas. - c. 0 puntos si no incluye ninguna. - e) Formación adicional (Máx. 3 Puntos): Indicación del número de horas de formación adicional para el personal de la institución (técnicos, guías o personal de mantenimiento). Estas horas se sumarán a las mínimas requeridas, enfocándose en la resolución de incidencias en directo, actualización de contenidos y gestión operativa de la sala inmersiva. Plan de Formación Inicial (Máx. 3 Puntos) - a. 3 puntos: Oferta de 20 horas. - b. 1.5 puntos: Oferta de 15 horas. <!-- image --> En relación a estos criterios, la puntuación otorgada en base a la oferta realizada es de 59 puntos desglosados de la siguiente manera: ##  Oferta económica: - o Servicio artístico de prestación creativa y narrativa de la obra de autor. (9 puntos). (límite máximo: 19.000,00 €). Importe ofertado (IVA no incluido): 18.000,00 € - o Inversión Audiovisual para la postproducción de una pieza 4K a 60fps con calidad cinematográfica. (12 puntos). (límite máximo: 27.500,00 €). Oferta presentada por el licitador: 25.000,00 € - o Sonido con sistema 5.1 y el diseño de la banda sonora. (6 puntos) (límite máximo: 11.500,00 €) Oferta presentada por el licitador: 10.500,00 € - o Equipamiento de hardware de alta gama para uso 12h/7d (16 puntos) (límite máximo: 38.000,00 €) Oferta presentada por el licitador: 34.000,00 € - o Servicio de instalación con montaje técnico, cableado de larga distancia (HDBaseT) y configuración del rack. (5 puntos) (límite máximo: 8.000,00 €) Oferta presentada por el licitador: 7.000,00 € Respecto al resto de apartados: | Accesibilidad y sostenibilidad | Ampliación de garantías de equipos | Bolsa de Horas para Modificaciones Post-Estreno sin coste | Formación adicional | |------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------|-------------------------------------------------------------|-------------------------------| | 2 puntos: Incluye Audiodescripción (AD) Y Subtitulado adaptado (UNE 153010). | Ampliación de hasta 18 meses sobre el mínimos establecido en el PPT: 3 puntos. | 3 puntos: Bolsa de 10 horas. | 3 puntos: Oferta de 20 horas. | ## 16.- Propuesta adjudicación: CL\_003/2026 - Servicio de diseño, instalación y producción audiovisual así como, suministro del equipamiento técnico de sala inmersiva para la Fundación del Teatro Real, F.S.P. De acuerdo a la evaluación de las propuestas aportadas por los licitadores, la mesa concluye la siguiente lista ordenada de manera decreciente de puntuación de acuerdo a las puntuaciones obtenidas por los licitadores en las diferentes fases: Orden: 1NIF: B75335554 SANTAELLA LAB S.L Propuesto para la adjudicación Total criterios juicio de valor: 28 puntos. Total criterios adjudicación mediante fórmulas: 59 puntos. Total puntuación: 87 puntos. - 17.- Mejor valorado - Requerimiento de documentación: CL\_003/2026 - Servicio de diseño, instalación y producción audiovisual así como, suministro del equipamiento técnico de sala inmersiva para la Fundación del Teatro Real, F.S.P. La oferta propuesta por la empresa, B75335554 SANTAELLA LAB S.L tiene el carácter, de oferta más ventajosa por lo que, de conformidad con lo previsto en el artículo 150.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, se requiere a la referida empresa para que en el plazo de diez (10) días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que se ponga a su disposición este requerimiento a través de comunicación emitida por la Plataforma de Contratación del Sector Público, y en aras de resultar adjudicataria del contrato referido, presenta la documentación prevista en los pliegos y, en concreto, la siguiente: <!-- image --> 1. Escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional de la empresa. 2. Escritura o documento oficial acreditativo del apoderamiento del representante legal de la empresa y copia del DNI, a fin de poder proceder a la suscripción del contrato. 3. Certificados acreditativos de que la empresa está al corriente de sus obligaciones relativas al pago de sus obligaciones tributarias y cotizaciones de la Seguridad Social (Certificados actualizados y en vigor). 4. Documentación acreditativa del alta de la empresa en el Impuesto de Actividades Económicas referida al ejercicio corriente, o último recibo emitido, completado con una Declaración Responsable suscrita por su representante legal, de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. 5. Documentación acreditativa de haber constituido, a disposición de la Fundación Teatro Real, la Garantía Definitiva (5% del precio de adjudicación, IVA excluido, esto es // 4.725,00 €//) , constituida mediante alguna de las formas señaladas en el artículo 108 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. (pueden consultar en la página https://www.tesoro.es/caja-general-de-depositos/constitucion-de-depositos-y-garantias) 6. Documentación acreditativa de la facturación anual de los tres últimos ejercicios , exigiéndose que el volumen de negocios mínimo anual en el año de mayor facturación de dichos tres últimos ejercicios disponibles, en función de la fecha de constitución o del inicio de las actividades del empresario y de la presentación de las ofertas, sea del 100 % del presupuesto base de licitación, esto es // 104.000,00 €//, IVA no incluido. En concreto, el volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Empresas de nueva creación: De conformidad con el artículo 86.1, de la LCSP cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación establecidas en el apartado anterior, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado, entre los cuales, además de los documentos a los que se refiere el párrafo primero, se podrá admitir de forma justificada otros medios de prueba de la solvencia distintos de los previstos en los arts. 87 LCSP 2017. Entre esos otros medios cabría mencionar: - Aval bancario por la cuantía estipulada, cuyo importe garantizado sea el mismo importe del presupuesto base de licitación del contrato. - Seguro de responsabilidad civil, cuyo importe garantizado sea el mismo importe del presupuesto base de licitación del contrato. 7. Certificados de buena ejecución , acreditativos del cumplimiento de solvencia técnica de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los últimos tres años, en los que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. A falta de los certificados correspondientes, podrá presentarse una declaración responsable acompañada de los documentos obrantes en el poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. La relación debe estar firmada y sellada por el representante legal de la empresa. Se establece como mínimo haber realizado servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el 80 % del presupuesto base de licitación anual, ascendiendo dicho importe a // 83.200,00 €//. Doc. B2.- Cuando la licitadora sea una empresa de nueva creación, su solvencia técnica o profesional se podrá acreditar: -  Mediante indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato los cuales, deberán haber realizado proyectos relacionados con el objeto del contrato sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra 89.1.a), relativo a la ejecución de un número determinado de prestaciones. A efectos de demostrar dicha circunstancia, deberán presentar declaración responsable de las actuaciones realizadas acompañada de documentación que respalde dicha declaración. 8. Declaración de confidencialidad (Anexo VII del PCAP). <!-- image --> 9. Anexo VIII del PCAP, relativo al cumplimiento de las condiciones esenciales de ejecución del contrato. 2. 18.- Apertura y calificación administrativa: CL\_003/2026 - Servicio de diseño, instalación y producción audiovisual así como, suministro del equipamiento técnico de sala inmersiva para la Fundación del Teatro Real, F.S.P. Durante la sesión del órgano asesor, ha sido necesario incorporar este acto para modificar la calificación del único licitador ya que aparecía en la plataforma como admitido provisionalmente, y ello era un estado incompatible con la apertura del archivo electrónico nº3. Yo, como Secretario/a, certifico con el visto bueno del Presidente/a: <!-- image --> D./Dña. Javier Díaz-Meco Aragonés D./Dña. ENRIQUE COLLELL BLANCO SECRETARIO/A PRESIDENTE/A <!-- image --> ## 20260319\_acta Final Audit Report Created: 2026-03-24 By: JAVIER DIAZ-MECO (jdiazmeco@teatroreal.es) Status: Signed Transaction ID: CBJCHBCAABAAoaEgoFKthnEuUQy\_TRVlCM9SZbXrxNXv ## "20260319\_acta" History - Document created by JAVIER DIAZ-MECO (jdiazmeco@teatroreal.es) 2026-03-24 - 2:44:21 PM GMT - Document emailed to Enrique Collell (ecollell@teatroreal.es) for signature 2026-03-24 - 2:44:28 PM GMT - Email viewed by Enrique Collell (ecollell@teatroreal.es) 2026-03-24 - 3:42:32 PM GMT - Document e-signed by Enrique Collell (ecollell@teatroreal.es) Signature Date: 2026-03-24 - 3:42:45 PM GMT - Time Source: server - Document emailed to JAVIER DIAZ-MECO (jdiazmeco@teatroreal.es) for signature 2026-03-24 - 3:43:51 PM GMT - Document e-signed by JAVIER DIAZ-MECO (jdiazmeco@teatroreal.es) Signature Date: 2026-03-24 - 9:07:07 PM GMT - Time Source: server - Agreement completed. 2026-03-24 - 9:07:07 PM GMT <!-- image --> 2026-03-24