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Pliego Técnico Ver licitación
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<!-- image --> PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO SUMARIO PARA EL CONTRATO MIXTO SUMINISTRO E INSTALACIÓN, EN RÉGIMEN DE ALQUILER DE LOS ADORNOS PARA LA DECORACIÓN E ILUMINACIÓN DE LAS CALLES DE SANTA MARÍA DEL PÁRAMO DURANTE LAS FIESTAS PATRONALES Y FIESTAS DE NAVIDAD. ## 1. Objeto del contrato El objeto del presente contrato es el suministro e instalación, en régimen de alquiler, de los adornos para la decoración e iluminación de las calles de Santa María del Páramo durante sus tradicionales fiestas patronales y fiestas de navidad. ## FIESTAS PATRONALES | TIPO DE LUCES | CANTIDAD | UBICACIÓN | |------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------|---------------------------------------------------------------------------------------| | MOTIVO LUMINOSO EN LED CON LA ESCRITURA DE 'FELICES FIESTAS' Y MOTIVO DECORATIVO A AMBOS LADOS | 2 UNIDADES | SALIDA A LA CARRETERA CL-622 DIRECCIÓN LEÓN SALIDA A LA CARRETERA CL-622 DE LA BAÑEZA | | MOTIVO EN FAROLA | 3 UNIDADES | AVENIDA ASTURIAS | | PARAGUAS EN LED (compuesto de 12 guirnaldas con un diámetro de 24 metros aprox) | 1 UNIDAD | PLAZA DEL CRISTO | | ARCO LUMINOSO EN LED (Tamaño de 6 a 8 metros de ancho aprox.) | 30 UNIDADES | TÉRMINO MUNICIPAL | | COLOCACIÓN Y RETIRADA DE LONAS ANUNCIADORAS (Serán suministradas por el Ayuntamiento) | 2 UNIDADES | SE DETERMINARÁN POR EL AYUNTAMIENTO | ## FIESTAS DE NAVIDAD | TIPO DE LUCES | CANTIDAD | UBICACIÓN | |------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------|---------------------------------------------------------------------------------------| | MOTIVO LUMINOSO EN LED CON LA ESCRITURA DE 'FELICES FIESTAS' Y MOTIVO DECORATIVO A AMBOS LADOS | 2 UNIDADES | SALIDA A LA CARRETERA CL-622 DIRECCIÓN LEÓN SALIDA A LA CARRETERA CL-622 DE LA BAÑEZA | | MOTIVO EN FAROLA | 21 UNIDADES | TÉRMINO MUNICIPAL | <!-- image --> <!-- image --> | PARAGUAS EN LED (compuesto de 12 guirnaldas con un diámetro de 24 metro aprox) | 1 UNIDAD | PLAZA DEL CRISTO | |----------------------------------------------------------------------------------|-------------|--------------------| | ARCO LUMINOSO EN LED (Tamaño de 6 a 8 metros de ancho aprox.) | 30 UNIDADES | TÉRMINO MUNICIPAL | | MOTIVO DE FAROLA EN PLAZA | 7 UNIDADES | PLAZA DE LA FUENTE | De igual forma, se deberá hacer cargo del boletín de industria, proyecto técnico e instalación eléctrica necesarios para la instalación de la infraestructura necesaria para el adorno e iluminación de las FIESTAS PATRONALES y FIESTAS DE NAVIDAD. ## 2. Duración del contrato El contrato deberá cubrir los siguientes eventos: | EVENTOS | FECHAS DE ILUMINACIÓN | |----------------------------|---------------------------------------------| | Fiestas Patronales de 2026 | 22 agosto al 9 de septiembre de 2026 | | Fiestas Navideñas | 1 de diciembre de 2026 a 8 de enero de 2027 | Se entiende como fechas de iluminación aquellos períodos de tiempo en que el suministro objeto del contrato debe estar en funcionamiento, por lo que el alumbrado deberá haber sido instalado y comprobado previamente. De igual forma, se procederá al desmontaje completo del alumbrado en un plazo máximo de una semana desde la finalización de las fiestas. El contrato no podrá prorrogarse. ## 3. Normativa aplicable Las instalaciones objeto del presente contrato se ajustarán a la siguiente normativa, sin que por ello quede excluida ninguna otra que sea de aplicación: -  REAL DECRETO 1955/2000 por el que se regulan las Actividades de Transporte, Distribución, Comercialización, Suministro y Procedimientos de Autorización de Instalaciones de Energía Eléctrica. -  REAL DECRETO 187/2016, de 6 de mayo, por el que se regulan las exigencias de seguridad del material eléctrico destinado a ser utilizado en determinados límites de tensión. Por el que se traspone la DIRECTIVA 2014/35/UE sobre la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de comercialización de material eléctrico destinado a utilizarse con determinados límites de tensión. -  REAL DECRETO 186/2016, de 6 de mayo, por el que se regula la compatibilidad electromagnética de los equipos eléctricos y electrónicos. Por el que se traspone la DIRECTIVA 2014/30/UE sobre la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de compatibilidad electromagnética. -  REAL DECRETO 219/2013, de 22 de marzo, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos. <!-- image --> <!-- image --> -  REAL DECRETO 187/2011, de 18 de febrero, relativo al establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos relacionados con la energía. -  Reglamento Nº 1194/2012 de la Comisión de 12 de diciembre de 2012, por el que se aplica la Directiva de Ecodiseño 2009/125/CE a las lámparas direccionales, lámparas LED y sus equipos. Incluidas sus modificaciones posteriores. -  REAL DECRETO 1890/2008, que aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus instrucciones técnicas complementarias EA01 a EA-07 y su Guía de Interpretación. -  REAL DECRETO 842/2002 por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y sus instrucciones Técnicas Complementarias ITC-BT-01 a ITC- BT51. -  Reglamento CE nº 245/2009, de la Comisión de 18 de marzo por el que se aplica la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo relativo a los requisitos de diseño ecológico, para lámparas, balastos y luminarias. Incluidas sus modificaciones posteriores. -  Reglamento 874/2012 DE LA COMISIÓN de 12 de julio de 2012 por el que se complementa la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al etiquetado energético de las lámparas eléctricas y las luminarias. Incluidas sus modificaciones posteriores. -  El material objeto de suministro e instalación cumplirá el vigente Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, el Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior, el Reglamento para la Protección de la Calidad del Cielo Nocturno frente a la contaminación lumínica y el establecimiento de medidas de ahorro y eficiencia energética y la normativa municipal, así como cualquier otra normativa a nivel estatal, regional o municipal que le sea de aplicación. -  Además de cumplir las normativas anteriormente referidas que les sean de aplicación las luminarias de alumbrado exterior deberán cumplir las reflejadas en este apartado. ## 4. Condiciones de trabajo -  Todas las instalaciones se montarán y desmontarán atendiendo en todo momento a los criterios de seguridad. Los horarios de montaje y desmontaje serán los indicados por el Concejal Jose Vicente García Mayo -  Todas las instalaciones así como los trabajos necesarios para su montaje, cumplirán con lo establecido en la legislación y normativa vigente y que le sea de aplicación, en materia de seguridad y salud y prevención de riesgos laborales (Ley 31/1995, de 8 de Noviembre de Prevención de Riesgos Laborales, Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de prevención de riesgos laborales, Real decreto 2177/2004, de 12 de Noviembre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura, Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la <!-- image --> <!-- image --> protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico, Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por lo que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, por lo que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.) -  Todas las instalaciones, así como los trabajos necesarios para su montaje, cumplirán con lo establecido en la legislación y normativa vigente y que le sea de aplicación: Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, ITC-BT-34, etc., así como a las Ordenanzas del Excmo. Ayuntamiento de Santa María del Páramo. -  La empresa adjudicataria suministrará (incluyendo carga y transporte) todos los materiales que compongan cada instalación concreta. Las instalaciones presentarán las características que se indican en el presente pliego y sus diseños serán elegidos por la Concejalía, en base a los modelos aportados por la empresa adjudicataria. -  La empresa adjudicataria se ocupará de la descarga y montaje de los elementos que conformen la instalación, con aportación de los materiales auxiliares necesarios, tales como vientos, amarres, etc., debiendo presentar informe técnico que garantice el correcto montaje de éstos últimos, a efectos de seguridad. -  Se suministrarán e instalarán todas las redes de distribución y cuadros de maniobra, así como la conexión a las cajas generales de acometida de la Compañía Suministradora de energía eléctrica. Todas las instalaciones deberán contar con el Certificado de Instalación Eléctrica en Baja Tensión, para instalaciones receptoras específicas. -  Se realizarán pruebas de las instalaciones de forma que sus resultados de funcionamiento sean de conformidad con las exigidas. -  Se aportará en caso de necesidad, ante averías o fallo de las instalaciones, ocasionadas por inclemencias del tiempo o por cualquier otro factor, un equipo de operarios especializados que restablezca el normal funcionamiento de la instalación en el menor tiempo posible. -  El encendido y apagado de la instalación será por cuenta del contratista, al que se le facilitará con antelación suficiente el horario de encendido y apagado del mismo. -  Se prestará especial atención a no dañar el mobiliario urbano, la jardinería y el arbolado. -  La empresa adjudicataria tramitará y legalizará las instalaciones ante los organismos competentes, y correrá por su cuenta el pago de las tasas a que ello diera lugar. Presentará también ante este Ayuntamiento, copia de toda la documentación que garantice tal legalización, convenientemente visada y aprobada por el Organismo correspondiente. Así mismo, gestionará y tramitará la contratación de la energía eléctrica con la empresa comercializadora correspondiente, siendo el consumo a cargo del Excmo. Ayuntamiento de Santa María del Páramo. -  El no cumplimiento de alguno de los requisitos anteriormente expuestos será motivo de sanción con arreglo a la reglamentación vigente, previo los informes preceptivos. <!-- image --> <!-- image --> ## 5. Cobertura de daños Los daños de cualquier tipo que por negligencia, impericia o imprudencia pudieran ocasionarse a personas, instalaciones, mercancías y objetos de cualquier tipo, durante o a causa de la ejecución de los servicios, serán de entera responsabilidad de la Empresa Adjudicataria, quien concertará con una Compañía de Seguros, póliza de responsabilidad civil de cuantía suficiente para la cobertura de los posibles daños, tal y como se detalla a continuación. El Seguro de Responsabilidad Civil General, que cubra la posible Responsabilidad Civil por daños al Ayuntamiento y a terceros y los riesgos de siniestros a personas, instalaciones y a los propios empleados de la empresa adjudicataria. El contratista se obliga expresamente a indemnizar los daños que cause a terceros y/o al Ayuntamiento como consecuencia del ejercicio de la actividad a desarrollar. ## DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE <!-- image -->