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Pliego Técnico
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## AYUNTAMIENTO DE CAMPORROBLES
| Documentación técnica · Contrato de suministro |
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| PLAN: PLAN ABIERTO DE INVERSIONES 2024-2027 (PA) |
| MUNICIPIO: AYUNTAMIENTO DE CAMPORROBLES |
| DENOMINACIÓN SUMINISTRO DE VEHÍCULO ELÉCTRICO (BEV) O HÍBRIDO ENCHUFABLE (PHEV) 4X4 DE DOBLE CABINA EN CAMPORROBLES (VALENCIA) (SERVICIO AGUA POTABLE) |
| PRESUPUESTO (IVA INC.): 48.400,00 € |
| IMPORTE SUBVENCIÓN: 40.000,00 € (IVA deducible · Servicio agua potable) |
| En Camporrobles, en la fecha de la firma electrónica. |
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## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA EL SUMINISTRO DE VEHÍCULO ELÉCTRICO (BEV) O HÍBRIDO ENCHUFABLE (PHEV) 4X4 DE DOBLE CABINA EN CAMPORROBLES
## ÍNDICE
- 1.- Objeto del Pliego de Condiciones
- 2.- Características mínimas del vehículo
- 3.- Presupuesto base de licitación y valor estimado del contrato
- 4.- Entrega
- 5.- Obligaciones del contratista
- 6.- Cumplimiento del convenio colectivo
- 7.- Prórrogas
- 8.- Forma de pago
- 9.- Revisión de precios
- 10.- Modificación del contrato
- 11.- Transparencia
- 12.- Criterios de adjudicación (mejoras puntuables)
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## 1.- OBJETO
El presente pliego, que contiene las prescripciones técnicas particulares que han de regir en el contrato de suministro denominado 'Suministro de vehículo eléctrico (BEV) o híbrido enchufable (PHEV) 4x4 de doble cabina en la población de Camporrobles (Valencia)' , para destinarlo al servicio del agua potable, se elabora según lo dispuesto en los artículos 123, 124 y 125 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP), por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
En el precio a ofertar se considerarán incluidos todos los gastos que se pudiesen originar, tales como gastos de materiales, beneficio industrial, tasas, impuestos, arbitrios o gravámenes de cualquier tipo que sean de general o especial aplicación a la presente contratación.
El objeto del presente pliego es definir las condiciones técnicas que regirán el contrato de suministro de un vehículo electrificado - bien eléctrico de batería (BEV), bien híbrido enchufable (PHEV) - con tracción a las cuatro ruedas (4x4) , carrocería de doble cabina, destinado principalmente al servicio del agua potable y a cualquier otra actividad que requiera su uso por sus características en el municipio: acceso a depósitos, sondeos, bombeos y captaciones de agua a través de caminos rurales y forestales del término municipal de Camporrobles, así como a las pedanías y parajes singulares (yacimiento arqueológico, parajes naturales, accesos en condiciones de temporal de nieve, etc.).
A los efectos del presente pliego, se admiten dos tipologías tecnológicas distintas , ambas elegibles dentro de la calificación de actuación tipo 'ODS' del Plan Abierto de Inversiones 2024-2027 al amparo del Anexo IV de sus bases reguladoras:
- a) Vehículo eléctrico de batería (BEV, Battery Electric Vehicle ): aquel cuyo único sistema de propulsión es uno o varios motores eléctricos alimentados exclusivamente por una batería recargable desde la red eléctrica externa, sin disponer de motor térmico de combustión interna, y que ostenta el distintivo ambiental '0 emisiones' de la Dirección General de Tráfico.
- b) Vehículo híbrido enchufable (PHEV, Plug-in Hybrid Electric Vehicle ): aquel que combina un motor térmico de combustión interna (gasolina) con un motor eléctrico alimentado por una batería recargable desde la red eléctrica externa, con capacidad de circulación en modo eléctrico puro, y que ostenta el distintivo ambiental 'ECO' o '0 emisiones' de la Dirección General de Tráfico, en función de su autonomía eléctrica homologada conforme a la Resolución de 13 de abril de 2016 (BOE 21/04/2016), modificada por la Resolución de 8 de enero de 2018.
La elección abierta entre ambas tipologías electrificadas - sin admisión, en ningún caso, de vehículos exclusivamente térmicos - responde a la doble exigencia de (i) sostenibilidad ambiental - alineamiento con los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la Agenda 2030, eliminación o reducción significativa de emisiones locales y reducción del impacto acústico en el medio rural - y (ii) capacidad operativa - accesibilidad efectiva a las infraestructuras hidráulicas dispersas en el término municipal, en condiciones meteorológicas adversas y caminos no asfaltados, lo que justifica la exigencia simultánea de tracción a las cuatro ruedas, distancia al suelo adecuada y capacidad de remolque suficiente para el transporte del equipamiento auxiliar del servicio de aguas. La fijación de requisitos comunes y específicos por tipología, recogidos en la cláusula 2.2, garantiza el principio de igualdad de trato entre licitadores que oferten una u otra solución tecnológica.
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Los requisitos que figuran a continuación deben entenderse como requisitos mínimos (salvo aquellos que figuren expresamente como máximos), y deberán ser cumplidos por todos los vehículos que se oferten. Han sido calibrados para garantizar la libre concurrencia y la igualdad de trato entre licitadores, evitando especificaciones que pudieran restringir injustificadamente el acceso a la licitación de modelos disponibles en el mercado europeo de vehículos electrificados 4x4 de doble cabina (en cualquiera de las dos tipologías admitidas, BEV o PHEV), sin perjuicio de los criterios de adjudicación recogidos en la cláusula 12, que valorarán positivamente las prestaciones técnicas superiores.
Corresponderá a cada licitador acreditar que las prescripciones del vehículo que oferta son equivalentes o superiores a las señaladas. Las propuestas que ofrezcan características inferiores, o equivalentes sin que dicha equivalencia quede formal y expresamente acreditada, serán excluidas del presente procedimiento de contratación. El cumplimiento de los requisitos mínimos técnicos será considerado obligación contractual esencial.
La presente contratación se enmarca en la calificación de actuación tipo 'ODS' conforme a la cláusula Segunda.A.I y Anexo IV de las bases reguladoras del Plan Abierto de Inversiones 2024-2027 de la Diputación de Valencia, por contribuir directamente al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible 7 (energía asequible y no contaminante), 11 (ciudades y comunidades sostenibles) y 13 (acción por el clima). En particular, el Anexo IV de las citadas bases incluye expresamente como actuación tipo ODS la 'adquisición de vehículos dotados de distintivo ambiental de emisiones categoría ECO o categoría 0 emisiones para uso municipal', encuadre que el presente suministro satisface plenamente.
## 2.- CARACTERÍSTICAS MÍNIMAS DEL VEHÍCULO
## 2.1.- Características generales
Se suministrará un vehículo electrificado (BEV o PHEV) 4x4 de doble cabina, totalmente equipado, con la homologación correspondiente y matriculado, apto para circular por las vías públicas, caminos rurales y caminos forestales del término municipal.
Los licitadores podrán ofertar un producto con prestaciones superiores sin coste alguno para el poder adjudicador. Serán excluidas del procedimiento las ofertas de productos que incumplan alguno de los requisitos mínimos. Los ofertantes deberán especificar en su documentación técnica las características del vehículo y de los accesorios ofertados, aportando ficha técnica del fabricante (CoC, Certificate of Conformity ), ficha de homologación y declaración firmada por el licitador de cumplimiento de los requisitos mínimos.
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La máquina deberá entregarse matriculada, acompañada de la siguiente documentación:
- Tarjeta de Inspección Técnica (Ficha Técnica).
- Permiso de circulación a nombre del Ayuntamiento de Camporrobles.
- Certificado de homologación europea (CoC) o reducida, según proceda.
- Distintivo ambiental DGT 'ECO' o '0 emisiones', según la tipología del vehículo ofertado, instalado y entregado.
- Certificado de garantía mínima del vehículo de 5 años o 100.000 km, lo que primero ocurra.
- Certificado de garantía específica de la batería de tracción de, al menos, 8 años o 160.000 km, lo que primero ocurra.
- Manual de uso y mantenimiento en castellano, red de talleres oficiales y cualquier otra documentación de interés para el usuario del vehículo.
## 2.2.- Sistema de propulsión y motorización
El vehículo deberá responder a una de las dos tipologías electrificadas siguientes: vehículo eléctrico de batería (BEV) o vehículo híbrido enchufable (PHEV). No se admitirán, en ningún caso, vehículos exclusivamente térmicos ni vehículos híbridos no enchufables (HEV o MHEV).
## 2.2.1.- Requisitos comunes a ambas tipologías
- Distintivo ambiental DGT: 'ECO' o '0 emisiones', requisito de cumplimiento obligatorio.
- Sistema de tracción: tracción a las cuatro ruedas (4WD/AWD), permanente o seleccionable, requisito de cumplimiento obligatorio.
- Caja de cambios: automática (transmisión automática, automatizada, e-CVT o automática EV).
- Conector de carga en corriente alterna: Tipo 2 (Mennekes) según norma UNE-EN 62196-2, en modo 3.
- Cable de carga incluido: cable Modo 3 (Tipo 2 a Tipo 2) de longitud mínima 5 metros, suministrado con el vehículo. Se valorará la inclusión adicional de cable Modo 2 (schuko).
- Sistema de frenada regenerativa: con recuperación de energía a la batería de tracción.
- Modos de conducción seleccionables: al menos modo Eco, modo Normal y modo apto para conducción off-road o caminos en mal estado.
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## 2.2.2.- Requisitos específicos para vehículo eléctrico de batería (BEV)
En el caso de oferta de vehículo BEV, deberán cumplirse, adicionalmente a los requisitos comunes, las siguientes especificaciones:
- Distintivo DGT: '0 emisiones' (obligatorio).
- Tipo de motor: eléctrico síncrono de imanes permanentes (PMSM) o tecnología equivalente o superior, mediante doble motor eléctrico (delantero y trasero) o sistema técnicamente equivalente que asegure la tracción 4x4.
- Potencia mínima combinada: 200 kW (272 CV).
- Tipo de batería: ion-litio, litio-ferrofosfato (LiFePO4) o tecnología equivalente o superior, con sistema de gestión térmica integrado.
- Capacidad útil mínima de la batería de tracción: 70 kWh.
- Voltaje del sistema de alta tensión: igual o superior a 350 V.
- Autonomía homologada en ciclo combinado (WLTP): igual o superior a 300 km. Será objeto de valoración la autonomía superior, conforme a los criterios de adjudicación recogidos en la cláusula 12.
- Carga rápida en corriente continua (DC): compatibilidad con conector CCS Combo 2 (UNE-EN 62196-3) y potencia de carga DC mínima admitida de 100 kW.
- Cargador a bordo en corriente alterna (AC): potencia mínima 11 kW (carga trifásica).
## 2.2.3.- Requisitos específicos para vehículo híbrido enchufable (PHEV)
En el caso de oferta de vehículo PHEV, deberán cumplirse, adicionalmente a los requisitos comunes, las siguientes especificaciones:
- Distintivo DGT: 'ECO' o '0 emisiones' (este último cuando la autonomía eléctrica WLTP sea igual o superior a 40 km).
- Sistema de propulsión: motor térmico de combustión interna de gasolina y motor eléctrico, ambos integrados con el sistema de tracción 4x4.
- Potencia mínima combinada: 150 kW (200 CV).
- Tipo de batería: ion-litio o tecnología equivalente o superior.
- Capacidad útil mínima de la batería de tracción: 10 kWh.
- Autonomía eléctrica WLTP: igual o superior a 40 km. Será objeto de valoración la autonomía superior, conforme a los criterios de adjudicación recogidos en la cláusula 12.
- Cargador a bordo en corriente alterna (AC): potencia mínima 3,7 kW (monofásico). Se valorará positivamente la disponibilidad de cargador trifásico.
- Emisiones de CO ponderadas (WLTP): ₂ inferiores a 50 g/km.
- Modos de conducción específicos: incluirá, además de los comunes, modo eléctrico puro (EV), modo híbrido y modo de carga/retención de batería.
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## 2.3.- Carrocería y configuración
- Tipo de carrocería: doble cabina pick-up, 5 plazas.
- Color exterior: blanco.
- Tapicería interior: tela.
- Categoría de homologación: M1 o N1, conforme a la naturaleza del vehículo y a su uso previsto.
- Cubierta de caja: techo duro estilo carrocería en color de la carrocería, instalado de origen o por concesionario oficial.
- Portón trasero: apertura manual, con ganchos de sujeción en zona de carga.
- Protecciones: guardabarros y bajos protegidos.
## 2.4.- Dimensiones y capacidades de carga / remolque
- Distancia al suelo (centro de la carrocería): ≥ 170 mm.
- Ángulo de ataque: ≥ 17°.
- Ángulo de salida: ≥ 20°.
- Ángulo ventral: ≥ 13°.
- Capacidad de remolque sin freno: ≥ 750 kg.
- Capacidad de remolque con freno: ≥ 1.500 kg.
- Masa máxima autorizada (MMA): dimensionada para garantizar las capacidades de carga y remolque exigidas, conforme a la categoría de homologación del vehículo.
## 2.5.- Dirección, suspensión y frenos
- Dirección asistida con volante regulable en altura y profundidad.
- Suspensión adecuada al uso mixto urbano/rural y caminos municipales (típicamente MacPherson o equivalente delante; multilink, eje rígido con muelles o equivalente detrás).
- Frenos delanteros de disco ventilado.
- Frenos traseros de disco o tambor.
- Sistema antibloqueo de frenos (ABS) y reparto electrónico de frenada (EBD).
- Control electrónico de estabilidad (ESP+ o equivalente).
- Control de tracción y asistente de arranque en pendiente.
- Sistema de frenada regenerativa con recuperación de energía a la batería.
## 2.6.- Neumáticos y ruedas
- Neumáticos todo terreno o mixtos, homologados para la categoría del vehículo.
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- Rueda de repuesto idéntica a las que monta el vehículo, con kit de herramientas. Se admitirá kit reparapinchazos sólo cuando el fabricante no contemple rueda de repuesto en el equipamiento de serie del modelo.
## 2.7.- Equipamiento exterior
- Espejos retrovisores eléctricos, abatibles y térmicos.
- Luces de conducción diurna LED.
- Luces de freno LED.
- Luces traseras antiniebla.
- Encendido automático de luces (sensor crepuscular).
- Parabrisas trasero termoeléctrico (luneta calefactada).
- Limpiaparabrisas con sensor de lluvia.
- Gancho de remolque trasero (kit) con conexión eléctrica de 13 pines, homologado conforme a la normativa vigente y compatible con la categoría del vehículo y con la capacidad de remolque exigida en la cláusula 2.4.
## 2.8.- Equipamiento interior y confort
- Espejo retrovisor interior día/noche.
- Parasoles de conductor y pasajero.
- Asa lateral de agarre en asiento del pasajero.
- Alfombrillas delanteras y traseras.
- Recordatorio de cinturones de seguridad para conductor y pasajero.
- Anclaje fijo del asiento trasero.
- Reposacabezas trasero central.
- Segunda fila de asientos para 3 pasajeros, con reposabrazos, anclaje fijo, reposacabezas central y cinturones de seguridad con tres puntos de anclaje.
- Ventanillas delanteras automáticas con función 'one touch'.
- Ventanillas traseras automáticas.
- Toma de corriente trasera (12 V o USB).
- Climatización (manual o automática) con preacondicionamiento térmico programable durante la fase de carga eléctrica.
## 2.9.- Seguridad activa y pasiva
- Airbag frontal de conductor y pasajero, con desactivación del airbag del pasajero.
- Airbags laterales de cortina.
- Airbags laterales de asiento.
- Airbag de rodilla del conductor (y del pasajero, si el modelo lo dispone).
- Control de crucero adaptativo.
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- Sensores de aparcamiento traseros y/o cámara de visión trasera.
- Sistema de llamada de emergencia automática (eCall) conforme al Reglamento (UE) 2015/758.
- Sistema acústico de aviso de presencia para peatones (AVAS) conforme al Reglamento (UE) 540/2014, exigible cuando el vehículo circule en modo eléctrico.
## 2.10.- Conectividad y telemática
Se valorará positivamente, sin tener carácter excluyente, la disposición de los siguientes elementos:
- Sistema de infoentretenimiento con pantalla táctil compatible con Android Auto y Apple CarPlay.
- Conectividad Bluetooth y manos libres.
- Aplicación móvil del fabricante con funciones de gestión remota de carga, programación de climatización, consulta del estado de la batería y planificación de rutas con paradas de carga.
- Funcionalidad Vehicle-to-Load (V2L), aplicable principalmente a vehículos BEV, que permita la utilización de la batería del vehículo como fuente de energía para herramientas o equipamiento auxiliar del servicio de aguas en zonas sin alimentación eléctrica.
## 2.11.- Accesorios complementarios
- Señalización de emergencia (triángulos o dispositivo luminoso V16 conforme a la normativa vigente).
- Juego completo de alfombrillas.
- Dos chalecos reflectantes homologados.
- Extintor reglamentario con sus sujeciones al vehículo, homologado.
- Cable de carga Modo 3 (Tipo 2 a Tipo 2).
- Bolsa de transporte para los cables de carga.
## 3.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El presupuesto base de licitación, esto es, el límite máximo de gasto que en virtud del contrato puede comprometer el órgano de contratación, es el consignado en el presente pliego. Por consiguiente, el presupuesto base de licitación es el siguiente:
## Valor estimado del contrato: 40.000,00 € Presupuesto base de licitación (IVA incluido): 48.400,00 €
El sistema de retribución será, por tanto, a precio cerrado , con el efecto de que el precio ofertado por el adjudicatario se mantendrá invariable, no siendo abonables las modificaciones del contrato que sean necesarias para corregir errores u omisiones padecidos, de conformidad con el art. 241 LCSP.
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En el precio del contrato se considerarán incluidos los tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el pliego, incluidos los gastos de matriculación, transporte, entrega, primera puesta en servicio y entrega del vehículo en las dependencias municipales, así como las prestaciones accesorias derivadas, en su caso, de las mejoras puntuables ofertadas conforme a la cláusula 12 del presente pliego.
## 4.- ENTREGA
## 4.1.- Plazo de entrega
El contratista estará obligado a entregar el vehículo en un plazo máximo de 4 meses a partir de la fecha de formalización del contrato, de conformidad con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas particulares. Dicho plazo atiende a las particularidades de la cadena de suministro de vehículos electrificados (fabricación bajo pedido, plazos de entrega de baterías, tránsitos internacionales) y a la normativa del Plan Abierto de Inversiones 2024-2027, que fija como plazo límite de ejecución el 31 de diciembre de 2027. No se prevé la posibilidad de prórroga del plazo, salvo en supuestos de fuerza mayor debidamente acreditados.
## 4.2.- Lugar de entrega
El vehículo se entregará en las dependencias municipales del Ayuntamiento de Camporrobles que se indiquen por el órgano de contratación o por el responsable del contrato designado al efecto, dentro del término municipal de Camporrobles.
## 4.3.- Condiciones de entrega
El vehículo deberá ser entregado en estado de prestar servicio inmediato, matriculado a nombre del Ayuntamiento de Camporrobles, con la batería de tracción cargada al 100 % y, en el caso de PHEV, con depósito de combustible no inferior a 1/4 de su capacidad. Se acompañará de cuanta documentación técnica sea necesaria, incluida la entrega física de los cables de carga, distintivo ambiental DGT y manuales correspondientes.
En el acto de entrega se procederá a una explicación práctica de los modos de conducción, sistema de carga (en corriente alterna y, en su caso, en corriente continua), uso de la frenada regenerativa, mantenimiento básico de la batería de tracción y resto de funcionalidades específicas del vehículo electrificado al personal designado por el Ayuntamiento, con duración mínima de una hora.
## 5.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
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Las ofertas irán acompañadas de las imágenes o fotografías que ilustren el vehículo a suministrar, así como de la documentación, folletos o catálogos que acrediten las características técnicas del mismo. Se aportará, asimismo, ficha técnica del fabricante (CoC) o documento equivalente, y declaración responsable del licitador relativa al cumplimiento íntegro del presente pliego.
El contratista quedará obligado a:
- Cumplir con las prescripciones técnicas y administrativas del presente pliego y del PCAP que rijan la licitación.
- Asumir, a su cargo, la totalidad de los trámites de matriculación, ITV inicial (si procede), instalación del distintivo ambiental DGT y entrega del vehículo en condiciones de servicio.
- En caso de haber ofertado vehículo de sustitución como mejora puntuable conforme a la cláusula 12.4 del presente pliego, poner el mismo a disposición del Ayuntamiento desde el día siguiente al de la formalización del contrato hasta la entrega efectiva del vehículo principal, en las condiciones establecidas en dicha cláusula.
- En el caso de mejoras puntuables ofertadas conforme a la cláusula 12, suministrar e instalar el punto de recarga ofertado, en su caso, dentro del plazo máximo de entrega del vehículo principal y conforme a las especificaciones de dicha cláusula.
- Garantizar el servicio postventa y la disponibilidad de repuestos durante un plazo no inferior al de la garantía del vehículo, a través de su red oficial de talleres.
- Atender, durante el plazo de garantía, cuantas incidencias se produzcan en el vehículo y en su batería de tracción, asumiendo los costes de mano de obra, materiales y desplazamientos en los términos previstos por la garantía del fabricante.
## 6.- CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO COLECTIVO
El contratista vendrá obligado al cumplimiento de las disposiciones laborales, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo vigentes, así como del convenio colectivo sectorial que resulte de aplicación al personal que intervenga en la ejecución del contrato.
## 7.- PRÓRROGAS
No se prevé la posibilidad de prórroga del presente contrato.
## 8.- FORMA DE PAGO
El pago de la presente contratación se efectuará, previa recepción del suministro y de toda la documentación exigida (incluyendo, en su caso, el acta de devolución del vehículo de sustitución y el certificado de instalación del punto de recarga, cuando hubieran sido ofertados como mejoras puntuables conforme a la cláusula 12), en una única factura que deberá ser presentada por el adjudicatario a través del punto general de entrada de facturas electrónicas (FACe) y debidamente conformada por el Ayuntamiento de Camporrobles. El pago se realizará dentro de los plazos fijados en el artículo 198 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
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## 9.- REVISIÓN DE PRECIOS
No procede la revisión de precios, conforme a lo dispuesto en el artículo 103 LCSP y en la presente contratación a precio cerrado.
## 10.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
No se prevén modificaciones del contrato. En su defecto, regirá lo dispuesto por los artículos 203 a 207 LCSP.
## 11.- TRANSPARENCIA
11.1.- Todos los datos, soportes o documentos que se generen o se adquieran como consecuencia del desarrollo o ejecución del contrato, en cumplimiento de las obligaciones previstas en este pliego o en el PCAP, constituyen información pública a disposición del Ayuntamiento, siendo el Ayuntamiento titular de los mismos. En consecuencia, el Ayuntamiento podrá requerir y disponer de los datos del contrato que considere, bien para su divulgación a través del Portal de Transparencia, bien para atender a las solicitudes de acceso a información pública o bien para cualquier otra finalidad.
11.2.- Quedan exceptuados de las obligaciones señaladas en la cláusula anterior la información o los datos que puedan resultar afectados por la confidencialidad de la oferta del contratista. A tales efectos, el contratista deberá haber indicado en su oferta qué documentación o información resulta afectada por dicha confidencialidad, sin que en ningún caso dicha confidencialidad pueda afectar a la totalidad de la oferta. En todo caso, corresponde al órgano de contratación ponderar y determinar qué información resulta afectada por dicha confidencialidad. Igualmente queda exceptuada de la obligación anterior la información o los datos que resulten afectados por los secretos comerciales, licencias, patentes y derechos de propiedad intelectual o industrial que correspondan al contratista o a terceros.
11.3.- Toda la información que el contratista deba suministrar en virtud de las cláusulas anteriores para su publicación en el Portal de Transparencia y en el Portal de Datos Abiertos, o para cualquier otra finalidad legítima, se facilitará por medios electrónicos, en formas o formatos que sean abiertos, legibles por máquina, accesibles, fáciles de localizar y reutilizables, conjuntamente con sus metadatos.
11.4.- Toda la información, conjuntos de datos y bases de datos que se generen en el desarrollo del contrato, son de titularidad del Ayuntamiento de Camporrobles, constituyendo información del sector público municipal. En consecuencia, la propiedad de dicha información corresponde exclusivamente al Ayuntamiento de Camporrobles, tanto en la ejecución o desarrollo del contrato como a su finalización. A tal efecto, el contratista deberá elaborar y facilitar la información con arreglo al principio de 'documentos abiertos desde el diseño y por defecto'.
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## 12.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (MEJORAS PUNTUABLES)
La adjudicación del presente contrato se efectuará atendiendo a una pluralidad de criterios objetivos , todos ellos cuantificables mediante fórmula automática, de conformidad con los artículos 145 y 146 LCSP, sobre una puntuación máxima de 100 puntos distribuidos del siguiente modo:
| Criterio | Puntuación máxima |
|-----------------------------------------------------------------|---------------------|
| A) Oferta económica | 35 puntos |
| B) Mayor autonomía eléctrica homologada (WLTP, ciclo combinado) | 20 puntos |
| C) Suministro e instalación de punto de recarga (wallbox) | 20 puntos |
| D) Vehículo de sustitución durante el periodo de preentrega | 20 puntos |
| E) Ampliación del plazo de garantía del vehículo | 5 puntos |
| TOTAL | 100 puntos |
## 12.1.- Criterio A) Oferta económica - hasta 35 puntos
Se asignará la máxima puntuación (35 puntos) a la oferta de menor importe (sin IVA). Las restantes ofertas se valorarán de forma proporcional, conforme a la siguiente fórmula:
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donde: Pₐ = puntuación a asignar a la oferta evaluada; O ᵢ = importe (sin IVA) de la oferta ₘₙ más económica; Oᵢ = importe (sin IVA) de la oferta evaluada.
Conforme al artículo 149 LCSP, se considerarán ofertas con valores anormalmente bajos las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 85 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
## 12.2.- Criterio B) Mayor autonomía eléctrica homologada (WLTP) - hasta 20 puntos
La autonomía eléctrica se valorará con arreglo a dos escalas independientes según la tipología del vehículo ofertado , con la finalidad de garantizar la igualdad de trato entre licitadores que oferten BEV o PHEV. Ambas escalas otorgan idéntica puntuación máxima (20 puntos), por lo que el criterio resulta neutro respecto a la tipología tecnológica.
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## 12.2.1.- Escala para vehículos BEV (autonomía WLTP combinada)
| Autonomía WLTP combinada | Puntos |
|----------------------------|----------|
| 300 - 349 km (mínimo BEV) | 0 |
| 350 - 399 km | 14 |
| 400 - 449 km | 17 |
| 450 - 499 km | 19 |
| ≥ 500 km | 20 |
12.2.2.- Escala para vehículos PHEV (autonomía eléctrica WLTP)
| Autonomía eléctrica WLTP | Distintivo DGT | Puntos |
|----------------------------|------------------|----------|
| 40 - 49 km (mínimo PHEV) | 0 emisiones | 0 |
| 50 - 59 km | 0 emisiones | 8 |
| 60 - 79 km | 0 emisiones | 14 |
| 80 - 99 km | 0 emisiones | 18 |
| ≥ 100 km | 0 emisiones | 20 |
La autonomía deberá acreditarse mediante ficha de homologación oficial (CoC) del vehículo o documento equivalente expedido por el fabricante, en el que figure expresamente el valor WLTP correspondiente (ciclo combinado para BEV; ciclo eléctrico puro para PHEV). No se admitirán a efectos de valoración los datos NEDC, valores estimados, ni cifras procedentes de catálogos o materiales publicitarios.
## 12.3.- Criterio C) Suministro e instalación de punto de recarga - hasta 20 puntos
Se valorará el suministro e instalación, sin coste adicional para el Ayuntamiento de Camporrobles , de un punto de recarga (wallbox) en dependencias municipales del servicio de agua potable, con la finalidad de permitir la recarga periódica del vehículo objeto del contrato y la efectiva utilización del modo eléctrico en su servicio diario.
## 12.3.1.- Características mínimas del punto de recarga
- Modo de carga: Modo 3 conforme a la norma UNE-EN 61851-1.
- Conector: Tipo 2 (UNE-EN 62196-2), compatible con el vehículo objeto del contrato.
- Cumplimiento del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT), Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, e Instrucción Técnica Complementaria ITC-BT-52 (infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos).
- Protecciones eléctricas: magnetotérmico, diferencial tipo A o tipo B (o equivalente con detección de corrientes continuas residuales) y protecciones contra sobretensiones.
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- Sistema de medida y comunicación que permita el control del consumo eléctrico asociado al punto de recarga.
- Grado de protección IP54 mínimo (intemperie) y resistencia mecánica IK10.
- Garantía mínima del equipo: 3 años.
- Documentación a aportar tras la instalación: certificado de instalación eléctrica (boletín) emitido por instalador autorizado y debidamente diligenciado por el organismo competente, así como manual de uso y certificado de garantía.
12.3.2.- Escala de puntuación
| Configuración del punto de recarga | Potencia mínima | Puntos |
|--------------------------------------|-------------------|----------|
| No se incluye punto de recarga | - | 0 |
| Wallbox monofásico | 7,4 kW | 10 |
| Wallbox trifásico | 11 kW | 18 |
| Wallbox trifásico de alta potencia | ≥ 22 kW | 20 |
Para que la oferta resulte puntuable en este criterio, el licitador deberá identificar en su oferta el modelo concreto del wallbox (marca, modelo, ficha técnica del fabricante), aportar declaración responsable de su instalación en las dependencias municipales que indique el Ayuntamiento dentro del plazo máximo de entrega del vehículo principal, y declarar el compromiso de mantenimiento durante el periodo de garantía del equipo. La acreditación final se realizará mediante el certificado de instalación a la entrega del suministro.
## 12.4.- Criterio D) Vehículo de sustitución durante el periodo de preentrega hasta 20 puntos
Atendida la duración máxima del periodo de preentrega del vehículo objeto del contrato (hasta cuatro meses desde la formalización), se valorará positivamente, como mejora puntuable, el compromiso del licitador de poner a disposición del Ayuntamiento de Camporrobles, sin coste adicional alguno , un vehículo de sustitución , desde el día siguiente al de la formalización del contrato hasta la fecha efectiva de entrega definitiva del vehículo objeto del contrato, con la finalidad de garantizar la continuidad del servicio público de agua potable durante dicho periodo. La obligación, en caso de oferta, se incorporará al contrato como prestación accesoria de la principal y se entenderá incluida en el precio ofertado.
## 12.4.1.- Características del vehículo de sustitución
- Tipología: vehículo todoterreno (SUV o pick-up) con tracción a las cuatro ruedas (4WD/AWD), apto para acceder a depósitos, bombeos, captaciones y sondeos del servicio de agua potable a través de los caminos rurales y forestales del término municipal. Alternativamente, podrá ofertarse vehículo turismo o derivado de turismo
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sin tracción 4x4, con la consiguiente menor puntuación según la escala recogida en el apartado 12.4.4.
- Antigüedad máxima: 5 años desde la fecha de primera matriculación.
- Capacidad mínima: 5 plazas, con espacio de carga útil suficiente para herramientas, repuestos y materiales del servicio de aguas.
- Estado: operativo, con ITV en vigor durante toda la duración de la cesión.
- Seguro: póliza a todo riesgo en vigor, con cobertura de responsabilidad civil de suscripción obligatoria conforme al Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre.
- Documentación a entregar: permiso de circulación, ficha técnica, ficha de inspección técnica, póliza de seguro y manual de uso del vehículo.
## 12.4.2.- Régimen económico de la cesión de uso
El régimen de gastos asociados al vehículo de sustitución, en caso de oferta, será el siguiente:
- A cargo del adjudicatario: seguro a todo riesgo, impuesto de circulación (IVTM), inspección técnica (ITV), mantenimiento periódico, reparaciones por averías mecánicas y desgaste normal, y sustitución del vehículo en caso de avería que impida su uso por plazo superior a 48 horas.
- A cargo del Ayuntamiento de Camporrobles: combustible y daños imputables a uso negligente del personal municipal, debidamente acreditados.
## 12.4.3.- Acta de entrega y devolución
La entrega del vehículo de sustitución se formalizará mediante acta de cesión temporal de uso , suscrita por el adjudicatario y por el responsable del contrato, en la que se hará constar la marca, modelo, matrícula, fecha de primera matriculación, kilometraje y estado del vehículo (incluyendo, en su caso, reportaje fotográfico anexo).
En la fecha de entrega definitiva del vehículo objeto del contrato, se procederá a la devolución del vehículo de sustitución mediante acta de devolución suscrita por ambas partes, en la que se reflejará el estado del vehículo, el kilometraje final y, en su caso, las posibles incidencias. La firma de dicha acta constituirá presupuesto necesario para la admisión a trámite de la factura del suministro principal.
## 12.4.4.- Escala de puntuación
| Vehículo de sustitución ofertado | Antigüedad máxima | Puntos |
|--------------------------------------------------|---------------------|----------|
| No se ofrece | - | 0 |
| Turismo o derivado de turismo (sin tracción 4x4) | 5 años | 10 |
| SUV o pick-up con tracción | 5 años | 16 |
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| Vehículo de sustitución ofertado | Antigüedad máxima | Puntos |
|------------------------------------------|---------------------|----------|
| 4x4 (4WD/AWD) | | |
| SUV o pick-up con tracción 4x4 (4WD/AWD) | 3 años | 20 |
Para que la oferta resulte puntuable en este criterio, el licitador deberá aportar con su proposición declaración responsable de compromiso de cesión del vehículo de sustitución, en la que conste la tipología (turismo, SUV o pick-up), la tracción (4x2 o 4x4) y la antigüedad máxima del vehículo que se compromete a poner a disposición del Ayuntamiento. La identificación concreta del vehículo cedido (marca, modelo, matrícula y fecha de primera matriculación) se incorporará al acta de cesión inicial. El incumplimiento de las características declaradas en la oferta dará lugar a la imposición de penalidades conforme al PCAP, con independencia de las restantes consecuencias legales.
## 12.5.- Criterio E) Ampliación del plazo de garantía del vehículo - hasta 5 puntos
Por encima del mínimo exigido (5 años o 100.000 km de garantía del vehículo), se valorará la ampliación del plazo de garantía conforme a la siguiente escala:
| Plazo de garantía ofertado | Puntos |
|--------------------------------------|----------|
| 5 años o 100.000 km (mínimo exigido) | 0 |
| 6 años o 120.000 km | 2 |
| ≥ 7 años o 150.000 km | 5 |
La ampliación del plazo de garantía deberá comprender idénticas coberturas a las del periodo inicial (mano de obra, repuestos y desplazamientos), bien por garantía oficial del fabricante, bien por póliza de garantía mecánica suscrita con compañía aseguradora autorizada y aportada con la oferta. La garantía específica de la batería de tracción no es objeto del presente criterio, al constituir requisito mínimo independiente conforme a la cláusula 2.1.
## 12.6.- Adjudicación
La puntuación total de cada licitador se obtendrá por suma simple de las puntuaciones obtenidas en los criterios A) a E) anteriores. La adjudicación recaerá en la oferta que obtenga la mayor puntuación total. En caso de empate, se aplicarán los criterios de desempate previstos en el artículo 147.2 LCSP.
En Camporrobles, en la fecha de la firma electrónica.
## El técnico redactor
Fdo.: Francisco Javier Díaz Medina Ingeniero Civil · Col. nº 7.501
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