Informe justificativo del contrato (001001IJCP_CA.pdf)

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Versión 1.0 21-04-2026 INFORME JUSTIFICATIVO DEL CONTRATO Nº Expediente: (Artículos 63.3 y 116.4 de la LCSP) 00180-2026 (Para contratos de OBRAS Y SUMINISTROS) JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD E IDONEIDAD DEL CONTRATO; DEL ESTUDIO ECONÓMICO DEL PRESUPUESTO DE LICITACIÓN; DE LA NO SUBDIVISIÓN EN LOTES; DEL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN; DE LA CLASIFICACIÓN Y DE LOS CRITERIOS DE SOLVENCIA Y ADJUDICACIÓN, ASÍ COMO DE LAS CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN 1.- Objeto del contrato: (art. 99 LCSP) Suministro de un sistema modular de licuefacción y purificación de helio líquido y un sistema de detección de fugas, desglosado en 2 lotes: L1: Sistema modular de licuefacción y purificación de helio y L2: Sistema de detección de fugas de helio (proyecto EQC2025-009248-P). Cofinanciado 60% por el Gobierno de Aragón y 40% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). 2.- Necesidades e idoneidad a satisfacer mediante el contrato: (art. 28 LCSP) así como el estudio económico del presupuesto de licitación (art. 100.2 LCSP) El Servicio de Líquidos Criogénicos (SLC) del SAI de la Universidad de Zaragoza tiene como función esencial la producción y suministro de helio líquido ultrapuro a la comunidad investigadora de la institución y a organismos públicos de investigación externos. Este servicio es transversal y crítico para la actividad científica de la Universidad, ya que da soporte a más de 130 proyectos de investigación anuales en áreas estratégicas como las tecnologías cuánticas, la nanociencia, la resonancia magnética nuclear y la caracterización de materiales avanzados. La infraestructura actual de licuefacción y purificación del SLC está formada por prototipos precomerciales desarrollados en el propio servicio entre 2006 y 2015, que han superado su vida útil prevista. De los cinco licuefactores, solo dos siguen operativos, y de los tres purificadores, únicamente uno. Los equipos no disponen de soporte técnico externo y sus compresores acumulan más de 70.000 horas de uso, superando las 60.000 horas recomendadas por los fabricantes para su sustitución. En estas condiciones, la continuidad del suministro de helio líquido no puede garantizarse a medio plazo, lo que afectaría tanto a los grupos de investigación usuarios como a otros servicios que dependen de él, como el Servicio de Medidas Físicas del SAI, el Servicio de RMN del CEQMA o el Laboratorio de Microscopías Avanzadas (LMA-ICTS). La adquisición del equipamiento objeto del presente contrato responde, por tanto, a una necesidad institucional acreditada, urgente e insustituible: garantizar la continuidad operativa del SLC mediante la renovación de su núcleo de producción con equipos comerciales de última generación que cuenten con soporte técnico, repuestos disponibles y garantía del fabricante. La fórmula del contrato de suministro es la idónea para satisfacer esta necesidad, dado que los equipos requeridos son bienes manufacturados disponibles en el mercado, cuya adquisición, instalación y puesta en marcha pueden ser objeto de licitación pública en condiciones de concurrencia. No concurren circunstancias que justifiquen otras fórmulas contractuales alternativas. Adicionalmente, la presente adquisición ha sido seleccionada en la convocatoria EQC2025 de ayudas para la adquisición de equipamiento científico-tecnológico para servicios comunes de investigación, del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, lo que acredita la relevancia estratégica del equipamiento y la idoneidad de su adquisición para los fines institucionales de la Universidad de Zaragoza. Este proyecto está cofinanciado en un 60% por el Gobierno de Aragón y en un 40% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) ESTUDIO ECONÓMICO DEL PRESUPUESTO DE LICITACIÓN El presupuesto base de licitación se ha determinado a partir de los precios de mercado obtenidos mediante consulta a proveedores especializados presentados en la memoria del proyecto EQC2025, de conformidad con lo establecido en el artículo 100.2 de la LCSP. 3.- Justificación procedimiento utilizado para la adjudicación Se propone la utilización del procedimiento abierto para su adjudicación, de acuerdo con lo indicado en 1 Firmado por: JOSE MARIA CASAS DEL POZO Fecha: 15-07-2026 11:50:32 Este documento es Copia Auténtica según el artículo 27 de la Ley 39/2015, de 2 de Octubre. Su autenticidad puede ser comprobada en la direcciónhttps://licitacion.unizar.es/licitacion/verificadorCopiaAutentica.do 2 ed 1 :anigáP f8a313a0d898b9af=no n ic ó a ic c c if e ir r e id V o e g tn id e o iu c g ? i o s d a .a l a ci t e n s e r t a u t A ce a n ip o o c C á r r o d d o a p c i o fi g re id v ó /n c o e ic tn a e tic iu il g /s is e . l r e a d z i n n ó u i . c n a o c i i c fi a re ti v ci l a // l : s a p ra tt P h f8a313a0d898b9af : nóicacifirev ed ogidóC Versión 1.0 21-04-2026 el artículo 131.2 de la LCSP. 4.- Plazo de duración, ejecución y posibles prórrogas La duración se ha establecido teniendo en cuenta la naturaleza de la prestación y las características de su financiación. El plazo máximo de ejecución del contrato, que comprende la entrega, instalación, puesta en marcha y formación del personal, será de 9 meses a contar desde la fecha de formalización del contrato. La formación del personal técnico del SLC se realizará durante el proceso de puesta en marcha de los equipos, sin que suponga una ampliación del plazo de ejecución. No se prevén prórrogas del contrato. 5.- Clasificación y/o solvencia a exigir a los licitadores: (art. 77-79 Y 86-94 LCSP) De acuerdo con lo establecido en el artículo 77.1.c) LCSP, por tratarse de un contrato de suministro, para los cuales no es exigible la clasificación, el licitador acreditará su solvencia mediante el cumplimiento de requisitos específicos de solvencia económica y financiera y técnica o profesional que se exigen según lo dispuesto en los artículos 87 y 89 de la misma. 6.- Criterios de adjudicación: (art. 145-148 LCSP) De conformidad con los artículos 145 y 146 de la LCSP, se establece como criterios de adjudicación: i) Como criterio de mayor importancia, el precio más bajo (90%), para garantizar una competencia adecuada, dado que las características técnicas mínimas que deben cumplir los equipos quedan completamente definidas en el pliego de prescripciones técnicas, de forma que cualquier oferta admitida habrá acreditado previamente el cumplimiento íntegro de dichas características. ii) La reducción de plazo de entrega (5%), iii) La ampliación del periodo de garantía (5%). 7.- Condiciones especiales de ejecución: (art. 202 y 145 LCSP) Se establece como condición especial de ejecución del contrato de tipo social o relativas al empleo: garantizar la seguridad y la salud en el lugar de trabajo y el cumplimiento de las condiciones salariales de los trabajadores conforme a los convenios sectoriales y territoriales aplicables. Dicha condición especial de ejecución está vinculada al objeto del contrato en el sentido del artículo 145 LCSP, no es discriminatoria y es compatible con el derecho comunitario. Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por José María Casas del Pozo (Director del SAI) 2 Firmado por: JOSE MARIA CASAS DEL POZO Fecha: 15-07-2026 11:50:32 Este documento es Copia Auténtica según el artículo 27 de la Ley 39/2015, de 2 de Octubre. Su autenticidad puede ser comprobada en la direcciónhttps://licitacion.unizar.es/licitacion/verificadorCopiaAutentica.do 2 ed 2 :anigáP f8a313a0d898b9af=no n ic ó a ic c c if e ir r e id V o e g tn id e o iu c g ? i o s d a .a l a ci t e n s e r t a u t A ce a n ip o o c C á r r o d d o a p c i o fi g re id v ó /n c o e ic tn a e tic iu il g /s is e . l r e a d z i n n ó u i . c n a o c i i c fi a re ti v ci l a // l : s a p ra tt P h f8a313a0d898b9af : nóicacifirev ed ogidóC