CONTRATO DE SUMINISTRO
CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: SI NO
TRAMITACIÓN EXPEDIENTE:
Ordinaria Urgente Emergencia Anticipada
TIPO PROCEDIMIENTO:
Abierto Abierto simplificado Abierto simplificado abreviado
RECURSO ESPECIAL: SI NO
CUADRO-RESUMEN
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
CONTRATO DE SUMINISTRO
“SUMINISTRO DE UN SISTEMA MODULAR DE LICUEFACCIÓN Y PURIFICACIÓN DE HELIO LÍQUIDO Y UN
SISTEMA DE DETECCIÓN DE FUGAS, DESGLOSADO EN 2 LOTES: L1: SISTEMA MODULAR DE
LICUEFACCIÓN Y PURIFICACIÓN DE HELIO Y L2: SISTEMA DE DETECCIÓN DE FUGAS DE HELIO
(PROYECTO EQC2025-009248-P). COFINANCIADO 60% POR EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y 40% POR EL
FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL (FEDER).”.
Expediente nº 00180-2026
A.- PODER ADJUDICADOR
1. Administración contratante UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA
LA RECTORA, P.D. EL GERENTE
2. Órgano de contratación
(RES. 25/4/2025, BOA Nº 85 DE 7/5/2025)
Dª Marta Castrillo Villa / Responsable Técnico del Servicio de Líquidos
3. Responsable del contrato
Criogénicos (SLC)
4. Servicio gestor del contrato Servicio de Gestión de la Investigación
5. Perfil de contratante https://contrataciondelestado.es/
Portal de contratación de la
https://licitacion.unizar.es/
Universidad de Zaragoza
6. Dirección postal del órgano de C/ Pedro Cerbuna nº 12 - 50009 Zaragoza
contratación
976 76 10 31 / infocon@unizar.es
Fax / Correo electrónico
Electrónico:
A través del Portal de Contratación de la Universidad de Zaragoza 7. Sistema de tramitación del Otro sistema: procedimiento de contratación
Ver apartados H.1, H.2 y H.3 del presente Cuadro-Resumen Correo electrónico: infocon@unizar.es
8. Medio de información a los A través de la Plataforma de Contratación del Sector Público
interesados Otros medios Ver apartado H.4 del presente Cuadro-Resumen C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 1 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
Firmado por: MARCOS BONIS SARASA Firmado por: ALFONSO CARLOS PEÑA OCHOA
Cargo: Letrado del Servicio Jurídico Cargo: Gerente
Fecha: 21-10-2026 14:17:58 Fecha: 21-10-2026 20:09:02
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B.- OBJETO DEL CONTRATO
1. Descripción:
Suministro de un sistema modular de licuefacción y purificación de helio líquido y un sistema de detección de
fugas, desglosado en 2 lotes: L1: Sistema modular de licuefacción y purificación de helio y L2: Sistema de
detección de fugas de helio (proyecto EQC2025-009248-P). Cofinanciado 60% por el Gobierno de Aragón y 40%
por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
2. Necesidades a satisfacer:
Las necesidades institucionales acreditadas, urgentes e insustituibles a satisfacer son las expuestas en el informe
justificativo del contrato que se publica junto al presente pliego, relativas a garantizar la continuidad operativa del
SLC mediante la renovación de su núcleo de producción con equipos comerciales de última generación que
cuenten con soporte técnico, repuestos disponibles y garantía del fabricante.
3. Mantenimiento: NO SI
4. Formación: NO SI Según lo detallado en el pliego de prescripciones técnicas
5. Lotes y Código CPV
Posibilidad de licitar por lotes:
SI NO
Lote 1: CPV: 42511000-1
Lote 2: CPV: 72500000-0
Nº de lotes a los que un mismo licitador puede presentar oferta:
Uno Varios Todos
Lotes reservados: Ver apartado B 8 del Cuadro-Resumen
Limitación al nº de lotes a adjudicar a un mismo licitador:
NO
SI
Posibilidad de adjudicar a una oferta integradora:
NO
SI
6. Admisibilidad de variantes:
NO SI
7. Naturaleza jurídica del contrato: Administrativa
Privada
8. Contrato reservado: NO SI C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 2 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
Firmado por: MARCOS BONIS SARASA Firmado por: ALFONSO CARLOS PEÑA OCHOA
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
CUADRO-RESUMEN
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
C.- PRECIO
1. Presupuesto base de licitación:
a.- Importe presupuesto base de licitación:
Importe IVA excluido Tipo IVA:21% Importe IVA incluido
Importe IVA:
Seiscientos noventa y nueve mil trescientos 146.853,84 € Ochocientos cuarenta y seis mil ciento
cuatro euros (699.304,00 €) cincuenta y siete mil euros con ochenta
y cuatro (846.157,84 €)
b.- Desglose por lotes: NO SI
Tipo IVA:21%
Lote Importe IVA excluido Importe IVA incluido
Importe IVA
Lote 1 673.694,00 € 141.475,74 € 815.169,74 €
Lote 2 25.610,00 € 5.378,10 € 30.988,10 €
Total presupuesto base de licitación 699.304,00 € 146.853,84 € 846.157,84 €
c.- Desglose del presupuesto base de licitación:
Para su cálculo se han tenido en cuenta los precios de mercado obtenidos mediante consulta a proveedores
especializados presentados en la memoria del proyecto EQC2025, de conformidad con lo establecido en el
artículo 100.2 de la LCSP.
2. Valor estimado:
a.- Importe: Seiscientos noventa y nueve mil trescientos cuatro euros (699.304,00 €), IVA excluido.
b.- Desglose valor estimado:
Importe presupuesto licitación: 699.304,00 €, IVA excluido
TOTAL VALOR ESTIMADO: 699.304,00 €, IVA excluido
c.- Desglose valor estimado por lotes: NO SI
Importe IVA excluido Lote 1 Lote 2 Total
Importe presupuesto licitación 673.694,00 € 25.610,00 € 699.304,00 €
TOTAL VALOR ESTIMADO 673.694,00 € 25.610,00 € 699.304,00 €
d.- Método de cálculo aplicado: El valor estimado corresponde con el importe del presupuesto de licitación calculado en la forma del epígrafe anterior.
C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 3 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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3. Sistema de determinación del precio:
Tanto alzado a la totalidad de las prestaciones del contrato
Tanto alzado a parte de las prestaciones del contrato
Parte a abonar con precios unitarios:
Precios unitarios referidos a los distintos componentes de la prestación o a las unidades de la misma que se
entregue o ejecuten
4. Cláusulas de variación de precios según cumplimiento o incumplimiento de determinados objetivos:
NO SI
5. Pago mediante entrega de bienes: NO SI
6. Revisión de precios: NO SI
7. Aplicación presupuestaria: 423-541I-640.15
8. Régimen de financiación: Financiación con fondos externos: NO SI
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
(Programa Operativo 2021-2027)
60% IVA excluido 40% IVA excluido IVA
419.582,40 € 279.721,60 € 146.853,84 €
9. Anualidades
GOBIERNO DE FONDOS FEDER UNIVERSIDAD
EJERCICIO TOTAL
ARAGÓN (Programa Operativo 2021-2027) DE ZARAGOZA
2027 419.582,40 € 279.721,60 € 146.853,84 € 846.157,84 €
TOTAL 419.582,40 € 279.721,60 € 146.853,84 € 846.157,84 €
D.- DURACIÓN/EJECUCIÓN DEL CONTRATO, PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA
1. Plazo de duración/ejecución del contrato:
9 meses desde el día consignado en el documento de formalización o desde el día siguiente a la fecha de
formalización de ser ésta posterior.
2. Plazo de entrega: 9 meses para la entrega, instalación y formación.
3. Plazos parciales de entrega:. NO SI
4. Lugar de entrega: Servicio de Líquidos Criogénicos (SLC) — Servicio General de Apoyo a la Investigación (SAI). Facultad de Ciencias, Campus Plaza San Francisco. C/ Pedro Cerbuna, 12. 50009 Zaragoza
5. Prórroga:
NO SI 6. Plazo de garantía: Duración: 2 años desde la recepción C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 4 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
CUADRO-RESUMEN
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
E.- GARANTÍAS
1. Garantía provisional:
NO SI
2. Garantía definitiva:
SI.
5% sobre el importe de adjudicación, IVA excluido
5% sobre presupuesto de licitación (en caso de precios unitarios), IVA excluido.
Posibilidad de constitución mediante retención en el precio:
SI
NO
Justificación: Por interés público, de acuerdo con lo establecido en el artículo 47 de la Ley 11/2023, de
30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, al
ser necesaria su constitución en las formas establecidas en las letras a), b) y c) del apartado 1 del
artículo 108 LCSP, al objeto de que pueda responder, en su caso, de los conceptos establecidos en las
letras a), b), c) y d) del artículo 110 LCSP, dado que, de constituirse mediante retención en el precio, la
garantía definitiva no estaría depositada todavía en la Universidad de Zaragoza en el momento en el
que pudieran producirse las situaciones enumeradas en los citados conceptos, lo que dificultaría la
ejecución de la garantía que, en su caso, procediese.
NO
3. Garantía complementaria:
NO SI
F.- SOLVENCIA, HABILITACIÓN EMPRESARIAL O PROFESIONAL Y CUMPLIMIENTO DE NORMAS DE
GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL Y DE CALIDAD PARA CONTRATAR Y EXIGENCIA DE ADSCRIPCIÓN DE
MEDIOS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
1. Solvencia económica y financiera.
Medio de solvencia exigido:
Volumen anual de negocios del licitador o candidato referido al año de mayor volumen de negocio de los tres
últimos concluidos por importe igual o superior al indicado a continuación para cada lote. En caso de licitar a
varios lotes, el importe será, como mínimo, el correspondiente a la suma de las cantidades indicadas para dichos lotes: Lote 1: 673.694,00 €; Lote 2: 25.610,00 €
El importe de cada lote es el correspondiente al presupuesto base de licitación IVA excluido de dicho lote. Forma de acreditación:
Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en el
mismo, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil lo acreditarán mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 5 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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2. Solvencia técnica o profesional.
Medio/s de solvencia exigido/s, criterios y forma de acreditación:
Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el
objeto del contrato (atendiendo a tal efecto a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos CPV) en el curso
de los tres últimos años, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución será el indicado a
continuación, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado, de los mismos.
El importe anual acumulado que el licitador deberá acreditar será el que se indica a continuación para cada lote
del contrato. En caso de licitar a varios lotes, el importe a acreditar por el licitador será el correspondiente a la
suma de las cantidades indicadas para dichos lotes.
Lote 1: 471.585,80 €.; Lote 2: 17.927,00 €
El importe de cada lote corresponde al 70% de la anualidad media dicho lote.
Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga
para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad.
Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas para garantizar la calidad y de los medios
de estudio e investigación de la empresa.
Control efectuado por la entidad del sector público contratante o, en su nombre, por un organismo oficial
competente del Estado en el cual el empresario está establecido, siempre que medie acuerdo de dicho
organismo, cuando los productos a suministrar sean complejos o cuando, excepcionalmente, deban responder
a un fin particular. Este control versará sobre la capacidad de producción del empresario y, si fuera necesario,
sobre los medios de estudio e investigación con que cuenta, así como sobre las medidas empleadas para
controlar la calidad.
Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a
petición de la entidad del sector público contratante.
Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de
competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante
referencias a determinadas especificaciones o normas técnicas
Indicación de los sistemas de gestión de la cadena de suministro, incluidos los que garanticen el cumplimiento
de las Convenciones fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo, y de seguimiento que el
empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato.
Capacidad para ejecutar las obras de colocación o instalación, la prestación de servicios o la ejecución de
obras que requiere el presente suministro, la cual se evaluará teniendo en cuenta especialmente sus
conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad.
Las empresas de nueva creación (con antigüedad inferior a cinco años) acreditarán su solvencia técnica por
los medios que se indican a continuación, sin que en ningún caso sea aplicable lo relativo a la ejecución de un
número determinado de suministros
3. Habilitación empresarial o profesional.
Se exige su acreditación: NO SI
4. Normas de gestión medioambiental y de calidad. Se exige su acreditación: NO SI
5. Adscripción de medios. Se exige: NO SI C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 6 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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Fecha: 21-10-2026 14:17:58 Fecha: 21-10-2026 20:09:02
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
CUADRO-RESUMEN
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
G.- SOBRES ELECTRÓNICOS Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR OBLIGATORIAMENTE POR LOS
LICITADORES
Abierto Abierto Simplificado Abierto simplificado abreviado
Sobres Cláusula 5.3.B1) PCAP Cláusula 5.3.B2) PCAP Cláusula 5.3.B3) PCAP
Documentación A1)
Documentación
Administrativa
Proposición
Criterios
Juicio de Valor
Documentación A3)
Proposición
Criterios Referencias técnicas
Fórmula
H.- PLAZO, FORMA Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES. INFORMACIÓN A LOS
INTERESADOS
1. Plazo de presentación: El establecido en el anuncio de licitación.
2. Presentación en papel:
NO SI
3. Presentación electrónica:
NO
SI A través del Portal de Contratación de la Universidad de Zaragoza, según instrucciones del Anexo I.
En la dirección electrónica: https://licitacion.unizar.es/
4. Información a los interesados:
- Plazo de solicitud: 12 días antes del transcurso del plazo de presentación de las proposiciones - Medio a utilizar: • Mediante correo electrónico a la Universidad de Zaragoza: infocon@unizar.es: SÍ NO. • A través de PLACSP: SÍ NO • Otros medios: SÍ NO C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 7 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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Fecha: 21-10-2026 14:17:58 Fecha: 21-10-2026 20:09:02
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I.- MESA DE CONTRATACIÓN / UNIDAD TÉCNICA
1. Mesa de Contratación:
NO
SI : Su composición es la siguiente:
Presidente: Sra. Vicerrectora de Economía
Suplente: Sr. Vicegerente Económico y Financiero
Vocal Asesor Jurídico: Sr. Letrado Director del Servicio Jurídico
Suplente: Sr. Letrado del Servicio Jurídico
Vocal Asesor Interventor: Sra. Jefe de la Unidad de Control Interno
Suplente: Sr./a Auditor/a de la Unidad de Control Interno
Vocal: Sra Vicerrectora de Política Científica
Suplente: Sr. Vicegerente Económico y Financiero
Vocal: Dª Marta Castrillo Villa. Responsable Técnico del Servicio de Líquidos Criogénicos
Suplente: D. José Antonio Albajez García. Director de División de Servicios Transversales del Servicio
de Apoyo a la Investigación
Vocal: Sr. Jefe de Servicio de Patrimonio, Compras y Contratación
Suplente: Sra. Jefe de Sección de Compras
Secretaría: Sra. Jefe de Sección de Patrimonio y Contratación
Suplente: Un miembro de entre los vocales de la Mesa o de entre el personal perteneciente al Servicio
de Patrimonio, Compras y Contratación de la Universidad de Zaragoza, designado por acuerdo de la
Mesa, conforme al artículo 16 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
2. Unidad técnica auxiliar del órgano de contratación:
NO
SI
3. Apertura de sobres evaluables a través de criterios cuantificables mediante fórmulas en acto público:
SI
NO Justificación: Para la apertura del sobre evaluable a través de criterios cuantificables mediante fórmulas,
que contiene la oferta económica, van a emplearse medios electrónicos, de conformidad con lo establecido en el artículo 157.4 LCSP.
J.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN 1. Criterios de adjudicación:
LOTE 1 y LOTE 2. Criterios evaluables mediante un juicio de valor: NO SI C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 8 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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Cargo: Letrado del Servicio Jurídico Cargo: Gerente
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
CUADRO-RESUMEN
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
LOTE 1 y LOTE 2 Criterios evaluables mediante la aplicación de fórmulas:
CRITERIO 1: Oferta económica. FÓRMULA PONDERACIÓN
Asignación de puntos: 90
• Si D es ≤ 5%, se aplicará la fórmula PMP
• Si D es > 5% y ≤ 15%, se aplicará la
fórmula PM
• Si D es > 15%, se aplicará la fórmula PB
Siendo:
• D = % de Baja media de las ofertas
presentadas
• PI = Inversamente proporcional a la oferta
• PB = Directamente proporcional al % de
baja
• PM = (PI + PB)/2
• PMP = 2/3 PI + 1/3 PB
DOCUMENTACIÓN: Anexo V del lote o
lotes a los que se presente el licitador No obstante, la oferta que sea igual al
debidamente cumplimentado y firmado presupuesto base de licitación obtendrá 0
por el representante legal de la empresa. puntos.
CRITERIO 2: Reducción del plazo de FÓRMULA: PONDERACIÓN
entrega establecido en el presente pliego.
Asignación de puntos: 5
Se asignarán 5 puntos a la oferta que incluya
una reducción de 2 meses del plazo de
entrega establecido en el presente pliego.
Se asignarán 2,5 puntos a la oferta que incluya
DOCUMENTACIÓN: Compromiso firmado
una reducción de 1 mes del plazo de entrega
por el representante legal de la empresa
establecido en el presente pliego.
indicando la reducción del plazo de
entrega ofertado. Se asignarán 0 puntos a la oferta que no
incluya reducción o incluya una reducción
distinta a las indicadas en el presente criterio.
CRITERIO 3: Ampliación del plazo de FÓRMULA: PONDERACIÓN garantía establecido en el presente Asignación de puntos: 5 pliego. Se asignarán 5 puntos a la oferta que incluya una ampliación de plazo de garantía de1 año. DOCUMENTACIÓN: Compromiso
Se asignarán 0 puntos a la oferta que no firmado por el representante legal de la incluya ampliación de plazo o que la empresa indicando la ampliación del ampliación ofertada sea distinta a la indicada plazo de garantía ofertado en este criterio. TOTAL PONDERACIÓN CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS PARA LOTE 1 y LOTE 2: 100 puntos C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 9 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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2. Umbral mínimo de puntuación exigido para continuar en el procedimiento:
NO SI
3. Criterios para determinar el carácter anormalmente bajo de la oferta en su conjunto:
Se considerará que una oferta se encuentra incursa en presunción de anormalidad:
- Si es inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales, en el caso de concurrir
un solo licitador.
- Si es inferior a la media de las ofertas presentadas en más de 20 unidades porcentuales, en el caso de
concurrir más de un licitador.
4. Criterios para resolver los empates en la puntuación final:
Se aplicarán los criterios sociales de desempate previstos en el artículo 42 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de
uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón:
1. Tendrán preferencia, siempre que se haya presentado la documentación acreditativa, las empresas con
porcentaje superior al dos por ciento de personas trabajadoras con discapacidad. En caso de empate entre
aquellas, tendrá preferencia la empresa que disponga del mayor porcentaje de personas trabajadoras fijas
con discapacidad en su plantilla.
2. Si, tras la aplicación de los criterios previstos en el apartado anterior, persiste el empate, se acudirá a los
siguientes criterios:
Criterios establecidos en el artículo 147.2 de la Ley 9/2017, de 9 de noviembre, de Contratos del Sector
Público (LCSP).
Otros:
La documentación acreditativa de los criterios de desempate a que se refiere el presente apartado será aportada
por los licitadores en el momento en que se produzca el empate, y no con carácter previo, de acuerdo con lo
previsto en el último párrafo del apartado 1 del artículo 147 LCSP.
K.- INDEMNIZACIÓN A LOS LICITADORES POR DECISIÓN DE NO ADJUDICAR O CELEBRAR EL CONTRATO
O POR DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
De acuerdo con los criterios de valoración empleados para el cálculo de la responsabilidad patrimonial de la
Administración
Otros: 100 € por lote
L.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Mediante firma de documento administrativo por ambas partes
Mediante firma de aceptación por el contratista de la resolución de adjudicación
M.- SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL A PRESENTAR POR EL ADJUDICATARIO
NO SI
N.- SUBCONTRATACIÓN
Obligación de indicar en la oferta la parte del contrato que tenga previsto subcontratar: NO SI
Deberán señalar también su importe y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar
su realización. El licitador deberá cumplimentar obligatoriamente el apartado correspondiente a subcontratación del Anexo III del presente pliego. C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 10 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
CUADRO-RESUMEN
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
Ñ.- CESIÓN
Es posible la cesión contractual:
NO
SI Ver condiciones en la cláusula 13.5 del pliego de cláusulas administrativas particulares
O.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
1. Enumeración:
Sociales/Éticas:
Garantizar la seguridad y la salud en el lugar de trabajo y el cumplimiento de las condiciones salariales de los
trabajadores conforme a los convenios colectivos sectoriales y territoriales aplicables.
Medioambientales:
Innovación:
Protección de datos: Obligación de someterse a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de
protección de datos, según lo establecido en el último párrafo del apartado 1 del artículo 202 LCSP.
Esta obligación tiene el carácter de obligación contractual esencial de conformidad con lo dispuesto en la letra f)
del apartado 1 del artículo 211 LCSP.
Subcontratación:
Cumplir las condiciones de subcontratación establecidas en el apartado 2 del artículo 215 LCSP para proceder
a la subcontratación, así como la obligación de acreditar la aptitud de los subcontratistas o suministradores o, en
su caso, de justificar las circunstancias determinantes de la situación de emergencia o de las que hacen urgente
la subcontratación.
Régimen de pagos a los subcontratistas o suministradores:
Acreditar, según establece el artículo 48 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación
pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, el cumplimiento de los pagos a las empresas subcontratistas o
suministradoras del precio pactado en los plazos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se
establecen medidas contra la morosidad en las operaciones comerciales, según lo dispuesto en el artículo 216
LCSP, para lo cual deberá remitir al Director Facultativo (Responsable del Contrato) la documentación que se establece a continuación, al objeto de comprobar el estricto cumplimiento de los citados pagos, de acuerdo con
lo establecido en el artículo 217 LCSP: • Relación detallada de aquellos subcontratistas o suministradores que participen en el contrato cuando se perfeccione su participación, junto con aquellas condiciones de subcontratación o
suministro de cada uno de ellos que guarden una relación directa con el plazo de pago. • Justificante de cumplimiento de los pagos a subcontratistas o suministradores que participen en el contrato una vez terminada la prestación dentro de los plazos de pago legalmente establecidos: En cada factura, certificado de los pagos a los subcontratistas del contrato. C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 11 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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2. Consecuencias de su incumplimiento:
Infracción grave a los efectos de imposición de penalidades, en el caso de incumplimiento de las condiciones
especiales de ejecución del contrato relativas a la subcontratación y al régimen de pago a los subcontratistas o
suministradores establecidas en el apartado O.1 anterior.
Resolución de contrato:
- En caso de incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato sociales/éticas,
medioambientales, de innovación y de protección de datos establecidas en el apartado O.1 anterior.
- En caso de incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato relativas a la
subcontratación o al régimen de pago a los subcontratistas o suministradores establecidas en el apartado
O.1 anterior, cuando haya reiteración en el incumplimiento, considerándose que hay reiteración cuando el
contratista haya incurrido en tres incumplimientos de alguna de dichas condiciones.
- En caso de incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato relativas a la
subcontratación establecidas en el artículo 215 LCSP y previstas en el apartado O.1 anterior, siempre y
cuando se den los requisitos establecidos en el segundo párrafo de la letra f) del apartado 1 del artículo 211.
P.- PENALIDADES
Por incumplimiento de plazos
Penalidades: Por cada día natural de retraso en la entrega e instalación del equipamiento respecto al plazo
contractual, se impondrá una penalidad del 0,60 por mil del precio del contrato (del lote correspondiente),
con un máximo del 10% del precio del contrato.
Alcanzado dicho máximo, el órgano de contratación podrá optar entre la resolución del contrato o la
continuidad de la ejecución con imposición de las penalidades.
Por cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato
Penalidades:
Por incumplimiento de los compromisos de adscripción de medios
Penalidades:
Por incumplimiento de características de la oferta vinculadas a los criterios de adjudicación
Penalidades:
Por incumplimiento de obligaciones en materia laboral:
Cotización en la Seguridad Social
Impago de salarios
Penalidades:
Por incumplimiento de las obligaciones de transparencia
Penalidades: 1.000 euros.
Reiteradas por periodos de 15 días hasta el cumplimiento de la obligación o hasta alcanzar la
cantidad correspondiente al 5% del importe de adjudicación.
Por incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato relativas a la subcontratación establecidas en el artículo 215 LCSP y previstas en el apartado O CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. Subcontratación:
Penalidades: 2 % del importe del subcontrato.
Para el caso de incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato relativas a la subcontratación establecidas en el artículo 215 LCSP y previstas en el apartado O.1 anterior, siempre y cuando se den los requisitos establecidos en el segundo párrafo de la letra f) del apartado 1 del artículo 211, se estará a lo previsto en el apartado P.2 del presente Cuadro-Resumen. C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 12 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
CUADRO-RESUMEN
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
Por incumplimiento del contratista de las obligaciones relativas al régimen de pagos a los subcontratistas o
suministradores establecido, según lo establecido en los artículos 216 y 217 LCSP y lo previsto en el apartado
O. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. Régimen de pagos a los subcontratistas
o suministradores:
a) Por incumplimiento de la obligación de acreditar, según establece el artículo 48 de la Ley 11/2023,
de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, el
cumplimiento de los pagos a las empresas subcontratistas o suministradoras del precio pactado
en los plazos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas contra
la morosidad en las operaciones comerciales, según lo dispuesto en el artículo 216 LCSP, mediante la
remisión al Responsable del Contrato de la documentación indicada en el apartado O del presente
Cuadro-Resumen, al objeto de comprobar el estricto cumplimiento de los citados pagos, de acuerdo
con lo establecido en el artículo 217 LCSP.
Penalidades: 2 % sobre el importe del subcontrato.
La garantía definitiva responderá de las penalidades que se impongan por este motivo.
b) Por incumplimiento de la obligación de pago a alguno de los subcontratistas o suministradores
vinculados a la ejecución del contrato el precio pactado en los plazos previstos en la Ley 3/2004, de 29
de diciembre, por la que se establecen medidas contra la morosidad en las operaciones comerciales,
según lo dispuesto en el artículo 216 LCSP, cuando se haya acreditado dicho impago mediante
resolución judicial o arbitral firme aportada por el subcontratista o por el suministrador al órgano
de contratación, salvo que dicha demora en el pago no venga motivada por el incumplimiento de alguna
de las obligaciones contractuales asumidas por el subcontratista o por el suministrador en la ejecución
de la prestación, de acuerdo con lo establecido en el apartado 3 del artículo 217 LCSP.
- Penalidades: 2 % sobre el importe adeudado al subcontratista o suministrador.
Podrá reiterarse cada mes mientras persista el impago hasta alcanzar el límite conjunto
del 50 por ciento del precio del contrato.
La garantía definitiva responderá de las penalidades que se impongan por este motivo.
Además, en los contratos sujetos a regulación armonizada y, también en aquellos cuyo valor estimado sea igual
o superior a dos millones de euros, cuando el subcontratista o suministrador ejercite frente al contratista
principal, en sede judicial o arbitral, acciones dirigidas al abono de las facturas una vez excedido el plazo fijado
según lo previsto en el apartado 2, el órgano de contratación, sin perjuicio de que siga desplegando todos sus
efectos, procederá a la retención provisional de la garantía definitiva la cual no podrá ser devuelta hasta el
momento en que el contratista acredite la íntegra satisfacción de los derechos declarados en la resolución
judicial o arbitral firme que ponga término al litigio, y siempre que se cumplan las condiciones establecidas en
el artículo 111 de la presente ley.
Por incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato sociales/éticas, medioambientales, de innovación y de protección de datos establecidas en el apartado P.1 anterior. Penalidades:
Por incumplimiento de las obligaciones esenciales de ejecución del contrato. Penalidades: Procedimiento a seguir en la imposición de penalidades: El establecido en la cláusula 14.6 del presente pliego, de acuerdo con lo establecido en el artículo 65 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón. C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 13 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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Q.- OBLIGACIONES ESENCIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
1. Se consideran obligaciones esenciales del contrato:
Compromiso de adscripción de medios
Condiciones especiales de ejecución del contrato
Criterios de adjudicación de las ofertas
Cumplimiento de las obligaciones en materia de protección de datos recogidas en las letras a) a e) del
apartado 2 del artículo 122 LCSP, y especificadas en el apartado V del presente Cuadro-Resumen, a los efectos
de lo previsto en la letra f) del apartado 1 del artículo 211
2. Consecuencias de su incumplimiento:
Resolución de contrato
Infracción grave a los efectos de imposición de penalidades
R.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
NO SI
S.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN
Además de lo establecido en la cláusula 17 del pliego de cláusulas administrativas particulares, el incumplimiento
de los criterios de solvencia y de las obligaciones esenciales del contrato.
T.- DATOS DE FACTURACIÓN:
Ver normativa general en la cláusula 13.1.2 del pliego de cláusulas administrativas particulares
1. Factura electrónica:
La información sobre factura electrónica y códigos DIR3 se encuentra en la siguiente dirección electrónica:
http://facturaelectronica.unizar.es/
Códigos DIR3
Oficina contable Universidad de Zaragoza Código U02100001
Unidad tramitadora Servicio de Gestión de la Investigación Código U02100098
Órgano gestor Servicio de Gestión de la Investigación Código U02100098
Órgano proponente saidir
2. Forma de facturación:
Una factura única a la finalización de la prestación realizada, una vez realizada la entrega, instalación, puesta
en marcha y formación exigida, en la que deberá indicar el número de expediente y lote al que pertenece,
desglosando los distintos ítems que, en su caso, la conformen y los importes que correspondan a cada uno de ellos.
En caso de que el contratista haya celebrado subcontratos, en cada factura, el contratista deberá aportar certificado de los pagos a los subcontratistas o suministradores del contrato dentro de los plazos de pago legalmente establecidos.
U.- ACCESO Y TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES POR CONTRATISTA El contratista tendrá acceso a datos sujetos a la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal durante la ejecución del contrato requiriéndose el tratamiento por el contratista de estos datos por cuenta del responsable del tratamiento: NO SI C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 14 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
CUADRO-RESUMEN
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
V.- RÉGIMEN DE SEGURIDAD DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN
La ejecución del presente contrato requerirá el empleo de sistemas de información, bien por parte del
adjudicatario o bien por parte de la Universidad:
NO SI
W.- CONTROL DE CALIDAD EN LA EJECUCIÓN. MECANISMOS DE CONTROL
Para constatar el ajuste de la realización de la prestación a lo estipulado en el contrato, durante la ejecución del
mismo podrán utilizarse los siguientes mecanismos de control, de entre los establecidos en el artículo 57 de la
Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de
Aragón:
Auditorías
Inspecciones aleatorias
Evaluación de la calidad
Muestras
X.- ÍNDICE DE ANEXOS
ANEXO I INSTRUCCIONES PARA LICITACIÓN ELECTRÓNICA
INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE
ANEXO II
CONTRATACIÓN “DEUC”
MODELO DE DECLARACIONES RESPONSABLES DE DOCUMENTACIÓN
CONFIDENCIAL, DE GRUPO EMPRESARIAL, DE COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN DE
UTE, DE COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS A LA EJECUCIÓN DEL
ANEXO III CONTRATO, DE SUBCONTRATACIÓN Y DE INSCRIPCIÓN EN REGISTRO OFICIAL DE
LICITADORES
(PARA LICITADORES AL PROCEDIMIENTO)
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A PRINCIPIOS ANTIFRAUDE,
ANEXO IV ANTICORRUPCIÓN Y DE AUSENCIA DE CONFLICTOS DE INTERESES
(PARA CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS)
ANEXO V MODELO DE OFERTA ECONÓMICA ANEXO V BIS MODELO DE OFERTA ECONÓMICA. PRECIOS UNITARIOS
FORMULARIO-RESUMEN DE DATOS DEL LICITADOR A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN ANEXO VI Y PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL ACUERDO DE ENCARGADO DE TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL ANEXO VII (PARA CONTRATISTAS) C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 15 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 16 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
ANEXOS
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
ANEXO I
INSTRUCCIONES PARA LICITACIÓN ELECTRÓNICA
PRIMERO. -RESUMEN DEL PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES A TRAVÉS DE LA
PLATAFORMA DE LICITACIÓN ELECTRÓNICA
Los licitadores, para presentar sus proposiciones de forma electrónica, deberán seguir el siguiente procedimiento:
1) Verificar que el ordenador que se va a utilizar para la licitación electrónica cumple con los requisitos mínimos
exigidos. Para ello, acceder al siguiente enlace: http://soporte.plyca.es/checklist.
2) Acceder al Portal de Contratación de la Universidad de Zaragoza: https://licitacion.unizar.es
3) Descargar el software de “PLYCA Empresas”. Para ello, una vez dentro del Portal de Contratación de la
Universidad de Zaragoza, acceder al menú “Descarga de software” desde el enlace:
https://licitacion.unizar.es/licitacion/descargas.do, desde donde se puede descargar el software “PLYCA
Empresas” y desde el cual se podrá licitar electrónicamente.
Para el correcto funcionamiento del mencionado software, se debe instalar Java versión 1.8.0 o superior (ver
apartado 1) anterior).
4) Registrarse (darse de alta) en el Portal de Contratación de la Universidad de Zaragoza. Para ello, acceder
al menú “Mi empresa” desde el enlace https://licitacion.unizar.es/licitacion/tramites.do de dicho Portal. Desde el
menú “Mi empresa”, pulsar “Trámite de alta” y, a continuación, seguir las instrucciones de la plataforma para
realizar el alta.
Para efectuar esta operación, será necesario disponer de un certificado de firma electrónica válido.
Consultar el enlace: https://sede.minetur.gob.es/es- ES/procedimientoselectronicos/Paginas/requisitos.aspx.
5) PARA LICITAR:
Acceder al Portal de Contratación de la Universidad de Zaragoza: https://licitacion.unizar.es
Seleccionar el expediente, pinchando en el número del mismo.
Una vez en el expediente, ir al apartado “Historial de publicaciones” y pinchar en “Presentación de ofertas”,
donde se encuentra disponible el “Sobre electrónico para la presentación de ofertas”.
A continuación, pinchar en el citado sobre electrónico para proceder a su descarga. Una vez descargado, seguir las instrucciones para incorporar los documentos requeridos en formato .pdf (se indicará los que deben ser firmados).
Una vez incorporados los citados documentos, firmar el sobre electrónico generado, siguiendo las instrucciones de la plataforma. Finalmente, realizar la presentación telemática del sobre electrónico, siguiendo las instrucciones de la plataforma.
6) En el caso de producirse algún error y, como consecuencia del mismo, no se pudiera hacer efectiva la presentación de la proposición, seguir las indicaciones de las notas aclaratorias siguientes. C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 17 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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Notas aclaratorias:
1.- Problemas técnicos en la presentación electrónica de proposiciones.
En caso de que, por razones técnicas de comunicación no imputables al licitador, no pudiese hacerse efectiva la
presentación de la proposición mediante el canal electrónico, deberá utilizar la opción que ofrece el software de
“PLYCA Empresas”, “Descargar sobre…”, para almacenar el código específico de verificación (HASH) o “huella
digital” y el sobre electrónico generados antes de realizar el envío.
Este código específico de verificación (HASH) o “huella digital” de la oferta deberá transmitirse
inmediatamente al órgano de contratación a través del Registro electrónico de la Universidad de
Zaragoza: (https://regtel.unizar.es/), con cuya recepción se considerará efectuada su presentación a
todos los efectos. Al hacerlo, deberá indicarse en el campo correspondiente el número de expediente al que se
refiere la transmisión, y en el campo relativo al asunto deberá consignarse lo siguiente: “Problemas técnicos.
Huella digital para presentación de ofertas”. En el campo Interesados / Origen deberá indicarse el nombre del
licitador (bien sea persona jurídica o persona física). Todo ello al objeto de su correcta identificación en el Registro
como parte de la documentación presentada para licitar.
Después deberá transmitirse el sobre electrónico de la oferta propiamente dicha, compactado en formato
.Zip, a través del Registro electrónico de la Universidad de Zaragoza: (https://regtel.unizar.es/), en un
plazo máximo de 24 horas. Al hacerlo, deberá indicarse en el campo correspondiente el número de expediente
al que se refiere la transmisión, y en el campo relativo al asunto deberá consignarse lo siguiente: “Problemas
técnicos. Sobre electrónico de presentación de ofertas”. En el campo Interesados / Origen deberá indicarse el
nombre del licitador (bien sea persona jurídica o persona física). Todo ello al objeto de su correcta identificación
en el Registro como parte de la documentación presentada para licitar. De no efectuarse esta segunda
remisión en el plazo indicado, se considerará que la oferta ha sido retirada.
2.- Incorporación al sobre electrónico de documentación no disponible en formato electrónico.
Si no se dispusiera en formato electrónico de los documentos a incorporar al sobre electrónico porque fueron
emitidos originalmente en soporte papel, deberán aportarse copias digitalizadas, cuya fidelidad con el original
se garantizará mediante la utilización de la firma electrónica.
SEGUNDO. - SOPORTE PARA USUARIOS
Para la resolución de dudas o problemas técnicos relacionados con la utilización de las herramientas informáticas para
la licitación electrónica, se pone a disposición de los licitadores el soporte en línea que a continuación se indica:
1) Acceder al Portal de Contratación de la Universidad de Zaragoza: https://licitacion.unizar.es
2) Ir a “Soporte empresas (Nueva ventana)”. Pinchando allí, se abre la web de Nexus IT.
3) Pinchar en el botón rojo “SOPORTE”, situado en la parte derecha del menú superior.
4) Pulsar el botón “formulario de soporte” situado en la parte inferior central de la página y rellenar el
formulario, indicando la duda o problema de que se trate e informando de todos los datos disponibles.
C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 18 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
ANEXOS
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
ANEXO II
INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN
“DEUC”
1) La presentación del DEUC por el licitador sirve como prueba preliminar del CUMPLIMIENTO de los
REQUISITOS PREVIOS especificados en el presente pliego para participar en este procedimiento de
licitación.
El DEUC consiste en una declaración responsable de la situación financiera, las capacidades y la idoneidad de las
empresas para participar en un procedimiento de contratación pública, de conformidad con el artículo 59 Directiva
2014/14, (Anexo 1.5) y el Reglamento de Ejecución de la Comisión (UE) 2016/7 de 5 de enero de 2016 que
establece el formulario normalizado del mismo y las instrucciones para su cumplimentación.
El órgano de contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación de las declaraciones responsables
previamente presentadas en el Sobre n º UNO requiriendo al efecto la presentación de los correspondientes
justificantes documentales, en los términos del artículo 69 de la Ley 39/2015.
En cualquier caso, la presentación del DEUC por el licitador conlleva el compromiso de que, en caso de que la
propuesta de adjudicación del contrato recaiga a su favor, se aportarán los documentos justificativos a los que
sustituye de conformidad con lo previsto en la cláusula 2.3.2.
2) Formulario normalizado DEUC.
El formulario normalizado del DEUC se encuentra a disposición de los licitadores en la dirección electrónica:
https://visor.registrodelicitadores.gob.es/espd-web/filter?lang=es
O también en formato .pdf autorrellenable en la siguiente dirección electrónica:
https://www.aragon.es/documents/20127/674325/DEUC_autorrellenable.pdf/aea7c948-8f22-8097-6ff1-
7967b99c8390
3) Instrucciones.
Los requisitos que en el documento se declaran deben cumplirse, en todo caso, el último día de plazo de
licitación, salvo las prohibiciones de contratar que deben continuar al menos hasta la formalización del contrato,
pudiendo la Administración efectuar verificaciones en cualquier momento del procedimiento.
La declaración debe estar firmada por quien tenga poder suficiente para ello. En caso de que la solvencia o adscripción de medios exigida se cumpla con medios externos al licitador, deberá
presentarse un DEUC por el licitador y por cada uno de los medios adscritos a la ejecución del contrato. Si varias empresas concurren constituyendo una unión temporal, cada una de las que la componen deberá acreditar su personalidad, capacidad y solvencia, presentando todas y cada una de ellas un formulario normalizado
del DEUC.
Cuando el pliego prevea la división en lotes del objeto del contrato y los requisitos de solvencia variaran de un lote a otro, se aportará un DEUC por cada lote o grupo de lotes al que se apliquen los mismos requisitos de solvencia C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 19 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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Además del formulario o formularios normalizados del DEUC, en el sobre electrónico de documentación
administrativa deberá incluirse la declaración de los licitadores sobre documentación confidencial, pertenencia a
grupo empresarial, compromiso de constitución de UTE, compromiso de adscripción de medios a la ejecución del
contrato e inscripción en registro oficial de licitadores que corresponda, conforme al modelo del Anexo III.
Las empresas que figuren inscritas en el Registro de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en
cualquier otro registro oficial equivalente a nivel autonómico no estarán obligadas a facilitar aquellos datos que ya
figuren inscritos de manera actualizada, siempre y cuando se indique dicha circunstancia en el formulario
normalizado del DEUC. En todo caso, es el licitador quien debe asegurarse de qué datos figuran efectivamente
inscritos y actualizados y cuáles no. Cuando alguno de los datos o informaciones requeridos no conste en los
Registros de Licitadores citados o no figure actualizado en los mismos, deberá aportarse mediante la
cumplimentación del formulario.
C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 20 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
ANEXOS
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
ANEXO II
INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN
“DEUC”
Deberán cumplimentarse necesariamente los apartados (del Índice y Estructura del DEUC) que se encuentran
marcados en este Anexo.
PARTE I: INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN Y EL PODER ADJUDICADOR
(Identificación del contrato y la entidad contratante; estos datos deben ser facilitados o puestos por el poder
adjudicador)
PARTE II: INFORMACIÓN SOBRE EL OPERADOR ECONÓMICO
Sección A: INFORMACIÓN SOBRE EL OPERADOR ECONÓMICO
Identificación
Como n º de IVA se deberá indicar el NIF o CIF (ciudadanos o empresas españolas), el NIE (ciudadanos
extranjeros residentes en España), y el VIES o DUNS (empresas extranjeras).
Información general
Forma de participación
Sección B: INFORMACIÓN SOBRE LOS RERESENTANTES DEL OPERADOR ECONÓMICO
Representación, en su caso (datos del representante)
Sección C: INFORMACIÓN SOBRE EL RECURSO A LA CAPACIDAD DE OTRAS ENTIDADES
Recurso (Sí o No)
Sección D: INFORMACIÓN RELATIVA A LOS SUBCONTRATISTAS
Subcontratación (Sí o No y, en caso afirmativo, indicación de lo s subcontratistas conocidos)
PARTE III: MOTIVOS DE EXCLUSIÓN (en el servicio electrónico DEUC los campos de los apartados A, B y C de
esta parte vienen por defecto con el valor 'No' y tienen la utilidad de que el operador pueda comprobar que no se
encuentra en causa de prohibición de contratar o que, en caso de encontrarse en alguna, puede justificar la
excepción)
Sección A: MOTIVOS REFERIDOS A CONDENAS PENALES. Motivos referidos a condenas penales establecidos en el art. 57, apartado 1, de la Directiva
Sección B: MOTIVOS REFERIDOS AL PAGO DE IMPUESTOS O DE COTIZACIONES A LA SEG. SOCIAL. Pago de impuestos o de cotizaciones a la Seguridad Social (declara cumplimiento de obligaciones)
Sección C: MOTIVOS REFERIDOS A LA INSOLVENCIA, LOS CONFLICTOS DE INTERESES O LA
FALTA PROFESIONAL. Información relativa a toda posible insolvencia, conflicto de intereses o falta profesional Sección D: OTROS MOTIVOS DE EXCLUSIÓN QUE ESTÉN PREVISTOS EN LA LEGISLACIÓN NACIONAL. Motivos de exclusión puramente nacionales (si los hay, declaración al respecto) C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 21 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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ANEXO II
INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN
“DEUC”
PARTE IV: CRITERIOS DE SELECCIÓN
OPCIÓN 1: INDICACIÓN GLOBAL DE CUMPLIMIENTO DE TODOS LOS CRITERIOS DE SELECCIÓN
OPCIÓN 2: El poder adjudicador exige la declaración de cumplimiento de los criterios específicamente
(cumplimentar todas las secciones)
Sección A: IDONEIDAD: (información referida a la inscripción en el Registro Mercantil u oficial o
disponibilidad de autorizaciones habilitantes). Según lo exigido en el apartado F del Cuadro Resumen
del presente pliego.
Sección B: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (datos a facilitar según las indicaciones del
pliego, anuncio o invitación). Según lo exigido en el apartado F del Cuadro Resumen del presente
pliego.
Sección C: CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL (datos a facilitar según las indicaciones del
pliego, anuncio o invitación). Según lo exigido en el apartado F del Cuadro Resumen del presente
pliego.
Sección D: SISTEMAS DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD Y NORMAS DE GESTIÓN
MEDIOAMBIENTAL. Según lo exigido en el apartado F del Cuadro Resumen del presente pliego.
PARTE V: REDUCCIÓN DEL NÚMERO DE CANDIDATOS CUALIFICADOS.
PARTE VI: DECLARACIONES FINALES (declaración responsable de veracidad y disponibilidad de documentos
acreditativos de la información facilitada, y consentimiento de acceso a la misma por el poder adjudicador)
C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 22 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
ANEXOS
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
ANEXO III
MODELOS DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE:
DOCUMENTACIÓN CONFIDENCIAL, PERTENENCIA A GRUPO EMPRESARIAL, COMPROMISO DE
CONSTITUCIÓN DE UTE, COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO,
SUBCONTRATACIÓN E INSCRIPCIÓN EN REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES
D./Dª.............................................................................................................................................................................
con DNI nº ....................................................................................................................................................................
en nombre propio
en representación de la empresa ...........................................................................................................................
con NIF nº .................................................................................. y domicilio fiscal en .................................................
en calidad de ................................................................................................................................................................
al objeto de participar en la licitación del contrato denominado ..................................................................................
.....................................................................................................................................................................................
convocado por la Universidad de Zaragoza como expediente nº ............................................................................... ,
enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para su adjudicación:
DECLARA bajo su responsabilidad:
DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE DOCUMENTACIÓN CONFIDENCIAL:
Que, en relación a toda la documentación y datos que presenta para participar en la presente licitación,
ningún documento se considera de carácter confidencial.
se consideran de carácter confidencial los que a continuación se relacionan por los motivos que se indican
seguidamente:
(Se deberá indicar el lugar que ocupa en el índice, nombre asignado al documento, nº de página y nº del Sobre electrónico en el que se encuentra
incluida la documentación/datos. De no aportarse la presente declaración se considerará que ningún documento o dato posee tal carácter. La
confidencialidad deberá indicarse, además, de forma clara y fácilmente visible en los propios documentos señalados como tales):
-
-
DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA AL GRUPO EMPRESARIAL:
Que la empresa (indíquese lo que proceda):
no pertenece a ningún grupo de empresas.
pertenece al grupo de empresas denominado:............................................................................................ del cual se adjunta listado de empresas vinculadas de conformidad con el artículo 42 del Código de Comercio.
C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 23 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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ANEXO III
MODELOS DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE:
DOCUMENTACIÓN CONFIDENCIAL, PERTENENCIA A GRUPO EMPRESARIAL, COMPROMISO DE
CONSTITUCIÓN DE UTE, COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO,
SUBCONTRATACIÓN E INSCRIPCIÓN EN REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES
COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN DE UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESARIOS (UTE):
No procede.
Que se comprometen, por medio del presente documento, a constituirse formalmente en unión temporal de
empresas (UTE) en el caso de ser adjudicatarios del contrato, la cual está formada por:
- ............................................ con NIF .................... cuyo porcentaje de participación en la UTE es del %
- ............................................ con NIF .................... cuyo porcentaje de participación en la UTE es del %
- ............................................ con NIF .................... cuyo porcentaje de participación en la UTE es del %
El representante de la UTE será D./Dª. ...................................................................... con DNI ...............................
Al efecto de recibir las notificaciones y comunicaciones que se practiquen en el curso del procedimiento, se designa
a la empresa ...................................................................................................................... con NIF ..........................
COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN OBLIGATORIA DE MEDIOS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO:
No procede.
Que se compromete a adscribir los medios personales y materiales exigidos en el apartado F.5 del Cuadro-
Resumen del presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, y que, en caso de ser propuesto como
adjudicatario, presentará la documentación acreditativa de la efectiva disposición de los mismos, los cuales se
mantendrán durante todo el periodo de ejecución del contrato. Son los siguientes:
- Adscripción de medios personales:
• ..............................................................................................................................................................
• ..............................................................................................................................................................
- Adscripción de medios materiales:
• ..............................................................................................................................................................
• ..............................................................................................................................................................
C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 24 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
Firmado por: MARCOS BONIS SARASA Firmado por: ALFONSO CARLOS PEÑA OCHOA
Cargo: Letrado del Servicio Jurídico Cargo: Gerente
Fecha: 21-10-2026 14:17:58 Fecha: 21-10-2026 20:09:02
Este documento es Copia Auténtica según el artículo 27 de la Ley 39/2015, de 2 de Octubre. Su autenticidad puede ser comprobada en la
direcciónhttps://licitacion.unizar.es/licitacion/verificadorCopiaAutentica.do
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
ANEXOS
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
ANEXO III
MODELOS DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE:
DOCUMENTACIÓN CONFIDENCIAL, PERTENENCIA A GRUPO EMPRESARIAL, COMPROMISO DE
CONSTITUCIÓN DE UTE, COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO,
SUBCONTRATACIÓN E INSCRIPCIÓN EN REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES
DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE LICITADORES Y EMPRESAS
CLASIFICADAS DEL SECTOR PÚBLICO O EN OTRO REGISTRO OFICIAL EQUIVALENTE A NIVEL
AUTONÓMICO:
Que la empresa no se halla inscrita en el Registro de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público ni
en otro registro oficial equivalente a nivel autonómico.
Que la empresa está inscrita en (indíquese lo que proceda):
Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público.
Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Otro (indicar cuál): ………………………………………………………………...
Que los datos no han sido alterados en ninguna de las circunstancias que constan en el certificado del
Registro correspondiente.
Que los siguientes datos se han modificado y que estos extremos han sido notificados al correspondiente
Registro con fecha ……………………………….:
1. ………………………………………………………………………………….
2. ………………………………………………………………………………….
Nota: En caso de que el procedimiento utilizado sea el abierto simplificado o el abierto simplificado abreviado (artículo 159 LCSP)
y la solicitud de inscripción del licitador en el registro oficial correspondiente no haya sido resuelta, esta declaración responsable
sobre inscripción en el Registro correspondiente se efectuará en los siguientes términos:
Que la empresa ha presentado la solicitud de inscripción en el siguiente Registro Oficial (indíquese lo que
proceda) con fecha anterior a la fecha final de presentación de ofertas, cuyo acuse de recibo emitido por el
correspondiente Registro se acompaña a la presente declaración:
Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público.
Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Otro (indicar cuál): ………………………………………………………………...
Que junto con la solicitud de inscripción en el Registro correspondiente ha presentado en el mismo la
documentación preceptiva para ello.
Que no ha recibido requerimiento de subsanación del correspondiente Registro. En……………………….., a,…..….de………………….……....de……........ (FIRMA AUTORIZADA) FIRMADO:.................................................
C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 25 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
Firmado por: MARCOS BONIS SARASA Firmado por: ALFONSO CARLOS PEÑA OCHOA
Cargo: Letrado del Servicio Jurídico Cargo: Gerente
Fecha: 21-10-2026 14:17:58 Fecha: 21-10-2026 20:09:02
Este documento es Copia Auténtica según el artículo 27 de la Ley 39/2015, de 2 de Octubre. Su autenticidad puede ser comprobada en la
direcciónhttps://licitacion.unizar.es/licitacion/verificadorCopiaAutentica.do
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n ic ó a ic c c if e ir r e id V o e g tn id e o iu c g ? i o s d a .a l a ci
t e n s e r t a u t A ce
a n ip o o c C á r r o d d o a p c i o fi g re id v ó /n c o e ic tn a e ti i c u il g /s is e . l r e a d z i n n ó u i . c n a o c i i c fi a re ti v ci
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ANEXO III
MODELOS DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE:
DOCUMENTACIÓN CONFIDENCIAL, PERTENENCIA A GRUPO EMPRESARIAL, COMPROMISO DE
CONSTITUCIÓN DE UTE, COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS A LA EJECUCIÓN DEL
CONTRATO, SUBCONTRATACIÓN E INSCRIPCIÓN EN REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES
DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE SUBCONTRATACIÓN:
(A rellenar en caso de haberse marcado afirmativamente en el apartado N del Cuadro-Resumen del presente pliego
la Obligación de indicar en la oferta la parte del contrato que tenga previsto subcontratar)
¿Tiene el licitador la intención de subcontratar alguna parte del contrato a terceros?
NO
SI:
Importe (IVA excluido) Razón social // perfil empresarial del
Parte del contrato a subcontratar
a subcontratar subcontratista
En el caso de que el contratista vaya a tener acceso a datos sujetos a la Ley de Protección de Datos de Carácter
Personal durante la ejecución del contrato (está marcada la opción “SI” en Apartado U del Cuadro-Resumen del
presente pliego):
¿Tiene el licitador la intención de subcontratar los servidores o los servidores asociados a los mismos a terceros?
NO
SI:
Razón social // perfil empresarial
Importe (IVA excluido) a subcontratar
del subcontratista
En relación con lo anteriormente manifestado, el licitador declara responsablemente que ha comprobado que los
subcontratistas cuentan con la aptitud suficiente para ejecutar las prestaciones subcontratadas por referencia a los
elementos técnicos y humanos de que disponen y a su experiencia, habiendo comprobado que no se encuentran
incursos en prohibición de contratar de acuerdo con el artículo 71 LCSP.
Sin perjuicio de esta declaración responsable, la Universidad de Zaragoza podrá comprobar, en cualquier momento de
la licitación o durante la ejecución del contrato, la documentación acreditativa de la aptitud de los subcontratistas y que
no se encuentran incursos en prohibiciones de contratar, debiendo el licitador / contratista presentar la misma cuando
les sea requerida.
En……………………….., a,…..….de………………….……....de……........
(FIRMA AUTORIZADA)
FIRMADO:.................................................
C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 26 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
Firmado por: MARCOS BONIS SARASA Firmado por: ALFONSO CARLOS PEÑA OCHOA
Cargo: Letrado del Servicio Jurídico Cargo: Gerente
Fecha: 21-10-2026 14:17:58 Fecha: 21-10-2026 20:09:02
Este documento es Copia Auténtica según el artículo 27 de la Ley 39/2015, de 2 de Octubre. Su autenticidad puede ser comprobada en la
direcciónhttps://licitacion.unizar.es/licitacion/verificadorCopiaAutentica.do
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
ANEXOS
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
ANEXO IV
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A PRINCIPIOS
ANTIFRAUDE, ANTICORRUPCIÓN Y DE AUSENCIA DE CONFLICTOS DE INTERESES
D./Dª.............................................................................................................................................................................
con DNI nº ....................................................................................................................................................................
en nombre propio
en representación de la empresa ...........................................................................................................................
con NIF nº .................................................................................. y domicilio fiscal en .................................................
en calidad de ................................................................................................................................................................
que participa como contratista/subcontratista en la ejecución del contrato denominado ...........................................
.....................................................................................................................................................................................
convocado por la Universidad de Zaragoza como expediente nº ...............................................................................
MANIFIESTA el compromiso de la persona/entidad que representa con los estándares más exigentes en
relación con el cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales, adoptando las medidas necesarias
para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de interés, comunicando en su caso a las
autoridades que proceda los incumplimientos observados.
En……………………….., a,…..….de………………….……....de…
FIRMADO:..................................................
C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 27 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
Firmado por: MARCOS BONIS SARASA Firmado por: ALFONSO CARLOS PEÑA OCHOA
Cargo: Letrado del Servicio Jurídico Cargo: Gerente
Fecha: 21-10-2026 14:17:58 Fecha: 21-10-2026 20:09:02
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direcciónhttps://licitacion.unizar.es/licitacion/verificadorCopiaAutentica.do
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C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 28 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
Firmado por: MARCOS BONIS SARASA Firmado por: ALFONSO CARLOS PEÑA OCHOA
Cargo: Letrado del Servicio Jurídico Cargo: Gerente
Fecha: 21-10-2026 14:17:58 Fecha: 21-10-2026 20:09:02
Este documento es Copia Auténtica según el artículo 27 de la Ley 39/2015, de 2 de Octubre. Su autenticidad puede ser comprobada en la
direcciónhttps://licitacion.unizar.es/licitacion/verificadorCopiaAutentica.do
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
ANEXOS
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
ANEXO V
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
LOTE 1: Sistema modular de licuefacción y purificación de helio
D./Dª. ....................................................................................................................................................................
con DNI nº ............................................................................................................................................................
en nombre propio
en representación de la empresa ...................................................................................................................
con NIF nº ............................................................................................................................................................
y domicilio fiscal en ..............................................................................................................................................
En calidad de .......................................................................................................................................................
Al objeto de participar en la licitación del contrato denominado ..........................................................................
.............................................................................................................................................................................
convocado por la Universidad de Zaragoza como expediente nº ....................................................................... ,
enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para su adjudicación:
SE COMPROMETE a tomar a su cargo la ejecución del mismo, con estricta sujeción a los expresados requisitos
y condiciones por la cantidad de: 1
.................................................................................................................. euros ( ....................................... €), IVA excluido.
El licitador hace constar que la oferta presentada se desglosa del modo que sigue:
Importe ofertado IVA Importe ofertado
Componente
(21%)
IVA excluido IVA incluido
Sistema modular de licuefacción de helio Unidad A (≥ 150 L) con compresor
Sistema modular de licuefacción de helio Unidad B (≥ 240 L) con compresor
Sistema modular de purificación con compresor
Compresor de respaldo
TOTAL LOTE 1
NOTAS - El precio ofertado incluye suministro, transporte, instalación, puesta en marcha y formación del personal, conforme a lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
- Los importes se expresarán en euros, con dos decimales, indicando el IVA por separado.
En…………………. a,…….de………………..de 20...... (SELLO DE LA EMPRESA Y FIRMA AUTORIZADA) FIRMADO: ................................................ 1 Expresar claramente, escrita en letra y número, la cantidad de euros por la que se compromete el proponente a la ejecución del contrato C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 29 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
Firmado por: MARCOS BONIS SARASA Firmado por: ALFONSO CARLOS PEÑA OCHOA
Cargo: Letrado del Servicio Jurídico Cargo: Gerente
Fecha: 21-10-2026 14:17:58 Fecha: 21-10-2026 20:09:02
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
ANEXOS
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
ANEXO V
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
LOTE 2: Sistema de detección de fugas de helio
D./Dª. ....................................................................................................................................................................
con DNI nº ............................................................................................................................................................
en nombre propio
en representación de la empresa ...................................................................................................................
con NIF nº ............................................................................................................................................................
y domicilio fiscal en ..............................................................................................................................................
En calidad de .......................................................................................................................................................
Al objeto de participar en la licitación del contrato denominado ..........................................................................
.............................................................................................................................................................................
convocado por la Universidad de Zaragoza como expediente nº ....................................................................... ,
enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para su adjudicación:
SE COMPROMETE a tomar a su cargo la ejecución del mismo, con estricta sujeción a los expresados requisitos
y condiciones por la cantidad de: 2
.................................................................................................................. euros ( ....................................... €), IVA excluido.
El licitador hace constar que la oferta presentada se desglosa del modo que sigue:
Importe ofertado IVA Importe ofertado
Componente
(21%)
IVA excluido IVA incluido
Detector de fugas de helio
Carro de transporte
Sonda sniffer
TOTAL LOTE 2
NOTAS - El precio ofertado incluye suministro, transporte, instalación, puesta en marcha y formación del personal, conforme a lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas. - Los importes se expresarán en euros, con dos decimales, indicando el IVA por separado.
En…………………. a,…….de………………..de 20......
(SELLO DE LA EMPRESA Y FIRMA AUTORIZADA) FIRMADO: ................................................. 2 Expresar claramente, escrita en letra y número, la cantidad de euros por la que se compromete el proponente a la ejecución del contrato C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 30 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
Firmado por: MARCOS BONIS SARASA Firmado por: ALFONSO CARLOS PEÑA OCHOA
Cargo: Letrado del Servicio Jurídico Cargo: Gerente
Fecha: 21-10-2026 14:17:58 Fecha: 21-10-2026 20:09:02
Este documento es Copia Auténtica según el artículo 27 de la Ley 39/2015, de 2 de Octubre. Su autenticidad puede ser comprobada en la
direcciónhttps://licitacion.unizar.es/licitacion/verificadorCopiaAutentica.do
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
ANEXOS
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
ANEXO VI
FORMULARIO-RESUMEN DE DATOS DEL LICITADOR A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN
Y PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
1. DATOS NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS:
Al objeto de participar en la licitación del contrato denominado .............................................................................
................................................................................................................................................................................
convocado por la Universidad de Zaragoza como expediente nº .......................................................................... ,
enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para su adjudicación, el licitador se ha registrado (dado
de alta) en el Portal de Contratación de la Universidad de Zaragoza a través de “Plyca-Empresas” que se
encuentra en la siguiente dirección electrónica: https://licitacion.unizar.es, de acuerdo con lo indicado en el
Anexo I del presente pliego, y, en consecuencia, ya se encuentra suscrito en el sistema de notificaciones
telemáticas de la Universidad de Zaragoza, con los datos siguientes:
DAT OS DE LA EMPRESA
Denominación social
Nombre comercial
NIF
Dirección electrónica
Domicilio social (Dirección, población y CP)
Datos de las personas con representación o apoderadas *
Representante - 1 Representante - 2
Nombre y apellidos
NIF
Teléfono móvil
Correo electrónico
Datos de las personas autorizadas a recibir notificaciones electrónicas (máximo 2) *
Interlocutor - 1 Interlocutor - 2
Nombre y apellidos
NIF
Teléfono móvil
Correo electrónico
La presentación de documentación que no le haya sido requerida desde la aplicación de contratación
electrónica Plyca, se efectuará por alguno de los medios que se indican a continuación: - A través del Registro Electrónico de la Universidad de Zaragoza: https://regtel.unizar.es/
- Desde el Registro Electrónico de la Administración General del Estado: https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoComun.html
Respecto de los datos que se exponen, el licitador es el único responsable de su veracidad y de asegurar el funcionamiento de sus dispositivos a efectos de notificación (dirección electrónica, teléfono, fax, correo
electrónico). C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 31 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
Firmado por: MARCOS BONIS SARASA Firmado por: ALFONSO CARLOS PEÑA OCHOA
Cargo: Letrado del Servicio Jurídico Cargo: Gerente
Fecha: 21-10-2026 14:17:58 Fecha: 21-10-2026 20:09:02
Este documento es Copia Auténtica según el artículo 27 de la Ley 39/2015, de 2 de Octubre. Su autenticidad puede ser comprobada en la
direcciónhttps://licitacion.unizar.es/licitacion/verificadorCopiaAutentica.do
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2. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL:
De acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal,
informamos a los licitadores que la responsable del tratamiento de esos datos es la Universidad de Zaragoza,
con domicilio social en C/ Pedro Cerbuna nº 12 de 50009- Zaragoza, siendo órgano competente en la materia su
Gerente (gerencia@unizar.es y tfno.876 55 47 56).
Como responsable, la Universidad le informa que exclusivamente tratará los datos personales que Ud. le facilite
para dar cumplimiento a los siguientes fines:
a) Gestionar su participación en la licitación. Este tratamiento queda legitimado por el consentimiento
válidamente prestado por los licitadores en el momento de su participación.
b) Publicación de los datos de los licitadores y los adjudicatarios a través de los medios legalmente
pertinentes, en especial a través del Perfil de Contratante y de las publicaciones oficiales de obligado
cumplimiento, en función del importe y tipo de contrato.
c) Publicación de los datos de los contratos ejecutados o en ejecución a través de los medios legalmente
pertinentes, en especial en la página web de la Universidad, que recoge información en materia de publicidad
activa.
d) Gestionar los datos personales que sean necesarios para el contacto y localización profesional de las
personas físicas que presten sus servicios para el licitador y sean designadas a tales efectos por él mismo.
e) Gestionar los datos del personal de la adjudicataria cuando sean necesarios para el cumplimiento de las
obligaciones dimanantes de la ejecución del contrato, incluyendo las relativas a Prevención de Riesgos
Laborales y Coordinación de Actividades Empresariales.
f) También se dará publicidad a la subcontratación, con indicación de la identidad de los subcontratistas, el
importe de cada subcontratación y el porcentaje en volumen de cada contrato que ha sido subcontratado.
Estos fines vienen exigidos por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público; la Ley Orgánica
3/2018, de 6 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de derechos digitales; la Ley 31/1995,
de Prevención de riesgos laborales y la Ley aragonesa 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad
Pública y Participación Ciudadana de Aragón.
Los datos de carácter personal que debe comunicar a la Universidad para participar en esta licitación y luego para
ejecutar el contrato están detallados en los Pliegos de Contratación (el Pliego de Cláusulas Administrativas
Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas, en su caso).
Es obligación de los licitadores proporcionar tales datos. El no proporcionarlos puede ser causa de la
imposición de penalidades o de resolución de contrato, en los términos señalados en el Pliego de Cláusulas
Administrativas Particulares.
Los datos de carácter personal únicamente se tratarán y conservarán mientras persista la relación y una vez
finalizada ésta mientras la Universidad de Zaragoza, como Responsable, esté legitimada para su tratamiento y/o
conservación atendiendo a los plazos establecidos por la legislación vigente.
Respecto a los datos de carácter personal recogidos para su tratamiento los interesados tienen la posibilidad de
ejercitar –en su caso- los derechos de acceso, rectificación, limitación, oposición y portabilidad.
El ejercicio de los citados derechos podrá hacerse mediante solicitud dirigida al Gerente de la Universidad de
Zaragoza, en los términos que suscribe la legislación vigente. Asimismo, podrán dirigirse en reclamación a la Agencia Española de Protección de Datos, a través de los
formularios que ésta entidad tiene habilitados al efecto y que son accesibles a través de su página web https://sedeagpd.gob.es O acudir previamente al Delegado de Protección de Datos de la Universidad de Zaragoza (dpd@unizar.es y
tfno. 876 55 36 13). En………………..., a……..….de………………….……....de……........
(SELLO DE LA EMPRESA Y FIRMA AUTORIZADA) FIRMADO:.................................................. C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 32 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
ÍNDICE
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
ÍNDICE DE CLAUSULADO
1. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
2. DISPOSICIONES GENERALES
2.1. Objeto, necesidades, lotes y variantes del contrato
2.2. Valor estimado del contrato
2.3. Presupuesto base de licitación
2.4. Precio del contrato
2.5. Existencia de crédito
2.6. Duración del contrato
2.7. Plazo y lugar de ejecución/entrega del contrato
3. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN, RESPONSABLE DEL CONTRATO, PERFIL DE CONTRATANTE,
INFORMACIÓN A LOS LICITADORES Y NOTIFICACIONES TELEMÁTICAS
3.1. Órgano de contratación
3.2. Responsable del contrato
3.3. Perfil de contratante
3.4. Información a los interesados
3.5. Notificaciones
4. CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES. GARANTÍA PROVISIONAL
4.1. Condiciones de aptitud
4.2. Solvencia
4.3. Acreditación de la solvencia por referencia a otras empresas 4.4. Garantía provisional
C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 33 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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5. PRESENTACIÓN Y DOCUMENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
5.1. Presentación de proposiciones
5.2. Documentos y datos de los licitadores de carácter confidencial
5.3. Contenido de las proposiciones
A) Contenido común de los sobres electrónicos en todos los tipos de procedimientos (abierto,
abierto simplificado y abierto simplificado abreviado)
A.1) Sobre de documentación administrativa
A.2) Sobre de propuesta relativa a criterios cuantificables mediante juicio de valor
A.3) Sobre de propuesta relativa a criterios cuantificables mediante la utilización de fórmulas
B) Contenido específico en cada tipo de procedimiento
B.1) Presentación en el procedimiento abierto
B.2) Presentación en el procedimiento abierto simplificado
B.3) Presentación en el procedimiento abierto simplificado abreviado
5.4. Efectos de la presentación de proposiciones
5.5. Régimen de protección de datos de carácter personal
5.6. Tributos
5.7. Régimen de seguridad de los sistemas de información
6. CRITERIOS DE VALORACIÓN
7. LA MESA DE CONTRATACIÓN
8. COMITÉ DE EXPERTOS U ORGANISMO TÉCNICO ESPECIALIZADO
9. APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
9.1. Apertura y examen de las proposiciones
9.2. Ofertas incursas en presunción de anormalidad
9.3. Clasificación de las ofertas, criterios de desempate y propuesta de adjudicación
9.4. Requerimiento al licitador que haya presentado la mejor oferta
9.5. Cláusula de verificación de la documentación aportada
9.6. Sucesión en el procedimiento
9.7. Garantía definitiva
9.8. Adjudicación del contrato
9.9. Decisión de no adjudicar o celebrar el contrato y/o desistimiento del procedimiento de adjudicación
por la Administración
C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 34 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
ÍNDICE
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
10. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
10.1. Plazo de formalización
10.2. Publicidad de la formalización
11. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
11.1. Entrega, recepción y, en su caso, instalación de los bienes objeto del suministro
11.2. Mantenimiento
11.3. Formación
11.4. Condiciones especiales y obligaciones esenciales de ejecución del contrato
11.5. Condiciones de instalación y prestaciones complementarias del suministro
12. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
13. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
13.1. Derechos del contratista
13.1.1. Abonos al contratista
13.1.2. Facturación
13.1.3. Cesión de derechos de cobro
13.2. Obligaciones del contratista
13.1.4. Obligaciones laborales, sociales, fiscales, en materia de igualdad de género y de protección del
medio ambiente
13.1.5. Obligaciones del contratista en supuestos de subcontratación
13.1.6. Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones
13.1.7. Evaluación de riesgos laborales
13.1.8. Plan de Seguridad y Salud
13.1.9. Obligaciones de transparencia
13.1.10. Derechos de propiedad intelectual o industrial
13.3. Revisión de precios
13.4. Sucesión en la persona del contratista 13.5. Cesión del contrato
C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 35 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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14. PENALIDADES, CLASIFICACIÓN E IMPOSICIÓN DE PENALIDADES. CUANTÍA
14.1. Penalidades por demora
14.2. Penalidades por incumplimiento de obligaciones en materia medioambiental, social o laboral
14.3. Penalidades por incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato
14.4. Otras penalidades
14.5. Clasificación de las penalidades
14.6. Imposición de penalidades
14.7. Cuantía de las penalidades
15. INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS
16. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN
16.1. Cumplimiento del contrato
16.2. Plazo de garantía
17. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
18. PRERROGATIVAS Y JURISDICCIÓN
18.1. Prerrogativas del Órgano de Contratación
18.2. Régimen de recursos y jurisdicción
C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 36 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
1. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
Este contrato tiene carácter administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas
del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/(UE), de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP) y se
regirá por lo establecido en este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (en adelante, PCAP) y demás
documentos anexos, incluyendo el Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT), todos los cuales tendrán carácter
contractual, considerándose partes integrantes del mismo. También tendrán carácter contractual las ofertas técnicas y
económicas ofertadas por el licitador que resulte adjudicatario y, en su caso, el documento de formalización del
contrato. En caso de discordancia entre el presente PCAP y cualquiera del resto de documentos contractuales,
prevalecerá este Pliego, salvo que se deduzca que se trata de un evidente error de hecho o aritmético o se trate de
aspectos del contrato específicamente técnicos, en los que, por razón de la especialidad, prevalecerá lo dispuesto en
el PPT.
En todo lo no previsto por éstos, el contrato se regirá por la LCSP. Así mismo se regirá por el Real Decreto 817/2009,
de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del Sector Público
(en adelante RD 817/2009); y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas,
aprobado mediante Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (en adelante RGLCAP), en todo lo que no se oponga a
la anterior. La aplicación de estas normas se llevará a cabo en relación con todo lo que no haya resultado afectado por
la disposición derogatoria de la LCSP. También le será de aplicación la Ley 11/2013, de 30 de marzo, de uso estratégico
de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón (en adelante Ley aragonesa 11/2023).
Además, el contrato queda sometido a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos.
En todo caso las normas legales y reglamentarias citadas anteriormente serán de aplicación en todo lo que no se
oponga a la LCSP.
Supletoriamente, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado.
El desconocimiento de las cláusulas del contrato en cualquiera de sus términos, de los otros documentos contractuales
y de las instrucciones o normativa que resulte de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al adjudicatario
de la obligación de cumplirlos.
Asimismo, se aplican al presente contrato los objetivos del Plan Antifraude de la Universidad de Zaragoza, aprobado
por acuerdo de 22 de diciembre de 2021 del Consejo de Gobierno de la misma. Por ello todos los intervinientes en las
diferentes fases del procedimiento de contratación deberán suscribir obligatoriamente una Declaración de Ausencia de
Conflicto de Intereses (en adelante DACI), sin perjuicio del resto de actuaciones que deban llevarse a cabo de las
establecidas en el mencionado plan antifraude.
2. DISPOSICIONES GENERALES 2.1. Objeto, necesidades, lotes y variantes del contrato
Conforme a lo establecido en los artículos 16 y 298 a 307 de la Ley 9/2017, de 9 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP) el objeto de la presente licitación es la celebración de un contrato con el fin de adquirir o arrendar con o sin opción de compra, los bienes o productos a que se refiere el apartado B del Cuadro de Características del presente pliego (en adelante Cuadro-Resumen), así como el mantenimiento de los mismos y los cursos de formación, en su caso, si así figura en dicho apartado, en un plazo o incluso durante un
periodo determinado, en particular en lo referente a la entrega de una pluralidad de bienes, de forma sucesiva y por precio unitario, sin que el número total de unidades esté definido con exactitud al tiempo de celebración del contrato por estar subordinadas las entregas a las necesidades de la Universidad de Zaragoza. C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 37 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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Las necesidades a satisfacer son las que constan en el apartado B 2 del Cuadro-Resumen y, en su caso, las
contenidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Cuando así se establezca en el apartado B 5 del Cuadro-Resumen existirá la posibilidad de licitar por lotes.
Los licitadores podrán optar a un lote, a varios o a todos ellos salvo que se establezca un número máximo de lotes
por licitador según lo establecido en ese mismo apartado. Caso de admitirse la posibilidad de efectuar una oferta
integradora, también se especificará en dicho apartado. Todas las referencias efectuadas en el presente pliego al
contrato o adjudicatario se entenderán hechas a cada lote en los que se divida el objeto del contrato en su caso.
Si así se señala en el apartado B 8, la participación quedará reservada a las entidades allí indicadas, a todo el
contrato o por lotes según lo indicado en dicho apartado.
Los códigos CPV son los señalados en el apartado B 5 del Cuadro-Resumen.
En el supuesto de admisión de variantes, los licitadores podrán ofertar alternativas conforme a lo establecido en
el apartado B 6 del Cuadro-Resumen con los requisitos, modalidades y características técnicas fijados en el
Pliego de Prescripciones Técnicas.
2.2. Valor estimado del contrato
El valor máximo estimado a los efectos establecidos en el artículo 101 LCSP es el recogido y desglosado en el
apartado C 2 del Cuadro-Resumen.
Este valor, calculado sobre el importe total estimado sin incluir el IVA, ha sido tenido en cuenta para elegir el
procedimiento de adjudicación aplicable y la publicidad a la que va a someterse. En el cálculo se han tenido en
cuenta las eventuales prórrogas del contrato y el importe máximo de sus posibles modificaciones, así como el resto
de aspectos señalados en el citado artículo 101 LCSP.
El valor estimado no comporta que la Universidad quede obligada a llevar a efecto una determinada cuantía de
suministro.
2.3. Presupuesto base de licitación
El importe del presupuesto base de licitación del contrato es el indicado, como máximo, en el apartado C 1 del
Cuadro-Resumen, con el desglose allí indicado.
Si el sistema de determinación de precios indicado en el apartado C 3 del Cuadro-Resumen es el de “precios
unitarios referidos a las unidades de la prestación que se entreguen o ejecuten”, y dichas prestaciones están
subordinadas a las necesidades de la Administración, el presupuesto base de licitación tendrá carácter estimativo.
2.4. Precio del contrato
El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo. En él se consideran incluidos los tributos,
tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se vayan a originar
para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el pliego, excepto
el IVA, que será repercutido como partida independiente.
El importe final del precio del contrato podrá verse afectado por el grado de cumplimiento de las obligaciones
derivadas del mismo, así como las penalizaciones que, en su caso, se deriven de sus actuaciones.
2.5. Existencia de crédito
Existe crédito suficiente hasta el importe del valor máximo estimado fijado por la Administración, descontando el importe de las posibles prórrogas, con cargo a la aplicación presupuestaria que figura en el apartado C 7 del
Cuadro-Resumen. En los expedientes que se tramiten anticipadamente la adjudicación queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para garantizar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio
correspondiente. En el caso de que existiera financiación con fondos externos de este contrato, quedará reflejado en el apartado C 8 del Cuadro-Resumen. En caso de tratarse de suministros a entregar en varias anualidades, su desglose y financiación se detallan en el apartado C 9 del Cuadro-Resumen. C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 38 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
Firmado por: MARCOS BONIS SARASA Firmado por: ALFONSO CARLOS PEÑA OCHOA
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
2.6. Duración del Contrato
El plazo de duración del contrato será el que figura en el apartado D. 1 del Cuadro-Resumen. Este plazo
comenzará a contar desde la fecha indicada en el citado apartado D.1 o el que resulte de la adjudicación del
contrato, de acuerdo con la oferta presentada por el adjudicatario, una vez realizada la formalización del mismo.
El contrato podrá ser prorrogado por el órgano de contratación y la prórroga será obligatoria para el contratista
siempre que su preaviso se produzca, al menos, con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración
del contrato o que en el apartado D 5 del Cuadro-Resumen se haya previsto un plazo superior.
También podrá ser prorrogado, por un periodo máximo de nueve meses, en caso de que se produzcan las
circunstancias establecidas en el último párrafo del artículo 29.4 LCSP.
En ningún caso podrá producirse la prórroga por acuerdo tácito de las partes.
2.7. Plazo y lugar de ejecución/entrega del contrato
Los plazos de entrega del suministro, parciales o totales, serán los que figuran en el apartado D 2 y D 3 del
Cuadro-Resumen o los que resulten de la adjudicación del contrato, de acuerdo con la oferta presentada por el
adjudicatario.
En los casos de entregas sucesivas, el plazo de entrega se computará desde que se remita al contratista el
correspondiente formulario de suministro de material.
El lugar de entrega será el señalado en el apartado D 4 del Cuadro-Resumen.
El plazo/la duración del mantenimiento del suministro, en su caso, será el que figure en el apartado B 3 del Cuadro-
Resumen.
3. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN, RESPONSABLE DEL CONTRATO, PERFIL DEL CONTRATANTE,
INFORMACIÓN A LOS LICITADORES Y NOTIFICACIONES TELEMÁTICAS.
3.1. Órgano de contratación
La Rectora o Rector es el órgano de contratación de la Universidad de Zaragoza de acuerdo con lo establecido en
el artículo 255 de sus Estatutos.
Al órgano de contratación le corresponderá la aprobación de los pliegos de cláusulas administrativas particulares,
pudiendo, asimismo, aprobar modelos de pliegos particulares para determinadas categorías de contratos de
naturaleza análoga.
El órgano de contratación, para la adjudicación de este contrato, estará asistido por una Mesa de contratación como órgano de asistencia técnica especializada que estará constituida conforme se señala en el apartado I 1 del Cuadro-Resumen y ejercerá las funciones que a tal efecto le atribuye el artículo 326 LCSP.
Cuando el procedimiento de adjudicación del contrato sea el abierto simplificado abreviado, la valoración de las ofertas se podrá efectuar automáticamente mediante dispositivos informáticos o con la colaboración de la Unidad Técnica expresada en el apartado I 2 del Cuadro-Resumen.
Si en el procedimiento de contratación se apreciasen indicios fundados de conductas colusorias, el órgano de
contratación, de oficio o a instancia de la mesa de contratación, iniciará las actuaciones establecidas en el apartado 1 del artículo 150 LCSP, además de cualesquiera otras que sean procedentes. C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 39 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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3.2. Responsable del contrato
Conforme a lo establecido en el artículo 62 LCSP y con independencia de la unidad encargada del seguimiento y
ejecución ordinaria del contrato que figura en el apartado A 4 del Cuadro-Resumen (servicio gestor del contrato),
el Órgano de Contratación designa como responsable de este contrato a la persona identificada en el apartado A
3 del Cuadro-Resumen.
En su condición de tal, le corresponderá supervisar la ejecución del contrato y adoptar cuantas disposiciones e
instrucciones sean necesarias para asegurar la correcta realización de la prestación pactada, incluyendo el
seguimiento y las comprobaciones de ejecución que estime oportunas, de acuerdo con lo establecido en el Pliego
de Prescripciones Técnicas, así como las funciones indicadas en el artículo 58 de la Ley aragonesa 11/2023. A
estos efectos podrá supervisar los suministros cuantas veces considere necesario y solicitar la información que
considere oportuna.
Para el desempeño de su cometido, el responsable del contrato podrá contar con colaboradores, que desarrollarán
sus actividades conforme a las atribuciones derivadas de sus títulos profesionales o de sus conocimientos
específicos.
El contratista vendrá obligado a prestar su colaboración y aportar cuanta información y documentación le sean
requeridas por el Responsable del Contrato. Cuando el contratista o personas de él dependientes incurran en actos
u omisiones que comprometan o perturben la buena marcha del contrato, el órgano de contratación podrá exigir la
adopción de medidas concretas para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución de lo pactado.
3.3. Perfil de contratante
La información relativa al presente contrato, que conforme a lo dispuesto en este Pliego será publicada a través del
“Perfil de contratante de la Universidad de Zaragoza”, podrá ser consultada en la siguiente dirección electrónica:
https://contrataciondelestado.es/
Asimismo, se podrá consultar la información publicada en el Portal de Contratación de la Universidad de Zaragoza,
en la siguiente dirección: https://licitacion.unizar.es/
El acceso será libre, no requerirá de identificación previa e incluirá cuanta información establece el artículo 63 LCSP
y cuantos otros documentos ampliatorios se estimen necesarios.
3.4. Información a los interesados
El Órgano de Contratación proporcionará a todos los interesados en el procedimiento de licitación, al menos, seis
días naturales antes de que finalice el plazo fijado para la presentación de ofertas, aquella información adicional
sobre los pliegos y demás documentación complementaria que estos soliciten, a condición de que la petición se
presente, al menos, doce días naturales antes de que finalice el plazo de presentación, salvo que en el apartado
H 4 del Cuadro-Resumen se establezca otro plazo de solicitud distinto.
En los expedientes que hayan sido calificados de urgentes, el plazo de seis días se reducirá a cuatro siempre que
el contrato esté sujeto a regulación armonizada y esté prevista su adjudicación por procedimiento abierto.
La solicitud se efectuará a la dirección de correo electrónico previsto en el anuncio de licitación y en el apartado
H 4 del Cuadro-Resumen.
En los casos en que lo solicitado sean aclaraciones a lo establecido en los pliegos o resto de documentación, las respuestas serán publicadas en el Perfil de Contratante de la Universidad de Zaragoza, en términos que garanticen la igualdad y concurrencia en el procedimiento de licitación.
3.5. Notificaciones Todas las notificaciones y comunicaciones que realice la Administración se practicarán a través del
Sistema de Notificaciones de la Universidad para contratación y licitación electrónica, por lo que el licitador SE COMPROMETE a suscribirse a notificaciones telemáticas, a través del enlace “Ayuda PLYCA-Empresas”
ubicado en la Web de la Universidad de Zaragoza, Portal de Contratación, que se encuentra en la siguiente dirección electrónica: https://licitacion.unizar.es/ C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 40 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
El envío de documentación, que pueda ser requerida al licitador por parte de los servicios correspondientes, se
realizará a través de la plataforma de licitación de la Universidad de Zaragoza, cuyos requisitos para acceder,
así como para obtener información y ayuda, se encuentran en el Anexo I “Instrucciones para licitación electrónica”,
de este pliego.
Respecto de los datos que se exponen, el licitador es el único responsable de su veracidad y de asegurar el
funcionamiento de sus dispositivos a efectos de notificación (dirección electrónica, teléfono, fax, correo electrónico).
En ambos casos, los licitadores deberán contar con sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada
y avanzada basados en certificados electrónicos cualificados de firma electrónica que les permita recoger
las notificaciones en la misma aplicación.
En el caso de que los sistemas informáticos señalados no estuvieran habilitados, los licitadores podrán presentar
la documentación requerida a través del registro que se señale en el requerimiento y en formato papel.
En ningún caso se podrá utilizar el Sistema de Notificaciones Telemáticas ni el Servicio de Soporte a la Tramitación
ni otra aplicación informática de envío de documentación para presentar las ofertas objeto de licitación al no poder
garantizar el secreto de las mismas hasta el momento en que proceda su apertura, teniendo que presentarse como
indica la cláusula 5.1. de este pliego y toda la documentación en formato papel.
4. CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES. GARANTÍA PROVISIONAL
4.1. Condiciones de aptitud
Podrán participar en la licitación y presentar proposiciones todas las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras,
que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar y acrediten su solvencia
económica, financiera, técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija la ley, estén debidamente clasificadas
(artículo 65 LCSP).
Cuando los licitadores sean personas jurídicas, las prestaciones del contrato objeto del presente Pliego han de
estar comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, conforme a sus estatutos o normas
fundacionales, les sean propios y dispongan de la adecuada infraestructura para la correcta ejecución del contrato.
4.2. Solvencia
Además, las personas interesadas deberán acreditar disponer de la solvencia económica y financiera suficiente
para que la correcta ejecución de este contrato no corra peligro de ser alterada por incidencias de carácter
económico o financiero.
Deberá disponerse, asimismo, de la solvencia técnica o profesional adecuada para la correcta ejecución del mismo.
Todo ello se acreditará por los medios que se especifican en el apartado F del Cuadro-Resumen.
En los contratos no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por los medios señalados al efecto en el apartado F 2 del Cuadro-Resumen. Estos requisitos mínimos de solvencia han sido establecidos por el Órgano de Contratación atendiendo al objeto del contrato y son proporcionales al mismo.
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Si así se exige en el apartado F 5 del Cuadro-Resumen, los licitadores, nacionales y extranjeros, además de
acreditar su solvencia o, en su caso, clasificación, deberán dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios
personales o materiales suficientes para ello. Estos medios formarán parte de la propuesta presentada por los
licitadores y, por lo tanto, del contrato que se firme con el adjudicatario. Por ese motivo, deberán mantenerse por
el adjudicatario durante todo el contrato. Cualquier variación respecto a ellos deberá ser comunicada a esta
Administración.
Además, se les atribuirá el carácter de obligaciones esenciales a los efectos previstos en el artículo 211, o se
establecerán penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 192.2 para el caso de que se incumplan por el
adjudicatario, de acuerdo con lo indicado en el citado apartado F 5 del Cuadro-Resumen.
En el caso de contratos que atendida su complejidad técnica sea determinante la concreción de los medios
personales o materiales necesarios para la ejecución del contrato, los órganos de contratación exigirán el
compromiso a que se refiere el párrafo anterior.
La adscripción de los medios personales establecidos, en su caso, será razonable, justificada y proporcional a la
entidad y características del contrato, de forma que no limite la participación de las empresas en la licitación.
4.3. Acreditación de la solvencia por referencia a otras empresas.
Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar este contrato, el empresario podrá basarse en la solvencia y
medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas,
siempre que demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa
solvencia y medios y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar.
En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere
el artículo 69 LCSP, podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal.
No obstante, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el
artículo 90.1.e) LCSP, o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las
capacidades de otras entidades si estas van a prestar servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades.
Cuando una empresa desee recurrir a las capacidades de otras entidades, demostrará al poder adjudicador que va
a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas
entidades.
El compromiso a que se refiere el párrafo anterior se presentará por el licitador que hubiera presentado la mejor
oferta.
En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las
sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o
profesional, en su caso, de la persona jurídica dominante, siempre y cuando ésta acredite que tiene efectivamente
a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos.
Cuando una empresa recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la
solvencia económica y financiera, se podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre aquella entidad y las
otras en la ejecución del contrato, incluso con carácter solidario.
4.4. Garantía provisional
De forma excepcional y justificada en el expediente, el órgano de contratación podrá exigir para el presente contrato
la constitución de una garantía provisional cuyo importe será el que figure en el apartado E 1 del cuadro-resumen, que no podrá ser superior al 3% del presupuesto base de licitación, IVA excluido. El régimen de la devolución de la garantía provisional será el previsto en el artículo 106.4 LCSP, el cual figura en
el apartado E 1 del Cuadro-Resumen.
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
5. PRESENTACIÓN Y DOCUMENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
5.1. Presentación de Proposiciones
Las proposiciones se presentarán en la forma, el lugar y plazo señalados en el anuncio de licitación publicado en
el Diario Oficial correspondiente y en el Perfil de Contratante de la Universidad de Zaragoza, así como en el
apartado H del Cuadro-Resumen, atendiendo a las condiciones señaladas a continuación y sin que se admitan
aquellas proposiciones que no se presenten en la forma, lugar y plazo indicados. Cada licitador sólo podrá presentar
una propuesta y no podrá suscribir ninguna propuesta en Unión Temporal con otras Empresas (UTE) si lo ha hecho
individualmente. Tampoco podrá figurar en más de una UTE. En caso contrario, se inadmitirán automáticamente
todas las presentadas que estén en tal situación.
Cuando la licitación sea electrónica y así figure en el anuncio de licitación y en el apartado H del cuadro-
resumen, deberá tenerse en cuenta todo lo indicado en la cláusula 3.5 “Notificaciones”, seguir las instrucciones del
Anexo I “Instrucciones para licitación electrónica” y presentar los documentos en la forma establecida en dicho
apartado H.
Cuando se admitan las proposiciones en formato papel y estas no se presenten directamente en la dirección
indicada en el primer párrafo, sino que se envíen por correo postal, deberán remitirse en sobre/sobres
cerrados a la citada dirección, con indicación del órgano de contratación al que se dirigen, el procedimiento de
licitación y lote, en su caso, al que concurren y firmados por el licitador o la persona que lo represente e indicación
del nombre y apellidos o razón social de la empresa. Además, cumplirán los requisitos señalados en el artículo 80.4
del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, que aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las
Administraciones Públicas (en adelante RGLCAP), debiendo justificar la fecha de imposición del envío en la
Oficina de Correos y anunciar en el mismo día al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante
télex, fax, telegrama o comunicación por alguno de los medios que se indican a continuación:
− A través del Registro electrónico de la Universidad de Zaragoza:
https://regtel.unizar.es/
− desde el Registro electrónico de la Administración General del Estado:
https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoComun.html
Sin la concurrencia de ambos requisitos (justificar la fecha de imposición de envío y anunciar el mismo día la
remisión de la oferta, según lo indicado en el párrafo anterior), no será admitida la proposición si es recibida por el
órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación.
No obstante lo anterior, transcurridos diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la
proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
En caso de que el procedimiento utilizado sea el abierto simplificado o el abierto simplificado abreviado,
las proposiciones, necesaria y únicamente, podrán presentarse en el Registro indicado en el anuncio de licitación.
En ambos casos, con la tramitación de urgencia no se producirá la reducción de plazos de licitación, adjudicación y formalización establecida en el artículo 119.2.b) LCSP. Así mismo, en ambos casos, y de conformidad con lo dispuesto en la letra a) del apartado 4 del artículo 159 LCSP, los licitadores que se presenten a la licitación deberán
estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, o cuando proceda de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 96 en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma, en la fecha final de presentación de ofertas siempre que no se vea limitada la concurrencia. Por lo que, a estos efectos, también se considerará admisible la proposición del licitador que acredite haber presentado la solicitud de inscripción en el correspondiente Registro junto con la documentación preceptiva para
ello, siempre que tal solicitud sea de fecha anterior a la fecha final de presentación de las ofertas, mediante la aportación del acuse de recibo de la solicitud emitido por el correspondiente Registro y de una declaración responsable de haber aportado la documentación preceptiva y de no haber recibido requerimiento de subsanación, según lo indicado en el apartado G del Cuadro-Resumen del presente pliego. C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 43 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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Fecha: 21-10-2026 14:17:58 Fecha: 21-10-2026 20:09:02
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Una vez entregada o remitida la documentación, no puede ser retirada, salvo que la retirada de la proposición sea
suficientemente justificada.
La presentación de proposiciones conlleva para el licitador la aceptación incondicional del contenido de las
cláusulas o condiciones previstas en los Pliegos (PCAP y PPT) en su conjunto, sin salvedad ni reserva alguna.
5.2. Documentos y datos de carácter confidencial
Si así lo estiman, los licitadores deberán aporta una declaración, utilizando el modelo previsto en el Anexo III,
señalando qué documentos administrativos o técnicos (o partes de los mismos) o qué datos incluidos en sus ofertas
tienen, a su parecer, la consideración de confidenciales señalando además los motivos que justifican tal
declaración, sin que resulten admisibles las declaraciones genéricas ni aquellas que pretendan la confidencialidad
de todos los documentos o datos de la oferta.
De no aportarse esta declaración se considerará que ningún documento o dato posee tal carácter.
La confidencialidad deberá indicarse, además, de forma clara y fácilmente visible en el propio documento señalado
como tal.
Conforme al artículo 133 LCSP el carácter confidencial afecta, entre otros, a los secretos técnicos o comerciales, a
los aspectos confidenciales de las concretas ofertas y a cualesquiera otras informaciones cuyo contenido pueda
ser utilizado para falsear la competencia, ya sea en este procedimiento de licitación o en otros posteriores.
El deber de confidencialidad del Órgano de Contratación y de sus servicios dependientes no podrá extenderse a
todo el contenido de la oferta del adjudicatario ni a todo el contenido de los informes y documentación que, en su
caso, se genere directa o indirectamente en el curso del procedimiento de licitación. Únicamente podrá extenderse
a documentos que tengan una difusión restringida y en ningún caso a documentos que sean públicamente
accesibles conforme a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de transparencia y acceso a la información
pública.
Asimismo, los licitadores deberán respetar el carácter confidencial de la información facilitada por la Administración
cuando contenga datos de carácter personal o cuando por su propia naturaleza deba ser tratada como tal.
El contratista, así como todas las personas que intervengan en la ejecución del contrato, estarán sujetos tanto al
deber de confidencialidad al que se refiere el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016 (en adelante, RGPD), en relación con el tratamiento de datos personales, como a la
confidencialidad prevista en la LCSP respecto a la información confidencial a la que tengan acceso con ocasión de
la ejecución del contrato. Toda esa información no podrá ser utilizada ni copiada con otros fines que no sean los
contemplados en la oferta ni tampoco cedida a otros. Una vez finalizado el contrato, la información será devuelta a
la Universidad de Zaragoza y las copias existentes serán destruidas. Este deber de confidencialidad se mantendrá
durante el plazo de cinco años desde el conocimiento de la información, salvo que el contrato establezca un plazo
mayor.
El subcontratista o el cesionario del presente contrato, en su caso, estará sujeto asimismo al deber de
confidencialidad señalado para el contratista.
C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 44 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
5.3. Contenido de las proposiciones
Las proposiciones constarán de los sobres electrónicos que a continuación se indican, cerrados y firmados por el
licitador o persona que lo representa haciendo constar en cada uno de ellos, de modo visible en el exterior, el
Órgano de Contratación al que se dirige, el procedimiento al que concurre, su respectivo contenido y el nombre del
licitador.
En el interior de cada sobre electrónico se hará constar en hoja independiente su contenido, ordenado
numéricamente.
TODA LA DOCUMENTACIÓN DEBERÁ PRESENTARSE REDACTADA EN CASTELLANO. LAS
TRADUCCIONES DEBERÁN DE HACERSE EN FORMA OFICIAL (art. 23 RGLCAP).
A) CONTENIDO COMÚN DE LOS SOBRES ELECTRÓNICOS EN TODOS LOS TIPOS DE PROCEDIMIENTOS
(ABIERTO, ABIERTO SIMPLIFICADO Y ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO):
A.1) SOBRE DE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
1. Índice
2. Declaración responsable cumplimentando el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC)
siguiendo las instrucciones que se acompañan como Anexo II, firmada por el licitador o su representante,
en la que ponga de manifiesto su capacidad, su idoneidad, solvencia y el cumplimiento de normas de
garantía de la calidad y de gestión medioambiental, según lo exigido en el apartado F del Cuadro-
Resumen, y la ausencia de prohibiciones de contratar.
En los casos en que el licitador recurra a la solvencia y medios de otras empresas, cada una de ellas
también deberá presentar un DEUC.
En el caso de licitación por lotes, con diferentes requisitos de capacidad y solvencia, deberán presentarse
tantas declaraciones como lotes en los que se participe, debidamente firmadas.
3. Declaración responsable firmada por el licitador o su representante, conforme al modelo que se acompaña
como Anexo III, en la que ponga de manifiesto lo siguiente:
- Declaración de documentación confidencial, en su caso, en los términos indicados en la cláusula
5.2 del presente pliego.
- Declaración responsable de relación de empresas vinculadas (pertenencia a grupo empresarial).
- Compromiso de constitución de UTE, en el caso de que dos o más empresas acudan a la licitación
con el propósito de constituir una Unión Temporal de Empresas, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriben, la participación que vaya a tener cada uno de ellos y su compromiso formal de constituir la UTE caso de resultar adjudicatarios, debiendo estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que vayan a formar parte de la Unión. (cada una de ellas deberá, además, cumplimentar su propio DEUC). - Declaración responsable, en caso de estar el licitador inscrito en el Registro de Licitadores y
Empresas Clasificadas del Sector Público o en otro Registro Oficial equivalente a nivel autonómico, manifestando si las circunstancias reflejadas en el mencionado certificado de inscripción han sufrido o no variación y, en caso afirmativo, especificándolas. C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 45 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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En caso de que el procedimiento utilizado sea el abierto simplificado o el abierto simplificado
abreviado (artículo 159 LCSP), los licitadores deberán estar inscritos en el Registro Oficial de
licitadores correspondiente en la fecha final de presentación de proposiciones. A estos efectos, en caso
de haber solicitado el licitador dicha inscripción en la forma indicada y no haber sido resuelta
dicha solicitud, en la declaración responsable deberá manifestarse que junto con la solicitud de
inscripción (cuyo acuse de recibo emitido por el Registro correspondiente deberá adjuntarse a
la declaración) ha aportado la documentación preceptiva para la inscripción y que no ha recibido
requerimiento de subsanación.
- Compromiso de adscripción de medios personales y materiales a la ejecución del contrato, si
así se exige en el apartado F del Cuadro-Resumen, con la que el licitador se compromete a adscribir
a la ejecución del contrato los medios personales y/o materiales exigidos en el citado apartado F, a
acreditar la efectiva disposición de los mismos en caso de resultar adjudicatario y a mantenerlos durante
todo el periodo de ejecución del contrato.
4. Documento acreditativo de la garantía provisional, en su caso. Si así se exige en el apartado E 1 del
Cuadro-Resumen ésta se presentará en alguna de las formas previstas en el artículo 108 LCSP. En el caso
de las UTE las garantías provisionales podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes
siempre que, en conjunto, se alcance la cuantía requerida y se garantice solidariamente a todos los
integrantes de la UTE.
5. Compromiso de suscripción a notificaciones telemáticas e información sobre protección de datos
de carácter personal, según el modelo que se acompaña como Anexo VI.
6. Documentación adicional que, en su caso, se establezca en el apartado G del Cuadro-Resumen, para
la acreditación de otras circunstancias distintas de las comprendidas en el DEUC.
7. Las empresas extranjeras, además de la declaración responsable del DEUC, deberán aportar una
declaración de sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles, con renuncia, en su
caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
A.2) SOBRE DE PROPOSICIÓN RELATIVA A CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE JUICIO DE VALOR.
1. Índice.
2. Referencias técnicas. El licitador deberá presentar los documentos que se indiquen expresamente en el
apartado G del Cuadro-Resumen o en el Pliego de Prescripciones Técnicas y que permitan verificar que
su oferta cumple con las especificaciones técnicas requeridas pero que no van a ser objeto de valoración.
En el caso de que no fuera obligatoria la presentación de este sobre, se incluirán en el sobre de proposición
relativa a criterios cuantificables mediante la utilización de fórmulas.
3. Los documentos necesarios para la valoración y ponderación de las ofertas que, en su caso, efectúe el
licitador con respecto a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor,
indicados en el apartado J 1 del Cuadro-Resumen.
4. Si se ha previsto la posibilidad de presentar variantes en el apartado B 6 del Cuadro-Resumen, las que se
propongan deberán guardar relación directa con el objeto del contrato y, caso de ser aceptadas en el acuerdo de adjudicación, pasarán a formar parte del contrato. En este sobre /archivo electrónico sólo deberá introducirse la documentación técnica de la propuesta.
5. En ningún caso se deberá incluir en este sobre electrónico la oferta económica, ni documentos relevantes de la misma, ni documentos relativos a criterios de adjudicación cuantificables mediante la utilización de fórmulas.
C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 46 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
A.3) SOBRE DE PROPOSICIÓN RELATIVA A CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE LA UTILIZACIÓN DE
FÓRMULAS
1. Índice
2. Referencias técnicas. El licitador deberá presentar los documentos que se indiquen expresamente en el
apartado G del Cuadro-Resumen o en el Pliego de Prescripciones Técnicas y que permitan verificar que
su oferta cumple con las especificaciones técnicas requeridas pero que no van a ser objeto de valoración, ,
en el caso de que no fuera obligatoria la presentación del sobre de proposición relativa a criterios
cuantificables mediante juicio de valor.
3. La OFERTA ECONÓMICA, que será formulada conforme al modelo que se adjunta como Anexo V y, en
su caso, Anexo V Bis de este Pliego, formando parte inseparable del mismo.
A todos los efectos se entenderán incluidos en el precio ofertado todos los gastos, tasas y arbitrios y el
beneficio industrial del contratista, excepto el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser
repercutido, que se indicará como partida independiente.
El importe de la oferta económica no podrá superar el presupuesto de licitación del contrato.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en
Unión Temporal con otras Empresas si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una UTE. La
contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas.
No obstante, en el caso de que en el apartado B 6 del Cuadro-Resumen se admita la presentación de
variantes, la proposición que presente cada licitador podrá comprender cuantas soluciones o variantes
considere oportuno ofrecer en relación con el objeto del contrato. Las variantes no podrán superar los precios
unitarios máximos de licitación y cada licitador, en la proposición que presente, deberá incluir
obligatoriamente la solución al suministro básico requerido.
La proposición económica se presentará en caracteres claros o escrita a máquina y no se aceptarán aquéllas
que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer, claramente, lo que la Universidad
estime fundamental para considerar la oferta.
Tampoco se aceptarán las que carezcan de concordancia con la documentación presentada, excedan del
presupuesto de licitación, varíen sustancialmente el modelo establecido que figura en el Anexo V, tengan
cifras o expresiones comparativas como “tanto menos” o “tanto por ciento menos que la proposición más
ventajosa” o expresiones similares, así como aquellas en las que existiese reconocimiento por parte del
licitador de que adolecen de error o inconsistencias que las hagan inviables.
En caso de discrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números prevalecerá la
cantidad que se consigne en letras salvo en el supuesto de que la cantidad expresada en letra exceda del
tipo de licitación, pero no así la numérica o en aquellos casos en que, utilizando criterios racionales derivados
del examen de la documentación, la Mesa de Contratación adopte otra postura y así deje constancia en Acta.
4. El resto de documentos relativos a la propuesta ofertada por el licitador, susceptibles de evaluación mediante aplicación de fórmulas, indicados en el apartado J 1 del Cuadro-Resumen.
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B) CONTENIDO ESPECÍFICO EN CADA TIPO DE PROCEDIMIENTO
La documentación señalada en el apartado anterior deberá presentarse del modo siguiente, según el tipo de
procedimiento de licitación al que se refiera, conforme a lo establecido en el apartado G del Cuadro-Resumen:
B.1. PRESENTACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO
En el caso de que se valoren criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, las
proposiciones se presentarán en TRES SOBRES ELECTRÓNICOS, identificados en su exterior con la
denominación del contrato y rotulados del siguiente modo:
• SOBRE ELECTRÓNICO DE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA. Debe incorporarse en este sobre
electrónico la documentación señalada en el anterior apartado A1).
• SOBRE ELECTRÓNICO DE PROPOSICIÓN RELATIVA A CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE
JUICIO DE VALOR. Debe incorporarse en este sobre electrónico la documentación señalada en el anterior
apartado A2).
• SOBRE ELECTRÓNICO DE PROPOSICIÓN RELATIVA A CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE
FÓRMULA. Debe incorporarse en este sobre electrónico la documentación señalada en el anterior apartado
A3).
Cuando no se contemplen criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, las
proposiciones se presentarán en DOS SOBRES ELECTRÓNICOS, identificados en su exterior con la denominación
del contrato y rotulados del siguiente modo:
• SOBRE ELECTRÓNICO DE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA. Debe incorporarse en este sobre
electrónico la documentación señalada en el anterior apartado A1).
• SOBRE ELECTRÓNICO DE PROPOSICIÓN RELATIVA A CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE
FÓRMULA. Debe incorporarse en este sobre electrónico la documentación señalada en el anterior apartado
A3).
B.2. PRESENTACIÓN EN EL PROCEDIMENTO ABIERTO SIMPLIFICADO
En el caso de que se valoren criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, las
proposiciones se presentarán en DOS SOBRES ELECTRÓNICOS, identificados en su exterior con la denominación
del contrato y rotulados del siguiente modo:
• SOBRE ELECTRÓNICO DE PROPOSICIÓN RELATIVA A CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE
JUICIO DE VALOR. Debe incorporarse en este sobre electrónico la documentación señalada en los anteriores
apartados A1) y A2).
• SOBRE ELECTRÓNICO DE PROPOSICIÓN RELATIVA A CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE
FÓRMULA. Debe incorporarse en este sobre electrónico la documentación señalada en el anterior apartado
A3).
Cuando no se contemplen criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, las proposiciones se presentarán en UN ÚNICO SOBRE ELECTRÓNICO, identificado en su exterior con la
denominación del contrato y rotulado del siguiente modo: • SOBRE ELECTRÓNICO DE PROPOSICIÓN RELATIVA A CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE FÓRMULA. Debe incorporarse en este sobre electrónico la señalada en los anteriores apartados A1) y A3).
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
B.3. PRESENTACIÓN EN EL PROCEDIMENTO ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
Las proposiciones se presentarán en UN ÚNICO SOBRE / ARCHIVO ELECTRÓNICO, identificado en su exterior
con la denominación del contrato y rotulado del siguiente modo:
• SOBRE ELECTRÓNICO DE PROPOSICIÓN RELATIVA A CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE
FÓRMULA. Debe incorporarse en este sobre electrónico la documentación señalada en los anteriores
apartados A1) y A3).
5.4. Efectos de la presentación de proposiciones
La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de la totalidad de
las cláusulas o condiciones de los pliegos y documentación que rige la licitación, sin salvedad o reserva alguna y
la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la
Administración.
Asimismo, la concurrencia al procedimiento de contratación conllevará el consentimiento del licitador a la obtención
de información por el órgano de contratación, mediante la consulta de bases de datos o el intercambio de
información entre Administraciones públicas, siempre que ello fuera posible, salvo que aquel se opusiera
expresamente, facilitando esos casos la documentación objeto de consulta.
5.5. Régimen de protección de datos de carácter personal
De acuerdo con lo dispuesto en la legislación vigente en materia de protección de datos personales, la Universidad
de Zaragoza está legitimada para tratar los datos personales que le faciliten los licitadores con motivo de su
participación en la presente licitación, de conformidad con lo establecido en el Anexo VI.
De acuerdo con lo establecido en el apartado 2 del artículo 122 LCSP, el contratista deberá respetar la normativa
vigente en materia de protección de datos.
Si en la ejecución del contrato el contratista debiera acceder a datos de carácter personal de los que es responsable
la Universidad de Zaragoza, según lo señalado en el apartado U del Cuadro-Resumen del presente pliego, el
contratista ostentará respecto de ellos la condición de Encargado del tratamiento, teniendo la obligación de
someterse a la normativa nacional y de la Unión Europea vigente en materia de protección de datos, según lo
establecido en el último párrafo del apartado 1 del artículo 202 LCSP. Dicha obligación, así como las obligaciones
recogidas en las letras a) a e) del apartado 2 del artículo 122 LCSP y especificadas en el citado apartado U, tendrán
el carácter de obligaciones contractuales esenciales a los efectos de lo previsto en la letra f) del apartado 1 del
artículo 211 LCSP.
En este caso, será necesaria la formalización de un contrato en el que se regulen las condiciones de dicho
tratamiento con las especificaciones requeridas por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la
correspondiente legislación española y de acuerdo con lo indicado en el Anexo VII Acuerdo de Encargado del Tratamiento del presente pliego.
El subcontratista o el cesionario del presente contrato, en su caso, estará sujeto asimismo a las obligaciones impuestas para el adjudicatario en el citado acuerdo de Encargado del Tratamiento. En aquellos contratos cuya ejecución requiera el tratamiento por el contratista de datos personales por cuenta del
responsable del tratamiento, los licitadores deberán indicar en su oferta si tienen previsto subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos, el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las
condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización, cumplimentando el apartado reservado para ello en el Anexo III del presente pliego, de acuerdo con lo establecido en el apartado “N” del Cuadro-Resumen del presente pliego. C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 49 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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5.6. Tributos
Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de adjudicación se entenderán
comprendidos a todos los efectos la totalidad de los tributos, de cualquier índole, que graven los diversos conceptos,
excepto el Impuesto sobre el Valor Añadido, que será repercutido como partida independiente de acuerdo con la
legislación vigente.
5.7. Régimen de seguridad de los sistemas de información
Cuando, según lo indicado en el apartado V del Cuadro-Resumen del presente pliego, la ejecución del contrato
requiera el empleo de sistemas de información, bien del contratista o bien la Universidad de Zaragoza, el
contratista deberá asegurar su conformidad con el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula
el Esquema Nacional de Seguridad (ENS). Esto supone el cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas
según el marco organizativo, operacional y técnico, y la categoría de seguridad de los sistemas de información.
El contratista será responsable de la seguridad y buen uso de la información y los medios electrónicos
requeridos para la ejecución del contrato. A tal efecto, deberá conocer y aplicar la normativa específica de
seguridad de la Universidad de Zaragoza. Esto incluirá las políticas de seguridad de la información vigentes en el
ámbito del contrato y su normativa técnica de desarrollo.
El contratista asumirá todos los costes derivados de las auditorias y procesos necesarios para asegurar
que los sistemas de información gestionados o suministrados en el expediente verifican el cumplimiento
del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo.
Asimismo, el contratista deberá cumplir las siguientes obligaciones relativas a la seguridad de la información:
• Persona de contacto: Comunicar al responsable del contrato el nombre y los datos de contacto de la persona
designada como responsable de la seguridad de la información, a efectos de su ejecución. Esta persona tendrá
la obligación de garantizar el cumplimiento de esta cláusula, así como de canalizar las comunicaciones relativas
a la seguridad de la información y la gestión de los incidentes derivados de la ejecución del contrato.
• Cadena de suministro: En caso de que el órgano de contratación autorice la subcontratación de actuaciones
que impliquen el uso de sistemas de información, el contratista trasladará, tanto a sus trabajadores como a sus
subcontratistas, cualquier requisito de seguridad y confidencialidad en relación con la ejecución del contrato
que pueda afectar a la Universidad de Zaragoza, así como a monitorizar el correcto cumplimiento de los
mismos. A estos efectos, el contratista deberá asumir toda la responsabilidad en caso de incumplimiento de
alguna medida de seguridad por parte del tercero subcontratado.
• Notificación de incidentes: Notificar a la Universidad de Zaragoza todo incidente de seguridad que pueda
redundar, de manera directa o indirecta, en la seguridad de los sistemas de información. Los incidentes de
seguridad deberán ser notificados, tanto al Responsable del Contrato, como a la dirección de correo electrónico
incidentes@unizar.es, en un periodo inferior a 24 horas desde su detección y aportando toda la información
necesaria para su gestión y notificación a las autoridades competentes por parte de la Universidad de Zaragoza.
En caso de ser necesario, el contratista deberá colaborar con cualquiera de las tareas que sean requeridas por
parte de la Universidad de Zaragoza para la identificación, contención, erradicación, recuperación y recopilación
de las evidencias de los incidentes de seguridad.
• Resolución de vulnerabilidades: Remediar toda aquella vulnerabilidad que sea categorizada como crítica o muy
grave, que pueda comprometer la seguridad de la ejecución del contrato en un periodo inferior a una semana
desde el momento en que le haya sido detectada. Se entiende por vulnerabilidad crítica o muy grave aquella que permite la propagación de amenazas, sin que
sea necesaria la participación del usuario, o aquella que pueda ser capaz de poner en peligro la seguridad de la ciudadanía y/o la confidencialidad, disponibilidad e integridad de sus datos de carácter personal, así como aquella que pueda tener una afección económica, legal, de reputación o de disponibilidad en los servicios prestados por parte de la Universidad de Zaragoza. En caso de que no sea posible la remediación de las vulnerabilidades en el plazo indicado, el contratista deberá
aportar información sobre las medidas mitigadoras a aplicar, con el objeto de que el órgano de contratación, con el apoyo de las unidades de seguridad de la información de la Universidad de Zaragoza, decida sobre la idoneidad de su aplicación para proteger los sistemas de información utilizados en la ejecución del contrato. C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 50 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
• Verificación del cumplimiento: La Universidad de Zaragoza se reserva el derecho —en el momento y con la
periodicidad que se estime— a verificar el cumplimiento de las medidas de seguridad requeridas para los
sistemas de información empleados para la ejecución del contrato. Esto incluirá la comprobación de aquellas
medidas establecidas por el Esquema Nacional de Seguridad (ENS), la normativa específica de seguridad de
la Universidad de Zaragoza que sea aplicable y cualquier otro requisito particular en materia de seguridad que
haya sido establecido en el pliego de prescripciones técnicas. Para ello, el órgano de contratación y las
unidades de seguridad de la información de la Universidad de Zaragoza, podrán recabar información y realizar
auditorías de seguridad sobre los sistemas del contratista a través de medios propios o de terceros autorizados.
Con el objeto de que el contratista pueda disponer de las medidas de seguridad necesarias durante la vigencia
del contrato, la Universidad de Zaragoza podrá asesorar en su implantación, estableciendo directrices de
seguridad a seguir por parte del contratista.
6. CRITERIOS DE VALORACIÓN
Los criterios de valoración de las ofertas presentadas por los licitadores se detallan en el apartado J del Cuadro-
Resumen, que son parte inseparable de este Pliego.
Dichos criterios podrán concretar la fase de valoración de las proposiciones en que operarán los mismos y, en su caso,
el umbral mínimo de puntuación que en su aplicación pueda ser exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo
conforme a lo establecido en el apartado J 2 del Cuadro-Resumen.
Los licitadores deberán presentar los sobres electrónicos indicados en la cláusula 5.3 de este Pliego, en función del
tipo de procedimiento de que se trate.
Las propuestas que no cumplan las prescripciones técnicas exigidas no serán objeto de valoración.
7. LA MESA DE CONTRATACIÓN
La Mesa de contratación será el órgano competente para calificar la documentación administrativa y efectuar la
valoración de las ofertas y actuará conforme a lo previsto en el artículo 326 LCSP y en el artículo 91 de la Ley aragonesa
11/2023, desarrollando las funciones que en estos se establecen.
La Mesa de Contratación se compone de los miembros que figuran en el apartado I 1 del Cuadro-Resumen.
En el procedimiento abierto simplificado en el que se contemplen criterios de adjudicación cuantificables mediante un
juicio de valor, la valoración de las proposiciones se hará por los servicios técnicos del órgano de contratación indicados
en el apartado J 1 del Cuadro-Resumen, debiendo ser suscrita por el técnico o técnicos que realicen dicha valoración.
En el procedimiento abierto simplificado abreviado, la valoración de las ofertas se podrá efectuar automáticamente
mediante dispositivos informáticos o con la colaboración de una unidad técnica que auxilie al órgano de contratación,
por lo que no existirá Mesa de no preverlo expresamente el apartado I 1 del Cuadro-Resumen. En caso de que el órgano de contratación designe una unidad técnica, su composición será la prevista en el apartado I 2 del Cuadro- Resumen. La composición de la mesa o de la unidad técnica se publicará a través del Perfil de Contratante al publicar el anuncio de licitación o, en caso contrario, su composición se hará pública con carácter previo a su constitución a través de un anuncio específico en el citado perfil.
Todos los miembros de la mesa de contratación o de la unidad técnica, así como los técnicos a los que les sea solicitado
algún informe específico de valoración deberán suscribir obligatoriamente una Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (en adelante DACI), por una sola vez para cada licitación, al inicio de la primera reunión y se dejará constancia en el acta. C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 51 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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Si en el procedimiento de contratación se apreciasen indicios fundados de conductas colusorias, el órgano de
contratación, de oficio o a instancia de la mesa de contratación, iniciará las actuaciones establecidas en el apartado 1
del artículo 150 LCSP, además de cualesquiera otras que sean procedentes.
8. COMITÉ DE EXPERTOS U ORGANISMO TÉCNICO ESPECIALIZADO
Cuando los criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor tengan atribuida una ponderación mayor que la
correspondiente a los criterios evaluables de forma automática, la valoración se realizará por un órgano distinto de la
Mesa de Contratación ya sea un Comité de Expertos con cualificación apropiada o se encomendará a un Organismo
Técnico Especializado.
La composición de uno u otro se detalla en el apartado J 1 del Cuadro-Resumen.
En la composición del Comité de Expertos se han tenido en cuenta las determinaciones del artículo 146.2.a) LCSP.
Todos los miembros del comité de expertos o del organismo técnico especializado deberán suscribir obligatoriamente
una Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (en adelante DACI), por una sola vez para cada licitación, al
inicio de la primera reunión y se dejará constancia en el acta.
9. APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
9.1. Apertura y examen de las proposiciones
Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación se reunirá y procederá a la apertura
y calificación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos exigidos presentada por
los licitadores en el sobre electrónico de documentación administrativa y a la calificación de la misma.
Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los
interesados, concediéndoles un plazo no superior a tres (3) días para su corrección o subsanación.
La Mesa de contratación acordará la exclusión de los licitadores que no acrediten dicho cumplimiento, previo trámite
de subsanación.
No presentar alguno de los sobres electrónicos exigidos también es causa de exclusión.
La Mesa de Contratación, una vez calificada la documentación del sobre electrónico de documentación
administrativa y realizado el trámite de subsanación citado, en su caso, acordará la admisión o inadmisión de los
licitadores y procederá a la apertura y examen de las proposiciones del sobre electrónico de proposición relativa
a criterios cuantificables mediante juicio de valor de los licitadores admitidos si fuera obligatoria su presentación
por existir criterios cuantificables mediante juicio de valor (en caso de que se trate de un procedimiento abierto
simplificado, la documentación administrativa deberá incluirse en el mismo sobre que la proposición relativa a
criterios cuantificables mediante juicio de valor, en el caso de existir estos. En caso contrario, la documentación
administrativa deberá incluirse junto con la proposición relativa a criterios cuantificables mediante fórmula).
Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en el sobre electrónico de
proposición relativa a criterios cuantificables mediante juicio de valor, documentación que deba ser objeto de
evaluación mediante criterios cuantificables por fórmulas.
Una vez realizada en tiempo y forma la valoración de dichas proposiciones, bien sea por la propia Mesa de
Contratación o por un Comité de Expertos u Organismo Técnico Especializado (o por los servicios técnicos del
órgano de contratación en el caso del procedimiento abierto simplificado); o, de no ser exigible el sobre electrónico
de proposición relativa a criterios cuantificables mediante juicio de valor, tras la apertura del sobre electrónico de documentación administrativa; la Mesa de Contratación, en el lugar, día y hora señalados, dará cuenta de las
empresas presentadas a la licitación y señalará las admitidas, las rechazadas y las causas de su rechazo así como, en su caso, los resultados obtenidos por los licitadores admitidos en la evaluación de la documentación del sobre electrónico de proposición relativa a criterios cuantificables mediante juicio de valor.
A continuación, la Mesa (o la unidad técnica auxiliar del órgano de contratación en el caso de que no exista Mesa) procederá a la apertura del sobre electrónico de proposición relativa a criterios cuantificables mediante
fórmula de los licitadores admitidos, que contiene las proposiciones relativas a la oferta económica y al resto de criterios cuantificables mediante la aplicación de fórmulas, y a la valoración de las mismas conforme a los citados criterios de adjudicación, una vez verificado, en su caso, el cumplimiento por parte de los licitadores de las especificaciones técnicas del pliego, para lo cual se podrán solicitar cuantos informes técnicos considere precisos. C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 52 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
En el caso de procedimientos en los que haya un único sobre electrónico de documentación y proposición, la
Mesa (o la unidad técnica auxiliar del órgano de contratación en el caso de que no exista Mesa) procederá a la
apertura del sobre electrónico único de los licitadores presentados, a la calificación de la documentación de
requisitos previos, quedando excluidas las proposiciones que no cumplan las condiciones exigidas en los pliegos,
previo tramite de subsanación, y la lectura de la oferta económica y del resto de propuestas sujetas a criterios
cuantificables mediante la aplicación de fórmulas. Una vez verificado, en su caso, el cumplimiento por parte de los
licitadores de las especificaciones técnicas del pliego, para lo cual se podrán solicitar cuantos informes técnicos
considere precisos, se procederá a la valoración de la oferta económica y del resto de propuestas sujetas a criterios
cuantificables mediante la aplicación de fórmulas conforme a los citados criterios de adjudicación.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 91.4 Ley aragonesa 11/2023, el órgano de contratación o la Mesa
podrán requerir información a las empresas candidatas o licitadoras tras la apertura de las ofertas, con el
fin de aclarar los términos de su oferta o, en su caso, los errores materiales en la redacción de la misma,
siempre que se respeten los principios de no discriminación, igualdad de trato, concurrencia y transparencia. El
error en la oferta deberá ser manifiesto, reconocido y que impida conocer la verdadera voluntad de la empresa
licitadora. No podrá modificar los términos de la oferta presentada, falseando los datos esenciales inicialmente
recogidos. En todo caso, deberá quedar constancia documental de estas actuaciones.
Si se advierte la falta de coherencia entre la documentación presentada y las aclaraciones formuladas
posteriormente, la oferta se considerará inconsistente y se procederá a la exclusión de la empresa licitadora.
No serán objeto de valoración y quedarán excluidas del procedimiento aquellas ofertas que no contengan toda
la documentación exigida en el PCAP cuando impidan la valoración de los criterios de adjudicación, o cuando ésta
presente defectos que no puedan ser objeto de subsanación; asimismo, tendrán el mismo tratamiento aquellas
ofertas que no cumplan con las especificaciones técnicas requeridas o cuando falte la documentación exigida
necesaria para verificar dicho cumplimiento.
9.2. Ofertas incursas en presunción de anormalidad
Si la Mesa, o en su defecto el Órgano de contratación, identifica alguna oferta que esté incursa en presunción de
anormalidad conforme a los parámetros objetivos establecidos en el apartado J 3 del Cuadro-Resumen, se
requerirá en forma al licitador o licitadores que las hubiesen presentado para su justificación conforme al
procedimiento establecido en el artículo 149 LCSP. En el procedimiento se solicitará el asesoramiento técnico del
servicio correspondiente.
A la vista de su resultado se propondrá motivadamente la aceptación de la oferta o su rechazo, en cuyo caso se
excluirá al licitador de la clasificación.
9.3. Clasificación de las ofertas, criterios de desempate y propuesta de adjudicación
Una vez valoradas las proposiciones admitidas a la licitación, la Mesa de contratación, atendiendo a los criterios de
adjudicación señalados en el apartado J 1 del Cuadro-Resumen, las clasificará por orden decreciente, incluyendo la puntuación otorgada a cada una de ellas e identificando la mejor puntuada.
En el caso de que se produzca empate en la puntuación total entre dos o más licitadores, éste se dirimirá en la forma contemplada en el apartado J 4 del Cuadro-Resumen. La documentación acreditativa de los criterios de desempate a que se refiere el citado apartado será aportada por los licitadores en el momento en que se produzca el empate, y no con carácter previo, por lo que, a tal efecto, se requerirá la documentación pertinente a las empresas afectadas, otorgándoles un plazo de 3 días para su aportación.
La Mesa elevará la correspondiente propuesta de adjudicación al Órgano de Contratación a favor del licitador que haya presentado la mejor oferta. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno en favor del licitador propuesto mientras no exista acuerdo del Órgano de Contratación. Los acuerdos de la Mesa tendrán siempre carácter provisional. C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 53 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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De todo lo actuado se dejará constancia en las actas correspondientes, que se publicarán en el perfil de contratante
y en las que se reflejará el resultado del procedimiento, con indicación de los licitadores admitidos y los rechazados
a la licitación, y sus incidencias. Se excluirá aquella información que no sea susceptible de publicación de
conformidad con la legislación vigente. Todo ello, sin perjuicio de la necesaria comunicación o notificación, según
proceda, a los licitadores afectados.
El acto de exclusión de un licitador será notificado a este, con indicación de los recursos que procedan contra
dicha exclusión.
9.4. Requerimiento al licitador que haya presentado la mejor oferta
Una vez efectuada la propuesta de adjudicación y aceptada la misma por el Órgano de Contratación, se requerirá
al licitador que haya presentado la mejor oferta para que dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el
siguiente a aquél en que haya recibido el requerimiento, presente la documentación que se especifica a continuación
que no obre ya en poder de la Universidad de Zaragoza, tanto del licitador como, en su caso, de aquellas otras
empresas a cuyas capacidades se recurra. Esta documentación, que se presentará mediante originales o copias
que tengan carácter de auténticas conforme a la legislación vigente, será la siguiente:
1º) Documentación de acreditación de la personalidad de la empresa y su ámbito de actividad y de la
representación de la misma:
a) Los que acrediten la personalidad del empresario y su ámbito de actividad.
Si la empresa fuese persona jurídica la personalidad se acreditará mediante la presentación de la escritura de
constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil cuando este requisito
sea exigible según la legislación mercantil aplicable; si dicho requisito no fuere exigible, la acreditación de la
capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acta
fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el
correspondiente Registro oficial.
Si se trata de un empresario individual, el Documento Nacional de Identidad o equivalente.
b) Los que acrediten, en su caso, la representación.
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán escritura de poder al efecto,
previamente bastanteada por el Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza.
Los datos de identidad de la persona que ostenta la representación del licitador, el Documento Nacional de
Identidad o equivalente
Si la empresa fuera persona jurídica el poder deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si
se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo
con el artículo 94.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
c) La escritura de constitución formal de UTE, en su caso, así como la acreditación de nombramiento de un
representante o apoderado único de la misma con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las
obligaciones que deriven del contrato hasta la extinción del mismo, mediante escritura de poder al efecto que
deberá estar previamente bastanteada por el Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza.
d) La escritura de constitución formal de UTE, en su caso, así como la acreditación de nombramiento de un
representante o apoderado único de la UTE con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las
obligaciones que deriven del contrato hasta la extinción del mismo. Especialidades en la documentación a presentar por los empresarios extranjeros. Los empresarios
extranjeros deberán presentar, además de la documentación señalada anteriormente, la documentación específica que a continuación se detalla: Todas las empresas no españolas deben aportar:
− Declaración de someterse a la jurisdicción de los Jueces y Tribunales españoles de cualquier orden,
para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, renunciando al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles (artº. 140.1.f) LCSP). C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 54 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
Todas las empresas de estados que no sean miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo
sobre el Espacio Económico Europeo deberán aportar, además:
− Informe que acredite su capacidad de obrar expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina
Consular de España del lugar del domicilio social de la empresa, en el que se haga constar, previa
acreditación por la empresa, que figura inscrita en el Registro local profesional, comercial o análogo o,
en su defecto que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que
se extiende el objeto del contrato.
− En su caso, Informe de reciprocidad en los términos del artículo 68 LCSP. En los contratos sujetos a
regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de
Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.
2º) Documentación que acredite su solvencia económica y financiera, técnica o profesional, su habilitación
empresarial o profesional, el cumplimiento de normas de gestión medioambiental y de calidad y la que
acredite la efectiva disposición de los medios comprometidos por el licitador en su oferta a dedicar o
adscribir a la ejecución del contrato exigidos, en su caso, en el apartado F del Cuadro-Resumen.
En caso de que el licitador haya recurrido a la solvencia y/o medios de otras entidades, deberá aportar acreditación
de disponer efectivamente de esa solvencia y medios durante toda la duración de la ejecución del contrato, y la
entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar, conforme a lo establecido en el artículo 75
LCSP.
Si resulta legalmente exigible como condición de aptitud para contratar, el licitador deberá aportar la documentación
que acredite la correspondiente habilitación empresarial o profesional para la realización de la prestación que
constituya el objeto del presente contrato.
Si el órgano de contratación lo hubiera exigido en los pliegos, el licitador deberá aportar acreditación de disponer
de los medios personales o materiales que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del
contrato, conforme a lo establecido en el artículo 76 LCSP. Estos compromisos se integrarán en el contrato y tendrán
el carácter de obligación esencial y/o serán susceptibles de imposición de penalidades, conforme a lo establecido
en el apartado P del Cuadro-Resumen. El contratista ejecutará el contrato con los mismos medios que haya
aportado y sólo podrá sustituirlos, por causas imprevisibles, por otros medios equivalentes y con la correspondiente
autorización de la Universidad de Zaragoza.
Si el contrato, o algún lote del contrato, está reservado conforme al apartado B 8 del Cuadro-Resumen a las
entidades allí indicadas, deberá aportar el certificado oficial que acredite su condición como centro especial de
empleo de iniciativa social, empresa de inserción, o acreditar las condiciones de organización calificada de acuerdo
con la Disposición Adicional Cuadragésima octava LCSP.
La presentación del certificado vigente de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o registro oficial equivalente a nivel autonómico eximirá de la acreditación de las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial solvencia económica y financiera y técnica o profesional, clasificación, la concurrencia de prohibiciones de contratar y demás circunstancias inscritas en dichos registros.
Junto con el certificado se adjuntará una declaración responsable manifestando que las circunstancias reflejadas en el certificado no han sufrido variación. C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 55 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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3º) Documentación acreditativa de los siguientes extremos:
a) Quienes desarrollen actividades económicas:
Certificado de inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que
debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada, o Certificado de alta en el Impuesto
de Actividades Económicas (IAE) en el ejercicio corriente.
Declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del IAE.
Último recibo de todas las actividades en las que estén dados de alta o, en otro caso, declaración
responsable de encontrarse exento de pago del IAE.
b) Certificación en vigor acreditativa de que el licitador se encuentra al corriente del cumplimiento de sus
obligaciones tributarias con Hacienda.
c) Certificación en vigor expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativa del
cumplimiento de sus obligaciones con la misma.
d) Documentación acreditativa de la subcontratación con aquellas empresas con las que el adjudicatario
tenga previsto subcontratar, de acuerdo con lo establecido en el apartado N del Cuadro-Resumen. Tendrá
que aportar, en caso de no haber sido necesario indicarlo en la oferta, una declaración en la que indique la
parte del contrato que va a subcontratar, señalando el importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido
por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que vaya a
encomendar su realización, firmada por ambas partes. En todo caso, deberá comunicar por escrito la
intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y
la identidad, datos de contacto y representante o representantes legales del subcontratista, firmada por
ambas partes y justificando suficientemente la aptitud de este para ejecutarla por referencia a los elementos
técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia, y acreditando que el mismo no se encuentra incurso
en prohibición de contratar de acuerdo con el artículo 71 LCSP.
e) En los contratos cuya ejecución requiera el tratamiento por el contratista de datos personales por
cuenta del responsable del tratamiento. Se deberá aportar declaración responsable en la que se ponga
de manifiesto dónde van a estar ubicados los servidores y desde dónde se van a prestar los servicios
asociados a los mismos, así como que se compromete a comunicar cualquier cambio que se produzca a lo
largo de la vida del contrato.
f) Constitución de la garantía definitiva que sea procedente, en su caso, conforme a lo establecido en el
apartado E 2 del Cuadro-Resumen.
g) Declaración de que la oferta presentada garantiza, respecto de los trabajadores y procesos productivos
empleados en la elaboración de los productos y/o servicios, así como en la ejecución del contrato, el
cumplimiento de las obligaciones medioambientales, sociales y laborales derivadas de los convenios
colectivos aplicables, el Derecho español y de la UE, así como de las disposiciones de Derecho internacional
sobre estas materias suscritas por la UE, en concreto los relacionados en el anexo V de la LCSP.
h) Documentación acreditativa de la obligación legal de reserva de empleo a personas con discapacidad. Declaración responsable indicando el número de trabajadores de la empresa, así como el
porcentaje de los mismos que se corresponda con la cuota de reserva legal establecida por el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre. En el caso de no alcanzar el 2% y tratarse de una empresa de más de 50 trabajadores, la declaración responsable versará sobre las
medidas alternativas adoptadas previstas en la legislación en vez de aplicar la cuota de reserva. Igualmente, en la declaración responsable deberá indicarse que el licitador está en posesión de la documentación acreditativa pertinente, la cual podrá ser requerida en cualquier momento por parte del órgano de contratación para comprobar el efectivo cumplimiento de la cuota de reserva o, en su caso, de las medidas alternativas que se hayan adoptado. C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 56 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
i) Documentación acreditativa de disponer de un plan de igualdad. En el caso de empresas que, para
contratar, requieran la elaboración y aplicación de un plan de igualdad, de acuerdo con lo dispuesto en la
legislación aplicable en materia de igualdad de mujeres y hombres (actualmente en el caso de que se trate
de una empresa de más de 50 trabajadores, conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica
3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres, en la redacción dada por el Real Decreto-
ley 6/2019, de 1 de marzo), se deberá aportar el plan de igualdad del que dispone y aplica la empresa,
conforme a la legislación vigente, el cual deberá estar inscrito en el Registro laboral correspondiente, según
establece la Disposición Final Segunda de la Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de representación
paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres, que modifica el artículo 71.1, letra d) LCSP.
j) Declaración relativa a los principios antifraude, anticorrupción y de ausencia de conflictos de
intereses, conforme al modelo que se acompaña en el presente pliego como Anexo IV.
En caso de que el procedimiento utilizado sea el abierto simplificado o el abierto simplificado abreviado, y
de acuerdo con lo establecido en la letra f) del apartado 4 del artículo 159 LCSP, una vez efectuada la propuesta
de adjudicación y comprobado en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o
registro oficial equivalente a nivel autonómico que la empresa está debidamente constituida, que el firmante de la
proposición tiene poder bastante para formular la oferta, que ostenta la solvencia económica, financiera y técnica
o, en su caso la clasificación correspondiente (en caso de ser estos extremos exigibles) y que no está incursa en
ninguna prohibición para contratar, se requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que,
dentro del plazo de siete días hábiles a contar desde el envío de la comunicación, presente la documentación
(tanto del licitador como de aquellas otras empresas a cuyas capacidades se recurra) de entre la aludida en el
presente párrafo y la especificada en los apartados 1º y 2º del presente epígrafe 9.4 que no esté consignada en el
mencionado certificado de inscripción; o si el licitador hubiera hecho uso de la facultad de acreditar la presentación
de la solicitud de inscripción en el correspondiente Registro oficial, la documentación justificativa de todos los
extremos referentes a su aptitud para contratar enunciados y los especificados en los apartados 1º y 2º citados. En
ambos supuestos también se le requerirá para que, en el mismo plazo, aporte la documentación especificada en el
apartado 3º del presente epígrafe 9.4.
En caso de que el candidato propuesto no cumplimente adecuadamente el requerimiento de documentación
en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta y se efectuará propuesta de adjudicación a
favor del siguiente candidato en puntuación, otorgándole a éste el correspondiente plazo para constituir la citada
documentación.
TODA LA DOCUMENTACIÓN DEBERÁ PRESENTARSE REDACTADA EN CASTELLANO. LAS
TRADUCCIONES DEBERÁN DE HACERSE EN FORMA OFICIAL (art. 23 RGLCAP).
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9.5. Cláusula de verificación de la documentación aportada
El Órgano o la Mesa de contratación podrán, en cualquier momento, solicitar la justificación documental de las
condiciones sobre las que los licitadores hubieran declarado responsablemente su cumplimiento.
El licitador propuesto deberá presentar la documentación requerida en el plazo concedido, con un máximo de diez
días hábiles a contar desde el siguiente a la recepción del requerimiento (siete días hábiles a contar desde el envío
de la comunicación en los procedimientos abierto simplificado y abierto simplificado abreviado).
Las unidades, servicios o secciones de apoyo administrativo al órgano de contratación verificarán que el
mencionado licitador ha acreditado documentalmente todo lo requerido. Una vez calificada la documentación
presentada se le concederá, de presentar la misma errores o deficiencias, un plazo de tres días para su
subsanación.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento de documentación en el plazo señalado, se
entenderá que el licitador ha retirado su oferta y será excluido del procedimiento, con las consecuencias
establecidas en el artículo 150.2 LCSP, y procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador
siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas, otorgándole a éste el correspondiente plazo
para aportar tal documentación.
El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que
sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
Además, el licitador podrá incurrir en prohibición de contratar de conformidad con lo establecido en el artículo 71
LCSP.
9.6. Sucesión en el procedimiento
Si durante la tramitación del procedimiento y antes de la adjudicación se produce la extinción de la personalidad
jurídica de la empresa licitadora por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, le sucederá
en su posición en el procedimiento la empresa absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión
o la adquiriente del patrimonio, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de
contratar y acredite la solvencia y clasificación en las condiciones exigidas en el presente pliego para poder participar
en el procedimiento de adjudicación.
9.7. Garantía definitiva
La garantía definitiva que figura en el apartado E 2 del cuadro-resumen podrá constituirse en cualquiera de las
formas legalmente previstas en el artículo 108 LCSP.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 47 de la Ley aragonesa 11/2023, con carácter general, salvo que se
indique lo contrario en el citado apartado E 2 por interés público, se permitirá el sistema de constitución de la
garantía definitiva por retención en el precio, previa solicitud del licitador propuesto como adjudicatario dentro del
plazo otorgado en el requerimiento de documentación preceptiva para la adjudicación.
En este caso, la garantía definitiva será repercutida al contratista, deduciéndose su importe de la primera factura y
sucesivas a abonar por la Universidad de Zaragoza hasta alcanzar la totalidad de la misma.
Dicho importe le será retenido hasta el vencimiento del plazo de garantía, procediéndose a su devolución o
cancelación mediante el ingreso de dicho importe en la cuenta de pago de facturas que la empresa haya facilitado
a la Universidad o, en su caso, a la que el contratista indique expresamente para la devolución del importe retenido
en concepto de garantía definitiva y su cancelación. Motivadamente, si así figura en el apartado E 3 del Cuadro-Resumen, podrá establecerse una garantía
complementaria que se adicionará al importe de la garantía definitiva, con los límites previstos en el artículo 107.2 LCSP. Con carácter general, no procederá la exigencia de garantía definitiva si el contrato se ha reservado conforme al
apartado E del Cuadro Resumen, salvo que su exigencia se acredite en el expediente.
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
Cuando como consecuencia de una modificación del contrato experimente variación su precio, deberá reajustarse
la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días
naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación.
La garantía definitiva está afecta al cumplimiento de las responsabilidades establecidas en el artículo 110 LCSP,
así como de las establecidas en los artículos 216 y 217 LCSP.
En caso de que se hagan efectivas sobre esta garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratista,
éste deberá reponer o ampliar aquélla en la cuantía que corresponda en el plazo de quince días naturales desde la
ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
Durante el plazo de garantía el contratista estará obligado a subsanar, a su costa, todos los vicios y defectos en los
bienes suministrados que puedan observarse de acuerdo con lo establecido en este Pliego, en el artículo 305 LCSP
y en el artículo 63 de la Ley aragonesa.
Una vez finalizada la ejecución del contrato y transcurrido el plazo de garantía, el contratista quedará exento de
responsabilidad por los bienes suministrados y se procederá a la devolución o a la cancelación de la garantía
definitiva, siempre y cuando el contrato se haya cumplido satisfactoriamente y no resultaran responsabilidades que
debieran ejecutarse sobre la garantía de conformidad con lo establecido en el artículo 111 LCSP y según lo
dispuesto en los artículos 216 y 217 de la citada ley sobre pagos a los subcontratistas o suministradores.
9.8. Adjudicación del contrato
Conforme a lo establecido en el artículo 150.3 LCSP el Órgano de Contratación adjudicará el contrato dentro de los
cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación a la que se refiere la cláusula 9.4 de este pliego.
La resolución de adjudicación será motivada, se notificará a todos los licitadores y se publicará en el Perfil de
Contratante de la Universidad con indicación de los plazos en que deba procederse a su formalización.
La notificación, que se realizará por medios electrónicos, contendrá la información que permita a los interesados
interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación.
Cuando el único criterio para seleccionar al adjudicatario del contrato sea el del precio, la adjudicación deberá
recaer en el plazo máximo de quince días a contar desde el siguiente al de apertura de las proposiciones.
Cuando para la adjudicación del contrato deban tenerse en cuenta una pluralidad de criterios, o utilizándose un
único criterio sea éste el del menor coste del ciclo de vida, el plazo máximo para efectuar la adjudicación será de
dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones, salvo que se hubiese establecido otro en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
Si la proposición se contuviera en más de un sobre electrónico, de tal forma que estos deban abrirse en varios actos independientes, el plazo anterior se computará desde el primer acto de apertura del sobre electrónico que contenga una parte de la proposición. Los plazos indicados previamente se ampliarán en quince días hábiles cuando se hubiere identificado una o varias ofertas incursas en presunción de anormalidad tal y como se indica en el artículo 149.4 LCSP.
De no producirse la adjudicación dentro de los plazos señalados, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 59 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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9.9. Decisión de no adjudicar o celebrar el contrato y/o desistimiento del procedimiento de adjudicación
por la Administración
La decisión de no adjudicar o celebrar el contrato o el desistimiento del procedimiento sólo podrán acordarse por
el Órgano de Contratación antes de la formalización notificándolo a los licitadores e informando también a la
Comisión Europea cuando el contrato haya sido anunciado en el «Diario Oficial de la Unión Europea.
La decisión de no adjudicar o celebrar el contrato o el desistimiento del procedimiento deberán fundarse en alguna
de las causas establecidas en el artículo 152 LCSP, con las consecuencias allí previstas.
En tal caso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 152 LCSP, se compensará por los gastos a los
licitadores en la forma establecida en el apartado K del Cuadro-Resumen.
10. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona con su formalización y en ningún caso podrá iniciarse su ejecución sin su previa
formalización.
La formalización del contrato se llevará a cabo en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las
condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los
correspondientes gastos.
En el procedimiento abierto simplificado abreviado, salvo que se haya señalado lo contrario en el apartado L del
Cuadro-Resumen, no será necesaria la formalización del contrato pudiendo efectuarse mediante la firma de
aceptación por el contratista de la resolución de adjudicación.
10.1. Plazo de formalización
Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá
efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a
los licitadores. Una vez transcurrido dicho plazo sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la
suspensión de la formalización del contrato, se requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo
no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, salvo en
procedimientos de tramitación urgente que será de tres días. De igual forma procederá cuando el órgano
competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión.
En los restantes casos, la formalización deberá efectuarse en el plazo máximo de quince días hábiles contados
desde el siguiente al de la recepción por el adjudicatario de la notificación de la adjudicación, salvo en
procedimientos de tramitación urgente que será de siete días.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, el
órgano de Contratación le exigirá el 3% del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad.
Esta penalidad se hará efectiva, en primer lugar y si se hubiera constituido contra la garantía definitiva, sin perjuicio
de lo establecido en el artículo 71.2.b) LCSP (prohibiciones de contratar).
En este caso, el contrato se adjudicará al siguiente licitador por el orden en que hubieran quedado clasificadas las
ofertas, en los plazos y previa presentación de la documentación establecida en la cláusula 9.4 de este Pliego.
Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Universidad, se indemnizará al contratista de los daños
y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar.
10.2. Publicidad de la formalización
La formalización del contrato se publicará en el Perfil del Contratante de la Universidad con los mismos datos del anuncio de licitación y además, si el contrato está sometido a Regulación Armonizada, se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE).
11. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se ejecutará conforme a lo estipulado en él, en este pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas y conforme a las instrucciones que para su interpretación dieren al contratista el Responsable del contrato y el Órgano de Contratación. C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 60 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
Para garantizar que las prestaciones se adecúan a los pliegos y a la oferta realizada, el órgano de contratación podrá
utilizar mecanismos de control de la calidad durante la ejecución del contrato, de conformidad con lo establecido en el
apartado W del Cuadro Resumen del presente pliego.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, respondiendo éste de las pérdidas, averías o
perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega.
El contratista será responsable de la calidad de los bienes y de los vicios ocultos que pudieran apreciarse, una vez
producida la entrega, durante el plazo de garantía.
El contratista no podrá reclamar ningún precio ni indemnización por aquellos trabajos realizados fuera de las
estipulaciones del contrato ni aún en el caso de alegar y demostrar que eran absolutamente necesarios para asegurar
la perfecta realización del objeto del contrato.
El contratista está obligado a guardar sigilo respecto de los datos y antecedentes de los que tenga conocimiento con
ocasión del contrato que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del mismo.
El incumplimiento de los compromisos de adscripción de medios personales o materiales a la ejecución del contrato
recogidos en el apartado F 5 del cuadro-resumen podrá ser causa de resolución del contrato cuando así se determine
expresamente en dicho apartado o dará lugar, en su caso, a la imposición de las penalidades allí previstas.
11.1. Entrega, recepción y, en su caso, instalación de los bienes objeto del suministro.
El contratista deberá entregar los bienes en el lugar y dentro del plazo estipulado. La recepción o conformidad se
manifestará en un acto formal y positivo dentro del mes siguiente a la realización del suministro o en el plazo
establecido en el apartado D 1 y 2 del Cuadro-Resumen. Podrán efectuarse recepciones parciales sobre aquellas
partes del contrato susceptibles de ser utilizadas de forma independiente, según lo establecido en el apartado D
4 del Cuadro-Resumen.
Los gastos de entrega y transporte de los bienes objeto del suministro al lugar convenido serán por cuenta del
contratista salvo que se haya pactado lo contrario en el apartado B 1 o B2 del Cuadro-Resumen. Si los bienes
no se hallan en estado de ser recibidos se hará constar así en el acta de recepción y se darán las instrucciones
precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad
con lo pactado.
De igual modo, si así se establece en el apartado B del Cuadro-Resumen o en el Pliego de Prescripciones
Técnicas, el contratista vendrá obligado a realizar a su costa las operaciones inherentes a las instalaciones
requeridas por el suministro, incluyendo los elementos auxiliares necesarios que, por su escasa entidad y dificultad
de definición previa, no figuren expresamente en la composición de aquél, salvo que el pliego de prescripciones
técnicas establezca otra cosa.
11.2. Mantenimiento. Cuando así se establezca en el apartado B 3 del Cuadro-Resumen, el adjudicatario realizará el mantenimiento de los bienes objeto del suministro en las condiciones que se recogen en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
En cualquier caso, si el objeto del contrato es el suministro de equipos o sistemas para el tratamiento de la información, el mantenimiento incluirá las revisiones preventivas, reparaciones de averías de las máquinas o dispositivos de las mismas, reposición de piezas y sustitución del equipo averiado mediante otro de reserva y
actualización o adaptación de programas.
Igualmente, si el objeto del contrato es el arrendamiento de bienes o equipos, con o sin opción de compra, el empresario asumirá durante el plazo de vigencia del contrato la obligación del mantenimiento del objeto del mismo. C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 61 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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11.3. Formación.
Cuando así se establezca en el apartado B 4 del Cuadro-Resumen o en el Pliego de Prescripciones Técnicas,
el contratista vendrá obligado a realizar a su costa los cursos de formación u otras prestaciones complementarias
que sean necesarias para la adecuada utilización de los bienes suministrados.
11.4. Condiciones especiales y obligaciones esenciales de ejecución del contrato.
Las condiciones especiales de ejecución se describen en el apartado O del Cuadro-Resumen y su incumplimiento
tendrá las consecuencias en allí previstas. De preverse penalidades por su incumplimiento, éstas se detallan en el
apartado P del cuadro-resumen.
Las obligaciones esenciales se describen en el apartado Q del Cuadro-Resumen. Su incumplimiento dará lugar
a la imposición de penalidades y, en su caso, a la resolución del contrato conforme a lo establecido en dicho
apartado.
11.5. Condiciones de instalación y prestaciones complementarias del suministro
El contratista vendrá obligado a realizar a su costa todo tipo de operaciones inherentes a las instalaciones
requeridas por el suministro, incluyendo los elementos auxiliares necesarios que por su escasa entidad y dificultad
de definición previa no figuren expresamente en la composición de aquél, salvo que el pliego de prescripciones
técnicas establezca otra cosa.
12. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones en el mismo por
razones de interés público en los casos y en la forma prevista en los artículos 203 a 207 LCSP.
Se podrá modificar el contrato cuando así se prevea en el apartado R del Cuadro-Resumen
Excepcionalmente, de no haberse previsto, sólo se podrán realizar modificaciones en los casos y en la forma prevista
en el artículo 205 LCSP.
En cualquiera de ambos casos las modificaciones serán obligatorias para el contratista siempre y cuando no impliquen,
aislada o conjuntamente, una alteración en su cuantía que exceda del 20% del precio inicial del contrato, IVA excluido.
Cuando, por razón de su importe, la modificación no resulte obligatoria para el contratista, dicha modificación exigirá la
conformidad expresa del contratista.
Las modificaciones deberán ser acordadas por el órgano de contratación, previa tramitación del procedimiento
oportuno, formalizarse en documento administrativo y publicarse en el Perfil de Contratante de la Universidad y en el
Diario Oficial de la Unión Europea si el contrato está sujeto a regulación armonizada.
En el caso de que la modificación suponga supresión o reducción de unidades, el contratista no tendrá derecho a
reclamar indemnización alguna.
En los contratos en los cuales el empresario se obligue a entregar una pluralidad de bienes de forma sucesiva y por
precio unitario, sin que el número total de entregas se defina con exactitud al tiempo de celebrar éste, por estar
subordinadas las mismas a las necesidades de la Administración, en el caso de que, dentro de la vigencia del contrato,
las necesidades reales fuesen superiores a las estimadas inicialmente, deberá tramitarse la correspondiente
modificación antes de que se agote el presupuesto máximo inicialmente aprobado, reservándose a tal fin el crédito
necesario para cubrir el importe máximo de las nuevas necesidades.
Las modificaciones que no estén debidamente aprobadas por el Órgano de Contratación, de acuerdo con lo previsto en este pliego, originarán responsabilidad en el contratista, perdiendo todo derecho al abono de las modificaciones
ejecutadas sin autorización. 13. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
13.1. Derechos del Contratista
13.1.1. Abonos al Contratista El contratista tiene derecho al abono del precio convenido en la adjudicación por los suministros efectuados y formalmente recibidos de conformidad por la Universidad. C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 62 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
La valoración de los suministros se realizará conforme al sistema de determinación de precios establecido en
el apartado C 3 del Cuadro-Resumen, en los vencimientos que se hubieran establecido en los pliegos y si
éste fuera de tracto sucesivo y no se hubiera dispuesto otra cosa, se realizará mensualmente.
Podrán realizarse valoraciones parciales por suministros efectuados antes de que se produzca la entrega
parcial de los mismos, siempre que se solicite por parte del contratista y sean autorizados por el órgano de
contratación.
Conforme a lo establecido en el artículo 301.2 LCSP y en el presente pliego, si el sistema de determinación
del precio se realiza mediante precios unitarios, se podrá incrementar el número de unidades a suministrar
hasta el porcentaje del 10% del precio del contrato sin que sea preciso tramitar el correspondiente expediente
de modificación, siempre que se haya acreditado la correspondiente financiación en el expediente originario
del contrato.
La Universidad tendrá obligación de abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de
aprobación de la factura, presentada en los términos que se señalan a continuación y, si se demorase, deberá
abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de treinta días, los intereses de demora y la
indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre.
Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá de haber
cumplido la obligación de presentar la factura conforme a lo previsto en la cláusula 13.1.2 de este Pliego.
Si así se dispone en el apartado C 5 del Cuadro-Resumen el pago del precio del suministro podrá consistir
en la entrega de bienes de la misma clase, en los términos y condiciones establecidos legalmente y, en su
caso, en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
13.1.2. Facturación
Las facturas deberán emitirse de conformidad con las disposiciones vigentes y, en ellas, específicamente
constará: numeración seriada, fecha de expedición, número de expediente al que pertenecen, descripción
detallada de la prestación realizada, desglosando los distintos conceptos que, en su caso, conformen el objeto
del contrato y el precio que corresponde a cada uno de ellos, NIF del expedidor y destinatario y el IVA
repercutido.
Si se observase en la factura presentada la falta de alguno de los requisitos exigibles, se solicitará su
subsanación sin que empiece a computarse el plazo para el pago hasta su corrección.
Para tramitar el pago, las facturas deberán ser conformadas por el Responsable del Contrato que dejará
constancia de la fecha de recepción y de la Unidad receptora.
La factura podrá ser en formato electrónico o en papel de acuerdo con lo previsto en la normativa reguladora
de las obligaciones de facturación que cada contratista tiene obligación de conocer.
En la Universidad de Zaragoza, la Resolución del Rector de 7 de febrero de 2018, de impulso de la factura electrónica (B.O.A. nº 46, de 06/03/2018), dispone en el punto Primero que, “Todas las entidades indicadas
en el artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, tendrán obligación de emitir factura electrónica sin excepción por razón de la cuantía.”. Se excluye de la obligación de presentar factura electrónica, a las emitidas por personas físicas o proveedores
extranjeros.
No obstante, las personas físicas, que no están obligadas a facturar electrónicamente, pueden ejercer, en todo caso, su derecho a presentar facturas electrónicas. Las facturas deberán contener, además de lo indicado en esta cláusula, los datos correspondientes al apartado T del Cuadro-Resumen: C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 63 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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Factura electrónica
En la factura en formato electrónico que emita el contratista se deberá identificar el destinatario de la misma
incluyendo en ella obligatoriamente los datos y códigos DIR3 del apartado T del Cuadro-Resumen que
le serán facilitados por el responsable del contrato o el demandante del pedido.
La información sobre factura electrónica y códigos DIR3 se encuentra en la siguiente dirección electrónica:
http://facturaelectronica.unizar.es/
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 9 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la
factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, y el art. 14.2 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
los contratistas que tengan la consideración de personas jurídicas tienen la obligación de presentar
factura electrónica a través de FACe (https://face.gob.es/es/), punto general de entrada de facturas
electrónicas de la Administración General del Estado. En estos casos la presentación de la factura en el
Punto General de Acceso equivale a la presentación en un registro administrativo.
En FACe se identificarán las unidades tramitadoras a las que se dirigen las facturas de acuerdo con los
códigos identificativos incluidos en el “Directorio Común de Unidades y Oficinas DIR3” publicado en la
página web de la Universidad.
La obligación incluye a todas las personas jurídicas, sin perjuicio de su forma societaria y del importe de
la factura.
Factura en papel
En los casos en que no proceda la presentación de factura electrónica, la factura en papel se presentará
en el Registro General de la Universidad en la dirección del Órgano de Contratación que figura en el
apartado A 6 del Cuadro-Resumen o en cualquiera de los lugares y por los procedimientos señalados
en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
13.1.3. Cesión de derechos de cobro
Conforme a lo dispuesto en el artículo 200 LCSP, y en los términos establecidos en el mismo, los contratistas
podrán ceder el derecho de cobro que tengan frente a la Universidad de Zaragoza conforme a derecho.
13.2. Obligaciones del contratista
El adjudicatario está obligado a mantener durante la vigencia del presente contrato las condiciones de su oferta.
Siguiendo la evolución del mercado, las ofertas podrán mejorar las condiciones técnicas de los productos y/o
disminuir su precio, pero en ningún momento podrán ser de inferior calidad a los ofertados inicialmente ni su precio
superar el inicialmente ofertado.
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, las descritas en este
epígrafe constituyen obligaciones específicas que tienen el carácter de condiciones especiales de ejecución del
contrato.
Tanto el contratista como el subcontratista deberán cumplir las condiciones especiales de ejecución señaladas en
el apartado O del cuadro-resumen y su incumplimiento será causa de la imposición de penalidades e incluso
podrá llevar aparejada la resolución del contrato, en los términos que se especifican en la cláusula 17. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en diversas materias de las que derivan
las siguientes obligaciones específicas: 13.2.1. Obligaciones laborales, sociales, en materia de igualdad de género, fiscales y de protección del medio ambiente
El contratista estará obligado al cumplimiento, a su costa, de las disposiciones vigentes en materia fiscal,
laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad, en materia de igualdad de género, de prevención de riesgos laborales y de protección del medio ambiente que se establezcan tanto en la normativa vigente como en los pliegos que rigen la presente contratación, quedando la entidad contratante exonerada de cualquier responsabilidad por este incumplimiento. C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 64 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
El órgano de contratación podrá señalar en el Pliego de Prescripciones Técnicas, el organismo u organismos
de los que los licitadores puedan obtener la información pertinente relativa a las citadas obligaciones.
Obligación de indemnidad de las condiciones laborales
Con la presentación de sus ofertas, las empresas licitadoras adquirirán el compromiso de mantener o mejorar,
durante la ejecución del contrato, las condiciones laborales de los trabajadores adscritos a la ejecución de
aquel, especialmente las relativas al salario, la duración de la jornada, la conciliación de la vida personal y
familiar y los permisos, según recoge el artículo 37 de la Ley aragonesa 11/2023. Asimismo, la empresa
contratista deberá garantizar a las personas trabajadoras adscritas a la ejecución del contrato y durante toda
su vigencia la aplicación y mantenimiento estricto de las condiciones laborales que establezca el convenio
colectivo de aplicación. Esta obligación subsistirá incluso si decae la vigencia del Convenio Colectivo de
referencia.
Obligación de reserva legal de empleo
La empresa adjudicataria deberá acreditar el cumplimiento de la obligación de reserva legal de empleo para
personas con discapacidad o la adopción de las medidas alternativas legalmente previstas según establece el
artículo 39 de la Ley aragonesa 11/2023, pudiendo el Órgano de Contratación exigir nuevamente su
acreditación durante la vigencia del contrato.
Obligaciones en materia de igualdad de género
La empresa adjudicataria deberá presentar acreditación fehaciente de sus obligaciones legales de elaborar y
ejecutar planes de igualdad cuando les corresponda. En todo caso, se evitará el uso sexista del lenguaje o la
imagen, se asegurará la igualdad entre mujeres y hombres en el trato y en el acceso al empleo, así como en
la clasificación profesional, promoción, permanencia, estabilidad, formación, calidad, ordenación de la jornada,
retribuciones y extinción en el marco del mismo.
Asimismo, se garantizará la adopción de medidas para la prevención del acoso laboral, sexual o por razón de
sexo en el trabajo, junto al establecimiento de procedimientos específicos para su prevención, debiendo velar
la empresa adjudicataria por el mantenimiento de un entorno sano de trabajo.
De acuerdo con el artículo 64 de la Ley aragonesa 11/2023, el incumplimiento de los compromisos
manifestados en la oferta conllevará la imposición de penalidades.
13.2.2. Obligaciones del contratista en supuestos de subcontratación
En el apartado N del Cuadro-Resumen podrá establecerse que determinadas tareas consideradas como
críticas no puedan ser objeto de subcontratación, debiendo ser objeto de ejecución directa por el contratista
principal. La determinación de dichas tareas deberá ser objeto de justificación adecuada en el expediente de
contratación. En los demás casos, conforme a lo establecido en el artículo 215 LCSP, el contratista podrá concertar con
terceros la realización parcial de la prestación, si así está previsto en el apartado N del Cuadro-Resumen, con los requisitos y alcance allí establecidos. La celebración de los subcontratos estará sometida al cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo
215.2 LCSP. Si así se prevé en el citado apartado N, los licitadores deberán indicar en su oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial de los subcontratistas a los que vaya a encomendar su realización, en la forma establecida en el mismo. C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 65 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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En todo caso, el contratista deberá comunicar al Órgano de Contratación por escrito, tras la adjudicación del
contrato y, a más tardar, cuando inicie su ejecución, la intención de celebrar los subcontratos, señalando la
parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad, datos de contacto y representante o
representantes legales del subcontratista, junto con la documentación que justifique la aptitud de este para
ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia y la que
acredite que el subcontratista no está incurso en prohibición de contratar con la Administración.
Los subcontratos que no se ajusten a lo indicado en la oferta, por celebrarse con empresarios distintos de los
indicados nominativamente en ella o por referirse a partes de la prestación diferentes, no podrán celebrarse
hasta que transcurran veinte días desde que se hubiese cursado la notificación y aportado las justificaciones a
que se refiere el párrafo anterior.
Los subcontratistas quedan obligados sólo ante el contratista principal que asumirá, por tanto, la total
responsabilidad de la ejecución del contrato frente a la Universidad. El conocimiento que ésta tenga de los
subcontratos celebrados en virtud de las comunicaciones antedichas o las autorizaciones que ésta otorgue no
alterarán la responsabilidad exclusiva del contratista principal.
Los subcontratistas no tendrán acción directa frente a la Universidad por las obligaciones contraídas con ellos
por el contratista como consecuencia de la ejecución del contrato principal y de los subcontratos.
El contratista deberá informar a los representantes de los trabajadores de la subcontratación, de acuerdo con
la legislación laboral. También deberá informar a las empresas subcontratistas de las condiciones de ejecución
previstas en el apartado O del Cuadro-Resumen estando obligadas también a su cumplimiento.
En el caso de que la subcontratación afecte al tratamiento de datos de carácter personal de cuyo tratamiento
sea responsable la entidad contratante, el adjudicatario tendrá además las obligaciones señaladas en el Anexo
VII del Cuadro-Resumen del presente pliego (Acuerdo de Encargado del Tratamiento).
Obligación de indemnidad de las condiciones laborales
En aquellos contratos de servicios en los que la ejecución de la prestación se efectúe por trabajadores
empleados y puestos a disposición en exclusiva para ello, el compromiso de indemnidad de las condiciones
laborales de los citados trabajadores adquirido por las empresas licitadoras con la presentación de sus ofertas
en los términos del artículo 37 de la Ley aragonesa 11/2023, alcanzará también a las empresas subcontratistas,
siendo responsabilidad de la contratista principal asegurar su cumplimiento.
Pago a subcontratistas y suministradores
Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación básica estatal respecto de los pagos efectuados a subcontratistas
y suministradores y de acuerdo con el artículo 48 de la Ley aragonesa 11/2023, el contratista deberá acreditar
el cumplimiento de los pagos a las empresas subcontratistas o suministradoras del precio pactado en los plazos
y condiciones señalados en el artículo 216 LCSP.
Siempre que el contrato supere el umbral económico establecido por el apartado 4 del citado artículo 216,
cuando el subcontratista o suministrador ejercite frente al contratista principal, en sede judicial o arbitral,
acciones dirigidas al abono de las facturas una vez excedido el plazo fijado según lo previsto en el apartado 2,
el órgano de contratación, sin perjuicio de que siga desplegando todos sus efectos, procederá a la retención
provisional de la garantía definitiva la cual no podrá ser devuelta hasta el momento en que el contratista acredite la íntegra satisfacción de los derechos declarados en la resolución judicial o arbitral firme que ponga término al litigio, y siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el artículo 111 de la presente ley. A estos
efectos, el órgano de contratación actuará, bien a solicitud del subcontratista o suministrador que acredite el ejercicio de cualquier tipo de acción dirigida al abono de las facturas impagadas por el contratista, o bien de oficio en el momento en que, por cualquier otro medio, tuviera conocimiento de que se ha ejercido dicha acción.
El contratista deberá aportar en cada factura el certificado de los pagos a los subcontratistas del contrato.
El incumplimiento por parte del contratista de las obligaciones de remisión de información y documentación señaladas en los apartados 1 y 2 del citado artículo 217 y establecidas en el apartado O del Cuadro-Resumen, dará lugar a la imposición de penalidades en los términos establecidos en el apartado P del Cuadro-Resumen. C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 66 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
Certificados de buena ejecución
Las empresas subcontratistas y proveedoras podrán solicitar de la contratista principal un certificado que refleje
el alcance técnico y económico de su participación en un contrato de obras, servicios y suministros, y manifieste
la conformidad o disconformidad de la ejecución de la parte subcontratada. La contratista principal vendrá
obligada a su expedición en el plazo máximo de diez días hábiles. El certificado deberá presentarse para su
validación por el órgano de contratación.
13.2.3. Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones
El contratista estará obligado, salvo que el órgano de contratación decida gestionarlo por sí mismo y así se lo
haga saber de forma expresa, a gestionar los permisos, licencias y autorizaciones establecidas en las
ordenanzas municipales y en las normas de cualquier otro organismo público o privado que sean necesarias
para el inicio, ejecución y entrega del suministro, solicitando de la Administración los documentos que para ello
sean necesarios.
13.2.4. Evaluación de riesgos laborales
Cuando la naturaleza del objeto del contrato requiera la intervención de trabajadores pertenecientes al
contratista, éste deberá realizar la correspondiente evaluación de riesgos laborales y, además, estará obligado
a poner a disposición del contrato los recursos preventivos adecuados. En función de las prestaciones
contratadas deberá adecuarse la coordinación de actividades empresariales que corresponda conforme a la
legislación de Prevención de Riesgos Laborales.
13.2.5. Plan de Seguridad y Salud
Cuando la naturaleza del objeto del contrato requiera la intervención de trabajadores sujetos a un especial
riesgo para la seguridad y la salud en su realización, ya sea físico, psicofísico, químico o biológico, el
adjudicatario deberá presentar un Plan de Seguridad y Salud. En dicho Plan se recogerán entre otros, los
siguientes aspectos:
- Control de accidentes o enfermedades profesionales
- Determinación de la persona encargada de la vigilancia y seguimiento del Plan de Seguridad y Salud.
La iniciación de los trabajos quedará subordinada a la aprobación del Plan de Seguridad y Salud por el órgano
de contratación, previo informe favorable del mismo emitido por un técnico competente.
13.2.6. Obligaciones de transparencia
El contratista deberá suministrar al Órgano de Contratación, previo requerimiento y en un plazo de quince días, toda la información respecto al contrato que le sea necesaria para el cumplimiento por la Universidad de
Zaragoza de las obligaciones de transparencia establecidas en la Ley aragonesa 8/2015, de 25 de marzo. El incumplimiento de este requerimiento dará lugar a la imposición de penalidades conforme a lo establecido en el apartado P del Cuadro-Resumen.
C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 67 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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13.2.7. Derechos de propiedad intelectual o industrial
La denominación de la Universidad de Zaragoza y su logotipo constituyen un signo distintivo registrado
ante la Oficina española de Patentes y Marcas, del que es titular la Universidad. La participación en la
presente licitación o la eventual adjudicación del mismo no otorgan a los licitadores ningún derecho de
utilización sobre ellos.
Por su parte el contratista deberá ser titular o tener autorización de quien ostente los derechos de explotación
intelectual o industrial necesarios para la ejecución de la prestación pactada, exonerando a la Universidad de
cualquier tipo de responsabilidad frente a terceros por reclamaciones de cualquier índole procedentes de los
titulares de tales derechos.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 308.1 LCSP, si el contrato tiene por objeto el desarrollo y puestas a
disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial llevará aparejada la
cesión de este a la Universidad contratante, salvo que se haya dispuesto otra cosa en el documento contractual.
En todo caso, y aun cuando se excluya la cesión de los derechos de propiedad intelectual, el órgano de
contratación podrá siempre autorizar el uso del correspondiente producto a los entes, organismos y entidades
pertenecientes al sector público.
13.3. Revisión de precios
Si procediera la revisión se indicará así en el apartado C 6 del Cuadro-Resumen, que recogerá la fórmula
aplicable.
13.4. Sucesión en la persona del contratista
En los casos de fusión, escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de actividad de las mismas
continuará el contrato vigente con la entidad resultante, que quedará subrogada en los derechos y obligaciones
dimanantes del mismo, si se producen las condiciones exigidas en el artículo 98 LCSP.
Es obligación del contratista comunicar fehacientemente a la Universidad de Zaragoza cualquier cambio que afecte
a su personalidad jurídica, suspendiéndose el cómputo de los plazos legalmente previsto para el abono de las
facturas correspondientes hasta que se verifique el cumplimiento de las condiciones de la subrogación.
Si no pudiese producirse la subrogación por no reunir la entidad a la que se atribuya el contrato las condiciones
de solvencia necesarias, se resolverá el mismo, considerándose a todos los efectos como un supuesto de
resolución por culpa del contratista.
Cuando el contratista inicial sea una unión temporal de empresas, se estará a lo establecido en el artículo 69
LCSP.
13.5. Cesión del contrato
Al margen de los supuestos de sucesión del contratista previstos en el artículo 98 LCSP, los derechos y
obligaciones derivados del contrato podrán ser objeto de cesión por el contratista a un tercero siempre que las
cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato y
de la cesión no resulte una restricción efectiva de la competencia en el mercado. Tampoco podrá autorizarse la
cesión cuando ésta suponga una alteración sustancial de las características del contratista si estas constituyen un
elemento esencial del contrato. La cesión estará permitida si así se establece en el apartado Ñ del Cuadro-Resumen y se cumplen los requisitos
mínimos exigidos por el artículo 214.2 LCSP, o si se dan los supuestos y en los términos establecidos en el artículo 68.2 de la Ley aragonesa 11/2023, debiendo el Órgano de Contratación autorizarla de forma previa y expresa. Una vez autorizada y realizada en debida forma, el cesionario quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones que corresponderían al cedente.
C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 68 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
14. PENALIDADES. CLASIFICACIÓN E IMPOSICIÓN DE PENALIDADES. CUANTÍA.
De conformidad con lo establecido en el apartado 3 del artículo 122 LCSP, los pliegos de cláusulas administrativas
particulares podrán establecer penalidades, conforme a lo prevenido en el apartado 1 del artículo 192, para los casos
de incumplimiento o de cumplimiento defectuoso de la prestación que afecten a características de la misma, en especial
cuando se hayan tenido en cuenta para definir los criterios de adjudicación, o atribuir a la puntual observancia de estas
características el carácter de obligación contractual esencial a los efectos señalados en la letra f) del apartado 1 del
artículo 211. Asimismo, para los casos de incumplimiento de lo prevenido en los artículos 130 y 201.
14.1. Penalidades por demora en la ejecución del contrato
El contratista queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y, en su caso, del plazo fijado en
el contrato para las entregas sucesivas de los bienes.
Sobrepasar el plazo incumplimiento o el de plazos parciales por causas imputables al contratista, será causa de
imposición de penalidades establecido conforme a lo establecido en el apartado P del Cuadro-Resumen, según
lo dispuesto en los artículos 193 y 195 LCSP. La reiteración de penalidades o el alcance del porcentaje fijado
como límite facultarán al órgano de contratación para resolver el contrato conforme a lo dispuesto en el artículo
211.d) LCSP.
El responsable del contrato emitirá un informe previo donde se determine si el retraso fue producido por motivos
imputables al contratista. A estos efectos se estará a lo establecido en las cláusulas 14.5 y 14.6 de este pliego.
En todo caso, la constitución en mora del contratista no requerirá intimación previa por parte del órgano contratante.
Tratándose de bienes de fácil deterioro u otros cuya recepción no tenga valor fuera de la fecha estipulada para la
entrega ( prestaciones irrecuperables ), cuando el contratista no lo suministre en plazo y en el lugar pactado y su
incumplimiento obligue al órgano contratante a adquirir estos mismos bienes por otro procedimiento, al objeto de
mantener atendidos los servicios públicos a cuya satisfacción tiende el presente contrato, se impondrá, además,
una penalidad al adjudicatario equivalente al mayor costo que la mora haya ocasionado a aquél.
14.2. Penalidades por incumplimiento de obligaciones en materia medioambiental, social o laboral
Conforme a lo señalado en el apartado O del Cuadro-Resumen, el incumplimiento por parte del contratista de
las obligaciones legales o convencionales que le incumben en materia medioambiental, social y laboral y, en
particular, los incumplimientos o los reiterados retrasos en el pago de los salarios o la aplicación de las condiciones
salariales inferiores a las derivadas de los convenios colectivos, darán lugar a la imposición de penalidades en los
términos establecidos en el artículo 192 LCSP.
La reiteración de penalidades o el alcance del porcentaje fijado como límite facultarán al órgano de contratación para resolver el contrato por incumplimiento de obligación contractual esencial.
14.3. Penalidades por incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato Las condiciones especiales de ejecución del contrato irán referidas a consideraciones económicas, relacionadas con la innovación, de tipo medioambiental o de tipo social. Deberán estar vinculadas al objeto del contrato en el
sentido especificado en el artículo 145 LCSP, no ser directa ni indirectamente discriminatorias y compatibles con el derecho comunitario.
El Órgano de Contratación exigirá al menos una de las enumeradas en el apartado O del Cuadro-Resumen y su incumplimiento tendrá como consecuencia la imposición de penalidades conforme a lo señalado en las cláusulas 14.5 y 14.6 de este Pliego, en el de Prescripciones Técnicas y, en su caso, en el citado apartado O. C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 69 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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La reiteración de penalidades o el alcance del porcentaje fijado como límite facultará al órgano de contratación
para resolver el contrato por incumplimiento de obligación contractual esencial conforme a lo establecido en el
apartado O del Cuadro-Resumen.
Todas las condiciones especiales de ejecución que formen parte del contrato serán exigidas igualmente a todos
los subcontratistas que participen en la ejecución del mismo.
14.4. Otras penalidades
El incumplimiento o cumplimiento defectuoso de las prestaciones, de las condiciones especiales de ejecución del
contrato, de alguno de los criterios que sirvieron de base para la valoración de las ofertas o de alguna de las
obligaciones calificadas como esenciales dará lugar a la resolución del contrato o a la imposición de penalidades
conforme a lo establecido en el apartado P del Cuadro-Resumen.
Si en consideración a las especiales características del contrato se estima necesario para su correcta ejecución el
establecimiento de penalidades distintas, éstas se especificarán en el apartado P del Cuadro-Resumen.
La reiteración de penalidades o el alcance del porcentaje fijado como límite facultará al órgano de contratación
para resolver el contrato por incumplimiento de obligación contractual esencial conforme a lo establecido en el
apartado Q del Cuadro-Resumen.
Sin perjuicio de lo previsto en los apartados 1 y 2 del artículo 217 LCSP, procederá en todo caso la imposición de
penalidades al contratista cuando, mediante resolución judicial o arbitral firme aportada por el subcontratista o por
el suministrador al órgano de contratación quedara acreditado el impago por el contratista a un subcontratista o
suministrador vinculado a la ejecución del contrato en los plazos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, y
que dicha demora en el pago no venga motivada por el incumplimiento de alguna de las obligaciones contractuales
asumidas por el subcontratista o por el suministrador en la ejecución de la prestación. La penalidad, prevista en el
apartado P del Cuadro-Resumen, podrá alcanzar hasta el cinco por ciento del precio del contrato, y podrá
reiterarse cada mes mientras persista el impago hasta alcanzar el límite conjunto del 50 por ciento de dicho precio.
La garantía definitiva responderá de las penalidades que se impongan por este motivo.
14.5. Clasificación de las penalidades
Toda actuación penalizable cometida por el contratista se clasificará y considerará atendiendo a su trascendencia,
proporcionalidad e intencionalidad, sin perjuicio de las circunstancias y comportamientos que puedan producirse a
lo largo de la ejecución del contrato que puedan dar lugar a la imposición de penalidades, en falta leve, grave o
muy grave.
En todo caso, se considerará falta leve:
- El retraso o suspensión en la prestación del contrato inferior a tres días.
- El incumplimiento puntual de alguna de las obligaciones establecidas en las cláusulas 11 y 13.2 de este
pliego.
- El incumplimiento puntual de cualquier obligación de las establecidas en este pliego o en el de Prescripciones
Técnicas.
- No proporcionar a la Universidad, en tiempo y forma, la información que le sea requerida en cumplimiento de
las obligaciones establecidas por la legislación sobre transparencia.
En todo caso, se considerará falta grave: - El incumplimiento de las prescripciones establecidas en el contrato y en este pliego que supere la mera
inobservancia puntual. - El incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en las cláusulas 11 y 13.2 de este pliego que comporten la no prestación de alguna de las operaciones contratadas o excedan de la consideración de un
incumplimiento puntual. - La comisión de tres faltas leves en el transcurso de un año. - El retraso o suspensión en la prestación del contrato igual o superior a tres días e inferior a quince. C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 70 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
En todo caso, se considerará falta muy grave:
- El incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en las cláusulas 11 y 13.2 de este pliego que
comporten un incumplimiento parcial de las prestaciones definidas en el contrato.
- El incumplimiento de las obligaciones establecidas respecto a Confidencialidad y Protección datos
- La comisión de tres faltas graves en el transcurso del contrato.
- El retraso o suspensión en la prestación del contrato igual o superior a quince días.
14.6. Imposición de penalidades.
Las penalidades previstas en los números anteriores se impondrán directamente por acuerdo del Órgano de
Contratación, a propuesta del responsable del contrato, con la necesaria motivación y documentación del
incumplimiento, siendo inmediatamente ejecutivas, previa audiencia al contratista hasta un plazo máximo de 5
días, de acuerdo con lo establecido en el artículo 65 de la Ley aragonesa 11/2023.
Si las penalidades a imponer tuvieren carácter económico, se compensarán sobre el importe de las facturas
pendientes de cobro o, si esto no fuera posible, sobre la garantía definitiva depositada.
El Órgano de Contratación, en su motivación, deberá guiarse por los principios de equidad y proporcionalidad para
lo cual deberá valorar y tener en cuenta criterios tales como la concurrencia o no de negligencia, la reincidencia o
reiteración de comportamientos penalizables, la importancia de la prestación no satisfecha o la gravedad del
incumplimiento, entre otros.
No se tomarán en consideración, como causa de fuerza mayor o causa justificada para el incumplimiento de
obligaciones las siguientes:
a) Condiciones climatológicas adversas no excepcionales.
b) Paros laborales de la adjudicataria o de terceros que le sean prestadores de servicios o de suministros.
c) Vacaciones o bajas laborales de su personal o de terceros.
A estas penalidades se podrán adicionar las recogidas en el apartado P del Cuadro-Resumen.
El acuerdo del Órgano de Contratación será inmediatamente ejecutivo y las penalidades se harán efectivas
mediante la deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista
o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de los mencionados
pagos. Cuando se hagan efectivas sobre la garantía, el contratista vendrá obligado a completar la misma, dentro
de los quince días hábiles siguientes a la notificación de la penalización.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del cinco por ciento (5%) del precio contratado, el
órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
El órgano de contratación tendrá la misma facultad a que se refiere el apartado anterior respecto al incumplimiento de los plazos parciales señalados, en su caso.
C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 71 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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14.7. Cuantía de las penalidades.
Cada falta leve podrá ser sancionada con un importe de entre el 1% y el 3% del precio de adjudicación del contrato.
Cada falta grave podrá ser sancionada con un importe de entre el 3,01% y el 5% del precio de adjudicación del
contrato.
Cada falta muy grave podrá ser sancionada con un importe de entre el 5,01% y el 10% del precio de adjudicación
del contrato.
Cada vez que las penalidades alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato, IVA excluido, el Órgano de
Contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución
con imposición de nuevas penalidades.
Las cuantías de cada una de las penalidades no podrán ser superiores al 10% del precio del contrato, IVA excluido,
ni el total de las mismas superar el 50% del precio del contrato.
15. INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUCIOS
La pérdida de la garantía o la imposición de penalidades no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que
pueda tener derecho la Universidad de Zaragoza.
Será también obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como
consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Aragonesa 11/2023, las penalidades serán compatibles con
la indemnización por los daños y perjuicios que el contratista cause a la Universidad de Zaragoza por el cumplimiento
defectuoso del contrato. Para el cálculo de dicha indemnización se estará a lo dispuesto en el citado artículo.
16. CUMPLIMENTO DEL CONTRATO: RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN
16.1. Cumplimiento del contrato
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya proporcionado, de acuerdo con los términos
del mismo y a satisfacción de la Universidad, la totalidad de los suministros.
En todo caso su constatación exigirá por parte de la Universidad un acto formal y positivo de recepción o
conformidad dentro del plazo al efecto establecido en la cláusula 11.1 de este Pliego.
Cuando sea preceptivo se comunicará al Órgano de Control Interno de la Universidad para su eventual asistencia
al acto en ejercicio de sus funciones de comprobación de la inversión.
La no recepción de los suministros por causa de defectos observados o el incumplimiento de subsanación de
deficiencias por parte del contratista dará lugar a la imposición de penalidades o a la resolución del contrato
conforme a lo establecido en las cláusulas 14 y 17, respectivamente, de este Pliego y del apartado P del Cuadro-
Resumen.
16.2. Plazo de garantía
El plazo de garantía será el establecido en el apartado D 6 del Cuadro-Resumen o, en su caso, el ofertado por
el adjudicatario. En el caso de lotes, el plazo de garantía se computará para cada lote de forma individualizada. Si durante dicho plazo se acreditase la existencia de vicios o defectos ocultos en los bienes suministrados, la
Administración tendrá derecho a reclamar del contratista la subsanación de los mismos de conformidad con lo señalado en el artículo 305 LCSP, en el artículo 63 de la Ley aragonesa y en la cláusula 9.7 de este Pliego. Transcurrido el plazo de garantía sin objeciones por parte de la Administración, el contratista quedará exento de
responsabilidad por los bienes suministrados y se procederá a la devolución o a la cancelación de la garantía definitiva, siempre y cuando el contrato se haya cumplido satisfactoriamente y no resultaran responsabilidades que debieran ejecutarse sobre la garantía de conformidad con lo establecido en el artículo 111 LCSP y según lo dispuesto en los artículos 216 y 217 de la citada ley sobre pagos a los subcontratistas o suministradores. C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 72 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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CONTRATO DE SUMINISTRO
PROCEDIMIENTOS:
ABIERTO/ABIERTO SIMPLIFICADO/ABIERTO SIMPLIFICADO ABREVIADO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Expediente nº 00180-2026
17. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Son causas de resolución del contrato las establecidas con carácter general en el artículo 211 LCSP y las establecidas
con carácter particular para el contrato de suministro en el artículo 306 LCSP, así como las previstas en el apartado
S del Cuadro-Resumen y en la cláusula 14 de este Pliego.
También serán causas de resolución el abandono del contrato y la cesión de éste sin autorización previa del Órgano
de Contratación.
En el supuesto de UTE, cuando alguna de las integrantes se encuentre comprendida en el supuesto del artículo
211.1.a) y b) LCSP, la Administración estará facultada para exigir el cumplimiento de las obligaciones contractuales al
resto de las empresas que constituyan la unión temporal o acordar la resolución del contrato.
Asimismo, serán causas de resolución del contrato las establecidas como obligaciones esenciales por el órgano de
contratación en el apartado Q del Cuadro-Resumen, debiendo figurar de manera precisa, clara e inequívoca.
El incumplimiento de los compromisos de adscripción de medios personales o materiales a la ejecución del contrato
recogidos en apartado F 5 del Cuadro-Resumen podrá ser causa de resolución del contrato cuando así se determine
expresamente en dicho Apartado o dará lugar, en su caso, a la imposición de las penalidades que se señalen en el
apartado P del cuadro-resumen.
En los casos en que concurran diversas causas de resolución del contrato con diferentes efectos en cuanto las
consecuencias económicas de la extinción, deberá atenderse a la que haya aparecido con prioridad en el tiempo.
La resolución del contrato se acordará por el Órgano de Contratación, de oficio o a instancia del contratista, en su
caso, siguiendo el procedimiento que en las normas de desarrollo de la LCSP se establezca, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 212 de la misma, y, en su defecto, con arreglo al procedimiento detallado en el artículo 109 y
siguientes del RGLCAP y en el artículo 67 de la Ley aragonesa 11/2023, en el plazo de ocho meses contados desde
la fecha de incoación del procedimiento de resolución, o, según el mencionado artículo 67 de la Ley 11/2023, de doce
meses cuando el valor estimado del contrato sea igual o superior a diez millones de euros.
En la aplicación de las causas de resolución y sus efectos se estará a lo establecido, con carácter general, en los
artículos 212 y 213 LCSP y en el artículo 68 de la Ley aragonesa 11/2023 y, con carácter particular, para los contratos
de suministro, en el artículo 307 de la misma.
18. PRERROGATIVAS Y JURISDICCIÓN
18.1. Prerrogativas del Órgano de Contratación.
El desconocimiento de las cláusulas del contrato en cualquiera de sus términos, de los otros documentos
contractuales que forman parte del mismo y de las instrucciones o de la normativa que resulten de aplicación en la ejecución de la cosa pactada, no exime al adjudicatario de la obligación de cumplirlas.
El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar este contrato y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente podrá modificarlo por razones de interés público, resolverlo y determinar los efectos de esta resolución. El ejercicio de estas prerrogativas se realizará de acuerdo con lo previsto en los artículos 190 y 191 de la LCSP. Previo informe del Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza, los acuerdos que dicte el Órgano de
Contratación en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución, pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 73 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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18.2. Régimen de recursos y jurisdicción.
Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación los actos y decisiones relacionados en el
artículo 44 LCSP siempre que el valor estimado del contrato de suministro sea superior al establecido en dicho
artículo.
El escrito de interposición del recurso especial podrá presentarse en los lugares establecidos en el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o
también ante el órgano de Contratación o ante el Tribunal Administrativo de recursos contractuales de Aragón, en
el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente a las fechas de cómputo establecidas en el artículo 50
LCSP.
Alternativamente, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de
Aragón en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente al de su publicación en el Perfil de Contratante de la
Universidad de Zaragoza.
Contra las actuaciones mencionadas en el mencionado artículo 44 LCSP como susceptibles de ser impugnadas
mediante recurso especial no procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios.
En el resto de los contratos, dichos actos serán susceptibles de recurso potestativo de reposición frente al
Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de
su notificación o publicación y su tramitación se ajustará a lo dispuesto en los artículos 112 y siguientes de la Ley
39/2015 o, recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos
meses. En ambos casos el plazo se contará desde el día siguiente a la notificación o publicación del acto en el
perfil de contratante.
De presentar recurso de reposición no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta tanto no se
haya resuelto expresamente el recurso de reposición o se haya producido su desestimación presunta conforme a
lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
En los procedimientos iniciados a solicitud de un interesado para los que no se establezca específicamente
otra cosa y que tengan por objeto o se refieran a la reclamación de cantidades, el ejercicio de prerrogativas
administrativas o a cualquier otra cuestión relativa a la ejecución, consumación o extinción del contrato, una vez
transcurrido el plazo previsto para su resolución sin haberse notificado ésta, el interesado podrá considerar
desestimada su solicitud por silencio administrativo, sin perjuicio de la subsistencia de la obligación de resolver.
C/ P edro Cerbuna, 12 – Ciudad Universitaria – 50009 Zaragoza 74 Tel. 976 76 10 00 / Fax 976 76 10 31 Documento firmado electrónicamente conforme a la Ley 39/2015 por Informado favorablemente por Aprobado por El Servicio Jurídico de la Universidad de Zaragoza El Órgano de Contratación de la Universidad de Zaragoza
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