Acuerdo de iniciación del expediente

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MARIA DEL CARMEN PAEZ SORIA - 2026-03-13 11:04:11 CET <!-- image --> ## ORDEN DE INICIO DEL EXPEDIENTE | Número de expediente | 2026C1000094 Licitación MSA260012 | |---------------------------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | Aplicación Presupuestaria | 24.01.331M.220-01 | | Objeto del Contrato | SUMINISTRO DE PRENSA PARA EL GABINETE DE COMUNICACIÓN DEL MINISTERIO DE CULTURA | | Procedimiento de adjudicación | Abierto supersimplificado | | Presupuesto de licitación (4 %IVA incluido) | CATORCE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO EUROS CON OCHENTA CÉNTIMOS (14.788,80 €) ANUALIDAD IMPORTE 2026 9.394,00 € 2027 5.394,00 € | El Gabinete del Ministro presenta documentación para la contratación del suministro arriba citado a realizar mediante procedimiento abierto supersimplificado a que se refiere el artículo 159.6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE, de 26 de febrero de 2014, (en adelante LCSP). De conformidad con lo establecido en el artículo 131.2 se ha seleccionado como procedimiento de adjudicación el procedimiento abierto simplificado del artículo 159.6, al ser su valor estimado inferior a 60.000,00 euros y tratarse de un procedimiento que aúna los principios de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad, transparencia y no discriminación, con la simplificación de los trámites a realizar y la agilidad en su adjudicación. En la memoria elaborada por el referido Gabinete quedan acreditadas las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato proyectado, así como la idoneidad de su objeto y se justifica la tramitación de una única licitación y su no división en lotes. Así mismo, en la memoria económica que se acompaña se detallan todos los conceptos que integran el valor estimado de la licitación. Por otra parte, y de conformidad con lo establecido en el artículo 159.6 letra b) se exime a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional. En cuanto a los criterios de adjudicación que rigen en la licitación, y de acuerdo con el artículo 146.1 de la LCSP se utiliza como único criterio el precio. A la vista de las actuaciones anteriores y en su virtud, ESTE MINISTERIO, conforme a lo establecido en el artículo 116 de la LCSP, tiene a bien autorizar el inicio del expediente reseñado, así como aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas y el Pliego de Prescripciones Técnicas que regirán en el contrato. Madrid, a la fecha de la firma electrónica EL MINISTRO DE CULTURA, P.D. Ap. Undécimo 1. d) Orden CLT/1527/2025, de 23 de diciembre LA SUBSECRETARIA DE CULTURA Fdo. María del Carmen Páez Soria