Acuerdo de iniciación del expediente
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## EXPTE Nº: CS/9900/1101209711/26/PA
## RESOLUCIÓN DE INICIO
Vista la propuesta realizada por la Subdirección General Tecnologías de la Información del Servicio Murciano de Salud sobre la necesidad de iniciar expediente para la contratación del SUMINISTRO DE INFRAESTRUCTURAS DE SISTEMAS PARA PROYECTOS DE ATENCIÓN PRIMARIA DEL SERVICIO MURCIANO DE SALUD EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA (NEXTGENERATION-EU), por importe de 2.260.564,27€, IVA incluido.
Vista la MEMORIA JUSTIFICATIVA emitida por el Servicio de Obras y Contratación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 y concordantes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), y en el que quedan justificados todos aquellos aspectos y contenidos exigidos en la norma citada anteriormente.
Visto que han quedado incorporados al expediente de contratación la siguiente documentación:
1. Certificado sobre la contabilización de los correspondientes gastos de ejecución del contrato, emitido por la Subdirección General de Asuntos Económicos de Órganos Centrales del Servicio Murciano de Salud.
2. Memoria justificativa sobre la necesidad de tramitación del expediente y demás aspectos contemplados en la normativa vigente.
3. Memoria económica.
4. Pliego de Prescripciones Técnicas.
Visto el art.50 y ss. del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; el art. 119 de la LCSP, así como el informe propuesta de fecha 10 de febrero de 2026 emitido por la Subdirección General de Tecnologías de la Información por el cual se propone la tramitación por urgencia del presente expediente en atención al cumplimiento del objetivo CID 169 establecido por el Plan de Transformación Digital de la Atención Primaria (Línea Estratégica 6, Sanidad), al quedar un remanente económico del presupuesto asignado a la Región de Murcia tras la adjudicación de los distintos expedientes de contratación incluidos en dicho objetivo, lo que ha llevado a la creación de un nuevo expediente no previsto inicialmente (diseño y definición de los elementos que integran el contrato, elaboración de documentos necesarios para iniciar la tramitación del procedimiento de contratación, obtención de las precepetivas autorizaciones de gasto previas). Las circunstancias descritas hacen necesaria la tramitación de urgencia con el fin de cumplir con el plazo de finalización de los proyectos asocidos al objetivo CID 169 establecido por el Plan de Transformación Digital de la Atención Primaria (Línea Estratégica 6, Sanidad), fijado el 30 de junio de 2026
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Visto el art.64 de la LCSP, así como la Norma del Conducta nº 18 del CÓDIGO DE CONDUCTA EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA DE LA REGIÓN DE MURCIA, aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 5 de noviembre de 2020, se declara expresamente que no concurre conflicto de interés que pueda comprometer la imparcialidad e independencia de este órgano de contratación durante el procedimiento, identificándose, en su caso y de forma inmediata, cualquier potencial conflicto de intereses que pudiera producirse con posterioridad, ya sea durante el desarrollo del procedimiento de adjudicación o en la fase de ejecución.
En uso de las atribuciones que me están conferidas en materia de contratación, según lo dispuesto en el artículo 8.1.w), del Decreto 148/2002, de 27 de diciembre, por el que se regula la estructura y funciones de los Órganos de Administración y Gestión del Servicio Murciano de Salud,
## R E S U E L V O
Primero.Autorizar la iniciación de expediente para contratación del SUMINISTRO DE INFRAESTRUCTURAS DE SISTEMAS PARA PROYECTOS DE ATENCIÓN PRIMARIA DEL SERVICIO MURCIANO DE SALUD EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA (NEXTGENERATION-EU).
Segundo.Encargar al Servicio de Obras y Contratación la elaboración del correspondiente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que ha de regular el presente expediente.
Tercero: Publicar en el Perfil del contratante la presente Resolución así como cuantos documentos y datos se mencionan en el artículo 63 de la citada Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de la Ley de Contratos del Sector Público.
Cuarto: Declarar de urgencia la tramitación del presente expediente con los efectos previstos en la normativa de aplicación.
## LA DIRECTORA GERENTE DEL SERVICIO MURCIANO DE SALUD
Isabel Ayala Vigueras
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