Memoria justificativa

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INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Dirección Provincial de Burgos Secretaría Provincial MEMORIA JUSTIFICATIVA DE LA NECESIDAD DE CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE GAS NATURAL CANALIZADO PARA LA CALEFACCIÓN DE LOS CENTROS DE TRABAJO DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE BURGOS, NO SUJETOS A GASTOS COMPARTIDOS, PARA EL PERIODO DE 1 DE ENERO DE 2027 A 31 DE DICIEMBRE DE 2027. EXPEDIENTE: 09/UC-31/26. La Secretaría Provincial de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social en Burgos ha venido contratando el suministro de gas natural canalizado para la calefacción de sus centros administrativos con sujeción a las normas de contratación del sector público, actualmente reguladas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (BOE 09/11/2017), en adelante LCSP. El artículo 1 de la LCSP, a fin de asegurar una eficiente utilización de los fondos destinados a la contratación de suministro exige, entre otros requisitos, la definición previa de las necesidades a satisfacer. La necesidad administrativa a satisfacer por el presente contrato es tener cubierto el suministro de gas natural en los edificios del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Burgos: Centro de gestión interna (C/Trinidad, 4 y 6), Centro del Equipo de Valoración Médica de Incapacidades (Avda. del Vena, 11) y CAISS Gamonal (Avda. de los Derechos Humanos, 12), con el fin de mantener el confort térmico en el ámbito laboral y la disposición de agua caliente en los baños de los citados edificios. Para el logro de este confort térmico, las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Burgos están dotadas de instalaciones de calefacción que se alimentan mediante un sistema de gas natural canalizado cuyo suministro debe ser objeto de contratación en el mercado libre. Esto supone que cada consumidor tiene capacidad para elegir y contratar la oferta que mejor se adapte a sus necesidades entre las que le faciliten las empresas comercializadoras que operan en el mercado, tal y como se indica en el artículo 58 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos: Los consumidores finales son los que adquieren gas para su propio consumo y tendrán derecho a elegir suministrador. Durante el ejercicio 2026 el suministro de gas canalizado para los centros administrativos del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Burgos está contratado con la comercializadora “EDP CLIENTES, S.A.U.”. El Instituto Nacional de la Seguridad Social de Burgos precisa contratar conjuntamente la adquisición del gas natural y el acceso a redes con una compañía comercializadora inscrita en el Registro Administrativo de distribuidores, comercializadores y consumidores Directos en Mercado de combustibles gaseosos por canalización, dependiente del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (artículo 83 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector Hidrocarburos). C/ Vitoria, 16 se C c O re R t R a E r O ia . E in L s E s C -b T u R r Ó g N os IC @ O s eg-social.es C 90 it 1 a 1 p 0 r 6 e v 5 ia 7 : 0 w ht w tp w s: . / s / e se g- d s e o .s c e ia g l - .e so s cial.g ob.es 0 T 9 E 0 L 0 . : 4 9 9 0 B 4 1 7 u r 1 4 g 6 7 o 6 6 s 5 6 6 0 5 0 FAX: 947 476612 Código DIR3: EA0042150

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