Composición de la mesa de contratación
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## RESOLUCIÓN
Asunto: Modificación de la designación de los miembros del órgano de asistencia en los contratos específicos del SDA para el suministro de calzado y equipos de protección individual para el personal del Cabildo Insular de Tenerife (21 Categorías), mediante procedimiento restringido, sujeto a regulación armonizada.
Vistos los expedientes para la contratación específica de los suministros de las distintas categorías y de conformidad con los siguientes,
## ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. El Consejo de Gobierno Insular, en sesión ordinaria de 28 de agosto de 2024 y en virtud de acuerdo nº AC 0000022604, aprobó el expediente para el establecimiento de un Sistema Dinámico de Adquisición para el suministro de calzado y equipos de protección individual para el personal del Cabildo Insular de Tenerife (21 Categorías), mediante procedimiento restringido (sujeto a regulación armonizada), así como del Pliego de cláusulas administrativas particulares (en adelante PCAP) que rige la referida contratación y dispuso la apertura del procedimiento de adjudicación.
SEGUNDO. De conformidad con lo expuesto, con fecha 30 de abril de 2025, mediante Resolución nº R0000100658, del Consejero Insular de Presidencia, Administración y Servicio Público, Planificación Territorial y Patrimonio Histórico se procedió a la designación de la composición de los miembros del órgano de asistencia que habrá de asistir al citado Consejero Insular como órgano de contratación, respecto de la contratación específica de las 21 Categorías, según el siguiente detalle:
## (…)
- -Jefe del Servicio Técnico de Prevención de Riesgos Laborales: Jorge Ribes Febles.
- Primer suplente: Enrique Arriaga Álvarez.
- Segundo suplente: Javier Reyes González.
- -Responsable de Unidad del Servicio Técnico de Prevención de Riesgos Laborales: Enrique Arriaga Álvarez.
- Suplente: Javier Reyes González.
- -Técnico/a del Servicio Técnico de Prevención de Riesgos Laborales: Javier Reyes González.
SECRETARIO/A: Zoraida de León Luis, Responsable de Unidad de la Oficina de Contratación Administrativa.
- Primera suplente: Dª. Amparo Candelaria Baute Díaz, Técnico de Administración General de la Oficina de Contratación Administrativa.
- Segunda suplente: Dª Amanda Herrera Prieto, Jefa de Unidad de la Oficina de Contratación Administrativa.
- Tercer suplente: D. Máximo Hernández Arvelo, Técnico de Administración General de la Oficina de Contratación Administrativa.'
TERCERO. De conformidad con lo expuesto, con fecha 19 de mayo de 2025, mediante
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| Firmado Por | SELLO DE LA VICESECRETARÍA GENERAL | Firmado | 14/01/2026 15:20:13 |
| | José Miguel Ruano León - Consejero Insular del Área de Presidencia, Administración y Servicio Público, Planificación Territorial y Patrimonio Histórico Vp2º | Firmado | 14/01/2026 15:19:08 |
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| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Página | 1/5 |
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## Consejería Insular de Presidencia, Administración y Servicio Público, Planificación Territorial y Patrimonio Histórico
Resolución nº R0000101556, del Consejero Insular de Presidencia, Administración y Servicio Público, Planificación Territorial y Patrimonio Histórico se procedió a la modificación de la designación de la composición de los miembros del órgano de asistencia que habrá de asistir al Consejero Insular como órgano de contratación respecto de la contratación específica de las 21 Categorías, según el siguiente detalle:
## (…)
- -Jefe del Servicio Técnico de Prevención de Riesgos Laborales: Jorge Ribes Febles.
- Primer suplente: Enrique Arriaga Álvarez.
- Segundo suplente: Javier Reyes González.
- -Responsable de Unidad del Servicio Técnico de Prevención de Riesgos Laborales:
Enrique Arriaga Álvarez.
- Suplente: Javier Reyes González.
- -Técnico/a del Servicio Técnico de Prevención de Riesgos Laborales: Javier Reyes González.
SECRETARIO/A: Zoraida de León Luis, Responsable de Unidad de la Oficina de Contratación Administrativa.
- Primera suplente: Dª. Amparo Candelaria Baute Díaz, Técnico de Administración General de la Oficina de Contratación Administrativa.
- Segunda suplente: Dª Amanda Herrera Prieto, Jefa de Unidad de la Oficina de Contratación Administrativa.
- Tercer suplente: D. Máximo Hernández Arvelo, Técnico de Administración General de la Oficina de Contratación Administrativa
- Cuarto suplente: D. José Miguel Gámez González, Jefe de Sección de la Oficina de Contratación Administrativa'.
CUARTO. Ante la incorporación de nuevo personal a esta Oficina de Contratación Administrativa, y a la vista de la propuesta de modificación remitido por el Servicio Técnico de Prevención de Riesgos Laborales, de fecha 7 de enero de 2026, procede modificar el citado Órgano de Asistencia y de conformidad con los siguientes,
## FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO. A los efectos de tramitar la fase nº 2 para la adjudicación de los contratos específicos, la cláusula 15 del PCAP - reguladora de la composición y funciones de la Mesa de Contratación y del Órgano de Asistencia para la apertura y valoración de las ofertas - dispone en su apartado 14 lo siguiente: ''El órgano de asistencia para la apertura y valoración de las ofertas, será el encargado de la valoración de las ofertas y su composición. Su composición será la que se prevea en el Anexo IV.A. del presente pliego, debiendo publicarse la misma en el perfil del contratante del órgano de contratación''.
Asimismo, el apartado 15 de la misma cláusula 15 dispone que ''La relación nominal de los miembros que integren el referido órgano de asistencia (…) deberá publicarse en el perfil del contratante (…) con una antelación mínima de SIETE DÍAS NATURALES con respecto a la sesión en la que deba celebrarse para la apertura del Archivo Electrónico nº 1 o nº 2 de la Fase II según corresponda''.
SEGUNDO. El Anexo IV.A del PCAP regulador del SDA en cuestión dispone expresamente que ''El órgano de asistencia en la valoración de las muestras y las ofertas económicas, así como de los criterios económicos estará conformado por:
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| Firmado Por | SELLO DE LA VICESECRETARÍA GENERAL | Firmado | 14/01/2026 15:20:13 |
| | José Miguel Ruano León - Consejero Insular del Área de Presidencia, Administración y Servicio Público, Planificación Territorial y Patrimonio Histórico Vp2º | Firmado | 14/01/2026 15:19:08 |
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| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Página | 2/5 |
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## Consejería Insular de Presidencia, Administración y Servicio Público,
## Planificación Territorial y Patrimonio Histórico
Oficina de Contratación Administrativa
- a) El Jefe del Servicio Técnico de Prevención de Riesgos Laborales, o persona que le sustituya.
- b) La persona Responsable de Unidad del Servicio Técnico de Prevención de Riesgos Laborales, o persona que le sustituya.
- c) Un Técnico/a del Servicio Técnico de Prevención de Riesgos Laborales.
Secretario/a: un Técnico de Administración General adscrito a la Oficina de Contratación del Cabildo Insular de Tenerife, sin voz ni voto''.
## TERCERO. - Competencia para la adopción del acto.
De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional 2ª (apartado 4º) de la LCSP , la competencia para la adopción del acto pretendido correspondería al Consejo de Gobierno Insular.
Con la entrada en vigor, el 1 de enero de 2025, del Reglamento Orgánico del Gobierno y la Administración del Cabildo Insular de Tenerife (en adelante ROGA), publicado en BOP nº 148 de 9 de diciembre, se establece un nuevo régimen jurídico de aplicación en materia de contratación en el seno del Cabildo Insular de Tenerife. Así en su artículo 14 se regulan las competencias para el Consejo de Gobierno Insular y en el artículo 33.1 (competencias propias) y en el artículo 33.2 (competencias desconcentradas) para las Consejerías Insulares con funciones ejecutivas.
Por Decreto de la Presidenta nº D000005635 de 27 de enero de 2025, se modificó la organización y estructura de la Administración Insular, aprobada inicialmente con fecha de 28 de julio de 2023, que definía las competencias asignadas al Área de Presidencia, Administración y Servicio Público, Planificación Territorial y Patrimonio Histórico.
Dicha modificación vino a otorgar al titular de la Consejería Insular de Presidencia, Administración y Servicio Público, Planificación territorial y Patrimonio Histórico, la siguiente competencia:
'- Racionalización de la contratación: contratación centralizada y especializada de la Consejería; coordinación, regulación, normalización, sistematización y simplificación en materia de contratación administrativa'.
Por su parte, los artículos 14.4 y 33.1 del vigente Reglamento Orgánico del Gobierno y la Administración del Cabildo Insular de Tenerife (ROGA), en relación con la Base 26ª de las que rigen la Ejecución el Presupuesto atribuyen la competencia en materia de contratación al Consejo de Gobierno Insular y a las Consejerías Insulares con funciones ejecutivas en función del valor estimado, estableciendo al respecto, por un lado, el artículo 14.4 que el Consejo de Gobierno Insular es competente 'para ejercer, como órgano de contratación, en todos los contratos de concesión de obras y concesión de servicios, en los de obras con valor estimados superior a 1.500.000 euros, y en el resto de contratos con valor estimado superior a 500.000 euros' . Por otro lado, señala el artículo 33.1 que los titulares de las consejerías insulares con funciones ejecutivas son competentes 'para ejercer, como órgano de contratación, todas las competencias y facultades inherentes a tal condición en los contratos de obras con valor estimado inferior e igual a 1.500.000 euros, y en el resto de contratos con valor estimado inferior o igual a 500.000 euros, sin perjuicio de las posible delegaciones que fueran efectuarse y de las competencia que correspondan a otros órganos en la consejería insular' .
Continúa recogiendo el ROGA en su artículo 33.2 aquellas competencias desconcentradas en materia de contratación que corresponden a los titulares de las
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| | José Miguel Ruano León - Consejero Insular del Área de Presidencia, Administración y Servicio Público, Planificación Territorial y Patrimonio Histórico Vp2º | Firmado | 14/01/2026 15:19:08 |
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## Consejería Insular de Presidencia, Administración y Servicio Público, Planificación Territorial y Patrimonio Histórico
consejerías insulares con funciones ejecutivas, en los contratos que por razón de la cuantía competen al Consejo de Gobierno Insular.
A la vista de lo expuesto, cabe concluir que, para determinar el órgano de contratación competente, habrá que estar al valor estimado del contrato. Es más, cuando se determine que el órgano de contratación competente sea el Consejo de Gobierno Insular, éste ostentará las competencias señaladas en el artículo 14.1 ; mientras que el Consejero Insular con funciones ejecutivas, en los expedientes que competan al citado órgano colegiado, ostentará por desconcentración las competencias previstas en el artículo 33.2 del ROGA.
Cuando el órgano de contratación competente sea el Consejero Insular con funciones ejecutivas, éste ostentará, como órgano de contratación, todas las competencias en virtud de lo establecido en el artículo 33.1 del ROGA , sin perjuicio de las delegaciones que pudieran existir.
CUARTO. Por ello, y considerando el valor estimado de las contrataciones específicas se prevén sean inferiores o iguales a 500.000 euros , es el Consejero Insular de Presidencia, Administración y Servicio Público, Planificación Territorial y Patrimonio Histórico el órgano unipersonal competente para la adopción del referido acto.
En virtud de lo expuesto, RESUELVO:
PRIMERO. - Modificar la designar la composición de los miembros del órgano de asistencia que habrá de asistir al Consejero Insular de Presidencia, Administración y Servicio Público, Planificación Territorial y Patrimonio Histórico como órgano de contratación respecto de la contratación específica de las 21 Categorías, según el siguiente detalle:
- -Jefe del Servicio Técnico de Prevención de Riesgos Laborales: Jorge Ribes Febles.
- o Suplente primero: Raquel Nivaria Plasencia Otero, Técnica de Prevención del Servicio Técnico de Prevención de Riesgos Laborales.
- o Suplente segundo: Carlos Reyes González, Responsable de Unidad del Servicio Técnico de Prevención de Riesgos Laborales.
- -Responsable de Unidad del Servicio Técnico de Prevención de Riesgos Laborales: Carlos Romero Melchor.
- o Suplente primero: Ruth Mesa Lorenzo, Técnica de Prevención del Servicio Técnico de Prevención de Riesgos Laborales.
- o Suplente segundo: Antonio Javier Cortés Aguilera, Enfermero del Servicio Técnico de Prevención de Riesgos Laborales.
- -Técnico/a del Servicio Técnico de Prevención de Riesgos Laborales: Francisco Javier Reyes González.
- o Suplente primero: Raquel Nivaria Plasencia Otero, Técnica de Prevención el Servicio Técnico de Prevención de Riesgos Laborales.
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| Firmado Por | SELLO DE LA VICESECRETARÍA GENERAL | Firmado | 14/01/2026 15:20:13 |
| | José Miguel Ruano León - Consejero Insular del Área de Presidencia, Administración y Servicio Público, Planificación Territorial y Patrimonio Histórico Vp2º | Firmado | 14/01/2026 15:19:08 |
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| Normativa | Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). | Página | 4/5 |
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## Consejería Insular de Presidencia, Administración y Servicio Público,
## Planificación Territorial y Patrimonio Histórico
- o Suplente segundo: Ana María Sainz-Bravo Rodríguez, Psicóloga del Servicio Técnico de Prevención de Riesgos Laborales.
SECRETARIO/A: Zoraida de León Luis, Responsable de Unidad de la Oficina de Contratación Administrativa.
- Primera suplente: Dª. Amparo Candelaria Baute Díaz, Jefa de Sección de la Oficina de Contratación Administrativa.
- Segunda suplente: Dª Amanda Herrera Prieto, Jefa de Unidad de la Oficina de Contratación Administrativa.
- Tercer suplente: D. Máximo Hernández Arvelo, Jefe de Sección de la Oficina de Contratación Administrativa.
- Cuarta suplente: Dª Juana Martínez Ibáñez, Técnico de Administración General de la Oficina de Contratación Administrativa
SEGUNDO. - Publicar la nueva composición del Órgano de asistencia en el perfil del contratante de conformidad con lo previsto en la cláusula 15.15 del PCAP.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con la legislación vigente, cabe interponer RECURSO ADMINISTRATIVO DE ALZADA ante la Presidenta del Cabildo Insular de Tenerife, en el plazo de UN MES, contados a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado y notificado la misma, cuya resolución agotará la vía administrativa, a efectos de la interposición de RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ante los Juzgados de lo ContenciosoAdministrativo en Santa Cruz de Tenerife, dentro del plazo de DOS MESES contados a partir del día siguiente al de la indicada notificación y publicación, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que estime procedente. En el caso de que se interponga recurso administrativo de alzada, el escrito de interposición podrá presentarse en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El Consejero Insular del Área de Presidencia, Administración y Servicio Público, Planificación Territorial y Patrimonio Histórico,
José Miguel Ruano León
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| Firmado Por | SELLO DE LA VICESECRETARÍA GENERAL | Firmado | 14/01/2026 15:20:13 |
| | José Miguel Ruano León - Consejero Insular del Área de Presidencia, Administración y Servicio Público, Planificación Territorial y Patrimonio Histórico Vp2º | Firmado | 14/01/2026 15:19:08 |
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