Informe justificativo de la celebración de un contrato
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INFORME DE NECESIDAD DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIÓN, PATRIMONIO Y ORGANIZACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE HACIENDA, INTERIOR Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA SOBRE LA NECESIDAD DE CONTRATAR, MEDIANTE ACUERDO MARCO RESERVADO PARA EL SUMINISTRO DE BATAS SANITARIAS Y ASISTENCIALES CON DESTINO A LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN Y ENTES PÚBLICOS ADHERIDOS (Expdte. HAP2026-20032).
Según el artículo 3.2 del Decreto 207/2008, de 21 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se distribuyen competencias en materia de contratación centralizada en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón y sus Organismos Autónomos 'tienen la consideración de obras, servicios y suministros de uniformidad necesaria para el conjunto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y sus Organismos Autónomos los que figuren incluidos como tales en el Anexo a este Decreto' , estando el suministro de 'lencería sanitaria y asistencial' previsto para la modalidad de contratación centralizada mediante homologación en el Anexo del Decreto.
De acuerdo con el artículo 16.1 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón: 'Se entiende por contratación centralizada la que realiza un órgano de contratación para otros que comparten necesidades comunes o especialmente homogéneas, con el fin de obtener mejores condiciones en la adquisición de obras, servicios y suministros, optimizando recursos públicos bajo los principios de eficacia y eficiencia en la gestión e inversión pública. 'De las modalidades de contratación centralizada indicadas, la homologación se caracteriza, de acuerdo con el apartado segundo del citado artículo, de la forma siguiente: 'cuando se celebren acuerdos marco con uno o varios empresarios se determinarán las condiciones a las que habrán de ajustarse los contratos a adjudicar durante un período determinado, de forma que los órganos de contratación puedan concluir durante dicho período los contratos derivados que precisen pudiendo asumir directamente el gasto de dichas adquisiciones'. Esto es, tiene por objeto la adopción o determinación del tipo aplicable, y mediante el cual se fijan las condiciones a las que habrán de ajustarse futuros contratos, como pueden ser: partes intervinientes (órganos de contratación y proveedores), precios máximos, definición de prestaciones, plazo de vigencia, criterios de adjudicación, etc.
En virtud del Decreto de 12 de julio de 2024, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, determina las competencias del Departamento de Hacienda, Interior y Administración Pública, siendo así que le corresponde a la Dirección General de Contratación Patrimonio y Organización: 'diseñar estrategias e implementar medidas para la racionalización de la contratación y, en especial, dirigir la compra centralizada en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y su sector público' , según se estableció en el Decreto 202/2024, de 29 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Hacienda, Interior y Administración Pública.
Mediante Orden de 14 de agosto de 2025 del Consejero de Hacienda, Interior y Administración Pública, se aprobó el expediente de contratación centralizada HAP-2025-20058, relativo al Acuerdo Marco de Homologación del suministro de LENCERÍA SANITARIA Y ASITENCIAL con destino a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y entes públicos adheridos, por un plazo de dos años, con posibilidad de prórroga hasta un máximo de dos años más con las siguientes características:
- -Procedimiento de adjudicación: abierto
- -Tramitación: ordinaria
- -Licitación: dividido el objeto del contrato en nueve lotes, siendo el Lote 7 reservado a favor de centros especiales de empleo y empresas de reinserción.
- -Valor estimado total: 5.525.849,87 € (cinco millones quinientos veinticinco mil ochocientos cuarenta y nueve euros con ochenta y siete céntimos), excluido IVA.
Con fecha 19 de agosto de 2025 se publicó la convocatoria de licitación del acuerdo marco en la Plataforma de Contratación del Sector Público y, el 1 de octubre de 2025, finalizado el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación se reunió para la apertura de las proposiciones presentadas constatando la falta de ofertas presentadas Lote 7 Batas (RESERVADO).
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Al efecto, mediante Orden de 20 de octubre de 2025, del Consejero de Hacienda, Interior y Administración Pública se declara desierta la licitación correspondiente al Lote 7 del acuerdo marco de homologación del suministro de lencería sanitaria y asistencial con destino a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y entes públicos adheridos - expdte. HAP-2025-20058; y se publica en el perfil del contratante con fecha 25 de noviembre de 2025.
Persistiendo la necesidad de satisfacer a la Administración Pública y entes públicos adheridos del suministro de los productos sanitarios del Lote declarado desierto, se considera necesario iniciar nuevamente la tramitación de un acuerdo marco reservado de suministro de batas sanitarias y asistenciales, manteniendo los mismos criterios previstos en los pliegos de cláusulas administrativas y prescripciones técnicas contempladas en la primera licitación del acuerdo marco:
- -Procedimiento de adjudicación: abierto.
- -Tramitación: ordinaria.
- -Licitación: reservado a favor de centros especiales de empleo y empresas de inserción.
- -Valor estimado: 98.444,90 € (noventa y ocho mil cuatrocientos cuarenta y cuatro euros con noventa céntimos), excluido IVA.
- -Plazo: 2 años.
- -Prórroga: hasta 2 años.
Vista la naturaleza del acuerdo marco que incluye un total de tres productos de lencería (batas), se considera oportuno reservar el derecho a participar en el procedimiento de adjudicación a Centros Especiales de empleo y a Empresas de Inserción. Dado el volumen y características de estos productos con mayor trabajo de confección que la ropa plana, resulta más factible que pueda ser asumida por dichas entidades de economía social, cuya actividad es la confección textil que podrán desarrollar en sus talleres propios.
| Partida 2026 | Producto - CPV 39518000-6 | Precios unitarios máximos | Unidades promedio/ año |
|----------------|---------------------------------------|-----------------------------|--------------------------|
| 1 | Bata paciente, unisex, azul celeste | 16,87 € | 738 |
| 2 | Bata acompañante, unisex, color verde | 12,46 € | 88 |
| 3 | Bata cirugía, unisex, color verde | 15,93 € | 450 |
CHIP
Suministro y/o colocación de chip
1,30 €
El cálculo del valor estimado del acuerdo marco se realiza de acuerdo con el artículo 101 de la LCSP, analizando el número de unidades adquiridas en los últimos 3 años, aplicando sobre el precio medio registrado un incremento por la posibilidad de incorporar el chip en las prendas, así como los efectos de la inflación y crisis arancelaria en los precios de los últimos años.
| Anualidad sin Chip | Nº Chip unidades/año | Chip Anualidad | Dos años (incluye chip) | Modificado 10% (dos años) | TOTAL 2 | VALOR ESTIMADO 2+2 |
|----------------------|------------------------|------------------|---------------------------|-----------------------------|-------------|----------------------|
| 20.715,04 € | 1.276 | 1.658,80 € | 44.747,68 € | 4.474,77 € | 49.222,45 € | 98.444,90 € |
Al amparo de lo previsto en el artículo 3.3 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón (en adelante, LUECPA), la licitación estará reservada a Centros Especiales de Empleo y Empresas de Inserción Social, ya que su contenido le hace más factible de ser asumido por dichas entidades. Es por ello que de conformidad con el artículo 13.2 de la LUECPA el Acuerdo Marco se adjudicará a un único licitador.
Por otro lado, se establece la obligación de la Administración y entes públicos adheridos a comprar por el catálogo; debiendo suministrar la única empresa suministradora homologada los productos con las características que finalmente resulten homologados, a los precios unitarios de adjudicación y demás términos contenido en los pliegos que rijan el acuerdo marco.
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En relación con los criterios y los medios de acreditación de la solvencia económica y financiera, y técnica exigible a los empresarios, se opta por establecer en el PCAP los valores mínimos exigibles iguales a los previstos en los artículos 87 y 89 LCSP; siendo de 36.916,84 € para la solvencia económica, y de 17.227,86 € para la solvencia técnica.
A los efectos de valorar las proposiciones y determinar la mejor oferta, los criterios de adjudicación responden a la necesidad de asegurar la máxima objetividad en el proceso, para lo cual se prevén unos criterios sujetos a valoración automática mediante aplicación de una fórmula estable establecidos en el pliego. Por ejemplo, en relación con el precio se propone la fórmula habitual en las licitaciones de acuerdos marco por la que se premia el esfuerzo económico realizado por el licitador; además de valorar criterios medioambientales y sociales tan demandados por la sociedad actual.
No obstante, dada la naturaleza del objeto del contrato también es necesario valorar las características y calidad de las batas para lo que se prevé unos criterios sujetos a juicio de valor como por ejemplo prueba de lavado, acabado del tejido, confección o confortabilidad. De acuerdo con el apartado 5 del art. 326 LCSP y artículo 95 de la ley 11/2023 de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, se cuenta con el asesoramiento de técnicos o expertos independientes en lencería sanitaria procedentes de los centros sanitarios.
En cuanto a los criterios de adjudicación, para valorar las proposiciones y determinar la mejor oferta, se utilizarán una 'pluralidad de criterios de adjudicación en base a la mejor calidad' , la cual 'se evaluará con arreglo a criterios cualitativos' siguiendo lo dispuesto en el artículo 145 LCSP.
De acuerdo con el artículo 146.2 de la LCSP , 'cuando se utilicen una pluralidad de criterios … se dará preponderancia a aquellos que hagan referencia a características del objeto del contrato que puedan valorarse mediante cifras o porcentajes obtenidos a través de la mera aplicación de las fórmulas establecidas en los Pliegos' , así como que 'la elección de fórmulas se tendrá que justificar en el expediente' .
En cuanto a los criterios de adjudicación elegidos (y que se relacionan más adelante), con la finalidad de asegurar la máxima objetividad, se ha dado mayor preponderancia a aquellos que refieren a características del objeto del acuerdo marco contrato que pueden valorarse mediante cifras o porcentajes obtenidos a través de la mera aplicación de fórmulas establecidas en el pliego o que pueden apreciarse de forma automática.
Sin embargo, hay características de las batas (resultado de pruebas de lavado, confección, confort) cuyo estudio y apreciación es muy difícil de objetivar y que requiere por lo tanto de la aplicación de un juicio de valor, derivado del análisis visual y resultado de las pruebas de lavado de las muestras presentadas de los productos ofertados, por lo que también se han previsto criterios de evaluación previa (ponderados en 35 puntos), si bien para delimitar todo lo posible la subjetividad de la valoración, se relacionan pormenorizadamente aquellos aspectos que van a ser objeto de evaluación y se describen las condiciones en que se realizarán las pruebas de lavado. Para esta fase de la valoración se cuenta con el asesoramiento de técnicos o expertos independientes en lencería sanitaria procedentes de los Centros sanitarios, de acuerdo con el apartado 5 del art. 326 de la LCSP.
En el Anexo V del PCAP se desarrollan los criterios de adjudicación siguientes:
## CRITERIOS SUJETOS A JUICIO DE VALOR (HASTA 35 PUNTOS)
| Resumen de criterios de adjudicación | Resumen de criterios de adjudicación | Resumen de criterios de adjudicación |
|----------------------------------------|----------------------------------------|----------------------------------------|
| CRITERIO | PUNTUACIÓN MÁXIMA | PUNTUACIÓN MÍNIMA EXIGIDA |
| 1- Pruebas de lavado | 20 puntos | 10 puntos |
| 2- Confección | 15 puntos | 7 puntos |
| TOTAL | 35 puntos | 17 puntos |
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| CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN | CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN | CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN | PONDERACIÓN |
|-----------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-----------------------------|-----------------|
| 1 - | Pruebas de lavado | Pruebas de lavado | Hasta 20 puntos |
| 1 - | Acabado del tejido Se valorará el estado de las prendas tras su lavado (variación dimensional, deformación, pilling, desgaste, ausencia de nudos o roturas, etc) tras tres ciclos de lavado industrial. | Hasta 10 puntos | |
| 1 - | Solidez de los colores Se valorará la ausencia de manchas o decoloración, teñido uniforme. y conservación del color original de la prenda | Hasta 5 puntos | |
| 1 - | Confortabilidad Se valorará la suavidad del tejido, tacto y textura agradable | Hasta 5 puntos | |
| 2 - | Confección | Confección | Hasta 15 puntos |
| 2 - | Patronaje correcto | | |
| 2 - | Basado en la coincidencia con las medidas establecidas para cada talla en el Anexo II Fichas de Requisitos técnicos del Pliego de Prescripciones Técnicas y en el diseño que mejore la ergonomía de la prenda (amplitud de sisas o tiro, mangas o perneras, etc | Hasta 6 puntos | |
| 2 - | Confección de las costuras | | |
| 2 - | Teniendo en cuenta la uniformidad de las costuras, resistencia, coincidencia del tipo de hilo de las costuras con el del tejido, número de puntadas constante, densidad de puntadas y que no haya fruncidos, zonas descosidas o hilos sueltos, ondulaciones o deformaciones, acabado de dobladillos y orillos | Hasta 5 puntos | |
| 2 - | Ojales y botones | | |
## Mínimos obligatorios:
- -10 puntos en la suma de criterio Prueba de lavado
- -7 puntos en la suma de criterio Confección
UMBRALES: Se EXCLUIRÁN las ofertas que obtengan 0 puntos en cualquiera de los subcriterios evaluables .
Las pruebas de lavado se realizarán en las condiciones que se indica en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Podrán quedar excluidas las partidas que no estén confeccionadas de acuerdo con el requisito de costuras de 5 puntadas (± 1) por centímetro lineal.
## CRITERIOS SUJETOS A VALORACIÓN AUTOMÁTICA (HASTA 65 PUNTOS)
| Resumen de criterios de adjudicación | Resumen de criterios de adjudicación |
|------------------------------------------|----------------------------------------|
| CRITERIO | PUNTUACIÓN MÁXIMA |
| 1- Precio | 20 puntos |
| 2- Durabilidad de la prenda | 25 puntos |
| 3- Criterios medioambientales y sociales | 20 puntos |
| TOTAL | 65 puntos |
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## 1. PRECIO (*)
Fórmula:
Donde:
𝑷𝒆𝒄𝒐 = Puntuación del criterio Precio, (20 puntos) 𝑶𝒊 = Oferta a valorar (*) 𝑶𝒎𝒊𝒏 = Oferta más baja.
## (∗) Oferta a valorar:
1. Se considerará 'Oferta' el sumatorio del promedio de los precios unitarios ofertados en los artículos de todas las partidas para los periodos inicial y de prórroga que integran el objeto del contrato, sin incluir precio del chip . No se valorarán, y por tanto serán excluidas, las proposiciones que omitan alguno de los precios unitarios incluidos en el objeto del contrato.
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Siendo:
: Oferta
𝑶
𝑷𝒊𝒏𝒊 : Precio unitario de cada partida del lote a valorar, ofertado para el periodo inicial del contrato
𝑷𝒑𝒓𝒐 : Precio unitario de cada partida del lote a valorar, ofertado para la posible prórroga.
2. La puntuación global será el sumatorio de las puntuaciones obtenidas partida a partida obligatorias. No se puntuarán las partidas voluntarias.
## 2. DURABILIDAD DE LA PRENDA
25 puntos
Durabilidad basada en la resistencia de los tejidos, acreditada mediante certificación que garantice su idoneidad de uso tras soportar, al menos, 120 ciclos de lavado industrial (en las condiciones de lavado que se indican en el Pliego de Prescripciones Técnicas).
Se valorarán con 25 puntos cuando para todas las partidas del lote se aporte un certificado y ensayo de laboratorio emitido por un organismo de evaluación de la conformidad acreditado por el Organismo Nacional de Acreditación de cualquier estado miembro (de acuerdo a lo establecido en el Reglamento CE nº765/2008 y en las condiciones establecidas en su artículo 11), que acredite dicha resistencia.
Documentación: Certificado de laboratorio que identifique claramente la prenda o el tejido de la prenda y el estado tras los lavados.
| 3. CRITERIOS MEDIOAMBIENTALES y SOCIALES | 20 puntos |
|--------------------------------------------|-------------|
| 3.1. Trazabilidad de los productos | 10 puntos |
Trazabilidad de los productos, basado en que todas las empresas o centros de producción que intervienen en su fabricación (desde la hilatura, tejeduría, tintura, acabados y confección) cuenten con un certificado emitido por entidad u organismo externo, que garantice el respeto a los derechos laborales básicos y convenciones fundamentales de la OIT:
Se valorará con 10 puntos , que se acredite con Certificado de código de conducta SA8000/Fair Wear Foundation, Made in green, adhesión al código de conducta BSCI, certificación de auditoría social realizada por empresas externas o equivalente, del fabricante o de la empresa licitadora, con indicación de las partidas para las que es válido.
Documentación: Certificado de código de conducta SA8000/Fair Wear Foundation, Made in Green, adhesión al código de conducta BSCI, certificación de auditoría social realizada por empresas externas o equivalente del fabricante o de la empresa licitadora, con indicación de las prendas para las que es válido.
Hasta 20 puntos
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𝑂𝑏𝑡𝑒𝑛𝑑𝑟á𝑛 0 𝑝𝑢𝑛𝑡𝑜𝑠 𝑙𝑎𝑠 𝑜𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑠 𝑞𝑢𝑒 𝑐𝑜𝑖𝑛𝑐𝑖𝑑𝑎𝑛 𝑐𝑜𝑛 𝑙𝑜𝑠 𝑝𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜𝑠 𝑚á𝑥𝑖𝑚𝑜𝑠 𝑑𝑒 𝑙𝑖𝑐𝑖𝑡𝑎𝑐𝑖ó𝑛
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## 3.2. Garantía de fabricación respetuosa con el medioambiente
10 puntos
Se valorará con 10 puntos , que los tejidos, materiales o el producto final cuenten con certificación vigente OEKO-TEX STANDAR 100, MADE IN GREEN, CERTIPUR o equivalente, o la Certificación Global Standard o equivalente que respalde la composición basada en materiales reciclados.
## Documentación: Se aportará:
- Certificado Oeko-Tex Standard 100, Made in Green o equivalentes de los productos, o acreditación documental del cumplimiento de estos criterios (ensayos de laboratorio, etc), junto con una declaración responsable indicativa de los productos ofertados que cuentan con esta certificación.
- Certificación Global Standard o equivalente que respalde la composición basada en materiales reciclados.
Los certificados en otros idiomas distintos al castellano, para ser valorados, deberán presentarse acompañados de una traducción literal al español de los mismos debidamente firmada.
No se valorarán los certificados que no estén vigentes o aquellos que no permitan identificar claramente para qué partidas son válidos. En caso de que no conste claramente, el licitador deberá indicarlo en un documento adjunto.
## TOTAL PUNTUACIÓN MAXIMA ALCANZABLE
65 puntos
De conformidad con el artículo 21 de la LCSP este expediente de contratación no está sujeto a regulación armonizada, optando por el procedimiento abierto de adjudicación previsto en los artículos 156 a 158 de la LCSP, al objeto de facilitar la mayor concurrencia posible.
En virtud del artículo 89.1 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón en relación con los Decretos 207/2008 y 202/2024 del Gobierno de Aragón, le corresponde al Consejero de Hacienda, Interior y Administración Pública ejercer las competencias que para el órgano de contratación se recogen en la LCSP y en su normativa de desarrollo. Y corresponde a la Dirección General de Contratación, Patrimonio y Organización, la tramitación de los expedientes de contratación de suministros de adquisición centralizada.
El presente acuerdo marco, en atención a su objeto, tiene carácter administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la LCSP, que se aplicará a su preparación, adjudicación, efectos, modificación y extinción. Los actos jurídicos dictados en esta fase podrán ser impugnados ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo (artículo 27 de la LCSP).
En consecuencia, desde esta Dirección General de Contratación, Patrimonio y Organización se eleva al Consejero de Hacienda, Interior y Administración Pública, la siguiente PROPUESTA:
- 1º.- Que se acuerde el INICIO del expediente de contratación centralizada, HAP-2026-20032, del 'SUMINISTRO DE BATAS SANITARIAS Y ASISTENCIALES, CON DESTINO A LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN Y ENTES PÚBLICOS ADHERIDOS'.
- 2º .- Que se adjudique por procedimiento abierto y varios criterios de adjudicación, mediante acuerdo marco de homologación reservado con una única empresa (Centro Especial de Empleo o Empresa de Inserción), para un plazo de vigencia de dos años con posibilidad de prórroga por otros dos más.
En Zaragoza a fecha de firma electrónica. La Directora General de Contratación, Patrimonio y Organización Mª ASUNCIÓN SANMARTÍN MORA