6 PPT agua V2 enviado a PRL fmdo.pdf

Pliego Técnico Ver licitación
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<!-- image --> <!-- image --> ## Dirección Provincial ## Santa Cruz de Tenerife ## Secretaría Provincial www.seg-social.es ## PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO ## EXPEDIENTE 2026/380090 PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA EL CONTRATO DE SUMINISTRO DE AGUA MINERAL NATURAL (SIN GAS) ENVASADA EN BOTELLINES DE AGUA, Y EN GARRAFAS RETORNABLES PARA SU USO A TRAVÉS DE FUENTES DISPENSADORAS SITUADAS EN LAS DEPENDENCIAS DE LOS DISTINTOS INMUEBLES DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, ASÍ COMO SUMINISTRO DE VASOS DE PAPEL/CARTÓN, PARA EL PERIODO DEL 10 DE AGOSTO DE 2026 A 09 DE AGOSTO DE 2027 ## 1. OBJETO DEL CONTRATO El presente pliego tiene por objeto fijar las prescripciones técnicas que ha de regir la contratación del suministro de agua mineral natural (sin gas) envasada en botellines de 0,5 litros, y en garrafas retornables para uso en fuentes dispensadoras situadas en las dependencias de los distintos inmuebles de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Santa Cruz de Tenerife. El presente contrato incluye el suministro de agua mineral natural envasada (exceptuadas expresamente las catalogadas como agua preparada y bebida refrescante) en botellines plásticos de 0,5 litros, y en garrafas retornables (de un mínimo de capacidad por garrafa de 8 litros a un máximo de 20 litros), así como el suministro de vasos de papel/cartón para su consumo . Se incluye también el transporte y distribución (cargas y descargas) de las garrafas en las diferentes dependencias, así como la instalación, mantenimiento e higienización de las fuentes necesarias, todo ello cedido sin coste de alquiler. ## Lugar de ejecución y consumo estimado MENSUAL : | Ubicación | Domicilio | Botellines Agua 0,5 Litros | Fuentes | Litros Agua en Garrafas | Vasos | |----------------------|------------------------------------------------------------------|------------------------------|-----------|---------------------------|---------| | Dirección Provincial | Avda. José Manuel Guimerá, 8, Santa Cruz de Tenerife | 40 | 16 | 1.241 | 900 | | Administración 38/01 | C/ Ruiz de Padrón, 10, Santa Cruz de Tenerife | 0 | 5 | 308 | 300 | | Administración 38/02 | Edif. Valdés Center, Boulevard Chajofe, 5, Los Cristianos, Arona | 0 | 3 | 364 | 300 | | Administración 38/03 | Avda. Melchor Luz nº 4 Edif. Izaña, Puerto de la Cruz | 0 | 3 | 288 | 300 | | Administración 38/04 | C/ Quintín Benito, 2, Esquina Plaza del Cristo, La Laguna | 0 | 3 | 288 | 300 | | Administración 38/05 | Avda. de los Indianos nº 14, Santa Cruz de La Palma | 0 | 1 | 228 | 300 | | Archivo/Almacén | C/ La Rabasa, 2, Santa Cruz de Tenerife | 0 | 1 | 76 | 100 | <!-- image --> ## 2. CARACTERISTICAS DE LA PRESTACIÓN ## 2.1. Características técnicas del agua y de los envases . Se entiende por agua mineral natural sin gas aquella que cumple las características y los requisitos de reconocimiento y autorización establecidos para este tipo de aguas. El agua envasada, objeto del presente suministro, deberá ser exclusivamente agua mineral natural sin gas, quedando expresamente excluidas las aguas calificadas como agua preparada, bebida refrescante o cualquier otro producto que no tenga la consideración legal de agua mineral natural apta para el consumo humano, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1798/2010, de 30 de diciembre, por el que se regula la explotación y comercialización de aguas minerales naturales y aguas de manantial envasadas para consumo humano, en su redacción vigente, modificado por los Reales Decretos 688/2014, de 1 de agosto, y 314/2016, de 29 de julio. Los envases deberán reflejar de forma clara y visible en el etiquetado los valores correspondientes a las propiedades del agua a la salida del manantial, así como su composición analítica y demás características exigidas por la normativa de aplicación. - Los botellines de agua tendrán una capacidad de 0,5 litros, y serán botellines plásticos. - Las garrafas retornables contendrán el agua para su consumo directamente, sin más manipulación desde su origen que la del propio envasado, debiendo cumplir la normativa vigente en relación con su potabilidad, etiquetado, almacenaje, etc. - Las garrafas retornables deberán tener una capacidad comprendida entre los 8 y los 20 litros por garrafa. - Los productos ofertados deberán cumplir la normativa española y comunitaria vigente y cualquier otra norma que les sea de aplicación, incluida la Norma General de Etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios. - Los productos deberán estar etiquetados, envasados y protegidos adecuadamente. - Las garrafas retornables deben estar provistas de capucha/funda protectora o precinto de garantía para que se retire previamente a su colocación en la fuente dispensadora. - Todos los envases y/o embalajes deben ser de material autorizado para uso alimentario, y cumplirán la Recomendación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de materiales plásticos destinados a estar en contacto con productos alimenticios y alimentarios. Los envases deberán ser fabricados con materiales ecológicos, retornables respetuosos con el medioambiente y exclusivos para agua de consumo humano. - Los vasos de papel/cartón a suministrar deben ser desechables. Su suministro se realizará en paquetes de 100 vasos y deben ser aptos y resistentes para consumo tanto de agua a temperatura ambiente y fría, como de agua caliente. La Dirección Provincial de la TGSS de Santa Cruz de Tenerife podrá requerir en cualquier momento a la empresa adjudicataria los informes analíticos externos microbiológicos, parasitológicos y fisicoquímicos realizados por un laboratorio acreditado según normativa vigente, así como el informe favorable de dicho laboratorio de que cumple con toda la normativa vigente para agua mineral. ## Dirección Provincial ## Santa Cruz de Tenerife ## Secretaría Provincial www.seg-social.es <!-- image --> ## Dirección Provincial ## Santa Cruz de Tenerife ## Secretaría Provincial www.seg-social.es La acreditación del cumplimiento de estas características le será requerida al licitador mejor propuesto; junto con la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos, deberá aportar las fichas técnicas correspondientes de los productos ofertados . ## 2.2. Características técnicas de las fuentes dispensadoras La instalación, mantenimiento, higienización y reposición, en caso de avería, de las fuentes correrá a cargo de la empresa adjudicataria, sin que ello afecte al precio de licitación. Las fuentes dispensadoras deberán cumplir las siguientes características: - Las máquinas dispensadoras tendrán una altura aproximada, sin el botellón, de 1 metro (+-30 cm). - Dispondrán de un surtidor de agua fría y otro de agua caliente. - Un portavasos acoplado integrado o acoplado en columna vertical. - Cada máquina dispensadora contará con un número de serie, con objeto de identificarla individualmente en las comunicaciones sobre incidencias que figurará en cada fuente y que también figurará en el albarán correspondiente o documento de notificación de las operaciones de higienización. Así mismo la empresa señalizará claramente en cada máquina el nombre de la empresa, el número de teléfono y domicilio donde los usuarios podrán efectuar sus posibles reclamaciones. - La Dirección Provincial se reserva el derecho de modificar la ubicación de las fuentes dispensadoras de agua, en función de las necesidades que puedan surgir durante la contratación. - Durante la vigencia del contrato, la empresa adjudicataria deberá presentar los documentos que acrediten la higienización obligatoria de la fuente. La Dirección Provincial de la TGSS de Santa Cruz de Tenerife podrá requerir en cualquier momento a la empresa adjudicataria los informes analíticos externos microbiológicos, parasitológicos y fisicoquímicos realizados por un laboratorio acreditado según normativa vigente, así como el informe favorable de dicho laboratorio de que cumple con toda la normativa vigente para agua mineral natural. ## 3. CONDICIONES DE PRESTACIÓN DEL SUMINISTRO ## 3.1. Condiciones del suministro de los botellines y garrafas de agua envasada y vasos. Una vez formalizado el contrato, la empresa adjudicataria deberá facilitar una dirección de correo electrónico, que actuará como central de recepción de comunicaciones. El agua se suministrará en botellines plásticos de 0,5 litros, y en garrafas retornables de capacidad comprendida entre 8 y 20 litros por garrafa; y los vasos de papel/cartón en paquetes de 100 unidades. <!-- image --> ## Dirección Provincial ## Santa Cruz de Tenerife ## Secretaría Provincial www.seg-social.es Como mínimo se realizará un suministro mensual en cada centro con la cantidad de litros estimada que figura en este PPT. Esta previsión mensual se mantendrá durante toda la ejecución del contrato, salvo petición expresa de cambio por parte de la Tesorería. Las cantidades iniciales estimadas pueden minorarse/aumentarse en función de las necesidades de la Tesorería, sin que en ningún caso pueda superarse el importe máximo comprometido, por lo que a la empresa adjudicataria se le abonará únicamente los productos realmente suministrados. Las reposiciones se realizarán de lunes a viernes de 8:00 a 14.30 horas, deberán realizarse en los primeros diez días del mes en curso y sin demora el día 10 de agosto del 2026 o el de inicio del contrato, si la formalización se realizara en fecha posterior. De cada una de las entregas se dejará constancia en el albarán correspondiente que será firmado por el responsable del Centro o unidad designada por la Dirección Provincial. En caso de productos defectuosos o en mal estado, la empresa adjudicataria deberá sustituirlos inmediatamente por otros en perfectas condiciones sin coste adicional, indicándolo en el albarán de entrega correspondiente. ## 3.2. Condiciones operativas de las fuentes dispensadoras . Las fuentes serán propiedad de la empresa adjudicataria y serán por cuenta del adjudicatario su instalación, mantenimiento e higienización. La instalación y puesta en funcionamiento de las fuentes deberá realizarse con la antelación suficiente para que el día de inicio del contrato se encuentren perfectamente operativas . La instalación deberá adecuarse a la normativa vigente, en especial las relativas a electricidad, suministro de agua y vertidos; se conectarán a la alimentación eléctrica existente, sin que cualquier adaptación necesaria suponga coste para la DP de TGSS de Santa Cruz de Tenerife. Inicialmente la instalación se hará en las zonas en las que se encuentran instaladas actualmente. La empresa adjudicataria se asegurará de que las fuentes se encuentran, en todo momento, en perfecto estado de funcionamiento y garantizará la sustitución de las piezas cuando fuera necesario, sin que suponga coste alguno para la DP de la TGSS de Santa Cruz de Tenerife. En caso de avería de alguna de las máquinas, ésta deberá ser reparada, o en su caso, reemplazada, en un plazo de tiempo que no podrá superar las 48 horas y sin coste adicional para la DP de TGSS de Santa Cruz de Tenerife. Para garantizar el correcto funcionamiento, limpieza y conservación de las máquinas, se realizará una higienización como mínimo cada tres meses . Si a lo largo del contrato la legislación estableciera un plazo distinto, y este fuera inferior, se actuará conforme a lo que disponga la normativa aplicable. <!-- image --> ## Dirección Provincial ## Santa Cruz de Tenerife ## Secretaría Provincial www.seg-social.es Se entiende por higienización el proceso de desinfección del interior y del exterior de la fuente de agua, cuyo objetivo es eliminar los posibles microorganismos que puedan desarrollarse en su interior (depósito y conexiones de agua) y en los surtidores o grifos. Cada fuente de agua llevará un distintivo en el que se refleje la fecha en la que se realizó el último tratamiento. La empresa adjudicataria entregará a la TGSS un albarán o certificado que acredite su realización. ## 4 SERVICIO DE ATENCION AL CLIENTE El contratista debe facilitar un número de teléfono que no podrá ser de tarifación especial (902,901…) y correo electrónico para poder realizar pedidos, comunicar averías y resolver cualquier otro tipo de incidencia dentro del horario laboral de lunes a viernes. ## 5 IDENTIFICACION DEL PERSONAL QUE HA PARTICIDADO EN LA ELABORACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA DEL CONTRATO A los efectos de su exclusión como miembro de la mesa de contratación, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 326.5 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público ha participado en la redacción de la documentación técnica del expediente la funcionaria Dª Magdalena González Encinoso. Santa Cruz de Tenerife a fecha de la firma electrónica (Resol. de 23-07-2020, BOE de 04-08-2020) El Director General P.D. La Directora Provincial Fdo. Elena Otero Somoza