026 DACI Victoria.pdf

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<!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> Cofinanciado por la Unión Europea - Fondo Europeo de Desarrollo Regional ## ANEXO V MODELO DE DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERESES (DACI) CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS NECESARIOS PARA LLEVAR A CABO LAS ACTUACIONES COMUNES DE ASISTENCIA TÉCNICA DENTRO DE LA ESTRATEGIA DE DESARROLLO INTEGRADO LOCAL DE ANDÚJAR, COFINANCIADA EN UN 85% POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL (FEDER), EN EL MARCO DEL PROGRAMA OPERATIVO PLURIRREGIONAL PARA ESPAÑA FEDER 2021-2027 El presente contrato, con número de expediente 17/2026, se enmarca en el Programa FEDER 2021-2027 del Gobierno de España, cofinanciado por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), conforme al Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, y al Reglamento (UE) 2021/1058 relativo al FEDER y al Fondo de Cohesión. Esta actuación forma parte del Plan de Actuación Integrado de Entidades Locales (Planes EDIL), seleccionado en la Resolución de 16 de enero de 2026 de la Dirección General de Fondos Europeos, por la que se resuelve definitivamente la convocatoria para la asignación de senda financiera FEDER a Planes de Actuación Integrados de entidades locales en el marco del desarrollo urbano sostenible. Su ejecución se regirá por lo previsto en la Orden HAC/1072/2024, de 2 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de ayudas en el marco del FEDER 2021-2027, así como por las obligaciones en materia de información, comunicación, DNSH, prevención del fraude y resto de requisitos establecidos por la Autoridad de Gestión del Programa. Al objeto de garantizar la imparcialidad en el procedimiento de contratación arriba referenciado, el/los abajo firmante/s, como participante/s, como participante/s en el proceso de preparación y tramitación del expediente, declara/declaran: ## Primero. Estar informado/s de lo siguiente: 1. Que el artículo 61.3 «Conflicto de intereses», del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio (Reglamento financiero de la UE) establece que «existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y objetivo de las funciones se vea comprometido por razones familiares, afectivas, de afinidad política o nacional, de interés económico o por cualquier motivo directo o indirecto de interés personal». 2. Que el artículo 64 «Lucha contra la corrupción y prevención de los conflictos de intereses» de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, define el conflicto de interés como «cualquier situación en la que el personal al servicio del órgano de contratación, que además participe en el desarrollo del procedimiento de licitación o pueda influir en el resultado del mismo, tenga directa o indirectamente un interés financiero, económico o personal que pudiera parecer que compromete su imparcialidad e independencia en el contexto del procedimiento de licitación». 3. Que el artículo 23 «Abstención», de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento «las autoridades y el personal al servicio de las Administraciones en <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> Cofinanciado por la Unión Europea - Fondo Europeo de Desarrollo Regional quienes se den algunas de las circunstancias señaladas en el apartado siguiente», siendo éstas: - a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquél; ser persona administradora de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente con alguna persona interesada. - b) Tener un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de las personas interesadas, con las personas administradoras de entidades o sociedades interesadas y también con las personas asesoras, representantes legales o mandatarias que intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con éstos para el asesoramiento, la representación o el mandato. - c) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas en el apartado anterior. - d) Haber intervenido como perito o como testigo en el procedimiento de que se trate. - e) Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar». ## Segundo. Que, en el momento de la firma de esta declaración y a la luz de la información obrante en su poder, no se encuentra/n incurso/s en ninguna situación que pueda calificarse de conflicto de interés, en los términos previstos en el apartado cuatro de la disposición adicional centésima décima segunda, que pueda afectar al procedimiento de licitación/concesión de subvenciones. ## Tercero. Que se compromete/n a poner en conocimiento del órgano de contratación/comisión de evaluación, sin dilación, cualquier situación de conflicto de interés que pudiera conocer y producirse en cualquier momento del procedimiento en curso. ## Cuarto. Que conoce que una declaración de ausencia de conflicto de interés que se demuestre que sea falsa, acarreará las consecuencias disciplinarias/administrativas/judiciales que establezca la normativa de aplicación. (Fecha y firma electrónica, nombre completo y DNI) Fdo. Dña. VICTORIA DEL RIO TORRES (25972424L) Cargo: JEFA DEL SERVICIO ECONOMICO FINANCIERO Y FONDOS EUROPEOS. <!-- image -->