Memoria justificativa A-22/26 (002001JN_STD_CA.pdf)

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<!-- image --> <!-- image --> ## MEMORIA JUSTIFICATIVA DEL CONTRATO A CELEBRAR ## 1. OBJETO DEL CONTRATO El objeto del contrato es la prestación de los servicios de tráfico de voz (tanto en telefonía fija como móvil), tráfico de datos en movilidad y servicios de mensajería móvil para la Universidad Autónoma de Madrid (en adelante UAM), y los servicios de tráfico de voz en telefonía fija para el Centro de Biología Molecular Severo Ochoa (en adelante CBM). El contrato está dividido en dos lotes descritos en el apartado siguiente. ## 2. LOTES DEL CONTRATO El presente contrato se divide en dos lotes, en función de las necesidades de cada organismo: LOTE 1 : servicio de telefonía fija y móvil para la UAM. LOTE 2 : servicio de telefonía fija para el CBM. ## 3. CÓDIGO CPV PARA AMBOS LOTES 64200000-8 Servicios de telecomunicaciones 4. PROCEDIMIENTO: ABIERTO TRAMITACIÓN: Ordinaria ## 5. NECESIDADES A CUBRIR MEDIANTE EL CONTRATO La UAM y el CBM cuentan con un sistema telefónico propio e independiente que, en ambos casos, es preciso conectar a la red pública de telefonía del operador, de modo que se puedan realizar y recibir llamadas hacia y desde el exterior. Por otra parte, la actividad realizada por aquellos trabajadores de la UAM que precisan movilidad para el desempeño de su trabajo, requiere servicios de telefonía móvil. Finalmente, es necesario proporcionar conectividad a través de la red de telefonía móvil a dispositivos de la UAM, tales como ascensores, ultracongeladores y otros sistemas de alarma. Además, se contempla la posibilidad del suministro de terminales. ## 6. INSUFICIENCIA DE MEDIOS La UAM y el CBM (como centro mixto UAM-CSIC) no disponen de medios humanos ni materiales para proveer el servicio de telecomunicaciones que requiere la actividad de ambos <!-- image --> <!-- image --> organismos. Estos servicios solo pueden ser provistos por un operador de telecomunicaciones que disponga de una red de servicios telefónicos. Por otra parte, la UAM precisa además los servicios de telefonía móvil para cubrir las necesidades de su personal que precisa movilidad. ## 7. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO O DE EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN La duración del contrato se establece por doce meses, desde el 1 de julio de 2026 o día posterior a la firma del contrato, con posibilidad de prórroga hasta 48 meses adicionales. Este plazo es de aplicación para ambos lotes. ## 8. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN ## LOTE 1 El presupuesto base de licitación asciende a un total de 242.000,00 euros para las 12 mensualidades: ## Anualidades | Año | Base | IVA | Total | |-------|--------------|-------------|--------------| | 2026 | 100.000,00 € | 21.000,00 € | 121.000,00 € | | 2027 | 100.000,00 € | 21.000,00 € | 121.000,00 € | | TOTAL | 200.000,00 € | 42.000,00 € | 242.000,00 € | Valor estimado Lote 1: 1.000.000,00 euros + (20%) 200.000,00 euros = 1.200.000,00 euros ## LOTE 2 El presupuesto base de licitación asciende a un total de 36.300 ,00 euros para las 48 mensualidades: ## Anualidades | Año | Base | IVA | Total | |-------|------------|------------|------------| | 2026 | 3.750,00 € | 787,50 € | 4.537,50 € | | 2027 | 3.750,00 € | 787,50 € | 4.537,50 € | | TOTAL | 7.500,00 € | 1.575,00 € | 9.075,00 € | Valor estimado Lote 2: 37.500,00 euros <!-- image --> ## LOTE 2 | Año | Aplicación presupuestaria | Importe | |-------|-----------------------------|------------| | 2026 | 09.62.00 422F119 222.00 | 4.537,50 € | | 2030 | 09.62.00 422F119 222.00 | 4.537,50 € | Tramitación anticipada: NO ## 10. FORMA DE PAGO DEL PRECIO El servicio telefónico contratado se facturará mensualmente. De manera excepcional, si fuera necesaria la migración del servicio entre operadores y estos trabajos no hubieran finalizado al inicio del contrato, la UAM pagará directamente a la empresa que realmente efectúa la prestación del servicio. Para ello la adjudicataria realizará la oportuna cesión de derechos durante el tiempo imprescindible para la puesta en marcha efectiva, que será marcada por las pruebas técnicas validadas por la UAM. En caso de ser requerido el suministro de terminales, el importe de estos se facturará a la firma del acta de recepción por el importe unitario que figure en la oferta del adjudicatario. Dicha facturación se realizará de forma electrónica a través de FACE, mediante los códigos siguientes: | Oficina Contable | Universidad Autónoma de Madrid | U02300001 | |--------------------|------------------------------------------------------------------|-------------| | Órgano Gestor | Tecnologías de la Información | U02300130 | | Unidad Tramitadora | Caja pagadora UGEPVicegerencia de Economía y Recursos Materiales | GE0003132 | ## 11. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Fecha: <!-- image --> ## 9. FINANCIACIÓN Y CRÉDITO ## LOTE 1 | Año | Aplicación presupuestaria | Importe | |-------|-----------------------------|--------------| | 2026 | 09.62.00 422F119 222.00 | 121.000,00 € | | 2027 | 09.62.00 422F119 222.00 | 121.000,00 € | <!-- image --> <!-- image --> registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Con la acreditación de su volumen de negocio, los licitadores garantizarán la capacidad financiera necesaria para poder ejecutar el contrato. ## 12. SOLVENCIA TÉCNICA De aplicación a ambos lotes. La experiencia en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que se acreditará mediante la relación de los efectuados por el licitador en el curso de los tres últimos años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, avalados por certificados de buena ejecución. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor anual medio estimado del lote/s. A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, se atenderá al código CPV. La acreditación de que el licitador cuenta con experiencia demostrable en la ejecución de contratos similares es muestra de su nivel de solvencia profesional. ## 13. HABILITACIÓN Es requisito y de aplicación a los dos lotes, que las empresas licitadoras estén inscritas en el Registro de Operadores, según la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones. ## 14. CLASIFICACIÓN No procede ## 15. CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA SI ## 16. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN ## 16.1 LOTE 1 ## Criterio precio Mejor oferta económica, con una puntuación máxima de 80 sobre 100, en función del precio ofertado por los licitadores en sus proposiciones económicas. Se otorgará la puntuación máxima a la empresa que haya ofertado el menor precio, y se puntuará el resto de las ofertas aplicando la siguiente fórmula: <!-- formula-not-decoded --> Fecha: Pag 4 de 10 <!-- image --> Siendo: Px= El porcentaje de baja que representa, con respecto al presupuesto de licitación, la oferta económica de la empresa a puntuar. Pm= El porcentaje de baja que representa, con respecto al presupuesto de licitación, la oferta económica de la empresa que haya ofrecido el menor precio. Si algún licitador ofertara por el precio base de licitación, se le asignarán 0 puntos. La oferta presentada deberá estar asociada de manera vinculante a cada una de las categorías de las líneas y precio unitario de cada una de las gamas de terminales, de tal manera que en cualquier momento la UAM pueda conocer la repercusión económica que puede tener el incremento o disminución de necesidades en función de las categorías afectadas. ## Criterios cualitativos Se otorgarán 20 puntos al licitador que ofrezca un servicio de ciberseguridad para la red móvil de la universidad. ## 16.2 LOTE 2 Mejor oferta económica, con una puntuación máxima de 80 sobre 100, en función del precio ofertado por los licitadores en sus proposiciones económicas. Se otorgará la puntuación máxima a la empresa que haya ofertado el menor precio, y se puntuará el resto de las ofertas aplicando la siguiente fórmula: <!-- formula-not-decoded --> Siendo: Px= El porcentaje de baja que representa, con respecto al presupuesto de licitación, la oferta económica de la empresa a puntuar. Pm= El porcentaje de baja que representa, con respecto al presupuesto de licitación, la oferta económica de la empresa que haya ofrecido el menor precio. Si algún licitador ofertara por el precio base de licitación, se le asignarán 0 puntos. ## Criterios cualitativos Se otorgarán 20 puntos al licitador que sustituya la actual red de radioenlaces por conexiones de fibra óptica. El licitador aportará una declaración responsable al efecto. <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> ## 17. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO La empresa adjudicataria de cada lote asignará los recursos necesarios para llevar a cabo el mantenimiento de los servicios solicitados, garantizando el cumplimiento de las condiciones establecidas en los Pliegos y en el convenio colectivo sectorial y territorial aplicable. El adjudicatario del contrato debe garantizar que los productos del contrato se fabriquen éticamente, con eficiencia energética y en cumplimiento de las normas medioambientales vigentes. ## 18. CESIÓN DE DATOS PERSONALES ## LOTE 1: SI Con el fin de prestar los servicios contratados, el Lote 1 requiere que el operador conozca nombre, apellidos y DNI del usuario de las líneas de telefonía móvil asignadas por la UAM. Por tanto, el tratamiento de los datos personales que precise para la ejecución de este contrato, se sujetará a la normativa nacional y comunitaria en materia de protección de datos, en especial, a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE. Si fuese de aplicación, la empresa adjudicataria deberá presentar, antes de la formalización del contrato, una declaración en la que ponga de manifiesto dónde van a estar ubicados los servidores y desde dónde se van a prestar los servicios asociados a los mismos. Se deberá comunicar cualquier cambio que se produzca, a lo largo de la vida del contrato relativa a la ubicados de dichos servidores. Así mismo deberá indicar en su oferta, la previsión de subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos, indicando el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización. LOTE 2: NO ## 19. PENALIDADES La penalización mensual total se calculará como la suma de las penalizaciones resultantes de los diferentes criterios que se determinan en este apartado, cuyo total no podrá superar el 50% de la facturación fija mensual. No se contabilizarán, a efectos de penalización, las horas que el sistema permanezca parado por causas ajenas al adjudicatario, tales como fallo generalizado en el suministro eléctrico, o mala operación de estos por el personal del CBM o la UAM. Tampoco se contabilizarán las horas que el sistema permanezca parado por causas de fuerza mayor, tanto naturales (terremotos, Pag 6 de 10 <!-- image --> Fecha: <!-- image --> inundaciones, etc.), como artificiales (sabotajes, atentados, etc.). No obstante, en estos casos, el adjudicatario considerará el servicio del CBM y de la UAM como de alta prioridad para la puesta en marcha de los servicios prestados. ## 19.1 Por retraso en el inicio del contrato El servicio no se considerará en funcionamiento hasta la fecha en la que todos los servicios estén disponibles y verificados por los responsables técnicos de la UAM (para el caso del Lote 1), o del CBM (para el Lote 2). En caso de producirse retraso en la puesta en marcha de cualquiera de los servicios objeto de cada lote del contrato, la Universidad procederá a deducir del precio a pagar la cantidad en que valore tales incidencias. El pago será efectuado directamente por la Universidad a la empresa responsable de la ejecución efectiva del servicio contratado, previa cesión de factura del adjudicatario. ## 19.2 Por incumplimiento de calidad del servicio Para garantizar el cumplimiento de los objetivos de calidad de servicio, se establecen las siguientes penalizaciones: ## 19.2.1 Penalizaciones por incumplimiento de tiempos de respuesta y resolución En cuanto a los tipos de incidencia deberá tenerse en cuenta lo siguiente: | Tipo de Incidencia o Solicitud | Coste comprometido | |--------------------------------------------------------------------|-------------------------------| | Incidencia Grave | 50%coste mensual del servicio | | Incidencia Media | 30%coste mensual del servicio | | Incidencia Leve | 5%coste mensual del servicio | | Alta,BajaoModificaciónde unaextensión móvil | 1%coste mensual del servicio | | Instalación de una infraestructura nueva (circuito o antena) | 20%coste mensual del servicio | | Entrega de los informes resumen desglosados de consumos e importes | 20%coste mensual del servicio | En el caso de no cumplirse los tiempos máximos de respuesta y de resolución de incidencias ofertados, el adjudicatario del lote afectado por el incumplimiento deberá compensar a la universidad de acuerdo con la siguiente tabla: | Porcentaje en que los tiempos empleadossuperanaTMRPyTMRS | Penalización a aplicar | |------------------------------------------------------------|--------------------------| | Hastaun50% | 10%dela factura mensual | | Entreun50%yun100% | 20%dela factura mensual | Pag 7 de 10 <!-- image --> <!-- image --> | Entre un 100%yun 150% | 30%dela factura mensual | |-------------------------|---------------------------| | Entre un 150%yun 200% | 40%dela factura mensual | | Superior a 200% | 50%dela factura mensual | Dicho porcentaje se calculará como sigue: Porcentaje desviación = ((TRX / TMRX) - 1) * 100 ## Donde: - TRX puede ser el Tiempo de Respuesta, TRP o el Tiempo de Resolución, TRS de la incidencia - TMRX puede ser el Tiempo Máximo de Respuesta, TMRP ó el Tiempo Máximo de Resolución, TMRS. ## 19.2.2 Penalizaciones por incumplimiento del tiempo mínimo entre fallos En el caso de incumplimiento del Tiempo mínimo entre Fallos, TMEF, el adjudicatario deberá compensar a la universidad de acuerdo con el siguiente criterio.: para el cálculo de la penalización por una frecuencia de fallos superior a la máxima exigible se aplicará la siguiente fórmula (válida cuando TMEF es mayor que N): <!-- formula-not-decoded --> ## Donde: - R: Penalización o compensación económica. - TMEF: Tiempo mínimo entre fallos - N: Número de días discurridos desde el último fallo en el servicio. - Cdia: Coste del servicio de un día. Se calcula como el Coste fijo mensual dividido por 30. ## 19.2.3 Penalizaciones por incumplimiento de disponibilidad Por otra parte, en el caso de incumplimiento de la disponibilidad ofertada, el adjudicatario del lote afectado por el incumplimiento deberá compensar a la universidad de acuerdo con la siguiente tabla: | Porcentaje de desviación de disponibilidad | Penalización (% facturación mensual) | |-----------------------------------------------------|----------------------------------------| | Nohay desviación (disponibilidad superior al 99,9%) | 0% | | Disponibilidad entre 99,9% y 99,85% | 3% | | Por cada 0,05% adicional | 3%adicional | Pag 8 de 10 <!-- image --> <!-- image --> Los incumplimientos en los que incurra el contratista quedarán debidamente reflejados en los certificados que emita la UAM. ## 20. MODIFICACIONES DEL CONTRATO PREVISTAS ## LOTE 1 De conformidad con lo dispuesto en los artículos 204 , 205 y Disposición adicional 33 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la entidad contratante podrá modificar el contrato durante su ejecución, dentro de los límites y condiciones establecidos en la presente cláusula, cuando resulte necesario ajustar el número de líneas y/o terminales de telefonía móvil contratados a las necesidades reales del servicio. El número inicial de líneas y terminales contemplado en el contrato se encuentra detallado en el apartado 2.2.6.1 y 2.2.6.2 del Pliego de Prescripciones Técnicas, si bien la Universidad podrá, durante la vigencia del contrato, reducir o aumentar dicho número cuando se produzcan variaciones en plantilla u otras circunstancias organizativas que hagan innecesarias o insuficientes la totalidad de las líneas inicialmente previstas. ## Alcance de la modificación La reducción del número de líneas tendrá un límite máximo del 30 % respecto del volumen inicial del contrato, y tendrá la consideración de modificación prevista, al amparo del artículo 204.2 LCSP. ## En consecuencia: El contratista adaptará la facturación al número real de líneas activas en cada periodo. No habrá derecho a indemnización ni compensación económica distinta de la derivada del ajuste proporcional del precio. La modificación no alterará el resto de condiciones esenciales del contrato. ## Procedimiento para su aplicación La modificación se formalizará mediante acuerdo del órgano de contratación previa tramitación del expediente justificativo, en el que constará: La causa que motiva la reducción del número de líneas (disminución de personal u otros motivos organizativos). El cálculo del nuevo importe del contrato en función de las líneas activas. La fecha efectiva de aplicación. El contratista estará obligado a ejecutar dicha modificación conforme a lo dispuesto en el acuerdo correspondiente. Fecha: 04-03-2026 14:50:44 <!-- image --> <!-- image --> ## Repercusión económica La oferta presentada deberá estar asociada de manera vinculante a cada una de las categorías de las líneas y precio unitario de cada una de las gamas de terminales, de tal manera que en cualquier momento la UAM pueda conocer la repercusión económica que puede tener el incremento o disminución de necesidades en función de las categorías afectadas. ## LOTE 2 No se prevén modificaciones al contrato. ## 21. RESPONSABLE DEL CONTRATO La directora de Tecnologías de la Información de la Universidad Autónoma de Madrid. Madrid, a la fecha de la firma electrónica Fecha: 04-03-2026 14:50:44