Requerimiento Ylher Actividades y Servicios SL doc previa a la adjudicación
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YLHER ACTIVIDADES Y SERVICIOS S.L. (B76227586)
## REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN PREVIA A LA ADJUDICACIÓN.
De conformidad con el artículo 159.4.4º de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, como licitador propuesto para ser adjudicatario del contrato de 'Servicio de organización de la V Feria Ganadera, Agrícola y Pesquera de Teguise', (Expte. 2026/2319) , se le requiere para que presente la siguiente documentación:
- Último recibo del Impuesto de Actividades Económicas, declaración responsable de no haberse dado de baja, o en su caso, certificado de estar exento (en este último caso, debe aportar Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT que especifique la exención, a los efectos de contratar con las Administraciones Públicas).
- Certificación de la Administración del Estado respecto a las obligaciones tributarias con la misma.
- Certificación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias respecto a las obligaciones tributarias con la misma.
- Certificación de la Seguridad Social respecto a estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones.
- Certificación del Ayuntamiento de Teguise respecto a las obligaciones tributarias con el mismo.
Observaciones: Para la acreditación de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Teguise, es suficiente con adjuntar la instancia de solicitud de no tener deudas contraídas con el mismo.
- También se deberá aportar la Documentación justificativa de la solvencia económica y financiera, así como de la solvencia técnica, según lo indicado en la Cláusula 4.3.1 y 4.3.2 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
- Póliza de responsabilidad civil general por importe de 50.000,00 €
- Garantía definitiva, por el siguiente importe: 4.487,76 euros (5% del Importe de adjudicación, IGIC excluido: 89.755,10 euros).
- La garantía podrá constituirse en metálico, mediante aval, en valores públicos o en valores privados, por contrato de seguro de caución. En caso de presentarse aval bancario, o seguro de caución, el mismo deberá estar bastanteado.
- Si opta por la constitución de la garantía en metálico deberá realizar el ingreso correspondiente en la siguiente cuenta corriente del Ayuntamiento:
Entidad bancaria: CAIXABANK, cuenta núm.: ES36 2100 9157 4113 0025 3810
Además, deberá aportar la siguiente documentación relativa a la empresa (salvo que la misma ya obre en poder del Ayuntamiento y continúe en vigor):
- DNI del representante de la empresa.
- Tarjeta del C.I.F. de la empresa.
- Escrituras notariales de constitución de la empresa.
- Para proceder al bastanteo de poderes, documento acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar.
- Alta de terceros en la Tesorería del Ayuntamiento, a efectos de la realización de los pagos mediante transferencia bancaria por parte del Ayuntamiento.
- (El formulario podrá ser descargado de la siguiente dirección de Internet: https://teguise.es/modelos-instancias/ ).
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## Los documentos requeridos deberán ser originales o copias que tengan carácter de auténticas o compulsadas.
En cualquier caso, la presentación del certificado actualizado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores de la Comunidad Autónoma Canaria, o en el ROLECE, eximirá al licitador de la presentación de la documentación relativa a los licitadores, representación y solvencia, en su caso. Deberá acompañarse de una declaración responsable de que no han variado las circunstancias que en él se acreditan.
El plazo para presentar la citada documentación es de SIETE DÍAS (7) HÁBILES a contar desde el siguiente a la recepción del presente requerimiento.
Lo que se comunica para su conocimiento y efectos de conformidad con el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, advirtiéndose que se trata de un acto de trámite y como tal no procede la interposición de recursos contra el mismo.
No obstante, contra las resoluciones y los actos de trámite que decidan, directa o indirectamente, el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o interés legítimos, de conformidad con el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, se podrá interponer recurso potestativo de reposición que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad y anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de la Ley 39/2015. El plazo para interponer recurso potestativo de reposición será de un mes; el plazo máximo para dictar Decreto será de un mes, desde la interposición (artículo 124 de la Ley 39/2015).
En Teguise, a fecha que consta en la firma electrónica del presente documento.
La Técnico de Contratación,
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