Acuerdo de iniciación del expediente
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## Ayuntamiento de Galera
Expediente n.º:
652/2026
Resolución con número y fecha establecidos al margen
Procedimiento:
Contrataciones
## RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
A la vista de las características del contrato que se pretende adjudicar:
| Tipo de contrato: | Servicios |
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| Subtipo del contrato: | Servicios de supervisión obras (arquitectura) |
| Objeto del contrato: | Servicios de Dirección Facultativa de Obra (Dirección de Obra y Dirección de Ejecución), así cómo de coordinación de seguridad y salud de las Obras de construcción del Centro de Arqueología de los Paisajes Culturales. Fase 1. Cofinanciado por el Ministerio de Cultura. |
| Procedimiento de contratación: | Abierto simplificado sumario |
| Tipo de Tramitación: | Ordinaria |
| Valor estimado del contrato: | 17.500,00 € |
| Presupuesto base de licitación IVA excluido: | 17.500,00 € |
| IVA %: | 3.675,00 € |
| Presupuesto base de licitación IVA incluido: | 21.175,00 € |
| Fecha de inicio del contrato: | 01/06/2026 |
| Fecha de fin del contrato/Duración del contrato | 31/12/2026 |
A la vista de las características y del importe del contrato se propone la adjudicación mediante procedimiento abierto simplificado sumario.
Examinada la documentación que la acompaña y de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014,
## RESUELVO
PRIMERO. Iniciar el expediente para la contratación descrita en los antecedentes mediante procedimiento abierto simplificado sumario.
SEGUNDO. Justificar la celebración del contrato por los siguientes motivos: Necesidad de construcción de un nuevo edificio que albergue el patrimonio arqueológico municipal que actualmente se expone, en parte, en un edificio cedido y que presenta grave estado de deterioro, todo ello, de conformidad con las competencias que la ley le atribute a este Ayuntamiento en materia de Promoción de la cultura y equipamientos culturales, vía Art. 25.2.m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, debiendo además ejecutar las citadas obras para cumplir con los condicionamientos de la subvención directa concedida para estos fines por el Ministerio de Cultura.
Queda acreditado que la contratación de los servicios referidos en el encabezamiento mediante un contrato de servicios por procedimiento abierto simplificado sumario es la forma más idónea y eficiente de llevar a cabo los fines del Ayuntamiento.
TERCERO. Ordenar la redacción de los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas que han de regir el contrato y el proceso de adjudicación.
CUARTO. Que se emita Informe-Propuesta de Secretaría al respecto.
QUINTO. Dar cuenta de todo lo actuado a esta Alcaldía para resolver lo que proceda.
## DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
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