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RESOLUCION DE APROBACIÓN E INICIO DE CONVOCATORIA DEL EXPEDIENTE PARA LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD Y TRAMITACIÓN ORDINARIA, DEL SERVICIO DE COMUNICACIÓN DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL TEA TENERIFE ESPACIO DE LAS ARTES (Expte. 146/2026) Vista la necesidad de contratar el servicio de comunicación para la entidad pública de TEA Tenerife Espacio de las Artes, y teniendo en cuenta los siguientes: ANTECEDENTES Primero: TEA Tenerife Espacio de las Artes, Entidad Pública Empresarial Local es creada por el Excmo. Cabildo Insular de Tenerife al amparo de lo establecido en el artículo 85.2.A.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, mediante acuerdo plenario de fecha 27 de junio de 2008, como forma de gestión directa del servicio público cultural en el ámbito de la difusión y conocimiento del arte y la cultura, especialmente la contemporánea. La entidad pública TEA Tenerife Espacio de las Artes, promovida por el Cabildo de Tenerife, es un espacio cultural inaugurado en octubre de 2008 que alberga salas y espacios en los que se desarrollan diversas actividades culturales que requieren de las condiciones técnicas idóneas y artísticas para su desarrollo. Para el cumplimiento de sus fines, TEA Tenerife Espacio de las Artes desarrolla su compromiso con la educación y con la divulgación cultural, a través de un programa de comunicación estable que cumple con lo dispuesto en el articulo 2 de los estatutos reguladores de la entidad. La entidad pública desarrolla desde hace años acciones artísticas de contenido cultural que precisan de difusión. En esta linea, la apertura de una nueva contratación se hace necesaria para la continuidad de la programación comunicativa de la entidad pública, una actividad divulgadora y comunicadora adaptada a los objetivos de TEA Tenerife Espacio de las Artes. Segundo: El objeto del contrato se corresponde con los siguientes códigos del Vocabulario Común de Contratos Públicos (CPV), CPV 92400000 - 5 Servicios de agencias de noticias (Principal) y 92000000 - 1 Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos. contenidos en el Reglamento (CE) 213/2008, de 28 de noviembre de 2007 que modifica el Reglamento (CE) 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se aprueba el Vocabulario Común de los Contratos Públicos, así como las Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en materia de revisión de CPV. Tercero: No procede la división del objeto del contrato en lotes al no existir motivo justificativo que acredite la necesidad de la misma, al suponer los servicios una unidad de acción, de acuerdo con las condiciones expuestas por TEA Tenerife Espacio de las Artes en el expediente de contratación. FUNDAMENTOS JURÍDICOS Primero.- Los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que rigen la presente contratación han sido elaborados de conformidad con lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y se entienden aceptados expresamente por los licitadores, conforme establece la cláusula 11 del PCAP, se han elaborado por el órgano de contratación de acuerdo con las estipulaciones establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014,

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