PPT Unidad de pieDefsigned.pdf

Pliego Técnico Ver licitación
{# full_text keeps real newlines; whitespace-pre-wrap renders them (so no |linebreaks filter, which would double the spacing). #}
<!-- image --> PLIEGO DE PRESCRIPCCIONES TÉCNICAS PARA LA ADJUDICACIÓN DE LOS ' SERVICIOS DE ASISTENCIA SANITARIA PROFESIONAL EN LA ESPECIALIDAD DE CIRUGIA ORTOPEDICA Y TRAUMATOLOGIA PARA LA UNIDAD DE PIE Y TOBILLO DEL HOSPITAL EGARSAT, DE EGARSAT, MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL Nº 276 ' . ## ÍNDICE 1. OBJETO DEL CONTRATO 1.1. ACTUACIONES ASISTENCIALES OBJETO DEL CONTRATO 2.- DOTACIÓN NECESARIA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO 2.1.- DOTACIÓN MÍNIMA DE PERSONAL 2.2.- RECURSOS FÍSICOS 3.-ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO. 4.- RELACIÓN DE PROCEDIMIENTOS Y SERVICIOS ESTIMADOS ANUALES 5.-TARIFAS APLICABLES 6.-FACTURACIÓN ## 1.- OBJETO DEL CONTRATO Las especificaciones contenidas en este pliego se establecen al objeto de contratar los servicios relativos a la asistencia profesional sanitaria de carácter hospitalario y ambulatorio en la siguiente especialidad asistencial, en función de las solicitudes efectuadas por los servicios médicos de Egarsat: - Servicios de asistencia sanitaria profesional en la especialidad de cirugía ortopédica y traumatología para la Unidad de Pie y Tobillo. Los servicios que se pretenden adjudicar darán cobertura a los trabajadores al servicio de las empresas asociadas a la mutua que hayan sufrido un accidente de trabajo o se hallen afectados por una enfermedad profesional, así como a los trabajadores por cuenta propia adheridos a la misma que se encuentren en tales situaciones, según lo establecido en el artículo 80 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Así mismo, se realizarán tratamientos terapéuticos a los trabajadores afectados por procesos de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 82.4.d) del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. El servicio será realizado con los medios y condiciones descritos en el presente pliego y en el pliego de cláusulas administrativas particulares, prestando las funciones asistenciales a petición de los Servicios Médicos de EGARSAT, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Real Decreto 1630/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la prestación de servicios sanitarios y de recuperación por las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social (en adelante RD 1630/2011), que por razones de especialidad justifican la contratación de los servicios clínicos definidos. ## 1.1. ACTUACIONES ASISTENCIALES OBJETO DEL CONTRATO El objeto de esta licitación será la prestación de los servicios de asistencia sanitaria de carácter hospitalario y ambulatorio que se detallan a continuación y que se realizarán en el Hospital Egarsat, sito en Avda. del Tibibado, Nº 20 de Barcelona. El adjudicatario debe tener la capacidad técnica y humana para atender cualquier trastorno de carácter urgente que se presente, así como las consultas de tipo médico e intervenciones quirúrgicas, con o sin ingreso, que la mutua le pueda solicitar. <!-- image --> Visitas médicas: Son las atenciones no urgentes, solicitadas por nuestros médicos asistenciales, que deberán realizarse en los consultorios de nuestras instalaciones hospitalarias, previa coordinación con los Servicios Médicos de Egarsat. - Primeras visitas: Las visitas realizadas por el especialista designado para la prestación experto en técnicas de cirugía de la Unidad de Pie y Tobillo con el objetivo de realizar una evaluación y diagnóstico, así como una propuesta de tratamiento si procede al paciente. Debe incluir, en cualquier caso, la entrega de un Informe médico para el médico responsable de EGARSAT. - Visitas sucesivas: En estas visitas, bajo petición expresa del médico de la mutua, el especialista revisará la evolución del cuadro clínico y la respuesta al tratamiento, se deberá realizar el correspondiente informe médico que deberá ser entregado al médico responsable de Egarsat. El adjudicatario deberá facilitar informes por cada consulta realizada, así como: - Al alta hospitalaria. - Cuando las posibilidades de curación se consideren agotadas. - Cada vez que lo soliciten los Servicios Médicos de Egarsat. NOTA: Todas las consultas serán a petición de EGARSAT , programadas con anterioridad, y con el objetivo de contar con una valoración por parte de los especialistas asignados a este servicio. EGARSAT emitirá una autorización médica por cada consulta a realizar. No se podrán efectuar visitas sin la autorización previa de EGARSAT Intervenciones quirúrgicas con o sin ingreso: Tendrán la consideración de intervenciones quirúrgicas, tanto las de carácter menor y ambulatorio como las consideradas como mayores, todas ellas según la Clasificación Terminológica y Codificación de actos y técnicas médicas del Colegio Oficial de Médicos. Las intervenciones quirúrgicas deberán ser realizadas en el Hospital Egarsat, se deberá realizar por el personal designado por el adjudicatario. Las intervenciones serán programadas y coordinadas por nuestra Directora de Enfermería conjuntamente con la supervisora de quirófano, una vez sean autorizadas por nuestro servicio médico. ## 2.- DOTACIÓN NECESARIA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO 2.1.- DOTACIÓN MÍNIMA DE PERSONAL Para la prestación de los servicios objeto de licitación, el adjudicatario deberá disponer de recursos personales propios suficientes y adecuados para la prestación de la asistencia sanitaria ambulatoria y hospitalaria. La asistencia deberá prestarse exclusivamente en las instalaciones del Hospital Egarsat y con sus propios medios personales. En este sentido, el adjudicatario asumirá de forma integral las necesidades del servicio conforme a lo especificado. El adjudicatario deberá poner a disposición del servicio, como mínimo, un profesional que cumpla con lo exigido en el Anexo 8- Solvencia técnica y profesional- del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. <!-- image --> Es imprescindible para la prestación del servicio objeto de licitación que las entidades licitadoras destinen para la misma el personal necesario para tal finalidad, siendo de exclusiva responsabilidad de las mismas la titularidad de las relaciones laborales. En todo caso, el personal destinado a la prestación del servicio dependerá exclusivamente de la entidad que resulte adjudicataria, quedando ésta obligada a cumplir los derechos y obligaciones legales vigentes inherentes a su calidad de empresario. Si durante la ejecución del CONTRATO surgieran nuevas exigencias de formación y acreditaciones oficiales para el adjudicatario o su personal dependiente, la empresa adjudicataria estará obligada a promocionar y facilitar dicha formación al personal adscrito al servicio. El titular de la empresa adjudicataria, así como el personal que atenderá la prestación de los servicios objeto de la presente licitación, no podrá estar incurso en ninguno de los supuestos legales de incompatibilidades o prohibiciones previstos en la vigente normativa de aplicación. El adjudicatario deberá garantizar durante toda la vigencia del contrato que dispone del personal necesario para la prestación asistencial del servicio contratado conforme a la legislación vigente en cada momento. ## 2.2.- RECURSOS FÍSICOS El Hospital Egarsat destinará un quirófano en exclusividad para este tipo de intervenciones (si se requiere), así como, un consultorio para visitas médicas. ## 3.- ORGANIZACION DEL SERVICIO La entidad que resulte adjudicataria deberá atender asistencialmente a todos aquellos accidentados que sean derivados mediante autorización médica de Egarsat. La asistencia sanitaria tanto ambulatoria como hospitalaria se llevará a cabo en las instalaciones de Egarsat, en concreto, en las del Hospital Egarsat, quien le proporcionará el material que requiera para su actividad. Egarsat pondrá a disposición del adjudicatario el catálogo de material de osteosíntesis e implantes quirúrgicos con los que puede trabajar, así como, el instrumental para llevar a cabo su actividad quirúrgica. Los pedidos de material y las necesidades que surjan se coordinarán a través de la Directora de Enfermería y el Jefe del Servicio COT de nuestro hospital que gestionarán la demanda de material que se requiera. La empresa adjudicataria deberá adoptar todas las decisiones médicas y administrativas relativas al tratamiento de los accidentados, atendiendo a los criterios médico-profesionales y de gestión que le sean comunicados por Egarsat. Además, se responsabilizará del seguimiento y evolución de los accidentados que atiendan, siempre y cuando disponga de los medios necesarios para hacerlo. En caso contrario, deberán poner en conocimiento de Egarsat tal circunstancia, en la mayor brevedad posible para valorar los casos. Egarsat se reserva la facultad de efectuar la revisión y/o seguimiento de los pacientes en tratamiento a través de su responsable médico designado a tal efecto. Incluso si por razones médicas lo considerase oportuno, la mutua podrá rescatar al paciente para concluir el proceso médico. ## Reclamaciones La empresa adjudicataria deberá informar de manera inmediata a EGARSAT de las quejas o reclamaciones recibidas por parte de los pacientes que asista, en referencia a cualquier aspecto de gestión asistencial de los servicios objeto del contrato. Además, deberá informar a EGARSAT de los motivos y las circunstancias que han originado tal reclamación para poder valorar a partir de su estudio, si deben ser objeto de subsanación o no por parte del adjudicatario. <!-- image --> ## 4.- RELACIÓN DE PROCEDIMIENTOS Y SERVICIOS ESTIMADOS ANUALES | Descripción | Cantidad estimada anual | Precio MÁXIMO unidad (IVA exento) | Importe estimado anual (IVA exento) | |---------------------------------|---------------------------|-------------------------------------|---------------------------------------| | VISITAS MÉDICAS | | | | | Primera visita /Visita Urgencia | 40 | 64,72 € | 2.588,80 € | | Sucesiva visita | 40 | 37,33 € | 1.493,20 € | | GRUPOS QUIRURGICOS | | | | | GRUPO 0 | 1 | 196,52 € | 196,52 € | | GRUPO I | 1 | 204,85 € | 204,85 € | | GRUPO II | 1 | 259,11 € | 259,11 € | | GRUPO III | 1 | 381,35 € | 381,35 € | | GRUPO IV | 1 | 517,80 € | 517,80 € | | GRUPO V | 10 | 694,70 € | 6.947,00 € | | GRUPO VI | 20 | 928,35 € | 18.567,00 € | | GRUPO VII | 5 | 1.194,54 € | 5.972,70 € | | GRUPO VIII | 5 | 1.524,03 € | 7.620,15 € | | TOTAL ANUAL | | | 44.748,48 € | Estos datos son estimativos del volumen anual de los servicios a prestar, sin que ello obligue a EGARSAT a contratar exactamente el número total de servicios aquí reflejados, dado que su número exacto dependerá del número de pacientes a tratar y su evolución. El presupuesto de licitación es únicamente estimativo y el compromiso contractual es exclusivamente por las solicitudes y servicios prestados, así como, su abono será por los precios unitarios ofertado por el adjudicatario. EGARSAT no tendrá ninguna responsabilidad ni obligación contractual adicional en caso de que el número de servicios sea menor que el estimado. ## 5.- TARIFAS APLICABLES Los licitadores deberán de presentar listado de tarifas de todos los servicios detallados en el presente pliego de acuerdo con el modelo de oferta económica presentada en el Anexo 2. En las tarifas estarán deducidos los costes de las instalaciones hospitalarias según el Art. 5 del Real Decreto 1630/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la prestación de servicios sanitarios y de recuperación por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social. NOTA: Cuando en un mismo acto quirúrgico se realicen varios procedimientos, el criterio de facturación será: <!-- image --> - 100% de la tarifa de intervención quirúrgica que corresponda al Grupo más elevado. - 50% de la tarifa correspondiente al segundo procedimiento realizado. - 25% de la tarifa correspondiente al tercer procedimiento realizado. ## 6.-FACTURACIÓN La entidad adjudicataria facturará a mes vencido, dentro de los cinco primeros días del mes siguiente, los servicios efectuados. Las facturas que emita deberán ser realizadas en formato electrónico, si se requiere. Los requisitos y sistema de envío de las facturas para su adecuada tramitación se detallan a continuación: - -El formato de las facturas electrónicas debe ser Facturae 3.2 ó 3.2.1 - -Para su elaboración en dicho formato, si no dispone de aplicaciones informáticas para su creación, puede utilizar el programa gratuito proporcionado por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo en el siguiente enlace: http://www.facturae.gob.es/formato/Paginas/descarga-aplicacionescritorio.aspx - -Las facturas deben estar firmadas electrónicamente - -Indicar la Mutua como destinatario de la factura con los siguientes códigos: - -Nombre Unidad Tramitadora: EGARSAT | | CODIGO | DENOMINACION | |--------------------|-----------|----------------| | Oficina contable | GE0000511 | EGARSAT | | Órgano Gestor | GE0000511 | EGARSAT | | Unidad Tramitadora | GE0000511 | EGARSAT | - - Enviar la factura por internet a través del portal web del Punto General de Entrada de la Factura Electrónica de la Administración, denominado FACe en el siguiente enlace https://face.gob.es/es/ o mediante la conexión automática entre su sistema informático y dicho portal. Las facturas deberán cumplir los siguientes requisitos: - -Con carácter general, conforme a los requisitos fiscales establecidos, en la factura constará la Razón Social, C.I.F./N.I.F. y dirección tanto de la entidad emisora como de la receptora de la factura, número y fecha de la misma. - -Las facturas se emitirán siempre tras la realización de los servicios. - -En caso de emitir una factura por trabajador, deberá indicarse en la misma el nombre, apellidos, DNI/NIF, tarifa aplicada según el servicio prestado y fecha de realización. - -En caso de emitir una factura por el conjunto de servicios efectuados durante el mes, deberá acompañarse una relación detallada de los mismos, aportando en todos los casos los datos e información especificados en el párrafo anterior. - -La factura deberá ir acompañada de la correspondiente autorización por parte de EGARSAT, si fuera el caso. - -Los importes unitarios aplicados que se relacionen en las facturas se ajustarán siempre a los ofertados por el adjudicatario. - -En la factura deberá constar el número del expediente de esta licitación El incumplimiento de alguno o todos los requisitos mencionados, supondrá la devolución de la factura al proveedor. ## Firmado digitalmente por Dr. Marco Ferri.