Informe sobre las ofertas incursas en presunción de anormalidad
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INFORME-PROPUESTA SOBRE ACEPTACION DE LA JUSTIFICACION DE OFERTA INCURSA EN PRESUNCION DE ANORMALIDAD EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION DE UN SERVICIO DESANTACRUZDETENERIFE,MEDIANTEPROCEDIMIENTOABIERTO(Expediente:10/2026)
## ANTECEDENTES
Vistala existencia de una oferta incursa enpresuncionde anormalidad en elprocedimiento de contratacion de referencia, presentada por la entidad DIDASCALIA FORMACION Y CONSULTORiA noviembre, de Contratos del Sector Publico, a requerir a la licitadora para que justificara la viabilidaddesuproposicioneconomica.
Recibida en plazo la documentacion justificativa presentada por la licitadora, procede emitir el presente informe-propuesta sobre su aceptacion o rechazo.
La oferta economica presentada por DIDASCALIA FORMACION Y CONSULTORiA, S.L. asciende a la cantidad de SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO EUROS (6.365,O0 ), declarando la exencion de IGIC.
El presupuesto base de licitacion del contrato asciende a DIEZ MIL CIENTO SESENTA Y CINCO EUROS (10.165,00 IGIC incluido), siendo el valor estimado del contrato de NUEVE MIL QUINIENTOS EUROS (9.500,00 IGIC no incluido).
## CONSIDERACIONES
## 1.-Sobre el contenido de la justificacionpresentada
La documentacion aportada por DIDASCALIA FORMACION Y CONSULTORiA, S.L. contiene una una explicacion expresa de los factores organizativos, técnicos y economicos que permiten sostener el bajo nivel del precio ofertado sin menoscabo de la calidad de la prestacion.
expresamenteque esteresultaplenamentesostenibley compatibleconel cumplimiento de las
Asimismo, la licitadora identifica diversos factores concretos de eficiencia economica y organizativa que, segun expone, le permiten formular una oferta competitiva, entre ellos:
- ·la existencia de una estructura empresarial especializada enformacion;
- la disponibilidad de personai técnico y docente propio o colaborador habitual;
- ·la experiencia acumulada en proyectos similares;
- ·la utilizacion de materiales didacticospropios;
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Santa Cruz deTenerife
- ·la existencia de acuerdos comerciales estables con proveedores;
- ·la optimizacion de costes derivada del elevado volumen de actividad formativa anual;
- ·y la reduccion del margen de beneficio empresarial en este tipo de contratos.
Igualmente,lamemoriajustificativadestacaquelaentidaddesarrollademanera ordinaria actividades de formacion profesional y gestion integral de proyectos formativos, contando con una estructura ya implantada que le permite absorber parte de los costes generales sin necesidad de repercutirlos integramente al contrato objeto de licitacion.
La empresa también expone que dispone de una amplia bolsa de docentes colaboradores y de recursos humanos especializados, circunstancia que, segun indica, evita costes adicionales de seleccion, captacion y formacion de personal.
Asimismo, la licitadora identifica diversos recursos materiales y tecnologicos previamente amortizados o integrados enla estructura habitualdela empresa,incluyendoplataformas digitales,servidores,materialdidacticoyrecursosdedifusionycomunicacion.
laborales, salariales y de Seguridad Social, senalando que los salarios previstos se ajustan al de altaconforme a la normativavigente.
## 2.-Sobrelaadecuacionalmarconormativo
El articulo 149 de la LCSP exige que, una vez apreciada una oferta incursa en presuncion de anormalidad, el licitador justifique y desglose razonada y detalladamente el bajo nivel de los preciosocostesofertados.
El citadoprecepto permitevalorar, entre otros elementos:
- el ahorro derivado del procedimiento de prestacion del servicio;
- las soluciones técnicas adoptadas;
- ·las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga la empresa;
- ·la innovacion y organizacion empresarial;
- y el respeto de las obligaciones medioambientales, sociales y laborales.
La exclusion de una oferta incursa en presuncion de anormalidad exige una motivacion suficiente basada en elementos objetivos que permitan concluir fundadamente su inviabilidad o la imposibilidad de ejecutar correctamente el contrato en los terminos ofertados.
aportenecesariamenteunacontabilidadanaliticaexhaustivaounaacreditaciondocumental absoluta de todos y cada uno de los costes unitarios, sino de que el organo de contratacion pueda apreciar razonablemente, a la vista del conjunto de la documentacion presentada, la viabilidad técnica y economica de la oferta y la inexistencia de indicios suficientes de incumplimiento de obligacioneslegalesocontractuales.
## 3.-Valoraciontécnicay economica de laviabilidad
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Elcontratoobjetodelicitaciontieneporfinalidadeldisenioeimparticiondetalleresde un minimo de 14 talleres presenciales, asi como diversas obligaciones de coordinacion, seguimiento, documentacion y apoyo tecnico.
Examinada la documentacion aportada por DIDASCALIA FORMACION Y CONSULTORiA, S.L., esta Unidad Técnica considera que la empresa ofrece una explicacion suficiente y razonada de la viabilidad del precio ofertado, atendiendo a un conjunto de factores concurrentes adecuadamenteidentificados.
En particular, resulta relevante que la empresa:
- acredita experiencia consolidada en el ambito de la formacion y empleabilidad;
- dispone de medios personales y materiales ya integrados en su estructura empresarial;
- justifica economias de escala derivadas del volumen de actividad desarrollado;
- explica la reduccion de costes generales mediante el aprovechamiento de recursos propiospreviamenteexistentes;
- y vincula expresamente la viabilidad economica de la oferta a ventajas organizativas concretas y coherentes con el objeto del contrato.
Asimismo, la empresa no se limita a formular afirmaciones genericas sobre su eficiencia, sino que identificadeformaconcretadiversoselementosdeahorrovinculadosalaejecuciondel contrato, entreellos:
- la disponibilidad de materiales didacticos propios;
- ·la existencia de acuerdos comerciales con proveedores;
- ·la utilizacion de infraestructura tecnologica ya amortizada;
- ·la existencia de personal técnico y docente propio;
- ·y la inexistencia de costes de alquiler de instalaciones al ser facilitadas por la Camara.
Resulta igualmente relevante que la entidad explique expresamente que el margen de beneficio institucional, extremo que, por si mismo, no determina la inviabilidad de la oferta siempre que no se aprecie incumplimiento de obligaciones legales o contractuales.
Si bien la justificacion no incorpora una descomposicion economica exhaustiva por horas individualizadas o costes unitarios completos, si proporciona elementos suficientes (en sus empresa sostiene economicamente suejecucion.
objetivamenteincompatiblesconlacorrectaejecuciondelcontrato.
la organizacion propuesta, los medios alegados y las razones de eficiencia economica invocadas.
## 4.-Sobreel riesgoenlaejecuciondel contrato
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A la vista de la documentacion examinada, no se aprecian elementos objetivos suficientes para concluir que la oferta comprometa la correcta ejecucion del contrato o que el bajo nivel del precio ofertado descanse en el incumplimiento de obligaciones laborales, sociales o medioambientales.
La licitadora ha incorporado referencias expresas al cumplimiento del convenio sectorial aplicable; a la correcta cobertura de costes salariales y de Seguridad Social; a la adscripcion de medios los pliegos.
Dei mismo modo, no constan en el expediente indicios concretos y acreditados de dumping social, incumplimiento normativo o imposibilidad material de ejecucion de la prestacion.
Lavaloracionfavorabledelajustificacionserealiza enterminosdesuficienciarazonadaaefectos del articulo149LCSP.Lorelevante eneste tramite es que la empresa ha ofrecidouna explicacion consistente del modo en que puede ejecutar el contrato al precio ofertado, sin que del expediente se derivenelementosobjetivosbastantesparasostener su inviabilidad.
## 5.-Conclusion
A lavista detodolo anterior,estaUnidadTécnica considera quelajustificacionpresentadapor DIDASCALIA FORMACION Y CONSULTORiA, S.L. contiene una explicacion suficiente, razonada y materialmentebastantedelaviabilidaddelaofertaformuladaenelexpediente10/2026,enla medida en que:
- acreditaun conocimientopreciso del alcance contractual;
- identifica medios personales y materiales adecuados para la ejecucion;
- describe factores concretos de ahorro y eficiencia vinculados a su estructura organizativa;
- justifica la reduccion del precio mediante economias de escala y optimizacion de recursos;
- incorpora una explicacion economica general compatible, en terminos razonables, con el precio ofertado;
- y no pone de manifiesto incumplimientos acreditados de obligaciones sociales, laborales omedioambientales.
## Enconsecuencia,
SEPROPONE AL ORGANO DECONTRATACIONACEPTARla justificacion presentadapor DIDASCALIA FORMAClON Y CONSULTORiA, S.L., al estimarse suficientemente acreditada, a los efectos del articulo 149 de la LCsP, la viabilidad técnica y economica de la oferta incursa en presuncion de anormalidad, sin perjuicio del seguimiento ordinario de la ejecucion contractual conforme a los pliegos.
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