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Pliego Técnico
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## AYUNTAMIENTO DE SANTAELLA
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Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en http://www.santaella.es
Firmado por Concejal de Festejos, Aldeas, Agricultura y Medio Ambiente. RAMIREZ LORA JUAN el 21-04-2026
GEX 2026/2309
## PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO DE SERVICIO DE ILUMINACIÓN EXTRAORDINARIA FIESTAS DE SANTAELLA 2026.
## Cláusula 1ª.- Objeto
De conformidad con el artículo 99 LCSP, el objeto del presente contrato es el servicio para la iluminación extraordinaria de carácter artístico y ornamental objeto de instalación para las Ferias y Fiestas de Santaella y pedanías en el año 2026. Concretamente, las siguientes Festividades:
| FESTIVIDAD | LUGAR DE INSTALACIÓN | FECHA |
|-------------------------------|----------------------------------|--------------------------|
| Recinto Ferial de El Fontanar | 29 a 31 mayo 2026 | Feria de El Fontanar. |
| Recinto Ferial de La Montiela | 02 al 05 de julio de 2026 | Feria de La Montiela. |
| Plaza Mayor de Santaella | 24 a 26 de julio de 2026 | Feria Santiago Apóstol. |
| Recinto Ferial de Santaella | 04 a 09 de septiembre de 2026 | Feria Real de Santaella. |
| Navidad 2026 | y La 26 noviembre a 6 enero 2027 | Santaella, El Fontanar |
Este contrato conlleva la necesidad de instalación de iluminaciones extraordinarias de género ornamental y festivo, así como el montaje de las infraestructuras eléctricas necesarias, que tienen como fin por un lado el realce y ornato de dichas celebraciones.
El objeto del contrato la prestación del servicio de transporte, suministro, montaje, instalación, mantenimiento y desmontaje de los elementos de alumbrado ornamental, que de forma extraordinaria, ilumine las calles, plazas, recintos o lugares que se detallan en el presente pliego.
Teniendo en cuenta las características de las distintas celebraciones que se iluminan, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99.3 de la LCSP, se justifica la decisión de no dividir en lotes el objeto del contrato en el hecho de que la realización de forma independiente de las diversas prestaciones comprendidas en el objeto del contrato, dificultaría su correcta ejecución desde el punto de vista técnico, produciéndose un evidente riesgo al implicar la necesidad de coordinar diferentes contratistas en el suministro y ejecución del alumbrado de diferentes festividades que buscan una homogeneidad difícil de conseguir si no se ejecutan en las mismas condiciones.
## Cláusula 2ª.- Descripción del servicio. Fechas de ejecución.
Para todos los servicios objeto de contrato, además de las características y cantidades concretas de cada celebración, incluirán en todo caso la colocación de los postes, soportes y vientos necesarios para la instalación del alumbrado extraordinario y tendido de líneas eléctricas, conexión y desconexión a la red, y el mantenimiento de las instalaciones durante el período de
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montaje señalado y los días de encendido.
Asimismo, es obligación del adjudicatario del contrato la realización y aportación de la documentación técnica necesaria para el suministro eléctrico, emitiendo los Certificados Técnicos de Instalador autorizado de baja tensión , para realizar las instalaciones eléctricas tanto de la instalación de alumbrado como de las redes (trenzado donde se requiera) que son necesarias de forma provisional para dotar de suministro eléctrico los recintos feriales o lugares habilitados en su caso, como en las ferias de El Fontanar, La Montiela y Santaella. Para estas instalaciones, el Ayuntamiento dispone de Proyecto de la Instalación y Dirección Técnica adecuada, para la tramitación con la comercializadora correspondiente. La documentación necesaria deberá entregarse en el Ayuntamiento con una antelación mínima de 25 días a la fecha de encendido.
En cuanto a la cantidad y características básicas del alumbrado extraordinario, deberá cumplir como mínimo con lo siguiente y en las fechas que se indican, siendo de tecnología led todos los elementos de iluminación decorativa:
- 1- FERIA DE EL FONTANAR. Iluminación artística ornamental temporal, con encendido durante los cuatro días de celebración de las fiestas, del 29 a 31 de mayo de 2026 .
- MONTAJE tres días anteriores al 29 de mayo, valorándose el adelanto de la instalación según lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
La instalación cumplirá con las siguientes condiciones:
- 7 arcos led, de tres piezas o similar tamaño.
- Un pórtico iluminado de 9 metros, para la entrada al recinto.
- Trenzado 4x50 mt. (desde el recinto al centro de transformación provisional), para llevar suministro eléctrico a Caseta de Juventud.
- 2- FERIA DE LA MONTIELA. Iluminación artística ornamental temporal, con encendido durante los cuatro días de celebración de las fiestas, del 2 al 5 de julio en 2026 .
- MONTAJE tres días anteriores al 2 de julio , valorándose el adelanto de la instalación según lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas.
La instalación cumplirá con las siguientes condiciones:
- 8 arcos led, de tres piezas o similar tamaño.
- Un pórtico iluminado de 9 metros, para la entrada al recinto.
- Guirnaldas que cubran delante del edificio Ayuntamiento la plaza Mayor de la Montiela, y el área acotada de la Caseta Municipal.
- 3- FIESTAS DE SANTIAGO. En Santaella iluminación artística ornamental temporal, con encendido durante los tres días de celebración de las fiestas, del 24 al 26 de julio en 2026 .
- MONTAJE tres días anteriores al 24 de julio , valorándose el adelanto de la instalación según lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas.
La instalación cumplirá con las siguientes condiciones:
- Paraguas de luces.
- Guirnaldas que iluminen la Plaza Mayor de Santaella.
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4- FERIA REAL DE SANTAELLA. Iluminación artística ornamental temporal, con encendido durante los cuatro días de celebración de las fiestas, del 4 al 9 de septiembre en 2024 .
- MONTAJE tres días anteriores al 4 de septiembre , valorándose el adelanto de la instalación según lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas.
La instalación cumplirá con las siguientes condiciones:
- Portada tridimensional de 13 metros, iluminada y decorada en todas sus caras con tecnología led
- 18 arcos led, de tres piezas o similar tamaño.
- 6 tiras de guirnaldas a lo largo de todo el recinto ferial.
5. ILUMINACIÓN NAVIDEÑA. Iluminación artística ornamental temporal en el núcleo urbano de Santaella, La Montiela y El Fontanar, en las calles y plazas o elementos urbanos singulares que se indiquen, con encendido durante los cuatro días de celebración de las fiestas, del 26 de noviembre de 2026 al 6 de enero de 2027.
- MONTAJE durante los tres días anteriores, valorándose el adelanto de la instalación según lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas.
La instalación cumplirá con las siguientes condiciones:
## SANTAELLA :
- 26 arcos led, de diverso tamaño, conforme a la amplitud de las calles Baldomero Palma, Arenal, Villargallegos, Corredera y Plaza Mayor.
- 1 pino SW de 10 metros de altura, para ubicación en Plaza Mayor.
- 1 elemento decorativo de mínimo 3 metros de altura para Plaza Mayor.
- 3 figuras decorativas de suelo, en mimbre, tipo ciervos o similares.
- Iluminación de 68 naranjos con guirnalda led.
## LA MONTIELA:
- 8 arcos led, de diverso tamaño, conforme a la amplitud de las calles.
- 2 figuras decorativas de suelo, en mimbre, tipo ciervos o similares.
- Iluminación de 4 naranjos con guirnalda led.
- Iluminación de 2 pinos naturales de gran tamaño.
## EL FONTANAR:
- 4 arcos led, de diverso tamaño, conforme a la amplitud de las calles.
- 2 figuras decorativas de suelo, en mimbre, tipo ciervos o similares.
- Iluminación de 7 naranjos con guirnalda led.
El desmontaje de todas las instalaciones se llevará a cabo durante la semana siguiente al último de día de celebración de cada fiesta, siendo valorable su reducción conforme a lo que disponga el PCAP.
## Cláusula 3ª.- Mejoras y criterios de adjudicación.
De conformidad con los artículos 131 y 145 LSP, los criterios de adjudicación y mejoras propuestos para el presente contrato son los siguientes:
- a) Oferta económica.
- b) Reducción días del plazo de montaje.
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## c) Ampliación de los elementos decorativos (nº de elementos, figuras, arcos, etc. a distribuir por el Ayuntamiento en las fiestas que considere oportuno).
## Cláusula 4ª.- Presupuesto base de licitación y valor estimado del contrato.
La determinación del PBL y el VE se ha realizado teniendo en consideración el precio de los servicios adquiridos en fecha anterior, la evolución de precios experimentada en el mercado a raíz del encarecimiento sufrido por estos fruto de la situación económica actual y, en última instancia, las consultas efectuadas con distintas empresas y operadores económicos del sector.
## FERIAS Y FIESTAS 2026
| FIESTAS | NECESIDADES A SUMINISTRAR | PRECIO ESTIMADO |
|---------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------------------|
| Feria de El Fontanar 2026 | - 7 uds. arcos LED de 3 piezas o similar tamaño. - 1 ud. pórtico iluminado de 9 metros, para la entrada al recinto. - Trenzado 4x50 mt. (desde el recinto al centro de transformación provisional) | 3.539,17 euros, IVA 21% incluido. |
| Feria de La Montiela 2026 | - 8 arcos led, de tres piezas o similar tamaño. - 1 ud. pórtico iluminado de 9 metros, para la entrada al recinto. - Guirnaldas que cubran delante del edificio Ayuntamiento la plaza Mayor de la Montiela, y el área acotada de la Caseta Municipal. 3.799,53 21% | euros, IVA incluido. |
| Fiestas de Santiago 2026 | - Paraguas de luces. - Guirnaldas que iluminen la Plaza Mayor de Santaella. | 882,34 euros, IVA 21% incluido |
| Feria Real Santaella 2026 | - Portada tridimensional de 13 metros, iluminada y decorada en todas sus caras con tecnología led - 18 uds. arcos led, de 3 piezas o similar tamaño. - 6 uds. tiras de guirnaldas a lo largo de todo el recinto ferial. | 12.408,47 euros, IVA 21% incluido. |
| Navidad 2026 | SANTAELLA : - 26 uds. arcos led, de diverso tamaño, conforme a la amplitud de las calles Baldomero Palma, Arenal, Villargallegos, Corredera y Plaza Mayor. - 1 pino SW de 10 metros de altura, para ubicación en Plaza Mayor. - 1 elemento decorativo de mínimo 3 metros de altura para Plaza Mayor. - 3 figuras decorativas de suelo, en mimbre, tipo ciervos o similares. - Iluminación de 68 naranjos con guirnalda led. LA MONTIELA : - 8 uds. arcos led, de diverso tamaño, conforme a la amplitud de las calles. - 2 figuras decorativas de suelo, en mimbre, tipo ciervos o similares. - Iluminación de 4 naranjos con guirnalda led. - Iluminación de 2 pinos naturales de gran tamaño. EL FONTANAR : - 4 uds. arcos led, de diverso tamaño, conforme a la amplitud de las calles. - 2 figuras decorativas de suelo, en mimbre, tipo ciervos o similares. - Iluminación de 7 naranjos con guirnalda led. | 28.658,19 euros, IVA 21% incluido. |
| | TOTAL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (PBL) | 40.733,64 euros, IVA 21% excluido. |
| | TOTAL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (PBL) | 49.287,70 euros, IVA 21% incluido. |
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- [ ] El presupuesto base de licitación asciende a 49.287,70 euros, IVA incluido.
El importe se abonará con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria 3380-22112 (ILUMINACIONES FERIAS Y FIESTAS MUNICIPALES) , del presupuesto municipal para el ejercicio, existiendo en el expediente el documento de existencia de crédito de la Intervención Municipal para tal fin.
Se entenderá que todos los gastos que se originen para el licitador como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego, así como los tributos que sean de aplicación según las disposiciones vigentes serán a cargo del mismo.
El pago del precio del contrato se realizará, una vez hayan finalizado las actuaciones previstas en cada lote del presente pliego, previa entrega de la correspondiente factura a través de FACe en los plazos legalmente establecidos según normativa en vigor.
## Cláusula 5ª.- Obligaciones del adjudicatario
Quien resulte adjudicatario del contrato será responsable ante el Ayuntamiento de Santaella de la correcta ejecución del servicio, y a tales efectos, se establecen las siguientes obligaciones:
1. Transporte hasta el lugar correspondiente de los materiales que componen la instalación descrita en los apartados correspondientes a instalaciones.
2. Montaje completo de los suministros e instalaciones complementarias necesarias para su correcto funcionamiento, con aportación de maquinaria, herramientas y materiales auxiliares necesarios, incluida grúa y otros medios mecánicos, así como disponer los medios para la ordenación del tráfico durante los trabajos evitando en lo posible las molestias a terceros.
3. Aportación e instalación de todas las redes eléctricas de distribución y cuadros de maniobra que no estén instalados en las diversas calles o plazas, así como ampliar dichas instalaciones si fuera necesario. Incluye el tendido de todos los conductores de los circuitos de alumbrado extraordinario.
4. Suministro y montaje de todos los elementos sustentantes, como pueden ser apoyos, crucetas, vientos, etc, que sean necesarios para completar el montaje de los distintos motivos.
5. Encendido y apagado del alumbrado extraordinario a las horas prefijadas por el Ayuntamiento durante el periodo de funcionamiento.
6. Vigilancia, mantenimiento y conservación de todas las instalaciones y suministros, para lo que la empresa nombrará una persona responsable y un teléfono de localización para que en el plazo máximo de una hora disponga del personal y los medios necesarios para proceder a la valoración y reparación de la avería o incidencia producida.
7. Prueba y verificación de las instalaciones hasta quedar de acuerdo con las exigencias previstas en el presente pliego a juicio de los Técnicos Municipales, que se realizará una vez finalizado el montaje.
8. Tramitación y legalización (autorización) de las instalaciones en los organismos competentes y el pago de las tasas a que ello diera lugar, todo ello con la antelación adecuada. Se deberá justificar el cumplimiento del Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se
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aprueba el Reglamento de Eficiencia Energética en instalaciones de Alumbrado exterior así como sus Instrucciones Técnicas Complementarias.
9. Finalizados los eventos, el adjudicatario deberá eliminar todo elemento de la instalación, especialmente líneas de alimentación, cuadros, acometidas, alambres y cables metálicos de sujeción, dejando los lugares en las condiciones iniciales de manera que no desmerezca la estética de la calle, plaza o recinto público donde fueron instalados.
10. El adjudicatario cumplirá todas las prescripciones vigentes en materia de seguridad de las personas y de las cosas, especialmente en lo que atañe a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, respecto a los propios montadores.
11. La estructura de las portadas, arcos, guirnaldas y figuras y otros elementos de suelo, deberán quedar instalados en condiciones que garanticen su seguridad estructural y eléctrica, con estricta observancia y cumplimiento de la normativa en vigor, siendo único y exclusivo responsable el contratista de las instalaciones, declinando este Ayuntamiento y sus Servicios Técnicos toda clase de responsabilidad.
12. Sera necesario aportar por parte del contratista un Certificado de seguridad y Solidez del montaje de las portadas del recinto ferial suscrito por Técnico competente. El adjudicatario deberá realizar los cálculos estructurales necesarias y pertinentes para garantizar la seguridad de las estructuras colgantes y cualquier otra, teniendo como hipótesis de partida el peso propio y las posibles sobrecargas generadas por el viento, lluvia y otros agentes climáticos o condicionantes que pudiera prever, garantizando también el cumplimiento de la normativa vigente en materia de seguridad estructural.
13. En el caso de instalaciones individuales conectadas a la red de alumbrado público, se deberán disponer protecciones individuales, efectuándose la medida de carga por fase de los Centros afectados; previamente se medirá en condiciones normales y otra vez al conexionar el alumbrado público.
14. Antes de dar comienzo al montaje se llevará a cabo a su cargo, un reconocimiento por el contratista de todos los edificios, construcciones y mobiliario público que puedan ser afectados por los trabajos, indicando aquellas deficiencias que deban constar previamente, a efectos de su acreditación ante posteriores grietas, daños, etc. obteniendo las fotografías previas pertinentes. Si no se notificara al Ayuntamiento ninguna anomalía, se entenderá que las fijaciones de los distintos elementos a instalar se consideran seguras y han sido comprobadas.
15. El contratista llevará a cabo, previo a la ejecución de los trabajos de instalación y montaje de la iluminación, un replanteo general de las instalaciones para su revisión y aprobación por el Ayuntamiento.
16. La adjudicataria deberá disponer de un seguro de responsabilidad civil que cubra las contingencias que pudieran surgir derivadas del uso, montaje y desmontaje.
17. El adjudicatario será directamente responsable de toda indemnización civil de daños por accidentes ocasionados por el personal e instalaciones. Asimismo, será responsable civil y administrativamente ante el Ayuntamiento por las faltas que cometan sus trabajadores y representados, y quedará obligado al resarcimiento de los daños que se causen a terceros por la defectuosa prestación del servicio. A estos efectos deberá suscribir y presentar al Ayuntamiento una póliza de seguro que cubra los posibles daños y perjuicios.
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18. Deberá comunicarse inmediatamente al Ayuntamiento cualquier incidente, anomalía o circunstancia que afecte a la prestación normal conforme al presente Pliego, de los servicios objeto de contratación.
19. El no cumplimiento de alguno de estos requisitos, así como los fallos de las instalaciones no corregidos en el tiempo previsto, por el equipo de mantenimiento del contratista, será motivo de la sanción prevista en los pliegos, previos los informes preceptivos.
## Cláusula 6ª.- Reglamentación aplicada.
Las instalaciones objeto del presente pliego se verán afectadas por la siguiente normativa que enumeramos sin que ello quede excluida ninguna que sea de aplicación:
- Real Decreto 842/2002 por el que se aprueba el Reglamento Electrotecnico para Baja Tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias.
- Real Decreto 1955/2000 por el que se Regulan las Actividades de TComercialización, Suministro y Procedimientos de Autorización de Instalaciones de Energía Eléctrica.
- Real Decreto 1890/2008 por el que se aprueba el Reglamento de Eficiencia Energética en instalaciones de Alumbrado Exterior y sus Instrucciones Técnicas Complementarias.
- Normas particulares y condiciones técnicas y de seguridad de la empresa distribuidora de energíaeléctrica Endesa Distribución, SLU aprobadas por Resolución 5 de Mayo de 2005 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas.
- Instrucción de 31 de marzo de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre procedimiento de puesta en servicio y materiales y equipos a utilizar en instalaciones temporales de ferias y análogas.
- Instrucción de 29 de diciembre de 2006, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, complementaria de la instrucción de 31 de marzo de 2004 sobre procedimiento de puesta en servicio y materiales y equipos a utilizar en instalaciones temporales de ferias, verbenas, exornos navideños y manifestaciones análogas.
## Cláusula 7ª.- Especificaciones Técnicas
1. La adjudicataria cumplirá todas las prescripciones vigentes en materia de instalaciones eléctricas provisionales, respecto a la seguridad de las personas y de las cosas, especialmente el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión vigente en la actualidad y del de Seguridad e Higiene en el Trabajo, respecto a los propios montadores.
2. El montaje de estructuras y demás elementos deberá garantizar su seguridad estructural, debiendo de quedar anchura suficiente entre los elementos montados, de manera que no se entorpezca el paso de vehículos y personas.
3. Las instalaciones deberán quedar perfectamente aisladas y protegidas contra contactos directos e indirectos utilizándose para ello los medios adecuados y legalmente establecidos en la normativa de referencia. En este aspecto se exigirán las máximas garantías y su estricta observancia y cumplimiento, siendo único y exclusivo responsable el contratista de las instalaciones y declinando este Ayuntamiento toda clase de responsabilidad.
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Código seguro de verificación (CSV): 1D60 BAC2 4541 3523 DCF3
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4. El contratista deberá estar en posesión de cuanta documentación sea necesaria y exigible para llevar a cabo instalaciones y reparaciones eléctricas, lo cual deberá justificarse documentalmente.
5. Para la puesta en funcionamiento de las instalaciones provisionales, incluso para las pruebas, deberá haberse solicitado y obtenido el preceptivo dictamen facultativo del Organismo competente, sin cuyo requisito no serán puestas en funcionamiento las instalaciones.
6. Por lo que se refiere a los arcos luminosos, se colocara en posición adecuada procurando conservar una alineación lo mas perfecta posible y a la altura conveniente sobre el nivel del pavimento, de tal manera que en ningún caso puedan entorpecer el paso de personas, vehículos , pasos procesionales, etc.
7. Por lo que se refiere a la estructura metálica y demás elementos que forman las portadas estos quedaran montados garantizándose su seguridad estructural así como una vez montados los elementos deberá quedar anchura suficiente de manera que no se entorpezca el paso de vehículos y personas.
8. En todo lo no previsto en este pliego y en el de condiciones administrativas, se estará a lo dispuesto en la normativa general y a las disposiciones específicas de aplicación al caso, especialmente en la parte referente a la seguridad de las instalaciones eléctricas.
## Cláusula 8ª.- Ejecución del contrato.
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el Pliego de Prescripciones Técnicas y conforme con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación.
Se coordinará adecuadamente con el personal municipal toda la preparación y distribución previa, el montaje de las instalaciones de alumbrado, horarios de encendido y funcionamiento, consensuando con el Ayuntamiento la solución a cuantas incidencias puedan producirse.
## Cláusula 9ª.- Duración del contrato
El presente contrato se concibe, a efectos obligacionales, como un contrato de resultado, pues el contratista se obliga a cumplir un resultado.
Por tanto, el plazo en el presente contrato ha de configurarse en términos de plazo de ejecución, entendiéndose como el plazo en virtud del cual existe relación contractual entre esta Administración y el contratista a efectos de satisfacer una necesidad propia, cual es el servicio de atención e información turística, atendiendo a las necesidades de esta Administración.
La duración del contrato de servicios será de 1 año, con arreglo a la siguiente periodicidad:
- Año 1 (2026). Comprende desde mayo de 2026 (fecha de la primera feria) a enero de 2027 (fecha de la Navidad 2026, última feria), con arreglo a las festividades citadas anteriormente.
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