MINISTERIO SECRETARÍA DE ESTADO
GOBIERNO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y PENSIONES
DE ESPAÑA
Y MIGRACIONES
GERENCIA DE INFORMÁTICA DE LA
SEGURIDAD SOCIAL
Exp. 2026/7021
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE
MANTENIMIENTO DEL EQUIPAMIENTO DE ALMACENAMIENTO HITACHI DE LA GERENCIA
DE INFORMÁTICA DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO,
CON UNO O VARIOS CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA.
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Í N D I C E
1. CONDICIONES A LAS QUE DEBE AJUSTARSE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
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1. CONDICIONES A LAS QUE DEBE AJUSTARSE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Constituye el objeto del contrato la prestación del servicio de mantenimiento que dé cobertura
al equipamiento hardware de almacenamiento de información de la marca HITACHI
(incluyendo como parte inseparable del equipamiento hardware el software específico interno
asociado al mismo), instalado en la Gerencia de Informática de la Seguridad Social (en adelante,
GISS).
Para la infraestructura específica definida en el apartado 1.2.12 de este documento, este servicio
de mantenimiento deberá prestarse de acuerdo con las especificaciones del servicio específico de
soporte «CIMaaS by Hitachi Vantara», que es adicional a un soporte básico, y con las
prestaciones específicas que se definen en dicho apartado.
1.1. EQUIPAMIENTO A MANTENER
El presente procedimiento dará cobertura de servicio de mantenimiento al equipamiento
hardware detallado a continuación, formado por equipos de la marca HITACHI, desde la
fecha de comienzo hasta la fecha de fin de la prestación indicadas en la tabla:
COMIENZO
NÚMERO DE FIN DE
CLASE MODELO SERIE UBICACIÓN DE PRESTACIÓN MESES
PRESTACIÓN
C/ ALCUÑEZA, S/N, FIN
HCP G11 -
ALMACENAMIENTO 41050 28850 (TORREJON 02/03/2027 CONTRATO: 24
HCP S11
DE ARDOZ) 01/03/2029
C/ DOCTOR
FIN
HCP G11 - TOLOSA LATOUR,
ALMACENAMIENTO 41049 02/03/2027 CONTRATO: 24
HCP S11 S/N, 28041
01/03/2029
(MADRID)
C/ DOCTOR
FIN
TOLOSA LATOUR,
ALMACENAMIENTO HNAS 5300 C1A1KW2420185 01/12/2027 CONTRATO: 15
S/N, 28041
01/03/2029
(MADRID)
C/ ALCUÑEZA, S/N, FIN
ALMACENAMIENTO HNAS 5300 C1A1KW2420191 28850 (TORREJON 01/12/2027 CONTRATO: 15
DE ARDOZ) 01/03/2029
C/ DOCTOR
TOLOSA LATOUR,
ALMACENAMIENTO VPS-F700 445802 02/03/2027 30/09/2027* 7
S/N, 28041
(MADRID)
C/ ALCUÑEZA, S/N,
ALMACENAMIENTO VPS-F700 446165 28850 (TORREJON 02/03/2027 30/09/2027* 7
DE ARDOZ)
C/ DOCTOR
FIN
TOLOSA LATOUR,
ALMACENAMIENTO VSP-5600 00561517 01/12/2027 CONTRATO: 15
S/N, 28041
01/03/2029
(MADRID)
C/ ALCUÑEZA, S/N, FIN
ALMACENAMIENTO VSP-5600 33896 28850 (TORREJON 02/03/2027 CONTRATO: 24
DE ARDOZ) 01/03/2029
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C/ ALCUÑEZA, S/N, FIN
ALMACENAMIENTO VSP 5600 33376 28850 (TORREJON 02/03/2027 CONTRATO: 24
DE ARDOZ) 01/03/2029
C/ DOCTOR
FIN
TOLOSA LATOUR,
ALMACENAMIENTO VSP 5600 33870 02/03/2027 CONTRATO: 24
S/N, 28041
01/03/2029
(MADRID)
C/ DOCTOR
FIN
BROADCOM TOLOSA LATOUR,
REDES FME1946V06P 01/12/2027 CONTRATO: 15
G720 S/N, 28041
01/03/2029
(MADRID)
C/ DOCTOR
FIN
BROADCOM TOLOSA LATOUR,
REDES FME1946V06V 01/12/2027 CONTRATO: 15
G720 S/N, 28041
01/03/2029
(MADRID)
C/ DOCTOR
FIN
BROADCOM TOLOSA LATOUR,
REDES FME1946V0AT 01/12/2027 CONTRATO: 15
G720 S/N, 28041
01/03/2029
(MADRID)
C/ DOCTOR
FIN
BROADCOM TOLOSA LATOUR,
REDES FME1946V0AW 01/12/2027 CONTRATO: 15
G720 S/N, 28041
01/03/2029
(MADRID)
Los equipos VPS-F700 (S/N 445802 y 446165) tienen declarado por parte de fabricante el fin de
vida útil en septiembre de 2027, por lo que se exige la provisión del servicio de mantenimiento
hasta esa fecha.
De forma adicional deberán prestarse los servicios de licenciamiento, soporte y actualización del
siguiente software específico de los equipos:
Asociadas al equipo HCP G11 - HCP S11 (S/N 41050 y 41049):
- HCP Premium para 500TB para cada clúster de HCP.
- Hitachi Content Monitor: 8 Cores.
- 10 TB de Tiering a Cloud Externa para cada clúster de HCP.
Asociadas a los equipos VSP-5600
- Advanced package para Mainframe. Licencia ilimitada a nivel de VSP.
- Hitachi Adapter Suite.
1.2. PRESTACIONES
Las prestaciones contempladas dentro del contrato, así como sus condiciones particulares son
las siguientes:
El contratista proporcionará asistencia técnica a petición de la GISS con el fin de solucionar las
averías hardware, o incidencias relacionadas con los sistemas operativos, que se presenten en
cualquiera de los equipos objeto del contrato, incluidas las licencias, que impidan su correcto
funcionamiento, tanto de los componentes integrados como de aquellos accesorios o elementos
opcionales que complementen la funcionalidad del mismo. Es obligación de la firma
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adjudicataria dejar el equipo en perfecto funcionamiento, con reposición de la información, caso
de ser viable y considerarlo necesario la GISS.
En relación con las incidencias relacionadas con las licencias, esta obligación queda
condicionada, una vez alcanzada la fecha de fin de vida útil (fin de soporte del fabricante) del
equipo correspondiente, en los términos previstos en la cláusula 1.2.13, a la disponibilidad
efectiva de nuevas versiones de licencia por parte del fabricante. En el caso de que el fabricante
no proporcione nuevas versiones de la licencia para el equipo afectado, el contratista queda
exonerado de dicha obligación en la medida en que su cumplimiento resulte objetivamente
imposible, sin perjuicio de que el contratista continúe prestando el resto de la asistencia técnica
con sus propios medios.
Se considerará como avería el deterioro de un equipo hardware como consecuencia del uso, caída
accidental en el transporte o de cualquier otro evento que se produzca y que conlleve a una
disminución en su correcto funcionamiento.
En el caso de que para la solución de la avería baste con la reparación del componente, la GISS
podrá autorizarla cuando no comporte disminución de la fiabilidad ni de las prestaciones.
Con carácter general, todas las reparaciones deberán realizarse "in situ" por el servicio técnico.
el contratista dejará instalado de forma provisional otro equipo de la misma
naturaleza y de características iguales o superiores. Una vez reparado el equipo se devolverá a
su destino y se comprobará que el componente o equipo devuelto sea el mismo que la firma
adjudicataria retiró para su reparación. Si la reparación no fuera posible, la empresa
adjudicataria informará del cambio de equipo a través del Sistema de Gestión de Incidencias de
la Gerencia de Informática de la Seguridad Social gestionándose el cambio a través del
procedimiento de gestión patrimonial correspondiente. En cuanto a los equipos propiedad de la
Seguridad Social que en su caso sean sustituidos, deberán ser devueltos para que se realicen
todas las actividades necesarias para su baja por inventario si procede y gestión de la retirada
a almacén y destrucción.
Tanto en su respuesta ante la comunicación de la incidencia como en la resolución de la propia
avería, el contratista deberá contemplar unos tiempos máximos dependientes de la naturaleza
y ubicación del equipo averiado.
El contratista garantizará que el repuesto que utilice para solucionar una avería en un
componente hardware de un equipo tendrá una versión de firmware compatible y a nivel con el
resto de los componentes de dicho equipo. Para asegurar esta versión de firmware y en caso de
dudas se podrá consultar con la GISS cuál es la versión mínima que debe instalar el contratista.
El registro de incidencias (tanto hardware como software) se realizará por parte del personal de
la GISS en el Sistema de Gestión de Incidencias de la Seguridad Social. La notificación de las
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mismas a la empresa adjudicataria del servicio se realizará mediante correo electrónico
generado desde el mismo Sistema de Gestión de Incidencias.
Para la gestión de dichas incidencias (recepción, seguimiento y resolución), la empresa
adjudicataria deberá acceder a dicho Sistema de Gestión de Incidencias de la Seguridad Social
por medio de las líneas de comunicaciones, Internet u otro sistema de comunicación que
determine la GISS. Existirá la posibilidad, y siempre a petición de la GISS, de habilitar otros
sistemas de notificación tales como la notificación telefónica, fax o correo electrónico.
Podrá exigirse, por parte del Responsable del Contrato, el acceso a la herramienta mediante el
uso de certificado electrónico personal emitido por una autoridad reconocida y cualificada como
puede ser la FNMT.
En el caso de que el Sistema de Gestión de Incidencias de la Seguridad Social no esté disponible,
el contratista dispondrá de canales alternativos con soporte vía web para la notificación con
acuse de recibo y seguimiento de incidencias/averías. Asimismo, se contará con un soporte
telefónico para notificar los casos en los que el soporte web no se considere suficiente.
El contratista, de acuerdo con las obligaciones establecidas, informará al Responsable del
Contrato del Plan de Mantenimiento previsto en la ejecución del contrato. En él se incluirá la
descripción y el calendario de las revisiones preventivas, los procedimientos para pasar de la
situación de incidencia a la situación de intervención y de ésta a la de funcionamiento normal,
los formularios para el control de los elementos constitutivos de la prestación del servicio tales
como el tiempo de respuesta, el de reparación, número de personas involucradas, piezas y
componentes sustituidos, así como todos los factores objetivos que sirvan para medir la calidad
del servicio.
Asimismo, el contratista designará un coordinador técnico o responsable único integrado en su
propia organización y plantilla, que actúe como cauce ordinario de relación con la
Administración y al que corresponda impartir directamente las órdenes e instrucciones al
personal adscrito a la ejecución del contrato.
El contratista incluirá dentro del Plan de Mantenimiento el compromiso, por su parte, de
comunicar al Responsable del Contrato todas las novedades que se hayan producido en el
microcódigo y funcionalidad de las máquinas objeto del contrato, desde la última actuación. A
partir de estos datos la Gerencia de Informática de la Seguridad Social decidirá la conveniencia
de la instalación por parte del contratista.
El contratista garantizará, la previsión y disponibilidad de cualquier clase de repuesto
necesario, original o compatible, homologado por el fabricante o incluido en las matrices de
compatibilidad del fabricante, para el mantenimiento de los equipos amparados por el contrato.
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No obstante lo anterior, a partir de la fecha de fin de vida útil (fin de soporte del fabricante) de
cada equipo, en los términos definidos en la cláusula 1.2.13, el contratista únicamente estará
obligado a garantizar la disponibilidad de repuestos compatibles obtenidos por sus propios
medios, sin que le resulte exigible que dichos repuestos sean originales, estén homologados por
el fabricante o figuren incluidos en sus matrices de compatibilidad.
Las piezas sustituidas deberán ser devueltas para que se realicen todas las actividades
necesarias para su baja en inventario si procede y la gestión de la retirada a almacén y
destrucción, y en el supuesto que correspondan a discos o elementos susceptibles de
almacenamiento de datos, el borrado, eliminación y/o destrucción.
El contratista garantizará que el repuesto que utilice para solucionar una avería en un
componente hardware de un equipo tendrá una versión de firmware compatible y a nivel con el
resto de los componentes de dicho equipo. Para asegurar esta versión de firmware y en caso de
dudas se podrá consultar con la Gerencia de Informática de la Seguridad Social cuál es la versión
mínima que debe instalar el contratista.
El contratista, en el caso que la reparación de una avería no se pudiese realizar en el plazo
máximo recogido en los ANS del apartado 1.3 o inferior si se hubiese ofertado la reducción de
los tiempos de reparación/resolución, deberá sustituir temporalmente el equipo o sistema por
otro de similares características e iguales o superiores prestaciones que ofrezca la misma
funcionalidad, hasta la resolución definitiva de la avería. Si la situación se mantuviese a la
finalización del contrato, el equipo de sustitución pasará a ser propiedad de la Administración
a través del procedimiento de gestión patrimonial correspondiente. En cuanto a los equipos
propiedad de la Seguridad Social que en su caso sean sustituidos, deberán ser devueltos para
que se realicen todas las actividades necesarias para su baja en inventario si procede y gestión
de la retirada a almacén y destrucción.
Se entiende que la sustitución supondrá la instalación en el nuevo equipo físico de todos los
equipos lógicos de base, de aplicación y datos existentes en el equipo físico sustituido. Asimismo,
todas las operaciones de traslado e instalación de los equipos afectados correrán por cuenta del
contratista.
Los equipos sustituidos deberán ser debidamente etiquetados de acuerdo con el apartado
siguiente Inventariado de Equipos.
Todos aquellos equipos incluidos en el contrato de mantenimiento deberán estar debidamente
etiquetados e inventariados, para lo cual la Gerencia de Informática proporcionará a la firma
adjudicataria las normas de control y etiquetado de equipos vigentes, así como etiquetas
suficientes para el inventariado y etiquetado de los elementos que proceda, durante el periodo
de mantenimiento, en los supuestos que sea necesaria una sustitución en cumplimiento de los
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apartados 1.2.1. o 1.2.5. procediendo a dejar etiquetado el equipo una vez se cumpla el supuesto
establecido en los mismos y se cierre la correspondiente incidencia. Ésta, a su vez, lo informará
mediante el medio que la Gerencia de Informática determine.
El contratista garantizará la disponibilidad, de nuevas actualizaciones del equipo lógico de
microcódigo de aquellos equipos físicos objeto del contrato que así lo precisen. La implantación
de los productos suministrados como consecuencia del cumplimiento de esta prestación
requerirá la autorización expresa del Responsable del Contrato.
Esta obligación quedará sin efecto, en los términos previstos en la cláusula 1.2.13, a partir de la
fecha de fin de vida útil (fin de soporte del fabricante) del equipo correspondiente, en tanto que
a partir de dicha fecha el fabricante deje de publicar nuevas actualizaciones de microcódigo,
firmware y/o software.
Se considera expresamente incluido el soporte y actualización del sistema operativo, software y
licenciamiento de los equipos.
El suministro de la actualización incluirá tanto los productos como la documentación asociada.
El contratista tendrá la obligación de suministrar las actualizaciones a medida que sean
liberadas durante la vigencia del contrato.
La actualización no se considerará finalizada sin la realización de las comprobaciones y
diagnósticos asociados.
Al menos una vez al año, el contratista proporcionará revisiones de las versiones de todos los
componentes de la solución, para asegurar la matriz de interoperabilidad, proporcionando de
esta manera un ciclo de vida a la solución, minimizando los riesgos de actualización y
proveyendo actualizaciones de firmware.
Una vez alcanzada la fecha de fin de vida útil (fin de soporte del fabricante) de un equipo, esta
obligación de revisión anual y actualización de firmware dejará de ser exigible para dicho
equipo, sin perjuicio de que el contratista continúe prestando el mantenimiento con sus propios
medios conforme a la cláusula 1.2.13.
El contratista proporcionará asistencia técnica de carácter periódico para la realización de las
operaciones pertinentes indicadas en las especificaciones de cada uno de los equipos, al objeto
de evitar un deterioro de los mismos, así como reducir el riesgo de averías.
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Los trabajos a realizar durante las revisiones de carácter preventivo de los equipos físicos objetos
del presente contrato dependerán de la naturaleza de los mismos, debiendo ajustarse a las
recomendaciones del fabricante.
En el caso de que el mantenimiento preventivo de un equipo exija una parada planificada del
mismo, el responsable del contrato decidirá el momento idóneo para la realización de la misma.
Sin perjuicio del plan de mantenimiento preventivo que el contratista ejecutará de forma
periódica, la GISS podrá solicitar en cualquier momento y de forma puntual la ejecución de
operaciones de mantenimiento preventivo con objeto de solventar cualquier situación anómala
que haya detectado en el equipamiento y garantizar su correcto funcionamiento en el futuro.
El contratista para la ejecución de algunas de las prestaciones del contrato y atención de averías
requerirá que asista a las instalaciones de la Gerencia de Informática el personal técnico
necesario para realizar las acciones pertinentes.
El contratista realizará la desinstalación, traslado y reinstalación de equipos ante un cambio de
ubicación de los mismos, dentro del propio CPD.
Adicionalmente a lo establecido en los apartados 1.2.4 y 1.2.5 de este documento, en el supuesto
de necesidad de retirada temporal de cualquier equipo que contenga datos internos, oficiales,
confidenciales o secretos, la Gerencia de Informática procederá a realizar el borrado, eliminación
o destrucción segura en el caso de que los datos contenidos sean recuperables e inteligibles.
El contratista gestionará el servicio «CIMaaS by Hitachi Vantara» para la siguiente
infraestructura:
2 x CLUSTERS HCP DE 8 NODOS (TOTAL 16 NODOS G11) EN RÉPLICA
A/A
2 x NODOS S11 POR CLUSTER HCP (TOTAL 4 NODOS S11)
1 CLUSTER HNAS 2 NODOS HNAS 5300
2 x VSP-G700
4 x VSP-G5600
4 x BROCADE G720
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SOFTWARE DE GESTIÓN HITACHI VANTARA
DESPLIEGUE SOLUCIÓN AMI CLOUD
Incluyendo las siguientes prestaciones:
- Focal Point del servicio, que recoge, al menos, las siguientes funciones:
o Punto único de contacto de todo el servicio CIMaaS para el cliente.
o Preparación y asistencia a ejecutivas de seguimiento periódico.
o Presentación y defensa de informes: servicio, performance, caplan, incidental,
o Planificación y dispatch de tareas del servicio.
o Integración del modelo de gobierno de cliente con el modelo de servicio CIMaaS.
- Monitorización del servicio y preparación de scripts de «Morning check»,
incluyendo, al menos, las siguientes funciones:
o Identificar problemas latentes.
o Anticipar incidencias y problemas.
o Ajustar y mejorar de forma continua la monitorización.
o Mejorar la respuesta a alertas de monitorización.
o Generar información actualizada del comportamiento de las
infraestructuras y aplicaciones para una mejor resolución incidental.
- Supervisión diaria («Morning check»).
- Revisión y mejora periódica de la monitorización y supervisión.
- Soporte experto de hasta 24 horas al mes, para dar solución a consultas técnicas:
estudios, análisis de impacto de proyectos, cuestiones sobre configuración, sobre
evolución tecnológica, mejoras de rendimiento, mejoras de informes y uso de consolas,
best practices, etc.
- Gestión incidental 360º.
- Guardia de servicio 24x7.
Este servicio se prestará, de forma regular, todos los días laborables, con el siguiente horario:
de lunes a jueves de 09:00 a 18:00 y viernes de 09:00 a 14:00. El resto del horario será
cubierto por el servicio de Guardia 24x7.
Se entiende por fecha de fin de vida útil de un equipo aquella en la que el fabricante declara
formalmente el fin de su soporte (End of Life / End of Support), dejando de proporcionar al
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contratista repuestos originales homologados, actualizaciones de microcódigo, firmware o
software, así como asistencia técnica del propio fabricante.
A partir de dicha fecha, y respecto exclusivamente del equipo afectado, el contratista quedará
obligado a seguir prestando el servicio de mantenimiento con sus propios medios técnicos y
humanos, sin contar con el soporte del fabricante, quedando moduladas en consecuencia las
obligaciones que dependan de dicho soporte, en los términos recogidos en las cláusulas 1.2.1,
1.2.4 y 1.2.7 de este PPT y demás puntos concordantes previstos en la documentación que regula
este procedimiento de contratación.
El contratista deberá comunicar al Responsable del Contrato, con la máxima antelación posible,
la fecha de fin de vida útil anunciada por el fabricante para cada equipo, así como las
limitaciones de servicio que ello conlleve.
1.3 ACUERDOS DE NIVEL DE SERVICIO
Se definen tres Niveles de Criticidad para las averías/incidencias atendiendo a su impacto en el
servicio de a los usuarios de la instalación afectada:
Nivel Criticidad Definición
La avería/incidencia provoca la parada total del servicio
Nivel 0
prestado
La avería/incidencia provoca la degradación del servicio
Nivel 1
prestado
Nivel 2 Cualquier otra avería/incidencia
Se define el Horario de Servicio como la franja horaria diaria en la que el contratista estará en
disposición tanto de recibir una comunicación de avería como de visitar y acometer la resolución
de la misma.
El contratista mantendrá un horario de servicio que será de 7 días/semana x 24 horas/día, todos
los días del año.
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Se define el Tiempo de Respuesta como el tiempo que transcurre desde la comunicación, registro
y acuse de recibo de la avería/incidencia a través del Sistema de Gestión de Incidencias hasta
que se inicien las tareas encaminadas a la resolución de la misma y su notificación a GISS por
parte de la firma adjudicataria a través de la citada herramienta.
El contratista deberá garantizar un tiempo de respuesta máximo de 2 horas,
independientemente del nivel de criticidad de la avería/incidencia.
Se define el Tiempo de Reparación/Resolución de avería/incidencia hardware (en adelanteHW),
como el tiempo que transcurre desde la comunicación de la avería/incidencia HW a través del
Sistema de Gestión de Incidencias hasta la resolución de la misma y su notificación por parte
de la firma adjudicataria a través de la citada herramienta.
El contratista deberá garantizar un tiempo máximo de reparación/resolución de
avería/incidencia HW en función del nivel de criticidad de la misma que será:
Nivel Tiempo de reparación/ resolución de
Criticidad avería/incidencia hardware
Nivel 0 4 horas
Nivel 1 6 horas
Nivel 2 6 horas
Se define el Tiempo de Primer Diagnóstico de incidencia software (en adelante SW), como el
tiempo que transcurre desde la comunicación de una incidencia software a través del Sistema
de Gestión de Incidencias hasta que el personal técnico cualificado de la empresa ofrece el
primer informe de diagnóstico de la causa o causa de la misma y su notificación por parte de la
firma adjudicataria a través de la citada herramienta.
El contratista deberá garantizar un tiempo máximo de Primer Diagnóstico de incidencia SW en
función del nivel de criticidad de la misma que será:
Nivel Tiempo de primer diagnóstico de
Criticidad incidencia software
Nivel 0 8 horas
Nivel 1 24 horas
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Nivel 2 72 horas
El contratista se atendrá a los datos registrados en el Sistema de Gestión de Incidencias (número
de incidencias, tipología, nivel de criticidad, tiempos de resolución, sistemas afectados y solución
adoptada) para el seguimiento de los niveles de servicio ofrecidos y la aplicación, si fuera el caso,
de las penalidades correspondientes.
Los cómputos de horas se entienden en horas naturales.
Se tomará como momento de notificación la fecha y hora:minutos en la que el personal de la
GISS realiza la notificación por medio del Sistema de Gestión de Incidencias de la Seguridad
Social.
En caso de parada del servicio, el técnico deberá permanecer en el lugar de reparación el tiempo
necesario, con un máximo de 2 horas, hasta la validación de la reparación de la avería por parte
de la GISS.
DISTRIBUCIÓN GEOGRÁFICA
Los equipos a mantener se encuentran ubicados en los Servicios Centrales de la Gerencia de
Informática de la Seguridad Social en la Comunidad de Madrid, tanto en el CPD principal sito
en C/Doctor Tolosa Latour, como en el centro de respaldo sito en c/ Alcuñeza, s/n, de Torrejón de
Ardoz.
Madrid,
EL GERENTE DE INFORMÁTICA
DE LA SEGURIDAD SOCIAL,
Carlos Escudero Rivas
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