INFORME JURÍDICO.
ASUNTO: Propuesta de desistimiento del procedimiento de licitación del servicio de gestión
de reclamación y cobro de deudas (expedientes extrajudiciales y judiciales).
DESTINATARIO: Órgano de Contratación de AMAEM
I. ANTECEDENTES
Conforme a los términos del PPT, el presupuesto base de licitación se fijó en 95.000 euros
anuales, excluyendo el Impuesto sobre el Valor Añadido, lo que arroja un valor estimado
total de 475.000 euros para un período de cinco años, estructurado en cinco anualidades de
igual cuantía. El volumen de expedientes judiciales fue estimado en 255 expedientes
anuales, con un gasto judicial estimado de 46.614 euros para la primera anualidad.
Sin embargo, en respuesta a las consultas formuladas por los licitadores, el Departamento
de Clientes de AMAEM proporcionó datos históricos correspondientes a los últimos tres
años que revelan una realidad significativamente distinta a la contemplada en el PCAP.
Estos datos históricos muestran un total de 1.200 expedientes monitorios promovidos, 36
oposiciones formuladas, 260 procedimientos verbales, 40 procedimientos ordinarios y 300
vistas en procedimientos declarativos. A partir de estos datos, es posible calcular una
distribución real de expedientes que difiere sustancialmente de las previsiones iniciales.
En cuanto a los procedimientos monitorios sin oposición, del total de 1.200 expedientes
monitorios promovidos durante el período de tres años, restando las 36 oposiciones
formuladas, resulta que 1.164 expedientes fueron resueltos sin oposición, lo que representa
el 79,5 por ciento del total. Por su parte, los procedimientos declarativos derivados de
oposición a monitorio suman un total de 300 expedientes, compuestos por 260
procedimientos verbales y 40 procedimientos ordinarios, representando el 20,5 por ciento
del volumen total. Estos datos permiten calcular un volumen anual promedio de 400
expedientes monitorios anuales, 100 expedientes declarativos anuales, arrojando un total
de 500 expedientes anuales, cifra que duplica prácticamente la estimación contenida en el
PPT.
Esta discrepancia fundamental entre las previsiones del PPT y la realidad constituye una
deficiencia crítica.
El presupuesto base de la licitación, fijado en 95.000 euros anuales para 255 expedientes,
resulta fundamentalmente incorrecto cuando se contrasta con los datos históricos reales
que evidencian un volumen de 500 expedientes anuales. Esta diferencia representa un
incremento del 96 por ciento en el número de expedientes a gestionar. Realizando un
análisis comparativo, mientras que el presupuesto base contemplaba 255 expedientes
judiciales anuales, la realidad histórica demuestra 500 expedientes anuales. Aplicando la
distribución real de expedientes, con un 79,5 por ciento de procedimientos monitorios y un
20,5 por ciento de procedimientos declarativos, y considerando una deuda media estimada
de 1.000 euros por expediente, el presupuesto anual realmente necesario ascendería a
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aproximadamente 145.000 euros, lo que representa una diferencia de 50.000 euros
anuales, equivalente a un incremento del 53 por ciento respecto a la estimación
inicial.
II. DEFICIENCIAS IDENTIFICADAS.
Conforme a la jurisprudencia administrativa consolidada, los pliegos de contratación deben
contener elementos esenciales que permitan a los licitadores presentar ofertas en
condiciones de igualdad. La omisión de información crítica sobre el volumen real de
expedientes constituye una deficiencia sustancial que vulnera principios fundamentales del
procedimiento de contratación pública. En primer lugar, afecta al principio de transparencia,
ya que los licitadores no disponían de información completa sobre el alcance real del
servicio que debían prestar. En segundo lugar, vulnera el principio de igualdad de trato,
puesto que aquellos licitadores que presentaron sus ofertas antes de que se proporcionaran
las respuestas a las consultas no disponían de la información que sí tenían quienes
presentaron sus ofertas posteriormente.
Más allá de las consideraciones jurídicas, esta deficiencia genera un impacto económico de
considerable magnitud. AMAEM presupuestó 95.000 euros anuales para la prestación del
servicio, pero el coste real del mismo, calculado sobre la base de los datos históricos
disponibles, ascendería a aproximadamente 145.000 euros anuales. Esta diferencia genera
un déficit presupuestario de 50.000 euros anuales, lo que representa una insuficiencia
presupuestaria del 53 por ciento.
La segunda deficiencia crítica identificada radica en la información incompleta que persiste
incluso después de que se proporcionaran las respuestas a las consultas formuladas por los
licitadores. Aunque las respuestas facilitaron datos históricos sobre la distribución de
expedientes, existen elementos críticos que no fueron especificados en el PPT ni en las
respuestas posteriores. En primer lugar, el valor medio de deuda por expediente no fue
especificado. Esta omisión genera un impacto significativo en la viabilidad económica de las
ofertas presentadas, ya que si el valor medio de deuda fuera de 500 euros en lugar de
1.000 euros, los ingresos se reducirían a la mitad, mientras que si fuera de 2.000 euros, los
ingresos se duplicarían. En segundo lugar, la tasa de recuperación esperada no fue
especificada, lo que afecta directamente a los ingresos por comisiones y genera
incertidumbre sobre la viabilidad real del servicio. En tercer lugar, la proyección futura del
volumen de expedientes no fue especificada, lo que constituye una deficiencia
particularmente grave, ya que los datos proporcionados son históricos, correspondientes a
los tres años anteriores, y no garantizan que el volumen futuro sea equivalente a 500
expedientes anuales. El volumen futuro podría ser significativamente diferente, lo que
afectaría de manera sustancial a la viabilidad económica de las ofertas presentadas.
La situación identificada es, por tanto, la siguiente: el presupuesto base de AMAEM
asciende a 95.000 euros anuales, mientras que el coste real estimado del servicio,
calculado sobre la base de los datos históricos disponibles y de las ofertas
presentadas, ascendería a 145.000 euros anuales, generando un déficit
presupuestario de 50.000 euros anuales, equivalente al 53 por ciento del presupuesto
base.
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III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS.
Conforme a lo establecido en la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, en su artículo
1, la contratación del sector público se rige por los principios de publicidad, transparencia,
no discriminación e igualdad de trato entre los candidatos y licitadores. El PCAP de la
presente licitación no especificaba la distribución de expedientes entre procedimientos
monitorios y declarativos, no indicaba el volumen real de expedientes a gestionar, no
precisaba el valor medio de deuda por expediente, ni especificaba la tasa de recuperación
esperada. Esta información es esencial para que los licitadores puedan presentar ofertas
realistas y competitivas, ajustadas a la realidad económica del servicio a prestar.
Sobre la base del análisis anterior, resulta recomendable que AMAEM desista de la
presente licitación por razones tanto jurídicas como económicas. Estas deficiencias
constituyen una violación de los principios de transparencia, igualdad de trato y no
discriminación, generando un riesgo alto de impugnación y anulación de la adjudicación que
pudiera realizarse. Desde la perspectiva económica, el presupuesto base es incorrecto en
un 53 por ciento, siendo la cifra real de 145.000 euros anuales frente a los 95.000 euros
presupuestados.
IV. CONCLUSIÓN Y PROPUESTA.
La licitación presenta deficiencias críticas, jurídicas y económicas, que hacen recomendable
su desistimiento:
El presupuesto base es incorrecto en un 53 por ciento: son necesarios 145.000 euros
anuales frente a los 95.000 euros presupuestados.
AMAEM no ha dispuesto un presupuesto suficiente para abonar el servicio a precio de
mercado.
En consecuencia, se PROPONE al Órgano de Contratación que desista del procedimiento
de licitación. Con posterioridad, podrá iniciarse un nuevo expediente con un presupuesto
base y un PPT corregidos. Estos deberán recoger el volumen real y la distribución de
expedientes, el valor medio de la deuda, la tasa de recuperación esperada y una proyección
del volumen futuro.En conclusión, la licitación actual presenta deficiencias críticas que
hacen recomendable su desistimiento. El presupuesto base es incorrecto en un 53 por
ciento, siendo necesarios 145.000 euros anuales frente a los 95.000 euros presupuestados.
En Alicante, a la fecha de la firma digital.
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