Informe jurídico desistimiento

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INFORME JURÍDICO. ASUNTO: Propuesta de desistimiento del procedimiento de licitación del servicio de gestión de reclamación y cobro de deudas (expedientes extrajudiciales y judiciales). DESTINATARIO: Órgano de Contratación de AMAEM I. ANTECEDENTES Conforme a los términos del PPT, el presupuesto base de licitación se fijó en 95.000 euros anuales, excluyendo el Impuesto sobre el Valor Añadido, lo que arroja un valor estimado total de 475.000 euros para un período de cinco años, estructurado en cinco anualidades de igual cuantía. El volumen de expedientes judiciales fue estimado en 255 expedientes anuales, con un gasto judicial estimado de 46.614 euros para la primera anualidad. Sin embargo, en respuesta a las consultas formuladas por los licitadores, el Departamento de Clientes de AMAEM proporcionó datos históricos correspondientes a los últimos tres años que revelan una realidad significativamente distinta a la contemplada en el PCAP. Estos datos históricos muestran un total de 1.200 expedientes monitorios promovidos, 36 oposiciones formuladas, 260 procedimientos verbales, 40 procedimientos ordinarios y 300 vistas en procedimientos declarativos. A partir de estos datos, es posible calcular una distribución real de expedientes que difiere sustancialmente de las previsiones iniciales. En cuanto a los procedimientos monitorios sin oposición, del total de 1.200 expedientes monitorios promovidos durante el período de tres años, restando las 36 oposiciones formuladas, resulta que 1.164 expedientes fueron resueltos sin oposición, lo que representa el 79,5 por ciento del total. Por su parte, los procedimientos declarativos derivados de oposición a monitorio suman un total de 300 expedientes, compuestos por 260 procedimientos verbales y 40 procedimientos ordinarios, representando el 20,5 por ciento del volumen total. Estos datos permiten calcular un volumen anual promedio de 400 expedientes monitorios anuales, 100 expedientes declarativos anuales, arrojando un total de 500 expedientes anuales, cifra que duplica prácticamente la estimación contenida en el PPT. Esta discrepancia fundamental entre las previsiones del PPT y la realidad constituye una deficiencia crítica. El presupuesto base de la licitación, fijado en 95.000 euros anuales para 255 expedientes, resulta fundamentalmente incorrecto cuando se contrasta con los datos históricos reales que evidencian un volumen de 500 expedientes anuales. Esta diferencia representa un incremento del 96 por ciento en el número de expedientes a gestionar. Realizando un análisis comparativo, mientras que el presupuesto base contemplaba 255 expedientes judiciales anuales, la realidad histórica demuestra 500 expedientes anuales. Aplicando la distribución real de expedientes, con un 79,5 por ciento de procedimientos monitorios y un 20,5 por ciento de procedimientos declarativos, y considerando una deuda media estimada de 1.000 euros por expediente, el presupuesto anual realmente necesario ascendería a 1 aproximadamente 145.000 euros, lo que representa una diferencia de 50.000 euros anuales, equivalente a un incremento del 53 por ciento respecto a la estimación inicial. II. DEFICIENCIAS IDENTIFICADAS. Conforme a la jurisprudencia administrativa consolidada, los pliegos de contratación deben contener elementos esenciales que permitan a los licitadores presentar ofertas en condiciones de igualdad. La omisión de información crítica sobre el volumen real de expedientes constituye una deficiencia sustancial que vulnera principios fundamentales del procedimiento de contratación pública. En primer lugar, afecta al principio de transparencia, ya que los licitadores no disponían de información completa sobre el alcance real del servicio que debían prestar. En segundo lugar, vulnera el principio de igualdad de trato, puesto que aquellos licitadores que presentaron sus ofertas antes de que se proporcionaran las respuestas a las consultas no disponían de la información que sí tenían quienes presentaron sus ofertas posteriormente. Más allá de las consideraciones jurídicas, esta deficiencia genera un impacto económico de considerable magnitud. AMAEM presupuestó 95.000 euros anuales para la prestación del servicio, pero el coste real del mismo, calculado sobre la base de los datos históricos disponibles, ascendería a aproximadamente 145.000 euros anuales. Esta diferencia genera un déficit presupuestario de 50.000 euros anuales, lo que representa una insuficiencia presupuestaria del 53 por ciento. La segunda deficiencia crítica identificada radica en la información incompleta que persiste incluso después de que se proporcionaran las respuestas a las consultas formuladas por los licitadores. Aunque las respuestas facilitaron datos históricos sobre la distribución de expedientes, existen elementos críticos que no fueron especificados en el PPT ni en las respuestas posteriores. En primer lugar, el valor medio de deuda por expediente no fue especificado. Esta omisión genera un impacto significativo en la viabilidad económica de las ofertas presentadas, ya que si el valor medio de deuda fuera de 500 euros en lugar de 1.000 euros, los ingresos se reducirían a la mitad, mientras que si fuera de 2.000 euros, los ingresos se duplicarían. En segundo lugar, la tasa de recuperación esperada no fue especificada, lo que afecta directamente a los ingresos por comisiones y genera incertidumbre sobre la viabilidad real del servicio. En tercer lugar, la proyección futura del volumen de expedientes no fue especificada, lo que constituye una deficiencia particularmente grave, ya que los datos proporcionados son históricos, correspondientes a los tres años anteriores, y no garantizan que el volumen futuro sea equivalente a 500 expedientes anuales. El volumen futuro podría ser significativamente diferente, lo que afectaría de manera sustancial a la viabilidad económica de las ofertas presentadas. La situación identificada es, por tanto, la siguiente: el presupuesto base de AMAEM asciende a 95.000 euros anuales, mientras que el coste real estimado del servicio, calculado sobre la base de los datos históricos disponibles y de las ofertas presentadas, ascendería a 145.000 euros anuales, generando un déficit presupuestario de 50.000 euros anuales, equivalente al 53 por ciento del presupuesto base. 2 III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS. Conforme a lo establecido en la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, en su artículo 1, la contratación del sector público se rige por los principios de publicidad, transparencia, no discriminación e igualdad de trato entre los candidatos y licitadores. El PCAP de la presente licitación no especificaba la distribución de expedientes entre procedimientos monitorios y declarativos, no indicaba el volumen real de expedientes a gestionar, no precisaba el valor medio de deuda por expediente, ni especificaba la tasa de recuperación esperada. Esta información es esencial para que los licitadores puedan presentar ofertas realistas y competitivas, ajustadas a la realidad económica del servicio a prestar. Sobre la base del análisis anterior, resulta recomendable que AMAEM desista de la presente licitación por razones tanto jurídicas como económicas. Estas deficiencias constituyen una violación de los principios de transparencia, igualdad de trato y no discriminación, generando un riesgo alto de impugnación y anulación de la adjudicación que pudiera realizarse. Desde la perspectiva económica, el presupuesto base es incorrecto en un 53 por ciento, siendo la cifra real de 145.000 euros anuales frente a los 95.000 euros presupuestados. IV. CONCLUSIÓN Y PROPUESTA. La licitación presenta deficiencias críticas, jurídicas y económicas, que hacen recomendable su desistimiento: El presupuesto base es incorrecto en un 53 por ciento: son necesarios 145.000 euros anuales frente a los 95.000 euros presupuestados. AMAEM no ha dispuesto un presupuesto suficiente para abonar el servicio a precio de mercado. En consecuencia, se PROPONE al Órgano de Contratación que desista del procedimiento de licitación. Con posterioridad, podrá iniciarse un nuevo expediente con un presupuesto base y un PPT corregidos. Estos deberán recoger el volumen real y la distribución de expedientes, el valor medio de la deuda, la tasa de recuperación esperada y una proyección del volumen futuro.En conclusión, la licitación actual presenta deficiencias críticas que hacen recomendable su desistimiento. El presupuesto base es incorrecto en un 53 por ciento, siendo necesarios 145.000 euros anuales frente a los 95.000 euros presupuestados. En Alicante, a la fecha de la firma digital. 3