INFORME DE NECESIDAD DE CONTRATO SOMETIDO A RÉGIMEN DE LICITACIÓN
CRISTINA ALONSO LÓPEZ, como Directora de Clientes de AMAEM, informa de la necesidad y
solicita la realización de los trámites pertinentes para la contratación del servicio de
“RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL
ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE”
1. Objeto del Contrato:
Mediante el presente informe se justifica la contratación de servicio de reclamación de deuda por vías
judiciales utilizando las diferentes figuras jurídicas y realizando una última acción extrajudicial. Al
carecer AMAEM de medios propios para gestionar este servicio procede licitar.
2. Justificación de la necesidad del contrato:
Las razones que motivan la contratación de una empresa que realice las labores de “reclamación
extrajudicial y judicial del cobro de deudas impagadas en el ámbito de actuación de Aguas
Municipalizadas de Alicante”, es la necesidad de realizar las gestiones de recuperación de deuda,
siendo el objetivo principal la obtención de pagos, no disponiendo AMAEM de los medios necesarios
para poder realizar dichos servicios.
3. Duración:
Dada las características del contrato y cuya necesidad se pone de manifiesto, se estima oportuno
que la duración del mismo sea de 5 años, divididos en un período inicial de 1 año y 4 prórrogas
adicionales de 1 año (1+1+1+1+1).
4. Justificación del Procedimiento:
El presente procedimiento no admite división en lotes al ser una única prestación contractual.
5. Valor Estimado:
Tomando como referencia el volumen de reclamaciones de ejercicios anteriores, se ha estimado que
el valor estimado del contrato, por toda la duración del contrato incluidas las prórrogas, asciende a
475.000€ (IVA EXC) lo que resulta 95.000€ (IVA EXC) por año de contrato.
En consecuencia, se considera necesario la contratación indicada, lo cual se somete al Órgano de
Contratación para su mejor consideración, y realización, en su caso, de los trámites necesarios para
la adjudicación del contrato, de conformidad a la normativa aplicable al efecto.
En Alicante, a la fecha de la firma digital
Fdo.: Cristina Alonso López
Directora Clientes
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