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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. ANEXO I CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONCURSO Nº Expte. SE003/2026 A.- DESIGNACIÓN DEL CONTRATO Servicio jurídico para reclamación extrajudicial y judicial del cobro de deudas impagadas en el ámbito de actuación de Aguas Municipalizadas de Alicante, EM. CPV: 79100000-5. Servicios jurídicos. B.- TIPO DE CONTRATO Y PUBLICIDAD PROCEDIMIENTO ABIERTO conforme al art. 156 de la Ley 9/2017. El presente procedimiento será publicado en el Perfil del Contratante de AMAEM ubicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público y en el D.O.U.E. C.- PRESUPUESTO El valor estimado asciende a 475.000€ (IVA EXC) para la duración total del contrato (1+1+1+1+1). Por lo que el presupuesto base de licitación asciende a 95.000€ (IVA EXC) para el primer año de contrato, lo que supone un PBL de 114.950€ con IVA. D.- DURACIÓN UN (1) AÑO con opción a (4) cuatro prórrogas de una anualidad cada una. E.- SOLVENCIA ECONÓMICA, TÉCNICA Y CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA La solvencia económica se acreditará aportando la correspondiente póliza o, en su defecto, certificado de seguro que acredite el importe indicado y la vigencia del seguro para cubrir los riesgos profesionales derivados del contrato licitado. La solvencia técnica exigida se acreditará con una relación de los principales servicios realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos Cuando el empresario esté inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o figure en una base de datos nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, como un expediente virtual de la empresa, un sistema de almacenamiento electrónico de 1 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. documentos o un sistema de precalificación, y éstos sean accesibles de modo gratuito para los citados órganos, no estará obligado a presentar los documentos justificativos u otra prueba documental de los datos inscritos en los referidos lugares, siendo únicamente necesario la manifestación expresa por parte del licitador de su inscripción en el Registro o base de datos correspondiente. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público eximirá a los licitadores inscritos, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, de la presentación en las convocatorias de contratación de las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, y clasificación, así como de la acreditación de la no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en aquél. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139.1 LCSP la presentación de las proposiciones supone la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos en un Estado miembro de la Unión Europea. F.- FIANZA Se constituirá mediante un importe del 5% del precio ofertado como licitador, IVA excluido, debiendo aportar el propuesto como adjudicatario en un plazo de 10 días desde su requerimiento, por cualquiera de los medios establecidos en el art. 108 LCSP. G.- PLAZO GARANTÍA No procede. H. PÓLIZA DE SEGURO Seguro de responsabilidad civil no inferior a 500.000 euros, que cubra los riesgos específicos de los trabajos a ejecutar en este tipo de contratos. Igualmente, el adjudicatario deberá disponer de un Seguro de Responsabilidad de Ciber Riesgos suscrito con una entidad aseguradora de reconocida solvencia, en los términos y con el alcance que se indica a continuación en función de la modalidad de prestación del servicio: a) Adjudicatarios en Modalidad A — Prestación del servicio sobre sistemas de información propios: El adjudicatario deberá disponer de un Seguro de Responsabilidad de Ciber Riesgos que cubra los daños materiales, responsabilidad civil y sanciones que puedan imponerse a AMAEM por causa imputable al adjudicatario o a sus empleados por importe de 1.000.000€. La póliza deberá disponer de las siguientes coberturas mínimas: 2 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. ● Gastos de gestión de crisis, pérdida de beneficios/facturación del cliente, gastos derivados de un Incidente de Seguridad del cliente. ● Gastos derivados de una Vulneración de Privacidad del cliente. ● Investigaciones de Autoridades Administrativas al cliente, sanciones del cliente. ● Responsabilidad ante un Incidente de Seguridad o Vulneración de Privacidad en los datos del cliente, indemnizaciones a terceros, gastos de defensa. ● Sanciones GDPR de las que pudiera ser objeto AMAEM por causa imputable al Prestador del Servicio o sus empleados. En esta póliza se tendrá que prever la condición de posible perjudicado y reclamante a AMAEM. En ambas modalidades, se acreditará adjuntando copia de la correspondiente póliza y del último recibo abonado o certificado acreditativo de dicha póliza y de estar al corriente del pago de la misma. En caso de no disponer de un seguro de estas características en la actualidad, los licitadores deberán presentar, junto con el resto de documentación requerida, un compromiso de suscripción de dicho seguro en el caso de resultar adjudicatarios, aportando certificado de haber suscrito el seguro antes de la formalización del Contrato. Cualquier cambio de modalidad durante la vigencia del contrato que implique el paso de Modalidad B a Modalidad A requerirá la adaptación de la póliza de ciber riesgos al alcance exigido para la Modalidad A, con carácter previo al inicio de la prestación del servicio bajo la nueva modalidad, debiendo acreditarse dicha adaptación ante AMAEM. I.- REVISIÓN DE PRECIOS No procede. J.- DOCUMENTACIÓN Los Pliegos y demás documentación, estarán a disposición de los interesados para su consulta en el perfil del contratante “Perfil del Contratante” de Aguas de Alicante alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público y en el D.O.U.E. K.- OFERTAS Las proposiciones deberán entregarse de manera electrónica a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público dentro del plazo indicado en el anuncio de licitación. L.- APERTURA DE PROPOSICIONES La apertura de proposiciones económicas se realizará en acto no público. 3 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. Terminado el acto de apertura de plicas, y atendiendo a la puntuación global obtenida por cada licitador, se elevará propuesta de adjudicación al Órgano de Contratación, para la adjudicación del Contrato. M.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y MESA DE CONTRATACIÓN El Órgano de Contratación es el Comité de Contratación de AMAEM, el cual estará asistido por la Mesa de Contratación. 4 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. ANEXO II INSTRUCCIONES DE CUMPLIMENTACIÓN DEL DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN El formulario normalizado del DEUC se encuentra a disposición de los licitadores en la siguiente dirección electrónica: https://visor.registrodelicitadores.gob.es/espd-web/filter?lang=es Los requisitos que en el documento se declaran deben cumplirse, en todo caso, el último día de plazo de licitación y subsistir en el momento de perfección del contrato, pudiendo AMAEM efectuar verificaciones en cualquier momento del procedimiento. La declaración debe estar firmada por quien tenga poder suficiente para ello. En caso de que la solvencia o adscripción de medios exigida se cumpla con medios externos al licitador, deberá presentarse un DEUC por el licitador y por cada uno de los terceros que se comprometan a integrar dicha solvencia o adscripción de medios. Si varias empresas concurren constituyendo una unión temporal, cada una de las que la componen deberá acreditar su capacidad de obrar presentando todas y cada una de ellas un formulario normalizado DEUC, debiendo acompañar asimismo un escrito de compromiso en el que indicarán los nombres y circunstancias de los empresarios que se agrupan, el porcentaje de participación de cada uno de ellos y la designación de un representante o apoderado único de la unión que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de la misma frente a la Administración. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que compongan la unión. En el caso de licitación por lotes con diferentes requisitos de solvencia y capacidad, deberá presentarse tantos documentos europeos únicos de contratación como lotes en los que participa, debidamente firmadas. No obstante, el órgano de contratación podrá recabar de los licitadores, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato. Una vez accedido al enlace indicado deberán cumplimentar los campos exigidos (indicando “operador económico” y “generar respuesta”), tras la cumplimentación deberán imprimir y adjuntar el documento resultante en formato pdf junto con el resto de documentación administrativa. 5 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. Tras ello aparecerá el formulario DEUC a rellenar, dividido en seis partes, estando estas, a su vez, divididas en secciones: PARTE I. INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN Y EL PODER ADJUDICADOR. Deberá incluir la información de la licitación relativa a la publicación, a la identidad del contratante y al procedimiento de contratación. PARTE II. INFORMACIÓN SOBRE EL OPERADOR ECONÓMICO. Deberá cumplimentar las siguientes Secciones: Sección A: INFORMACIÓN SOBRE EL OPERADOR ECONÓMICO Sección B: INFORMACIÓN SOBRE LOS REPRESENTANTES DEL OPERADOR ECONÓMICO Sección C: INFORMACIÓN SOBRE EL RECURSO A LA CAPACIDAD DE OTRAS ENTIDADES. En los casos en que el empresario recurra a la solvencia y medios de otras empresas, cada una de ellas también deberá presentar una declaración responsable en la que figure la información pertinente para estos casos, con arreglo al documento europeo único de contratación. Sección D: Sólo en caso de que el pliego exija la información de los subcontratistas 6 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. PARTE III. MOTIVOS DE EXCLUSIÓN . Deberá responder Si o NO PARTE IV. CRITERIOS DE SELECCIÓN. Deberá marcar la casilla NO a la pregunta ¿Quiere usar los criterios de selección A a D? En el apartado “a: Indicación global relativa a todos los criterios de selección” deberá responder con un “Sí” o un “No” a la pregunta de si cumple con todos los criterios de selección requeridos. PARTE V. REDUCCIÓN DEL NÚMERO DE CANDIDATOS CUALIFICADOS. Solo se deberá realizar en el caso de que el procedimiento de adjudicación sea el procedimiento restringido o el procedimiento de licitación con negociación. Por lo tanto, en procedimiento abierto no se debe de rellenar esta parte. PARTE VI. DECLARACIONES FINALES. Se deberá cumplimentar la fecha, el lugar y la firma o firmas, (las firmas se realizarán de forma electrónica una vez exportado el documento en pdf) para completar formalmente la declaración. 7 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. Una vez cumplimentado el formulario, deberá clicar el botón “Visión general” para visualizar todo el formulario en la pantalla. Comprobado todo el documento, se procederá a la descarga del DEUC en formato PDF para proceder a su firma de forma electrónica. El documento DEUC en formato PDF y firmado electrónicamente deberá ser incluido por el licitador en el sobre de “Documentación administrativa”. 8 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. ANEXO III MODELO DE OFERTA D./Dña. ................................................................., con DNI número ......................... en nombre (propio) o (de la empresa que representa) ........................................... con NIF ............................. y domicilio fiscal ………………….… en ............................ calle ....................... número ..................... enterado de las condiciones, requisitos y obligaciones que se exigen para la adjudicación del contrato RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, se compromete en nombre (PROPIO O DE LA EMPRESA QUE REPRESENTA), a tomar a su cargo la ejecución del mismo, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, con la siguiente oferta: A) PROVISIÓN FONDOS DE ENTREGA DE EXPEDIENTE SERVICIO COMISIÓN MÁXIMA (referencia) COMISIÓN OFERTADA Provisión de fondos por 25€ _________€ expediente entregado (recuperables solo por éxito de cobro) El precio ofertado no podrá superar el máximo de referencia de 25€. B) RECUPERACIÓN EXTRAJUDICIAL SERVICIO COMISIÓN MÁXIMA (referencia) COMISIÓN OFERTADA Gestión extrajudicial — comisión 20,00% _________ % sobre deuda recuperada El porcentaje ofertado no podrá superar el máximo de referencia del 20,00%. C.1) RECUPERACIÓN JUDICIAL — PROCEDIMIENTO MONITORIO IMPORTE/% MÁXIMO CONCEPTO IMPORTE/% OFERTADO (referencia) 9 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. Provisión de fondos (coste fijo por presentación de demanda 30,00 € _________ € monitoria) Honorarios por éxito del procedimiento monitorio (% sobre deuda reclamada, mín. 10,00% _________ % 30€ / máx. 300€ por expediente) Honorarios por éxito de cobro en procedimiento monitorio 30,00% _________ % (% sobre importe efectivamente cobrado) Los importes y porcentajes ofertados no podrán superar los máximos de referencia indicados. El porcentaje ofertado en “Honorarios por éxito del procedimiento monitorio (% sobre deuda reclamada, mín. 30€ / máx. 300€ por expediente)” se aplicará con un mínimo de 30€ y un máximo de 300€ por expediente. C.2) RECUPERACIÓN JUDICIAL — PROCEDIMIENTO DECLARATIVO (VERBAL U ORDINARIO) IMPORTE/% MÁXIMO CONCEPTO IMPORTE/% OFERTADO (referencia) Provisión de fondos (coste fijo por presentación de demanda 60,00 € _________ € declarativa) Honorarios por éxito del procedimiento declarativo (% sobre deuda reclamada, mín. _________ % 20,00% 60€ / máx. 900€ por expediente), sobre importe reconocido en resolución. Honorarios por éxito de cobro en procedimiento declarativo _________ % 30,00% (% sobre importe efectivamente cobrado) 10 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. Los importes y porcentajes ofertados no podrán superar los máximos de referencia indicados. El porcentaje ofertado en “Honorarios por éxito del procedimiento declarativo (% sobre deuda reclamada, mín. 60€ / máx. 900€ por expediente)”se aplicará con un mínimo de 60€ y un máximo de 900€ por expediente. D) HONORARIO PROCURADOR PROCEDIMIENTO MONITORIO Y DECLARATIVO (concepto a precio fijo — no puntúa, es condición contractual vinculante) Los precios ofertados para este apartado no son sujeto de puntuación, el precio es el fijado por AMAEM en sus pliegos. CONCEPTO IMPORTE MÁXIMO CONTRACTUAL Monitorio 25€ Verbal 50€ E) RECURSO DE APELACIÓN (concepto a precio fijo — no puntúa, es condición contractual vinculante) Los precios ofertados para este apartado no son sujeto de puntuación, el precio es el fijado por AMAEM en sus pliegos. CONCEPTO IMPORTE MÁXIMO CONTRACTUAL Recurso de apelación (con carácter general) 200,00 € por recurso Recurso de apelación vinculado a la trazabilidad de 100,00 € por recurso Oferta Vinculante Confidencial El licitador declara expresamente su aceptación de estos importes máximos como condición contractual vinculante, sin posibilidad de superarlos en ningún caso durante la vigencia del contrato. DECLARACIÓN FINAL El/La firmante declara que los precios y porcentajes ofertados incluyen todos los gastos, desplazamientos y demás conceptos que pudieran incidir sobre los mismos, así como el importe de todos los impuestos, tasas o tributos que pudieran originarse como consecuencia del contrato, a 11 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. excepción del IVA, y que en ningún caso superan los máximos de referencia establecidos en el presente modelo. Asimismo, declara conocer y aceptar que los precios y porcentajes aquí ofertados tendrán carácter de obligación contractual esencial, conforme a lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. En ..................., a ........ de .......................... de 20.... Fdo.: ............................................. 12 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. ANEXO IV Modelo de Garantía Definitiva. Modalidad aval. La entidad .............................................................., con N.I.F. nº ........................... , con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en ............................... en la calle ...................................... , C.P. .................... y en su nombre (nombre y apellidos de los apoderados) .................................................................................... con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento, AVALA a: (nombre y apellidos o razón social del avalado) .................................................................... , N.I.F. nº ..........................., en virtud de lo dispuesto en el art. 108 b) de la Ley de Contratos del Sector Público, para responder de las obligaciones siguientes: Fianza Definitiva para garantizar las obligaciones que se derivan para el avalado del cumplimiento del contrato para de la ejecución del contrato (indicar nombre del contrato), ante AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, E.M., por importe de; (cinco por ciento del precio de adjudicación sin IVA en letra) ((en número el 5 por ciento del precio de adjudicación) -euros). La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el art. 56,2 del Reglamento General de la LCAP. Este Aval responde de los conceptos citados en el artículo 110 de la LCSP antes citada y se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento por parte de AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, E.M., con sujeción a los términos previstos en la Ley. Este Aval se constituye por tiempo indefinido y no podrá ser cancelado sin autorización expresa de AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, E.M. El presente Aval ha quedado inscrito en el Registro Especial de Avales con el nº ............................. En .................... , a ......... de ..................... de 20... (Firma de los Apoderados) 13 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. ANEXO V AMAEM - OTROS DOCUMENTOS SO-02 Penalizaciones por incumplimientos en materia de seguridad y salud laboral en servicios contratados Rev: 2 10/12/2024 Elaborado por: Comprobado por: Aprobado por: ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN 2. PROCESO A SEGUIR 2.1 CAMPOS A COMPROBAR 2.2 ESTABLECIMIENTO DE FALTAS 2.2.1 FALTAS LEVES 2.2.2 FALTAS GRAVES 2.2.3 FALTAS MUY GRAVES 2.3 CRITERIOS 2.4 ACCIÓN O PENALIZACIÓN. COMUNICACIONES 2.5 PRESCRIPCIÓN DE FALTAS 3. NUESTRAS REGLAS QUE SALVAN 1. INTRODUCCIÓN El objeto de este documento es tipificar los incumplimientos en materia de seguridad y salud laboral en la ejecución de cualquier servicio contratado por AMAEM en actividades de mantenimiento, limpieza, conservación u otras, estableciendo las penalizaciones a aplicar a las empresas contratistas o subcontratistas de AMAEM en caso de que dichos incumplimientos den lugar a cualquiera de los tipos de faltas tipificadas en este documento. 14 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. 2. PROCESO A SEGUIR 2.1 CAMPOS A COMPROBAR Teniendo como base la legislación vigente, normativa municipal, documentación entregada por AMAEM, la Evaluación de Riesgos propia de la empresa contratista y las instrucciones dadas tanto por el Jefe/a de Dpto. de AMAEM que coordina los trabajos, el Servicio de Prevención Mancomunado, así como cualquier personal capacitado en Seguridad y Salud y autorizado por AMAEM, se comprobarán, tanto en oficina como durante los trabajos, los siguientes ítems: 1. DOCUMENTACIÓN GENERAL DE EMPRESA 2. PERMISOS DE TRABAJO 3. RECURSO PREVENTIVO 4. SEÑALIZACIÓN VIAL 5. SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD 6. ACOPIO DE MATERIALES 7. ORDEN Y LIMPIEZA 8. VEHÍCULOS Y MAQUINARIA 9. MEDIOS AUXILIARES 10. HERRAMIENTAS 11. PROTECCIONES COLECTIVAS 12. PROTECCIONES INDIVIDUALES 13. NUESTRAS REGLAS QUE SALVAN 2.2 ESTABLECIMIENTO DE FALTAS Se definirán como faltas los incumplimientos a la legislación vigente, normativas municipales, documentación entregada por AMAEM (procedimientos, instrucciones, estándares, normas de seguridad, etc.) o Evaluación de Riesgos propia de la empresa contratista; y cuya acción pueda ocasionar un accidente, con independencia del potencial grado de severidad que origine. Podrán establecer las faltas el Servicio de Prevención Mancomunado, Jefes/as de Dpto., así como cualquier personal capacitado en Seguridad y Salud y autorizado por AMAEM. En función del tipo de falta se las catalogará como Leves, Graves o Muy Graves. 2.2.1 FALTAS LEVES 1. DOCUMENTACIÓN DE EMPRESA: los retrasos o deficiencias formales en la entrega de documentación, bien por formato diferente al requerido, documentos caducados, desorden, clasificación incorrecta, exceso de información no solicitada, etc., así como la no actualización de la misma cuando corresponda debido a la caducidad de alguno de los documentos contenidos en la misma. 15 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. 2. SEÑALIZACIÓN VIAL: Incorrecta o incompleta. 3. SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD: incumplimiento cuando esté contemplado en la Evaluación de Riesgos propia de la empresa contratista, legislación o documentación entregada por AMAEM 4. ACOPIO DE MATERIALES: Deficiencias en su ejecución, mantenimiento y manipulación. 5. ORDEN Y LIMPIEZA: deficiencias en el mantenimiento. 6. VEHÍCULOS Y MAQUINARIA: deficiencias en el mantenimiento y funcionamiento de elementos secundarios (Ej.: luces de circulación defectuosas, cristales defectuosos, etc.). 7. MEDIOS AUXILIARES: Estado deficiente, mal uso, falta de mantenimiento y/o funcionamiento defectuoso. 8. HERRAMIENTAS: Uso inadecuado y/o mantenimiento deficiente. 9. PROTECCIONES INDIVIDUALES: Mal o no uso, estado deficiente 2.2.2 FALTAS GRAVES 1. INSTRUCCIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL: Incumplimiento a indicaciones e instrucciones en materia de Seguridad y Salud, dadas por Jefes/as de Dpto. y demás personal capacitado en Seguridad y Salud y autorizado por AMAEM. 2. LEGISLACIÓN Y DOCUMENTACIÓN APLICABLE: Incumplimiento de legislación, procedimientos, instrucciones y otros documentos de seguridad y salud aplicables. 3. PERMISOS DE TRABAJO: La realización de actuaciones sin los permisos de trabajo necesarios: permisos de acceso a espacios confinados, permisos de trabajos en altura, etc. 4. RECURSO PREVENTIVO: Ausencia de recurso preventivo en aquellas circunstancias en las que es necesaria su presencia. 5. EMPRESAS NO AUTORIZADAS: Inclusión en los trabajos de empresas subcontratistas no autorizadas y/o con deficiencias en su documentación. 6. PERSONAL NO AUTORIZADO: Inclusión en los trabajos o actuación de personal no autorizado y/o sin documentación en regla. 7. VEHÍCULOS Y MAQUINARIA NO AUTORIZADA: Inclusión en los trabajos o actuación de vehículos o maquinaria no autorizada y/o sin documentación en regla. 8. SEÑALIZACIÓN VIAL: Ausencia de señalización y/o reiteraciones de faltas leves. 9. SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD: Ausencia de señalización y/o reiteraciones de faltas leves. 10. ACOPIO DE MATERIALES: reiteraciones de faltas leves. 11. ORDEN Y LIMPIEZA: reiteraciones de faltas leves. 12. USO DE VEHÍCULOS Y MAQUINARIA: Uso por personal no autorizado, mal estado de funcionamiento y/o mantenimientos de elementos principales, uso inadecuado. 13. MEDIOS AUXILIARES: reiteraciones de faltas leves. 14. HERRAMIENTAS: reiteraciones de faltas leves. 15. PROTECCIONES COLECTIVAS: Incumplimientos de la legislación vigente, documentación entregada por AMAEM, o Evaluación de Riesgos propia de la empresa contratista 16 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. 16. PROTECCIONES INDIVIDUALES: Incumplimientos de la legislación vigente, documentación entregada por AMAEM o Evaluación de Riesgos propia de la empresa contratista. Reiteraciones de faltas leves. 2.2.3 FALTAS MUY GRAVES 1. INSTRUCCIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL: Incumplimientos graves a indicaciones e instrucciones urgentes o críticas en materia de Seguridad y Salud Laboral, dadas por Jefes/as de Dpto. y demás personal capacitado en Seguridad y Salud y autorizado por AMAEM 2. LEGISLACIÓN Y DOCUMENTACIÓN APLICABLE: Incumplimiento de aspectos evaluados como críticos por AMAEM que estén contenidos en legislación, procedimientos, instrucciones y otros documentos de seguridad y salud laboral aplicables. Reiteración de falta grave. 3. INSTRUCCIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD: Reiteración en el incumplimiento a indicaciones y/o instrucciones en materia de Seguridad y Salud Laboral, dadas por Jefes/as de Dpto. y demás personal capacitado en Seguridad y Salud y autorizado por AMAEM. 4. SEÑALIZACIÓN VIAL: Reiteraciones de faltas graves o ausencia total en situaciones donde su importancia sea evaluada como crítica. 5. SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD: Reiteraciones de faltas graves o ausencia total en situaciones donde su importancia sea evaluada como crítica. 6. ACOPIO DE MATERIALES: Reiteraciones de faltas graves o deficiencias muy importantes en situaciones donde su importancia sea evaluada como crítica. 7. ORDEN Y LIMPIEZA: Reiteraciones de faltas graves o deficiencias muy importantes en situaciones donde su importancia sea evaluada como crítica. 8. VEHÍCULOS Y MAQUINARIA: Reiteraciones de faltas graves o deficiencias muy importantes en situaciones donde su importancia sea evaluada como crítica. 9. MEDIOS AUXILIARES: Ausencia de utilización, mal uso y deficiencias en el montaje o desmontaje de los medios auxiliares en situaciones donde su importancia sea determinada como crítica. Reiteraciones de faltas graves. 10. HERRAMIENTAS: Reiteraciones de faltas graves o deficiencias muy importantes en situaciones donde su importancia sea evaluada como crítica. 11. PROTECCIONES COLECTIVAS: Reiteraciones de faltas graves o deficiencias muy importantes en situaciones donde su importancia sea evaluada como crítica. 12. PROTECCIONES INDIVIDUALES: Reiteraciones de faltas graves o deficiencias muy importantes en situaciones donde su importancia sea evaluada como crítica. 2.3 CRITERIOS FALTA ACCIÓN O PENALIZACIÓN PRIMERA FALTA LEVE LLAMADA DE ATENCIÓN SEGUNDA FALTA LEVE(1) APERCIBIMIENTO 17 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. TERCERA FALTA LEVE(1) PENALIZACIÓN LEVE (50,00 €) CUARTA FALTA LEVE(1) O SEGUNDO APERCIBIMIENTO PENALIZACIÓN GRAVE (3.000,00 €) FALTA GRAVE PENALIZACIÓN GRAVE (3.000,00 €) FALTA MUY GRAVE O REITERACIÓN FALTA GRAVE PENALIZACIÓN MUY GRAVE (5.000,00 €) y/o RESCISIÓN DEL CONTRATO(2). (1) Reiteración de la misma falta leve que fue objeto de “Llamada de Atención” (2) La rescisión de contrato como consecuencia de una falta muy grave tendrá un carácter discrecional por parte de la Dirección (3) La reiteración de faltas graves no es admisible bajo ningún supuesto; se considerará como falta muy grave la acumulación de DOS faltas graves, cualquiera que sea su naturaleza, en un plazo de 12 meses 2.4 ACCIÓN O PENALIZACIÓN. COMUNICACIONES En relación con la gravedad de la deficiencia detectada, y, por ende, del grado de penalización a imponer, los procedimientos a seguir serán los siguientes: a) LLAMADA DE ATENCIÓN: COMUNICACIÓN VERBAL al trabajador/a implicado y al encargado/a de los trabajos, anotando la advertencia en el Informe de Visita correspondiente o por cualquier otro medio escrito. b) APERCIBIMIENTOS: COMUNICACIÓN ESCRITA mediante el Informe de Visita o cualquier otro medio escrito del Jefe/a de Dpto., según corresponda, apercibiendo por escrito a la Gerencia de la empresa contratada) c) PENALIZACIÓN LEVE (COMUNICACIÓN ESCRITA: Notificación a la Gerencia de la empresa contratada – SANCIÓN ECONÓMICA) d) PENALIZACIÓN GRAVE (COMUNICACIÓN ESCRITA: Notificación a la Gerencia de la empresa contratada - SANCIÓN ECONÓMICA). e) PENALIZACIÓN MUY GRAVE (COMUNICACIÓN ESCRITA: Notificación a la Gerencia de la empresa contratada - SANCIÓN ECONÓMICA y/o RESCISIÓN DEL CONTRATO) Cualquier falta detectada por los Jefes/as de Dpto., Servicio de Prevención Mancomunado, así como cualquier personal capacitado en Seguridad y Salud y autorizado por AMAEM, será comunicada al Gerente de Operaciones, según corresponda, con el fin de que inicie, si procede, el procedimiento de sanción. Los apercibimientos serán comunicados a la empresa contratista o subcontratista por los Jefes/as de Dpto., o Servicio de Prevención Mancomunado, mediante la firma del preceptivo Informe de Visita que contenga dicho apercibimiento o por cualquier otro medio escrito. Previamente, dicho apercibimiento se habrá comunicado al Jefe/a de Dpto. correspondiente y al Coordinador/a de Seguridad y Salud Laboral de la Dirección Territorial. . La notificación por escrito de faltas que supongan una penalización económica a la empresa contratista o subcontratista la realizará la Jefatura o Dirección de Área que corresponda en función de la competencia de los servicios ejecutados. 18 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. Tanto el apercibimiento por escrito como la notificación por penalización se realizarán mediante cualquier medio de comunicación que constate la recepción de los escritos por parte de la empresa contratista o subcontratista afectada. (ej.: correo electrónico) El Jefe/a de Dpto. afectado, según el caso, será el encargado de archivar la documentación relativa a las faltas, apercibimientos y notificaciones por penalización, durante 5 años. 2.5 PRESCRIPCIÓN DE FALTAS Atendiendo a los tipos de faltas establecidos en el presente documento, las prescripciones de faltas cometidas son las siguientes: - Faltas leves: su periodo de prescripción será de 2 meses, a contar desde la última falta cometida, sea cual sea su gravedad. - Faltas graves: su periodo de prescripción será de 4 meses, a contar desde la última falta cometida, sea cual sea su gravedad. - Faltas muy graves: su periodo de prescripción será de 6 meses, a contar desde la última falta cometida, sea cual sea su gravedad. 3. NUESTRAS REGLAS QUE SALVAN El cumplimiento de las Reglas que Salvan será uno de los puntos a vigilar durante la ejecución de los servicios contratados. Estas Reglas son las siguientes: 19 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. El Servicio de Prevención Mancomunado, Jefes/as de Dpto. así como cualquier personal capacitado en Seguridad y Salud y autorizado por AMAEM podrá valorar el cumplimiento de las Reglas que Salvan. El incumplimiento de cualquier Regla que Salva será considerado falta Grave o Muy Grave en función de la gravedad del riesgo generado y siempre que la empresa contratista o subcontratista no pueda justificar que ha adoptado medidas preventivas complementarias para minimizar o eliminar el riesgo. 20 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. ANEXO VI CHECKLIST DE VERIFICACIÓN DE ENCARGADOS DE TRATAMIENTO Las siguientes cuestiones serán de obligada respuesta para valorar el grado de cumplimiento en relación con la normativa de protección de datos. DATOS IDENTIFICATIVOS DEL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO DENOMINACIÓN SOCIAL (O NOMBRE Y APELLIDOS ) CIF / DNI DOMICILIO DATOS DE QUIEN COMPLETA ID PREGUNTA RESPUEST ACREDITACIÓN A SI/NO 1 ¿El Proveedor cumple adecuadamente con Si es posible, aporte algún las obligaciones establecidas en la documento que confirme este normativa de protección de datos? extremo. 2 ¿El Proveedor dispone de una política o Si la respuesta es afirmativa, deberá protocolo interno relativo a la gestión de aportar copia de dichos procedimientos o derechos de los interesados? protocolos. 3 ¿El Proveedor dispone de una política o Si la respuesta es afirmativa, deberá protocolo interno para la gestión de aportar copia de dichos procedimientos o brechas de seguridad? protocolos. 4 ¿El Proveedor mantiene actualizado un Registro de Actividades de Tratamiento (RAT), incluyendo las realizadas por cuenta de terceros? 5 ¿El Proveedor tiene la obligación legal de Si la respuesta es afirmativa, deberá nombrar un Delegado de Protección de acreditar el nombramiento con la copia Datos? En caso de que la respuesta sea de la notificación realizada en la sede afirmativa, ¿Lo ha nombrado? Por favor, electrónica de la AEPD. En determinados incluya sus datos de contacto. supuestos, no es obligatorio nombrar un DPO, por lo que el proveedor deberá acreditar por qué no es obligatorio nombrarlo en función de su actividad. 6 ¿El proveedor está adherido a algún código Si la respuesta es afirmativa, deberá de conducta en materia de protección de aportar copia de dicha adhesión. datos (art. 40 RGPD)? 7 ¿El proveedor dispone de alguna Si la respuesta es afirmativa, deberá certificación en materia de protección de aportar copia de dicha certificación. datos a fin de demostrar el cumplimiento de lo dispuesto en el RGPD (art. 42 RGPD)? 21 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. 8 ¿El Proveedor cuenta con un departamento Si la respuesta es afirmativa, aporte sus o área de seguridad o un Chief Security datos de contacto. Officer? 9 ¿El Proveedor ha sido sancionado o Si la respuesta es afirmativa, deberá inspeccionado en alguna ocasión por la indicar el motivo, la graduación de la Agencia Española de Protección de Datos o sanción y sanción impuesta, así como las la autoridad de control equivalente? medidas adoptadas para eliminar la causa del incumplimiento. Si ha sido sancionado en más de una ocasión, por favor indique cuántas. 10 ¿Los servicios prestados por su compañía En caso afirmativo, indique a qué país y implican que los datos personales que se las garantías o mecanismos legales van a tratar en el marco de este contrato (cláusulas contractuales tipo, BCR, sean transferidos a un tercer país fuera del excepciones previstas en la norma) Espacio Económico Europeo? adoptados por su empresa para garantizar que dicha transferencia se realiza conforme al RGPD. 11 En caso de que se lleven a cabo En caso afirmativo, indique la norma o transferencias internacionales en los las garantías adicionales que haya términos indicados en el apartado anterior, adoptado. En caso contrario, no se ¿existe alguna norma en dicho país que procederá a la contratación con el quebranta la protección de datos proveedor. personales bajo el RGPD (Artículo 44 RGPD)? 12 ¿El Encargado ha realizado un análisis de En caso afirmativo, deberá aportar copia riesgos en protección de datos? de un informe que acredite la realización del mismo. 13 ¿El Encargado tiene subcontratado parte En caso afirmativo, identificar el del tratamiento objeto de contratación? subencargado. 14 ¿El Encargado dispone de documentos que En caso afirmativo, deberá aportar copia acreditan el cumplimiento de las medidas de dichos documentos. de seguridad necesarias para la correcta realización del proyecto (ISO´s, certificados de auditores externos, certificados de seguridad, etc.)? El firmante declara que todos los datos consignados en el presente cuestionario son veraces. En ______, a __ de ____________ de 20__. 22 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. ANEXO VII Anexo al Contrato Principal Acuerdo de Tratamiento de datos entre Responsable y Encargado del tratamiento (Artículo 28 del GDPR) SECCIÓN I Cláusula 1 Finalidad y ámbito de aplicación a) La finalidad de las presentes cláusulas (en adelante, las “Cláusulas”) es garantizar que se cumpla el artículo 28, apartados 3 y 4, del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos). Los responsables y encargados del tratamiento enumerados en el Apéndice I han dado su consentimiento a vincularse por las presentes Cláusulas a fin de garantizar el cumplimiento del artículo 28, apartados 3 y 4, del Reglamento (UE) 2016/679. b) Las presentes Cláusulas se aplican al tratamiento de datos personales especificado en el Apéndice I. c) Los Apéndices I a III forman parte de las presentes Cláusulas. d) Las presentes Cláusulas se entienden sin perjuicio de las obligaciones a las que esté sujeto el responsable en virtud del Reglamento (UE) 2016/679.Las presentes Cláusulas no garantizan por sí mismas el cumplimiento de las obligaciones relativas a las transferencias internacionales contempladas en el capítulo V del Reglamento (UE) 2016/679. Cláusula 2 Invariabilidad de las cláusulas a) Las partes se comprometen a no modificar las presentes Cláusulas, excepto para añadir o actualizar información en los Apéndices. b) Esto no es óbice para que las partes incluyan en un contrato más amplio las presentes Cláusulas, ni para que añadan otras cláusulas o garantías adicionales siempre que no contradigan, directa o indirectamente, las presentes Cláusulas ni perjudiquen los derechos o libertades fundamentales de los interesados. Cláusula 3 Interpretación a) Cuando en las presentes Cláusulas se utilizan términos definidos en el Reglamento (UE) 2016/679, se entiende que tienen el mismo significado que en dicho Reglamento. b) Las presentes Cláusulas deberán leerse e interpretarse con arreglo a las disposiciones del Reglamento (UE) 2016/679. 23 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. c) No se podrán realizar interpretaciones de las presentes Cláusulas que entren en conflicto con los derechos y obligaciones establecidos en el Reglamento (UE) 2016/679. Cláusula 4 Jerarquía En caso de contradicción entre las presentes Cláusulas y las disposiciones de acuerdos conexos entre las partes que estuvieren en vigor en el momento en que se pactare o comenzare a aplicarse las presentes Cláusulas, prevalecerán las presentes Cláusulas. Cláusula 5 (sin contenido) SECCIÓN II OBLIGACIONES DE LAS PARTES Cláusula 6 Descripción del tratamiento o tratamientos En el Apéndice I se especifican los pormenores de las operaciones de tratamiento y, en particular, las categorías de datos personales y los fines para los que se tratan los datos personales por cuenta del responsable. Cláusula 7 Obligaciones de las partes 7.1. Instrucciones a) El encargado tratará los datos personales únicamente siguiendo instrucciones documentadas del responsable, salvo que esté obligado a ello en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados miembros que se aplique al encargado. En tal caso, el encargado informará al responsable de esa exigencia legal previa al tratamiento, salvo que tal Derecho lo prohíba por razones importantes de interés público. El responsable también podrá dar instrucciones ulteriores en cualquier momento del período de tratamiento de los datos personales. Dichas instrucciones deberán estar siempre documentadas. b) El encargado informará inmediatamente al responsable si las instrucciones dadas por el responsable infringen, a juicio del encargado, el Reglamento (UE) 2016/679, o las disposiciones aplicables del Derecho de la Unión o de los Estados miembros en materia de protección de datos. 7.2. Limitación de la finalidad El encargado tratará los datos personales únicamente para los fines específicos del tratamiento indicados en el Apéndice I,salvo cuando siga instrucciones adicionales del responsable. 24 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. 7.3. Duración del tratamiento de datos personales El tratamiento por parte del encargado solo se realizará durante el período especificado en el Apéndice I. 7.4. Seguridad del tratamiento a) El encargado aplicará, como mínimo, las medidas técnicas y organizativas ( también referidas como TOMs) especificadas en el Apéndice I para garantizar la seguridad de los datos personales. Una de estas medidas podrá consistir en la protección contra violaciones de la seguridad que ocasionen la destrucción, pérdida o alteración accidental o ilícita de datos personales, o la comunicación o acceso no autorizados a dichos datos («violación de la seguridad de los datos personales»). A la hora de determinar un nivel adecuado de seguridad, las partes tendrán debidamente en cuenta el estado de la técnica, los costes de aplicación, la naturaleza, el alcance, el contexto y los fines del tratamiento, y los riesgos que entraña el tratamiento para los interesados. b) El encargado solo concederá acceso a los datos personales tratados a los miembros de su personal en la medida en que sea estrictamente necesario para la ejecución, la gestión y el seguimiento del contrato. El encargado garantizará que las personas autorizadas para tratar los datos personales recibidos se hayan comprometido a respetar la confidencialidad o estén sujetas a una obligación de confidencialidad de naturaleza estatutaria. c) El encargado del tratamiento se abstendrá de realizar modificaciones técnicas en las medidas técnicas y organizativas especificadas en el Apéndice I que puedan reducir el nivel de seguridad descrito en dichas medidas sin el previo consentimiento por escrito del responsable del tratamiento.Todos los documentos, información y respuestas facilitados por el encargado del tratamiento se adjuntarán a las cláusulas tipo, de las que forman parte integrante. Serán plenamente vinculantes para el encargado del tratamiento y cualquier incumplimiento de las mismas podrá generar la responsabilidad del encargado del tratamiento de conformidad con los artículos 82 y 83 del Reglamento (UE) 2016/679. d) Los TOMs del encargado del tratamiento están sujetos a mejoras técnicas y otros desarrollos. A este respecto, el encargado del tratamiento está autorizado a aplicar medidas de mejora siempre que notifique previamente al responsable del tratamiento cualquier medida que pueda repercutir en él. 7.5. Datos sensibles Si el tratamiento afecta a datos personales que revelen el origen étnico o racial, las opiniones políticas, las convicciones religiosas o filosóficas, o la afiliación sindical, datos genéticos o datos biométricos dirigidos a identificar de manera unívoca a una persona física, datos relativos a la salud o datos relativos a la vida sexual o la orientación sexual de una persona física, o datos relativos a condenas e infracciones penales («datos sensibles»), el encargado aplicará restricciones específicas y/o garantías adicionales. 7.6. Documentación y cumplimiento a) Las partes deberán poder demostrar el cumplimiento de las presentes Cláusulas. El encargado resolverá con presteza y de forma adecuada las consultas del responsable relacionadas con el tratamiento con arreglo a las presentes Cláusulas. En particular, el encargado del tratamiento facilitará, a petición del responsable del tratamiento, extractos de su propio registro relativos a las actividades de tratamiento realizadas por cuenta del responsable del tratamiento, con el fin de permitirle mantener actualizado su propio registro. 25 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. b) El encargado pondrá a disposición del responsable toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de las obligaciones contempladas en las presentes Cláusulas y que deriven directamente del Reglamento (UE) 2016/679. . A instancia del responsable, el encargado permitirá y contribuirá a la realización de auditorías de las actividades de tratamiento cubiertas por las presentes Cláusulas, a intervalos razonables o si existen indicios de incumplimiento. Al decidir si se realiza un examen o una auditoría, el responsable podrá tener en cuenta las certificaciones pertinentes que obren en poder del encargado. Si la auditoría revela que las medidas de seguridad implantadas por el encargado del tratamiento y/o su subencargado no son suficientes o adecuadas, o si dichas medidas revelan la existencia de incumplimientos de los términos de las presentes cláusulas y/o de la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal y/o de las prácticas habituales del sector, el encargado del tratamiento deberá, a su costa, implantar las medidas correctoras en un plazo acordado entre las Partes. c) El responsable podrá optar por realizar la auditoría por sí mismo o autorizar a un auditor independiente. Las auditorías también podrán consistir en inspecciones de los locales o instalaciones físicas del encargado y, cuando proceda, realizarse con un preaviso razonable. d) Las partes pondrán a disposición de las autoridades de control competentes, a instancia de estas, la información a que se refiere la presente cláusula y, en particular, los resultados de las auditorías. e) Si el encargado del tratamiento es responsable de la recogida de datos personales por cuenta del responsable del tratamiento, éste se compromete, en el momento de la recogida de los datos personales, a facilitar a los interesados la información relativa al tratamiento o tratamientos de datos efectuados, de conformidad con la normativa aplicable en materia de protección de datos. La información facilitada a los interesados se preparará, en su caso, en consulta con el responsable del tratamiento. 7.7. Recurso a subencargados a) El encargado solo podrá subcontratar a un subencargado las operaciones de tratamiento que realice por cuenta del responsable en virtud de las presentes Cláusulas con la autorización previa específica por escrito del responsable. El encargado presentará la solicitud de autorización específica conforme al modelo que se adjunta en el Apéndice II, al menos treinta (30) días hábiles antes de la contratación del subencargado de que se trate, junto con la información necesaria para que el responsable pueda resolver la solicitud. b) Cuando el encargado contrate a un subencargado para llevar a cabo actividades de tratamiento específicas (por cuenta del responsable), lo hará por medio de un contrato que imponga al subencargado, en esencia, las mismas obligaciones en materia de protección de datos que las impuestas al encargado en virtud de las presentes Cláusulas. El encargado se asegurará de que el subencargado cumpla las obligaciones a las que esté sujeto en virtud de las presentes Cláusulas y del Reglamento (UE) 2016/679. c) El responsable podrá solicitar al encargado que le muestre una evidencia de las cláusulas suscritas con el subencargado y de cualquier modificación posterior del mismo. En la medida en que sea necesario para proteger secretos comerciales u otro tipo de información confidencial, como datos personales, el encargado podrá expurgar el texto del contrato antes de mostrarlo. d) El encargado seguirá siendo plenamente responsable ante el responsable, del cumplimiento de las obligaciones que imponga al subencargado en su contrato con el 26 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. encargado. El encargado notificará al responsable los incumplimientos por parte del subencargado de las obligaciones que le atribuya dicho contrato. e) El encargado pactará con el subencargado una cláusula de tercero beneficiario en virtud de la cual, en caso de que el encargado desaparezca de facto, cese de existir jurídicamente o sea insolvente, el responsable tendrá derecho a rescindir el contrato del subencargado y ordenar a este que suprima o devuelva los datos personales. 7.8. Transferencias internacionales a) Las transferencias de datos a un tercer país o a una organización internacional por parte del encargado solo podrán realizarse siguiendo instrucciones documentadas del responsable o en virtud de una exigencia expresa del Derecho de la Unión o del Estado miembro al que esté sujeto el encargado; se llevarán a cabo de conformidad con el capítulo V del Reglamento (UE) 2016/679. b) El responsable se aviene a que, cuando el encargado recurra a un subencargado de conformidad con la cláusula 7.7 para llevar a cabo actividades de tratamiento específicas (por cuenta del responsable) y dichas actividades conlleven una transferencia de datos personales en el sentido del capítulo V del Reglamento (UE) 2016/679, el encargado y el subencargado puedan garantizar el cumplimiento del capítulo V del Reglamento (UE) 2016/679 utilizando cláusulas contractuales tipo adoptadas por la Comisión, con arreglo al artículo 46, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/679, siempre que se cumplan las condiciones para la utilización de dichas cláusulas contractuales tipo. En este caso, el subencargado del tratamiento se compromete a este respecto a firmar sistemáticamente las cláusulas contractuales tipo facilitadas por la Comisión Europea de conformidad con el artículo 46, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/679 (las "Cláusulas de Transferencias") en la versión vigente más reciente (y más concretamente el módulo 3 de dichas Cláusulas de Transferencias aplicable a las transferencias de encargado a encargado del tratamiento), y a cumplir con su contenido, si el país al que se exportan los datos no está identificado por la Comisión Europea por ofrecer un nivel de protección adecuado en el sentido del artículo 45 del Reglamento (UE) 2016/679 y/o la transferencia no puede regirse por normas corporativas vinculantes según lo dispuesto en el artículo 46, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/679. El encargado del tratamiento se compromete a completar las Cláusulas de Transferencias si lo considera oportuno para dar cumplimiento a la cláusula 7.7.b) de las presentes Cláusulas. El encargado del tratamiento también se compromete a evaluar antes de cualquier transferencia a un país no identificado por la Comisión Europea como país que ofrece un nivel adecuado de protección que el importador de datos es capaz de (i) cumplir con las garantías implementadas para asegurar la transferencia de conformidad con el artículo 46, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/679 y las recomendaciones de la EDPB 01/2001 ("medidas que complementan transfer tools to secure compliance with the EU level of protection of personal data") ii) garantizar un nivel de protección de datos sustancialmente equivalente al nivel de protección garantizado en el Espacio Económico Europeo con respecto a la legislación y las prácticas de su país (en particular, las que imponen la comunicación de datos a las autoridades públicas o permiten a éstas acceder a los datos). El encargado del tratamiento se compromete a tener en cuenta, a la hora de completar dicha evaluación, las circunstancias específicas de la transferencia, las legislaciones y prácticas del país de destino y las garantías contractuales pertinentes, técnicas u organizativas, aplicadas (entendiéndose que corresponde al encargado del tratamiento aplicar o imponer a su subencargado que lleve a cabo cualquier análisis de 27 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. riesgos relativo a las transferencias ulteriores de datos (en concreto, evaluaciones de los impactos de las transferencias) y, sobre esta base, aplicar o imponer al encargado del tratamiento ulterior cualquier medida adicional necesaria para garantizar a los datos transferidos un nivel de protección suficiente). El encargado del tratamiento pondrá inmediatamente a disposición del responsable del tratamiento, previa solicitud, las evaluaciones correspondientes. El encargado del tratamiento reconoce y acepta que no se producirá ninguna transferencia de datos en el sentido del capítulo V del Reglamento (UE) 2016/679 y/o que dicha transferencia se suspenderá inmediatamente si el subencargado del tratamiento no cumple o deja de cumplir las condiciones previstas en los apartados "(i)" et "(ii)" aquí arriba. Cláusula 8 Ayuda al responsable del tratamiento a) El encargado notificará con presteza al responsable las solicitudes que reciba del interesado. No responderá a dicha solicitud por sí mismo, a menos que el responsable le haya autorizado a hacerlo. El encargado del tratamiento se compromete a notificar al responsable del tratamiento en los cinco (5) días siguientes a la recepción de dichas solicitudes. b) El encargado ayudará al responsable a cumplir sus obligaciones al responder a las solicitudes de ejercicio de derechos de los interesados teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento sin coste adicional. En el cumplimiento de las obligaciones que le atribuyen las letras a) y b), el encargado cumplirá las instrucciones del responsable. A este respecto, el encargado del tratamiento se compromete a: - Facilitar al responsable del tratamiento, sin dilaciones indebidas y, en la medida de lo posible, dentro de los cinco (5) días siguientes a la solicitud del responsable del tratamiento, los documentos y la información solicitados por éste en relación con el tratamiento de datos; - Ejecutar, sin dilación indebida y, en la medida de lo posible en un plazo de cinco (5) días, cualquier instrucción del responsable del tratamiento relativa a la comunicación, rectificación y supresión de datos, o a la limitación o terminación del tratamiento. A petición del responsable del tratamiento, el encargado demostrará, por cualquier medio, que ha cumplido debidamente las instrucciones del responsable del tratamiento de conformidad con esta disposición. c) Además de la obligación del encargado de ayudar al responsable en virtud de la cláusula 8, letra b), el encargado también ayudará al responsable a garantizar el cumplimiento de las obligaciones siguientes teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la información de que disponga el encargado: 1) La obligación de realizar una evaluación del impacto de las operaciones de tratamiento en la protección de datos personales («evaluación de impacto») cuando sea probable que un tipo de tratamiento suponga un alto riesgo para los derechos y libertades de las personas físicas. En el contexto de cualquier evaluación de impacto relativa a la protección de datos, el encargado del tratamiento facilitará al responsable del tratamiento toda la información que obre en su poder y que sea necesaria para llevar a cabo dicha evaluación, e informará inmediatamente por escrito al responsable del tratamiento de cualquier cambio o modificación que pueda afectar al tratamiento y/o a la evaluación. El encargado del 28 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. tratamiento se compromete a establecer, en el plazo fijado en consulta con el responsable del tratamiento, las medidas que puedan resultar necesarias como consecuencia de la evaluación de impacto relativa a la protección de datos, destinadas a reducir a un nivel aceptable los riesgos asociados a los datos que trata por cuenta del responsable del tratamiento; 2) la obligación de consultar a las autoridades de control competentes antes de proceder al tratamiento cuando una evaluación de impacto relativa a la protección de los datos muestre que el tratamiento entrañaría un alto riesgo si el responsable no toma medidas para mitigarlo; 3) la obligación de garantizar que los datos personales sean exactos y estén actualizados, informando sin demora al responsable si el encargado descubre que los datos personales que está tratando son inexactos o han quedado obsoletos; 4) las obligaciones contempladas en el artículo 32 del Reglamento (UE) 2016/679. Las partes establecerán en el Apéndice I medidas técnicas y organizativas apropiadas que obliguen al encargado a ayudar al responsable a aplicar la presente cláusula, así como el objeto y el alcance de la ayuda requerida. Cláusula 9 Notificación de violaciones de la seguridad de los datos personales En caso de violación de la seguridad de los datos personales, el encargado colaborará con el responsable y le ayudará a cumplir las obligaciones que le atribuyen los artículos 33 y 34 del Reglamento (UE) 2016/679 teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la información de que disponga el encargado. 9.1. Violación de la seguridad de datos personales tratados por el responsable En caso de violación de la seguridad de los datos personales en relación con los datos tratados por el responsable, el encargado ayudará al responsable en lo siguiente. a) Notificar la violación de la seguridad de los datos personales a las autoridades de control competentees sin dilación indebida una vez tenga constancia de ella, si procede (a menos que sea improbable que dicha violación de la seguridad constituya un riesgo para los derechos y las libertades de las personas físicas). b) Recabar la información siguiente, que, de conformidad con el artículo 33, apartado 3, del Reglamento (UE) 2016/679, deberá figurar en la notificación del responsable, que debe incluir como mínimo: 1) la naturaleza de los datos personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados afectados, y las categorías y el número aproximado de registros de datos personales afectados; 2) las consecuencias probables de la violación de la seguridad de los datos personales; 3) las medidas adoptadas o propuestas por el responsable del tratamiento para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos. Cuando y en la medida en que no se pueda proporcionar toda la información al mismo tiempo, en la notificación inicial se proporcionará la información de que se disponga en ese momento y, a medida que se vaya recabando, la información adicional se irá proporcionando sin dilación indebida. 29 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. c) Cumplir, con arreglo al artículo 34 del Reglamento (UE) 2016/679, la obligación de comunicar sin dilación indebida al interesado la violación de la seguridad de los datos personales cuando sea probable que la violación de la seguridad entrañe un alto riesgo para los derechos y libertades de las personas físicas. 9.2. Violación de la seguridad de datos personales tratados por el encargado En caso de violación de la seguridad de datos personales tratados por el encargado, este lo notificará al responsable sin dilación indebida y en todo caso en el plazo máximo de setenta y dos (72) horas una vez que el encargado tenga constancia de ella. Dicha notificación deberá incluir como mínimo: a) una descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad (inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados y de registros de datos afectados); b) los datos de un punto de contacto en el que pueda obtenerse más información sobre la violación de la seguridad de los datos personales; c) sus consecuencias probables y las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación de la seguridad, incluyendo las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos. Cuando y en la medida en que no se pueda proporcionar toda la información al mismo tiempo, en la notificación inicial se proporcionará la información de que se disponga en ese momento y, a medida que se vaya recabando, la información adicional se irá proporcionando sin dilación indebida. El encargado cumplimentará la plantilla de reporte de violaciones de seguridad de los datos personales que se adjunta como Apéndice III para ayudar al responsable a cumplir las obligaciones que le atribuyen los artículos 33 y 34 del Reglamento (UE) 2016/679. El encargado también se compromete : - participar en cualquier acción de comunicación decidida por el responsable del tratamiento; - a colaborar con el responsable del tratamiento, sin coste adicional alguno, en la adopción de todas las medidas razonables para poner fin a esta violación de datos personales, reparar en la medida de lo posible cualquier daño imputable al mismo que esta violación de datos personales haya podido causar y evitar la repetición de un incidente similar. Además, el encargado del tratamiento no comunicará ni divulgará la violación de los datos personales, a menos que esté legalmente obligado a hacerlo. En cualquier caso, el encargado del tratamiento no incluirá al responsable del tratamiento en su comunicación sin el consentimiento previo por escrito de éste. El encargado del tratamiento también se compromete a adoptar las medidas adecuadas para remediar la violación, incluidas medidas para mitigar sus efectos negativos. El encargado del tratamiento cumplimentará, en su caso, el formulario de notificación del Apéndice III y lo enviará a la dirección de correo electrónico del responsable del contrato identificada en el Acuerdo / Contrato Principal y de su DPO en caso de que cuente con él. Deberá adjuntarse a la notificación, en caso necesario, cualquier documentación o información que pueda ser útil para que el responsable del tratamiento notifique la violación de los datos a la autoridad de control competente y a los interesados, así como el nombre y los datos de contacto actualizados del RPD del encargado del tratamiento o de cualquier otra persona que pueda facilitar información adicional. 30 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. SECCIÓN III DISPOSICIONES FINALES Cláusula 10 Incumplimiento de las cláusulas y resolución del contrato a) Sin perjuicio de lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 , en caso de que el encargado del tratamiento incumpla las obligaciones que le atribuye las presentes Cláusulas, el responsable podrá ordenar al encargado que suspenda el tratamiento de datos personales hasta que este vuelva a dar cumplimiento a las presentes Cláusulas, o resolver el contrato. El encargado informará con presteza al responsable en caso de que no pueda dar cumplimiento a las presentes Cláusulas por cualquier motivo. b) El responsable estará facultado para resolver el contrato en lo que se refiera al tratamiento de datos personales en virtud de las presentes Cláusulas cuando: 1) el tratamiento de datos personales por parte del encargado haya sido suspendido por el responsable con arreglo a la letra a) y no se vuelva a dar cumplimiento a las presentes Cláusulas en un plazo razonable y, en cualquier caso, en un plazo de un mes a contar desde la suspensión; 2) el encargado incumpla de manera sustancial o persistente las presentes Cláusulas o las obligaciones que le atribuye el Reglamento (UE) 2016/679; 3) el encargado incumpla una resolución vinculante de un órgano jurisdiccional competente o de las autoridades de control competentes en relación con las obligaciones que les atribuye las presentes Cláusulas, el Reglamento (UE) 2016/679. c) El encargado estará facultado para resolver el contrato en lo que se refiera al tratamiento de datos personales en virtud de las presentes Cláusulas cuando, tras haber informado al responsable de que sus instrucciones infringen los requisitos jurídicos exigidos por la cláusula 7.1, letra b), el responsable insiste en que se sigan dichas instrucciones. d) Tras la resolución del contrato, el encargado suprimirá, a petición del responsable, todos los datos personales tratados por cuenta del responsable y acreditará al responsable que lo ha hecho, o devolverá todos los datos personales al responsable y suprimirá las copias existentes, a menos que el Derecho de la Unión o de los Estados miembros exija el almacenamiento de los datos personales. Hasta que se destruyan o devuelvan los datos, el encargado seguirá garantizando el cumplimiento con las presentes Cláusulas. SECCIÓN IV OTRAS DISPOSICIONES Cláusula 11 Cooperación El encargado del tratamiento informará lo antes posible al responsable del tratamiento 31 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. de cualquier solicitud (incluida cualquier investigación o búsqueda) de una autoridad competente que haya recibido directamente y que esté relacionada con el tratamiento de datos personales aplicado en virtud de las presentes cláusulas. En caso de que el responsable del tratamiento sea objeto de una investigación por parte de una autoridad de protección de datos o de cualquier otra autoridad competente, de un procedimiento derivado de una infracción penal o administrativa, de una reclamación de responsabilidad por parte de un interesado o de un tercero afectado, o de cualquier otra reclamación o acción legal relacionada con el tratamiento de datos personales aplicado en virtud de las cláusulas tipo, el encargado del tratamiento se compromete a adoptar todas las medidas razonables para ayudar al responsable del tratamiento sin coste adicional. Cláusula 12 Tratamiento de datos de contacto de las partes. 12.1 La persona de contacto dentro de cada parte para cualquier solicitud/pregunta/reclamación en relación con las presentes cláusulas serán las indicadas en el Apéndice I y será facilitada por el encargado del tratamiento a cualquier subencargado del tratamiento debidamente autorizado de conformidad con las cláusulas tipo. 12.2 Cuando una de las Partes y/o sus entidades afiliadas traten los datos personales de los empleados y representantes de la otra Parte y/o entidad afiliada, incluidos sus nombres y datos de contacto comerciales (en adelante, los "Datos de Contacto"), con el fin de gestionar sus actividades comerciales (en particular, la gestión del archivo de proveedores, clientes o clientes potenciales, la gestión de contratos), esta Parte actuará en calidad de responsable del tratamiento y deberá cumplir las obligaciones que le incumben en virtud de la normativa aplicable en materia de protección de datos. El responsable del tratamiento conservará los Datos de Contacto del encargado del tratamiento durante el tiempo que sea necesario para cumplir los fines para los que vayan a ser utilizados, con sujeción a las disposiciones legales en materia de archivo y plazos de conservación, en su caso. Por defecto, los Datos de Contacto se conservarán durante un periodo de diez (10) años tras la finalización de la ejecución del Contrato con el fin de permitir al responsable del tratamiento demostrar el cumplimiento de sus obligaciones legales y/o contractuales, en su caso, y garantizar el seguimiento de la relación comercial con el proveedor. El responsable del tratamiento y/o cada entidad afiliada también pueden verse obligados a proporcionar acceso a los Datos de Contacto a sus entidades afiliadas y socios que lo necesiten en el contexto de los servicios y/o con el fin de supervisar la relación comercial. Dicho tratamiento se basará en el interés legítimo de las Partes y/o de la entidad afiliada. El proveedor informará a sus empleados y representantes, del tratamiento de sus Datos de Contacto en las condiciones descritas en la presente cláusula, incluido el modo de ejercer sus derechos ante el responsable del tratamiento. Los empleados y representantes de cada una de las Partes tienen derecho a acceder, rectificar o suprimir dichos Datos de Contacto, derecho a limitar el tratamiento de dichos Datos de Contacto, derecho a oponerse al tratamiento de dichos Datos de Contacto. Pueden hacer valer estos derechos directamente por correo electrónico al DPO del responsable del 32 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. tratamiento. Responsable Fecha y firma Encargado Fecha y firma 33 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. Apéndice I: Información del tratamiento y medidas de seguridad utilizando los sistemas del adjudicatario. Resumen datos de cobertura contractual (incluye medidas de seguridad) Objeto / denominación y SERVICIO JURIDICO RECLAMACION EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL finalidad Responsable AMAEM --- protecciondedatos@aguasdealicante.es Responsable Conforme resulte licitación --- Categoría interesados Clientes Operaciones de tratamiento Recogida -Consulta / Acceso -Utilización -Comunicación por transmisión Datos identificativos y/o de contacto personal necesarios para la ejecución del Categorías de datos objeto del contrato. -Datos técnicos relacionados con el contrato de suministro de agua Durante la vigencia del Contrato o hasta su finalización en fecha anterior por Duración del tratamiento cualquier causa Comentarios / Observaciones adicionales Transferencias internacionales y garantías o No aplica mecanismos legales adoptados Subencargados No aplica Nivel de clasificación de la información gestionada en el CRITICAL servicio Medidas de seguridad (TOM's) 34 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. -Cortafuegos de aplicación (WAF) (A) -Sistema de identificación y autentificación de usuarios (A) -Sistema de gestión de privilegios de acceso (A) -Límite de intentos reiterados de acceso no autorizado (A) -Sistema de control de acceso al sistema de información (A) -Registro de accesos al sistema de información (vgr. Log de accesos) (A) -Certificado SSL en página web (protocolo HTTPS) (A) -Procedimiento de gestión de incidentes y emergencias (A) -Procedimiento de comunicación y notificación de brechas de seguridad (A) -Contrato de confidencialidad (con el proveedor y con todas las personas que puedan tener acceso a la información) (A) -Control de acceso físico a las instalaciones (A) -Aplicación de criterios y métodos de organización documental (clasificación y ordenación) (A) -Control de acceso a la documentación (vgr. Cerradura con llave, identificación biométrica, tarjeta inteligente, código personal de acceso, etc.) (A) -Formación del personal implicado en seguridad de la información y continuidad (incluido RGPD) (A) -Identificación de los riesgos y tratamiento para aquellos no tolerables (AA) -Establecimiento de comité de crisis (AA) -Sistema de análisis y gestión de vulnerabilidades técnicas (AA) -Sistema de protección contra código malicioso y descargable (vgr antivirus) (AA) -Política de gestión de activos de información (AA) -Inventario de activos y activos de información -Registro de acceso a la documentación (AA) -Segregación de las redes (AA) -Política de mesas limpias (AA) -Normas de uso de las impresoras de documentación (AA) -Destrucción segura y confidencial de documentación (AA) -Documento de política de protección de datos de carácter personal (RGPD) (AAA1) -Funciones y obligaciones de los usuarios y normas de uso de los recursos TIC (AAA1) -Medidas técnicas y organizativas de pseudonimización (AAA1) -Software de cifrado de archivos y base de datos (AAA2) -Software de cifrado de correo electrónico (AAA2) -Red privada de comunicaciones electrónicas (AAA+1) -Cortafuego (firewall) (AAA1) -Sistema de detección de intrusiones (IDS) (AAA2) -Servidor dedicado / BBDD dedicada (VPS, Cloud…) (AAA1) -Control de acceso físico a la entrada del Centro de Proceso de Datos (CPD) / Sala del servidor (AAA1) -Certificación ISO 27001 o certificación similar (AAA+2) -El proveedor tiene que entregar el certificado ISO22301 relacionado con el alcance del servicio -Sistema de identificación, registro y gestión de incidencias. (A) -Auditoría automática de la o las aplicaciones web afectadas. (A) -Auditoría de seguridad los sistemas implicados en el proveedor (AA) -Auditoría de la seguridad de las redes (AA) -Auditoría cada 4 años o en caso de evolutivo/cambio significante en aplicaciones web, api, Sistemas y aplicaciones para dispositivos móviles (AAA1) -Auditoría cada 2 años o en caso de evolutivo/cambio significante en aplicaciones web, api y aplicaciones para dispositivos móviles (AAA2) -Auditoría anual o en caso de evolutivo/cambio significante en aplicaciones web, api y aplicaciones para dispositivos móviles (AAA+1) 35 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. Medidas de seguridad adicionales En cumplimiento del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad (ENS), y considerando que AMAEM mantiene la categoría de Nivel Medio para su sistema CRM, se establece como requisito obligatorio que el proveedor adjudicatario acredite, si trata los datos en su Infraestructura : - Certificación ENS Nivel Medio. Estas certificaciones son necesarias para garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad, autenticidad y trazabilidad de la información y servicios objeto del presente contrato, asegurando un nivel de seguridad equivalente y homologable en toda la cadena de custodia de datos, durante toda la duración del contrato. En este servicio , el proveedor elige descargar los datos a su infraestructura para su gestión (opción A elegida) por lo que debe presentar el ENS nivel medio y las siguientes medidas adicionales. 36 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. Apéndice I bis: Información del tratamiento y medidas de seguridad utilizando los sistemas de información de AMAEM. Resumen datos de cobertura contractual (incluye medidas de seguridad) Objeto / denominación y SERVICIO JURIDICO RECLAMACION EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL finalidad Responsable AMAEM --- protecciondedatos@aguasdealicante.es Responsable Conforme resulte licitación --- Categoría interesados Clientes Operaciones de tratamiento Recogida -Consulta / Acceso -Utilización -Comunicación por transmisión Datos identificativos y/o de contacto personal necesarios para la ejecución del Categorías de datos objeto del contrato. -Datos técnicos relacionados con el contrato de suministro de agua Durante la vigencia del Contrato o hasta su finalización en fecha anterior por Duración del tratamiento cualquier causa Comentarios / Observaciones adicionales Transferencias internacionales y garantías o No aplica mecanismos legales adoptados Subencargados No aplica Nivel de clasificación de la información gestionada en el CRITICAL servicio Medidas de seguridad (TOM's) 37 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. -Tiene que haber un antivirus instalado en el equipo bloqueando las amenazas -Sistema de análisis y gestión de vulnerabilidades técnicas -Política de mesas limpias -El equipo tiene que tener los últimos parches de Seguridad de Windows -El equipo tiene que estar securizado con contraseña -El equipo tiene que tener una pantalla de bloqueo activada y que bloquee al cabo de 1 minuto como máximo -Tienen que existir, por parte de proveedor, unas funciones y obligaciones de los usuarios y normas de uso de los recursos TIC -SO up-to-date (sistema operativo actualizado) -El usuario tiene que tener un usuario de Active Directory (si aplica) -El equipo tiene que tener un cifrado de disco Medidas de seguridad adicionales En cumplimiento del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad (ENS), y considerando que AMAEM mantiene la categoría de Nivel Medio para su sistema CRM, se establece como requisito obligatorio que el proveedor adjudicatario acredite, si trata los datos en su Infraestructura : - Certificación ENS Nivel Medio. Estas certificaciones son necesarias para garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad, autenticidad y trazabilidad de la información y servicios objeto del presente contrato, asegurando un nivel de seguridad equivalente y homologable en toda la cadena de custodia de datos, durante toda la duración del contrato. En este servicio , el proveedor elige mantener los datos en la infraestructura de la empresa (opción B elegida) por lo que la empresa proporciona los medios para poder trabajar y acceder a dichos datos. 38 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. Apéndice II: Modelo para la solicitud de autorización específica de encargos Cuando sea necesaria la autorización específica de uno o más subencargados (distintos de los expresamente autorizados a la firma del contrato) se completará el siguiente apartado: Identificación de Finalidad Descripción Duración Terceros Categoría y Herramienta Mecanismos los encargados del del del países a formato de de de seguridad tratamien tratamiento tratamient los que se los datos transferencia2 del to o transfieren transferidos subencargado los datos ( en caso de personales que se 1 requiera que disponga del ENS u otro) 1º Razón social: [-] [Descripci [ninguno] Tratamiento [Decisión de ón de la de datos adecuación] Dirección y país finalidad personales : de la sede: [-] del [sí o no] tratamient o Sector o Categorías [SCCs] económico: [-] efectuado de datos por el personales: N° de registro subencarg Lista de [-] [BCR] ado del mercantil: [-] terceros tratamient países [-] Formato de Dirección de o y los datos contacto delimitaci personales: genérica: [-] ón de [-] responsab ilidades Datos de entre contacto del RPD subencarg o contacto para ados del la protección de tratamient la intimidad: [-] o]. Lista que debe cumplimentarse para cada subencargado de tratamiento 2º(...) 1 Nota: El acceso remoto desde un tercer país (por ejemplo, en el caso de la prestación de servicios de asistencia técnica) y/o el alojamiento en un proveedor de servicios en la nube situado fuera del EEE también constituye una transferencia. 2 Por favor, asegúrese de que las transferencias relacionadas con estos CCE Art 28 están correctamente cubiertas a través de las herramientas indicadas en la tabla. 39 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. Apéndice III: Plantilla para reporte de incidentes de seguridad NOMBRE DE LA COMPAÑÍA NOMBRE/REFERENCIA DEL CONTRATO DESCRIPCIÓN BREVE DE LA INCIDENCIA FECHA DE DETECCIÓN MEDIO POR EL QUE SE HA TENIDO CONSTANCIA DEL INCIDENTE FECHA DEL INFORME FECHA DE ENVÍO DEL INFORME Descripción del incidente y detalle de Descripción de los hechos comprobados: las investigaciones efectuadas: Categorías de afectados: [ ] Clientes [ ] Posibles clientes Categorías de afectados y número [ ] Empleados aproximado de registros [ ] Personas de contacto/representantes/firmantes de contratos comprometidos [ ] Usuarios de páginas web [ ] Otros (detallar) - Número de registros comprometidos [] Personas afectadas y entidad Responsable. [] [ ] Datos identificativos: nombre y apellidos [ ] Cuenta bancaria (pseudononimizada) [ ] DNI Datos de carácter personal [ ] Dirección postal comprometidos: [ ] Correo electrónico. [ ] Currículum Vitae. [ ] Claves de usuario/contraseñas [ ] Otros ( especificar) [ ] Brecha de confidencialidad: partes que no están autorizadas, o no tienen un propósito legítimo para acceder a la información, acceden a ella. Informar: ● Identidad de afectados (nombre o identificador de referencia). ● Alcance de la divulgación: número potencial y tipo de partes que pueden haber accedido ilegalmente a la información. Identificar a receptores. [ ] Brecha de integridad: se altera la información original y la sustitución de datos puede ser perjudicial para el individuo. ● Identidad de afectados (nombre o identificador de referencia). Tipo de brecha de seguridad ● Datos comprometidos a los que afecta la alteración. ● Identificar en qué consiste la alteración. [ ] Brecha de disponibilidad: no se puede acceder a los datos originales cuando es necesario. [ ] Temporal (los datos son recuperables, pero tomará un periodo de tiempo y esto puede ser perjudicial para el individuo). [ ] Permanente (los datos no pueden recuperarse). Comentarios: Trazabilidad de accesos y uso de datos Sistemas afectados, y si lo permiten, informar sobre los accesos a datos comprometidos comprometidos. Medidas adoptadas para contener la incidencia, minimizar riesgos y para evitar nuevas incidencias: [ ] La Brecha de Seguridad se ha originado por una falta de medidas de seguridad técnicas implementadas en la compañía. Clasificación del incidente de seguridad [ ] La Brecha de Seguridad ha sido provocada por un ataque de un tercero. [ ] La Brecha de seguridad se ha originado por un error humano. [ ] Otro: especificar Información adicional 40 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. ANEXO VIII DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CONTRATISTA SOBRE UBICACIÓN DE LOS SERVIDORES Y LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS ASOCIADOS A LOS MISMOS. Nombre y Apellidos: *********, DNI/Pasaporte: ***********. Dirección a efectos de notificaciones: xxxxxxxxxxxx. Teléfono/s: xxxxxxxxxxx, y dirección de correo electrónico: xxxxxxxxxxxx. en representación de ..con CIF… Declaro bajo mi responsabilidad, dónde van a estar ubicados los servidores y desde dónde se van a prestar los servicios asociados a los mismos para la licitación … MODALIDAD DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO: El declarante indica que la prestación del servicio se realizará bajo la siguiente modalidad: ☐ MODALIDAD A: El servicio se prestará utilizando sistemas de información propios del licitador (aplicaciones, bases de datos, servidores o plataformas tecnológicas propias) para el tratamiento de datos del contrato. En consecuencia, el licitador acredita o se compromete a acreditar el cumplimiento del ENS nivel medio conforme a lo establecido en la cláusula 7, punto 6, letra a) del PCAP. ☐ MODALIDAD B: El servicio se prestará operando exclusivamente sobre los sistemas de información de AMAEM, sin despliegue de infraestructura tecnológica propia para el tratamiento de datos del contrato. En consecuencia, el licitador acepta la verificación activa y periódica por parte de AMAEM del cumplimiento y alineamiento con los controles del ENS, conforme a lo establecido en la cláusula 7, punto 6, letra b) del PCAP y en la cláusula 23 BIS. Esta declaración tiene carácter vinculante. Cualquier cambio en la modalidad durante la vigencia del contrato requerirá comunicación previa y autorización expresa de AMAEM. UBICACIÓN DEL/LOS SERVIDORE/S Servidor 1 Servidor 2 País: País: Localidad: Localidad: Tipo de servidor: Tipo de servidor: □ Comunicaciones □ Aplicaciones □ Comunicaciones □ Aplicaciones □ Propio □ Ajeno □ Propio □ Ajeno Nombre de empresa. Nombre de empresa. LUGAR/ES DESDE DONDE SE PRESTAN LOS SERVICIOS ASOCIADOS A LOS SERVIDORES En caso de que los servicios asociados a los servidores (recogida, almacenamiento, procesamiento y gestión de los datos) se presten por personal propio de la empresa, indique la localización desde donde se presta el soporte o asistencia:: Servidor 1 Servidor 2 País: País: 41 de 42 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO JURÍDICO PARA RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL Y JUDICIAL DEL COBRO DE DEUDAS IMPAGADAS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE, EM. Localidad: Localidad: En caso de que se contrate los servicios de alojamiento de los servidores a un tercero, indique: Servidor 1 Servidor 2 Nombre de la empresa proveedora*: Nombre de la empresa proveedora*: * (nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las * (nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización) subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización) Tipo de servicio contratado: Tipo de servicio contratado: □ Housing □Hosting dedicado □Hosting □ Housing □Hosting dedicado □Hosting compartido compartido Marcar en caso de ser un servicio de Cloud Marcar en caso de ser un servicio de Cloud Computing Computing 42 de 42