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Pliego Técnico Ver licitación
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<!-- image --> PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS PARA LA DINAMIZACIÓN TURÍSTICA DEL GR92 'SENDERO DEL MEDITERRÁNEO' EN LA VEGA BAJA DEL SEGURA MEDIANTE LA ORGANIZACIÓN DE DOS SALIDAS GUIADAS E INTERPRETADAS, CON MOTIVO DE SU RECONOCIMIENTO COMO MEJOR SENDERO HOMOLOGADO 2025 DE LA COMUNITAT VALENCIANA. ## CLÁUSULA PRIMERA.- ANTECEDENTES El GR92, conocido como 'Sendero del Mediterráneo', constituye uno de los grandes itinerarios litorales de largo recorrido del ámbito mediterráneo. A su paso por la Vega Baja del Segura, atraviesa la comarca de norte a sur a lo largo de más de 49 kilómetros, articulados en dos etapas que discurren por los cuatro municipios costeros de la comarca: Guardamar del Segura, Torrevieja, Orihuela y Pilar de la Horadada. La Vega Baja del Segura cuenta oficialmente con dos etapas homologadas del GR92 'Sendero del Mediterráneo', siendo las únicas etapas de este sendero que disponen de dicha homologación en el ámbito de la Comunitat Valenciana. Esta circunstancia otorga al itinerario un carácter singular y estratégico como recurso de turismo activo, sostenible y de naturaleza, así como una especial capacidad para articular una oferta turística supramunicipal vinculada al litoral mediterráneo de la comarca. La homologación y puesta en valor del GR92 'Sendero del Mediterráneo' a su paso por la Vega Baja del Segura fue promovida por CONVEGA, en el marco de las actuaciones de dinamización turística desarrolladas al amparo de la Marca Territorio 'Vega Baja del Segura, tu tierra y la mía', con la colaboración de la Excma. Diputación Provincial de Alicante y de los ayuntamientos por cuyos términos municipales discurre el sendero. A través de dicha actuación, CONVEGA impulsó la creación y estructuración de un producto turístico comarcal de carácter supramunicipal, articulado sobre los cuatro municipios costeros de la Vega Baja del Segura y orientado a reforzar la competitividad del destino mediante la puesta en valor del litoral, el paisaje, el patrimonio cultural, los espacios naturales y los recursos turísticos asociados al sendero. Los trabajos desarrollados incluyeron el diseño del itinerario, la instalación de paneles informativos, la colocación de señalética vertical y horizontal, la incorporación de elementos de información digital mediante códigos QR, así como la elaboración de recursos promocionales, entre ellos un tour virtual 360, imágenes aéreas, vídeo promocional y folletos informativos destinados a su distribución en oficinas Tourist Info y otros puntos de información turística. El itinerario permite recorrer caminos, sendas, paseos marítimos y tramos litorales de elevado valor ambiental, paisajístico, patrimonial y turístico, ofreciendo a visitantes y residentes la posibilidad de conocer espacios singulares del litoral mediterráneo de la Vega Baja del Segura, caracterizados por playas de gran amplitud, sistemas dunares, pequeños acantilados, calas, enclaves arqueológicos, elementos defensivos históricos, microrreservas de flora y paisajes costeros de especial atractivo. <!-- image --> <!-- image --> La primera etapa, entre Guardamar del Segura y Torrevieja, cuenta con una longitud aproximada de 27 kilómetros y permite recorrer enclaves como la pinada de la Playa dels Tossals, el entorno del río Segura, el Molino de San Antonio, el Castillo de Guardamar, el Parque Alfonso XIII, el yacimiento arqueológico de la ciudad portuaria fenicia de La Fonteta, la Rábita Califal, el entorno del Moncayo y distintos espacios vinculados al litoral de Torrevieja y al Parque Natural de las Lagunas de La Mata y Torrevieja. La segunda etapa, entre Torrevieja, Orihuela y Pilar de la Horadada, tiene una longitud aproximada de 22 kilómetros y discurre por enclaves de especial valor paisajístico y patrimonial, como el Paseo Juan Aparicio, el Dique de Levante, Cala Lo Ferris, Cala Mosca, Cabo Roig, Punta de La Glea, la Microrreserva de Flora existente en dicho entorno, las Canteras Romanas de Pilar de la Horadada, la desembocadura del río Seco, la Playa del Conde, la Torre de la Horadada y la Playa del Mojón, en el límite sur de la Comunitat Valenciana. El reconocimiento del GR92 'Sendero del Mediterráneo' como Mejor Sendero Homologado 2025 de la Comunitat Valenciana constituye una oportunidad especialmente relevante para reforzar la promoción, divulgación e interpretación de este recurso, contribuyendo a su consolidación como producto turístico de referencia vinculado al turismo activo, sostenible y de naturaleza, así como a la proyección de la Vega Baja del Segura como destino litoral, patrimonial y medioambiental de primer nivel. En este contexto, se considera conveniente impulsar una actuación específica de dinamización turística mediante la organización de salidas guiadas e interpretadas por tramos representativos del GR-92 en la Vega Baja del Segura, que permita acercar este recurso a la ciudadanía, visitantes y agentes del territorio, favoreciendo su conocimiento, uso responsable y proyección como elemento vertebrador de la oferta turística comarcal. ## CLÁUSULA SEGUNDA.- OBJETO DEL CONTRATO El objeto del presente contrato es la prestación del servicio integral de organización, coordinación, ejecución y dinamización de dos salidas guiadas e interpretadas por tramos representativos del GR92 'Sendero del Mediterráneo' a su paso por la Vega Baja del Segura, con motivo de su reconocimiento como Mejor Sendero Homologado 2025 de la Comunitat Valenciana . La actuación tiene por finalidad dar a conocer este itinerario de largo recorrido como recurso turístico, ambiental, paisajístico y patrimonial de la comarca, promover su uso responsable, divulgar los valores asociados al litoral de la Vega Baja del Segura y reforzar su posicionamiento como producto de turismo activo, sostenible y de naturaleza vinculado a la Marca Territorio 'Vega Baja del Segura, tu tierra y la mía' . Las salidas se desarrollarán sobre tramos seleccionados de las dos etapas homologadas del GR-92 en la comarca -Etapa 21: Guardamar del Segura -Torrevieja y Etapa 22: Torrevieja -Orihuela -Pilar de la Horadada -, sin que resulte necesario recorrer la totalidad de cada etapa, pudiendo diseñarse recorridos parciales, seguros, representativos y adecuados al perfil general de las personas participantes. <!-- image --> <!-- image --> Las rutas deberán diseñarse de forma que, en conjunto , las dos salidas discurran efectivamente por los cuatro municipios que integran el itinerario del GR-92 'Sendero del Mediterráneo' en la Vega Baja del Segura: Guardamar del Segura, Torrevieja, Orihuela y Pilar de la Horadada , reforzando así el carácter supramunicipal del sendero y su condición de producto turístico comarcal. En particular, la primera salida, vinculada a la Etapa 21: Guardamar del SeguraTorrevieja , deberá discurrir por los términos municipales de Guardamar del Segura y Torrevieja . La segunda salida, vinculada a la Etapa 22: TorreviejaOrihuela-Pilar de la Horadada , deberá discurrir, preferentemente, por los términos municipales de Orihuela y Pilar de la Horadada , garantizando en todo caso el paso efectivo por, al menos, dos de dichos municipios , salvo que razones técnicas, de seguridad, autorización administrativa, logística, condiciones del recorrido o mejor adecuación al perfil de las personas participantes justifiquen una adaptación del trazado, que deberá ser previamente validada por CONVEGA. Cada salida deberá tener una distancia aproximada de entre 10 y 15 kilómetros , salvo que, por razones técnicas, de seguridad, accesibilidad, autorizaciones, condiciones meteorológicas, estado del recorrido o mejor adecuación al perfil de las personas participantes, CONVEGA autorice expresamente una distancia distinta. La duración estimada de cada ruta deberá situarse, con carácter general, entre 3,5 y 4 horas de marcha efectiva , sin incluir necesariamente los tiempos correspondientes a recepción de participantes, entrega de material, traslados en transporte colectivo, paradas protocolarias, organización previa o retorno al punto de concentración. El diseño definitivo de cada ruta deberá garantizar un equilibrio adecuado entre representatividad territorial, seguridad, interés interpretativo, viabilidad logística, accesibilidad general para público no especializado y calidad de la experiencia turística. Las dos salidas objeto del contrato se realizarán en las siguientes fechas: | Salida | Fecha prevista | |----------------|------------------------| | Primera salida | 4 de octubre de 2026 | | Segunda salida | 8 de noviembre de 2026 | Las fechas indicadas tendrán carácter vinculante para la empresa adjudicataria, sin perjuicio de que, por razones meteorológicas, de seguridad, fuerza mayor, autorización administrativa, indicación de los ayuntamientos afectados, servicios municipales, protección civil, espacios naturales protegidos o cualquier otra circunstancia debidamente justificada que impida o desaconseje el desarrollo de la actividad, CONVEGA pueda acordar su modificación, aplazamiento o reprogramación, previa coordinación con la empresa adjudicataria. La prestación deberá dimensionarse para la participación de hasta 100 senderistas por cada una de las dos salidas previstas , sin que dicha cifra constituya una obligación de ocupación efectiva, sino el aforo máximo de referencia a efectos de planificación técnica, logística, organizativa, transporte, avituallamiento, seguros, personal de acompañamiento y seguridad. <!-- image --> <!-- image --> El servicio comprenderá, como mínimo, la planificación técnica de las rutas, la elaboración de fichas descriptivas, la coordinación previa con la entidad contratante y, en su caso, con los ayuntamientos y entidades implicadas, el apoyo en la gestión de inscripciones, el control de plazas y asistencia, la organización del transporte colectivo necesario, el suministro y distribución de avituallamiento básico, el acompañamiento por personal cualificado, la interpretación ambiental, paisajística, patrimonial y turística del itinerario, la adopción de medidas básicas de seguridad, la cobertura de los seguros correspondientes, la realización de un reportaje fotográfico básico y la entrega de una memoria final de ejecución. Dado el carácter lineal de los recorridos, el servicio deberá incluir la organización y coordinación de los traslados necesarios mediante autobús, microbús o sistema equivalente de transporte colectivo, con el fin de facilitar el desplazamiento de las personas participantes entre el punto de concentración, el punto de inicio, el punto de finalización y/o el punto de retorno de cada ruta, conforme a la planificación finalmente aprobada por CONVEGA. Asimismo, el servicio deberá incluir la dotación de un vehículo de apoyo a cada ruta. Asimismo, la empresa adjudicataria deberá suministrar, preparar, trasladar y entregar el material promocional previsto en el contrato, consistente, como mínimo, en 220 mochilas de cuerdas en algodón reciclado , vinculadas a la actuación y a la Marca Territorio 'Vega Baja del Segura, tu tierra y la mía' . De dichas unidades, 200 mochilas se destinarán inicialmente a las personas participantes en las dos salidas previstas, a razón de una mochila por participante, y las restantes quedarán como unidades de reserva, reposición, apoyo organizativo o uso institucional vinculado a la actuación. Las mochilas deberán cumplir las características técnicas y condiciones de marcaje establecidas en el presente pliego, debiendo incorporar el diseño gráfico que determine CONVEGA. El coste de adquisición, marcaje, manipulación, preparación, transporte y reparto de dichas mochilas se entenderá incluido en el precio del contrato, sin que pueda facturarse separadamente. Además de las mochilas que deberá suministrar la empresa adjudicataria, CONVEGA podrá aportar otro material promocional institucional para su entrega a las personas participantes, pudiendo consistir, entre otros elementos, en gorras, abanicos, folletos del sendero u otros materiales vinculados a la Marca Territorio 'Vega Baja del Segura, tu tierra y la mía' o al GR92 'Sendero del Mediterráneo'. En tal caso, corresponderá a la empresa adjudicataria la recepción, organización, preparación, traslado y reparto ordenado de dicho material entre las personas participantes, sin que le corresponda asumir el coste de producción o adquisición del material promocional adicional aportado por CONVEGA. No obstante, los trabajos de manipulación, preparación, transporte, reparto y control de entrega de dicho material se entenderán incluidos en el precio del contrato. <!-- image --> <!-- image --> El contrato tendrá naturaleza de contrato administrativo de servicios, de conformidad con lo previsto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, al tener por objeto principal una prestación de hacer consistente en la organización, coordinación y ejecución de una actividad de dinamización turística, interpretación y acompañamiento guiado. El suministro de mochilas tendrá carácter accesorio respecto de la prestación principal del contrato. ## CLÁUSULA TERCERA.TRABAJOS A REALIZAR POR LA EMPRESA ADJUDICATARIA La empresa adjudicataria deberá asumir la prestación integral del servicio objeto del contrato, incluyendo la totalidad de los medios personales, materiales, técnicos, logísticos, organizativos y auxiliares necesarios para la correcta preparación, organización, ejecución y justificación de las dos salidas guiadas e interpretadas por el GR92 'Sendero del Mediterráneo' en la Vega Baja del Segura. Las salidas se celebrarán, salvo causa debidamente justificada que determine su aplazamiento, modificación o reprogramación, en las siguientes fechas: | Salida | Fecha prevista | Itinerario de referencia | |----------------|------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------| | Primera salida | 4 de octubre de 2026 | Tramo representativo de la Etapa 21: Guardamar del Segura - Torrevieja | | Segunda salida | 8 de noviembre de 2026 | Tramo representativo de la Etapa 22: Torrevieja - Orihuela - Pilar de la Horadada | Todos los gastos necesarios para la adecuada ejecución del contrato se entenderán incluidos en el precio ofertado, sin que puedan facturarse importes adicionales a CONVEGA por conceptos vinculados a la organización, coordinación, transporte, seguros, personal, avituallamiento, identificación de participantes, suministro de mochilas, comunicaciones, logística, materiales auxiliares, reportaje fotográfico y audiovisual básico, memoria final o cualquier otro gasto necesario para el desarrollo de la actividad. Además de las mochilas que deberá suministrar la empresa adjudicataria, CONVEGA podrá aportar otro material promocional institucional para su entrega a las personas participantes, pudiendo consistir, entre otros elementos, en gorras, abanicos, folletos del sendero u otros materiales vinculados a la Marca Territorio 'Vega Baja del Segura, tu tierra y la mía' o al GR92 'Sendero del Mediterráneo'. En tal caso, corresponderá a la empresa adjudicataria su recepción, organización, preparación, traslado, reparto ordenado y control de entrega, sin que le corresponda asumir el coste de producción o adquisición de dicho material promocional adicional. No obstante, los trabajos de recepción, manipulación, preparación, traslado, reparto y control de entrega de dicho material se entenderán incluidos en el precio del contrato. <!-- image --> <!-- image --> La empresa adjudicataria deberá realizar, como mínimo, los siguientes trabajos: ## 1. Diseño técnico y planificación de las salidas La empresa adjudicataria deberá diseñar técnicamente las dos salidas guiadas e interpretadas por tramos representativos del GR92 'Sendero del Mediterráneo', teniendo en cuenta el carácter lineal del recorrido, el aforo previsto, la seguridad de las personas participantes, la accesibilidad general de la actividad, la calidad de la experiencia y la puesta en valor de los recursos turísticos, ambientales, paisajísticos y patrimoniales del itinerario. Las rutas no tendrán necesariamente que comprender la totalidad de las etapas homologadas, pudiendo seleccionarse tramos parciales, representativos, seguros y adecuados al perfil general de las personas participantes. No obstante, las rutas deberán diseñarse de forma que, en conjunto, las dos salidas discurran efectivamente por los cuatro municipios que integran el itinerario del GR92 'Sendero del Mediterráneo' en la Vega Baja del Segura: Guardamar del Segura, Torrevieja, Orihuela y Pilar de la Horadada , reforzando así el carácter supramunicipal del sendero y su condición de producto turístico comarcal. En particular, la primera salida, vinculada a la Etapa 21: Guardamar del Segura -Torrevieja , deberá discurrir por los términos municipales de Guardamar del Segura y Torrevieja . La segunda salida, vinculada a la Etapa 22: Torrevieja -Orihuela -Pilar de la Horadada , deberá discurrir, preferentemente, por los términos municipales de Orihuela y Pilar de la Horadada , garantizando en todo caso el paso efectivo por, al menos, dos de dichos municipios, salvo que razones técnicas, de seguridad, autorización administrativa, logística, condiciones del recorrido o mejor adecuación al perfil de las personas participantes justifiquen una adaptación del trazado, que deberá ser previamente validada por CONVEGA. Cada salida deberá tener una distancia aproximada de entre 10 y 15 kilómetros , salvo que, por razones técnicas, de seguridad, accesibilidad, autorizaciones, condiciones meteorológicas, estado del recorrido o mejor adecuación al perfil de las personas participantes, CONVEGA autorice expresamente una distancia distinta. La duración estimada de cada ruta deberá situarse, con carácter general, entre 3,5 y 4 horas de marcha efectiva , sin incluir necesariamente los tiempos correspondientes a recepción de participantes, entrega de material, traslados en transporte colectivo, paradas protocolarias, organización previa o retorno al punto de concentración. El diseño definitivo de cada ruta deberá garantizar un equilibrio adecuado entre representatividad territorial, seguridad, interés interpretativo, viabilidad logística, accesibilidad general para público no especializado y calidad de la experiencia turística. Para cada salida deberá elaborarse una ficha técnica individualizada, que será sometida a la validación previa de CONVEGA y que incluirá, al menos, los siguientes extremos: <!-- image --> <!-- image --> | Contenido mínimo de la ficha | Descripción | |--------------------------------|------------------------------------------------------------------------------| | Denominación de la ruta | Nombre identificativo de la salida | | Fecha prevista | 4 de octubre de 2026 o 8 de noviembre de 2026 | | Etapa del GR-92 | Etapa 21 o Etapa 22 | | Municipios afectados | Municipio o municipios por los que discurra | | Punto de concentración | Lugar de encuentro de participantes | | Punto de inicio | Lugar de comienzo efectivo de la ruta | | Punto de finalización | Lugar de terminación del recorrido | | Punto de retorno | Lugar de regreso o recogida, si procede | | Distancia | Kilómetros aproximados, dentro del rango previsto en el presente pliego | | Desnivel | Desnivel positivo y/o acumulado estimado | | Dificultad | Baja, media-baja o la que proceda técnicamente | | Duración estimada | Tiempo previsto de marcha efectiva y duración total estimada de la actividad | | Horario | Hora de concentración, salida, finalización y retorno | | Aforo | Hasta 100 participantes por salida | | Transporte | Necesidades de autobús, lanzadera o traslado colectivo | | Avituallamiento | Puntos previstos y forma de distribución | | Personal adscrito | Guías, monitores, apoyo, coordinación y cierre de grupo | | Recursos a interpretar | Principales valores ambientales, paisajísticos, patrimoniales y turísticos | | Riesgos principales | Cruces, zonas urbanas, tramos próximos a tráfico, calor, viento u otros | | Recomendaciones | Calzado, ropa, protección solar, hidratación y otras indicaciones | ## 2. Coordinación previa con la entidad contratante y otras entidades implicadas La empresa adjudicataria deberá mantener la coordinación necesaria con el Consorcio durante la preparación y ejecución de las salidas, incluyendo la validación previa de los recorridos, horarios, puntos de concentración, puntos de inicio y finalización, logística de transporte, necesidades de personal, comunicaciones a participantes, reparto de mochilas y demás material promocional, avituallamiento y medidas de seguridad. Asimismo, cuando resulte necesario, deberá colaborar en la coordinación con los ayuntamientos implicados, oficinas de turismo, servicios municipales, cuerpos de seguridad, protección civil, personal técnico u otras entidades que puedan intervenir o resultar afectadas por el desarrollo de la actividad. La empresa adjudicataria deberá asistir a las reuniones de coordinación que CONVEGA estime necesarias, pudiendo realizarse de forma presencial o telemática, y deberá atender las indicaciones técnicas que se formulen para garantizar la correcta ejecución de la actuación. <!-- image --> <!-- image --> ## 3. Gestión de inscripciones y participantes La empresa adjudicataria deberá apoyar la gestión de inscripciones y participantes, incluyendo, al menos: - a) Control de plazas disponibles para cada salida, con un aforo máximo previsto de hasta 100 senderistas por salida. - c) Confirmación de asistencia y, en su caso, gestión de lista de espera. - b) Elaboración, depuración y control del listado de personas inscritas. - d) Remisión de comunicaciones previas a las personas participantes con información sobre fecha, horario, punto de encuentro, recorrido, dificultad, duración, equipamiento recomendado, condiciones de participación y normas básicas de seguridad. - f) Organización de las personas participantes para el inicio de la actividad y, en su caso, para el embarque en autobuses o sistemas de transporte colectivo. - e) Control de asistencia en el punto de concentración. - g) Atención organizativa básica a las personas participantes antes, durante y después de la actividad. - h) Comunicación a CONVEGA de las incidencias relevantes que puedan producirse en relación con las inscripciones, asistencia efectiva o desarrollo de la actividad. La gestión de datos personales de las personas participantes deberá realizarse conforme a las instrucciones de CONVEGA y con respeto a la normativa aplicable en materia de protección de datos. ## 4. Dorsales, pulseras o elementos identificativos La empresa adjudicataria deberá diseñar, preparar y entregar dorsales, pulseras, acreditaciones o elementos identificativos equivalentes para las personas participantes en cada salida. Estos elementos tendrán carácter organizativo sencillo y deberán permitir: - a) Identificar a las personas inscritas. - c) Ordenar los grupos durante la actividad. - b) Controlar la asistencia. - d) Facilitar el embarque y desembarque en los autobuses. - f) Diferenciar, en su caso, grupos, autobuses o subgrupos de participantes. - e) Mejorar la coordinación del personal técnico durante el recorrido. Los elementos identificativos deberán estar incluidos en el precio del contrato, sin perjuicio de que su diseño pueda incorporar, previa validación de CONVEGA, referencias a la Marca Territorio 'Vega Baja del Segura, tu tierra y la mía', al GR -92 'Sendero del Mediterráneo' y/o al reconocimiento como Mejor Sendero Homologado 2025 de la Comunitat Valenciana. ## 5. Transporte colectivo de participantes Dado el carácter lineal de los recorridos previstos, la empresa adjudicataria deberá organizar, contratar y coordinar el transporte colectivo necesario para cada una de las salidas, mediante autobús, microbús, lanzadera o sistema equivalente. <!-- image --> <!-- image --> El transporte deberá estar dimensionado para un aforo máximo previsto de hasta 100 participantes por salida, debiendo prever el número de vehículos, plazas y servicios necesarios para garantizar el traslado ordenado de las personas participantes entre el punto de concentración, el punto de inicio de la ruta, el punto de finalización y/o el punto de retorno que se determine en la planificación aprobada por CONVEGA. La empresa adjudicataria asumirá todos los gastos derivados del transporte, incluyendo contratación de vehículos, conductores, combustible, permisos, seguros, coordinación horaria, puntos de subida y bajada, embarque, desembarque y cualquier otro gasto vinculado a este servicio. El transporte deberá prestarse por empresa o medios legalmente habilitados para el transporte colectivo de personas, debiendo cumplir la normativa que resulte de aplicación. CONVEGA podrá requerir a la adjudicataria la documentación acreditativa correspondiente con carácter previo al desarrollo de cada salida. ## 6. Avituallamiento básico La empresa adjudicataria deberá suministrar y distribuir avituallamiento básico para las personas participantes en cada una de las salidas, dimensionado para un aforo máximo previsto de hasta 100 senderistas por salida. El avituallamiento deberá ser adecuado a una actividad senderista diurna de duración estimada entre 3 y 4,5 horas de marcha efectiva , y deberá incluir, como mínimo, por participante y salida: - a) Tres botellas de agua de 0,5 litros, equivalentes a un mínimo de 1,5 litros de agua por participante. - c) Una barrita energética, de cereales o producto equivalente, adecuada para actividad física moderada. - b) Una pieza de fruta fresca, preferentemente de fácil transporte y consumo. - d) Un snack individual complementario, preferentemente frutos secos, producto salado ligero o equivalente. El avituallamiento deberá organizarse de forma distribuida durante el desarrollo de cada salida, con el fin de facilitar la hidratación progresiva de las personas participantes y evitar la concentración de toda la entrega en un único momento. La empresa adjudicataria deberá garantizar que el agua se entregue en condiciones adecuadas de consumo, evitando su exposición prolongada al sol o a fuentes de calor y procurando mantener las botellas a una temperatura razonable, mediante cajas, neveras portátiles, bolsas isotérmicas, vehículos de apoyo u otros medios equivalentes. Como criterio general, la distribución se realizará en tres momentos: - a) Punto de concentración o inicio de la actividad, donde se entregará una botella de agua, la pieza de fruta, la barrita energética y el snack individual. - c) Punto de finalización de la ruta, donde se entregará una tercera botella de agua. - b) Punto intermedio de la ruta, donde se entregará una segunda botella de agua. <!-- image --> <!-- image --> La empresa adjudicataria deberá adaptar la logística de reparto al diseño definitivo de cada recorrido, pudiendo concentrar, modificar o reforzar los puntos de entrega cuando las características del itinerario, la accesibilidad de los puntos intermedios, las condiciones meteorológicas o razones de seguridad así lo aconsejen, previa coordinación con la entidad contratante. La distribución deberá realizarse de forma ordenada, higiénica y segura, evitando la generación innecesaria de residuos. La empresa adjudicataria deberá prever los medios necesarios para la recogida de los residuos generados durante la actividad y para dejar los espacios utilizados en adecuado estado de limpieza. ## 7. Suministro de mochilas promocionales La empresa adjudicataria deberá suministrar un mínimo de 220 mochilas de cuerdas en algodón reciclado , vinculadas a la actuación y a la Marca Territorio 'Vega Baja del Segura, tu tierra y la mía'. De dichas unidades, 200 mochilas se destinarán inicialmente a las personas participantes en las dos salidas previstas, a razón de una mochila por participante, y las 20 restantes quedarán como unidades de reserva, reposición o apoyo institucional vinculadas a la actuación. Las mochilas deberán reunir, como mínimo, las siguientes características técnicas: | Elemento | Característica mínima | |--------------------|-----------------------------------------------------------------| | Tipo de producto | Mochila de cuerdas | | Material | Algodón reciclado | | Composición mínima | 80% algodón reciclado | | Gramaje aproximado | 140 g/m² | | Marcaje | Serigrafía a 1 color | | Diseño | Conforme a las indicaciones gráficas facilitadas por CONVEGA | | Uso previsto | Entrega a participantes y reserva institucional de la actuación | El coste de adquisición, marcaje, pruebas, manipulación, preparación, transporte y entrega de las mochilas se entenderá incluido en el precio del contrato, sin que pueda facturarse separadamente. La empresa adjudicataria deberá presentar a CONVEGA, con antelación suficiente, propuesta o prueba digital del marcaje para su validación previa. No podrá procederse a la producción definitiva de las mochilas sin la aprobación expresa de CONVEGA del diseño o arte final correspondiente. Las mochilas deberán entregarse preparadas y en condiciones adecuadas para su reparto ordenado entre las personas participantes, junto con otros materiales institucionales o de avituallamiento, según determine la organización. <!-- image --> <!-- image --> ## 8. Recepción, preparación y reparto de material promocional aportado por CONVEGA Además de las mochilas que deberá suministrar la empresa adjudicataria, CONVEGA podrá aportar otro material promocional institucional para su entrega a las personas participantes, pudiendo consistir, entre otros elementos, en gorras, abanicos, folletos del sendero u otros materiales vinculados a la Marca Territorio 'Vega Baja del Segura, tu tierra y la mía' o al GR -92 'Sendero del Mediterráneo'. La empresa adjudicataria deberá encargarse de: - a) Recibir o recoger el material promocional facilitado por CONVEGA. - c) Introducirlo en las mochilas individuales a entregar a las personas participantes. - b) Organizarlo y prepararlo para su distribución. - d) Transportarlo hasta el punto de entrega de cada salida. - f) Controlar, en su caso, las unidades entregadas. - e) Repartirlo de forma ordenada entre las personas participantes. - g) Devolver a CONVEGA el material sobrante, si lo hubiera. El coste de producción o adquisición del material promocional adicional será asumido por CONVEGA. No obstante, los trabajos de recepción, manipulación, preparación, traslado, reparto y control de entrega se entenderán incluidos en el precio del contrato. ## 9. Personal cualificado y acompañamiento de las rutas La empresa adjudicataria deberá aportar el personal técnico, guía, acompañante y de apoyo necesario para el correcto desarrollo de cada salida, conforme a las condiciones mínimas establecidas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares en materia de compromiso de adscripción de medios. En todo caso, para cada salida deberá preverse un equipo mínimo de cuatro personas presenciales , adscritas directamente al acompañamiento, guiado, control, interpretación, apoyo logístico y documentación gráfica de la actividad, sin perjuicio de que la empresa adjudicataria pueda reforzar dicho equipo cuando las características del recorrido, el número de participantes, la logística prevista o las condiciones de seguridad así lo aconsejen. El equipo mínimo deberá cubrir, como mínimo, las siguientes funciones: - a) Coordinación presencial de la salida e interlocución operativa con CONVEGA. - c) Segundo guía, acompañamiento o interpretación de apoyo. - b) Guía, acompañamiento o interpretación principal de la ruta. - d) Control del grupo, incluyendo apertura, cierre, seguimiento de personas rezagadas y apoyo en puntos sensibles del recorrido. - f) Coordinación con el transporte colectivo, puntos de avituallamiento, entrega de mochilas y demás material promocional. - e) Atención a participantes e incidencias ordinarias durante el desarrollo de la actividad. <!-- image --> <!-- image --> - g) Apoyo logístico en recepción, organización, reparto de materiales, control de asistencia y finalización de la salida. - h) Realización del reportaje fotográfico básico exigido en el presente pliego, sin perjuicio de las mejoras gráficas o audiovisuales que, en su caso, hubieran sido ofertadas por la empresa adjudicataria. Al menos una de las personas integrantes del equipo mínimo adscrito a cada salida deberá contar con formación básica en primeros auxilios, asistencia inicial en caso de accidente o emergencia, socorrismo, soporte vital básico o formación equivalente , debiendo participar presencialmente durante todo el desarrollo de la salida. La empresa adjudicataria deberá aportar, con carácter previo a la ejecución de las salidas, la relación del personal adscrito, las funciones asignadas y la documentación acreditativa básica de experiencia, capacitación, cualificación o formación que resulte exigible conforme al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. ## 10. Interpretación ambiental, paisajística, patrimonial y turística La empresa adjudicataria deberá desarrollar una propuesta interpretativa para cada salida, orientada a divulgar los valores del GR92 'Sendero del Mediterráneo' y de los recursos existentes e n los tramos seleccionados. La interpretación deberá incorporar, al menos, contenidos relativos a: - a) El GR-92 como sendero de largo recorrido y su papel como producto turístico comarcal. - c) El paisaje litoral mediterráneo de la Vega Baja del Segura. - b) El reconocimiento como Mejor Sendero Homologado 2025 de la Comunitat Valenciana. - d) Los recursos naturales y ambientales presentes en el recorrido. - f) La importancia del uso responsable del sendero. - e) Los elementos patrimoniales, históricos, arqueológicos o culturales existentes en el itinerario. - g) La relación del recurso con la Marca Territorio 'Vega Baja del Segura, tu tierra y la mía'. La interpretación deberá adaptarse al perfil general de las personas participantes, utilizando un lenguaje claro, divulgativo y accesible, evitando planteamientos excesivamente técnicos que dificulten la comprensión de los contenidos. ## 11. Seguridad, prevención y buenas prácticas La empresa adjudicataria deberá adoptar las medidas básicas de seguridad necesarias para el adecuado desarrollo de las salidas, teniendo en cuenta el número de participantes, condiciones meteorológicas, dificultad del recorrido, cruces, tramos urbanos, tramos de senda, pasos próximos a tráfico rodado y cualquier otro factor relevante. Entre otras actuaciones, deberá: <!-- image --> <!-- image --> - a) Informar previamente a las personas participantes sobre equipamiento recomendado, calzado adecuado, protección solar, hidratación, dificultad de la ruta y normas de participación. - c) Prever puntos de parada y reagrupamiento. - b) Controlar el ritmo del grupo y evitar la dispersión excesiva. - d) Disponer de medios básicos de comunicación entre el personal de organización. - f) Prever criterios de suspensión, modificación o adaptación de la actividad en caso de meteorología adversa u otras circunstancias sobrevenidas. - e) Contar con botiquín básico durante la actividad. - g) Promover el respeto al entorno, la no generación de residuos y el cumplimiento de las normas de uso de senderos homologados. - i) Comunicar de forma inmediata a CONVEGA cualquier incidencia relevante que pueda afectar a la seguridad, desarrollo o imagen institucional de la actividad. - h) Coordinar, cuando proceda, los cruces, puntos conflictivos, accesos, embarques, desembarques o zonas de concentración de participantes. Asimismo, la empresa adjudicataria deberá elaborar, con carácter previo a cada salida, un protocolo básico de seguridad, primeros auxilios y actuación ante emergencias, adaptado al recorrido concreto, al número de participantes, a las condiciones meteorológicas previsibles, a los puntos de acceso y evacuación, y a las características del itinerario. Dicho protocolo deberá incluir, como mínimo, la identificación de los principales riesgos del recorrido, los puntos de acceso para vehículos de emergencia, los posibles puntos de evacuación o recogida, los medios de comunicación entre el personal de organización, la disponibilidad de botiquín básico, la identificación del personal con formación en primeros auxilios, el procedimiento de aviso a los servicios de emergencia, los criterios de suspensión, modificación o adaptación de la actividad y el sistema de coordinación con la entidad contratante durante el desarrollo de la salida. Con carácter general, la actividad deberá contar con los medios preventivos y de primeros auxilios adecuados a su naturaleza, aforo, dificultad, recorrido y nivel de riesgo. La disponibilidad de ambulancia, vehículo de soporte vital básico u otro recurso sanitario específico no tendrá carácter obligatorio salvo que resulte exigible por la normativa aplicable, por la autorización municipal o sectorial correspondiente, por indicación de los ayuntamientos afectados, servicios municipales, cuerpos de seguridad, Protección Civil, espacio natural protegido u órgano competente, o cuando así se derive de la evaluación técnica de riesgos de la actividad. En caso de que la evaluación de riesgos, las autorizaciones necesarias o las indicaciones de las autoridades competentes determinen la necesidad de disponer de ambulancia, vehículo de soporte vital básico u otro recurso sanitario específico, la empresa adjudicataria deberá comunicarlo de forma inmediata a CONVEGA, justificar técnicamente dicha necesidad y coordinar la solución que resulte procedente antes de la realización de la salida. La empresa adjudicataria deberá proponer a CONVEGA, con carácter previo a cada salida, los criterios de suspensión, modificación o adaptación de la actividad por razones meteorológicas, de seguridad o fuerza mayor. <!-- image --> <!-- image --> ## 12. Seguros, permisos y autorizaciones necesarias La empresa adjudicataria deberá disponer de los seguros necesarios para la correcta ejecución de la actividad, incluyendo, en todo caso, una póliza de responsabilidad civil vinculada a la ejecución del contrato, en los términos previstos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Asimismo, deberá disponer de un seguro de accidentes para las personas participantes, o cobertura equivalente suficiente, que cubra las contingencias derivadas de la participación en las salidas guiadas e interpretadas objeto del contrato, atendiendo al número máximo previsto de participantes, a la realización de actividades senderistas en el medio natural o semiurbano, al acompañamiento guiado, a los desplazamientos vinculados a la actividad y al resto de prestaciones incluidas en el contrato. La cobertura deberá alcanzar, como mínimo, a las personas participantes inscritas, al personal de organización y a las incidencias ordinarias derivadas del desarrollo de la actividad, sin perjuicio de las coberturas adicionales que resulten exigibles por la normativa aplicable, por las autorizaciones administrativas correspondientes o por la naturaleza concreta de las prestaciones. Asimismo, deberá colaborar en la identificación y tramitación de las comunicaciones, permisos o autorizaciones que, en su caso, resulten necesarias para el desarrollo de las rutas, especialmente cuando afecten a espacios protegidos, vías públicas, zonas urbanas, playas, paseos marítimos, zonas de especial protección, servicios municipales o cualquier otro ámbito sujeto a autorización o comunicación previa. CONVEGA podrá requerir a la empresa adjudicataria, con carácter previo a cada salida o en cualquier momento de la ejecución del contrato, la documentación acreditativa de la existencia, vigencia y adecuación de los seguros exigidos, así como de las comunicaciones, permisos, autorizaciones o habilitaciones que, en su caso, resulten necesarios para el correcto desarrollo de las rutas. ## 13. Comunicación operativa con participantes La empresa adjudicataria deberá preparar y facilitar a las personas participantes la información operativa necesaria para el correcto desarrollo de la actividad, incluyendo: - a) Fecha y horario de la salida. - c) Sistema de transporte previsto. - b) Punto de encuentro. - d) Distancia y duración aproximada. - f) Recomendaciones de ropa, calzado, protección solar e hidratación. - e) Nivel de dificultad. - g) Condiciones de participación. - i) Información sobre el reparto de mochilas, material promocional y avituallamiento. - h) Normas de seguridad y comportamiento. - j) Criterios de suspensión o modificación en caso de meteorología adversa u otras circunstancias sobrevenidas. Esta comunicación deberá coordinarse previamente con el Consorcio y no podrá difundirse a las personas participantes sin la validación previa de la entidad. <!-- image --> <!-- image --> ## 14. Reportaje fotográfico y audiovisual básico La empresa adjudicataria deberá realizar, como mínimo, un reportaje fotográfico y audiovisual básico, compuesto por 20 fotografías y una pieza audiovisual de cada una de las salidas, con finalidad justificativa, documental, promocional y de memoria de ejecución, respetando la normativa aplicable en materia de protección de datos y derechos de imagen. Las fotografías y el audiovisual deberán reflejar, al menos, los principales momentos de la actividad: - a) Recepción de participantes. - c) Inicio de la ruta. - b) Entrega de mochilas y material promocional. - d) Puntos interpretativos. - f) Avituallamiento. - e) Desarrollo del recorrido. - g) Momentos de participación grupal. - h) Finalización de la salida. El reportaje fotográfico básico estará conformado por un mínimo de 20 fotografías finales editadas por cada salida , es decir, un mínimo total de 40 fotografías finales editadas para el conjunto del contrato. Las fotografías deberán entregarse en formato digital, ordenadas por salida, debidamente identificadas y con calidad suficiente para su utilización en memoria justificativa, archivo documental, web, redes sociales, comunicación institucional y actuaciones de promoción turística de CONVEGA. Asimismo, la empresa adjudicataria deberá entregar, como parte de la prestación mínima obligatoria, una pieza audiovisual breve por cada salida , con una duración aproximada de entre 15 y 20 segundos , en formato vertical 9:16 , apta para su utilización en redes sociales, stories, reels, web, comunicación institucional o archivo documental de la actuación. Cada pieza audiovisual deberá recoger, de forma sintética, momentos representativos de la salida correspondiente, tales como la concentración de participantes, inicio de la ruta, desarrollo del recorrido, recursos interpretados, paisaje, participación, avituallamiento, entrega de material promocional y finalización de la actividad. Las piezas audiovisuales deberán entregarse en formato digital estándar, con calidad suficiente para su publicación en canales digitales, sin marcas de agua, rótulos comerciales ni elementos ajenos a la imagen institucional de la actuación. La incorporación de música, grafismos, textos sobreimpresos, logotipos o cualquier otro elemento gráfico deberá ajustarse a las instrucciones que facilite CONVEGA y requerirá su validación previa cuando proceda. La empresa adjudicataria deberá coordinar con el Consorcio la obtención, tratamiento y uso de imágenes de las personas participantes, de acuerdo con la normativa aplicable en materia de protección de datos y derechos de imagen. <!-- image --> <!-- image --> El material fotográfico y audiovisual entregado podrá ser utilizado por CONVEGA para fines de justificación, archivo, comunicación institucional, difusión turística, redes sociales y promoción de la Marca Territorio 'Vega Baja del Segura, tu tierra y la mía', sin coste adicional, sin perjuicio del cumplimiento de la normativa aplicable en materia de protección de datos personales y derechos de imagen. ## 15. Memoria final de ejecución Una vez realizadas las dos salidas, la empresa adjudicataria deberá elaborar y entregar a CONVEGA una memoria final de ejecución del servicio, que incluirá, como mínimo: - a) Descripción de las actuaciones realizadas. - c) Fichas técnicas definitivas de las rutas. - b) Fechas de ejecución. - d) Número de personas inscritas y participantes reales en cada salida. - f) Personal adscrito a cada actividad. - e) Recursos interpretados. - g) Transporte utilizado. - i) Mochilas suministradas y entregadas. - h) Avituallamiento suministrado. - j) Material promocional adicional repartido, en su caso. - l) Reportaje fotográfico y audiovisual básico. - k) Incidencias producidas, en su caso. - m) Valoración técnica de la actividad. - n) Propuestas de mejora para futuras actuaciones. La memoria final deberá entregarse en formato digital editable y PDF, en el plazo máximo de cinco días naturales desde la realización de la segunda salida y, en todo caso, antes del 20 de noviembre de 2026 . ## CLÁUSULA CUARTA.- DOCUMENTACIÓN PREVIA, PLANIFICACIÓN INICIAL, PLANIFICACIÓN DEFINITIVA Y VALIDACIÓN POR CONVEGA Con carácter previo a la ejecución de las salidas, la empresa adjudicataria deberá presentar a CONVEGA la documentación técnica, organizativa y logística necesaria para verificar la correcta preparación de la actividad, distinguiéndose entre una planificación inicial del conjunto de las dos rutas y la documentación definitiva previa de cada salida . En el plazo máximo de quince días naturales desde la formalización del contrato , la empresa adjudicataria deberá presentar a la entidad contratante una propuesta inicial de planificación de las dos salidas , con el fin de permitir a CONVEGA conocer, valorar y validar con antelación suficiente el enfoque territorial, técnico, interpretativo y logístico de la actuación. Dicha propuesta inicial deberá incluir, al menos: - a) Enfoque general de cada una de las dos rutas. - c) Municipios por los que discurrirá cada ruta. - b) Tramo propuesto para cada salida. - d) Distancia aproximada y duración estimada de marcha efectiva. - e) Puntos preliminares de concentración, inicio, finalización y retorno. <!-- image --> <!-- image --> - f) Necesidades preliminares de transporte colectivo. - h) Esquema inicial de personal adscrito y funciones principales. - g) Recursos ambientales, paisajísticos, patrimoniales, culturales y turísticos principales que se prevé interpretar. - i) Previsión general de avituallamiento. - k) Cualquier otra información necesaria para valorar la adecuación de las rutas al objeto del contrato. - j) Principales cuestiones logísticas, organizativas o de seguridad detectadas. La propuesta inicial permitirá al Consorcio validar el enfoque general de las rutas, comprobar su adecuación al objeto del contrato, verificar el cumplimiento de las condiciones relativas al paso por los municipios integrantes del itinerario del GR92 en la Vega Baja del Segura, coordinar con antelación las actuaciones necesarias con los ayuntamientos y entidades implicadas, y preparar las acciones de comunicación, difusión e inscripción de participantes. Sin perjuicio de la planificación inicial anterior, la empresa adjudicataria deberá presentar la documentación definitiva de cada salida con antelación suficiente respecto de la fecha prevista para su realización y, en todo caso, con una antelación mínima de quince días naturales , salvo que CONVEGA autorice expresamente un plazo inferior por razones justificadas. La documentación definitiva previa de cada salida deberá incluir, como mínimo: - a) Ficha técnica definitiva de la ruta, con indicación de fecha, etapa de referencia, recorrido, municipios por los que discurre, distancia, desnivel, duración estimada de marcha efectiva, duración total estimada de la actividad, dificultad, horarios, puntos de concentración, inicio, finalización y retorno. - c) Plano, croquis, track, enlace digital o descripción detallada del recorrido previsto. - b) Justificación del cumplimiento de las condiciones técnicas establecidas para el diseño de las rutas, especialmente en lo relativo al paso efectivo por los municipios correspondientes, distancia aproximada de entre 10 y 15 kilómetros , duración estimada de entre 3,5 y 4 horas de marcha efectiva , representatividad territorial, seguridad, interés interpretativo, viabilidad logística y adecuación al perfil general de las personas participantes. - d) Relación de recursos ambientales, paisajísticos, patrimoniales, culturales y turísticos que serán objeto de interpretación durante la salida. - f) Relación del personal adscrito a la salida, con indicación de funciones asignadas, experiencia, capacitación o cualificación básica, identificación del personal con formación en primeros auxilios y datos de contacto operativo. - e) Propuesta organizativa de la actividad, incluyendo distribución de tiempos, puntos de parada, puntos de avituallamiento, puntos de reagrupamiento y sistema de control del grupo. - g) Planificación del transporte colectivo, indicando empresa transportista, número de vehículos, plazas disponibles, horarios, puntos de subida y bajada, sistema de embarque, retorno y coordinación con el desarrollo de la ruta. - h) Propuesta de comunicación operativa a remitir a las personas participantes. <!-- image --> <!-- image --> - i) Modelo de dorsal, pulsera, acreditación o elemento identificativo equivalente, en su caso. - k) Plan de entrega de mochilas y, en su caso, de otro material promocional aportado por CONVEGA. - j) Plan de suministro y reparto del avituallamiento. - l) Propuesta de cobertura del reportaje fotográfico y audiovisual básico, incluyendo previsión de momentos a documentar, criterios de captación de imágenes, entrega mínima de fotografías finales editadas por salida y pieza audiovisual breve prevista para cada salida. - n) Copia o acreditación de los seguros exigidos para la actividad, incluyendo responsabilidad civil y accidentes, o cobertura equivalente suficiente. - m) Protocolo básico de seguridad, primeros auxilios y actuación ante emergencias, incluyendo medidas preventivas, identificación de riesgos principales, puntos de acceso para vehículos de emergencia, posibles puntos de evacuación o recogida, disponibilidad de botiquín, personal con formación en primeros auxilios, medios de comunicación entre el equipo organizador, procedimiento de aviso a los servicios de emergencia, criterios de suspensión, modificación o adaptación por meteorología adversa u otras circunstancias sobrevenidas, y valoración expresa sobre la necesidad o no de disponer de ambulancia, vehículo de soporte vital básico u otro recurso sanitario específico. - o) Relación de permisos, autorizaciones, comunicaciones previas o coordinaciones realizadas o pendientes con ayuntamientos, servicios municipales, cuerpos de seguridad, protección civil, espacios protegidos u otras entidades afectadas, cuando proceda. - p) Arte final o prueba digital del marcaje de las mochilas promocionales, que deberá ser validado por CONVEGA antes de proceder a su producción definitiva. CONVEGA revisará tanto la propuesta inicial como la documentación definitiva presentada y podrá formular observaciones, solicitar aclaraciones, requerir ajustes o introducir modificaciones razonables en la planificación propuesta, siempre que resulten necesarias para garantizar la correcta ejecución de la actividad, la seguridad de las personas participantes, la adecuada coordinación institucional, la protección de la imagen de la actuación o la coherencia con los objetivos del contrato. La empresa adjudicataria no podrá iniciar la producción definitiva de las mochilas, difundir comunicaciones a participantes, cerrar la planificación logística, confirmar definitivamente transportes, utilizar materiales gráficos o ejecutar la salida sin la validación previa del Consorcio respecto de los aspectos esenciales de la actuación. La validación por CONVEGA de la planificación inicial o definitiva no eximirá a la empresa adjudicataria de su responsabilidad en la correcta ejecución del contrato, ni de la obligación de disponer de los medios personales, técnicos, materiales, logísticos, seguros, permisos, autorizaciones, comunicaciones previas y demás elementos necesarios para el desarrollo de la actividad. <!-- image --> <!-- image --> Cuando concurran circunstancias meteorológicas, de seguridad, fuerza mayor, autorización administrativa, indicación de los ayuntamientos afectados, servicios municipales, protección civil, espacios protegidos o cualquier otra circunstancia sobrevenida que impida o desaconseje el desarrollo de la actividad en la fecha inicialmente prevista, la entidad contratante podrá acordar su aplazamiento, modificación o reprogramación, previa coordinación con la empresa adjudicataria, sin que ello dé derecho a indemnización adicional, siempre que la modificación responda a causas justificadas y se mantenga dentro del objeto contractual. ## CLÁUSULA QUINTA.- PLAZO DE EJECUCIÓN El plazo de ejecución del contrato comprenderá desde el día siguiente a la formalización del contrato, o desde la fecha que se indique en el documento contractual, hasta la completa realización de las dos salidas guiadas e interpretadas, la entrega de la memoria final de ejecución, la entrega del material fotográfico y audiovisual básico y la correcta finalización de todas las prestaciones incluidas en el objeto contractual. Las salidas objeto del contrato se celebrarán en las siguientes fechas: | Salida | Fecha prevista | Itinerario de referencia | |----------------|------------------------|-----------------------------------------------------------------------------------| | Primera salida | 4 de octubre de 2026 | Tramo representativo de la Etapa 21: Guardamar del Segura - Torre- vieja | | Segunda salida | 8 de noviembre de 2026 | Tramo representativo de la Etapa 22: Torrevieja - Orihuela - Pilar de la Horadada | Con carácter previo a la celebración de cada salida, la empresa adjudicataria deberá realizar todos los trabajos preparatorios necesarios para su correcta ejecución, incluyendo, entre otros, la planificación técnica definitiva de las rutas, la coordinación con el Consorcio y entidades implicadas, la gestión de inscripciones, la organización del transporte colectivo, la contratación o acreditación de los seguros exigidos, la preparación de la comunicación operativa a participantes, la planificación del avituallamiento, la asignación del personal adscrito, la obtención o tramitación de permisos, autorizaciones o comunicaciones que resulten necesarias, la preparación de los elementos identificativos, la producción o disponibilidad de las mochilas promocionales y la planificación del reportaje fotográfico y audiovisual básico. La empresa adjudicataria deberá presentar a CONVEGA la documentación definitiva previa de cada salida con una antelación mínima de quince días naturales respecto de la fecha prevista para su realización, en los términos establecidos en el presente pliego. El suministro de las mochilas promocionales deberá encontrarse completamente producido, validado, entregado o disponible para su reparto con antelación suficiente a la primera salida y, en todo caso, con una antelación mínima de diez días naturales respecto de la fecha prevista para la celebración de la misma, salvo que CONVEGA autorice expresamente un plazo distinto por causa justificada. <!-- image --> <!-- image --> Una vez realizadas las dos salidas, la empresa adjudicataria deberá entregar la memoria final de ejecución y el material fotográfico y audiovisual básico en el plazo máximo de cinco días naturales desde la celebración de la segunda salida y, en todo caso, antes del 20 de noviembre de 2026 . La memoria final deberá presentarse en formato digital editable y PDF, e incluirá el contenido mínimo previsto en el presente pliego. El material fotográfico y audiovisual deberá entregarse en formato digital, debidamente ordenado por salida, identificado y con calidad suficiente para los usos previstos en el presente pliego. El contrato se entenderá finalizado una vez ejecutadas correctamente todas las prestaciones previstas, entregada y validada por CONVEGA la memoria final de ejecución, entregado el material fotográfico y audiovisual básico, y comprobado el adecuado cumplimiento de las obligaciones asumidas por la empresa adjudicataria. Las fechas previstas para la celebración de las salidas tendrán carácter vinculante para la empresa adjudicataria. No obstante, por razones meteorológicas, de seguridad, fuerza mayor, autorización administrativa, indicación de los ayuntamientos afectados, protección civil, servicios municipales, espacios protegidos o cualquier otra circunstancia debidamente justificada que impida o desaconseje el desarrollo de la actividad, la entidad contratante podrá acordar la modificación, aplazamiento o reprogramación de una o ambas salidas. En caso de aplazamiento o reprogramación por causa no imputable a CONVEGA, la empresa adjudicataria deberá mantener la disponibilidad de los medios personales, técnicos, materiales, logísticos y organizativos necesarios para la celebración de la actividad en la nueva fecha que se determine, siempre dentro del marco temporal de ejecución del contrato y sin que ello suponga incremento del precio adjudicado. Cuando la suspensión o aplazamiento se produzca por causas imputables a la empresa adjudicataria, CONVEGA podrá exigir la reprogramación de la salida afectada sin coste adicional, sin perjuicio de la aplicación de las penalidades que, en su caso, procedan conforme al pliego. ## CLÁUSULA SEXTA. CONDICIONES GENERALES PARA LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO La empresa adjudicataria deberá ejecutar el servicio conforme a las condiciones establecidas en el presente pliego, a la oferta presentada, a la planificación previamente validada por CONVEGA y a las instrucciones que, en su caso, sean comunicadas durante la preparación, organización y desarrollo de las actividades. La ejecución del contrato deberá realizarse con criterios de calidad, seguridad, coordinación, sostenibilidad, accesibilidad general, adecuada atención a las personas participantes y correcta puesta en valor del GR92 'Sendero del Mediterráneo' como recurso turístico, ambiental, paisajístico y patrimonial de la Vega Baja del Segura. <!-- image --> <!-- image --> La empresa adjudicataria asumirá la organización integral de las dos salidas guiadas e interpretadas, incluyendo todos los medios personales, materiales, técnicos, logísticos y auxiliares necesarios para su correcta preparación, ejecución y justificación, sin perjuicio de la supervisión, coordinación y validación que corresponda a CONVEGA. ## 1. Coordinación con el Consorcio para el Desarrollo Económico de la Vega Baja. La empresa adjudicataria deberá mantener una coordinación permanente con el Consorcio durante todas las fases del contrato: planificación previa, preparación técnica de las rutas, coordinación logística, gestión de participantes, comunicación operativa, ejecución de las salidas, entrega de documentación justificativa y resolución de incidencias. A tal efecto, deberá designar una persona responsable de la coordinación del contrato, que actuará como interlocutora directa con la entidad contratante y que deberá estar disponible durante la preparación, desarrollo y cierre de las actividades. La persona responsable de la coordinación deberá canalizar las comunicaciones ordinarias con el Consorcio, remitir la documentación técnica exigida, atender las indicaciones que se formulen, comunicar cualquier incidencia relevante y garantizar que el equipo adscrito conoce las condiciones de ejecución del servicio. La empresa adjudicataria deberá informar a CONVEGA, con la mayor antelación posible, de cualquier incidencia, modificación, necesidad sobrevenida o circunstancia que pueda afectar al desarrollo ordinario del servicio, a la seguridad de las personas participantes, a la imagen institucional de la actuación o al cumplimiento de las obligaciones contractuales. ## 2. Coordinación con ayuntamientos y otras entidades Cuando resulte necesario para el correcto desarrollo de las actividades, la empresa adjudicataria deberá colaborar con la entidad contratante en la coordinación con los ayuntamientos de los municipios por donde discurren los recorridos, oficinas de turismo, servicios municipales, cuerpos de seguridad, protección civil, entidades colaboradoras u otros agentes implicados. Esta coordinación podrá referirse, entre otras cuestiones, a puntos de concentración, zonas de estacionamiento de autobuses, uso de espacios públicos, paso por tramos urbanos, seguridad vial, limpieza, información turística, disponibilidad de apoyo municipal, espacios protegidos o cualquier otra necesidad operativa vinculada a las salidas. La empresa adjudicataria deberá atender las indicaciones que, en su caso, se deriven de dicha coordinación, siempre que resulten necesarias para garantizar el adecuado desarrollo de la actividad y se mantengan dentro del objeto contractual. <!-- image --> <!-- image --> La obtención, tramitación o colaboración en la gestión de permisos, autorizaciones, comunicaciones previas o coordinaciones necesarias deberá realizarse con la antelación suficiente para evitar incidencias que puedan comprometer la celebración de las salidas en las fechas previstas. ## 3. Condiciones relativas al aforo y participación Cada salida deberá estar dimensionada para un aforo máximo de hasta 100 senderistas por salida , sin perjuicio de que CONVEGA pueda determinar un aforo inferior por razones organizativas, de seguridad, calidad de la experiencia, características del recorrido, condiciones meteorológicas o cualquier otra circunstancia debidamente justificada. La empresa adjudicataria será responsable de la gestión de inscripciones, organización de las personas participantes, control de asistencia, identificación mediante dorsales, pulseras, acreditaciones o elementos equivalentes, gestión de grupos y coordinación de embarques y desembarques en el transporte colectivo. En caso de que el número de inscripciones supere el aforo máximo previsto, deberá establecerse un sistema ordenado de lista de espera o sustitución de bajas, conforme a las indicaciones de CONVEGA. La asistencia efectiva de un número inferior al aforo máximo previsto no dará derecho a la empresa adjudicataria a modificación del precio del contrato, siempre que la prestación haya sido correctamente dimensionada y ejecutada conforme a las condiciones establecidas en el presente pliego. ## 4. Organización, seguridad y gestión de incidencias La empresa adjudicataria será responsable de adoptar las medidas básicas de seguridad necesarias para el adecuado desarrollo de las actividades, teniendo en cuenta el número de participantes, las características del recorrido, la duración de la ruta, las condiciones meteorológicas, los tramos urbanos, los cruces, los puntos próximos a tráfico rodado, los espacios naturales o protegidos y cualquier otro factor relevante. Antes del inicio de cada salida, la empresa deberá informar a las personas participantes, de forma clara y comprensible, sobre las características generales del recorrido, nivel de dificultad, duración aproximada, equipamiento recomendado, necesidad de hidratación y protección solar, normas de comportamiento, respeto al entorno, funcionamiento del transporte, puntos de encuentro y obligación de atender las indicaciones del personal organizador. Durante el desarrollo de la actividad, la empresa deberá controlar el ritmo del grupo, evitar la dispersión excesiva, prever puntos de parada y reagrupamiento, disponer de botiquín básico, contar con medios de comunicación entre el personal de organización y tener identificados los puntos de acceso, evacuación o recogida que pudieran ser utilizados en caso de incidencia o emergencia. <!-- image --> <!-- image --> La empresa adjudicataria deberá disponer de un protocolo básico de seguridad, primeros auxilios y actuación ante emergencias, adaptado a cada salida, que permita ordenar la actuación del equipo organizador ante incidencias ordinarias, accidentes, indisposición de participantes, meteorología adversa, pérdida de participantes, necesidad de evacuación o cualquier otra circunstancia que pudiera afectar al desarrollo de la actividad. Cualquier incidencia relevante deberá ser comunicada a CONVEGA a la mayor brevedad posible y quedar reflejada posteriormente en la memoria final de ejecución. ## 5. Meteorología adversa, modificación, suspensión o aplazamiento de la actividad La empresa adjudicataria deberá realizar seguimiento de las previsiones meteorológicas en los días previos a cada salida y comunicar a CONVEGA cualquier circunstancia que pudiera afectar a la seguridad o al correcto desarrollo de la actividad. En caso de previsión de condiciones meteorológicas adversas, aviso oficial por lluvia, tormenta, viento, riesgo costero, temperaturas elevadas u otras circunstancias que puedan comprometer la seguridad de las personas participantes, CONVEGA podrá acordar, previa coordinación con la empresa adjudicataria, la modificación del horario, la adaptación del recorrido, la suspensión o el aplazamiento de la salida afectada. La empresa adjudicataria deberá prever alternativas razonables de adaptación o reprogramación de la actividad, sin que ello suponga incremento del precio del contrato, siempre que la modificación derive de circunstancias meteorológicas, de seguridad, autorización administrativa, coordinación municipal, fuerza mayor u otras causas justificadas vinculadas a la correcta ejecución del servicio. Cuando la suspensión, aplazamiento o imposibilidad de realización de una salida sea imputable a la empresa adjudicataria, CONVEGA podrá exigir su reprogramación sin coste adicional, sin perjuicio de las penalidades o responsabilidades que, en su caso, procedan. ## 6. Imagen institucional y validación de materiales Todos los materiales, soportes, comunicaciones, elementos gráficos, dorsales, pulseras, acreditaciones, mochilas, documentos informativos, carteles, mensajes operativos, fotografías, vídeos, publicaciones digitales o cualquier otro recurso vinculado a la actividad deberán ajustarse a las instrucciones gráficas, institucionales y de comunicación que facilite la entidad contratante. Cualquier material o elemento que incorpore la imagen, denominación, logotipos, marcas, lemas o referencias institucionales de CONVEGA, de la Marca Territorio 'Vega Baja del Segura, tu tierra y la mía', de la Diputación Provincial de Alicante o del GR92 'Sendero del Mediterráneo' deberá ser previamente validado por CONVEGA antes de su uso, producción, impresión, publicación o difusión. <!-- image --> <!-- image --> La empresa adjudicataria no podrá incorporar su logotipo, marca comercial, denominación social, nombre comercial, firma, sello, crédito corporativo, marca de agua, referencia publicitaria o cualquier otro elemento identificativo propio en los materiales, soportes, mochilas, dorsales, comunicaciones, fotografías, vídeos, piezas audiovisuales, publicaciones, documentos o entregables generados con motivo del contrato, salvo autorización previa, expresa y por escrito de CONVEGA. La actuación tendrá carácter institucional y deberá identificarse exclusivamente conforme a las indicaciones que determine CONVEGA, pudiendo incluir, en su caso, la imagen de CONVEGA, la Marca Territorio 'Vega Baja del Segura, tu tierra y la mía', la Diputaci ón Provincial de Alicante, el GR92 'Sendero del Mediterráneo' u otras referencias institucionales o de financiación que resulten procedentes. La empresa adjudicataria deberá respetar estrictamente las normas de identidad visual, uso de logotipos, colores corporativos, lemas, denominaciones, composición gráfica y demás criterios de comunicación que le sean facilitados, sin poder alterarlos, modificarlos, sustituirlos o combinarlos con otros elementos no autorizados. La producción definitiva de las mochilas promocionales, dorsales, acreditaciones, cartelería, comunicaciones gráficas, piezas audiovisuales o cualquier otro material sujeto a diseño o imagen institucional no podrá iniciarse sin la validación previa por CONVEGA del arte final, prueba digital, maqueta, diseño o propuesta correspondiente. La empresa adjudicataria no podrá utilizar la imagen de la actuación, los logotipos institucionales, las fotografías, vídeos, materiales generados o cualquier referencia al contrato para fines propios, comerciales, promocionales, publicitarios, de portfolio, redes sociales, página web o comunicación corporativa sin autorización previa, expresa y por escrito de CONVEGA. ## 7. Protección de datos personales, derechos de imagen y participación de menores de edad La empresa adjudicataria deberá cumplir la normativa vigente en materia de protección de datos personales y derechos de imagen en relación con la gestión de inscripciones, listados de participantes, comunicaciones operativas, control de asistencia, fotografías, vídeos, piezas audiovisuales, publicaciones y cualquier otra información personal tratada con motivo de la actividad. Los datos personales a los que pueda acceder la empresa adjudicataria deberán utilizarse exclusivamente para la organización, coordinación, ejecución, justificación y documentación de las salidas, sin que puedan emplearse para fines distintos ni cederse a terceros fuera de los supuestos legalmente permitidos o de las instrucciones que, en su caso, facilite la entidad contratante. La empresa adjudicataria deberá tratar los datos personales conforme a las instrucciones de CONVEGA, adoptando las medidas necesarias para garantizar su confidencialidad, integridad, seguridad y uso limitado a la finalidad del contrato, así como para evitar accesos no autorizados, usos indebidos, pérdidas, comunicaciones no permitidas o tratamientos incompatibles con la finalidad de la actividad. <!-- image --> <!-- image --> Consorcioparael DesarrolloEconomicode laVegaBajadelSegura La captación y uso de imágenes de las personas participantes deberá realizarse conforme a las autorizaciones, instrucciones y criterios que determine el Consorcio, debiendo evitarse la captación o difusión de imágenes identificables de personas que no hayan autorizado dicho tratamiento cuando resulte exigible. En particular, la empresa adjudicataria no podrá publicar, difundir, compartir o utilizar fotografías, vídeos o grabaciones de la actividad por sus propios medios, redes sociales, página web, portfolio, materiales comerciales o canales corporativos sin autorización previa, expresa y por escrito de CONVEGA. En caso de participación de personas menores de edad, será obligatorio recabar, con carácter previo a la actividad, la correspondiente autorización de participación firmada por su madre, padre, tutor/a o representante legal. Dicha autorización deberá identificar, como mínimo, al menor participante, a la persona que autoriza, el vínculo o representación que ostenta, la actividad concreta a la que se autoriza la asistencia, la fecha de celebración, los datos de contacto de emergencia y la aceptación de las condiciones básicas de participación, seguridad, equipamiento recomendado, transporte y normas de comportamiento durante la salida. La autorización para la participación de menores de edad deberá diferenciarse de la autorización relativa a la captación y utilización de imágenes. La participación en la actividad no podrá quedar condicionada, con carácter general, a la autorización para el uso de imagen, salvo que concurra una causa justificada y proporcionada vinculada a la propia naturaleza de la actividad, que deberá ser valorada por CONVEGA. La captación, tratamiento y difusión de imágenes identificables de menores de edad requerirá autorización específica de su madre, padre, tutor/a o representante legal cuando resulte exigible, debiendo indicarse de forma clara la finalidad del uso de dichas imágenes, los canales o medios en los que podrán ser utilizadas, tales como memoria justificativa, archivo documental, página web, redes sociales, comunicación institucional, materiales promocionales o actuaciones de difusión turística, así como la posibilidad de no autorizar dicho uso sin que ello impida la participación del menor en la actividad. La empresa adjudicataria deberá gestionar la recogida, custodia y control de las autorizaciones necesarias, así como en la identificación de aquellas personas participantes, especialmente menores de edad, respecto de las que no conste autorización para el uso de imagen, adoptando las medidas organizativas razonables para evitar su aparición identificable en fotografías, vídeos o materiales destinados a difusión pública. Cuando participen menores de edad, estos deberán acudir acompañados por una persona adulta responsable. La persona adulta acompañante asumirá la supervisión ordinaria del menor durante la actividad, sin perjuicio de las funciones generales de organización, guiado, acompañamiento y seguridad que correspondan a la empresa adjudicataria. La empresa adjudicataria deberá informar inmediatamente a CONVEGA de cualquier incidencia relacionada con el tratamiento de datos personales, autorizaciones de participación, derechos de imagen, captación de fotografías o vídeos, uso indebido de imágenes, pérdida de documentación, acceso no autorizado a listados o cualquier otra circunstancia que pudiera afectar a la protección de datos personales o a los derechos de las personas participantes. <!-- image --> <!-- image --> Una vez finalizado el contrato, la empresa adjudicataria deberá devolver y dejar de tratar los datos personales y documentación con datos personales a los que haya tenido acceso, conforme a las instrucciones de CONVEGA y a la normativa aplicable, sin conservar copias, listados, fotografías, vídeos o autorizaciones para fines propios, salvo autorización expresa o deber legal de conservación. ## 8. Sostenibilidad, limpieza y respeto al entorno La empresa adjudicataria deberá ejecutar el servicio con criterios de sostenibilidad ambiental, minimización de residuos, respeto al entorno natural y cumplimiento de las normas de uso de senderos homologados, espacios públicos y espacios naturales o protegidos que puedan verse afectados. Deberá prever los medios necesarios para la recogida de los residuos generados durante la actividad, especialmente los derivados del avituallamiento, y garantizar que los espacios utilizados para concentración, paradas, avituallamiento y finalización queden en adecuado estado de limpieza. Asimismo, deberá trasladar a las personas participantes normas básicas de buenas prácticas ambientales, incluyendo el respeto a la flora y fauna, la no salida de los itinerarios señalizados cuando proceda, la no generación de residuos, el respeto a otros usuarios del sendero y la protección de los elementos patrimoniales o naturales existentes. Se fomentará, en la medida de lo posible, la utilización de materiales reutilizables, reciclables o de bajo impacto ambiental, así como la reducción de envases y residuos innecesarios durante la ejecución de la actividad. ## 9. Responsabilidad de la empresa adjudicataria La empresa adjudicataria será responsable de la correcta ejecución del servicio y de la adecuada organización de los medios personales, materiales, técnicos y logísticos necesarios para el cumplimiento del contrato. La validación por la entidad contratante de la planificación, materiales, comunicaciones o documentación presentada no eximirá a la empresa adjudicataria de su responsabilidad en relación con la correcta ejecución de las prestaciones, la seguridad de la actividad, el cumplimiento normativo, la suficiencia de los medios adscritos, la cobertura de seguros, la protección de datos personales, los derechos de imagen y cualquier otra obligación asumida en virtud del contrato. La empresa adjudicataria deberá responder de los daños, perjuicios, incidencias o incumplimientos que le sean imputables, conforme al régimen jurídico aplicable y a lo previsto en los pliegos que rijan la contratación. ## 10. Conformidad del servicio La conformidad del servicio quedará condicionada a la correcta ejecución de las prestaciones contratadas, a la realización efectiva de las dos salidas guiadas e interpretadas, a la entrega del material fotográfico y audiovisual básico, a la entrega de la memoria final de ejecución y a la comprobación por CONVEGA del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente pliego. <!-- image --> <!-- image --> La memoria final deberá permitir verificar la ejecución material del contrato, incluyendo, al menos, las actuaciones realizadas, fechas de ejecución, fichas técnicas definitivas, número de personas inscritas y participantes reales, recursos interpretados, personal adscrito, transporte utilizado, avituallamiento suministrado, mochilas y material promocional repartido, incidencias producidas, reportaje fotográfico y audiovisual, valoración técnica y propuestas de mejora. El contrato se entenderá correctamente ejecutado cuando CONVEGA verifique la adecuada realización de las salidas, la entrega de la documentación y materiales exigidos, y el cumplimiento sustancial de las obligaciones técnicas, organizativas y justificativas previstas en el presente pliego. ## CLÁUSULA SÉPTIMA.- PERSONAL ADSCRITO A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO La empresa adjudicataria deberá adscribir a la ejecución del contrato el personal técnico, guía, acompañante, organizativo y de apoyo necesario para garantizar la correcta planificación, coordinación, desarrollo, seguimiento y cierre de las dos salidas guiadas e interpretadas por el GR92 'Sendero del Mediterráneo' en la Vega Baja del Segura. El personal adscrito deberá ser suficiente y adecuado para atender el número de participantes, las características del recorrido, su dificultad, duración, puntos de cruce, necesidades de interpretación, control del grupo, atención a las personas participantes, coordinación logística, reparto de material, avituallamiento y seguridad general de la actividad. A tal efecto, la empresa adjudicataria deberá designar, como mínimo, el siguiente personal: ## a) Persona responsable de la coordinación del contrato La empresa adjudicataria deberá designar una persona responsable de la coordinación del contrato, que actuará como interlocutora directa con el Consorcio durante la preparación, ejecución y cierre de la actuación. Esta persona será responsable, al menos, de las siguientes funciones: - a) Planificación operativa de las rutas. - c) Organización de los medios humanos, materiales, técnicos y logísticos necesarios. - b) Coordinación previa con el Consorcio y, en su caso, con ayuntamientos, servicios municipales, oficinas de turismo, protección civil, cuerpos de seguridad u otras entidades implicadas. - d) Gestión operativa de inscripciones, listados, comunicaciones y control de asistencia, conforme a las instrucciones de CONVEGA. - f) Supervisión del suministro, preparación y reparto de mochilas, avituallamiento y demás material promocional. - e) Coordinación del transporte colectivo, puntos de concentración, inicio, finalización y retorno. - g) Comunicación inmediata de incidencias relevantes. - i) Entrega de la documentación previa y de la memoria final de ejecución. - h) Supervisión del desarrollo de las salidas. <!-- image --> <!-- image --> La persona responsable de coordinación podrá formar parte del equipo mínimo de acompañamiento de una salida cuando participe presencialmente en la misma y desarrolle funciones directas de organización, control, guiado, apoyo, interpretación o coordinación durante la actividad. En caso contrario, no computará dentro del equipo mínimo exigido para cada salida. ## b) Equipo mínimo de acompañamiento, guiado, interpretación y apoyo Para cada salida deberá adscribirse un equipo mínimo de cuatro personas , destinadas directamente al acompañamiento, guiado, control, interpretación, seguridad básica y apoyo organizativo de la ruta. A estos efectos, deberá garantizarse una ratio orientativa mínima de una persona de acompañamiento, guía o apoyo por cada 25 participantes o fracción , tomando como referencia el aforo máximo previsto de hasta 100 senderistas por salida. En consecuencia, y con independencia del número final de personas inscritas o asistentes, para cada salida deberá preverse un equipo mínimo de cuatro personas destinadas directamente al desarrollo de la actividad, salvo que CONVEGA autorice expresamente una reducción por causa justificada y siempre que no se comprometa la seguridad, organización o calidad de la experiencia. El equipo mínimo deberá permitir, al menos, la adecuada distribución de las siguientes funciones: - a) Conducción o guía principal de la ruta. - c) Apoyo intermedio y control de participantes. - b) Cierre del grupo. - d) Atención a incidencias ordinarias. - f) Interpretación básica del entorno. - e) Coordinación de cruces, tramos urbanos, puntos de especial atención o zonas próximas a tráfico. - g) Coordinación con transporte, puntos de avituallamiento y entrega de material. - h) Comunicación operativa con el Consorcio durante el desarrollo de la actividad. La empresa adjudicataria podrá reforzar dicho equipo cuando las características del recorrido, el número de participantes, las condiciones meteorológicas, la existencia de tramos urbanos, cruces, puntos de especial atención, dispersión del grupo o cualquier otra circunstancia organizativa o de seguridad así lo aconsejen. Cuando la empresa adjudicataria haya ofertado como mejora la adscripción de personal adicional, dicho personal tendrá carácter contractual y deberá incorporarse efectivamente a la ejecución de la salida o salidas comprometidas, en los términos previstos en su oferta. ## c) Capacitación y adecuación funcional del personal El personal adscrito deberá contar con capacitación, experiencia o formación adecuada para el acompañamiento de grupos en actividades de senderismo, interpretación básica del entorno, atención a participantes y gestión de incidencias durante el recorrido. <!-- image --> <!-- image --> A estos efectos, se considerará adecuada la formación o experiencia relacionada con actividades en el medio natural, senderismo, turismo activo, educación ambiental, interpretación del patrimonio, guía de grupos, animación sociocultural, primeros auxilios, coordinación de actividades al aire libre o materias análogas vinculadas al objeto del contrato. No se exige una titulación específica como requisito obligatorio, sin perjuicio de que la empresa adjudicataria deba garantizar que el personal adscrito dispone de la cualificación, aptitud, experiencia y capacidad funcional necesarias para ejecutar correctamente las prestaciones contratadas. En todo caso, al menos una de las personas integrantes del equipo adscrito a cada salida deberá contar con formación básica en primeros auxilios, asistencia inicial o actuación ante incidencias durante actividades al aire libre, debiendo acreditarse dicha circunstancia mediante certificado, diploma, declaración responsable u otro medio suficiente. ## d) Funciones mínimas del personal adscrito En particular, el personal adscrito deberá disponer de capacidad suficiente para el desarrollo de las siguientes funciones: - Conducción y acompañamiento de grupos en rutas senderistas. - Control de participantes durante el recorrido. - Apoyo en puntos de cruce, tramos urbanos o zonas de especial atención. - Interpretación básica del GR-92, del entorno territorial de la Vega Baja del Segura y de los recursos naturales, paisajísticos, culturales, patrimoniales o turísticos vinculados al recorrido. - Atención e información a las personas asistentes. - Prevención básica de riesgos durante la actividad. - Gestión de incidencias antes, durante y después de cada salida. - Coordinación con la entidad contratante y, en su caso, con otras entidades o servicios implicados en la organización de la actividad. - Apoyo en la organización del transporte colectivo, embarques, desembarques, puntos de concentración, retorno y control de asistencia. - Apoyo en el reparto de mochilas, elementos identificativos, avituallamiento y demás material promocional previsto. ## e) Identificación del personal adscrito Durante el desarrollo de cada salida, todo el personal adscrito por la empresa adjudicataria deberá ir debidamente identificado y resultar fácilmente reconocible por las personas participantes, CONVEGA, ayuntamientos, servicios municipales, protección civil, cuerpos de seguridad u otras entidades implicadas. A estos efectos, la empresa adjudicataria deberá dotar a su personal de elementos visibles de identificación, tales como camiseta, chaleco, peto, acreditación, distintivo o prenda equivalente, que permitan distinguir claramente al equipo organizador del resto de participantes. <!-- image --> <!-- image --> Dichos elementos de identificación deberán ser homogéneos para el conjunto del equipo adscrito y adecuados a una actividad senderista al aire libre, sin dificultar la movilidad, seguridad o comodidad del personal durante el recorrido. Los elementos identificativos del personal no podrán incorporar logotipos, marcas comerciales, mensajes publicitarios, referencias promocionales, marcas de agua o elementos gráficos de la empresa adjudicataria que alteren la imagen institucional de la actuación, salvo autorización previa, expresa y por escrito de CONVEGA. En todo caso, la identificación del personal deberá respetar las indicaciones de imagen institucional que facilite el Consorcio y podrá incorporar, cuando así se determine, referencias a CONVEGA, a la Marc a Territorio 'Vega Baja del Segura, tu tierra y la mía', al GR -92 'Sendero del Mediterráneo', a la Diputación Provincial de Alicante o a otras entidades colaboradoras o financiadoras que procedan. ## f) Comunicación previa del equipo adscrito Con carácter previo a la celebración de cada salida, la empresa adjudicataria deberá comunicar a CONVEGA la relación del personal que intervendrá en la actividad, indicando, al menos: - a) Nombre y apellidos. - c) Teléfono o medio de contacto operativo durante la actividad, al menos respecto de la persona responsable de coordinación y del personal clave. - b) Función asignada. - d) Datos básicos de capacitación, formación o experiencia relacionados con las tareas a desarrollar. - f) Descripción del sistema de identificación visible que utilizará el personal adscrito durante la actividad. - e) Identificación de la persona o personas con formación básica en primeros auxilios. Dicha comunicación deberá integrarse en la documentación definitiva previa de cada salida y presentarse con la antelación establecida en el presente pliego. ## g) Sustitución del personal previsto La sustitución del personal inicialmente previsto deberá ser comunicada previamente a CONVEGA y solo podrá realizarse por personas que reúnan condiciones equivalentes de capacidad, experiencia, formación y adecuación funcional para la correcta ejecución de la actividad. En caso de sustitución por causa sobrevenida, urgente o no previsible, la empresa adjudicataria deberá comunicarlo a CONVEGA a la mayor brevedad posible, justificando la causa de la sustitución e identificando a la persona sustituta y sus funciones. Cuando el personal sustituido estuviera vinculado a una mejora ofertada o a una función esencial para la seguridad, coordinación, guiado, interpretación o primeros auxilios, la sustitución deberá garantizar en todo caso el mantenimiento de las condiciones comprometidas en la oferta. <!-- image --> <!-- image --> ## h) Dependencia laboral y obligaciones de la empresa adjudicataria El personal adscrito dependerá exclusivamente de la empresa adjudicataria, que asumirá respecto del mismo todas las obligaciones laborales, salariales, fiscales, de Seguridad Social, de prevención de riesgos laborales y cualesquiera otras que resulten legalmente exigibles, sin que pueda derivarse relación laboral alguna entre dicho personal y CONVEGA. La empresa adjudicataria será responsable de garantizar que el personal adscrito dispone de las condiciones necesarias para la prestación del servicio, así como de los medios, instrucciones, información y coordinación interna adecuados para el correcto desarrollo de las salidas. La empresa adjudicataria deberá garantizar el adecuado comportamiento, imagen, puntualidad, identificación y trato correcto del personal adscrito durante la ejecución de las rutas, debiendo sustituir, a requerimiento de CONVEGA, a cualquier persona que no reúna las condiciones adecuadas para la prestación del servicio o cuya actuación pueda afectar negativamente al correcto desarrollo de la actividad, a la seguridad de las personas participantes o a la imagen institucional de la actuación. ## i) Incumplimiento de las obligaciones relativas al personal El incumplimiento de las obligaciones relativas a la adscripción mínima de personal, ratio de acompañamiento, comunicación previa del equipo, identificación visible del personal, formación básica en primeros auxilios, sustitución no comunicada o no equivalente del personal previsto, o falta de incorporación del personal adicional ofertado como mejora, podrá considerarse incumplimiento contractual. Todo ello se entenderá sin perjuicio de las penalidades, responsabilidades, requerimientos de subsanación, resolución contractual o demás consecuencias que procedan conforme al régimen previsto en los pliegos y en la normativa contractual aplicable. ## CLÁUSULA OCTAVA.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, VALOR ESTIMADO Y PRECIO DEL CONTRATO El presupuesto base de licitación del presente contrato asciende a la cantidad de DIECISIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO EUROS , IVA incluido, correspondiente a una base imponible de CATORCE MIL QUINIENTOS EUROS y a un IVA, al tipo del 21%, de TRES MIL CUARENTA Y CINCO EUROS . | Concepto | Importe | |--------------------------------|-------------| | Presupuesto base, IVA excluido | 14.500,00 € | | IVA 21% | 3.045,00 € | | Presupuesto base, IVA incluido | 17.545,00 € | El valor estimado del contrato asciende a CATORCE MIL QUINIENTOS EUROS , IVA excluido, al no preverse prórrogas ni modificaciones contractuales que deban ser computadas a estos efectos conforme a la normativa aplicable en materia de contratación pública. <!-- image --> <!-- image --> El presupuesto indicado tiene carácter de importe máximo de licitación , por lo que las ofertas económicas que superen dicho importe, IVA excluido, no serán admitidas. El precio del contrato será el que resulte de la oferta económica presentada por la empresa adjudicataria, sin que pueda superar el presupuesto base de licitación indicado. Dicho precio tendrá carácter cerrado, a tanto alzado, e incluirá la totalidad de los gastos necesarios para la correcta ejecución de las prestaciones objeto del contrato. A efectos de justificar la adecuación del presupuesto a mercado, se ha tenido en cuenta el alcance integral de la prestación, que comprende, entre otros conceptos, la planificación técnica de las rutas, la coordinación previa con la entidad contratante y otras entidades implicadas, la gestión operativa de inscripciones y participantes, la organización y coordinación del transporte colectivo, la aportación del personal cualificado necesario, los seguros exigibles, el suministro y distribución del avituallamiento, el suministro, marcaje, preparación y reparto de las mochilas promocionales, la preparación de elementos identificativos, la elaboración de documentación técnica previa, la realización del reportaje fotográfico y audiovisual básico, la entrega de la memoria final de ejecución, los medios auxiliares, desplazamientos, gastos generales, beneficio industrial, tributos y demás costes directos e indirectos vinculados a la prestación. Todos los gastos necesarios para la adecuada ejecución del contrato se entenderán incluidos en el precio ofertado, sin que puedan facturarse importes adicionales a CONVEGA por conceptos vinculados a la organización, coordinación, reuniones, personal, guías, monitores, apoyo organizativo, gestión de inscripciones, comunicaciones operativas, transporte colectivo, seguros, avituallamiento, elementos identificativos, suministro, marcaje, preparación, manipulación, transporte y reparto de mochilas promocionales, recepción y distribución de material promocional aportado por CONVEGA, botiquín, medios auxiliares, reportaje fotográfico y audiovisual, memoria final, desplazamientos, gastos generales, beneficio industrial, tributos o cualquier otro gasto necesario para el desarrollo de la actividad. El suministro de mochilas promocionales previsto en el contrato tiene carácter accesorio respecto de la prestación principal de servicios, sin que altere la naturaleza del contrato. Su coste de adquisición, marcaje, pruebas, manipulación, preparación, transporte y entrega se considera incluido en el precio global ofertado por la empresa adjudicataria. No podrán facturarse separadamente gastos de transporte, personal, seguros, avituallamiento, suministros, materiales auxiliares, elementos identificativos, reportaje gráfico o audiovisual, derechos de uso, coordinación, reuniones, desplazamientos o cualquier otro concepto necesario para la correcta ejecución de las prestaciones incluidas en el objeto contractual. La eventual asistencia efectiva de un número de participantes inferior al aforo máximo previsto no dará derecho a la empresa adjudicataria a revisión, modificación o incremento del precio del contrato, siempre que la prestación haya sido correctamente dimensionada y ejecutada conforme a las condiciones establecidas en el presente pliego. <!-- image --> <!-- image --> El precio ofertado deberá incluir todos los costes laborales, sociales, fiscales, materiales, logísticos, técnicos y organizativos necesarios para la ejecución del contrato, así como los costes derivados del cumplimiento de las obligaciones en materia de seguridad, prevención, protección de datos, derechos de imagen, sostenibilidad, limpieza, seguros, autorizaciones, comunicaciones y demás obligaciones previstas en el presente pliego. A efectos de facturación, el abono del precio se realizará una vez ejecutadas correctamente las prestaciones contratadas, realizadas las dos salidas guiadas e interpretadas, entregada la memoria final de ejecución, entregado el material fotográfico y audiovisual exigido, y emitida la conformidad correspondiente por CONVEGA, sin perjuicio de lo que pueda establecerse en el pliego administrativo o en el documento contractual. ## CLÁUSULA NOVENA.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Los criterios de adjudicación del contrato, su puntuación, fórmula de valoración, régimen de mejoras objetivas, reglas de aplicación, ofertas anormalmente bajas y demás determinaciones relativas a la valoración de las proposiciones serán los establecidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Las mejoras que, en su caso, sean ofertadas por la empresa adjudicataria tendrán carácter vinculante y pasarán a formar parte de las obligaciones contractuales, sin que puedan suponer incremento del precio del contrato. ## CLÁUSULA DÉCIMA.- INCUMPLIMIENTOS TÉCNICOS La empresa adjudicataria estará obligada a ejecutar el contrato conforme a lo establecido en el presente pliego, en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en su oferta, en las mejoras ofertadas y en la planificación previamente validada por CONVEGA. Tendrán la consideración de incumplimientos técnicos o defectos de ejecución, sin perjuicio del régimen de penalidades, responsabilidades, requerimientos de subsanación o resolución contractual previsto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y en la normativa de contratación pública aplicable, entre otros, los siguientes: - a) La no presentación en plazo de la documentación técnica, organizativa o justificativa exigida. - c) El incumplimiento de las obligaciones relativas a personal mínimo, identificación del personal, formación básica en primeros auxilios o personal adicional ofertado como mejora. - b) La ejecución de las salidas sin la validación previa de CONVEGA cuando dicha validación sea exigible. - d) Las deficiencias relevantes en la organización del transporte colectivo, avituallamiento, suministro y reparto de mochilas, entrega de material promocional o atención a participantes. - f) El incumplimiento de las obligaciones relativas a seguridad, prevención, protocolo de emergencias, control del grupo o comunicación de incidencias. - e) La falta de disponibilidad, insuficiencia o falta de vigencia de los seguros exigidos. <!-- image --> <!-- image --> <!-- image --> - g) La no entrega, entrega incompleta o entrega defectuosa del reportaje fotográfico y audiovisual, de la memoria final de ejecución o de cualquier otro entregable exigido. - i) La publicación, difusión o utilización no autorizada de fotografías, vídeos, datos personales, imagen institucional, materiales generados o referencias a la actuación. - h) La incorporación no autorizada de logotipos, marcas comerciales, marcas de agua, créditos corporativos o elementos identificativos propios de la empresa adjudicataria en materiales, soportes o entregables del contrato. - j) El incumplimiento de las obligaciones relativas a protección de datos personales, derechos de imagen, autorizaciones de participación de menores de edad o tratamiento de imágenes identificables. - l) El incumplimiento de las mejoras ofertadas, que tendrán carácter contractual y serán de obligado cumplimiento. - k) La no realización injustificada de una de las salidas previstas o su suspensión, cancelación o imposibilidad de realización por causa imputable a la empresa adjudicataria. La imposición de penalidades no eximirá a la empresa adjudicataria de la obligación de subsanar los defectos detectados, cumplir las prestaciones pendientes, indemnizar los daños y perjuicios que, en su caso, se hubieran ocasionado, ni de las demás responsabilidades que procedan conforme al pliego administrativo y a la normativa aplicable. ## DOCUMENTO FIRMADO DIGITALMENTE <!-- image -->