Servicio de vigilancia y servicio de gestión de central receptora de alarmas, a prestar en determinadas instalaciones gestionadas por Servicios Funerarios de Madrid (Empresa Municipal de Servicios Funerarios y Cementerios de Madrid, S.A.).
Objeto y condiciones del contrato
Empresa Municipal de Servicios Funerarios y Cementerios de Madrid, S.A. convoca la licitación «Servicio de vigilancia y servicio de gestión de central receptora de alarmas, a prestar en determinadas instalaciones gestionadas por Servicios Funerarios de Madrid (Empresa Municipal de Servicios Funerarios y Cementerios de Madrid, S.A.)», un contrato de servicios con un valor estimado de 2.593.636,82 EUR (sin impuestos) con lugar de ejecución en Madrid. Clasificación CPV: Servicios de seguridad.. El plazo de presentación de ofertas finalizó el 29 de mayo de 2023 a las 23:59. Estado actual del expediente: Resuelta.
Requisitos de los licitadores
Capacidad de obrar
Solvencia económica y financiera
Declaración responsable, firmada por el representante legal de la entidad, de haber alcanzado un volumen anual de negocios, durante alguno de los tres últimos ejercicios (2019, 2020 y 2021) en el ámbito al que se refiere el contrato, de al menos a 1.162.157,93 € q (IVA excluido).
Solvencia técnica o profesional
- Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza a estos servicios, a través de contratos cuyos tres primeros dígitos del código CPV sean 797, en los últimos tres años (2020, 2021 y 2022) por una cuantía igual o superior al presupuesto anual del contrato, es decir a 1.348.359,50 € IVA excluido, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Acreditación documental: Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.
- La empresa adjudicataria deberá disponer de una delegación o sucursal en la provincia de Madrid conforme a los requisitos previstos en el Artículo 17.2.b) del Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada, cuyo contenido literal es el siguiente: Las empresas de seguridad deberán abrir delegaciones o sucursales, dando conocimiento a la Dirección General de la Policía, con aportación de los documentos reseñados en el apartado anterior, cuando realicen, en provincias distintas de aquélla en la que radique su sede principal, alguna de las siguientes actividades: (…) b) Vigilancia y protección de bienes y establecimientos, cuando el número de vigilantes de seguridad que presten servicio en la provincia sea superior a treinta y la duración del servicio, con arreglo al contrato o a las prórrogas de éste, sea igual o superior a un año.” Dicha sucursal deberá contar con los necesarios permisos de carácter municipal, los cuales podrán ser requeridos en cualquier momento durante la ejecución del contrato. Este compromiso de adscripción se considera obligación contractual esencial. Conforme a lo establecido en la cláusula 6 “Medios Técnicos”, del Pliego de Prescripciones Técnicas, la empresa adjudicataria deberá adscribir a la ejecución del presente contrato, tres vehículos híbridos o eléctricos, con etiqueta medioambiental Cero o ECO, con capacidad suficiente para el desplazamiento de personal y/o material de trabajo en Cementerios y entre centros de trabajo. Además, Cada puesto de Vigilante de Servicio estará dotado: Teléfono móvil sin restricciones (línea y aparato) abierto, sin llamadas restringidas. Linterna halógena Chaleco reflectante Auriculares Radiotransmisor (Cuando hay dos o más puestos dentro del mismo recinto o dependencia) Sistema electrónico de control de rondas Ordenador (al menos en Tanatorio M30 y Tanatorio Sur) Sistema electrónico de control de llegada y salida Este compromiso de adscripción se considera obligación contractual esencial.
- No podrá ser objeto de subcontratación el servicio de vigilancia a través de la presencia de vigilantes de seguridad que deberá ser ejecutado directamente por el propio licitador o, en su caso, por un participante en la UTE. Esto es así porque, tal y como recoge el artículo 215.2.b) de la LCSP, la ejecución de este servicio conlleva medidas de seguridad especiales reguladas en la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada.
Condiciones de ejecución
- Consideraciones de tipo social: Conforme a lo establecido en el apartado 25 del ANEXO I del Pliego de cláusulas administrativas (Páginas 32, 33 y 34)
- Sometimiento del contratista a la normativa de protección de datos: La obligación del contratista de someterse a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos. Esta obligación tiene el carácter de obligación contractual esencial.
Subcontratación
No podrá ser objeto de subcontratación el servicio de vigilancia a través de la presencia de vigilantes de seguridad que deberá ser ejecutado directamente por el propio licitador o, en su caso, por un participante en la UTE.
Prórrogas
- Conforme a lo establecido en el artículo 29.2 de la LCSP, el contrato podrá prever una o varias prórrogas siempre que sus características permanezcan inalterables durante el período de duración de estas, sin perjuicio de las modificaciones que se puedan introducir de conformidad con lo establecido en los artículos 203 a 207 de la presente Ley. La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato. En ningún caso podrá producirse la prórroga por el consentimiento tácito de las partes.
- Dos posibles prórrogas de hasta 12 meses de duración cada una de ellas.
Motivación de la adjudicación
El Órgano de Contratación emite el siguiente ACUERDO: PRIMERO. – Adjudicar el Expediente SFC/2023/00015 - Contratación del servicio de vigilancia y servicio de gestión de central receptora de alarmas a prestar en determinadas instalaciones gestionadas por Servicios Funerarios de Madrid (Empresa Municipal de Servicios Funerarios y Cementerios de Madrid, S.A.), a favor de la mercantil GRUPO CONTROL EMPRESA DE SEGURIDAD S.A. con CIF A04038014 en los siguientes términos: -Vigilancia permanente: Por un importe de DOS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO EUROS CON VEINTISIETE CÉNTIMOS (2.436.764,27€), a los que corresponden por IVA la cantidad de QUINIETOS ONCE MIL SETECIENTOS VEINTE EUROS CON CINCUENTA CÉNTIMOS (511.720,50€), lo que hace un total de DOS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO EUROS CON SETENTA Y SIETE CÉNTIMOS (2.948.484,77€) IVA incluido. -Vigilancia extraordinaria: Por los siguientes precios / hora unitarios: 21,30€ año 2023, 22,15€ año 2024 y 22,82 año 2025. No pudiendo en ningún caso superar el presupuesto base de licitación fijado para este concepto en CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS EUROS CON SESENTA Y DOS CÉNTIMOS (139.400,62€), a los que corresponden por IVA la cantidad de VEINTINUEVE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO EUROS CON TRECE CÉNTIMOS (29.274,13€), lo que hace un total de CIENTO SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO EUROS CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (168.674,75€), IVA incluido. -Formación para el servicio y prevención de riesgos laborales: La empresa adjudicataria destinará más de 36 horas de formación. -Mejora del servicio: Se destinarán QUINIENTAS TREINTA Y DOS HORAS (532 H) para atender situaciones extraordinarias. SEGUNDO. - La duración del contrato es de 24 meses con posibilidad de dos prórrogas de hasta 12 meses de duración cada una de ellas. TERCERO. - Esta adjudicación se realiza a favor de la empresa que ha presentado la oferta mejor valorada de entre las recibidas y cumple con la documentación exigida. En Madrid, a la fecha de la firma digital. Firmado digitalmente GERENTE EMSFYCM, S.A. Fernando Sánchez González
Criterios de adjudicación
| Criterio | Tipo | Peso |
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Memoria técnica de la solución ofertada
El licitador deberá presentar por cada una de las instalaciones de SFM un Informe Técnico y Plan de Seguridad Integral y confeccionar un Análisis de riesgos.
Esta memoria deberá seguir estrictamente los apartados recogidos en el Anexo IV del Pliego de prescripciones técnicas. Aquellos licitadores que no presenten la memoria técnica de la forma indicada no serán valorados.
Los apartados que deben ser recogidos en la memoria tendrán las ponderaciones establecidas en el apartado 19.a) del ANEXO I del Pliego de cláusulas administrativas (Páginas 24 a 26)
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Subjetivo / Manual | 25% |
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Precio vigilancia extraordinaria
La valoración económica se realizará de forma individual, otorgándose 3 puntos a la oferta más favorable entendiendo como tal la más favorable económicamente de entre las recibidas. Al resto se le aplicará la puntuación que corresponda según la fórmula recogida en el apartado 19.b).2 del ANEXO I del Pliego de cláusulas administrativas (Páginas 26 y 27).
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Objetivo / Automático | 3% |
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Mejora del servicio
Se valorará hasta con 10 puntos la mejora del servicio, para lo cual las empresas deberán indicar la bolsa de horas que pondrán de manera gratuita a disposición del servicio para atender situaciones extraordinarias, teniendo como límite máximo 532 horas correspondiente al 1% de números de horas de vigilantes establecidos en el contrato (53.290 horas). La empresa que proponga un mayor número de horas recibirá 5 puntos, el resto se valorará de manera proporcional según la fórmula recogida en el apartado 19.b).5 del ANEXO I del Pliego de cláusulas administrativas (Página 28)
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Objetivo / Automático | 10% |
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Precio vigilancia permanente
La valoración económica se realizará de forma individual, otorgándose 43 puntos a la oferta más favorable entendiendo como tal la más favorable económicamente de entre las recibidas. Al resto se le aplicará la puntuación que corresponda según la fórmula recogida en el apartado 19.b).1 del ANEXO I del Pliego de cláusulas administrativas (Página 26).
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Objetivo / Automático | 46% |
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Formación para el servicio en PRL
Se otorgarán hasta 16 puntos en función de los siguientes subcriterios:
Formación a vigilantes: Se valorará con hasta 14 puntos, la impartición de formación en materia de seguridad a los vigilantes adscritos al servicio en las siguientes materias: primeros auxilios, vigilancia con medios técnicos, técnicas de información y observación y actuación ante aviso de amenazas. En cualquier caso, la formación a impartir deberá ser adicional a la exigida para obtener la certificación acreditativa de vigilante de seguridad según establece el artículo 29.1 de la Ley de Seguridad Privada.
En función del número de horas de vigilancia a impartir se otorgará la puntuación de la siguiente forma:
Hasta 10 h/vigilante: 2 puntos
Entre 11 y 15 horas: 4 puntos
entre 16 y 20 horas: 6 puntos
Entre 21 y 25 horas: 8 puntos
Entre 26 y 30 horas: 10 puntos
Entre 31 y 35 horas: 12 puntos
Más de 36 horas: 14 puntos
Centro propio de formación: Las empresas que dispongan de centro de formación propio homologado por el Ministerio del Interior recibirán 2 puntos, en caso contrario, recibirán cero puntos.
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Objetivo / Automático | 16% |
Presupuesto
Valor estimado (sin impuestos)
Valor global estimado
Total (con impuestos)
Adjudicación
Códigos CPV
Clasificación de productos y servicios
Documentación
34 documentos
Organismo Contratante
Plazo de Presentación
Procedimiento
Fechas
Licitaciones Relacionadas
Basadas en organismo contratante, CPV y tipo de contrato