Memoria justificativa

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<!-- image --> <!-- image --> CONTRATO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LOS LOCALES DE LOS CAISS DE LA PROVINCIA DE OURENSE Y DEL EVI DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSS DE OURENSE PARA EL PERÍODO 01/01/2025 A 31/12/2026. ## MEMORIA JUSTIFICATIVA Y PROPUESTA DE CONTRATACIÓN En fecha 31/12/2024 finaliza la vigencia del contrato adjudicado al amparo del expediente 32/PA-0001/24 para la prestación del servicio de vigilancia y seguridad de los locales en los que se encuentran el CAISS de Ourense, el EVI y los cinco CAISS Comarcales (O Barco de Valdeorras, Celanova, Ribadavia, Verín y Xinzo de Limia). Con el fin de efectuar la vigilancia y garantizar la seguridad y protección de los citados locales, así como de las personas que en ellos trabajan y de las que acuden por distintos motivos y de los bienes muebles y de la documentación e información que, tanto en soporte físico como informático, manejan para su gestión dichas unidades, se hace necesario proceder nuevamente a la contratación de este servicio para el período de dos año entre 01/01/2025 y 31/12/2026 con una empresa externa de las reguladas en la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada ya que se carece de medios humanos y materiales para ello. La contratación que se propone resulta necesaria para el cumplimiento y realización de los fines institucionales del INSS, lo que se pone de manifiesto en virtud de lo indicado en el artículo 28 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP). En documento anexo de fecha 14/08/2024 consta la memoria económica del contrato. Para su elaboración se ha considerado: la contratación de un nivel de servicios similar al del contrato vigente para los CAISS, e incrementado el servicio en media hora en el local del EVI, dado que las oficinas se han trasladado a un nuevo emplazamiento que cuenta con una superficie mayor a la antigua sede; tomado como referencia el calendario laboral de Galicia para el año 2025, publicado en el Diario Oficial de Galicia (DOG) el 24 de julio de 2024, y el previsible para 2026 según las disposiciones del RD 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos; y se han tenido en cuenta los costes indicados en los artículos 100, 101 y 102 de la LCSP. Así el valor estimado asciende a 440.577,34 € siendo el límite máximo de gasto de 533.098,58 €, IVA incluido. A la vista de lo anterior se elevan a la Directora Provincial las siguientes propuestas: - 1.- Que se inicie el expediente 32/PA-0001/25 para la contratación del servicio de vigilancia y seguridad de los locales de los CAISS de Ourense, O Barco de Valdeorras, Celanova, Ribadavia, Verín y Xinzo de Limia y del EVI de la Dirección Provincial del INSS de Ourense. - 2.- Que conforme al artículo 17 de la LCSP la naturaleza jurídica del contrato se defina como de servicios. - 3.- Que conforme al artículo 99.3 de la LCSP no se contemple la división en lotes ya que el servicio consiste en un todo único cuya propia naturaleza y objeto impide su división al no poder separarse las distintas funciones a desempeñar por el personal de vigilancia y, aun en el caso de ser susceptible de ello, su realización dificultaría la correcta ejecución del contrato al implicar la necesidad de coordinar la ejecución entre distintos contratistas. Además, hay que considerar que la Dirección Provincial del INSS de Ourense constituye una unidad funcional en su conjunto. <!-- image --> - 4.- Que, existiendo un número relevante de empresas capacitadas para la prestación de estos servicios, se adjudique el contrato por procedimiento abierto con utilización de una pluralidad de criterios de adjudicación conforme los artículos 131.1 y 145.3.g de la LCSP y que todos los criterios, en concordancia con la propuesta que viene a continuación, sean evaluables mediante la mera aplicación de fórmulas. - 5.- Que el contrato se adjudique mediante procedimiento abierto con aplicación de los artículos 156 a 158 de la LCSP 6.- Que en atención a lo dispuesto en el artículo 145.4 de la LCSP la ponderación de los criterios se distribuya otorgando un 49% de la puntuación al precio y un 51% a los criterios de calidad que se determinen, puesto que el servicio a contratar es de los incluidos en el Anexo IV de la LCSP. En Ourense a la fecha de la firma La secretaria provincial