Declaración de urgencia
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RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENTA DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE PATRIMONIO NACIONAL POR LA QUE SE DECLARA EL CARÁCTER URGENTE DE LA CONTRATACIÓN DEL EXPEDIENTE 202660PA0148 ' SERVICIO DE VIGILANCIA DE SEGURIDAD EN LAS DEPENDENCIAS DEL CAPN EN EL PARDO, SAN LORENZO DE EL ESCORIAL, ARANJUEZ, LA GRANJA DE SAN ILDEFONSO, SEVILLA, PALMA DE MALLORCA, YUSTE, LANZAROTE, PATRONATO DE HUELGAS Y PATRONATO DE SANTA CLARA '
La Ley 23/1982, de 16 de junio, Reguladora del Patrimonio Nacional establece en su artículo primero que el Consejo de Administración de Patrimonio Nacional (en adelante CAPN), se configura como una Entidad de Derecho Público, con personalidad jurídica y capacidad de obrar, orgánicamente dependiente del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. Al mismo tiempo, su artículo segundo establece que tienen la calificación jurídica de bienes del Patrimonio Nacional los de Titularidad del Estado afectados al uso y servicio de Su Majestad El Rey y de los miembros de la Real Familia, para el ejercicio de la alta representación que la Constitución y las Leyes le atribuyen.
Para cumplir con la obligación de garantizar la seguridad de las personas que trabajan en las distintas dependencias del CAPN y la de las personas que las visitan, así como de los propios bienes muebles e inmuebles con que cuenta Patrimonio Nacional, es necesario mantener un servicio de vigilancia de seguridad. Dada la ausencia de medios propios del Consejo de Administración de Patrimonio Nacional y que de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2. del artículo 5, de la Ley 5/2014, de Seguridad Privada (BOE 83, del sábado 5 de abril), los servicios de vigilancia y protección de bienes, establecimientos, lugares y eventos, tanto públicos como privados, así como de las personas que pudieran encontrarse en los mismos, únicamente podrán prestarse por empresas de seguridad privada, se hace indispensable poder contar con un operador económico que preste este servicio.
Así, queda patente la razón de interés público en la continuidad de la prestación del servicio. No en vano, el objeto del contrato es garantizar la seguridad de las dependencias del CAPN las dependencias del CAPN en El Pardo, San Lorenzo de El Escorial, Aranjuez, La Granja de San Ildefonso, Sevilla, Palma de Mallorca, Yuste, Lanzarote, Patronato de Huelgas y Patronato de Santa Clara. La no continuación del servicio no solo supondría el cierre de todas estas dependencias de cara al acceso al público, sino que pondría en peligro la propia seguridad de todos los bienes que estos lugares albergan, siendo imposible garantizar un nivel de seguridad aceptable con los medios propios que se disponen y durante el tiempo que dure la nueva licitación del procedimiento de adjudicación. Todo ello sin olvidar que se trata también de garantizar la seguridad de un patrimonio afectado al uso y servicio del Rey y de los miembros de la Real Familia para el ejercicio de la alta representación que la Constitución y las leyes les atribuyen.
Lo anterior, sumado al hecho de que los contratos actualmente vigentes vencen entre los días 29 de julio y 16 de agosto de 2026, explica la urgencia de realizar una nueva licitación en el menor tiempo posible.
Por todo ello, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 119 de la Ley de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, se declara URGENTE la tramitación del expediente de contratación del ' Servicio de vigilancia de seguridad en las dependencias del CAPN en El Pardo, San Lorenzo de El Escorial, Aranjuez, La Granja de San Ildefonso, Sevilla, Palma de Mallorca, Yuste, Lanzarote, Patronato de Huelgas y Patronato de
ANA DE LA CUEVA FERNANDEZ - 2026-03-26 16:01:48 CET
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Santa Clara ' , permitiendo reducir los plazos de licitación, adjudicación y formalización a la mitad para asegurar la continuidad del servicio.
En Madrid, a fecha de firma electrónica,
La Presidenta del CAPN Ana de la Cueva Fernández