Memoria justificativa
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INSTITUTO DE LA CINEMATOGRAFÍA Y DE LAS ARTES AUDIOVISUALES
Filmoteca Española
## MEMORIA JUSTIFICATIVA PARA LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL SERVICIO DE TRANSPORTE Y MANIPULADO DE MERCANCÍAS, DOCUMENTACIÓN Y MATERIALES CINEMATOGRÁFICOS PARA FILMOTECA ESPAÑOLA EN LA COMUNIDAD DE MADRID
De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 7/1997 de 10 de enero, de estructura orgánica y funciones del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, una de las funciones que tiene encomendadas el Organismo es la salvaguarda y difusión del patrimonio cinematográfico español.
## NECESIDADES
La Filmoteca Española, como Organismo encargado de la recuperación, restauración, conservación y difusión del patrimonio cinematográfico, tiene la guarda y custodia de un gran número de fondos cinematográficos distribuidos en distintos edificios ubicados en la Comunidad de Madrid: Palacio de Perales, Cine Doré, Centro de Conservación y Restauración de fondos fílmicos Carlos Saura, Almacén de películas en soportes especiales y Almacén de películas de Alcalá-Meco.
Desde un punto de vista organizativo, la Filmoteca Española se configura como una Subdirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, esta relación orgánica y el hecho de estar ubicados en edificios diferentes hace que sea necesario un intercambio diario de documentación y material, específicamente con la Secretaria General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales. Remitiéndose también documentación y materiales a otros organismos oficiales, empresas y entidades privadas. La Filmoteca Española carece de personal para la adecuada ejecución de este servicio, por lo que se hace necesaria su contratación externa.
## JUSTIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO Y DE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Para realizar las tareas anteriores el Organismo no dispone de medios personales adecuados y suficientes, por lo que resulta necesario contratar con una empresa especializada en este tipo de servicios. El presupuesto base de licitación se ha determinado a tanto alzado, dado que se parte de un número determinado de horas de servicio a realizar.
El PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN para los 2 años de duración del contrato, es de doscientos setenta y siete mil quinientos euros (277.500,00 €), a los que hay que añadir cincuenta y ocho mil doscientos setenta y cinco euros (58.275,00 €) en concepto del 21 % de IVA, lo que supone un importe total de trescientos treinta y cinco mil setecientos setenta y cinco euros ( 335.775,00 €).
Por todo lo anterior se solicita la iniciación de un expediente de gasto dirigido a la contratación del SERVICIO DE TRANSPORTE Y MANIPULADO DE MERCANCÍAS, DOCUMENTACIÓN Y MATERIALES CINEMATOGRÁFICOS PARA LA FILMOTECA ESPAÑOLA EN LA COMUNIDAD DE MADRID, a realizar mediante Procedimiento Abierto al amparo de lo dispuesto en el artículo 156.1 de la LCSP.
De acuerdo con el artículo 116.1 de la LCSP, según redacción del art. 5.4 del Real Decreto Ley 14/2019, la ejecución del presente contrato no requerirá la cesión de datos personales por parte del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.
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INSTITUTO DE LA CINEMATOGRAFÍA Y DE LAS ARTES AUDIOVISUALES
Filmoteca Española
El artículo 99.3 b) de la LCSP establece que siempre que la naturaleza del contrato lo permita deberá preverse la realización independiente de cada una de las partes mediante su división en lotes, no se ha considerado la división por lotes de este contrato dado que dicha división por lotes dificultaría la correcta ejecución del mismo dado que la prestación del servicio requiere la coordinación entre los diversos edificios entre los que Filmoteca Española presta su servicio.
El/La Responsable del servicio de administración de Filmoteca Española actuará como responsable del contrato (artículo 62 LCSP).
Los CRITERIOS identificados para la valoración de las ofertas recibidas se han elaborado teniendo en cuenta que dichos criterios serán evaluables mediante fórmulas en un 100 %, dado que no son precisos especiales conocimientos técnicos para la ejecución del contrato, pudiendo ser determinados estos en su totalidad en el Pliego de Prescripciones Técnicas. En cuanto a la distribución de los criterios, se ha valorado en 90 puntos el precio, con 5 puntos la aportación de vehículo de sustitución dada la necesidad de contar con un vehículo en el caso de entrada a taller del vehículo propio por revisión o avería, y con otros 5 puntos, la posibilidad de aportar mozos extra, dada que se puede producir esta necesidad en momentos de aumento de la carga de trabajo.
El PERIODO DE EJECUCION del contrato será de dos años desde 4 de noviembre de 2025 o desde la fecha de formalización del contrato si fuera posterior, siendo susceptible de prórroga por otros tres años.
El gasto se imputará al concepto presupuestario 223 del programa 335 C del presupuesto de gastos del ICAA para cada uno de los ejercicios siguientes:
2025: 13.990,63 €
2026:167.887,50 €
2027: 153.896,87 €
El VALOR ESTIMADO del contrato, conforme al artículo 101 de la LCSP para toda la duración del mismo se ha calculado en base a los criterios anteriores, doscientos setenta y siete mil quinientos euros (277.500,00 €), corresponderían a la duración del contrato, y cuatrocientos dieciséis doscientos cincuenta (416.250,00 €) las posibles prorrogas, lo que suma un valor estimado de seiscientos noventa y tres mil setecientos cincuenta (693.750,00 €).
## LA SUBDIRECTORA GENERAL DE FILMOTECA ESPAÑOLA
Valeria Camporesi