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Pliego Técnico
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## EXPEDIENTE Nº: SP26-00194
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN SERVICIO DE TECNICO ESPECIALISTA , CON MOTIVO DE LAS 'FIESTAS, CAMPAÑAS Y PROYECTOS CULTURALES' QUE SE DESARROLLEN EN CENTROS CULTURALES Y DISTINTOS ESPACIOS DE LA CIUDAD DE MADRID EN LOS MESES DE JUNIO, JULIO, AGOSTO Y SEPTIEMBRE DE 2026, A ADJUDICAR MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO SUMARIO.
## 1.- OBJETO DEL CONTRATO
## 1.1 Presentación
La sociedad mercantil municipal Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, S.A. (en adelante, 'MADRID DESTINO') tiene, entre otros objetivos, la gestión de programas y actividades culturales, formativas y artísticas, la organización, apoyo y difusión de las mismas, la prestación de todos los servicios e infraestructuras integrantes o complementarios de estos programas y actividades, la gestión de cualesquiera centros, espacios, recintos, dependencias y/o servicios culturales, cuya gestión le fuera encomendada temporal o indefinidamente, o cuyo uso le fuera cedido por el Ayuntamiento de Madrid, incluida la contratación y ejecución de las obras, instalaciones, servicios y suministros para los mismos, la gestión de las políticas municipales de promoción e información turística de la Ciudad de Madrid, la proyección de su imagen a nivel nacional e internacional y la gestión y explotación de los derechos de propiedad intelectual derivados de las obras susceptibles de generar tales derechos resultantes de las anteriores actividades, así como la prestación por cuenta propia o ajena de todo tipo de servicios relacionados con la organización, dirección, producción y administración de eventos , ya sean deportivos, exposiciones, congresos, convenciones, seminarios, ferias, y cualquier otro evento de naturaleza similar.
Entre dichos eventos se incluyen las fiestas, campañas, actividades culturales y artísticas de la ciudad de Madrid, entre ellas las actividades programadas en '21 Distritos', 'Teatro de Títeres en Retiro', y 'Otras posibles Campañ as / Actividades Culturales ', que requieren de un servicio cualificado por parte de personal especialista para poder llevar a cabo dichas actividades, y que son las que en concreto se establecen en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares (en adelante, el 'Servicio').
Constituye el objeto de la presente contratación la prestación de un servicio cualificado desarrollado por un personal técnico que facilite un apoyo a la producción y atención técnica especializada para la organización de actividades programadas en '21 Distritos', 'Teatro de Títeres en Retiro', y 'Otras posibles Campa ñ as/Actividades culturales ' durante el período comprendido durante los meses de junio a septiembre de 2026.
El servicio de Técnico Especialista se desarrollar á en distintos espacios de la ciudad de Madrid, ejecutándose, en su mayoría en el espacio público exterior, es decir, en la calle, plazas, parques y en centros culturales, y espacios donde la empresa municipal Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, S.A. desarrolle sus actividades (en adelante, 'MADRID DESTINO").
El Servicio deberá prestarse de conformidad con lo establecido en el presente Pliego, así como en el correspondiente a las Cláusulas Administrativas Particulares, designando a tal efecto un responsable o coordinador que actuará como único interlocutor con Madrid Destino .
Madrid Destino podrá establecer necesidades operativas del servicio, que serán gestionados exclusivamente a través del coordinador designado por la empresa adjudicataria, sin que exista en ningún caso relación de dependencia funcional ni órdenes directas al personal adscrito al servicio.
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La mera presentación de propuestas implica la aceptación sin reservas por parte de los licitadores y en todo caso por el adjudicatario de las condiciones establecidas en los Pliegos que rigen la presente contratación.
## 1.2.- Actividad que desarrolla MADRID DESTINO
La previsión de Actividades Culturales y Campañas indicada a continuación, es orientativa hasta el cierre definitivo de la programación.
- '21 Distritos '
- 'Teatro de Títeres '
- ' Otras Actividades Culturales' u 'Otras Posibles Campañas ': Se trata de otras actividades culturales no señaladas expresamente en el presente procedimiento de contratación, pero que puedan ser programadas dentro de su periodo de vigencia y que MADRID DESTINO, en cumplimiento de su objeto social, lleve a cabo en el periodo de vigencia del contrato. Dichas actividades serán autorizadas por la Dirección General de Programas y Actividades Culturales del Área de Gobierno de Cultura y Deporte del Ayuntamiento de Madrid, y ejecutadas por la Dirección de Producción y Coordinación Técnica de MADRID DESTINO.
Los licitadores en general y el adjudicatario en particular, asumen la circunstancia de que alguna de las Actividades Culturales y Campañas y la programación en 21 Distritos y en Teatro de Títeres finalmente no se lleve a cabo, no pudiendo el adjudicatario en ningún caso solicitar indemnización alguna a MADRID DESTINO.
Madrid Destino podrá reorientar la asignación del presupuesto del contrato entre las distintas actividades previstas, siempre que se incluyan dentro del objeto contractual, del periodo de vigencia y del importe máximo del contrato.
El importe total de los servicios efectivamente ejecutados no podrá superar el importe máximo del contrato.
En caso de variaciones en la programación o incorporación de nuevas actividades culturales dentro del ámbito del contrato, estas se ajustarán a los procedimientos de modificación previstos en la normativa de contratación pública aplicable, sin que ello implique en ningún caso alteración de la naturaleza del contrato.
El Servicio descrito se denominará, en adelante, el 'Servicio', y será ejecutado por la empresa adjudicataria con plena autonomía organizativa, técnica y de gestión , de conformidad con lo establecido en el presente Pliego, así como en el correspondiente a las Cláusulas Administrativas Particulares.
NOTA: Los licitadores deberán indicar en su propuesta, de conformidad con el Anexo de oferta económica correspondiente, el convenio colectivo que resulte de aplicación a las personas trabajadoras adscritas al servicio, a efectos meramente informativos y de planificación económica de la oferta.
Dicha referencia no supondrá en ningún caso injerencia en la organización interna de la empresa adjudicataria ni en las condiciones laborales de su personal, cuya determinación corresponde exclusivamente a la misma conforme a la normativa laboral vigente.
Serán de cuenta del adjudicatario los gastos de traslado y manutención del personal que preste el Servicio, no asumiendo MADRID DESTINO coste alguno por dichos conceptos.
La presentación de propuestas implica la aceptación sin reservas por parte del licitador y en todo caso del adjudicatario, de las condiciones establecidas en los Pliegos que rigen la presente contratación
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## 2.- CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO A REALIZAR
De conformidad con el objeto del presente procedimiento de contratación, que tiene carácter de contrato de servicios de máximos, el importe de adjudicación no constituye una obligación de pago íntegra, abonándose exclusivamente los servicios efectivamente ejecutados, solicitados y prestados durante el periodo de vigencia del contrato, sin que en ningún caso pueda superarse el importe máximo de adjudicación.
La ejecución del servicio se adaptará a la programación de las actividades culturales, incluyendo sus fechas, contenidos, necesidades técnicas, montajes, desmontajes y localización, de acuerdo con la planificación general establecida por Madrid Destino.
La empresa adjudicataria organizará la prestación del servicio con plena autonomía técnica, organizativa y de gestión, adaptando sus recursos humanos y materiales a las necesidades del servicio.
Con una antelación aproximada de quince días, siempre que la naturaleza de la programación lo permita, Madrid Destino comunicará a la empresa adjudicataria el calendario previsto de actividades confirmado por la Dirección Artística correspondiente, a efectos de planificación del servicio.
La empresa adjudicataria será responsable de:
- La organización de los medios humanos necesarios para la correcta prestación del servicio, incluyendo la cobertura de posibles simultaneidades en distintos espacios.
- La adopción de las medidas necesarias en materia de prevención de riesgos laborales, seguridad e higiene, de conformidad con la normativa vigente.
- La dotación a su personal de los equipos de protección individual (EPIs) que resulten legalmente exigibles.
- La planificación de turnos, descansos y organización interna del personal adscrito al servicio.
Los descansos del personal se organizarán por la empresa adjudicataria conforme a la normativa laboral aplicable y a su propia planificación interna, garantizando en todo caso la correcta ejecución del servicio.
En ningún caso corresponderá a Madrid Destino la organización interna del personal de la empresa adjudicataria, ni la gestión de traslados, medios de trabajo o condiciones laborales del mismo.
La empresa adjudicataria deberá garantizar que dispone, desde el inicio del servicio y durante toda la vigencia del contrato, de recursos humanos suficientes para atender adecuadamente las necesidades objeto del servicio, incluyendo posibles simultaneidades en los diferentes espacios donde se pueden realizar.
El personal adscrito al servicio podrá utilizar los medios de comunicación necesarios para realizar una correcta coordinación operativa del servicio, siempre conforme con la organización interna establecida por la empresa adjudicataria.
La comunicación con Madrid Destino se realizará exclusivamente a través de los canales establecidos y en su caso, mediante el coordinador designado por la empresa adjudicataria.
El personal adscrito al servicio deberá conocer y aplicar las medidas de autoprotección y planes de emergencia vigentes en cada espacio donde se desarrolle la actividad, de conformidad con la información facilitada por Madrid Destino.
La formación, implantación y seguimiento operativo de dichas medidas corresponderá a la empresa adjudicataria dentro de su obligación de organización preventiva.
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La empresa adjudicataria será responsable de la detección, gestión y comunicación de las incidencias relacionadas con la ejecución del servicio, conforme a sus propios procedimientos internos de organización y a través de los canales establecidos con Madrid Destino.
## Descripción orientativa del servicio:
El servicio estimado para este contrato en 21 DISTRITOS es el que se detalla a continuación, pudiendo variar en función de las necesidades operativas:
## FUNCIONES:
El personal adscrito al servicio desarrollará, entre otras, las siguientes funciones:
- Supervisión y control del funcionamiento de la sala (zona de público) donde se desarrolle la actividad, y resolución de incidencias.
- La transmisión de demandas e imprevistos de aspectos de técnica y/o producción al responsable designado por Madrid Destino.
- Apoyo en necesidades técnicas e interlocución con artistas antes/durante/después de las actividades.
- Asistencia y acompañamiento a artistas/compañías integrantes de la programación EN LOS CENTROS CULTURALES.
- Supervisión en los montajes y llegadas de artistas y/o talleres.
- Gestión de la reserva de espacio para carga y descarga de las compañías.
- Recepción y acompañamiento de vehículos de artistas para carga/descarga de materiales.
- Supervisión del espacio donde se desarrollen las actividades (escenario, patio de butacas y camerinos), comunicando cualquier incidencia, conforme a sus propios procedimientos internos de organización y a través de los canales establecidos con Madrid Destino y solicitando intervenciones de mantenimiento o limpieza si fuera necesario.
- Realización de hojas de ruta con sus propios medios (documentos de producción e informes de actividades).
- Interlocución Coordinarse con el personal de acomodación para el óptimo desarrollo, control de aforos y cumplimiento de horarios.
- Colaboración en apertura y acondicionamiento de espacios (reparto de cojines, colocación/retirada de valla perimetral, etc.).
- Traslado de materiales de pequeño tamaño (por ejemplo, microfonía).
- Contacto con servicios de mantenimiento o emergencias del parque de El Retiro en caso de avería en las instalaciones o incidencias relacionadas con el parque.
- Coordinación del servicio mediante la figura de un coordinador general que enviará las hojas de ruta a los diferentes coordinadores de espacio en cada una de las campañas y/o actividades culturales.
- Entrega de packs de bienvenida en cada espectáculo.
- Realización de fotografías y videos para difusión en redes sociales.
- Regiduría básica y entrega de audios de comienzo y fin del espectáculo.
- Elaboración de informes de incidencias tras cada actividad.
- Supervisión de montajes, desmontajes y desarrollo de actividades en 21 Distritos, Teatro de Títeres de El Retiro y otros espacios.
- Instalación y control de la existencia de los materiales de comunicación (roll-up, programas, cartelería y otros) relativos a la actividad programada u organizada por 21 Distritos y Teatro de Títeres de El Retiro.
- Velar por el respeto de las normas de comportamiento de los espacios municipales de los diferentes distritos por parte de los asistentes a la actividad.
- Elaboración de informes semanales sobre el desarrollo de la actividad (correcto desarrollo de esta, número de espectadores o participantes, cumplimiento de los horarios pactados, incidencias reseñables, etc.), a petición del equipo de 21 Distritos y de Teatro de Títeres de El Retiro y otras actividades culturales que se puedan realizar durante el período de vigencia del contrato.
- Cualesquiera otras acciones que puedan derivarse de las características del servicio.
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## ASPECTOS COMUNES EN LOS SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO
Todo el personal encargado del servicio deberá contar con AUTONOMÍA, ESPECIALIZACIÓN Y RESPONSABILIDAD.
- Experiencia en gestión de grandes afluencias de público.
- Habilidades de comunicación.
- Capacidad para gestionar situaciones de estés y resolución de conflictos.
- Conforme a su formación y titulación deber ejecutar el servicio con plena autonomía.
- Capacidad y conocimiento para usar los instrumentos y el equipamiento de la actividad que se desarrolla en el proyecto cultural. Pequeño equipamiento audiovisual, sonido e iluminación.
- La adjudicataria organizará al personal técnico especializado en función de la actividad a desarrollar semanalmente teniendo en cuenta las necesidades a cubrir por Madrid Destino de las que se informará adecuadamente a dicho personal técnico.
- Disponibilidad en días sin actividad realizando todas aquellas labores necesarias para el buen desarrollo del objeto del contrato. (Solicitudes de vados, atención a requerimientos de los artistas…) .
## REQUISITOS DEL PERSONAL DEL SERVICIO:
El personal que preste el servicio deberá acreditar experiencia previa en funciones iguales o similares a las solicitadas en el presente procedimiento, con los siguientes requisitos mínimos:
- Conocimientos básicos en:
- o Iluminación
- o Audiovisuales
- o Maquinaria escénica
- o Producción de artes escénicas
- o Montaje de exposiciones de artes plásticas.
- Capacidad para detectar deficiencias en montajes y proponer soluciones.
- Experiencia en entornos culturales (centros culturales, espacios abiertos y ámbitos municipales).
- Conocimiento de la normativa aplicable a espacios culturales.
- Formación académica en disciplinas relacionadas con el objeto del contrato: artes escénicas, plásticas, audiovisuales y/o cualesquiera otras disciplinas inherentes al proyecto.
La empresa adjudicataria deberá garantizar en todo momento que su personal posee el adecuado nivel de formación y capacitación adecuada para desarrollar el servicio. Asegurar que dicho personal se encuentra en óptimas condiciones físicas y psíquicas durante la ejecución del servicio.
En cualquier caso, tanto para 21 DISTRITOS como para TEATRO DE TÍTERES, el personal destinado a prestar el Servicio deberá poseer formación específica acreditada.
La empresa adjudicataria deberá garantizar en todo momento que su personal posee el adecuado nivel de formación y capacitación específica para desarrollar el servicio en óptimas condiciones físicas, psíquicas y de atención al público.
Durante la ejecución del contrato, MADRID DESTINO se reserva el derecho a realizar las labores de comprobación que considere oportunas y/o de exigir cuanta documentación adicional entienda necesaria con la finalidad de comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos.
CAMPAÑAS, LOCALIZACIÓN, PERSONAL Y HORAS NECESARIAS PARA CADA TIPO DE SERVICIO.
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## A. TEATRO DE TÍTERES
1. Lugar prestación del Servicio : Parque de El Retiro, Avda. de Méjico, S/N, 28009 Madrid y en puntuales ocasiones otras instalaciones del Parque del Retiro como la Biblioteca Pública Eugenio Trías o Casa de Vacas.
2. Fecha de prestación del servicio y horarios:
El servicio objeto de contratación se desarrollará desde la firma del contrato y con un plazo de ejecución de 4 meses, contando sábados y domingos y un día previo a la actividad (jueves o viernes) sin perjuicio de las reuniones previas de información y organización a las que Madrid Destino convocará al efecto.
## Horarios de actividad:
- General:
- o Viernes de 09.00 a 16.00 horas
- o Sábados 09.00 a 14.00 horas, domingos 10.00 a 15.00 horas
- o Mayo y junio: de 15.00 a 21.30 horas
- o Julio y agosto: de 15.00 a 23.00 horas
- Junio:
- o Viernes de 09.00 a 16.00 horas de servicio/persona. 7 horas. El horario se adaptará a las necesidades organizativas. Total: 4 viernes.
- o 5 Sábados y 5 domingos de 15.00 a 21.30 horas. 6,30 horas de servicio/persona. 1 función a las 18.30 horas
- Julio:
- o Viernes de 09.00 a 16.00 horas de servicio/persona. 7 horas. El horario se adaptará a las necesidades organizativas. Total: 4 viernes.
- o 4 Sábados y 4 domingos 15.00 a 23.00 horas. 8 horas de servicio/persona. 1 función a las 20.00 horas
- Agosto:
- o Viernes de 09.00 a 16.00 horas de servicio/persona. 7 horas. El horario se adaptará a las necesidades organizativas. Total: 5 viernes.
- o 5 Sábados y 4 domingos 15.00 a 23.00 horas. 8 horas de servicio/persona. 1 función a las 20.00 horas.
- o FIT: 2 talleres en 10 días. De 09.00 a 15.00 horas. 6 horas por servicio/persona.
- o 8 funciones extras: de 15:00 a 24.00 horas. 9 horas por servicio/persona
- Septiembre:
- o Viernes de 09.00 a 16.00 horas de servicio/persona. 7 horas. El horario se adaptará a las necesidades organizativas. Total: 4 viernes.
- o 4 Sábados y 5 domingos 15.00 a 23.00 horas. 8 horas de servicio/persona. 1 función a las 20.00 horas
- o 2 días fin de FIT: de 15.00 a 23.00 horas. 8 horas de servicio/persona. 1 función a las 20.00 horas.
## Servicio Fijo
- ·
- ·
- Meses de mayo y junio
- Sábados y domingos a las 18.30. 1 función por día
- Meses de julio y agosto
- Sábados y domingos a las 20.00. 1 función por día
- Mes de septiembre
- Sábados y domingos a las 18.30. 1 función por día
- Programación extra:
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- Agosto (FIT): 2 Talleres de 5 días de 09.00 a 15.00 horas Funciones extras: 8 días 21:30 horas
- Septiembre: 2 días de finalización del FIT función a las 21.30 horas
Dado que, en la fecha de publicación de la presente contratación en el perfil de contratante, la programación definitiva está pendiente de cerrarse, el horario general de las representaciones y / o espectáculos previstos será comunicado a la mercantil que resulte adjudicataria con carácter previo al comienzo de la prestación del Servicio.
Queda incluida dentro de las condiciones de la presente contratación, cualquier posible alteración del horario de prestación de servicios que se establezca, bien porque surjan nuevos espectáculos con posterioridad, bien porque se sustituyan los ya programados.
3. Horas previstas: Durante la vigencia de la presente contratación Teatro de Títeres 20242025 tiene diseñado una programación que supone una prestación de la atención técnica especializada por un total de quinientas cincuenta (550) horas repartidas en el periodo de la actividad cultural.
4. Equipo/personal: Dado que, en la fecha de publicación de la presente contratación en el perfil de contratante, la programación definitiva está pendiente de cerrarse, se estima que el equipo para la Campaña Teatro de Títeres, estará integrado por dos personas (2) durante el periodo de días que dura la programación.
Los servicios deberán ser prestados por personal con la debida capacitación, en los términos definidos en el presente Pliego.
## B. 21 DISTRITOS
1. Lugar prestación del Servicio : prestación del Servicio de la actividad artística y cultural programadas desde 21 Distritos, tendrán lugar en centros culturales de distrito, espacios urbanos (plazas, parques y otros espacios al aire libre), y tras dependencias municipales (centros de igu aldad, centros socioculturales, bibliotecas, mercados…) de los 21 distritos Madrid, además de los espacios gestionados por Madrid Destino como Circo Price, Conde Duque, etc…)
2. Fecha de prestación del servicio y horarios de actividad:
El servicio objeto de contratación se prestará aproximadamente desarrollará desde la firma del contrato y con un plazo de ejecución de 4 meses. El número de horas máximas se estiman en virtud de las necesidades del servicio.
Sin perjuicio de las reuniones previas de información y organización a las que Madrid Destino convocará al efecto.
Dado que, en la fecha de publicación de la presente contratación en el perfil de contratante, la programación definitiva está pendiente de cerrarse, el lugar donde se prestará y el horario general de las representaciones y / o espectáculos previstos será comunicado a la mercantil que resulte adjudicataria con carácter previo al comienzo de la prestación del Servicio.
Queda incluida dentro de las condiciones de la presente contratación, cualquier posible alteración del horario de prestación de servicios que se establezca, bien porque surjan nuevos espectáculos con posterioridad, bien porque se sustituyan los ya programados.
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3. Horas previstas: Durante la vigencia de la presente contratación, y sin saber el diseño de una programación estimamos, en base al consumo real de años anteriores, que supondrá una prestación mínima de:
2. o Mil doscientas cincuenta (1.250) horas del servicio de atención Técnica Especializada repartidas entre los días en que se celebra la actividad.
Los horarios aproximados son de siete (7) horas diarias, en horario de tarde (aproximadamente de 15:00 a 23:00 h). Este horario es orientativo, las jornadas se pueden prolongar hasta más tarde en horario nocturno.
Si la programación lo requiere, es posible que en un máximo de cuarenta (40) actividades, se requieran de jornadas partidas de mañana y tarde.
Habitualmente las jornadas de trabajo serán de viernes a domingo.
4. Equipo /personal: Se estima que el equipo para la actividad cultural '21 Distritos', estará integrado como mínimo por dos (2) personas y máximo entre seis y siete (6 ó 7) personas como máximo dentro del periodo de tiempo de la duración de esta actividad.
Los servicios deberán ser prestados por personal con la debida capacitación, en los términos definidos en el presente Pliego.
## C. OTRAS ACTIVIDADES CULTURALES U OTRAS POSIBLES CAMPAÑAS
Se trata de otras actividades culturales no señaladas expresamente en el presente procedimiento de contratación, pero que puedan ser programadas dentro de su periodo de vigencia y que MADRID DESTINO, en cumplimiento de su objeto social , lleve en el periodo de vigencia del contrato . Dichas actividades, al igual que las anteriormente señaladas, serán autorizadas por la Dirección General de Programas y Actividades Culturales del Área de Gobierno de Cultura y Deporte del Ayuntamiento de Madrid, y gestionadas y ejecutadas por la Dirección de Producción y Coordinación Técnica de MADRID DESTINO.
Horas previstas: Durante la vigencia de la presente contratación, y sin saber el diseño de una programación estimamos que supondrá una prestación mínima de:
Cien (100) horas del servicio de Técnico Especialista .
## 3.- SUSTITUCIONES
En caso de bajas, accidentes, periodos de descanso del personal etc., la empresa adjudicataria deberá reemplazar al personal garantizando la prestación del servicio contratado, en un plazo máximo de 24 horas.
La solicitud de sustitución del personal se dirigirá a la empresa adjudicataria que adoptará las decisiones oportunas en el ejercicio de su poder de dirección.
La empresa adjudicataria deberá proceder a la sustitución del personal en el supuesto de que éste no cumpliera su función con la debida diligencia y eficiencia, no estuviese capacitado, no cumpliera las normas generales de operatividad impartidas por el Centro o fuese poco cuidadoso en el desempeño de los servicios, en un plazo máximo de 24 horas desde el requerimiento por el interlocutor de MADRID DESTINO.
Para la correcta prestación del servicio en todos sus ámbitos, la empresa adjudicataria garantizará que el personal sustituto cuenta con la categoría y especialización que resulte necesaria.
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En todos los supuestos, la sustitución deberá efectuarse en el plazo máximo de veinticuatro (24) horas, sin perjuicio de la reducción objeto de valoración de conformidad con el Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. La sustitución del personal no implicará responsabilidad alguna para Madrid Destino respecto de las relaciones de la empresa adjudicataria con el personal afectado.
## 3.2. UNIFORMIDAD
La empresa adjudicataria aportará los medios materiales necesarios para le ejecución del contrato.
Uniforme masculino y femenino: todos los trabajadores han de ir uniformados y acorde con la actividad y el centro donde se celebre la misma, compuesto principalmente de pantalón largo y camisa/camiseta (previamente aprobado por Madrid Destino y su color se precisará con el equipo de producción ) ( uno de verano y uno de invierno ) Calcetines negros, calzado cómodo y con suela antideslizante. Chaquetón de color oscuro de exterior para uso en temporada de frío.
La aprobación de uniformidad por parte de Madrid Destino tendrá carácter exclusivamente estético y no implicará relación de dependencia ni facultad de dirección sobre el personal
En ningún caso los uniformes podrán vulnerar los derechos de imagen de una mujer a fin de evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas.
La empresa adjudicataria se compromete a que el personal que preste el Servicio esté correctamente uniformado conforme a la siguiente uniformidad, que será a cargo de la empresa adjudicataria.
MADRID DESTINO se reserva la posibilidad de diseñar unos uniformes propios durante la vigencia del contrato, que serán de cuenta del adjudicatario. Sin perjuicio de que Madrid Destino, entregue a cada uno de los operarios algún distintivo propio de la campaña que complemente el uniforme (camiseta con la imagen de la actividad cultural/campaña, complemento decorativo como una flor etc..) que en este caso correrán a cargo de Madrid Destino.
Sera obligatorio el contratista provea y vele por su uso de los EPIS.
## 3.3. EQUIPO HUMANO
La empresa adjudicataria aportará una organización empresarial propia, asumiendo el riesgo y ventura de la actividad, así como la planificación, dirección y control del personal que realice el servicio.
La adjudicataria deberá presentar al inicio del servicio de cada actividad el esquema del servicio a realizar indicando los puestos que serán desempeñados por su personal.
El contratista estará obligado a informar sobre las variaciones del servicio prestado. Dichas variaciones deberán estar previamente aprobadas por MADRID DESTINO.
El adjudicatario se compromete a adoptar todas aquellas medidas que considere necesarias para que su personal cumpla los siguientes requisitos:
- Realizar su actividad con máxima diligencia y corrección, con una plantilla adecuada para la calidad de servicio.
- El personal del adjudicatario atenderá a las normas y controles de seguridad establecidos en cada evento. Deberán conocer del Plan de Autoprotección del Centro, protocolo y salidas de emergencia, con el fin de participar en la evacuación de público asistente, si fuera necesario.
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- El personal que preste los servicios objeto de este Pliego deberá ir correctamente uniformado de acuerdo con el periodo estacional. El modelo de uniformidad será aprobado MADRID DESTINO, por cuenta de la adjudicataria, en un periodo no superior de 15 días a contar desde la firma de contrato.
- El personal deberá respetar las normas de conducta, tales como no beber, fumar o comer, como mantener conversaciones fuera de las necesidades del servicio prestado. El personal será educado y formal con el cliente, usuarios, y público, independiente de la aptitud de éstos.
- Durante el servicio no estará permitido hacer corros de personal debiendo cada auxiliar mantener la posición asignada hasta el término de la prestación del servicio
- En relación con la aplicación de los Planes de Autoprotección o medidas de emergencia del centro, se estará a lo previsto en el Apartado 6 del presente pliego.
## 3.4. FORMACIÓN Y EXPERIENCIA
La empresa adjudicataria deberá garantizar en todo momento que su personal posee el adecuado nivel de formación y capacitación específico para desarrollar el servicio en óptimas condiciones físicas, psíquicas y de atención al público.
El personal deberá cumplir, como mínimo, los siguientes requisitos funcionales:
- Formación acreditada o experiencia equivalente en atención directa en equipamientos de cultura de proximidad y/o proyectos socioculturales.
- Experiencia en el ámbito de equipamientos culturales y en la organización o apoyo a espectáculos de artes escénicas y/o artes plásticas.
- Conocimientos y habilidades técnicas suficientes para el manejo de los medios y recursos necesarios para el desarrollo del servicio.
- Experiencia en entornos culturales, tales como centros culturales de distrito, espacios al aire libre o equipamientos municipales.
- Conocimiento de la normativa aplicable a espacios culturales y a la naturaleza del servicio.
El adjudicatario deberá acreditar el cumplimiento de estos requisitos mediante la documentación que sea solicitada, con carácter previo al inicio de la ejecución del contrato y durante su desarrollo.
La ejecución de estas tareas se realizará bajo la organización, dirección y control exclusivo de la empresa adjudicataria, sin perjuicio de las funciones de supervisión y verificación del correcto cumplimiento del contrato por parte de MADRID DESTINO, limitadas en todo caso al resultado del servicio.
## 3.5. INTERLOCUCIÓN
Para la prestación del servicio en los espacios culturales, el adjudicatario designará a la persona que actuará como interlocutor, encargándose de la coordinación del personal ofertado, elaboración de cuadrantes y de la supervisión de la prestación del Servicio, canalizando la información relativa al mismo, así como del asesoramiento a efectos de una mayor eficacia en su prestación.
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En ningún caso, la designación de dicho interlocutor supondrá coste adicional alguno para MADRID DESTINO.
En este sentido, el adjudicatario se compromete a facilitar la identidad de este interlocutor, juntamente con los datos necesarios para su fácil localización, especialmente número de teléfono móvil y correo electrónico, antes del comienzo de la prestación del Servicio.
Este interlocutor deberá estar fácilmente localizable no sólo de lunes a viernes sino los fines de semana y festivos, para poder atender los imprevistos que se produzcan durante la prestación del Servicio.
El interlocutor deberá mantener una comunicación fluida con su personal respecto a cualquier tema directamente relacionado con la prestación del servicio, y además de personarse en los espacios cuando expresamente sea requerido, deberá en todo caso emitir un parte con las incidencias que, en su caso, hubieran podido existir en la prestación del Servicio.
En caso de que el personal que el adjudicatario disponga para el Servicio, no tenga suficientes aptitudes y formación para el correcto desarrollo del Servicio, el adjudicatario tendrá que asumir, sin coste para MADRID DESTINO, el extra de personal necesario que garantice la correcta prestación del Servicio.
El adjudicatario se compromete a comunicar las horas consumidas al finalizar al finalizar cada una de las campañas, adaptándose éstas al conforme entre MADRID DESTINO y la empresa.
Las necesidades se trasladarán con una semana de antelación. En caso de cancelación del servicio, si este se comunica con menos de 24 horas de anterioridad a la hora de inicio de la prestación solicitada se abonarán los servicios solicitados y cancelados. En caso de que la cancelación se realice antes de 24 horas no dará lugar al abono de estas.
## 3.6 EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El control de la prestación del Servicio corresponde al Responsable del Contrato, que se denominará el 'Responsable del contrato'. El responsable del contrato de MADRID DESTINO supervisará y controlará la ejecución de los servicios objeto de contratación, junto con el interlocutor designado por el adjudicatario, dando en su caso la conformidad a su recepción de acuerdo con lo establecido en las presentes prescripciones.
El responsable del contrato podrá designar así mismo un responsable del servicio, para cada una de las actividades objeto del contrato.
Es obligación del adjudicatario informar al responsable del contrato acerca de la ejecución del servicio cuando éste lo solicite y, en todo caso, en aquellos supuestos en los que se produzca alguna incidencia.
El adjudicatario adaptará la prestación del servicio conforme a las necesidades indicadas por Madrid Destino, organizando autónomamente los medios humanos y materiales necesarios para su ejecución.
El /los Responsable/s del servicio para cada una de las campañas comprobarán periódicamente la buena marcha de la prestación del Servicio en su centro, informando por escrito a MADRID DESTINO del incumplimiento del horario y de las prestaciones establecidas en el contrato, así como de las deficiencias observadas o cualquier otra circunstancia similar, remitiéndose dicha queja desde MADRID DESTINO al adjudicatario.
Las facultades de supervisión de Madrid Destino se limitarán a la comprobación del correcto resultado del servicio contratado, sin intervenir en la organización, dirección o control del personal del adjudicatario.
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Si se verificara la defectuosa prestación del Servicio, MADRID DESTINO procederá a efectuar la correspondiente deducción en la liquidación de la factura del mes en que se haya producido o, en su caso, en la del siguiente período de facturación, teniendo en cuenta a estos efectos el número de horas y de semanas en que aquel no se realizase o se realizara defectuosamente. Dicha valoración se comunicará por escrito a la empresa adjudicataria a fin de que proceda a efectuar tal deducción de la factura del mes que corresponda o, en su caso, en la del siguiente para una vez debidamente conformada continuar su tramitación ordinaria.
Igualmente se aplicarán estas deducciones en cualesquiera otros supuestos en que el servicio no se preste, o se preste de manera incompleta o defectuosa, al margen de las sanciones que pudieran corresponder.
Si las deficiencias en la prestación del servicio fueran reiteradas y/o graves, MADRID DESTINO podrá acordar la resolución del contrato.
En caso de accidente o perjuicio de cualquier género ocurrido al personal con ocasión del ejercicio de sus trabajos, la empresa adjudicataria cumplirá lo dispuesto en las normas vigentes bajo su responsabilidad, sin que ésta alcance, en modo alguno, a MADRID DESTINO.
Los Responsables del servicio podrá solicitar al adjudicatario la sustitución de cualquier miembro de su personal asignado para la prestación del Servicio en el Centro, cuando se estime que su actuación no es satisfactoria. Recibida por escrito dicha petición, el adjudicatario deberá realizar, en un plazo no superior a veinticuatro horas, (24 horas), pudiendo valorarse la reducción de dicha sustitución la sustitución solicitada, sin que esta circunstancia implique gasto adicional alguno para MADRID DESTINO. Todo ello sin perjuicio de las acciones legales que pudieran corresponder por la actuación de la persona sustituida.
## 3.7 PERSONAL ADSCRITO AL SERVICIO
El personal contratado por el adjudicatario dependerá única y exclusivamente del mismo, quien ejercerá en todo momento las facultades de dirección, organización y control respecto de dicho personal, asumiendo todos los derechos y obligaciones respecto al citado personal sin que en ningún caso resulte responsable MADRID DESTINO de las obligaciones existentes entre ellos.
En ningún caso el personal del adjudicatario recibirá órdenes directas del personal de Madrid Destino, debiendo realizarse cualquier instrucción relativa a la prestación del servicio exclusivamente a través del interlocutor designado por la empresa adjudicataria.
El adjudicatario organizará autónomamente los medios personales y materiales necesarios para la correcta ejecución del contrato, asumiendo el riesgo y ventura de la actividad.
El adjudicatario de la prestación cumplirá en todos sus ámbitos con la normativa vigente en materia laboral y de Seguridad Social, incluyendo la normativa sobre prevención de riesgos laborales establecida en el presente Pliego.
A la extinción del contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato, como personal del ente, organismo o entidad del sector público contratante.
El adjudicatario se compromete a tener asegurados a todos sus trabajadores que realicen el servicio, cubriendo incluso la responsabilidad civil que cualquier accidente que pudiera ocasionar, así como dotarles de todos los medios materiales referidos a Seguridad y Salud Laboral que ordena la legislación vigente.
El adjudicatario deberá acreditar, mediante declaración responsable, la afiliación y el alta en la Seguridad Social de las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato. Para la acreditación del cumplimiento de esta obligación, la entidad adjudicataria aportará una declaración responsable al efecto, al inicio del contrato , en la que se señale que las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del mismo se encuentran afiliadas y dadas de alta en la Seguridad Social.
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El adjudicatario garantizará que su personal dispone de la formación, cualificación y aptitudes necesarias para el adecuado desempeño de sus funciones, así como que se encuentra en condiciones físicas y psíquicas adecuadas durante la prestación del servicio.
El adjudicatario asignará en cada momento el personal que resulte necesario en función de su categoría y especialización, con plena autonomía organizativa.
El personal que preste el servicio llevará el distintivo correspondiente a la empresa adjudicataria, sin que pueda utilizar distintivos propios de MADRID DESTINO que puedan inducir a confusión sobre su dependencia laboral.
En ningún caso el personal podrá aceptar propinas del público asistente, pudiendo MADRID DESTINO comunicar al adjudicatario cualquier incidencia a efectos de que éste adopte las medidas oportunas en el ejercicio de su poder de dirección.
## 4.- HUELGA LEGAL
En el eventual supuesto de huelga legal en el sector al que pertenezcan los empleados adscritos a este Servicio, la empresa adjudicataria deberá informar con la antelación necesaria a MADRID DESTINO por escrito, sobre las incidencias previstas y el desarrollo de la misma, así como de las medidas organizativas adoptadas para garantizar, en su caso, los servicios mínimos que correspondan.
Una vez finalizada la huelga, el adjudicatario, deberá presentar un informe en el plazo máximo de 5 días, con el detalle de los servicios efectivamente prestados, los servicios mínimos garantizados y el número de horas no prestadas, que deberá contar con la validación del responsable del contrato.
MADRID DESTINO, podrá verificar, a través del responsable del contrato, el grado de cumplimiento de los servicios contratados, así como las incidencias producidas, a efectos exclusivamente de control de ejecución del contrato y, en su caso, de las deducciones correspondientes.
Una vez verificada la prestación del Servicio, se comunicará por escrito al adjudicatario a fin de que proceda a efectuar tal deducción de la factura del mes que corresponda o, en su caso, en la del siguiente para que, una vez conformada por MADRID DESTINO, continúe su tramitación ordinaria.
Estas deducciones serán igualmente aplicables en cualesquiera otros supuestos en los que el servicio no se preste total o parcialmente conforme a lo establecido en el contrato.
## 5. RESPONSABILIDAD
El adjudicatario será responsable de todos los daños y perjuicios directos e indirectos que se causen a terceros y/o al personal de MADRID DESTINO, incluido el lucro cesante y el daño emergente, como consecuencia de su culpa o negligencia y/o de las personas que, bajo su dependencia, o por su cuenta, intervengan en la ejecución material de la presente contratación.
Asimismo, el adjudicatario responderá del importe de todos los desperfectos ocasionados por culpa o negligencia imputable a la misma y/o al personal por cuenta de la misma y/o bajo su responsabilidad, a los espacios o lugares donde el servicio sea prestado.
La empresa adjudicataria deberá adoptar las medidas necesarias de organización, coordinación y prevención que resulten para evitar que de la ejecución del contrato puedan derivarse daños al personal de MADRID DESTINO, a los empleados municipales y a los ciudadanos en general.
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## 6.- PARTICIPACIÓN EN LOS PLANES DE EVACUACIÓN Y EMERGENCIA
El adjudicatario se compromete a que el personal que preste el servicio, cuando así resulte necesario conforme a los Planes de Autoprotección o normativa de aplicación, participe en los de equipos de emergencia, exclusivamente a efectos de formación, coordinación operativa y actuación en situaciones de emergencia, sin que ello suponga en ningún caso integración laboral u organizativa en la estructura de Madrid Destino ni dependencia funcional distinta de la propia empresa adjudicataria.
El personal dispondrá de la formación específica de prevención de riesgos laborales y en materia de protección contra incendios, necesaria para su correcta participación en los planes de emergencia de los espacios o centros donde se preste el servicio.
El adjudicatario deberá acreditar y mantener actualizada la formación del personal que preste el servicio, pudiendo MADRID DESTINO requerir en cualquier otro momento al adjudicatario, la presentación y actualización de dicha documentación.
## 7.- CLÁUSULAS SOCIALES
De conformidad con lo establecido en el Decreto de 19 de enero de 2016 del Delegado de Gobierno de Economía y Hacienda por el que se aprueba la Instrucción 1/2016, relativa a la incorporación de cláusulas sociales en los contratos celebrados por el Ayuntamiento de Madrid, sus organismos autónomos y entidades del sector público municipal, serán de obligado cumplimiento por el adjudicatario las cláusulas sociales establecidas en el presente pliego y que se relacionan a continuación.
El incumplimiento de las mismas generará la imposición de penalidades de conformidad con en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, (Apartado 22 del Anexo I).
1.- El adjudicatario del contrato estará obligado a que los bienes o servicios objeto del contrato hayan sido producidos o se desarrollen respetando las normas sociolaborales vigentes en España y en la Unión Europea o de la Organización Internacional del Trabajo .
En el cumplimiento del presente contrato se tendrá en cuenta lo establecido en la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con diversidad funcional, así como los criterios de accesibilidad universal y de diseño universal o diseño para todas las personas, tal como son definidos estos términos en el TRLGDPD.
Para su acreditación será necesaria una declaración responsable de la empresa.
2.- En toda documentación, publicidad, imagen o materiales especiales que, en su caso, deban aportar los licitadores o que sean necesarios para la ejecución del contrato, deberán hacerse un uso no sexista del lenguaje , evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad y la corresponsabilidad.
Corresponderá a la persona responsable del contrato la comprobación del cumplimiento de esta obligación, a cuyo fin llevará a cabo la revisión de la cartelería y documentación, así como de cualquier otro soporte que garantice en cumplimiento de esta obligación.
## 3. En materia de seguridad y salud laboral:
## Adopción de las medidas prevista en materia de seguridad y salud en el trabajo:
La empresa adjudicataria tiene la obligación de adoptar las medidas de seguridad y salud en el trabajo que sean obligatoria para prevenir de manera rigurosa los riesgos que puedan afectar a la vida, integridad y salud de las personas trabajadoras.
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Asimismo, deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones siguientes:
- o La evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva correspondiente a la actividad contratada.
- o La formación e información en materia preventiva a las personas adscritas a la ejecución del contrato.
- o El justificante de la entrega de equipos de protección individual que, en su caso sean necesarios.
De conformidad con lo anterior, el adjudicatario está obligado a respetar y cumplir la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales y en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero. Igualmente es de aplicación el Real Decreto 773/1997, 30 de mayo sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual, así como el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, de coordinación de actividades empresariales, y toda aquella normativa que sea de aplicación y/o se promulgue durante la vigencia del presente procedimiento de contratación.
## 4. En materia de empleo :
Afiliación y alta en la Seguridad Social de las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato, así como de todas las sucesivas incorporaciones que puedan producirse.
El adjudicatario se compromete a tener asegurados a todos sus trabajadores que realicen el servicio, cubriendo incluso la responsabilidad civil que cualquier accidente pudiera ocasionar, así como dotar a las personas que ejecuten el suministro de todos los medios materiales referido a Seguridad y Salud Laboral que ordena la legislación vigente.
El adjudicatario deberá acreditar, mediante declaración responsable, la afiliación y el alta en la Seguridad Social de las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato. Esta obligación se extenderá a todo el personal subcontratado por la entidad adjudicataria principal, destinado a la ejecución del contrato. Para la acreditación del cumplimiento de esta obligación, la entidad adjudicataria aportará una declaración responsable al efecto, al inicio del contrato, en la que se señale que las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del mismo se encuentran afiliadas y dadas de alta en la Seguridad Social.
En todo caso, el responsable del contrato o en su caso el órgano de contratación podrá solicitar, cuando lo considere oportuno, la aportación de la documentación que acredite el contenido de la declaración responsable. En concreto y como mínimo, podrá efectuar la comprobación de las condiciones laborales durante el periodo de ejecución del contrato , exigida como condición especial de ejecución en el apartado 22 del Anexo al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
En caso de accidente o perjuicio de cualquier género ocurrido al personal con ocasión del ejercicio de sus trabajos, la empresa adjudicataria cumplirá lo dispuesto en las normas vigentes bajo su responsabilidad, sin que ésta alcance, en modo alguno, a MADRID DESTINO.
El personal contratado por el adjudicatario dependerá única y exclusivamente del mismo, el cual tendrá todos los derechos y obligaciones respecto al citado personal sin que en ningún caso resulte responsable MADRID DESTINO de las obligaciones existentes entre ellos.
El adjudicatario de la prestación cumplirá en todos sus ámbitos con la normativa vigente en materia laboral y de Seguridad Social, incluyendo la normativa sobre prevención de riesgos laborales establecida en el presente Pliego.
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No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y MADRID DESTINO, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributaria, teniendo la empresa adjudicataria a todos los efectos la condición de empresario, y ello con independencia de las facultades de control e inspección que legal y/o contractualmente correspondan a MADRID DESTINO, limitándose exclusivamente a la verificación del cumplimiento del objeto del contrato, sin intervención en la organización, dirección o gestión del personal de la empresa adjudicataria.
A la extinción de los contratos de servicios, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como el personal del ente, organismo o entidad del sector público contratante.
- Junto con lo anterior y como CONDICIÓN ESPECIAL DE EJECUCIÓN, se establecen las INDICADAS EN EL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES, APARTADO 16.
El contratista se hace expresamente responsable de garantizar el cumplimiento de toda la normativa vigente aplicable al objeto de este contrato. También será responsable de dar constancia por escrito, en su caso, de cuantos incumplimientos de dicha normativa observará en la ejecución del servicio.
Se deberá tener en cuenta como referencia normativa para la determinación de las condiciones especiales de ejecución vinculadas con las cláusulas sociales las siguientes disposiciones legales:
- En relación con el ámbito de la igualdad, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
- En el ámbito de la accesibilidad e inclusión social de personas con discapacidad, el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
- En el ámbito de la inclusión social, la Ley 44/2007 de 13 de diciembre, de empresas de inserción.
- En el ámbito del fomento del empleo, la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral y el Real Decreto Ley 1/2011, de 11 de febrero, de medidas urgentes para promover la transición a un empleo estable y la recualificación profesional de las personas desempleadas.
- En el ámbito de la formación, la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, así como el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de empleo.
## 8.- CONTROL DE EJECUCIÓN DE LAS CLÁUSULAS SOCIALES
El responsable del contrato supervisará el cumplimiento de las obligaciones que en relación a las cláusulas sociales impuestas a la empresa adjudicataria en el presente Pliego y en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, así como las que se deriven de la legislación social y laboral vigente, limitándose dicha supervisión a la verificación del cumplimiento del objeto contractual, sin que en ningún caso pueda implicar intervención en la organización, dirección o gestión del personal de la empresa adjudicataria.
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Con carácter previo a la finalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá presentar un informe relativo al cumplimiento de las obligaciones sociales que le fueran exigibles legal o contractualmente.
El incumplimiento de las mismas generará la imposición de penalidades de conformidad con en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, (Apartado 22 Anexo I).
En Madrid,
MADRID DESTINO
Conforme:
Responsable del contrato Javier Fernández Díaz - Guevara. Subdirector de Actividades Culturales Dirección de Producción y Coordinación Técnica
El Adjudicatario
Órgano de contratación D. Oscar Amigo Altisent, Director de Producción y Coordinación Técnica