M-07-2026 PCAP.pdf

Pliego / Legal Ver licitación
{# full_text keeps real newlines; whitespace-pre-wrap renders them (so no |linebreaks filter, which would double the spacing). #}
<!-- image --> Residuos de Melilla, S.A.M.P. ## PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA EL SERVICIO DE REVISIONES Y REPARACIONES MECÁNICAS DURANTE PARADA ANUAL DE LA PLANTA DE VALORIZACIÓN ENERGÉTICA DE RESIDUOS DE MELILLA Expediente M-07-2026 <!-- image --> ## 1. OBJETO Y RÉGIMEN JURÍDICO 1.1. El presente pliego tiene por objeto la licitación y adjudicación del contrato denominado ' SERVICIO DE REVISIONES Y REPARACIONES MECÁNICAS DURANTE PARADA ANUAL DE LA PLANTA DE VALORIZACIÓN ENERGÉTICA DE RESIDUOS DE MELILLA ' , con arreglo a las características que figuran en el Pliego de Prescripciones Técnicas (' PPT ') y en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (' PCAP ') . La codificación correspondiente a la nomenclatura del Vocabulario Común de Contratos (CPV) es la siguiente: 50530000-9 Servicios de reparación y mantenimiento de maquinaria 1.2. El PCAP, el PPT, y demás documentos anexos, revestirán carácter contractual, ajustándose el contrato al contenido de los mismos, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante del contrato. Lo mismo ocurrirá con la oferta que resulte adjudicataria y los posibles documentos anexos a dicha oferta (la cual nunca podrá contravenir el clausulado de los Pliegos). El desconocimiento de los mismos, así como del contrato, sus anexos y/o disposiciones aplicables al mismo que puedan resultar de aplicación, tanto al procedimiento de licitación como a la ejecución del contrato, no eximirá a los licitadores y/o al contratista de la obligación de su cumplimiento. 1.3. Dada la naturaleza jurídica de la sociedad RESIDUOS DE MELILLA, S.A.M.P. (en adelante, ' REMESA ' o la Sociedad), el contrato tiene naturaleza privada, con arreglo a lo previsto en los artículos 3 y 26 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (' LCSP '). 1.4. El contrato se regirá, en cuanto a su preparación y adjudicación, por lo dispuesto en este Pliego, por las Instrucciones Internas en materia de contratación de REMESA aprobadas por su Consejo de Administración que se encuentran publicadas en el Perfil del Contratante de la Sociedad, así como por las restantes normas de derecho privado que resulten de aplicación con carácter subsidiario. Los efectos, modificación y extinción del contrato, se regirán por las normas de derecho privado aplicables. 1.5. Queda excluida y prohibida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores. 1.6. Los plazos indicados en el presente Pliego y, en su caso, en el PPT se entenderán referidos a días naturales salvo que se señale que los mismos se computarán como días hábiles. ## 2. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. 2.1. El órgano de contratación será el Comité de contratación de REMESA. 2.2. El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. <!-- image --> - 2.3. Asimismo, podrá requerir cuantos informes externos o internos considere necesarios para el ejercicio de sus funciones en general y, para la tramitación del procedimiento de contratación en particular. ## 3. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, VALOR ESTIMADO, EXISTENCIA DE CRÉDITO, IMPUESTOS Y REVISION DE PRECIOS. - 3.1. Existe el crédito preciso para atender las obligaciones económicas que se deriven del presente Pliego, con cargo a los Presupuestos Generales de REMESA. - 3.2. El valor estimado del contrato se cifra en 187.420,00 € (impuestos no incluidos) , desglosándose en los conceptos detallados a continuación: - 3.3. El presupuesto base de licitación coincide con el valor estimado del contrato y asciende a 194.916,80 € (impuestos incluidos) . Este importe será el que los licitadores tendrán que tomar en consideración como límite máximo a la hora de formular su proposición económica, indicando el importe del IPSI como partida independiente. - 3.4. El precio del contrato será la cantidad ofertada por el licitador que resulte adjudicatario del contrato, y en el mismo se considerarán incluidos los tributos, tasas y cánones de cualquier índole, que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente Pliego, gastos generales y beneficio industrial, salvo aquellos que se adviertan expresamente. - 3.5. Deberán tener presente el régimen económico y fiscal diferenciado de la Ciudad de Melilla, de la no aplicación del IVA y de la aplicación, en su caso, del impuesto local IPSI por la prestación de los servicios realizados, a tal fin los licitadores no establecidos en la Ciudad de Melilla estarán a lo dispuesto en el artículo 12 apartados 1 y 2, de la Ley 8/1991 que establece que "… en las prestaciones de servicios realizadas por empresarios o profesionales que no están establecidos en el territorio de aplicación del impuesto y cuyos destinatarios sean empresarios o profesionales establecidos en dicho territorio, será sujeto pasivo el destinatario de dichas operaciones '. - 3.6. El precio del contrato será el recogido en la oferta que resulte adjudicataria, sin que aquél pueda ser objeto de revisión, dado que según lo establecido en la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española no existirá para este contrato revisión de precios por estimar que para el periodo contratado es fácilmente previsible y calculable la evolución de los costes empresariales. | Descripción | Valor estimado del contrato (impuestos no incluidos) | Impuestos (4% IPSI) | Valor estimado del contrato (impuestos incluidos) | |-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------|-----------------------|-----------------------------------------------------| | Servicio de revisiones y reparaciones mecánicas durante parada anual de la Planta de Valorización Energética de Residuos de Melilla | 187.420,00 € | 7.496,80 € | 194.916,80 € | | Total: | 187.420,00 € | 7.496,80 € | 194.916,80 € | <!-- image --> ## 4. PLAZO DE EJECUCIÓN. 4.1. El plazo de ejecución del contrato será de veintiún (21) días naturales , a realizar durante el periodo de parada anual de planta prevista para mayo de 2026. Las fechas concretas de inicio del servicio serán comunicadas por REMESA al Adjudicatario con al menos dos semanas de antelación, a partir de la fecha de adjudicación del contrato. 4.2. En caso de que por motivos sobrevenidos y achacables a REMESA se produjera algún retraso en las fechas previstas de parada anual, las fechas concretas de la parada y de ejecución del servicio serán comunicadas por REMESA al Adjudicatario con al menos tres semanas de antelación al inicio de la misma. - 4.3. El contrato no podrá ser prorrogado. ## 5. CAPACIDAD Y SOLVENCIA DEL OPERADOR JURÍDICO PARA CONTRATAR. ## 5.1. EMPRESAS PROPONENTES. - Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 71 de la LCSP, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Para las empresas no comunitarias, comunitarias y uniones de empresarios, se estará a lo dispuesto en los artículos 66, 67 y 69 de la LCSP, respectivamente. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar. No podrán concurrir a la licitación aquellas sociedades o técnicos que, en su caso, hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante una unión temporal, siempre que dicha participación pueda provocar eventuales restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado respecto al resto de operadores económicos o licitadores. <!-- image --> ## 5.2. CAPACIDAD Y HABILITACIÓN EMPRESARIAL La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. En el caso de que se actué por representación, poder de representación bastante que será determinado por el propio secretario del Consejo de Administración de REMESA, o bien por autoridad administrativa competente. En el supuesto de concurrir un empresario individual acompañará el Documento Nacional de Identidad y, en su caso, la escritura de apoderamiento debidamente legalizada o sus fotocopias debidamente autenticadas. En cuanto a las empresas no españolas de estados miembros de la Unión Europea, tendrán capacidad para contratar aquéllas que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito. La capacidad de las mismas se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con lo establecido en el anexo I.3 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Los demás empresarios extranjeros deberán justificar mediante informe, en la forma recogida en el artículo 68 de la LCSP, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 de la LCSP, en forma sustancialmente análoga. La acreditación de su capacidad de obrar se instrumentará a través de informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Las empresas licitadoras deben cumplir los requisitos capacidad y habilitación empresarial . En primera instancia mediante aportación de una declaración responsable (HOJA A1) , y en caso de adjudicación mediante los documentos acreditativos. <!-- image --> En todo caso, el órgano de contratación podrá solicitar en cualquier momento anterior a la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten la documentación acreditativa. ## 5.3. REQUISITOS DE SOLVENCIA. - Para celebrar contratos, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica, financiera y profesional o técnica. El Comité de contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados, o requerirle para la presentación de otros complementarios, si así lo estimase oportuno. Sin perjuicio de lo anterior, deberán acreditar: ## Solvencia técnica o profesional - Los licitadores deberán aportar experiencia demostrable aportando al menos tres (3) certificados de conformidad expedidos por clientes que acrediten la realización de tres servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del presente contrato efectuados durante paradas de mantenimiento de plantas incineradoras de residuos sólidos urbanos, plantas de generación eléctrica, centrales térmicas, centrales de ciclo combinado, petroquímicas, acerías o refinerías, ejecutadas dentro de los tres últimos años y por importe igual o superior, en cada una de las referencias, al 50% del valor estimado del presente contrato. Los certificados deberán indicar importe, fechas, destinatario de los trabajos, y descripción del servicio realizado exponiendo en que ha consistido, y deberán ser expedidos o visados por órgano o persona competente del cliente. - Declaración responsable firmada de que la empresa ofertante posee una estructura organizativa y medios humanos competentes para cumplir con los requerimientos del servicio a contratar, tanto en lo que respecta a la dirección, organización y soporte técnico, como a la ejecución y supervisión de los trabajos. A la declaración responsable se adjuntarán los CV profesionales al menos del responsable técnico del contrato y del técnico superior de prevención de riesgos vinculados al contrato, así como del jefe de equipo supervisor directo de los trabajos. Los CVs deberán incluir la formación y experiencia de los técnicos para los trabajos objeto del contrato. - Relación indicando las instalaciones, taller, maquinaria y herramientas con las que el licitador dispondrá en Melilla y que empleará de apoyo para la prestación del servicio. - Aportación de certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que la empresa está certificada en los sistemas de gestión de calidad ISO 9001 o equivalente , en actividades directamente relacionadas con las que son objeto del presente contrato. ## Solvencia económica o financiera Será requisito indispensable para poder ofertar: - Que el volumen anual de negocio referido al mejor ejercicio dentro de los tres (3) últimos años, haya sido igual o superior a una vez y media el valor estimado de este contrato mediante la presentación de, las cuentas anuales inscritas en el Registro Mercantil correspondiente, o los modelos de Impuesto sobre Sociedades presentados en la Agencia Tributaria correspondiente, de los tres últimos años. <!-- image --> Las empresas licitadoras deben cumplir los requisitos solvencia técnica y económica . En primera instancia mediante aportación de una declaración responsable (HOJA A1) , y en caso de adjudicación mediante los documentos acreditativos definidos en el presente capítulo. En todo caso, el órgano de contratación podrá solicitar en cualquier momento anterior a la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten la documentación acreditativa de los requisitos de solvencia y capacidad. ## 6. PERFIL DE CONTRATANTE. 6.1. En el perfil de contratante del órgano de contratación se publicará la adjudicación del contrato, así como cualquier otro dato e información referente a su actividad contractual. El acceso público al perfil de contratante se efectuará a través del portal de la Plataforma de Contratación del Sector Público (https://contrataciondelestado.es) en el perfil del contratante de REMESA, pudiendo así mismo acceder desde el portal de la Sociedad (www.remesa.es). 6.2. En caso de que se constituya una Mesa de Contratación, la composición de la misma se publicará, igualmente, en el Perfil del Contratante. ## 7. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION. 7.1. El contrato se adjudicará por tramitación ordinaria y procedimiento ABIERTO CON CRITERIOS MÚLTIPLES, con arreglo a lo dispuesto en el apartado X.1 de las Instrucciones Internas de REMESA. ## 8. PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES. ## 8.1. CUESTIONES GENERALES. - El órgano de contratación anunciará la licitación con arreglo a lo dispuesto en las Instrucciones Internas que se encuentren publicadas, a través del portal de la Plataforma de Contratación del Sector Público (https://contrataciondelestado.es) en el perfil del contratante de REMESA. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, ni suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. La presentación de la proposición supone la aceptación por parte del licitador del contenido de la totalidad de las condiciones del PCAP y PPT, sin salvedad o reserva alguna, y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con REMESA. ## 8.2. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN. - La presentación de las ofertas será electrónica a través de la PLACSP (Plataforma de Contratación del Sector Público). En esta licitación será obligatorio el uso de medios electrónicos, informáticos o telemáticos para desarrollar todas las fases del procedimiento de contratación, incluidas las que corresponden realizar a las empresas licitadoras, entre otras, la presentación de ofertas. <!-- image --> El plazo de presentación de proposiciones finalizara en la fecha señalada en el anuncio de licitación. Una vez presentada una proposición no podrá ser retirada bajo ningún pretexto. Si los licitadores, al presentar sus proposiciones por medios electrónicos, experimentan dificultades de conexión, o lentitud en la velocidad de subida de los datos que les impida completar correctamente el envío de su oferta, la plataforma de licitación emitirá un justificante de presentación de huella electrónica, con indicación de la fecha y hora exactas, dejando constancia del intento de presentación. El licitador debe completarla en un posterior segundo envío. Para ello debe descargar el archivo de la huella electrónica y oferta tal y como los genera la plataforma de licitación, sin hacer modificación alguna y remitirlo por medios electrónicos o físicos al registro correspondiente del órgano de contratación en un plazo máximo de 24 horas desde la emisión de la huella electrónica. Si transcurrido este plazo el licitador no remite el segundo envío con la huella digital se entiende retirada su oferta. El incumplimiento de la obligación de complementar su oferta en el plazo indicado no es defecto subsanable, por lo que el licitador quedará excluido de la licitación. Las proposiciones extemporáneas serán excluidas, a no ser que se acredite que la presentación fuera de plazo es por razones operativas de la propia plataforma, cuya carga de la prueba corresponde al licitador. Se entenderá cumplido el plazo si se inicia la transmisión dentro del mismo y finaliza con éxito. ## 8.3. FORMA DE PRESENTACION. - Los licitadores presentarán (DOS) sobres cerrados y firmados (archivos electrónicos con los documentos incluidos firmados) por él mismo o persona que lo represente, en los que se indicarán además de la razón social y denominación de la Entidad concursante, el título del servicio, y contendrán: el primero (A) los documentos que acrediten los requisitos previos, el segundo (B) la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorados con arreglo a criterios objetivos o mediante la aplicación de fórmulas matemáticas. Toda la documentación de la oferta estará redactada en castellano, y todas las hojas deberán estar firmadas por el licitador. En cada uno de los sobres (archivos electrónicos) figurará el nombre del licitador y, en su caso, de la persona representante, domicilio social, teléfono, y correo electrónico a efectos de comunicaciones, así como el número del expediente y la denominación del contrato. ## 8.3.1. SOBRE A 'DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE L CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS' . Documentación a incluir en este sobre: - a) Declaración responsable ( HOJA A1 ) del anexo de este pliego. <!-- image --> El órgano de contratación requerirá a la empresa a favor de la que recaiga la propuesta de adjudicación, antes de la adjudicación el contrato, la aportación de los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos de personalidad, capacidad y solvencia establecidos en la cláusula 5 del presente pliego. En todo caso, el órgano de contratación podrá solicitar en cualquier momento anterior a la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten la documentación acreditativa. - b) Declaración del ofertante por el cual acepta los requisitos, limitaciones y condiciones especificadas en los documentos de la Petición de Oferta (HOJA A2) . - c) Declaraciones de aceptación expresa, de que en caso de ser adjudicatario y previo a la firma del contrato, hará entrega de la póliza de seguro requerida para el presente pliego (HOJA A3) y de las siguientes características mínimas. El Adjudicatario, durante la ejecución del contrato, deberá tener concertado un seguro de responsabilidad civil debidamente adaptado para dotar de una adecuada protección de los riesgos inherentes a las actividades a realizar, y que como mínimo contengan las siguientes coberturas: Coberturas mínimas exigidas: - -Responsabilidad Civil Explotación - -Responsabilidad Civil Profesional de los Técnicos en plantilla - -Responsabilidad Civil Patronal - -Responsabilidad Civil Productos / Post-Trabajos Límite de indemnización / sublímites mínimos exigidos: - -Límite de indemnización por siniestro: 1.000.000 € - -Límite de indemnización por anualidad: 1 .000.000 € - -Sublímite por víctima R.C. Patronal: 3 00.000 € - -Sin sublímite por victima para el resto de coberturas Las coberturas y límites anteriores serán los mínimos requeridos. La póliza se contratará con Aseguradora de primer nivel y será preceptivo que con anterioridad a la adjudicación, el adjudicatario aporte copia completa de: - Condiciones Generales. - Condiciones Particulares y Especiales. - Recibo que acredite que la prima se encuentra al corriente de pago - Certificado haciendo constar la actividad objeto del seguro, así como los detalles sobre coberturas y límites anteriormente indicados y que la prima se encuentra al corriente de pago. Las pólizas serán revisadas por un asesor independiente y se reserva el derecho a exigir cualquier modificación que la práctica del mercado asegurador permita plantear al Asegurador con el fin de que la cobertura no se limite a causa de la inclusión de determinadas cláusulas limitativas que pudieran comprometer el pago de un posible siniestro. <!-- image --> - d) Declaración jurada de que la empresa cumple con los requisitos que establece la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. ## 8.3.2. SOBRE B 'DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN VALORADOS CON ARREGLO A CRITERIOS OBJETIVOS O MEDIANTE APLICACIÓN DE FÓRMULAS MATEMÁTICAS'. - a) Precio ofertado (HOJA B1) . - b) Precios unitarios por administración (HOJA B2) . La proposición económica y los precios unitarios referidos deberán ajustarse a los modelos recogidos en el presente Pliego. Los licitadores que se aparten de dichos modelos y/o contengan errores, tachaduras y/u omisiones que impidan su correcta identificación o lectura, serán excluidos automáticamente. ## 9. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. Las ofertas se valorarán con un máximo de cien (100) puntos con arreglo a los criterios indicados a continuación: ## CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN OBJETIVOS O EVALUABLES MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS MATEMÁTICAS (MÁXIMO 100 PUNTOS) ## I. Oferta económica. (Hasta 80 puntos) Se valorarán las proposiciones de tal manera que a la oferta más económica se le asignará la máxima puntuación (80 puntos). Dentro del precio ofrecido se consideran incluidos todos los costes necesarios para la correcta realización del contrato y, en especial, los generales de empresa del Adjudicatario, su beneficio industrial y todo tipo de arbitrios, honorarios, costes de autorización, tributos y tasas que se originan por motivo del contrato. La valoración económica se realizará de acuerdo con la siguiente fórmula: <!-- formula-not-decoded --> Donde: P : puntuación obtenida Pmáx : puntuación máxima Oi : importe de la oferta del licitador i Omín : importe de la oferta más económica Recibirán 0 puntos aquellas ofertas cuyo importe sea superior al precio máximo del contrato. <!-- image --> ## II. Precios unitarios por administración. (Hasta 20 puntos) Se valorará con hasta 20 puntos aquellas ofertas que ofrezcan los precios unitarios por administración más bajos, de acuerdo con la siguiente fórmula: <!-- formula-not-decoded --> Donde: P : puntuación obtenida Pmáx : puntuación máxima  i : suma de todos los precios unitarios ofertados por el licitador i  mín: suma de todos los precios unitarios de la oferta cuya suma de precios unitarios resulte menor Recibirán 0 puntos en el caso de que P resultara negativo. ## 10. APERTURA DE OFERTAS. - 10.1. El Comité de contratación, concluido el plazo de presentación de las proposiciones procederá a la apertura del Sobre A, verificando que constan los documentos referidos en el presente Pliego. Si se apreciaran defectos subsanables, se requerirá al licitador que corresponda para que proceda a la subsanación de los mismos en un plazo no superior a 3 días hábiles. En dicho acto, el Comité de contratación excluirá a aquellos licitadores que incluyan en el Sobre A aquella documentación que deba ser objeto de evaluación posterior y que tuviera que estar contenida en el Sobre B. - 10.2. Efectuada la subsanación anteriormente referida, o en caso de que no se aprecien defectos subsanables, se procederá a la apertura del Sobre B. - 10.3. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta, para que, dentro del plazo de 10 días, presente la siguiente documentación: - a) Número de Identificación Fiscal. - b) Documento acreditativo de alta en el epígrafe del I.A.E., o Declaración censal, en su caso y/o copia compulsada del certificado que acredita las condiciones de aptitud profesional que le faculte para contratar. - c) Certificación de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, Hacienda Autonómica y con la Seguridad Social. - d) Los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos de personalidad, capacidad y solvencia establecidos en la cláusula 5 del presente pliego. - e) Póliza del seguro de responsabilidad civil con las coberturas y límites exigidos en el presente pliego. <!-- image --> - f) Se podrá exigir por parte del órgano de contratación cualquier otra documentación que estime necesaria para proceder a la formalización del contrato de adjudicación. Los documentos podrán presentarse originales o mediante copias de los mismos que tengan carácter de auténticas, conforme a la legislación vigente. Los licitadores indicarán, en su caso, mediante una declaración expresa qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales, tal como se indica en el artículo 133 de la LCSP. Los documentos y datos presentados pueden ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceras personas pueda ser contraria a sus intereses comerciales legítimos, perjudicar la leal competencia entre las empresas del sector o bien estén comprendidas en las prohibiciones establecidas en la Ley de Protección de datos de Carácter Personal. De no aportarse esta declaración se considerará que ningún documento o dato posee dicho carácter. ## 11. OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS. 11.1. La mesa de contratación, o en su defecto, el órgano de contratación apreciará que una oferta es anormalmente baja: - -En caso de uno o dos licitadores presentados, la oferta que sea inferior en más del 20% al precio máximo del contrato. - -En el caso de tres o más licitadores, la oferta cuyo importe sea inferior en más del 10% a la media aritmética de las ofertas presentadas. 11.2. Cuando se hubiere identificado una o varias ofertas incursas en presunción de anormalidad, se requerirá al licitador o licitadores que las hubieren presentado dándoles plazo de 5 días hábiles para que justifiquen y desglosen razonada y detalladamente el bajo nivel de los precios, o de costes, o cualquier otro parámetro en base al cual se haya definido la anormalidad de la oferta, mediante presentación de aquella información y documentos que resulten pertinentes a estos efectos. 11.3. Los licitadores cuyas ofertas estén incursas en presunción de anormalidad deberán acreditar entre otras, la posibilidad de cumplimiento de la oferta con el convenio colectivo sectorial de aplicación, así como la reducción de costes de la empresa en cualquiera de los aspectos objeto de la contratación: recursos materiales, recursos humanos, medios técnicos, de comunicación, logísticos, organizativos, de servicios y otros derivados de su objeto, para cuya justificación deberán acreditarse de modo fehaciente las circunstancias que lo motivan. 11.4. Una vez recibidas en tiempo y forma las alegaciones, se realizará un informe motivando si se consideran o no justificadas las ofertas. Considerada la documentación presentada en plazo por los licitadores y el informe técnico sobre la misma, el órgano de contratación o la persona facultada por éste para ello aceptará la oferta o la excluirá si la considera anormalmente baja. ## 12. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. 12.1. La adjudicación del contrato se acordará por el órgano de contratación a favor del licitador que presente la mejor oferta, motivándose todo ello en la correspondiente resolución. La adjudicación será notificada a los participantes de la licitación y se publicará en la plataforma de contratación del estado en el perfil de contratante de REMESA, al que se accede a través del siguiente enlace: www.contrataciondelestado.es <!-- image --> 12.2. En el caso de que no se hayan presentado ofertas o las presentadas sean inadecuadas, irregulares o inaceptables el procedimiento se declarará desierto. ## 13. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. 13.1. El contrato se formalizará dentro del plazo de 15 días naturales , a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación, pudiendo el adjudicatario solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. 13.2. Cuando, por causas imputables al adjudicatario, no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, el órgano contratante entenderá retirada, a todos los efectos, la oferta del adjudicatario, pudiendo incautar la garantía que se hubiese prestado en su caso por su parte. En dicho supuesto, se procederá por parte del órgano contratante a requerir al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas, la documentación contemplada en la cláusula 10.3 del presente Pliego. 13.3. Simultáneamente con la firma del contrato, deberá ser firmado por el adjudicatario el presente Pliego y el PPT, y en su caso, los documentos adicionales por los que igualmente se rija el presente contrato, que se unirán a dicho documento como anexos y que tendrá igualmente carácter contractual. ## 14. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 14.1. El adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como la obtención de cuantas autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización servicio contratado. 14.2. El personal adscrito a los trabajos dependerá exclusivamente del Adjudicatario que responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquél, sin que pueda repercutir contra REMESA ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los Organismos competentes. En cualquier caso, el Adjudicatario, indemnizará a REMESA de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones establecidas en este pliego, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa. A la extinción del contrato no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del órgano de contratación. 14.3. El adjudicatario tendrá para la ejecución del contrato, plena autonomía e independencia, sin que esté sujeto a horario ni instrucciones en el desempeño del mismo, habiendo de disponer de recursos materiales, técnicos y humanos, y organización específica, propios con tal objeto. <!-- image --> El servicio será dirigido y gestionado exclusivamente y en todo momento por el adjudicatario, quien expresamente asume todo el riesgo empresarial de su buen fin. En todo caso, cuidará de que el personal que desarrolle la actividad contratada sea el suficiente y posea la cualificación, formación, experiencia y nivel profesional adecuado a los trabajos a realizar. 14.4. Asimismo, el adjudicatario se compromete a realizar el servicio contratado con la debida diligencia y calidad técnica, respondiendo de las omisiones, errores, defectos o métodos inadecuados en la ejecución de los mismos. No obstante, REMESA se reserva el derecho de llevar a cabo la supervisión imprescindible de las actividades ejecutadas por el adjudicatario, a fin de garantizar el adecuado cumplimiento de las mismas. 14.5. Para facilitar la relación entre ambas empresas en el cumplimiento del presente pliego y su formalización en el correspondiente contrato, el adjudicatario designará a un representante como interlocutor válido del coordinador-responsable del contrato que, a su vez, designará REMESA. Los mencionados serán las únicas personas habilitadas, en nombre y representación de cada una de las partes para canalizar las comunicaciones que requieran la ejecución del presente pliego, careciendo de todo valor y efectos las actuaciones que puedan desarrollar otras personas del adjudicatario, o de la empresa principal. ## 15. EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS. 15.1. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del Adjudicatario. 15.2. El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo, a las del PCAP y a las del PPT, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera REMESA al Adjudicatario. 15.3. El adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para REMESA o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. 15.4. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento de los plazos parciales y plazo total de ejecución del contrato. Si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, el Adjudicatario hubiera incurrido en mora o ejecución defectuosa, por causas imputables al mismo, en cualquiera de los suministros y servicios a realizar, el contratante podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades, si existiesen, no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho REMESA, originados por la demora del Adjudicatario. En todo caso, la constitución en mora del Adjudicatario no requerirá interpelación o intimación previa por parte de REMESA. La imposición de penalidades consecuentes con dicho retraso se aplicará automáticamente por el Órgano de contratación. <!-- image --> 15.5. Ni el Adjudicatario ni el responsable del contrato podrán introducir o ejecutar modificación alguna en el objeto del contrato sin la debida aprobación previa y, en su caso, del presupuesto correspondiente por el Órgano de Contratación. Las modificaciones que no estén debidamente autorizadas originarán responsabilidad en el Adjudicatario, el cual estará obligado a rehacer la parte de los mismos que resulte afectada por aquéllas sin abono alguno. 15.6. En caso de producirse una suspensión del contrato, se estará a lo estipulado en el artículo 208 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP). Si REMESA acordará la suspensión de los trabajos, se levantará la correspondiente Acta de Suspensión. 15.7. El plazo de garantía del presente contrato será el fijado en la oferta y en todo caso el mínimo fijado en los pliegos, y comenzará a contar desde la fecha de recepción o conformidad. Transcurrido el plazo de garantía, si no resultaren responsabilidades, se devolverá o cancelará la garantía definitiva constituida. ## 16. ABONO DE LOS TRABAJOS. 16.1. El adjudicatario tiene derecho al abono del precio convenido, con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato, correspondiente a los servicios efectivamente realizados y formalmente recibidos por REMESA. 16.2. El pago del precio se efectuará previa presentación de factura, debiendo ser repercutido como partida independiente el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (IPSI) en el documento que se presente para el cobro, sin que el importe global y/o parcial contratado experimente incremento alguno. 16.3. El pago del precio total del servicio ofertado por el adjudicatario se realizará en los plazos siguientes: - -100% del importe del servicio, tras la finalización de los trabajos. 16.4. La forma de pago será mediante transferencia bancaria a los 60 días de la fecha de recepción de la factura, considerando que en ese plazo REMESA contará a tal efecto con un plazo máximo 30 días naturales para verificar la ejecución del contrato atendiendo al hito facturado. 16.5. En caso de que el adjudicatario no tenga domicilio en la ciudad de Melilla, en las correspondientes facturas emitidas por los servicios prestados deberá aparecer el texto siguiente 'Operación con inversión del sujeto pasivo conforme al Art. 84 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido ' . <!-- image --> ## 17. SUBCONTRATACIÓN. 17.1. Únicamente estará permitida la subcontratación de los siguientes recursos adicionales de apoyo del servicio, siempre que se realicen cumpliendo con los requisitos del artículo 215 de la LCSP, y cuenten con la autorización previa de REMESA: - Del taller de corte, plegado y conformado de chapas y perfiles metálicos. 17.2. Está prohibida la subcontración de cualquier otro servicio diferente a los anteriores. 17.3. En el caso de subcontratación de trabajos, el Adjudicatario será el único responsable de la definición adecuada del trabajo subcontratado y de la necesidad de cualquier registro asociado. 17.4. En todo caso el Licitador deberá informar a REMESA de su intención de subcontratar, indicando en la oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización. ## 18. PENALIZACIONES POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, DAÑOS Y PERJUCIOS. 18.1. El Adjudicatario queda obligado al cumplimiento del contrato dentro del plazo total fijado para su realización. 18.2. Se podrán aplicar penalizaciones del 1% del precio del contrato por cada día de retraso del plazo de ejecución. 18.3. En ningún caso la suma de las penalizaciones por incumplimientos del Adjudicatario deberá exceder el 15% del precio total del contrato. En caso de superarse, REMESA tendría derecho a resolución de contrato o penalidad/sanción equivalente en el marco de LCSP. 18.4. En los supuestos de incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso o demora en la ejecución en que no esté prevista penalidad, o en que estándolo la misma no cubriera los daños causados a REMESA, está exigirá al Adjudicatario la indemnización por daños y perjuicios. ## 19. MODIFICACIÓN, EXTINCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. El contrato sólo podrá ser modificado por razones de interés público. El contrato se extingue por cumplimiento o por resolución. En todo caso, a la extinción del contrato no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Órgano de contratación. ## 19.1. Extinción por cumplimiento del contrato. El contrato se extingue por el cumplimiento por parte del Adjudicatario de la totalidad de la prestación, de acuerdo con los términos establecidos en el mismo. <!-- image --> ## 19.2. Extinción por resolución del contrato. Sin perjuicio de las causas de resolución legalmente establecidas, REMESA podrá resolver el contrato entre otras por las siguientes causas: - a) Cualquier infracción grave recogida por cualquiera de los reglamentos de aplicación o legislación vigente, o cuando sin ser grave sea de reiterado incumplimiento. - b) Por una infracción que pueda suponer un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de las personas o para el medio ambiente. - c) Evidencia de perfiles no cualificados en los recursos humanos aportados por el adjudicatario, que puedan ocasionar riesgos en la seguridad laboral, un retraso en las actividades o perjuicio en las instalaciones. - d) La no aportación de los recursos humanos necesarios, en los términos establecidos en el pliego de prescripciones técnicas, para satisfacer en tiempo y forma los trabajos contratados. - e) Resultados no satisfactorios en las pruebas e inspecciones realizadas para cumplir con las exigencias de calidad del servicio descritas en el pliego de prescripciones técnicas. - f) Demora del Adjudicatario en el cumplimiento de los plazos contractuales, con incumplimiento retirado, o alcanzarse un volumen de penalidad equivalente al 15% del precio total del contrato. - g) Por indisponibilidad prolongada de los equipos por causas achacables a los trabajos desarrollados por el adjudicatario. - h) Cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones contractuales por parte de adjudicatario, o cuando sin ser grave el mismo sea de reiterado incumplimiento. - i) La no formalización del contrato en la forma prevista en el pliego de cláusulas administrativas - j) Por mutuo acuerdo de las partes. - k) La muerte o la incapacidad temporal del Adjudicatario individual en los casos en los que no fuera posible la continuación del objeto del contrato por parte de su heredero o sucesor legal. - l) La extinción de la personalidad jurídica de la sociedad Adjudicataria excepto en los casos de fusión de empresas en las que participe la sociedad Adjudicataria, en los que continuará el contrato vigente con la entidad absorbente o con la resultante de la fusión, que quedará subrogada en todos los derechos y obligaciones dimanantes del mismo. Igualmente, en los supuestos de escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de actividades de las mismas, continuará el contrato con la entidad resultante o beneficiaria, que quedará subrogada en los derechos y obligaciones dimanantes del mismo, siempre que tenga la solvencia exigida al acordarse la adjudicación. <!-- image --> - m) Cuando debido a cambios legislativos conlleve a que la certificación y clasificación del adjudicatario no sea suficiente para llevar a cabo servicio de acuerdo con las nuevas exigencias normativas que se produjeran, si bien, previo a la resolución del contrato, se daría oportunidad al adjudicatario de adaptarse a los nuevos requerimientos legales dentro del mismo plazo que la administración otorgará para ello. 19.3. Cuando se evidencie cualquiera de las causas anteriores, el Adjudicatario dispondrá de un periodo de tiempo, que será acordado por REMESA y cuya extensión dependerá de la gravedad del defecto, para realizar las modificaciones que estime necesarias al objeto de subsanar los defectos y conseguir el cumplimiento de las garantías. Dichas modificaciones no deberán suponer coste alguno para REMESA, ni suponer alteración alguna de las condiciones contractuales. 19.4. En caso de resolución forzosa del contrato se atenderá a lo legalmente establecido, no pudiendo el adjudicatario reclamar pago alguno en concepto de indemnización o lucro cesante. ## 20. PROTECCIÓN DE DATOS. 20.1. El Adjudicatario se compromete a dar cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, en la realización del tratamiento de datos necesarios para la prestación de los servicios objeto de contratación. 20.2. En el supuesto de que el Adjudicatario vulnerase la normativa sobre la protección de datos de carácter personal, dejará indemne a la empresa principal de las responsabilidades de índole administrativo o civil que pudieran derivarse de su incumplimiento. 20.3. El adjudicatario se someterá a la obligación de confidencialidad de la información en los términos establecidos en el artículo 133 de la LCSP y demás disposiciones concordantes. ## 21. PRERROGATIVAS Y JURISDICCION. 21.1 . El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para decidir de las cuestiones que pudieran suscitarse respecto a la preparación y adjudicación del contrato. A su vez, el orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que puedan surgir entre las partes, en relación a los efectos, cumplimiento y extinción del contrato. 21.2 . Las partes se someterán al fuero de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Melilla. <!-- image --> ## ANEXO I: MODELOS DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA <!-- image --> ## DECLARACIÓN RESPONSABLE HOJA A1 D. / Dña. …………………………………….………………… con DNI ……………………… en nombre propio o en representación de la empresa …….………………………………………………………………, C.I.F………………………… con domicilio fiscal en ………………………….…………………………… ………………………………………………y correo electrónico ………………………………………… .., en su condición de …………………………………………………………… y con poderes suficientes para suscribir la presente declaración responsable, enterado del anuncio de licitación relativo al contrato administrativo de ' SERVICIO DE REVISIONES Y REPARACIONES MECÁNICAS DURANTE PARADA ANUAL DE LA PLANTA DE VALORIZACIÓN ENERGÉTICA DE RESIDUOS DE MELILLA (Expediente M-07-2026) ' . ## DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD: - Que, en caso de personas jurídicas, la sociedad está válidamente constituida y que conforme a su objeto social puede presentarse a la licitación, así como que el firmante de la declaración ostenta la debida representación para la presentación de la proposición y de la sociedad. - Que la empresa cumple los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional exigidos, en las condiciones establecidas en el presente pliego, y está en posesión de las autorizaciones necesarias para ejercer la actividad. - Que, en caso de integración de la solvencia con medios externos de otras entidades, se presentará a requerimiento del órgano de contratación del compromiso escrito por éstas. - Que ni la empresa a la que represento ni sus administradores ni representantes están incursos en las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. - Que la empresa a la que represento se encuentra al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado, con la Ciudad Autónoma de Melilla, incluido las relativas al alta en el correspondiente epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas, y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. - Que en la oferta presentada por la empresa se han tenido en cuenta las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales y protección del medio ambiente. - Que la empresa a la que represento declara expresamente su voluntad de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Melilla, de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador (en el caso de empresas extranjeras). - Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en esta declaración, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello. Y para que conste, firmo la presente declaración en ……… . …………. a fecha …………….. ………………………………….. Sello y firma del Ofertante <!-- image --> ## DECLARACIÓN DEL OFERTANTE D. / Dña. …………………………………….………………… con DNI ……………………… en nombre propio o en representación de la empresa …….………………………………………………………………, C.I.F………………………… con domicilio fiscal en ………………………….…………………………… ………………………………………………y correo electrónico ………………………………………….., en su condición de …………………………………………………………… y con poderes suficientes para suscribir la presente declaración. Por lo que se refiere a la Oferta de ' SERVICIO DE REVISIONES Y REPARACIONES MECÁNICAS DURANTE PARADA ANUAL DE LA PLANTA DE VALORIZACIÓN ENERGÉTICA DE RESIDUOS DE MELILLA (Expediente M-07-2026 )' : - Confirmamos que la presente oferta responde a las Condiciones establecidas en los distintos documentos que integran el Pliego de Prescripciones Técnicas y el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares con sus correspondientes anexos. - Asimismo, en caso de adjudicación del Contrato de Servicios, el Ofertante declara aceptar íntegramente la totalidad de estas Condiciones. - El ofertante declara conocer con suficiente profundidad las instalaciones asociadas a los presentes Pliegos, renunciando por tanto a posibles reclamaciones futuras argumentadas en base al desconocimiento de las mismas. En …………………….. a …… de……………….. de 20…… ………………………………….. Sello y firma del Ofertante HOJA A2 <!-- image --> HOJA A3 ## DECLARACIÓN DE DISPOSICIÓN DE LA POLIZA DE SEGURO REQUERIDA D. / Dña. …………………………………….………………… con DNI ……………………… en nombre propio o en representación de la empresa …….………………………………………………………………, C.I.F………………………… con domicilio fiscal en ………………………….…………………………… ………………………………………………y correo electrónico ………………………………………….., en su condición de …………………………………………………………… y con poderes suficientes para suscribir la presente declaración responsable, enterado del anuncio de licitación relativo al contrato administrativo de 'SERVICIO DE REVISIONES Y REPARACIONES MECÁNICAS DURANTE PARADA ANUAL DE LA PLANTA DE VALORIZACIÓN ENERGÉTICA DE RESIDUOS DE MELILLA (Expediente M-07-2026) ' . ## DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD: - Que en el caso de ser adjudicatario presentará la correspondiente póliza de seguro con las coberturas y límites establecidos en el presente pliego. El adjudicatario declara que, durante la ejecución del contrato, dispondrá de un seguro de responsabilidad civil debidamente adaptado para dotar de una adecuada protección de los riesgos inherentes a las actividades a realizar, y que como mínimo contengan las coberturas y límites indicados en el presente pliego. En ……………………. a ………….. de ……………………….. de ……………. ………………………………….. Sello y firma del Ofertante <!-- image --> ## ANEXO II: MODELOS OFERTA ECONÓMICA <!-- image --> ## PRECIO OFERTADO D. / Dña. …………………………………….………………… con DNI ……………………… en nombre propio o en representación de la empresa …….………………………………………………………………, C.I.F………………………… con domicilio fiscal en ………………………….…………………………… ………………………………………………y correo electrónico ………………………………………….., en su condición de …………………………………………………………… y con poderes suficientes para suscribir la presente declaración responsable, enterado del anuncio de licitación relativo al contrato administrativo de 'SERVICIO DE REVISIONES Y REPARACIONES MECÁNICAS DURANTE PARADA ANUAL DE LA PLANTA DE VALORIZACIÓN ENERGÉTICA DE RESIDUOS DE MELILLA (Expediente M-07-2026 )' , se compromete (en nombre propio o de la empresa que representa) a ejecutar el contrato por la cantidad: | Descripción | Precio máximo del contrato | Precio ofertado por el Licitador | Importe correspondiente al IPSI (4%) | |-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------------|------------------------------------|----------------------------------------| | Servicio de revisiones y reparaciones mecánicas durante parada anual de la Planta de Valorización Energética de Residuos de Melilla | 187.420 ,00 € | | | El Licitador deberá tener presente el régimen económico y fiscal diferenciado de la Ciudad de Melilla, de la no aplicación del IVA y de la aplicación, en su caso, del impuesto local IPSI por la prestación de los servicios realizados, a tal fin las empresas licitadoras no establecidas en la Ciudad de Melilla estarán a los dispuesto en el artículo 12 apartados 1 y 2, de la Ley 8/1991 que establece que "… en las prestaciones de servicios realizadas por empresarios o profesionales que no están establecidos en el territorio de aplicación del impuesto y cuyos destinatarios sean empresarios o profesionales establecidos en dicho territorio, será sujeto pasivo el destinatario de dichas operaciones '. Según lo establecido en la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española no existirá para este contrato revisión de precios por estimar que para el periodo contratado es fácilmente previsible y calculable la evolución de los costes empresariales En …………………….. a …… de……………….. de 20…… ………………………………….. Sello y firma del Ofertante ## HOJA B1 <!-- image --> ## PRECIOS UNITARIOS DE ADMINISTRACIÓN HOJA B2 Oferta para el 'SERVICIO DE REVISIONES Y REPARACIONES MECÁNICAS DURANTE PARADA ANUAL DE LA PLANTA DE VALORIZACIÓN ENERGÉTICA DE RESIDUOS DE MELILLA (Expediente M-07-2026 )' , Los precios unitarios siguientes serán los de aplicación en caso de tener que realizar trabajos adicionales o complementarios no contemplados en el alcance de los servicios contratados, y que resultarán necesarios atendiendo a las inspecciones efectuadas durante el transcurso de los trabajos principales. Serán de aplicación también a los trabajos efectuados por el taller del Contratista. | Precios unitarios de administración | Euros/hora (impuestos no incluidos) | Euros/hora (impuestos no incluidos) | Euros/hora (impuestos no incluidos) | |-------------------------------------------|---------------------------------------|---------------------------------------|---------------------------------------| | Especialidad | Hora normal | Horas extra lunes a viernes | Hora festiva /nocturna | | Jefe de equipo | | | | | Jefe de taller | | | | | Oficial 1ª soldador | | | | | Oficial 1ª mecánico montador | | | | | Oficial 1ª mecánico ajustador | | | | | Ayudante | | | | | Gastos incorporación/desincorporación (*) | | | | | Dietas y alojamiento (*) | | | | Distribución de horas: Hora normal: 8 horas en día laborable Hora extra: horas adicionales en día laborable hasta las 22:00 h Hora nocturna: de 22:00 a 06:00 h Hora festiva: las realizadas los sábados, domingos y festivos (*) Los gastos unitarios de incorporación/desincorporación y de dietas y alojamientos sólo serán de aplicación para personal externo desplazado desde fuera de Melilla. El ofertante deberá tener presente el régimen económico y fiscal diferenciado de la Ciudad de Melilla, de la no aplicación del IVA y de la aplicación, en su caso, del impuesto local IPSI por la prestación de los servicios realizados, a tal fin las empresas licitadoras no establecidas en la Ciudad de Melilla estarán a los dispuesto en el artículo 12 apartados 1 y 2, de la Ley 8/1991 que establece que "…en las prestaciones de servicios realizadas por empresarios o profesionales que no están establecidos en el territorio de aplicación del impuesto y cuyos destinatarios sean empresarios o profesionales establecidos en dicho territorio, será sujeto pasivo el destinatario de dichas operaciones '. Según lo establecido en la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española, no existirá para este contrato revisión de precios por estimar que para el periodo contratado es fácilmente previsible y calculable la evolución de los costes empresariales. En …………………….. a …… de……………….. de 20…… ………………………………….. Sello y firma del Ofertante