Informe de insuficiencia de medios
Otros Documentos
Ver licitación
{# full_text keeps real newlines; whitespace-pre-wrap renders them
(so no |linebreaks filter, which would double the spacing). #}
<!-- image -->
## ÁREA DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS
## Expediente: 2099/2025
Asunto del Expediente : Contrato de servicios para la redacción de Memorias, Planes de Seguridad o de Autoprotección, así como la implantación y dirección del Plan de Actuación de las actividades y espectáculos públicos.
Juan Benjamín Rodríguez Franco, en relación al expediente y asunto epigrafiados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, tengo a bien emitir el siguiente:
## INFORME DE NECESIDAD E INSUFICIENCIA DE MEDIOS
PRIMERO . -Desde las diferentes Concejalías se tiene previsto desarrollar un amplio abanico de actividades culturales, festivas, deportivas, lúdicas, así como ferias y distintas actividades que necesitan para el buen desarrollo de las mismas memorias o planes de seguridad, de autoprotección así como la implantación y dirección de los mismos.
Con el objeto de garantizar la protección de las personas, los bienes, el medio ambiente y el patrimonio común, así como prevenir todo tipo de situaciones de inseguridad o emergencia, se prestará el servicio con motivo de las diversas actividades, eventos y espectáculos públicos organizados por el Ayuntamiento de La Aldea de San Nicolás.
SEGUNDO . - Es objeto del presente informe el justificar la necesidad del contrato del servicio para la redacción de Memorias, Planes de Seguridad o de Autoprotección, así como la implantación y dirección del Plan de Actuación de las actividades y espectáculos públicos, y la insuficiencia de medios con los que cuenta el Ayuntamiento. La descripción y características, así como la forma de llevar a cabo la prestación del servicio, serán los establecidos en la memoria Justificativa y en el Pliego de Prescripciones
Técnicas.
TERCERO. -El Ayuntamiento de La Aldea de San Nicolás no dispone de los medios materiales, ni personales para este tipo de servicios. Asimismo, tiene el deber de asegurar la seguridad de los vecinos en los diferentes eventos y regirse por la normativa vigente. Es por lo que es necesario establecer la contratación para satisfacer estas necesidades, resulta pues ser necesaria la externalización para la prestación del servicio señalado.
CUARTO . -Justificación de la elección del procedimiento de licitación (Art. 116.4.a de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014). El órgano de contratación debe justificar y motivar la necesidad del contrato (art. 116.4.a), así como el procedimiento de licitación elegido para el presente expediente.
## CONCLUSIONES:
<!-- image -->
<!-- image -->
Por todo lo expuesto se concluye que se hace necesario iniciar el expediente de contratación del servicio para la redacción de Memorias, Planes de Seguridad o de Autoprotección, así como la implantación y dirección del Plan de Actuación de las actividades y espectáculos públicos , por lo que se solicita se emita resolución acreditando la insuficiencia de medios, el inicio del procedimiento de contratación del citado servicio y la publicación del informe de insuficiencia de medios en el perfil de contratante.
## DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
<!-- image -->