Documento de aprobación del expediente
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## CERTIFICADO
| Expediente nº: | Órgano Colegiado: |
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| JGL/2026/3 | La Junta de Gobierno Local |
## ROSA NIEVES GODOY LLARENA, EN CALIDAD DE SECRETARIO DE ESTE ÓRGANO, CERTIFICO:
Que en la sesión ordinaria celebrada el 21 de enero de 2026 se adoptó el siguiente acuerdo:
## 4. Asuntos de urgencia 4.1.- CONTRATACIÓN
4.1.2.Propuesta de aprobación del expediente de contratación denominado 'Servicio para la redacción de memorias, planes de seguridad o de autoprotección, así como la implantación y dirección del Plan de actuación de las actividades y espectáculos públicos', mediante procedimiento abierto simplificado, tramitación ordinaria . Expte. 2099/2025.
Vista la propuesta de fecha 20 de enero de 2026 de Yara Cárdenes Falcón, concejala delegada en materia de contratación de este Ayuntamiento, que se transcribe a continuación:
« Dña. Yara Cárdenes Falcón, Concejala Delegada de Contratación del Iltre. Ayuntamiento de La Aldea de San Nicolás, visto el expediente de contratación denominado CONTRATO DE SERVICIO PARA LA REDACCIÓN DE MEMORIAS, PLANES DE SEGURIDAD O DE AUTOPROTECCIÓN, ASÍ COMO LA IMPLANTACIÓN Y DIRECCIÓN DEL PLAN DE ACTUACIÓN DE LAS ACTIVIDADES Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS. EXP. 2099/2025, A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO TRAMITACIÓN ORDINARIA.
Visto acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 14 de mayo de 2025 por la que se aprobó inicio de expediente de contratación del CONTRATO DE SERVICIO PARA LA REDACCIÓN DE MEMORIAS, PLANES DE SEGURIDAD O DE AUTOPROTECCIÓN, ASÍ COMO LA IMPLANTACIÓN Y DIRECCIÓN DEL PLAN DE ACTUACIÓN DE LAS ACTIVIDADES Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS. EXP. 2099/2025, por procedimiento abierto simplificado, sin división en lotes, así como declarar la necesidad e idoneidad del mismo.
## Visto que se han incorporado al expediente los siguientes documentos:
- 1.- Memoria justificativa de la necesidad, idoneidad y eficiencia del contrato según exigencias del art. 28 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP), la elección del procedimiento de adjudicación, los criterios de solvencia, de adjudicación, y las condiciones especiales de ejecución propuestas (art. 116.4), el valor estimado del contrato, así como la decisión de la no división en Lotes.
- 2.- El pliego de prescripciones técnicas y demás documentación técnica base de licitación.
- 3.- El pliego de clausulas administrativas particulares.
Visto el informe jurídico preceptivo de la Secretaria de este Ayuntamiento, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Tercera, apartado 8 de la LCSP, de fecha 20 de enero de 2026, en sentido favorable.
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Visto el informe de fiscalización previa, emitido por la Intervención de este Ayuntamiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la LCSP, de fecha 20 de enero de 2026, en sentido favorable.
Examinada la documentación que la acompaña, y de conformidad con lo establecido en el artículo 117 y la Disposición Adicional segunda de la LCSP.
Considerando que la adopción de este acuerdo es competencia de esta Junta de Gobierno Local en virtud de la delegación realizada por el Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento según lo establecido en el Decreto nº 052/2025 de fecha 21 de enero de 2025.
## Por todo ello, PROPONGO A LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL:
PRIMERO. Aprobar el expediente de contratación denominado CONTRATO DE SERVICIO PARA LA REDACCIÓN DE MEMORIAS, PLANES DE SEGURIDAD O DE AUTOPROTECCIÓN, ASÍ COMO LA IMPLANTACIÓN Y DIRECCIÓN DEL PLAN DE ACTUACIÓN DE LAS ACTIVIDADES Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS. EXP. 2099/2025, mediante procedimiento abierto simplificado, previsto en el artículo 159 de la LCSP, sin división en lotes, y conforme a los criterios de adjudicación previstos, convocando su licitación.
SEGUNDO. Aprobar los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que regirán el contrato.
TERCERO. Aprobar el gasto correspondiente, con un presupuesto base de licitación de 36.368,79 euros (presupuesto de gasto máximo) (Neto: 33.989,52 euros; IGIC: 7%: 2.379,27 euros) , para UN AÑO DE DURACIÓN DEL CONTRATO, con cargo a la partida presupuestaria 9202 2279928 denominada REDACCIÓN PLANES DE SEGURIDAD del presupuesto del Ayuntamiento de La Aldea de San Nicolás para 2026 según documento de RC por importe de 33.338,06 euros , que obra en el expediente de fecha 15/01/2026 y n.º de operación 220260000026 , así como compromiso de crédito para ejercicios posteriores, según documento de RC de compromiso de gasto para el ejercicio 2027 por importe de 3.030,73 euros, que obra en el expediente de fecha 15/01/2026 y n.º de operación 220269000003.
El valor estimado del contrato será de 67.979,04 € , calculado sin igic e incluyendo UN año de posible prórroga.
Plazo de Ejecución: El contrato tendrá un plazo de vigencia de UN AÑO a contar desde el día de la formalización del contrato. Dicho plazo podrá ser prorrogado, por un período de un año, de conformidad con lo previsto en el artículo 29.2 LCSP, permaneciendo sus características inalterables durante la duración de la misma. 1(+1).
La duración máxima del presente contrato de servicios se establece en DOS AÑOS, incluida la posible prórroga.
CUARTO. Publicar el anuncio de licitación en el perfil de contratante con el contenido contemplado en el anexo III de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
En cumplimiento de la Disposición adicional decimoquinta de la LCSP, la presente licitación tiene exclusivamente, carácter electrónico, por lo que las personas licitadoras deberán preparar y presentar sus ofertas, obligatoriamente, de forma telemática, a través de los servicios de licitación electrónica de la Plataforma de Contratación del Sector Público.
QUINTO. Facultar a la Alcaldía-Presidencia para la suscripción de los contratos administrativos y/o públicos.
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SEXTO. Dar traslado de este acuerdo a las Concejalías implicadas, a Intervención y Tesorería a los efectos oportunos.»
Considerando que la adopción de este acuerdo es competencia de esta Junta de Gobierno Local en virtud del Decreto de la Alcaldía nº. 052/2025 de fecha 21 de Enero de 2025.
Esta Junta de Gobierno, por unanimidad, acuerda aprobar la propuesta en los términos que se recogen precedentemente.
Y para que conste, a los efectos oportunos en el expediente de su razón, de orden y con el V.º B.º de ALCALDE, con la salvedad prevista en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se expide la presente.
## DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
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