Servicio de producción técnica y organización del Festival Qartdanza, Expediente S-27/2026.
Objeto y condiciones del contrato
Alcaldía del Ayuntamiento de Cartaya convoca la licitación «Servicio de producción técnica y organización del Festival Qartdanza, Expediente S-27/2026», un contrato de servicios con un valor estimado de 7.598,80 EUR (sin impuestos) con lugar de ejecución en Huelva. Clasificación CPV: Servicios de organización de festivales.. El plazo de presentación de ofertas finalizó el 30 de junio de 2026 a las 23:59. Estado actual del expediente: Resuelta.
Requisitos de los licitadores
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No prohibición para contratar
- No estar incurso en incompatibilidades
- Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Capacidad de obrar
Solvencia económica y financiera
Las empresas deberán acreditar su solvencia económica y financiera mediante el volumen anual de negocios, o bien el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 11.398,20 € (art. 87.1.a) de la LCSP). El volumen anual de negocios podrá acreditarse a través de los siguientes medios: • Certificado de la Cifra Anual de Negocios, expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). • Certificación o asiento de presentación original del Registro Mercantil de depósito y contenido completo de sus cuentas anuales, si el empresario estuviera inscrito en este Registro, y en caso contrario mediante la Certificación o asiento de presentación de las cuentas anuales depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito, debiendo ir acompañadas en ambos casos de las cuentas presentadas. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante Certificación Registral o asiento de presentación de sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En el presente procedimiento, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 159.6 b) de la LCSP, se eximirá a las personas licitadoras de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional. No obstante, no se les exime de cumplir los requisitos mínimos exigibles a estos efectos.
Solvencia técnica o profesional
Las empresas acreditarán su solvencia técnica o profesional mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres (3) últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos (art. 90.1. a) de la LCSP). Se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente , cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar que un trabajo es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Los certificados aportados por los licitadores acreditativos de la realización de servicios de igual o similar naturaleza a los propios de este contrato deberán alcanzar un importe anual acumulado igual o superior a 5.319,16 € en el año de mayor ejecución de los tres (3) últimos ejercicios concluidos (70 % de la anualidad media del contrato. En el presente procedimiento, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 159.6 b) de la LCSP, se eximirá a las personas licitadoras de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional. No obstante, no se les exime de cumplir los requisitos mínimos exigibles a estos efectos.
Condiciones de ejecución
- Consideraciones de tipo medioambiental: Ver Cláusula Decimoséptima del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP).
- Consideraciones de tipo social: Ver Cláusula Decimoséptima del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP).
Prórrogas
- El plazo es de un (1) año.
- La prórroga será anual.
Motivación de la adjudicación
Mejor y única oferta.
Criterios de adjudicación
| Criterio | Tipo | Peso |
|---|---|---|
| Formación reglada específica en Danza del Responsable Técnico o coordinador de los servicios adcrito al contrato | Objetivo / Automático | 10% |
| Conocimiento del idioma inglés del Responsable Técnico o coordinador de los servicios adcrito al contrato | Objetivo / Automático | 5% |
| Experiencia del Responsable Técnico o coordinador de los servicios adscrito al contrato en dirección o gestión de compañías de danza | Objetivo / Automático | 11% |
| Experiencia del Responsable Técnico o coordinador de los servicios en distribución de espectáculos de danza | Objetivo / Automático | 15% |
| Participación del Responsable Técnico o coordinador de los servicios adscrito al contrato en circuitos profesionales de danza | Objetivo / Automático | 10% |
| Mejor oferta económica | Objetivo / Automático | 49% |
Presupuesto
Valor estimado (sin impuestos)
Valor global estimado
Total (con impuestos)
Adjudicación
Códigos CPV
Clasificación de productos y servicios
Documentación
5 documentos
Organismo Contratante
Plazo de Presentación
Procedimiento
Fechas
Licitaciones Relacionadas
Basadas en organismo contratante, CPV y tipo de contrato