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## SISTEMA DINÁMICO DE ADQUISICIÓN DE SERVICIOS DIRIGIDOS AL DESARROLLO DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA, DEL SISTEMA ESTATAL DE CONTRATACIÓN CENTRALIZADA - SDA 26/2021
(Expediente nº 2021/16)
## INVITACIÓN A LA LICITACIÓN DEL CONTRATO
## Servicio de Oficina Técnica de Proyectos para la Gestión, Seguimiento y Soporte a la Transformación Digital de la CNMV
En virtud de lo dispuesto en el artículo 226 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, se invita a todas las empresas admitidas al sistema dinámico de adquisición a presentar oferta en la licitación de este contrato específico en el plazo máximo de 10 días desde el día siguiente al envío de esta invitación . La oferta deberá ajustarse a lo establecido en los pliegos que rigen el sistema dinámico de adquisición y a los términos y condiciones que se concretan en esta invitación.
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## TÉRMINOS Y CONDICIONES
| 1. ORGANISMO DESTINARIO, ORGANO DE CONTRATACIÓN, RESPONSABLE DEL CONTRATO Y DATOS DE CONTACTO.....................................................................................4 | 1. ORGANISMO DESTINARIO, ORGANO DE CONTRATACIÓN, RESPONSABLE DEL CONTRATO Y DATOS DE CONTACTO.....................................................................................4 | 1. ORGANISMO DESTINARIO, ORGANO DE CONTRATACIÓN, RESPONSABLE DEL CONTRATO Y DATOS DE CONTACTO.....................................................................................4 | 1. ORGANISMO DESTINARIO, ORGANO DE CONTRATACIÓN, RESPONSABLE DEL CONTRATO Y DATOS DE CONTACTO.....................................................................................4 |
|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| 2. TITULO Y OBJETO DEL CONTRATO ESPECÍFICO.............................................................4 | 2. TITULO Y OBJETO DEL CONTRATO ESPECÍFICO.............................................................4 | 2. TITULO Y OBJETO DEL CONTRATO ESPECÍFICO.............................................................4 | 2. TITULO Y OBJETO DEL CONTRATO ESPECÍFICO.............................................................4 |
| 3. DURACIÓN DEL CONTRATO Y PRÓRROGA...................................................................5 | 3. DURACIÓN DEL CONTRATO Y PRÓRROGA...................................................................5 | 3. DURACIÓN DEL CONTRATO Y PRÓRROGA...................................................................5 | 3. DURACIÓN DEL CONTRATO Y PRÓRROGA...................................................................5 |
| | 3.1. | Plazo de ejecución del contrato............................................................................. | 5 |
| | 3.2. | Prórroga del contrato específico............................................................................ | 5 |
| 4. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y PRESUPUESTO DE LICITACIÓN.............................6 | 4. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y PRESUPUESTO DE LICITACIÓN.............................6 | 4. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y PRESUPUESTO DE LICITACIÓN.............................6 | 4. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y PRESUPUESTO DE LICITACIÓN.............................6 |
| | 4.1. | Presupuesto de licitación y aplicaciones presupuestarias..................................... | 6 |
| | 4.2. | Tramitación del expediente (a efectos presupuestarios) ...................................... | 6 |
| | 4.3. | Sistema de determinación del precio .................................................................... | 6 |
| | 4.4. | Valor estimado....................................................................................................... | 7 |
| | 4.5. | Contrato financiado con cargo al presupuesto de la Unión Europea..................11 | |
| | 4.6. | Modificación del contrato específico...................................................................12 | |
| 5. LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS................................................................12 | 5. LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS................................................................12 | 5. LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS................................................................12 | 5. LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS................................................................12 |
| 6. INCOMPATIBILIDADES PARA LA LICITACIÓN..............................................................12 | 6. INCOMPATIBILIDADES PARA LA LICITACIÓN..............................................................12 | 6. INCOMPATIBILIDADES PARA LA LICITACIÓN..............................................................12 | 6. INCOMPATIBILIDADES PARA LA LICITACIÓN..............................................................12 |
| 7. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS Y SU PONDERACIÓN ............................13 | 7. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS Y SU PONDERACIÓN ............................13 | 7. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS Y SU PONDERACIÓN ............................13 | 7. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS Y SU PONDERACIÓN ............................13 |
| | 7.1. | PONDERACIÓN DE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN........................................13 | |
| | | 7.2.1. Criterios y | ponderación.......................................................................................13 |
| | | 7.2.2. Método de valoración y documentación | ............................................................13 |
| | 7.3. | Precio de la oferta................................................................................................16 | |
| | 7.4. | Otros criterios automáticos evaluables mediante fórmulas, distintos al precio.17 | |
| | 7.5. | Fórmulas aplicables a los criterios automáticos evaluables mediante fórmulas | 18 |
| | 7.6. | Aplicación del umbral del 50% de puntuación.....................................................18 | |
| 8. OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS............................................................................19 | 8. OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS............................................................................19 | 8. OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS............................................................................19 | 8. OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS............................................................................19 |
| 9. CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.................19 | 9. CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.................19 | 9. CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.................19 | 9. CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.................19 |
| | 9.1. | Obligaciones generales ........................................................................................19 | |
| | 9.2. | Recursos a aportar al servicio ..............................................................................20 | |
| | | 9.2.1. Definición del equipo mínimo u orientativo | .......................................................21 |
| | | 9.2.2. Adscripción de medios personales o | materiales.................................................22 |
| | | 9.2.3. Documentación justificativa de disponer de los medios a que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir al contrato | ..............................................................22 |
| | | 9.2.4. Constitución del Equipo de Trabajo | ....................................................................22 |
| | | 9.2.5. Régimen de sustitución del | personal..................................................................22 |
| | 9.3. | Esquema Nacional de Seguridad..........................................................................23 | |
| | Otras condiciones de ejecución del contrato.......................................................24 | Otras condiciones de ejecución del contrato.......................................................24 | |
| 9.4. | | | |
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| 10. | PAGO DE LOS SERVICIOS Y FACTURACIÓN.................................................................24 | PAGO DE LOS SERVICIOS Y FACTURACIÓN.................................................................24 |
|-----------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| | 10.1. | Condiciones de presentación de las facturas.......................................................24 |
| 11. | PLAZO DE GARANTÍA DEL OBJETO DEL SERVICIO .......................................................25 | PLAZO DE GARANTÍA DEL OBJETO DEL SERVICIO .......................................................25 |
| 12. | PENALIDADES ..........................................................................................................26 | PENALIDADES ..........................................................................................................26 |
| | 12.1. | Penalidades fijadas en el sistema dinámico de adquisición ................................26 |
| | 12.2. | Fórmula para la aplicación de penalidades..........................................................27 |
| 13. | CAUSAS DE RESOLUCIÓN DE LOS CONTRATOS ESPECÍFICOS.......................................27 | CAUSAS DE RESOLUCIÓN DE LOS CONTRATOS ESPECÍFICOS.......................................27 |
| 14. | FORMA DE PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS OFERTAS.......................................27 | FORMA DE PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS OFERTAS.......................................27 |
| ANEXO I | ANEXO I | DESCRIPCIÓN DEL ENTORNO TÉCNICO Y FUNCIONAL EXISTENTE....................30 |
| I.1. | I.1. | Descripción de los sistemas de información existentes ......................................30 |
| I.2. | I.2. | Descripción del entorno tecnológico ...................................................................31 |
| ANEXO II | ANEXO II | DEFINICIÓN Y ALCANCE DE LOS TRABAJOS....................................................33 |
| ANEXO III | ANEXO III | Servicios de mantenimiento para asegurar la continuidad de sistemas en |
| ANEXO IV | ANEXO IV | MODELO DE GESTIÓN Y DEFINICIÓN DE UNIDADES DE TRABAJO ...................35 |
| ANEXO V | ANEXO V | REQUISITOS DE LOS PERFILES PROFESIONALES..............................................41 |
| ANEXO VI | ANEXO VI | CUMPLIMIENTO DEL ESQUEMA NACIONAL DE SEGURIDAD ...........................44 |
| ANEXO VII | ANEXO VII | MODELO DE NOTIFICACIÓN DE SUBCONTRATACIÓN .....................................46 |
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## 1. ORGANISMO DESTINARIO, ORGANO DE CONTRATACIÓN, RESPONSABLE DEL CONTRATO Y DATOS DE CONTACTO
## Organismo destinatario
Unidad proponente: Departamento de Sistemas de Información
Centro directivo: Vicepresidencia
Departamento/organismo: Comisión Nacional del Mercado de Valores
## Responsable del contrato
Asunción Gilsanz Muñoz Directora de Sistemas de la Información Vicepresidencia
## Datos de contacto
Dirección Postal: Calle Edison, 4
Correo electrónico: asuncion.gilsanz@cnmv.es
Teléfono: 915851529
## Órgano de Contratación:
Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación
## 2. TITULO Y OBJETO DEL CONTRATO ESPECÍFICO
## Título del contrato
Servicio de Oficina Técnica de Proyectos para la Gestión, Seguimiento y Soporte a la Transformación Digital de la CNMV
## Objeto del contrato
El objeto del presente contrato es la prestación de un servicio de Oficina Técnica de Proyectos (PMO) que aporte soporte experto y transversal en la gestión de los proyectos de Tecnologías de la Información y la Comunicación y de transformación digital de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). La empresa adjudicataria establecerá una PMO externa encargada de la definición metodológica, el seguimiento integral y el apoyo operativo a la ejecución de los proyectos TIC de la CNMV, abarcando tanto las iniciativas en curso como las de nueva planificación.
La PMO asumirá funciones clave de asesoramiento estratégico en materia de innovación tecnológica, estandarización metodológica de la gestión de proyectos, seguimiento y reporte periódico del avance de los proyectos, impulso de la mejora continua en procesos y metodologías, fomento de la innovación tecnológica aplicada al ámbito de actuación de la CNMV y gestión de la demanda de nuevos proyectos. De este modo, la oficina técnica proporcionará
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un apoyo integral para garantizar que los proyectos TIC y de transformación digital se ejecuten de forma eficiente, alineados con la estrategia institucional y conforme a buenas prácticas reconocidas en gestión de proyectos.
Quedan excluidas del alcance de este contrato aquellas actividades que conlleven el ejercicio de potestades públicas o funciones regulatorias reservadas legalmente a la CNMV. La finalidad del contrato es dotar a la CNMV de una unidad de apoyo especializada que asegure la gobernanza eficaz de sus proyectos estratégicos, facilitando el cumplimiento de sus objetivos en plazo, calidad y presupuesto. La PMO actuará en coordinación con los responsables internos de la CNMV, complementando las capacidades internas y centralizando la planificación, coordinación y control de los distintos agentes y unidades implicadas en los proyectos. Esto permitirá evitar duplicidades, aportar un enfoque metodológico homogéneo y, en definitiva, maximizar las garantías de éxito en la ejecución de la estrategia de transformación digital de la CNMV.
## CLASIFICACIÓN
- ( ) a . La prestación consiste en la realización de trabajos según los requisitos funcionales, requisitos no funcionales e hitos y entregables del ANEXO II de la presente invitación.
- ( ) b. La prestación comprende trabajos de mantenimiento de duración determinada conforme a los acuerdos de nivel de servicio en base a los que se efectúa la facturación de la prestación definidos en el ANEXO III .
- (X) c . Los servicios de desarrollo y mantenimiento de aplicaciones informáticas se definen en los términos previstos en el artículo 308.3 de la LCSP y conforme al ANEXO IV
## TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
- ( X ) El contrato NO requiere tratamiento de datos personales
- ( ) El contrato SI requiere tratamiento de datos personales, La finalidad para la que se ceden los datos es:
## 3. DURACIÓN DEL CONTRATO Y PRÓRROGA
## 3.1. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Plazo de ejecución del contrato
: 1 año
El plazo del contrato específico se iniciará :
- ( X ) Al día siguiente, a partir de la notificación de la adjudicación del contrato.
- ( ) El dd/mm/aaaa salvo que la adjudicación del contrato específico se produzca el mismo día o con posterioridad a dicha fecha, en cuyo caso será la fecha siguiente a la notificación de la adjudicación del contrato específico.
## 3.2. PRÓRROGA DEL CONTRATO ESPECÍFICO
El presente contrato específico:
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- ( .. ) No es prorrogable. Sin perjuicio de la posibilidad de ampliación del plazo de ejecución descrita en el artículo 29.3 de la LCSP.
## ( X ) Sí es prorrogable , en las siguientes condiciones:
- Se prevé una única prórroga, manteniendo inalterables las características del contrato específico durante la misma. Esta prórroga sólo podrá ser ejecutada mientras el sistema dinámico de adquisición siga en vigor y la empresa adjudicataria esté admitida en el mismo en el momento de formalizarla.
- La prórroga será obligatoria para el contratista, cuando su preaviso se produzca en los términos establecidos en el artículo 29.2 de la LCSP.
- Duración de la prórroga: 12 meses .
- Plazo de preaviso en los términos del artículo 29.2 de la LCSP: 2 meses
## 4. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y PRESUPUESTO DE LICITACIÓN
## 4.1. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y APLICACIONES PRESUPUESTARIAS
| Presupuesto sin IVA | IVA | Presupuesto con IVA |
|-----------------------|-------|-----------------------|
Las obligaciones económicas que se deriven para la Administración por el cumplimiento del contrato serán financiadas por el Presupuesto de Gastos del organismo COMISIÓN NACIONAL MERCADO DE VALORES, Centro de Gestión Departamento de Sistemas de Información (EA0008595) con cargo a las siguientes anualidades y aplicaciones presupuestarias (fecha de comienzo estimada 1 de enero de 2026):
| Aplicación presupuestaria | 2026 | TOTAL IVA incluido |
|--------------------------------------|--------|----------------------|
| DSI.2026.102 DSI.2026.69 DSI.2026.71 | | |
## 4.2. TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE (A EFECTOS PRESUPUESTARIOS)
## ( X ) Ordinaria.
## ( ) Anticipada:
Se hace constar que el plazo de ejecución comenzará a partir del 1 de enero de 202X o fecha posterior , y que la adjudicación del contrato queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente, de acuerdo con el artículo 117.2 de la LCSP y la normativa contable de aplicación.
## 4.3. SISTEMA DE DETERMINACIÓN DEL PRECIO
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De acuerdo con los artículos 102.4 y 309 de la LCSP, la determinación del precio del contrato se realiza:
- ( ) A tanto alzado
- ( X ) Por precios unitarios
## 4.4. VALOR ESTIMADO
Conforme a lo previsto en el artículo 101.5 de la LCSP el valor estimado asciende a 1.714.046,40 euros , según el siguiente desglose:
| Valor estimado |
|---------------------------------------------------|
| Importe total de la prestación, sin IVA |
| Importe máximo por modificación prevista, sin IVA |
| Importe máximo de la eventual prórroga, sin IVA |
| TOTAL |
El contrato, conforme a los umbrales establecidos en la normativa contractual:
- ( X ) SI está sujeto a regulación armonizada
- ( ) NO está sujeto a regulación armonizada
El cálculo del valor estimado de estos servicios se ha basado en las Unidades de Trabajo previstas. En concreto, se han previsto 3.960 12 meses de ejecución del contrato.
El presupuesto del contrato se ha calculado en base a los costes laborales, considerando una media de 5 horas de trabajo (en media) de los siguientes perfiles dedicados plenamente al proyecto:
- 1 Director PMO
- 1 Jefe de proyecto transformación digital
- 1 Consultor Cloud
- 1 Consultor de Ciberseguridad
- 1 Consultor comunicación y gestión de cambio
- 2 Consultor IA Data
- 4 Consultor Transformación Digital
La dedicación total de del conjunto de los 11 perfiles estimados es de 19.800 horas. La UT se define como 5 horas de trabajo efectivas de ese equipo de trabajo lo que suponen 3.960 UT para la ejecución del contrato.
Primero, se va a realizar la estimación a partir del dimensionamiento del equipo de trabajo y dedicación para las diferentes categorías profesionales que se estiman necesarias y posteriormente se valorará el coste de cada UT (Precio máximo de licitación) con esos supuestos.
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En el cálculo del valor estimado se han tenido en cuenta los costes derivados de la aplicación de las normativas laborales vigentes, considerado los costes de personal que deberán encargarse de ejecutar la prestación.
Si bien resulta de aplicación el Convenio sectorial, en el presente expediente se requiere una cualificación superior debido a la especialización tecnológica en una tecnología compleja y novedosa como es el de software de gestión documental, con una alta demanda de este tipo de perfiles y una oferta de perfiles relativamente escasa. Para estimar el coste de mercado real de los diferentes perfiles, se ha tomado como referencia el informe de la consultora Michael Page 2026 sobre costes laborales. Estos informes reflejan los precios de mercado de diferentes perfiles laborales dentro de varios sectores de actividad industrial. Para este proyecto se ha seleccionado el sector de Tecnologías de la Información y, dentro de éste, por asimilación a cada uno de los anteriores, el siguiente perfil, cuyos costes son el siguiente:
| PERFILES | Perfil Asimilado Estudio Costes Michael Page 2026 | Salario Bruto | Seguridad Social Empresa | Coste Empresa | Coste Empresa/h |
|--------------------------------------------|---------------------------------------------------------------------|-----------------|----------------------------|-----------------|-------------------|
| DirectorPMO | IT Manager IT Leadership & Business Transformation >= 8 años | | | | |
| Jefe de proyecto transformación digital | Project Manager IT Leadership & Business Transformation 4-7 años | | | | |
| Consultor cloud | Cloud Engineer Infrastructure& Cloud 4-7 años | | | | |
| Consultor ciberseguridad | Cybersecurity Engineer Cybersecurity & Data Protection 4-7 años | | | | |
| Consultor comunicación y gestión de cambio | Comunicación Interna y Engagement Marketing - Comunicación 3-5 años | | | | |
| Consultor IA Data | BI Consultant Data& IA 4-7 años | | | | |
| Consultor transformación digital | Business Analyst IT Leadership & Business Transformation 4 años | | | | |
En la tabla anterior los precios no incluyen los gastos generales, ni el beneficio industrial, ni los costes indirectos.
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El coste de la Seguridad Social de la empresa se ha calculado como un 35% del salario bruto. Estos costes/h no incluyen ni Costes indirectos ni Beneficio industrial ni Impuestos indirectos (IVA).
Para el cálculo del coste empresa/hora, del perfil Ingeniero experto se han utilizado 1.800 horas/año tomadas del Convenio de Consultoría y Servicios TI establecido en la Resolución de 13 de julio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XVIII Convenio colectivo estatal de empresas de consultoría, tecnologías de la información y estudios de mercado y de la opinión pública 1 .
Con este coste / hora, se han estimado las horas necesarias para los diferentes servicios demandados, de acuerdo con la siguiente tabla:
| Mano de Obra | Coste Empresa/h | Horas | Coste Total |
|--------------------------------------------|-------------------|-----------|---------------|
| DirectorPMO | | 1.800,00 | |
| Jefe de proyecto transformación digital | | 1.800,00 | |
| Consultor cloud | | 1.800,00 | |
| Consultor ciberseguridad | | 1.800,00 | |
| Consultor comunicación y gestión de cambio | | 1.800,00 | |
| Consultor IA Data | | 3.600,00 | |
| Consultor transformación digital | | 7.200,00 | |
| TOTAL | TOTAL | 19.800,00 | |
En la tabla anterior los precios no incluyen los gastos generales, ni el beneficio industrial, ni los costes indirectos.
## Convenio Colectivo
En el cálculo del valor estimado de la mano de obra se han tenido en cuenta los costes derivados de la aplicación de las normativas laborales vigentes, considerado los costes de personal que deberán encargarse de ejecutar la prestación. En cuanto resulta de aplicación a más del 50% del personal necesario para la ejecución del Contrato el mismo convenio colectivo sectorial, los costes tomados en consideración son los previstos en dicho convenio.
El convenio colectivo sectorial de aplicación en los términos indicados es el XIX Convenio colectivo estatal de empresas de consultoría, tecnologías de la información y estudios de mercado y de la opinión pública, publicado en el BOE del día 16 de abril de 2024 mediante Resolución de 4 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el citado Convenio. No consta que exista diferencia por género en el Convenio colectivo que resulta de aplicación.
1 https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2017-12902
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Dentro del convenio de Consultoría y Servicios TI citado, de entre todos los reflejados en mismo, el salario máximo corresponde al área de actividad 3: Consultoría, Desarrollo y sistemas, Grupo A, Nivel I con un salario total bruto de euros, incluyendo salario base y plus del convenio. Tomando como base este salario bruto y aplicándole, como se hizo anteriormente, un 35% como coste de la Seguridad Social de la empresa, se obtienen los siguientes datos:
| Salario Bruto/Año (Dato Convenio) | Coste Empresa/Año | Horas/Año (Dato Convenio) | Coste Empresa Hora/Año |
|-------------------------------------|---------------------|-----------------------------|--------------------------|
| | 42.972,53 | 1.800 | |
Este coste empresa, aun siendo el del perfil de mayor importe de los definidos en el convenio es inferior al coste utilizado para el cálculo del coste de mano de obra del proyecto, por lo que en todo momento se respeta el convenio de referencia.
## Gastos Generales y Beneficio Industrial
Sobre el cálculo del porcentaje en concepto de gastos generales, no existen directrices concretas a aplicar en un Contrato de servicios.
El Art. 131 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas establece para los Contratos de obra una horquilla del 13 al 17 por ciento en concepto de gastos generales y un 6 por ciento en concepto de beneficio industrial.
En base a lo anterior, aunque no sería de aplicación directa a este Contrato por ser éste un Contrato de servicios, se han fijado los siguientes porcentajes:
- Costes indirectos (gastos generales): 13% sobre total costes directos
- Beneficio industrial: 6% sobre total costes directos más indirectos
## Desglose del PBL:
| CONCEPTO | CONCEPTO | CONCEPTO | IMPORTE |
|----------------------|----------------------|--------------------------------------------|----------------------|
| COSTES DIRECTOS (CD) | COSTES DIRECTOS (CD) | COSTES DIRECTOS (CD) | COSTES DIRECTOS (CD) |
| | Mano de Obra | Mano de Obra | |
| | | DirectorPMO | |
| | | Jefe de proyecto transformación digital | |
| | | Consultor cloud | |
| | | Consultor ciberseguridad | |
| | | Consultor comunicación y gestión de cambio | |
| | | Consultor IA Data | |
| | | Consultor transformación digital | |
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| | CONCEPTO | CONCEPTO | CONCEPTO | IMPORTE |
|-----|------------------------|-----------------------------|--------------------------------|------------------------|
| | | | TOTAL, COSTES DIRECTOS | |
| | COSTES INDIRECTOS (CI) | COSTES INDIRECTOS (CI) | COSTES INDIRECTOS (CI) | COSTES INDIRECTOS (CI) |
| 13% | | Gastos generales | Gastos generales | |
| | | | TOTAL, COSTES INDIRECTOS | |
| | | SUBTOTAL COSTES DIR + INDIR | SUBTOTAL COSTES DIR + INDIR | |
| 6% | Beneficio Industrial | Beneficio Industrial | Beneficio Industrial | |
| | | | Coste Total, equipo de Trabajo | |
## Precio Base de Licitación
se ha dicho anteriormente, esta dedicación equivale a 3.960 UTs, en consecuencia, se estima el coste de cada UT en 216,42 euros.
| Descripción | Coste Unidad UT* | UT | Coste Total |
|---------------|--------------------|-------------|---------------|
| PBL sin IVA | | 3.960 | |
| IVA | IVA | IVA | |
| PBL con IVA | PBL con IVA | PBL con IVA | |
El desglose de los costes directos e indirectos y otros eventuales gastos calculados para la determinación del presupuesto base de licitación, en aplicación del artículo 100.2 de la LCSP, es el siguiente:
| Desglose Precio | Desglose Precio |
|-------------------------------------------------------------|-------------------|
| Costes directos | Costes directos |
| Personal | |
| Resto costes directos | |
| Costes indirectos + Gastos generales + Beneficio industrial | |
| Total, sin IVA | |
Conforme a lo establecido en el artículo 103 de la LCSP, no procederá la revisión de precios durante la vigencia del contrato.
## 4.5. CONTRATO FINANCIADO CON CARGO AL PRESUPUESTO DE LA UNIÓN EUROPEA
( X ) No.
- ( ) Sí. Instrumento /Fondo/Programa/Mecanismo:
Código de operación/Proyecto/Iniciativa:
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Corresponde al organismo destinatario o, en su caso, al organismo financiador del presente contrato específico, la acreditación de todos los requisitos que resulten exigibles por la normativa comunitaria o nacional para obtener el retorno de las ayudas europeas. Resultan de obligado cumplimiento al presente contrato las obligaciones establecidas en la Adenda para contratos cofinanciados para las partes.
## 4.6. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO ESPECÍFICO
Este contrato específico podrá ser modificado durante su vigencia, en los supuestos de modificación legal contemplados en el artículo 205 de la LCSP y en los supuestos del epígrafe 27.18 del PCAP.
Serán de aplicación las siguientes condiciones: NO APLICA
## 5. LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
- (..) La prestación de los servicios de desarrollo se efectuará en la sede de la Administración
- ( X ) La ejecución de las tareas de desarrollo se realizará, como regla general, en la sede del adjudicatario, salvo aquellas tareas relacionadas con la recogida de requisitos, implantación y puesta en marcha u otras similares en las que resulte más conveniente para una mejor ejecución de los trabajos.
En todo caso, el Coordinador Técnico del Contrato está obligado a acudir a la ubicación designada por la entidad destinataria del contrato específico siempre que ésta así lo solicite.
- ( ) El adjudicatario puede ofertar la realización de las tareas en modalidad no presencial según plan de ejecución de teletrabajo.
- ( ) Otra opción
## 6. INCOMPATIBILIDADES PARA LA LICITACIÓN
- ( X ) No ha existido participación de empresas en la elaboración de las especificaciones técnicas o los documentos preparatorios del contrato específico ni existen incompatibilidades por causas de la naturaleza de los trabajos
- ( ) Sí han participado empresas en la elaboración de especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato específico
En este caso se han adoptado las siguientes medidas para garantizar que su participación en la licitación no falsee la competencia:
- ( ) Comunicación a los demás candidatos o licitadores de la información intercambiada en el marco de la participación en la preparación del procedimiento de contratación o como resultado de ella, y establecimiento de plazos adecuados para la presentación de ofertas
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- ( ) Otras:
- ( ) Existen incompatibilidades por causas de la naturaleza de los trabajos.
## 7. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS Y SU PONDERACIÓN 2
El presente contrato tiene por objeto prestaciones de carácter intelectual 3 :
( X ) No
- ( ) Sí
## 7.1. PONDERACIÓN DE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
1. Ponderación de los criterios según forma de evaluarlos
2. Ponderación entre criterios cualitativos y criterios relacionados con el precio si el contrato tiene por objeto prestaciones de carácter intelectual NO APLICA
| SOBRE 1. Criterios que dependen de un juicio de valor | SOBRE 2. Criterios evaluables mediante fórmulas |
|---------------------------------------------------------|---------------------------------------------------|
| 49% | 51% |
## 7.2. CRITERIOS CUYA CUANTIFICACIÓN DEPENDE DE UN JUICIO DE VALOR
## 7.2.1. Criterios y ponderación
| CRITERIO | PUNTOS |
|----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|----------|
| Solución técnica ofertada (arquitectura, comprensión de los requisitos, viabilidad, metodología, rendimiento | 25 |
| Planificación del servicio (calendario, horario, análisis de riesgos, plan de contingencias, plan de calidad, trazabilidad | 20 |
| Plan de transferencia del servicio | 4 |
## 7.2.2. Método de valoración y documentación
2 Criterios de valoración conforme a las previsiones del apartado 27.5.4 del PCAP.
3 Según Resolución TACRC 1250/2019, una prestación de carácter intelectual debe tener una función innovadora y creativa con carácter predominante en el contrato. Incluso aunque exista actividad intelectual (todo contrato de servicios la requiere), es la existencia de creación innovadora lo que determinará si el objeto del contrato es una prestación de carácter intelectual.
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Se podrá valorar hasta 49 puntos, como resultado de la suma de la valoración de los puntos obtenidos por cada uno de los criterios de valoración. Los licitadores deberán presentar la documentación técnica que consideren oportuna a efecto de valoración de los criterios no evaluables mediante fórmulas y cuya cuantificación depende de un juicio de valor.
## SOLUCIÓN TÉCNICA OFERTADA
## Máximo 25 puntos.
- Unidad de medida: puntos.
- Criterio a maximizar para comparar entre diferentes oferentes.
- Método de valoración: hasta 25 puntos.
Los licitadores deberán presentar un apartado técnico en su oferta sobre los aspectos siguientes de cada subcriterio que proponen para este servicio y que suponen la comprensión de los requisitos técnicos de la oficina de gestión.
En concreto se valorarán los siguientes subcriterios:
## Metodología: 5 puntos
Se valorará la descripción de una tipología de proyectos en los diferentes procesos y tecnologías descritas para ejecutar en la oficina, las tareas mínimas a realizar, la documentación asociada, las técnicas que se proponen utilizar y las herramientas de soporte de las mismas.
## Documentación: 5 puntos.
Se valorará la identificación de documentos necesarios para la gestión de este expediente, los campos que incluyan, el nivel de detalle, una dimensión adecuada, una estructura coherente con el resto de documentación (sin repetir información), etc.
No se valorarán referencias a metodologías generales, ni postergar la estructura y contenido de esta documentación durante las primeras fases de la ejecución del contrato.
Rendimiento previsible: 5 puntos.
Se valorará el conocimiento del licitador en el rendimiento que los técnicos supervisados por el coordinador pueden ejecutar respecto de las UT propuestas. Se valora la simplicidad, eficiencia y objetividad del mecanismo de estimación de las horas de dedicación para la elaboración de cada documento por el técnico asignado, en base a la propuesta de experiencia de los técnicos.
## Viabilidad técnica y optimización de las opciones y propuestas: 5 puntos.
Se valora la adecuación, claridad y objetividad del mecanismo propuesto para estudiar la viabilidad técnica y optimizar las opciones de cada propuesta. En este apartado se valora igualmente la experiencia del personal propuesto y la posibilidad de contar con recursos externos a la empresa en caso de decantarse por tecnologías muy específicas.
Aseguramiento de la calidad: 5 puntos.
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Se valorará la descripción de los procesos de seguimiento y control de la oficina, de su rendimiento, y de la calidad de sus resultados. Se valorará el trabajo del coordinador del proyecto en este apartado.
Para cada criterio/subcriterio la valoración se efectuará según el siguiente baremo de calidad:
| EXCELENTE | 5 puntos |
|-------------|------------|
| ALTA | 4 puntos |
| MEDIA | 3 puntos |
| BAJA | 2 puntos |
| MUY BAJA | 1 puntos |
## PLANIFICACIÓN DEL SERVICIO
## Máximo 20 puntos.
- Unidad de medida: puntos.
- Criterio para maximizar para comparar entre diferentes oferentes.
- Método de valoración: hasta 20 puntos.
Los licitadores presentarán un apartado en su oferta con una descripción pormenorizada de la propuesta de dimensionamiento de Unidades de trabajo que proponen, de cómo piensan ofrecer el servicio en periodos de vacaciones del personal mínimo asignado dentro de un plan de contingencias y su propuesta de trazabilidad del servicio.
En concreto se valorarán los siguientes subcriterios:
## Valoración del esfuerzo: 5 puntos.
Se valora el nivel de detalle del puntuarán más las descripciones concretas y efectivas, que no deleguen esta función al tiempo de ejecución del contrato, sino que puedan ser previamente evaluadas de manera objetiva.
## Trazabilidad del servicio: 5 puntos.
Se valorará el mecanismo propuesto de seguimiento del servicio: frecuencia de este proceso, repositorio de documentación a usar, tablas de estados de proyectos, controles efectuados, seguimientos, etc.
## Prestaciones en periodos de vacaciones y plan de contingencias: 5 puntos.
Se valorará la propuesta del licitador que limite la pérdida de rendimiento de la oficina en periodos de vacaciones o de sustitución de los miembros previos.
Propuestas de mejora tecnológica: 5 puntos.
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Se valorarán los mecanismos, técnicos o herramientas propuestos de mejora delos proyectos. Sólo se valorarán aquellas propuestas que claramente reduzcan los tiempos de puesta en producción de los proyectos a abordar, la calidad de los mismos, su disponibilidad, su eficiencia, etc.
Se usará una tabla de baremación para cada uno de los subcriterios idéntica a la anterior:
| EXCELENTE | 5 puntos |
|-------------|------------|
| ALTA | 4 puntos |
| MEDIA | 3 puntos |
| BAJA | 2 puntos |
| MUY BAJA | 1 puntos |
## PLANIFICACIÓN DE TRANSFERENCIA DEL SERVICIO
## Máximo 4 puntos .
- Unidad de medida: puntos.
- Criterio a maximizar para comparar entre diferentes oferentes.
- Método de valoración: lineal hasta 4 puntos.
Los licitadores prepararán un plan específico para la transferencia de este servicio.
Se valorará la claridad del proceso, su eficacia optimizando la continuidad de los proyectos que se encuentren en curso y minimizando el esfuerzo dedicado a esta tarea.
Se usará una tabla de baremación para este criterio idéntica a la anterior:
| EXCELENTE | 4 puntos |
|-------------|------------|
| ALTA | 3 puntos |
| MEDIA | 2 puntos |
| BAJA | 1 puntos |
| MUY BAJA | 0 puntos |
## 7.3. PRECIO DE LA OFERTA
41 puntos , valorable según la fórmula seleccionada:
( X ) Función optimizar precio :
Donde:
Ci, es la puntuación en base al criterio precio, asignada a la oferta del licitador i P, es la ponderación del criterio precio, la cual deberá ser como mínimo de 40 puntos sobre 100. El precio no puede ser el único criterio de adjudicación Oi, es el precio ofertado por el licitador i (IVA excluido)
<!-- image -->
Ob, es el precio más bajo ofertado (IVA excluido)
Ol, es el presupuesto máximo de licitación (IVA excluido)
( ) Función minimizar precio : (fórmula utilizable si sólo se utilizan criterios automáticos)
Donde:
Ci, es la puntuación en base al criterio precio, asignada a la oferta del licitador i
P, es la ponderación del criterio precio, la cual deberá ser como mínimo de 40 puntos sobre 100. El precio no puede ser el único criterio de adjudicación
Oi, es el precio ofertado por el licitador i (IVA excluido)
Omin, es el precio más bajo ofertado (IVA excluido)
Omax, es el precio de la oferta más alta (IVA excluido)
## 7.4. OTROS CRITERIOS AUTOMÁTICOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS, DISTINTOS AL PRECIO
Se valorarán los siguientes criterios evaluables mediante fórmulas hasta un máximo de 10 puntos.
| CRITERIO | PUNTOS | FÓRMULA DE VALORACIÓN , según apartado 7.5. |
|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|----------|-----------------------------------------------|
| Características de los perfiles profesionales (cualificación profesional, titulaciones, experiencia o formación) por encima de los requisitos mínimos exigidos según lo definido en el apartado 9.2 y/o en el Anexo V. | 5 | Maximizar |
| Recursos adicionales adscritos a la ejecución del proyecto. | 5 | Maximizar |
## CARACTERÍSTICAS DE LOS PERFILES PROFESIONALES, FORMACIÓN POR ENCIMA DEL MÍNIMO EXIGIDO SEGÚN LO DEFINIDO EN EL APARTADO 9.2 Recursos a aportar al servicio y el anexo V
Para valorar este criterio y optar a la obtención de puntuación en este apartado, las ofertas deberán incluir el número de perfiles que cuentan con la certificación en el equipo de prestación de servicio.
| CERTIFICACIONES | CERTIFICACIONES | Nº DE CERTIFICACIONES |
|-------------------|----------------------------------------------------------------------------|-------------------------|
| 1 | ISO 20000 Lead Implementer o Lead Auditor o Foundation o equivalente | Maximizar |
| 2 | Scrum Máster o certificación en metodología de desarrollo ágil equivalente | Maximizar |
Estas certificaciones, certificaciones ISO/IEC 20000 y Scrum Master, o equivalentes, al ser un requisito valorable de forma automática, no deben figurar en los CVs del equipo .
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## RECURSOS ADICIONALES ADSCRITOS A LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO
contrato.
## 7.5. FÓRMULASAPLICABLES A LOS CRITERIOS AUTOMÁTICOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS
Función Maximizar
:
## Donde:
- Ci es la puntuación en base al criterio C, asignada a la oferta del licitador i;
- P es la ponderación del criterio C;
- Xi es el valor ofertado por el licitador i en el criterio C;
- Xmáx es el valor máximo ofertado por los licitadores en el criterio C o el umbral de saciedad si éste fuese inferior y se hubiese definido.
En consecuencia, se asignarán P puntos a la oferta que presente mayor valor del dato en su oferta, en el criterio C, y al resto de ofertas se les asignarán las puntuaciones de forma lineal, según la fórmula anterior.
## Función Minimizar :
## Donde:
- Ci es la puntuación en base al criterio C asignada a la oferta del licitador i;
- P es la ponderación del criterio C;
- Xi es el valor ofertado por el licitador i en el criterio C;
- Xmín es el valor mínimo ofertado por los licitadores en el criterio C o el valor mínimo de referencia que se hubiese definido, en su caso;
- Xmáx es el valor máximo ofertado por los licitadores en el criterio C.
En consecuencia, se asignarán P puntos a la oferta que presente menor valor del dato en su oferta en el criterio C y al resto de ofertas se les asignarán las puntuaciones de forma lineal, según la fórmula anterior.
Función Sí/No (maximizar binario):
## donde:
- P es el peso del criterio a valorar, si la oferta del licitador contempla el cumplimiento de este requisito. En caso contrario, P es cero.
## 7.6. APLICACIÓN DEL UMBRAL DEL 50% DE PUNTUACIÓN
- ( x ) El presente procedimiento se articula en dos fases correspondientes a la valoración de criterios sujetos a juicio de valor y la correspondiente a criterios evaluables mediante fórmulas
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(Sobres nº1 y Sobre nº 2). Conforme a lo previsto en el artículo 146.3 de la LCSP y en el apartado 27.5.4 del PCAP el límite del 50% de los criterios de calidad será aplicable una vez abierto el Sobre nº 1 (o si existiesen también criterios de calidad automáticos, una vez abierto el sobre 2.1 que contiene los valores de éstos).
- ( ) El presente procedimiento se articula en una única fase, al no existir criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor.
## 8. OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS
Se apreciará que la oferta es anormalmente baja conforme a lo señalado:
- ( X ) Cuando se den las condiciones conforme a lo definido en la REGLA GENERAL
- ( ) Cuando se den las condiciones conforme a lo definido en la REGLA PARTICULAR
## A. REGLA GENERAL DEL SISTEMA DINÁMICO
Cuando se produzcan las siguientes condiciones de forma concurrente:
- -Si existiendo 4 o más licitadores las ofertas económicas presentadas resultan inferiores en más de 20 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 20 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía. Si, por el contrario, han concurrido menos de cuatro licitadores, resultarán de aplicación las previsiones del artículo 85 apartados 1 a 3 del Reglamento 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
- -A la condición anteriores se deberá añadir la siguiente para apreciar el carácter anormal o desproporcionado de las ofertas.
- ( X ) Cuando el criterio de calidad de mayor peso de los apartados 7.2 y 7.4 se encuentre fuera del umbral indicado: 0,01% con relación a los valores medios ofertados
- ( ) Cuando la puntuación de la totalidad de los criterios de calidad (todos los que no son el criterio precio) se encuentre fuera del umbral indicado
## B. REGLA PARTICULAR
NO APLICA .
## 9. CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
## 9.1. OBLIGACIONES GENERALES
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Al presente contrato le resultan de aplicación las siguientes obligaciones, conforme a lo establecido en los pliegos reguladores del sistema dinámico de adquisición:
- a) Las obligaciones establecidas en el apartado 27.5.9 del PCAP respecto al personal laboral
- b) La obligación de confidencialidad del apartado 27.5.8 del PCAP
- c) Las obligaciones referidas a la protección de datos personales, en los términos previstos en la cláusula 27.5.7 apartado 2 del PCAP.
- d) La obligación de cumplimiento de la condición especial de ejecución relativa a la disponibilidad de los planes de formación conforme al apartado 27.5.7 apartado 1 del PCAP del SDA 26/2021 y, en su caso, las condiciones de ejecución previstas en el apartado 9.4. de este documento de invitación.
- e) Las obligaciones de comunicación de la subcontratación y la acreditación de los pagos a los subcontratistas conforme al apartado 27.11 del PCAP. En su caso, y conforme a lo previsto en el apartado 215.2.e):
( X ) No existen tareas críticas que no puedan ser subcontratadas en el presente contrato específico.
( ) Las siguientes tareas críticas no podrán ser objeto de subcontratación, debido a las siguientes causas:
- f) El cumplimiento de las condiciones salariales de los trabajadores conforme al convenio colectivo sectorial de aplicación conforme al artículo 122.2 de la LCSP.
- g) El adjudicatario nombrará un Coordinador Técnico del Contrato que actuará como interlocutor único a todos los efectos frente a la entidad destinataria del contrato, canalizando las comunicaciones y responsabilizándose de la gestión de los trabajos y de la gestión del personal adscrito por parte de la empresa adjudicataria.
- h) La obligación de disponibilidad de los medios técnicos conforme a lo previsto en el apartado 2 del PPT, según se indique en el presente documento de invitación.
- i) La obligación establecida en el apartado 5 del PPT.
- j) La obligación referente a la cesión de la propiedad intelectual de los trabajos de desarrollo conforme al 308.1 de la LCSP
## 9.2. RECURSOS A APORTAR AL SERVICIO
( ) No se define un equipo mínimo. El adjudicatario realizará la prestación a su riesgo y ventura con los medios personales y materiales que incluya en su propuesta si bien se facilita un equipo de trabajo orientativo.
( X ) Se define un equipo mínimo en el apartado 9.2.1. que el adjudicatario deberá aportar para la prestación del servicio como condición de ejecución del mismo . El adjudicatario realizará la prestación a su riesgo y ventura con los medios personales mínimos descritos, pudiendo aumentarlos si lo estima conveniente.
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- ( .. ) Se solicita la adscripción al contrato de perfiles profesionales. El adjudicatario deberá aportar el equipo mínimo del apartado 9.2.1. y acreditar la adscripción al contrato de los medios y personas, en número y cualificación, que se definen en el apartado 9.2.2.
En el apartado 9.2.2 de este documento se justifica de manera reforzada la obligación de adscripción, además de justificarse la necesidad de los perfiles profesionales requeridos.
## 9.2.1. Definición del equipo mínimo u orientativo
El equipo de proyecto proporcionado por el adjudicatario para la prestación del servicio se adaptará a los perfiles siguientes:
| Perfil | Funciones básicas a realizar |
|-----------------------------------------------------|----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| Director/a de la PMO | Responsable de la dirección técnica del servicio. Supervisión global de la ejecución, coordinación del equipo y elaboración de informes ejecutivos. Interlocución principal con la CNMV. Control del cumplimiento metodológico, tiempos y calidad. |
| Jefe/a de Proyecto de Transformación Digital | Responsable de la planificación y coordinación operativa de los proyectos TIC. Elaboración de planes de trabajo, control de riesgos, seguimiento de hitos y apoyo a los responsables funcionales. Asistencia a comités de seguimiento. |
| Consultor/a Especialista en Infraestructura y Cloud | Soporte experto en arquitectura y despliegue de infraestructuras. Participación en la definición de soluciones cloud e híbridas. Apoyo en la interoperabilidad de plataformas, seguridad de infraestructuras y eficiencia técnica. |
| Consultor/a Especialista en Ciberseguridad | Responsable del apoyo técnico en materia de seguridad de la información. Definición de medidas técnicas y procedimentales, gestión de riesgos y cumplimiento del ENS e ISO 27001. Supervisión de políticas y controles de ciberseguridad. |
| Consultor/a en Gestión del Cambio y Comunicación | Definición y ejecución de estrategias de comunicación interna. Elaboración de materiales de difusión, organización de sesiones de trabajo y seguimiento de la adopción por usuarios. Gestión del cambio cultural y acompañamiento. |
| Consultor/a de Data e Inteligencia Artificial | Participación en el diseño de casos de uso de analítica avanzada y proyectos de inteligencia artificial. Evaluación de la calidad y gobernanza del dato. Apoyo en la definición de modelos analíticos, explotación de datos y elaboración de cuadros de mando. |
| Consultoría de Transformación Digital | Análisis funcional y rediseño de procesos digitales. Apoyo a la planificación de iniciativas, definición de requisitos, seguimiento metodológico y soporte en la implantación. Elaboración de documentación funcional y coordinación con áreas usuarias. |
En base a los anteriores perfiles, el equipo mínimo a aportar al proyecto es el siguiente :
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| Perfil | Nº perfiles | Dedicación |
|-----------------------------------------------------|---------------|--------------|
| Director/a de laPMO | 1 | Completa |
| Jefe/a de Proyecto de Transformación Digital | 1 | Completa |
| Consultor/a Especialista en Infraestructura y Cloud | 1 | Completa |
| Consultor/a Especialista en Ciberseguridad | 1 | Completa |
| Consultor/a en Gestión del Cambio y Comunicación | 1 | Completa |
| Consultor/a de Data e Inteligencia Artificial | 2 | Completa |
| Consultoría de Transformación Digital | 4 | Completa |
## 9.2.2. Adscripción de medios personales o materiales
## NO APLICA
## 9.2.3. Documentación justificativa de disponer de los medios a que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir al contrato
- ( X ) Los títulos oficiales que acrediten el cumplimiento de los requisitos de titulación exigida para los perfiles profesionales a dedicar al contrato.
- ( X ) La experiencia exigida para los perfiles profesionales, se acreditará mediante los currículum vitae detallados y anonimizados acompañados de declaración responsable del licitador sobre la veracidad de los datos contenidos en los mismos.
- ( .. ) Aquella que acredite que los perfiles profesionales a adscribir a la ejecución del contrato pertenecen a la empresa, o que existe un precontrato para su incorporación laboral a la misma, o una relación mercantil que permita al empresario disponer de los mismos para la ejecución del contrato.
- ( ) Otros
## 9.2.4. Constitución del Equipo de Trabajo
El equipo de trabajo deberá estar constituido en el plazo de 15 días, a contar desde la fecha de notificación de la adjudicación del contrato específico.
## 9.2.5. Régimen de sustitución del personal
En el caso de que fuese necesaria la sustitución del personal adscrito, se deberá comunicar al responsable del contrato específico con la antelación suficiente y en todo caso en un plazo de quince días la sustitución propuesta para que pueda comprobarse que el nuevo componente que se pretende adscribir al contrato cumple las condiciones mínimas exigibles al perfil correspondiente.
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## 9.3. ESQUEMA NACIONAL DE SEGURIDAD
Son condiciones de obligado cumplimiento las descritas en este documento, en el Anexo VI Cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad .
En aplicación del artículo 38 del ENS, el organismo destinatario:
- ( ) Ha categorizado el sistema o sistemas objeto del desarrollo, de la siguiente manera:
- Sistema XXXX1 : categoría ALTA / MEDIA / BÁSICA
- Sistema XXXX2 : categoría ALTA / MEDIA / BÁSICA
URL donde se publica la certificación o declaración de conformidad (art. 38.2 del ENS): URL
( X ) No dispone todavía de la categorización del sistema o sistemas objeto del desarrollo.
En virtud de la anterior categorización, son de aplicación las medidas del Anexo II del ENS que se recogen en el Anexo VI de este documento. Para la aplicación de estas medidas se hace constar:
| Medida Anexo VI | Aplicación |
|------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|
| 2.a. Mínimo privilegio | Las aplicaciones se desarrollarán respetando el principio de mínimo privilegio, accediendo únicamente a los recursos imprescindibles para su función, y con los privilegios que sean indispensables. |
| 2.b. Metodología desarrollo seguro | La metodología que proponga el licitador deberá considerar los aspectos de seguridad a lo largo de todo el ciclo de vida. La tecnología usada y propuesta asegura el control de la asignación y liberación de memoria. |
| 2.c. Seguridad desde el diseño | Serán parte integral del diseño del sistema: a) Los mecanismos de identificación y autenticación. b) Los mecanismos de protección de la información tratada. c) La generación y tratamiento de pistas de auditoría. |
Adicionalmente a lo anterior y de conformidad con el artículo 14 del ENS, el organismo destinatario ha realizado un análisis previo de riesgos a los que está expuesto el sistema, empleando una metodología reconocida internacionalmente. A resultas de dicho análisis, el responsable del servicio ha determinado los siguientes requisitos aplicables al servicio de desarrollo prestado, adicionales a todos los anteriores:
- ( X ) No se han determinado requisitos aplicables al servicio de desarrollo del sistema.
- ( ) Se han determinado los siguientes requisitos aplicables al servicio de desarrollo del sistema:
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## 9.4. OTRAS CONDICIONES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
NO APLICA
## 10. PAGO DE LOS SERVICIOS Y FACTURACIÓN
El pago de los trabajos efectivamente realizados de conformidad con los términos del contrato se efectuará de acuerdo con lo establecido en los artículos 198 y 199 de la LCSP y las normas y disposiciones que los desarrollan.
La periodicidad de los pagos será la siguiente:
- [ ] ( ) Mensual para los trabajos descritos incluidos en
- [ ] ( ) ANEXO II
- [ ] ( ) ANEXO III
- [ ] ( ) ANEXO IV
(X) Trimestral , para los trabajos según los trabajos descritos incluidos en
- [ ] ( ) ANEXO II
- [ ] ( ) ANEXO III
( X ) ANEXO IV
considerando los siguientes períodos trimestrales:
Período 1: a meses
Período 2: meses a
```
meses
```
Período 3: meses a meses
Período 4: meses a meses
siendo la fecha de inicio del contrato
- [ ] ( ) Conforme a los hitos establecidos en el ANEXO II al recibirse los entregables.
- [ ] ( ) Los hitos tienen naturaleza de entregas parciales
- [ ] ( ) Los hitos se abonan como anticipos a cuenta, debido a la naturaleza de la prestación
- [ ] ( )Otra
La cuantía a pagar por la Administración será el importe ofertado por el adjudicatario correspondiente a los trabajos completados que haya desempeñado el contratista en el período de facturación.
## 10.1.CONDICIONES DE PRESENTACIÓN DE LAS FACTURAS
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( X ) Organismo incluido en el ámbito subjetivo, art 229.2 LCSP.
Las facturas se presentarán obligatoriamente en formato electrónico firmadas con firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido. En concreto, las facturas electrónicas que se remitan a las Administraciones Públicas se ajustarán al formato estructurado de la factura electrónica Facturae y de firma electrónica conforme a la especificación XMLAdvanced Electronic Signatures (XAdES).
En las facturas deberán constar los siguientes datos, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional trigésima segunda de la LCSP:
- Órgano de contratación: Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación - E04962703.
- Órgano responsable del contrato específico: EA0008595
- Órgano gestor: EA0008595
- Unidad tramitadora: EA0008599
- Órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública: EA0008599
Asimismo, en el ámbito de la facturación electrónica deberán incluir:
- Campo <FileReference> : SDA 26/2021.
- Campo <Receiver transaction reference> : Será el número del contrato específico (xxxx/aaaa) o, en su defecto, el número que para esta tramitación asigne el organismo destinatario.
( .. ) Organismo adherido al Sistema Estatal de Contratación Centralizada.
## 11. PLAZO DE GARANTÍA DEL OBJETO DEL SERVICIO
Una vez efectuada la recepción o conformidad según lo establecido en los artículos 210 y 311 de la LCSP, comenzará el plazo de garantía de los entregables que hacen objeto del contrato específico. Este plazo se fija en nueve meses desde la fecha de recepción.
Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los entregables de la prestación contratada, el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos en un plazo no superior a tres meses. Estos vicios y defectos se entenderán siempre referidos a la última versión del entregable generada por el contratista, no estando cubierta por esta garantía ninguna versión posterior de dicho entregable.
El contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada.
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Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado ningún reparo o denuncia, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada.
## 12. PENALIDADES
## 12.1.PENALIDADES FIJADAS EN EL SISTEMA DINÁMICO DE ADQUISICIÓN
En lo siguientes casos se aplicarán las previsiones de la cláusula 27.17 del PCAP:
| INCUMPLIMIENTO | Valor fijado en el SDA | Valor fijado en el contrato específico | Fórmula de cálculo |
|-----------------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------------------------------------------------------------------------|----------------------------------------------------------------------------------------------------|------------------------|
| Incumplimiento de las condiciones de ejecución, excepto la relativa a subcontratación. | 1% de la facturación del periodo | - Grave: hasta el 5% del importe del contrato. - Muy grave: hasta el 10% del importe del contrato. | Apartado 12.2 |
| Incumplimiento de los ANS. | 1% de la facturación del periodo | - NO APLICA | |
| Incumplimiento de los compromisos de adscripción de medios. | 1% de la facturación del periodo | - NO APLICA | |
| Incumplimiento de las condiciones ofertadas en los criterios de adjudicación y que fueron valoradas | 1% de la facturación del periodo | - NO APLICA | Apartado 12.2 |
| Demora en el cumplimiento del plazo total del contrato | Resolución / 0,60 euros por cada día y 1.000 euros del precio del contrato, IVA excluido | No modulable en contrato específico | Valor fijado en el SDA |
| Incumplimiento de obligaciones en materia medioambiental, social o laboral | 1% de la facturación del periodo | No modulable en contrato específico | Apartado 12.2 |
| Incumplimiento de las condiciones de subcontratación | 1% del importe del subcontrato Grave: 5% Muy grave: 10% | No modulable en contrato específico | Valor fijado en el SDA |
| Incumplimiento de las obligaciones de información y pago sobre suministradores y subcontratistas | 1% del importe del subcontrato Grave: 5% Muy grave: 10% | No modulable en contrato específico | Valor fijado en el SDA |
Definición y justificación de incumplimientos graves y muy graves aplicables al contrato específico.
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- Incumplimiento de las condiciones de ejecución:
- Rotación no planificada del personal de prestación del servicio. La modificación de alguno de los componentes del equipo adscrito a la ejecución de los trabajos, sin observar el procedimiento y requisitos establecidos en el punto de Régimen de Sustitución de Personal, facultará a la DTIC para calificar dicha modificación como una rotación no planificada:
- o Grave: La superación del 25% de rotaciones no planificadas del personal de prestación del servicio. Se penalizará con un descuento del 5% del importe del contrato.
- o Muy grave: La superación del 50% de rotaciones no planificadas del personal de prestación del servicio. Se penalizará con un descuento del 5% del importe del contrato.
- Incumplimiento de las condiciones ofertadas en los criterios de adjudicación y que fueron valoradas:
- El incumplimiento de las condiciones ofertadas en los criterios de adjudicación y que fueron valoradas, es decir la falta de los recursos adicionales que la empresa hubiera comprometido a la ejecución del contrato o la carencia de perfiles con la formación en Scrum Master o certificación en metodología de desarrollo ágil, se penalizará en el 1% de la facturación del periodo (IVA excluido).
## 12.2.FÓRMULA PARA LA APLICACIÓN DE PENALIDADES
Los porcentajes para los incumplimientos que no deban calificarse como graves o muy graves, se aplican sobre el importe de la facturación del período en el que se produzca el incumplimiento que da lugar a la penalidad, mediante la siguiente fórmula:
- IP es el importe de la penalidad a aplicar
- IF es el importe del periodo de facturación, antes de la aplicación de ninguna penalidad
- d es el número de días hábiles durante los que ha subsistido el incumplimiento dentro del periodo de facturación, y
- D es el número de días hábiles contenidos en el periodo de facturación.
## 13. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DE LOS CONTRATOS ESPECÍFICOS
Además de las causas de resolución previstas en el apartado 27.19 del PCAP del sistema dinámico de adquisición, serán igualmente causas de resolución las siguientes:
NO APLICA
## 14. FORMA DE PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS OFERTAS
donde:
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Las ofertas se presentarán obligatoriamente en formato electrónico, a través de la PLACSP 4 u otra plataforma de contratación a disposición del organismo.
Las ofertas deberán firmarse electrónicamente por el representante legal de la empresa 5 .
El organismo destinatario deberá realizar el trámite de apertura de las ofertas siguiendo los preceptos de la licitación electrónica.
Las ofertas contendrán como mínimo la siguiente información:
- Sobre 1: Documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya ponderación está sujeta a un juicio de valor .
La oferta técnica no podrá contener información ni dato alguno relacionado con los criterios de valoración mediante fórmula, advirtiéndose de que, en otro caso, la oferta podrá ser excluida. La oferta técnica no deberá contener:
- Información ni documentación adicional relativa a la presentación de la empresa.
- Referencias de otros proyectos realizados.
- Otras cuestiones de tipo general sin relación concreta con el objeto del contrato.
- Información detallada sobre el dimensionamiento y características del equipo de trabajo. Estos datos se aportarán, en su caso, en el Sobre nº 2.1.
Incluirá tres apartados específicos con la información que se considere oportuna a efectos de valoración de los criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor: Planteamiento Global del servicio, propuesta y enfoque metodológico, solución técnica ofertada y planificación de transferencia del servicio.
- -Solución técnica
- -Planificación del servicio
- -Plan de transferencia del servicio
Cada uno de los tres apartados anteriores debe ser autocontenido, es decir, en la valoración de cada criterio se considerará la información contenida únicamente en el apartado correspondiente, sin posibilidad de considerar o referirse a otros apartados diferentes del que se considera.
## Sobre 2
## o 2.1: Documentación relativa a los criterios automáticos evaluables mediante fórmulas, distintos del precio .
4 Plataforma de Contratación del Sector Público: https://contrataciondelestado.es/wps/portal/guiasAyuda
5 Para facilitar la identificación del firmante apoderado de la empresa, se deberá indicar, además de sus datos, el número de usuario apoderado de la aplicación CONECTA-CENTRALIZACIÓN.
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A efectos de permitir la correcta valoración de los criterios automáticos evaluables mediante fórmulas, distintos del precio, los licitadores deberán aportar, dentro del sobre o carpeta correspondiente, una memoria técnica firmada electrónicamente que contenga de forma desglosada y detallada toda la información necesaria para la aplicación objetiva de las fórmulas establecidas en el apartado correspondiente del cuadro de características. Dicha documentación deberá incluir, como mínimo, los valores numéricos ofertados para cada uno de los criterios sometidos a evaluación automática, identificados con la misma nomenclatura empleada en los pliegos, así como los documentos acreditativos o justificativos necesarios que respalden dichos valores, tales como fichas técnicas, certificados, cronogramas, declaraciones responsables o cualquier otra evidencia objetiva susceptible de verificación técnica. La omisión de esta información o su presentación incompleta podrá implicar la no valoración del criterio correspondiente, conforme al principio de igualdad de trato entre licitadores y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145.5 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
## o 2.2: Oferta económica
La oferta incluirá, en todo caso, la propuesta económica global y, en el caso de establecerse el precio de la prestación en unidades de trabajo, el precio unitario ofertado, indicándose como partida independiente el importe del IVA.
NOTAS IMPORTANTES: NO ES NECESARIO COMUNICAR QUE NO SE VA A CONCURRIR A LA LICITACIÓN AL NO REQUERIR OBLIGATORIAMENTE LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS EL PRESENTE SISTEMA DINÁMICO.
EN LO QUE ESTE DOCUMENTO DE INVITACIÓN SE OPONGA A LOS PLIEGOS DEL SISTEMA DINÁMICO DE ADQUISICIÓN, PREVALECERÁN ESTOS ÚLTIMOS.
NO ES VÁLIDO INTRODUCIR EL CONTENIDO DE LOS APARTADOS 1 A 14 DE ESTA INVITACIÓN EN LOS ANEXOS U OTROS ESPACIOS DIFERENTES A LOS PREVISTOS EN ESTE MODELO PARA CONTENER ESA INFORMACIÓN
EL TITULAR DEL ÓRGANO DESTINATARIO:
(CARGO)
Firmado electrónicamente:
(Nombre y apellidos)
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## ANEXO I DESCRIPCIÓN DEL ENTORNO TÉCNICO Y FUNCIONAL EXISTENTE
## I.1. DESCRIPCIÓN DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN EXISTENTES
Los sistemas de información de la CNMV conforman un ecosistema integrado que soporta las operaciones críticas del organismo. Muchos de estos sistemas se encuentran interconectados entre sí y con plataformas de otros organismos nacionales e internacionales (p. ej., con ESMA a nivel europeo), lo que exige una gestión coordinada de datos y procesos. A su vez, varios de los sistemas tradicionales están inmersos en procesos de renovación o mejora continua dentro del plan de transformación digital de la CNMV, orientados a aumentar su eficiencia, seguridad y capacidad de adaptación a futuros requisitos regulatorios.
La CNMV dispone de un conjunto amplio de sistemas de información que dan soporte a sus funciones de supervisión de los mercados de valores, registro de entidades y gestión interna. En la actualidad, estos sistemas cubren tanto las necesidades operativas de la CNMV como los servicios ofrecidos a los participantes del mercado y al público inversor. A grandes rasgos, se pueden distinguir las siguientes categorías de sistemas existentes:
- Sistemas de supervisión y control de mercados: Aplicaciones destinadas a la recepción, procesamiento y análisis de la información remitida por los intermediarios financieros, emisores de valores y demás entidades sujetas a la regulación de la CNMV. Estos sistemas permiten monitorizar la actividad de los mercados de valores en tiempo real, detectando posibles irregularidades, operaciones sospechosas o incumplimientos normativos. Incluyen herramientas de vigilancia del mercado, sistemas de alerta temprana y bases de datos de operaciones que facilitan la labor de inspección y supervisión.
- Sistemas de registro oficial y difusión de información: Plataformas que gestionan los Registros Oficiales de la CNMV, donde se almacena y publica información financiera y corporativa relevante. En este ámbito se encuentran los sistemas para el registro de entidades y los sistemas de recepción de informes periódicos obligatorios. Estos sistemas garantizan la transparencia del mercado, poniendo a disposición del público y de otras autoridades la información esencial sobre emisores y productos financieros, conforme a la normativa vigente.
- Aplicaciones internas de gestión y soporte: Conjunto de sistemas corporativos que apoyan la gestión interna de la CNMV. Incluye aplicaciones para trámites administrativos y expedientes, sistemas contables y de gestión financiera, herramientas de gestión de recursos humanos, así como gestores documentales y de archivo electrónico para manejar la documentación oficial.
- Portales y servicios telemáticos: La CNMV ofrece diversas plataformas en línea dirigidas tanto a los participantes regulados como a los inversores y al público general. Destaca la Sede Electrónica de la CNMV, a través de la cual las entidades supervisadas pueden realizar la presentación telemática de documentación, notificaciones y comunicaciones
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oficiales de forma segura. Adicionalmente, la CNMV mantiene sitios web y aplicaciones específicas para difundir normativa, consultas públicas, estadísticas de mercados y otras informaciones de interés general.
Adicionalmente, como parte del plan de transformación se va a construir una plataforma analítica de datos híbrida, robusta y escalable que permitirá el autoservicio a todas las áreas de la organización, la toma decisiones basadas en datos y el desarrollo de reportes y de modelos de analíticos garantizando la integridad, calidad y seguridad en el uso de la información. En esta plataforma se desplegarán las aplicaciones basados en aplicaciones y algoritmos de Inteligencia artificial y Business Intelligence que tendrán como objetivo la mejora en la supervisión de los mercados, la gestión de los procesos de supervisión y el análisis de información no estructurada.
## I.2. DESCRIPCIÓN DEL ENTORNO TECNOLÓGICO
El entorno tecnológico de la CNMV es heterogéneo y en evolución, combinando infraestructuras tradicionales en las instalaciones del organismo con la adopción progresiva de soluciones en la nube. A nivel de infraestructura básica, la CNMV opera un centro de datos propio que alberga servidores físicos y virtuales para sus aplicaciones y bases de datos corporativas. Se emplean tecnologías de que permiten optimizar los recursos de almacenamiento, garantizando alta disponibilidad y escalabilidad de los sistemas. Los datos institucionales residen principalmente en bases de datos, si bien se tiene previsto incorporar progresivamente herramientas de almacenamiento y análisis de datos de nueva generación para soportar necesidades crecientes de uso de inteligencia artificial en la supervisión de mercados.
En cuanto a plataformas y lenguajes de desarrollo, coexisten diversas tecnologías resultado de la evolución histórica de los sistemas de la CNMV. Actualmente estamos orientado el desarrollo de nuestras aplicaciones hacia arquitecturas basadas en Angular, complementadas con frameworks y librerías modernas como Bootstrap, jQuery y SignalR, entre otras. Paralelamente, existen aplicaciones y servicios implementados sobre tecnologías Microsoft, incluyendo aplicaciones web y de escritorio desarrolladas en .NET. Esta diversidad tecnológica se complementa con el uso de frameworks modernos de desarrollo web, servicios REST para integraciones. La evolución planteada para los próximos años es migrar a arquitecturas basadas en microservicios y contenedores para los nuevos desarrollos, especialmente a medida que se avanza en la estrategia cloud .
La arquitectura de redes y seguridad de la CNMV está diseñada conforme a las exigencias del Esquema Nacional de Seguridad y NIS 2, atendiendo al carácter sensible de la información tratada. La institución dispone de redes de comunicaciones segregadas y protegidas mediante cortafuegos (perimetral y datacenter), sistemas de detección y prevención de intrusiones y otros mecanismos avanzados de ciberseguridad que garantizan la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los datos. Asimismo, se aplican políticas estrictas de control de accesos, autenticación multifactor en los sistemas críticos y una monitorización continua de los eventos de seguridad. El entorno tecnológico incorpora soluciones de respaldo y recuperación ante desastres, con centros de contingencia y planes de continuidad de negocio que aseguran la disponibilidad de los servicios en todo momento. Adicionalmente, se dispone de mecanismos de análisis de vulnerabilidades y se está trabajando en la implantación de un modelo DevSecOps que refuerce el ciclo de vida de desarrollo y fomente la colaboración efectiva entre todas las áreas de la Dirección de Tecnología e Innovación Digital.
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En el puesto de usuario, la CNMV utiliza principalmente sistemas operativos Windows en sus estaciones de trabajo, con un entorno ofimático y de colaboración corporativa estándar.
Para la gestión y soporte de sus servicios TIC, se dispone de herramientas especializadas, como sistemas de Service Desk /ITSM para la gestión de incidencias y peticiones, y aplicaciones de gestión de proyectos como Azure Devops que la PMO deberá utilizar o complementar según la metodología que se implante.
Cabe destacar que la CNMV se encuentra inmersa en un proceso de transformación digital que implica la modernización de su plataforma tecnológica. Esto abarca iniciativas de migración de ciertos servicios hacia infraestructuras en la nube para mejorar la flexibilidad y eficiencia, la introducción de soluciones de analítica avanzada y Big Data para reforzar el modelo de supervisión basado en datos, y la actualización de entornos de desarrollo y herramientas devops que permitan acelerar la entrega de nuevas funcionalidades. La Oficina Técnica de Proyectos deberá tener en cuenta esta realidad tecnológica mixta tradicional y de nueva generación , asegurando la compatibilidad de sus propuestas con los estándares y plataformas existentes, a la vez que apoya la CNMV en la adopción de nuevas tecnologías de forma ordenada y segura.
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| ANEXO II | DEFINICIÓN Y ALCANCE DE LOS TRABAJOS |
|------------|----------------------------------------|
NO APLICA
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| ANEXO III | SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PARA ASEGURAR LA CONTINUIDAD DE |
|-------------|--------------------------------------------------------------|
NO APLICA
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## ANEXO IV MODELO DE GESTIÓN Y DEFINICIÓN DE UNIDADES DE TRABAJO
habitual de medición de esfuerzo en los proyectos de desarrollo que tiene implantados diferentes Organismos Públicos. La finalidad es establecer un marco claro para planificar, cuantificar y hacer seguimiento de las tareas ejecutadas por la Oficina Técnica de Proyectos dentro del contrato, garantizando la entrega de resultados conforme a los niveles de servicio esperados.
## Alcance y descripción de las tareas a realizar
## Asesoramiento estratégico
- Soporte en la definición estratégica de políticas y planes tecnológicos y de transformación digital.
- Identificación y monitorización de tendencias y avances en tecnología, especialmente en inteligencia artificial.
- Presentación de una visión global sobre el estado del conjunto de los proyectos tecnológicos, incluyendo sus principales indicadores clave de rendimiento (KPIs), con objeto de facilitar la toma de decisiones de la dirección.
## Modelo de gestión de proyectos
- Creación de un marco metodológico que incluya fases, herramientas y procesos estandarizados aplicables a todos los proyectos.
- Elaboración de manuales, guías y plantillas que faciliten la comprensión y aplicación homogénea de la metodología.
- Colaboración con los equipos de proyecto en la integración de la metodología en iniciativas ya en marcha.
- Proporcionar formación a los equipos sobre la metodología, asegurando que todos los miembros la comprendan y la apliquen correctamente.
- Asistencia continuada a los responsables durante la implementación de la metodología en los proyectos de su ámbito.
## Seguimiento y reporting de proyectos
- Establecimiento de indicadores clave de rendimiento para medir el progreso y éxito de los proyectos bajo la nueva metodología.
- Realización de un seguimiento regular del estado de los proyectos, asegurando que se alineen con la metodología establecida.
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- Generación de informes periódicos y cuadros de mando que resuman el estado de los proyectos, destacando logros, desviaciones y recomendaciones.
## Mejora continua
- Recogida sistemática de retroalimentación de los equipos sobre la metodología y su aplicación para identificar áreas de mejora.
- Evaluación de la efectividad de la metodología y realización de ajustes basados en la experiencia adquirida y en las necesidades cambiantes de la organización.
- Mantenimiento de la documentación metodológica actualizada conforme a los cambios y mejoras implantadas.
## Coordinación y comunicación
- Diseño e implantación de un modelo de gobernanza y gestión de proyectos, con definición de roles y responsabilidades.
- Actuación como enlace entre diferentes equipos y departamentos para asegurar una comprensión y aplicación coherente de la metodología.
- Fomento de un entorno de trabajo colaborativo donde se compartan experiencias y se aprendan lecciones de los proyectos.
- Organización de reuniones periódicas para revisar el progreso de los proyectos y discutir incidencias y riesgos.
## Innovación y diseño de proyectos disruptivos
- Facilitación de sesiones de ideación para generar ideas y crear propuestas detalladas para nuevos proyectos disruptivos.
- Soporte en el desarrollo de planes de nuevos proyectos y/o en la elaboración de análisis de impacto.
- Colaboración en el desarrollo de soluciones y en la realización de pruebas piloto para validar su efectividad.
- Prestación de soporte especializado en nuevas tecnologías o tendencias aplicables al entorno funcional de la CNMV.
## Gestión y dimensionamiento de la demanda
- Establecimiento de un proceso formal para recoger y analizar las solicitudes de proyectos procedentes de las distintas áreas de la organización.
- Evaluación y clasificación de las solicitudes de proyectos conforme a criterios de alineación con los objetivos estratégicos, viabilidad técnica y retorno de inversión.
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- Colaboración con los equipos para asignar recursos adecuados a los proyectos priorizados.
- Mantenimiento de informados a los interesados sobre el estado de las solicitudes y la priorización de iniciativas.
## Definición de las UT
Para los efectos de este contrato, una Unidad de Trabajo (UT) corresponde a un entregable o actuación completa de la PMO en el contexto de un proyecto. En términos generales, se considerará como las siguientes UT necesarias para la realización de alguna de las siguientes actividades, junto con sus productos asociados:
- 1 UT: La asistencia y participación en una reunión de seguimiento de proyecto, incluyendo la preparación de la reunión, la elaboración de la correspondiente convocatoria, la redacción del acta con los acuerdos y tareas derivadas, y el registro de los compromisos y plazos en las herramientas de gestión.
- 4 UT: La elaboración y entrega de un documento o informe relevante para el proyecto, ya sea una especificación funcional, un plan de proyecto, un informe de estado, un estudio de viabilidad, un documento de análisis o diseño técnico, un informe de lecciones aprendidas, u otro deliverable análogo que forme parte del ciclo de vida de gestión del proyecto.
Cada UT se considerará completada cuando se haya llevado a cabo la totalidad del trabajo asociado. Las UT constituyen por tanto la unidad de medida del esfuerzo empleado por la PMO, sirviendo de base para el control y seguimiento de la carga de trabajo y para la facturación del servicio conforme a lo estipulado en el contrato.
## Complejidad y factores de ponderación
No todos los entregables ni reuniones tienen la misma dimensión o dificultad. Por ello, el modelo prevé la aplicación de factores de ponderación o multiplicadores para ajustar el número de UT acreditadas en aquellos casos en que una tarea resulte especialmente compleja o voluminosa. En concreto, se definirán criterios de complejidad:
- -Complejidad baja (x1)
- -Complejidad media (x2)
- -Complejidad alta (x4)
- -Complejidad muy alta (x8)
## y de tamaño o alcance del entregable
- -Alcance corto (x1)
- -Alcance medio (x2)
- -Alcance extenso (x3)
- -Alcance muy extenso (x4)
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de forma que una misma actividad básica pueda contabilizar más de 1 UT si así lo justifican su alcance y dificultad. Por ejemplo, la elaboración de un informe extenso para un proyecto catalogado de complejidad y alcance medios podría valorarse como 2x2 = 4 UT, multiplicando la unidad base por el factor de complejidad y por el factor de tamaño establecidos. Estos multiplicadores y su aplicación práctica serán acordados con el responsable del contrato en la CNMV al inicio del servicio, siguiendo las directrices del sistema dinámico de contratación.
## Unidades de Trabajo previstas y estimación del esfuerzo
Para la correcta ejecución de este contrato, se estima una necesidad aproximada de 3.960 UT totales a consumir durante los 12 meses de vigencia inicial del servicio. El presupuesto y la planificación del contrato se han calculado en base a esta previsión de unidades de trabajo.
Como referencia, y para homogeneizar las ofertas, se considera que 1 UT equivale aproximadamente a 5 horas de trabajo efectivo del equipo mínimo, distribuidas entre los distintos perfiles profesionales. Esa unidad base de esfuerzo (unas 5 horas) podría corresponder, a modo de ejemplo, a la dedicación combinada de los miembros del equipo en una reunión de seguimiento típica o en la elaboración de un documento estándar (por ejemplo, implicando la participación del Director de la PMO durante 1 hora, de uno de los consultores especializados un total de 2 horas, del analista de proyectos 1 hora, y de otro miembro de apoyo otras 1 hora, sumando aproximadamente 5 horas en conjunto). Esta distribución es orientativa y podrá variar según la naturaleza de cada tarea, pero se utiliza como métrica uniforme para la estimación del esfuerzo.
## Procedimiento de gestión y control de UT
La Oficina Técnica de Proyectos, en coordinación con la CNMV, implantará un procedimiento de gestión de las UT que incluirá al menos las siguientes pautas:
- Al inicio de cada periodo mensual, la PMO planificará junto con la CNMV las actividades previstas y entregables a realizar, estimando las UT correspondientes a cada una.
- el nivel de complejidad/tamaño asignado y el perfil o perfiles principalmente involucrados. Esta ficha servirá de registro y autorización previa de la CNMV para acometer la tarea.
- A la finalización de cada entrega o reunión, la PMO actualizará la ficha de UT con la fecha de cumplimiento y recabará la conformidad del responsable designado por la CNMV sobre el trabajo realizado. Los entregables (documentos, actas, etc.) se almacenarán en el repositorio documental del proyecto, vinculados a la respectiva UT.
- Con periodicidad mensual, se emitirá un informe de seguimiento acumulativo de UT, donde se reflejará el número de unidades de trabajo ejecutadas en el periodo, el detalle de las tareas correspondientes y el porcentaje de avance respecto a la planificación. Este
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informe servirá tanto para el control interno de la CNMV como para la tramitación de la facturación del servicio según las UT efectivamente realizadas y aceptadas.
Cualquier desviación significativa en el consumo de UT (ya sea por exceso de demanda o por menor necesidad) será comunicada oportunamente, y se procederá a su análisis conjunto entre la CNMV y la PMO para replanificar actividades o ajustar recursos si fuera necesario, respetando en todo caso las condiciones económicas del contrato.
Controles de ejecución, entrega y aceptación que deberán aportar pista de auditoría suficiente sobre la estimación del trabajo encargado y su aceptación, la planificación de la tarea, las actuaciones de desarrollo y evidencias del trabajo efectuado.
Una vez finalizadas, la documentación de cada unidad de trabajo se reflejará en el archivo documental del proyecto específico y dicho documento se registrará en la ficha de la unidad de trabajo.
Nunca dos unidades de trabajo podrán asociarse al mismo documento entregado. En caso de revisiones, se debe terminar si se deben a la empresa contratista, en cuyo caso no se facturan, o a cambios en las especificaciones y se deberá renombrar según la nueva revisión.
Sólo se facturarán las unidades de trabajo realmente entregadas en el periodo trimestral previsto.
Definición de los acuerdos de nivel de servicio del modelo entendidos como indicadores que miden el servicio prestado por el adjudicatario, debiendo definirse la disminución en el trabajo certificable del contratista por el incumplimiento de los ANS.
En el caso de que los entregables no reflejen el contenido mínimo del tipo de documentación asociado, les falten apartados básicos y definitorios, o incluyan elementos defectuosos, claramente contrarios a documentos previos y las especificaciones registradas, serán devueltos, no se considerarán entregados, ni así se podrá incluir en la facturación del trimestre.
| Indicador | Unidad de Medición | Nivel Permitido | Periodicidad |
|-------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------|----------------|
| Documentación | Catalogación y almacenaje en formato digital de la documentación de los proyectos | 100% | Mensual |
| Actividades de Gestión | % de actividades de gestión retrasadas en más de 1 día, frente al plazo comprometido | <o=5% | Mensual |
| Informes y otra documentación | % de informes solicitados entregados con más de 1 día de retraso con respecto al plazo comprometido o cuya calidad no sea admisible por la CNMV | <o=5% | Mensual |
| Gestión de la demanda | Tiempo máximo de respuesta a demandas de nuevos servicios o aplicaciones o asesoramiento sobre cualquier materia | < o = 4 días | Mensual |
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| Indicador | Unidad de Medición | Nivel Permitido | Periodicidad |
|-----------------------------------------------|----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------|-------------------|----------------|
| Retraso en valoraciones | % de valoraciones solicitadas por la CNMV hace más de 15 días, no realizadas (frente al total de las solicitadas en el periodo bajo estudio) | < o = 10% | Mensual |
| Requisitos | Número de propuestas de solución devueltas al proveedor por insuficiente calidad o defectos en la solución o estimación propuesta | 0% | Mensual |
| Errores en las especificaciones de requisitos | % de evolutivos en los que se reabren las fases de análisis o revisión de requerimientos por errores imputables al contratista | <o=5% | Mensual |
| Planes de Prueba | % pasos a producción en los que se detecte que no se han realizado los planes de prueba necesarios para asegurar la calidad | 0% | Mensual |
| Control estándares y normativa | % de desarrollos que no se adapten a la normativa y estándares definidos. | < = 5% | Mensual |
## Plazos e indicadores en base a los que se determina el seguimiento de los ANS.
Se considera el ritmo de trabajo habitual, cuando no se soliciten más de 100 unidades de trabajo a la semana.
Durante un periodo de ritmo de trabajo habitual, se establece un máximo de una semana para la obtención de cualquier entregable asociado a la ejecución de un proyecto.
## Equipo de trabajo (base, mínimo) en los apartados correspondientes del pliego.
El equipo base y mínimo de trabajo es de 11 perfiles, tal y como se especifica en los apartados correspondientes de este documento
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## ANEXO V REQUISITOS DE LOS PERFILES PROFESIONALES
## 1. Principios generales de exigencia y acreditación
## 1.1. Proporcionalidad y vinculación al objeto
Las titulaciones y experiencias exigidas se formulan con arreglo a los principios de vinculación directa al objeto del contrato y proporcionalidad, en los términos del régimen de solvencia técnica y profesional y su concreción por el órgano de contratación. Se exige experiencia efectiva en servicios de gestión y seguimiento de proyectos TIC y en su documentación técnica, por ser consustancial al objeto de la Oficina Técnica.
## 1.2. Marco de cualificaciones
Cuando se exija titulación universitaria se entenderá equivalente el nivel 2 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, nivel Grado, o niveles superiores.
## 1.3. Acreditación documental
La titulación se acreditará mediante título oficial o certificación académica. La experiencia se acreditará mediante currículos detallados y anonimizados con declaración responsable sobre la veracidad de los datos, sin perjuicio de ulteriores verificaciones, conforme a lo previsto en el documento de invitación.
## 1.4. Certificaciones profesionales valorables
Las siguientes certificaciones serán valorables mediante criterios objetivos automáticos, pero no deberán figurar en los CVs anonimizados presentados:
- ISO/IEC 20000 Lead Implementer, Lead Auditor o Foundation, o equivalente.
- Scrum Master o certificación en metodología de desarrollo ágil equivalente.
## 2. Perfiles y requisitos mínimos
El equipo mínimo deberá estar compuesto por once profesionales con dedicación completa distribuidos entre los siguientes perfiles, cuyas funciones básicas constan en el apartado 9.2.1 de la Invitación:
## 2.1. Director/a de la PMO
- Titulación mínima: Titulación universitaria oficial de nivel MECES 3 en Ingeniería Informática, Telecomunicación, Organización o equivalente.
- Experiencia profesional mínima: 10 años en proyectos TIC, de los cuales al menos 5 en dirección de programas o PMO.
## 2.2. Jefe/a de Proyecto de Transformación Digital
- Titulación mínima: Titulación universitaria de nivel MECES 2 en ingeniería TIC o disciplinas STEM.
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- Experiencia profesional mínima: 6 años en gestión de proyectos de digitalización, incluyendo al menos 3 como responsable directo de proyectos complejos.
## 2.3. Consultor/a Especialista en Infraestructura y Cloud
- Titulación mínima: Titulación universitaria de nivel MECES 2 en ingeniería informática o telecomunicación.
- Experiencia profesional mínima: 5 años en diseño, despliegue y operación de entornos de infraestructura híbrida y soluciones cloud .
## 2.4. Consultor/a Especialista en Ciberseguridad
- Titulación mínima: Titulación universitaria de nivel MECES 2 en ingeniería TIC.
- Experiencia profesional mínima: 5 años en seguridad de la información, con participación en auditorías, definición de políticas, cumplimiento ENS o ISO 27001.
## 2.5. Consultor/a en Gestión del Cambio y Comunicación
- Titulación mínima: Titulación universitaria de nivel MECES 2 en Comunicación, Ciencias Sociales o afines.
- Experiencia profesional mínima: 4 años en proyectos de transformación digital con funciones de comunicación, acompañamiento y gestión del cambio.
## 2.6. Consultor/a de Data e Inteligencia Artificial
- Titulación mínima: Titulación universitaria de nivel MECES 2 en Ingeniería Informática, Ciencia de Datos, Estadística o equivalente.
- Experiencia profesional mínima: 5 años en análisis de datos, visualización, modelos analíticos y aplicación de soluciones de IA en proyectos TIC.
## 2.7. Consultor/a en Transformación Digital
- Titulación mínima: Titulación universitaria de nivel MECES 2 en ingeniería TIC, organización o administración pública.
- Experiencia profesional mínima: 4 años en análisis funcional, rediseño de procesos y acompañamiento en la implantación de sistemas.
## Notas adicionales:
Todos los perfiles deberán demostrar competencias en elaboración de documentación técnica, seguimiento de hitos y uso de herramientas colaborativas.
La CNMV podrá exigir, en cualquier momento, la sustitución de un perfil que no cumpla los requisitos mínimos establecidos, o que no se desempeñe conforme a lo esperado.
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## 3. Requisitos transversales del equipo adscrito
## 3.1. Metodologías y herramientas
Conocimiento y uso de metodologías ágiles e híbridas y de herramientas de gestión de proyectos y portfolio, con indicadores KPI y OKR y reporting automatizado.
## 3.2. Seguridad y protección de la información
Formación en ENS adecuada al rol, en línea con el artículo 16 de profesionalidad y gestión de personal del RD 311/2022, y observancia de las obligaciones de seguridad y confidencialidad establecidas en la Invitación.
## 3.3. Idiomas y comunicación
Capacidad de redacción técnica y comunicación eficaz en castellano, con experiencia en la elaboración de documentación ejecutiva y técnica comprensible para diferentes perfiles de interlocución.
## 4. Sistema de acreditación y verificación
## 4.1. Documentación a presentar
Para cada perfil se aportará, al menos, título académico o certificado, currículum detallado y anonimizado, relación de proyectos y funciones con fechas, y declaración responsable del licitador. Podrán requerirse evidencias adicionales durante la verificación.
## 4.2. Certificaciones
La acreditación de certificaciones se realizará mediante copia de certificado vigente o constancia verificable en el registro del organismo emisor.
## 4.3. Sustituciones
Cualquier sustitución deberá mantener el nivel de titulación y la experiencia mínima del perfil sustituido, garantizando la continuidad de las funciones asignadas y la cobertura de las obligaciones de formación en ENS.
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## ANEXO VI CUMPLIMIENTO DEL ESQUEMA NACIONAL DE SEGURIDAD
El presente contrato específico tiene por objeto la prestación de un servicio, cuyo objetivo es el desarrollo y/o mantenimiento de uno o varios sistemas de información. No tiene por objeto la explotación ni la operación en producción de dicho sistema de información.
A efectos del artículo 11 del RD 311/2022, en adelante ENS, el responsable del sistema es el Responsable del Contrato Específico indicado en el apartado 1 del presente documento de invitación.
En cumplimiento del artículo 13.5 del ENS, es obligación del adjudicatario designar una Persona de Contacto (POC) que canalice y supervise el cumplimiento de los anteriores requisitos y las comunicaciones relativas a la seguridad de la información y la gestión de los incidentes de seguridad en el ámbito de dicho servicio de desarrollo. Dicha Persona de Contacto será el propio Responsable de Seguridad de la organización contratada, formará parte de su área o tendrá comunicación directa con la misma. Todo ello sin perjuicio de que la responsabilidad última resida en el organismo destinatario de la prestación.
El organismo destinatario informará de sus deberes, obligaciones y responsabilidades en materia de seguridad en lo relativo al sistema de información al personal puesto a disposición del servicio por el adjudicatario, en cumplimiento del artículo 15 del ENS. Esta información se realizará una vez iniciada la ejecución del contrato. Es obligación del adjudicatario supervisar la actuación de dicho personal, para verificar que se siguen los procedimientos establecidos por el organismo, se aplican las normas indicadas y los procedimientos operativos de seguridad aprobados en el desempeño de sus cometidos.
En aplicación del artículo 16 del ENS, se han determinado los requisitos de formación y experiencia del personal implicado en la ejecución del contrato que se han indicado en el Anexo V.
Medidas del Anexo II del RD 311/2022 que son de aplicación al presente contrato específico:
- 1) Sistemas de categoría BÁSICA:
- a. El desarrollo de aplicaciones se realizará sobre un sistema diferente y separado del de producción, no debiendo existir herramientas o datos de desarrollo en el entorno de producción, ni datos de producción en el de desarrollo. El organismo destinatario dispone de estos entornos y proporcionará las normas de uso, junto con el resto de información que proporcionará al inicio de la ejecución del contrato específico.
- 2) Sistemas de categoría MEDIA:
- a. Las aplicaciones se desarrollarán respetando el principio de mínimo privilegio, accediendo únicamente a los recursos imprescindibles para su función, y con los privilegios que sean indispensables.
- b. Se aplicará una metodología de desarrollo seguro reconocida que:
- i. Tendrá en consideración los aspectos de seguridad a lo largo de todo el ciclo de vida.
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- ii. Incluirá normas de programación segura, especialmente: control de asignación y liberación de memoria, desbordamiento de memoria (overflow).
- iii. Tratará específicamente los datos usados en pruebas.
- iv. Permitirá la inspección del código fuente.
- c. Se aplicará el principio de seguridad integral desde el diseño del sistema, especialmente:
- i. Los mecanismos de identificación y autenticación.
- ii. Los mecanismos de protección de la información tratada.
- iii. La generación y tratamiento de pistas de auditoría.
- d. Las pruebas previas a la implantación o modificación de los sistemas de información no se realizarán con datos reales. En caso de que fuese necesario recurrir a datos reales, el organismo destinatario impartirá las oportunas instrucciones para garantizar el nivel de seguridad correspondiente. Es obligación del adjudicatario asegurarse de que el personal asignado al servicio cumple dichas instrucciones.
- e. Es obligación del adjudicatario elaborar y mantener actualizada una relación formal de los componentes software de terceros empleados en la aplicación o producto. El adjudicatario mantendrá un histórico de los componentes utilizados en las diferentes versiones del software durante todo el periodo de ejecución del contrato específico. El contenido mínimo de la lista de componentes contendrá, al menos, la identificación del componente, el fabricante y la versión empleada, y en su caso, se adecuará a lo descrito en la correspondiente Guía CCN-STIC en su versión más actualizada.
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## ANEXO VII MODELO DE NOTIFICACIÓN DE SUBCONTRATACIÓN
D. .........................., con DNI o documento equivalente en caso de extranjeros o. pasaporte nº..................., en su propio nombre, o como representante legal de la empresa SISTEMA DINÁMICO PARA LOS SERVICIOS DE DESARROLLO E IMPLANTACIÓN DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN A MEDIDA O DE APLICACIONES DE GESTIÓN (SDA 26/2021; Expediente 2021/16), pongo en conocimiento del órgano de contratación, a los efectos del artículo 215.2.b) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), que, para la prestación indicada, se subcontrata con la/s siguiente/s entidad/es:
## (Indicar:
- Los sujetos intervinientes (identidad, datos de contacto y representantes legales) en el subcontrato, con indicación de la capacidad técnica y profesional del subcontratista o en su caso, clasificación, justificativa de la aptitud para prestar parte del servicio.
- Indicación del objeto o partes del contrato a realizar por cada uno de los subcontratistas.
- Importe del subcontrato y porcentaje que representa la prestación parcial sobre el precio del contrato principal.
- Importe acumulado de subcontratación, en porcentaje, que se alcanzará con el presente subcontrato sobre el precio del contrato principal.
- Plazos en los que el subcontratista se obliga a pagar a los subcontratistas el precio pactado.)
Asimismo, hago constar que en la celebración del/los subcontrato/s se cumplirán los requisitos establecidos en el artículo 216 de la LCSP.
A la presente comunicación se acompaña la siguiente documentación relativa a los subcontratistas:
- Declaración responsable de los subcontratistas de no hallarse incurso en prohibición de contratar, conforme el art. 71 de la LCSP. 6
- Certificación positiva de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de hallarse los subcontratistas al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o, alternativamente, autorización al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de este extremo.
- Certificación positiva de la Tesorería General de la Seguridad Social de hallarse los subcontratistas al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social o, alternativamente, autorización al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de este extremo.
6 La declaración responsable deberá formularse en los siguientes términos persona física/jurídica a la que representa, ni ninguno de sus administradores o representantes se hallan incursos en supuesto alguno a los que se refiere el artículo 71 de la LCSP
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## Firmado electrónicamente