Memoria económica

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SUBSECRETARÍA MINISTERIO DE CULTURA OFICIALÍA MAYOR MEMORIA ECONÓMICA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LOS EDIFICIOS E INSTALACIONES DE LOS SERVICIOS CENTRALES DEL MINISTERIO DE CULTURA De conformidad con el artículo 116.4 d) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por el que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en el expediente se justificará adecuadamente el cálculo del valor estimado del contrato con indicación de todos los conceptos que lo integren, incluyendo los costes laborales si existiesen. Asimismo, el artículo 100.2 de la LCSP establece que “el presupuesto base de licitación se desglosará indicando los costes directos e indirectos y otros eventuales gastos calculados para su determinación. En los contratos en que el coste de los salarios de las personas empleadas para su ejecución forme parte del precio total del contrato, el presupuesto base de licitación indicará de forma desglosada y con desagregación de género y categoría profesional los costes salariales estimados a partir del convenio laboral de referencia”. Para el cálculo del presupuesto base de licitación del expediente para la contratación del servicio de mantenimiento y conservación de los edificios e instalaciones de los servicios centrales del Ministerio de Cultura, se han tenido en cuenta los siguientes aspectos: I.- COSTES DIRECTOS 1.- Costes laborales Para el cálculo de los costes de personal del presente servicio se ha tomado como referencia el Convenio Colectivo de la Industria, Servicios e Instalaciones del Metal de la Comunidad de Madrid para el periodo 2024-2026, suscrito el 20 de diciembre de 2024 entre la Asociación de Empresas del Comercio e Industria del Metal de Madrid (AECIM), CC. OO. Industria de Madrid y la Federación de Industria, Construcción y Agro de Madrid UGT, y publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 15, de 18 de enero de 2025), con código de convenio nº 28003715011982. Asimismo, se han aplicado las tablas salariales recogidas en el Resolución de 13 de febrero de 2026, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial del año 2026 del Convenio Colectivo del Sector de Industria Servicios e Instalaciones del Metal, suscrita por la comisión negociadora (BOCM nº 56, de 7 de marzo de 2026). De acuerdo con lo indicado en el pliego de prescripciones técnicas (PPT) del procedimiento de licitación, la empresa adjudicataria deberá disponer del personal necesario para la realización completa de las actividades recogidas en el presente pliego, desplazando el número de efectivos que considere oportuno para el completo cumplimiento del contrato y, como mínimo, los siguientes: • Un responsable técnico, designado por la empresa adjudicataria como responsable máximo e interlocutor ante la Administración, que deberá prestar servicio como mínimo 3 horas semanales (156 horas anuales). • Un oficial de primera, especialista en climatización/frigorista, con una experiencia mínima de 8 años, formación y habilitaciones profesionales conforme al Reglamento de Instalaciones dAp lazad del rey ..

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